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martes, 21 de marzo de 2017

LEGISLACIÓN: MODIFICACIÓN LETRA Q Y OTRAS DISPOSICIONES PEQUEÑAS EMPRESAS LÁCTEAS EN ESPAÑA

Mediante el Real Decreto 198/2017, de 3 de marzo, del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales del Gobierno de España, se modifican el Real Decreto 1728/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo y se modifica el Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche, el Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, el Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y el Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.

Normativa modificada:
-Real Decreto 1728/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo y se modifica el Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche, que en desarrollo de la normativa reglamentaria correspondiente de la Unión Europea, definían los controles mínimos obligatorios a realizar por los operadores económicos vinculados a la producción de la leche cruda de vaca en todas sus etapas, de manera que todos los operadores y laboratorios del sector lácteo actuaran de manera homogénea.
-Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, con igual regulación para el sector productor lácteo ovino y caprino.

Con la experiencia adquirida durante el periodo de aplicación de las citadas normas, se ha observado la necesidad de su modificación, en determinados aspectos, para el sector de las queserías de campo y pequeñas queserías, en especial en aquellos aspectos de análisis de la leche no previstos en la normativa de la Unión Europea, o que no afectan a la leche de oveja y cabra, así como adecuar el contenido de los análisis de laboratorio a las necesidades sanitarias. Ello no supone merma alguna de las actuaciones de control oficial para garantizar la seguridad alimentaria, que se mantienen, o incluso de la calidad de la leche, dentro del marco de las acciones previstas en el Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (PNCOCA), aprobado de acuerdo con el artículo 41 del Reglamento (CE) 882/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 (DOUE-L-2004-81110), sobre los controles oficiales para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre sanidad animal y bienestar de los animales.

Asimismo, se considera necesario modificar el apartado 4 del artículo 4 del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano; para prever el régimen de convocatorias de la Comisión Nacional de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano; y para eliminar el carácter transitorio de su disposición transitoria quinta sobre recogida, transporte y eliminación de determinados materiales de categoría 3 por métodos distintos de la incineración o el enterramiento «in situ», incorporando esta posibilidad en el articulado de manera permanente.

Finalmente, es necesario modificar el Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, para, en el apartado 1 del artículo 3, concretar que en el Registro nacional de movimientos de subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano, se inscribirán los operadores con instalaciones registrados o autorizados de acuerdo con el artículo 20 del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre; en el apartado 1 del artículo 4 establecer la necesidad de que se suministren ciertos datos para las plantas intermedias, y plantas de transformación que reciban animales muertos en explotación de ganado vacuno, y, en el anexo I, contemplar dichos datos.

En la elaboración de la presente disposición se ha consultado a las comunidades autónomas y a las entidades representativas de los sectores afectados, habiendo emitido informe la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de marzo de 2017, se dispone lo siguiente:

Artículo primero. Modificación del Real Decreto 1728/2007, de 21 de diciembre (BOE-A-2008-823), por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo y se modifica el Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche.

El Real Decreto 1728/2007 queda modificado como sigue:

Uno. En el apartado 1 del artículo 2, se incluye una nueva letra l), con el siguiente contenido:
«l) Centro de transformación de pequeña capacidad: establecimiento vinculado a un operador en el que se elaboran productos lácteos a partir de leche cruda o pasteurizada de cabra, oveja, vaca o sus mezclas, procedente del ganado propio o de explotaciones situadas en un radio de 50 kilómetros. El total de leche utilizada para la elaboración de dichos productos no podrá superar los 500.000 kilos/año
Dos. El apartado 9 del artículo 4 se substituye por el siguiente:
«9. Los productores que transformen su producción en la explotación, además de lo establecido en este artículo, deberán cumplir a efectos de la transformación de la leche cruda, las exigencias establecidas en el anexo II del Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, así como en el anexo III, sección IX relativo a la leche cruda del Reglamento (CE) 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004

Tres. El artículo 7 queda modificado como sigue:
a) El apartado 1 se substituye por el siguiente:
«1. En el caso de las muestras obligatorias establecidas en el artículo 5 se realizarán los siguientes análisis: células somáticas, colonias de gérmenes a 30º C y presencia de residuos de antibióticos
b) El apartado 3 queda sin contenido.

Cuatro. Se añade un nuevo párrafo en el apartado c) del artículo 9.1 con la siguiente redacción:
«No obstante lo anterior, el lavado de las cisternas podrá realizarse en el propio centro lácteo siempre que la capacidad del contenedor y las instalaciones con las que cuente el centro permitan y aseguren su correcta limpieza, cuando el centro lácteo sea un centro de transformación de pequeña capacidad. En este caso, asimismo, no será necesaria la hoja de registro de lavados descrita en el anexo III

Cinco. Se añade un párrafo nuevo al apartado 2 del artículo 10, con el siguiente contenido:
«No obstante, no será precisa dicha toma de muestras y consecuente análisis cuando el centro lácteo sea un centro de transformación de pequeña capacidad y se hayan tomado, al menos, dos muestras al mes durante los dos meses consecutivos anteriores, en la explotación o explotaciones de origen de la leche, con resultado analítico satisfactorio, salvo que la leche provenga de otro país. En este caso, el centro lácteo deberá disponer de la documentación acreditativa del resultado analítico satisfactorio y conservarla a disposición de la autoridad competente durante, al menos, un año.»

Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra (BOE-A-2011-9995).

El Real Decreto 752/2011 queda modificado como sigue:
Uno. En el apartado 1 del artículo 2, se incluye una nueva letra w), con el siguiente contenido:
«w) Centro de transformación de pequeña capacidad: establecimiento vinculado a un operador en el que se elaboran productos lácteos a partir de leche cruda o pasteurizada de cabra, oveja, vaca o sus mezclas, procedente del ganado propio o de explotaciones situadas en un radio de 50 kilómetros. El total de leche utilizada para la elaboración de dichos productos no podrá superar los 500.000 kilos/año.»

Dos. El apartado 9 del artículo 4 se substituye por el siguiente:
«9. Los productores que transformen su producción en la explotación, además de lo establecido en este artículo, deberán cumplir a efectos de la transformación de la leche cruda, las exigencias establecidas en el anexo II del Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, así como en el anexo III, sección IX relativo a la leche cruda del Reglamento (CE) 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004.»

Tres. El artículo 7 queda modificado como sigue:
a) El apartado 1 se substituye por el siguiente:
«1. En el caso de las muestras obligatorias establecidas en el artículo 5 se realizarán los siguientes análisis: colonias de gérmenes a 30 ºC y presencia de residuos de antibióticos
b) El apartado 3 queda sin contenido.

Cuatro. Se añade un nuevo párrafo en el apartado c) del artículo 9.1, con el siguiente contenido:
«El lavado de las cisternas podrá realizarse en el propio centro lácteo siempre que la capacidad del contenedor y las instalaciones con las que cuente el centro permitan y aseguren su correcta limpieza, cuando el centro lácteo sea un centro de transformación de pequeña capacidad. En este caso, asimismo, no será necesaria la hoja de registro de lavados descrita en el anexo III.»

Cinco. Se añade un nuevo párrafo en el apartado 2 del artículo 10:
«No obstante, no será precisa dicha toma de muestras y consecuente análisis cuando el centro lácteo sea un centro de transformación de pequeña capacidad y se hayan tomado, al menos, dos muestras al mes durante los dos meses consecutivos anteriores, en la explotación o explotaciones de origen de la leche, con resultado analítico satisfactorio, salvo que la leche provenga de otro país. En este caso, el centro lácteo deberá disponer de la documentación acreditativa del resultado analítico satisfactorio en las explotación o explotaciones de origen, y conservarla a disposición de la autoridad competente durante, al menos, un año.»

Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano (BOE-A-2012-14165).

El Real Decreto 1528/2012 queda modificado como sigue:
Uno. El apartado 4 del artículo 4, queda redactado de la siguiente manera:
«4. La Comisión Nacional se reunirá, previa convocatoria de su presidente, tantas veces como la situación lo requiera o cuando lo solicite cualquiera de sus miembros.»

Dos. Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 16:
«3. Las autoridades competentes podrán autorizar la recogida, transporte y eliminación de los materiales de categoría 3 referidos en el artículo 10. f) del Reglamento (CE) 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre, por medios diferentes a los establecidos en dicho Reglamento (CE) 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre, y distintos de la incineración o el enterramiento in situ. 
Podrán acogerse a esta posibilidad los establecimientos o plantas que no generen más de 20 Kg semanales de los subproductos mencionados, independientemente de la especie de origen.
La recogida, transporte y eliminación de los materiales anteriores se realizará conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Los operadores de estos establecimientos deberán tener una documentación actualizada que justifique la entrega de estos subproductos a la empresa autorizada para la gestión de residuos y llevar un registro semanal de salidas de los subproductos mencionados en el artículo 10 f) del Reglamento 1069/2009, en el que se indique al menos:
a) La cantidad y tipo de subproducto. 
b) La fecha de salida

Tres. La disposición transitoria quinta queda sin contenido.

Artículo cuarto. Modificación del Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano (BOE-A-2014-6436).

El Real Decreto 476/2014 queda modificado como sigue:
Uno. El apartado 1 del artículo 3 queda redactado como sigue:
«1. Se crea, adscrito a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Registro Nacional de movimientos de subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano (SANDACH), que agrupará todos los datos registrados por los órganos competentes de las comunidades autónomas, y de los operadores con instalaciones registrados o autorizados de acuerdo con el artículo 20 del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre y los datos de los movimientos de material SANDACH de los establecimientos cárnicos sujetos a autorización de acuerdo con el Reglamento (CE) 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004.»

Dos. El apartado 1 del artículo 4 queda redactado como sigue:
«1. Todos los operadores deberán facilitar la comunicación de los movimientos de SANDACH al registro previsto en el artículo anterior.
Los datos a facilitar serán:
a) Para los establecimientos de origen, los establecidos en el anexo I, apartados 1, 2, 3 y 4.
b) Para los establecimientos de destino, los establecidos en el anexo I, apartado 5.
c) Para las plantas intermedias, y plantas de transformación que reciban animales muertos en explotación de ganado vacuno, los establecidos en el anexo I, apartados 3,4 y 6.
Los operadores de los establecimientos de origen, deberán introducir por medios electrónicos los datos del documento comercial a que se refiere la letra a), los operadores de los establecimientos de destino deberán grabar las recepciones de esos envíos de acuerdo con lo establecido en la letra b), y las plantas intermedias o plantas de transformación que reciban animales muertos en explotación de ganado vacuno deberán introducir por medios electrónicos los datos del documento comercial a que se refiere la letra c).»

Tres. Se añade un nuevo apartado 6 en el anexo I, con el siguiente contenido:
«6. Datos de la carga a rellenar por las plantas intermedias y plantas de transformación que reciban animales muertos en explotación:
a) Fecha de recepción.
b) Cantidad recibida (peso).
c) Identificación individual de cada animal en el caso de ganado vacuno.»

Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid, el 3 de marzo de 2017, por FELIPE R y la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN 

Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 63, de 15/03/2017 (apartado I Disposiciones generales, Sec. I, ref. 2780, páginas 18725-18730).




Fuente: Circular informativa (2017). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 11 de febrero de 2015

PROTAGONISTAS: ADHESIÓN RED ESPAÑOLA QUESERÍAS CAMPO Y ARTESANAS

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viernes, 31 de octubre de 2014

PUBLICACIÓN: REVISTA 2002-2 GRANADA (ESPAÑA)

Título: CARACTERIZACIÓN CUALITATIVA DE LOS QUESOS TRADICIONALES ELABORADOS EN EMPRESAS GANADERAS DE ANDALUCÍA.
Revista: Anales RACVAO.
Temática: Ganadería lechera, Empresas queseras de campo, Caracterización cualitativa, Queso autóctono, Controles de calidad de los quesos tradicionales, Defectos y alteraciones.
Claves: empresas ganaderas, quesos tradicionales, caracterización cualitativa, control de calidad, calidad fisicoquímica, calidad microbiológica, calidad reológica, calidad sensorial, defectos y alteraciones, puntos críticos, Andalucía.
Contenidos: Introducción, Caracterización cualitativa de quesos, Calidad, Control de calidad, Muestreo, Metodología, Características fisicoquímicas, microbiológicas, reológicas, sensoriales, Aspectos biométricos, Identificación de defectos y alteraciones, Puntos críticos, Conclusiones, Bibliografía.
Ilustraciones: Diagramas, gráficas.
Autoría: José Luis Ares Cea.
Editorial: Real Academia de Ciencias Veterinarias de Andalucía Oriental.
Lugar de publicación: Granada (España).
Volumen/ número: 15/ 1.
Páginas inicial/ final: 161/ 210.
Idioma: español.
Año: 2002.




Fuente: Circular informativa (2002). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).

martes, 3 de diciembre de 2013

PROTAGONISTAS: RAZA AUTÓCTONA Y QUESO ARTESANO, UN MODELO GANADERO SOSTENIBLE

Muchas de las razas ganaderas autóctonas de las regiones mediterráneas europeas están orientadas hacia la producción láctea, comercializando sus producciones en un mercado donde los precios de la leche son fijados unilateralmente por las grandes industrias y cadenas de distribución, con variaciones estacionales que se repiten cíclicamente en periodos de tiempo suficientemente prolongados (décadas), donde la mayoría de los ganaderos apenas tienen poder de negociación. El abastecimiento del mercado interno español requiere de compras continuas de leche y productos lácteos a otros países de la Unión Europea, incluso en épocas desfavorables como en estos momentos, con un consumo estancado o decreciendo en muchos sectores agroalimentarios.
En este sentido, el cierre de explotaciones lecheras españolas durante los últimos años, unido a una mayor demanda láctea por parte de otros países comunitarios han provocado un aumento de los precios de la leche que, en Andalucía, y en el caso específico del ganado caprino, se están registrando valores inimaginables hasta hace unos pocos meses. Pero, no debemos confiarnos demasiado de estas bonanzas, ya que sabido es las cíclicas fluctuaciones de precios que caracterizan al sector agrario, desde tiempos históricos.
Cabría preguntarnos qué se podría hacer cuando vuelva la época de las "vacas flacas" al mercado de precios de la leche, que por experiencia sabemos que es algo inevitable, y no tardará demasiado en llegar al sector ganadero lechero. Frente a esta ancestral y 'trágica' incertidumbre, ¿es viable otro modelo productivo? En mi opinión, la elaboración de quesos artesanales de calidad diferenciada, basada en las producciones lecheras de las razas autóctonas, está permitiendo una rentabilidad continuada en muchas regiones queseras españolas.
En Andalucía, se ha producido un crecimiento importante en el censo de queserías artesanales, durante los últimos años siendo, muchas de ellas, explotaciones ganaderas en régimen familiar que destinan toda la producción lechera de sus rebaños a la elaboración de quesos de calidad diferenciada, y que además permite la conservación de razas autóctonas en grave riesgo de extinción, como ocurre con la cabra Blanca Serrana o Blanca Andaluza, en la provincia de Málaga.
Durante los últimos años, se han creado nuevas queserías artesanales en la provincia de Málaga , que ha pasado a tener el mayor censo de empresas queseras en Andalucía, con una importante financiación de los fondos europeos; este modelo sostenible contribuye así a conservar un valioso patrimonio genético y la biodiversidad del medio rural, donde se ubican la mayor parte de estas pymes lácteas.
En la defensa de este modelo vienen trabajando diversas instituciones y entidades, entre ellas, la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA), en colaboración con la Planta Piloto de Lácteos del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IFAPA).   
El asesor científico de la AQAA, José Luis Ares, ha participado como coordinador de los programas formativos impartidos en las instalaciones de Planta Piloto de Lácteos de Hinojosa del Duque, donde se han capacitado la mayoría de los queseros malagueños. 



Fuente: Circular informativa (2002). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA).
Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).
José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

miércoles, 13 de noviembre de 2013

HEMEROTECA: DIARIO SUR (ESPAÑA)

Durante los últimos años se ha producido un crecimiento importante en el censo de queserías distribuidas por toda la geografía de Andalucía (España), principalmente, de microempresas de campo y artesanales, en régimen familiar, muchas de las cuales desarrollan también la actividad ganadera, con el consiguiente valor añadido a sus explotaciones lecheras, cuyos márgenes de rentabilidad están muy condicionados por la caída de los precios de la leche que fijan mayoritariamente las grandes industrias lácteas. 

La provincia de Málaga destaca por ser la de mayor censo de queserías en Andalucía, creadas muchas de ellas en las últimas dos décadas gracias a las ayudas de los Grupos de Desarrollo Rural locales, con financiación de los fondos europeos. Algunas de estas queserías se abastecen exclusivamente de la leche de sus animales, en su mayor parte cabras de razas autóctonas, contribuyendo así a conservar un valioso patrimonio genético, que en el caso de la Blanca Serrana está declarada en peligro de extinción.

Por otra parte, hay que resaltar la necesidad de que la variedad tradicional 'queso de Málaga', reconocida internacionalmente por figurar en diversos catálogos de quesos, así como en el listado elaborado por la Comisión Europea en 1996, tiene que ser protegida por una denominación de calidad diferenciada a corto plazo, para su completa valorización en el mercado. En este sentido, la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA), en colaboración con la Planta Piloto de Lácteos del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IFAPA) y otras entidades e instituciones públicas y privadas, ha elaborado un borrador de documento que hasta ahora no ha sido aprobado, con la consiguiente repercusión negativa para el sector quesero malagueño.   

Estas queserías artesanales elaboran una amplia gama de quesos de leche de cabra destacando, entre ellos, los frescos, tiernos, semicurados y curados, así como los conservados y madurados en aceite de oliva. La quesería ubicada en la localidad de Archidona, dirigida por Luz Prieto Lovera, elabora quesos de coagulación láctica, de textura cremosa, muy apropiados para untar, y de gran aceptación en el mercado.

Si bien la mayoría de las queserías artesanales malagueñas comercializan sus productos dentro de la comarca y en localidades vecinas, su mercado se va ampliando progresivamente a puntos de venta de fuera de la zona. En materia de promoción se organizan eventos que tienen a los quesos como únicos protagonistas, como es el caso de la Feria-Mercado de Guadalteba, celebrada anualmente durante un fin de semana del último cuatrimestre del año. 

Estas actividades promocionales, junto a los premios recibidos por los queseros malagueños en distintos concursos nacionales e internacionales, así como la amplia difusión en los medios de comunicación, como se muestra en el artículo a página completa que se adjunta del diario 'Sur', cuyo titular no pude ser más oportuno: "un negocio como un queso".

El asesor científico de la AQAA, José Luis Ares, ha participado como coordinador de los programas formativos impartidos en las instalaciones de Planta Piloto de Lácteos de Hinojosa del Duque, donde se han capacitado la mayoría de los queseros malagueños. 


Fuente: Circular informativa (2002). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).
José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

martes, 18 de junio de 2013

PROTAGONISTAS: MODELO INTEGRADO MICROQUESERÍAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Continuando con la serie de recomendaciones para los emprendedores de pequeños establecimientos lácteos, especialmente las microqueserías artesanales y de campo (o granja), y una vez publicada la entrada que define los "Pasos previos" para iniciar una nueva actividad en el sector quesero o mejorar y modernizar la empresa ya existente, abordaré en este artículo, de una forma gráfica, los distintos elementos a tener en cuenta para intentar asegurar el éxito empresarial. 

Una microquesería, es una empresa láctea de pequeña dimensión, que funciona, generalmente, en régimen familiar, y cuya capacidad productiva le impide competir en cantidad y precio de venta con las empresas de mayor tamaño. De ahí que se requiera un modelo productivo diferente, para este tipo de microempresas, integrando todos los aspectos que inciden directa o indirectamente para lograr su diferenciación en el mercado.

En mi opinión, este modelo productivo debe integrar al menos los elementos que aparecen en el gráfico adjunto, y que contribuyen decisivamente en la valorización de los productos elaborados, y en su posible acceso a mercados de mayor poder adquisitivo. Estos elementos, ampliamente contrastados con resultados reales en varias empresas del sector quesero son, entre otros, los siguientes: los recursos humanos (emprendedores), el territorio y el paisaje, las razas ganaderas autóctonas, instalaciones y equipamiento, recetas tradicionales, presentación de los productos, la comercialización directa, y la explicación de la calidad diferenciada a los clientes y consumidores finales. 

Existen numerosos ejemplos de pequeñas empresas queseras exitosas, dentro y fuera de Andalucía, y según he podido comprobar personalmente a lo largo de mi vida profesional, las más destacadas por su "saber hacer" son aquellas dirigidas por emprendedores que han desarrollado un modelo productivo integrado con todos los elementos citados, añadiendo a lo anterior, el "saber explicar" la calidad diferenciada de sus productos en el mercado. En la práctica estas empresas son las que han valorizado mejor sus producciones, consiguiendo los precios de venta de quesos artesanos más elevados.





Fuente: Material didáctico (1998). Planta Piloto de Lácteos de Hinojosa del Duque (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (profesor)

martes, 9 de abril de 2013

5-PEQUEÑAS QUESERÍAS FRANCIA: CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR 'FERMIER'

La existencia de la normativa específica para los denominados quesos 'fermier' en Francia ha potenciado el desarrollo de un censo importante de pequeñas queserías y microempresas de campo, que tienen un peso relevante en las entidades asociativas y en las organizaciones profesionales del sector lácteo. En este sentido, este sector goza de un amplio reconocimiento no solo a nivel institucional sino también dentro del conjunto de la sociedad. Un productor de quesos 'fermier' es ganadero, elaborador y vendedor, es decir, su actividad profesional se realiza bajo la modalidad de "ciclo completo", muy valorada por gran parte de los consumidores.

Entre las principales características de estas empresas 'fermier' hay que destacar la enorme diversidad de quesos comercializados, incluyendo tanto los tipos de tecnologías utilizadas en los procesos de elaboración (cuajadas lácticas, pastas blandas y prensadas, quesos frescos, tiernos y curados, etc.), como la amplia gama de formatos y tamaños (predominando los quesos de pequeñas dimensiones). Para los consumidores habituales de este tipo de quesos, son productos muy demandados por sus modos de producción local, la identificación de todo el proceso productivo con un determinado territorio o paisaje, la garantía de trazabilidad desde el origen de las materias primas hasta el producto terminado, el uso de prácticas y recetas tradicionales, y los circuitos cortos de comercialización directa "del productor al cliente o consumidor final", o con la intervención de muy pocos intermediarios.

En general, las empresas francesas de quesos 'fermier' tienen una estructura de microempresas rurales, que funcionan bajo modelos de trabajo de los miembros de la familia, y en su caso, con escasa mano de obra ajena; por otra parte, aunque en su mayoría predominan los pequeños rebaños, sin embargo, se trata de establecimientos tecnológicamente eficaces, por tener estos productores un buen nivel de formación y de asesoramiento técnico. Son mayoritarias las microempresas que elaboran los quesos con leche cruda, con buenos controles de calidad, tanto en las fases de producción de leche (explotación ganadera) como en la transformación en queso (queserías o talleres), y en las condiciones de conservación hasta la comercialización de los productos finales (afinado o maduración).

En Francia, muchas familias queseras dedicadas a estas pequeñas empresas tienen un buen nivel de vida en las zonas rurales, equiparable o, a veces, incluso mejor al de las grandes zonas urbanas; la cifra de negocio global de este sector es de unos 146 millones de euros anuales, con una valorización media de 1,20 euros por litro de leche. Además este modelo productivo presenta otros valores destacables, como la creación de uno o más puestos de trabajo para los miembros de la unidad familiar, la satisfacción de elaborar unos quesos con unas señas de identidad personales, y realizar las operaciones comerciales dentro de un mercado de consumidores más exigentes (imagen 'natural', calidad diferenciada), y dispuestos a pagar un precio superior a los quesos de las producciones masivas, por lo que se obtiene una mayor retabilidad por unidad producida.

Resumiendo, este modelo de empresas de quesos 'fermier' tienen una serie de ventajas específicas frente a otros tipos de industrias de mayor dimensión, entre otras, que la gestión y organización de la actividad diaria de estas microempresas de campo es más sencilla, la toma de decisiones y las responsabilidades están concentradas en pocas personas, controlan directamente todas las etapas del sistema productivo, aseguran la calidad constante de la leche utilizada, realizan la transformacion rápida despues del ordeño, emplean técnicas tradicionales de elaboración contribuyendo a la conservación del patrimonio quesero local, y tienen un conocimiento casi personalizado sobre el grado de satisfacción de sus clientes y consumidores finales. Frente a estas ventajas, estos pequeños establecimientos lácteos requieren una dedicación casi exclusiva, con menores disponibilidades de tiempo libre para los trabajadores y, además por sus pequeñas dimensiones productivas, la rentabilidad final de estas empresas está directamente ligada a los precios de venta de los quesos, con muy reducido margen de maniobra para estos empresarios ante posibles cambios en el volumen de la demanda en el mercado o en las posibles ofertas promocionales (rebajas, salidas de estocajes, etc.) de las queserías de la competencia.


Fuente: Aplicación de la legislación alimentaria en queserías artesanales en Francia (conferencia). Semana Internacional del Queso Artesano (abril 2008). Coín (Málaga, España). Kacem Boussouar y Yolande Moulem (conferenciantes).
José Luis Ares (profesor)

lunes, 18 de marzo de 2013

ENFRIAMIENTO LECHE CRUDA: PROCEDIMIENTOS

En sesiones anteriores de este blog, como la denominada "conservación de la leche cruda" (cinco apartados), ya se ha resaltado la importancia del enfriamiento en la calidad de la leche cruda, a medida que transcurre el tiempo desde el momento del ordeño (temperatura de obtención de 35-37 ºC), y cómo la ausencia de procedimientos de conservación adecuados no sólo acortaban la vida útil comercial de esta materia prima sino que depreciaban, en ocasiones, de manera irreversible, las características organolépticas de los productos finales elaborados, y su consiguiente repercusión negativa de imagen comercial para muchos consumidores. Por lo que se puede afirmar que la realización correcta del enfriamiento de la leche cruda durante esta fase del proceso productivo no sólo afecta a los resultados económicos de las explotaciones ganaderas, sino también a las propias industrias lácteas transformadoras que se abastecen de esta materia prima.

Durante la realización de una amplia prospección quesera en Andalucía (sur de España), como parte del trabajo experimental de mi tesis doctoral (1986-1995), se han identificado los procedimientos de enfriamiento de la leche cruda utilizados en  las propias microempresas queseras y explotaciones ganaderas (caprinas, ovinas y algunas vaquerías) elaboradoras de quesos tradicionales, evaluándose sus efectos en la calidad de la misma (303 empresas prospectadas en 261 localidades de las ocho provincias andaluzas).

Podemos afirmar que a lo largo de dicho estudio de investigación se han identificado un gran número de empresas (160) que no realizaban ningún tipo de enfriamiento de la leche cruda recién ordeñada, ya que la destinaban inmediatamente a la elaboración de queso, trasvasándola directamente a los recipientes de cuajado, sin almacenamiento previo (52,8%). En general, se trata de las empresas de menor capacidad productiva que añaden el cuajo a temperaturas superiores a 32 ºC.

El resto de las empresas prospectadas (143) emplea una gran diversidad de procedimientos de enfriamiento de la leche cruda, con almacenamiento prevo (47,2%), desde los más rústicos y básicos hasta los de mayor desarrollo tecnológico, que se pueden clasificar dentro de los siguientes grupos, según el modo de realizarlo y el elemento utilizado como refrigerante:

  • Enfriamiento con agua fresca natural (78 empresas): se utiliza agua subterránea (pozos) o superficial (fuentes, manantiales, cauces públicos).
  • Enfriamiento con agua helada (9 empresas): se dispone de agua previamente enfiríada artificialmente a una temperatura cercana a 0 ºC.
  • Enfriamiento con cambio de estado previo (56 empresas): mediante un equipamiento específico que produce frío a partir de reacciones químicas originadas al realizarse un cambio de estado líquido a estado gaseoso.

Los resultados obtenidos en este amplio trabajo de campo, muestran que el primer tipo de procedimiento (con agua fresca natural) es más frecuente en las microempresas que transforman en queso toda la leche de su propia explotación ganadera, almacenándola y destinándola a la elaboración en menos de cuatro horas después de finalizado el ordeño (25,7%). Con este procedimiento la temperatura de la leche desciende, como máximo 4-5 ºC, realizando el cuajado entre 31 y 32 ºC.

Las empresas que realizan el enfriamiento de la leche mediante agua helada (3,0%)  son aquellas que tienen un almacenamiento previo de hasta 12-24 horas, despúes del ordeño, elaborando el queso, generalmente, ese mismo día o al día siguiente. En la mayoría de los casos, se consigue enfriar la leche hasta temperaturas entre 6-10 ºC.

El resto de las empresas estudiadas (18,5%) emplean procedimientos con instalaciones frigoríficas con capacidad de producción de frío de forma autónoma. En este grupo se encuentran las empresas de mayor capacidad productiva, que no transforman diariamente toda la producción de leche en queso, con almacenamientos frecuentes de 2-3 días, a temperaturas por debajo de 6 ºC (valores óptimos de 3-4 ºC). Se incluyen aquí las queserías que compran leche a otros ganaderos y las que venden una parte de su producción a las industrias queseras.



Docencia en Universidad de Córdoba (España). José Luis Ares Cea (autor)

jueves, 7 de febrero de 2013

3-RED EUROPEA PEQUEÑAS QUESERÍAS: REFLEXIONES 2012 (UNIÓN EUROPEA)

Con motivo de su participación en el IV Encuentro de la Red Europea de Pequeñas Queserías, celebrado en Zafra (Badajoz, España) del 2 al 5 de mayo de 2012, la presidenta de la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA), presenta una serie de propuestas, a modo de reflexiones, para el conjunto del sector quesero andaluz. A continuación, se relacionan éstas de forma resumida.


1-Hacer un llamamiento al sector quesero andaluz para fortalecer su unión y poder participar con "una sola voz" en todos los foros donde se aboreden los temas de seguridad alimentaria y de la aplicación de una normativa más flexible en las pequeñas queserías artesanales europeas.

2-Elaborar un documento técnico que contenga aquellos puntos en los que las pequeñas queserías andaluzas necesitan la aplicación de flexibilidad en la normativa actual. En este sentido, siguiendo modelos positivos de otros países sería muy recomendable que los queseros, técnicos y autoridades sanitarias competentes trabajen coordinadamente en la elaboración de dicho documento, que necesariamente debe incluir unos contenidos temáticos basados en investigaciones científicas y en las experiencias reales propias o de otras regiones productoras.

3-El citado documento técnico elaborado en Andalucía deberá presentarse a la Red de pequeñas queserías para su consenso con el resto de regiones queseras españolas. La solicitud oficial a la Comisión Europea debe presentarla España como país miembro, una vez consensuado dicho documento, para su estudio y aprobación, en su caso. Una vez aprobado este documento, la Comisión Europea tiene que informar al resto de los estados miembros. En la actualidad, hay que señalar que España aún no ha solicitado la flexibilidad para las pequeñas queserías, por lo que su aplicación o no depende los criterios propios de los servicios de inspección oficial de las distintas regiones queseras españolas.

4-En la actualidad, debido a la escasa comunicación interna y unificación de criterios entre los responsables y técnicos del control oficial de las diferentes Comunidades Autónomas españolas, se comprueba la existencia de una gran diversidad de situaciones que desconciertan a los queseros y desalientan la puesta en marcha de nuevos proyectos, restando eficacia y competitividad a las empresas de este sector.

5-El grupo de trabajo en materia de higiene de la Red Europea de pequeñas queserías está elaborando una Guía de Buenas Prácticas, que puede ser una herramienta bastante útil para todos los países. De ahí la enorme importancia de nuestra integración en dicha Red como miembros activos; en estos momentos se está reorganizando la estructura interna de la misma. En relación con la posible integración de nuestra Asociación en la Red, estamos esperando conocer las condiciones por parte de la persona responsable, que esperamos difundir en breve al conjunto del sector quesero andaluz. Igualmente, estamos pendientes de recibir las conferencias y conclusiones del Congreso de Seguridad Alimentaria celebrado conjuntamente con el IV Encuentro de la Red Europea de Pequeñas Queserías.

6-Finalmente, y como reflexión general, tenemos que cambiar bastante nuestra mentalidad excesivamente individualista y acostumbrarnos a trabajar en equipo y de forma coordinada. A diferencia de lo que sucede en otros países de nuestro entorno, en España estamos acostumbrados a expresarnos y quejarnos de forma individual y continua, pero muy pocos actuamos colectivamente para resolver problemas comunes del sector. Tenemos que adoptar nuevas actitudes, ser más activos y trabajar en grupo, ya que el esfuerzo de unas pocas personas no es suficiente para cambiar esta situación desfavorable. Nuestros quesos tienen una calidad diferenciada que tenemos la obligación de promocionar fuera de nuestros mercados habituales, y "explicar" bien a los consumidores las características que los hacen singulares, ya que por la vía de los precios no podemos competir con las grandes industrias.


Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

2-RED EUROPEA PEQUEÑAS QUESERÍAS: CONCLUSIONES 2012 (UNIÓN EUROPEA)

La presidenta de la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA) ha participado en el IV Encuentro de la Red Europea de Pequeñas Queserías, celebrado en Zafra (Badajoz, España) del 2 al 5 de mayo de 2012, con la participación de técnicos y empresarios de distintos países europeos. A continuación, se presentan las principales conclusiones de su participación en este evento, que coincidió con el Congreso de Seguridad Alimentaria en Pequeñas Queserías.

1-Es urgente reforzar el asociacionismo y el trabajo conjunto de los queseros artesanos españoles. Es notorio la falta de comunicación entre los técnicos y empresarios de las distintas Comunidades Autónomas españolas, incluso entre las entidades existentes en una misma región. La mayoría de los países queseros de la Unión Europea tienen estructuras fuertes y bien consolidadas, existiendo una unión muy estrecha entre los productores. Si bien España está integrada dentro de la Red Europea de Pequeñas Queserías, no obstante creemos que es muy necesario y urgente reforzar nuestra organización interna a nivel territorial, de esta manera podremos expresar nuestras prioridades en el sector quesero y hacernos "escuchar" por el resto de países europeos, respecto a la normativa aplicada o a cualquier otro tema de interés.

2-Existe una necesidad bastante generalizada de que hay que mejorar la formación de queseros y técnicos en materia de higiene y de seguridad alimentaria. Consideramos fundamental para nuestro sector un mejor nivel de conocimiento sobre la legislación sanitaria vigente, así como la aplicación de las buenas prácticas de manipulación, siendo capaces de valorar aquellos aspectos donde podamos solicitar a las autoridades competentes una mayor flexibilidad en nuestras pequeñas queserías, sin poner nunca en riesgo la seguridad alimentaria de nuestras producciones.

3-Hay que mejorar la formación de los queseros sobre los principios, fundamentos y prioridades del control oficial, y su aplicación en las pequeñas empresas del sector. Tras las intervenciones de técnicos, inspectores y queseros se constata la necesidad urgente de que la información debe llegar lo más transparente y sencilla posible a todos los eslabones de este sector. Todos tenemos que colaborar en esta tarea para lograr revertir la situación actual de desinformación existente en algunas zonas queseras.

4-Avanzar en la elaboración de protocolos de trabajo que permitan la aplicación de una mayor flexibilidad en los controles sanitarios oficiales en las pequeñas queserías. En este sentido, existen experiencias positivas en algunas regiones queseras españolas y en otros países europeos. Por ejemplo, en Francia trabajan conjuntamente los queseros y las autoridades sanitarias encargadas del control oficial. De los comentarios realizados por algunos de los inspectores sanitarios españoles presentes en las sesiones de trabajo se deduce su predisposición favorable para avanzar en la aplicación de mayor flexibilidad en las pequeñas queserías. Un trabajo conjunto entre ambas partes implicadas incrementaría seguramente las posibilidades de flexibilizar la normativa aplicada. 

5-Los países miembros de la Red Europea de Pequeñas Queserías han elaborado una Guía de Buenas Prácticas, presentándose un documento a la Comisión de la Unión Europea con aquellos aspectos considerados prioritarios a la hora de aplicar una mayor flexibilidad del denominado "paquete de higiene" para las pequeñas queserías. Es necesario que España, en calidad de Estado miembro de la Unión Europea, presente también su propio documento sobre este tema.

6-En la legislación sanitaria europea aplicada actualmente se incluyen posibles excepciones en la aplicación de la normativa a las pequeñas empresas y a las producciones lácteas reconocidas como tradicionales. En este caso, los queseros artesanos de Andalucía debemos aprovechar el marco legal que nos proporciona el reconocimiento de quince variedades de quesos tradicionales andaluces por parte de la Comisión de la Unión Europea, diez elaboradas con leche de cabra y las cinco restantes con leche de oveja (listado de 1996).



Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

PROTAGONISTAS: RED EUROPEA DE PEQUEÑAS QUESERÍAS 'ACTIVIDADES DESARROLLADAS 2012'

A continuación, se presenta un resumen de las principales actividades desarrolladas por la presidenta de la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA) en el Congreso de Seguridad Alimentaria en Pequeñas Queserías celebrado en Zafra (Badajoz, España) del 2 al 5 de mayo de 2012, con la participación de técnicos y empresarios de distintos países europeos. Este evento coincidió con el IV Encuentro de la Red Europea de Queserías de Campo.

En primer lugar hay que poner de manifiesto el poco tiempo disponible para organizar la participación del sector quesero andaluz en ambos eventos, debido a que no se tuvo noticia de la divulgación de la convocatoria hasta último momento; en esta misma situación se encontraban los representantes de otras regiones. No obstante, han sido días de trabajo intenso y de intercambio de información y experiencias con técnicos y empresarios de otras regiones queseras europeas, si bien hay que señalar que lamentablemente ha habido una escasa representación de Andalucía, tanto a nivel de profesionales y técnicos de la Administración como de los propios queseros (cinco personas en total). 

Entre las principales actividades desarrolladas destacaremos las siguientes, incluyendo algunos comentarios y conclusiones, que esperamos puedan ser de interés para nuestro sector.

1-Visitamos dos queserías extremeñas, ubicadas ambas en la provincia de Cáceres. La quesería de campo fue Capribor (elaboran queso de cabra con denominación de origen protegisa de Ibores) situada en la Sierra de las Villuercas en la localidad de Aldeacentenera; la quesería artesanal fue la de los Hnos. Pajuelo ('torta' de oveja de la DOP de la Torta del Casar) situada en la localidad de Almoharín. Hay que destacar el contraste en las instalaciones de ambas queserías.

2-En la primera jornada se realizó también una visita al Centro de Interpretación de la Torta del Casar( Almoharín), donde se expusieron las principales características de este tipo de queso. 

3-Las sesiones técnicas del Congreso se desarrollaron simultáneamente, por lo que había que elegir uno de los grupos de trabajo; nosotros creímos que era más intersante para nuestro sector participar en la sesión sobre el control oficial sanitario en las pequeñas queserías, debido al reclamo continuo de muchos de nuestros asociados de que se apliquen normas más flexibles a sus establecimientos artesanales.

4-En cuanto a las reuniones del IV Encuentro de la Red Europea de Queserías de C, aunque nuestra Asociación aún no es miembro activo de la red, nos permitieron asistir a dichas reuniones. La Red europea de queseros de campo nació hace un tiempo con el objetivo de reunir a pequeños empresarios, técnicos y autoridades sanitarias pertenecientes al control oficial de distintos países de la Unión Europea. Entre los miembros de la Red se intercambian información periódicamente, trabajando conjuntamente para responder a las necesidades del sector quesero. Actualmente se está reorganizando la estructura interna de la Red, constituyéndose cuatro grupos de trabajo: Tecnología, Comercialización, Higiene y Control Oficial, en los que cada país miembro de la Red puede tener 1 ó 2 representantes.

5-En el grupo de trabajo sobre el control oficial sanitario en las pequeñas queserías participamos junto con inspectores españoles (Canarias, Castilla la Mancha, Extremadura y Valencia), y de otros países europeos (Finlandia, Francia, Noruega, Portugal y Suecia). En este sentido, hay que mencionar que la participación del Control Oficial de Salud Pública de España ha sido escasa, no asistiendo ningún representante de Andalucía.


Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 6 de febrero de 2013

SEGURIDAD ALIMENTARIA PEQUEÑAS QUESERÍAS: PROGRAMA 2012 (EUROPA)

En la localidad de Zafra (Badajoz, España) se ha organizado el Congreso de Seguridad Alimentaria en Pequeñas Queserías, celebrado del 2 al 5 de mayo de 2012, con la participación de técnicos y empresarios de distintos países europeos. En representación de la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA) ha asistido María Jesús Jiménez Horwitz, como presidenta de la entidad.

El Congreso se realizó coincidiendo con el IV Encuentro de la Red Europea de Queserías de campo, con el programa que se detalla a continuación:

PROGRAMA GENERAL

Miercoles, 2 Mayo:

21:00 h. Recepción de participantes.

Jueves, 3 de Mayo:

7:30-18:30 h. Visitas a queserías extremeñas de campo y artesanas (ambas en la provincia de Cáceres). Posteriormente, se visitaron las instalaciones del Centro de Interpretación de la Torta del Casar(Almoharín).

19:00-21:00 h. Reunión interna de la Red europea de queserías de campo.

Viernes, 4 de Mayo:

8:30-19:30 h. Congreso de Seguridad Alimentaria en Pequeñas Queserías (con traducción simultánea).

1. Inauguración.

2. Presentación de la Red Europea de Queserías de Campo y del proyecto de Guía de Buenas Prácticas de Higiene para pequeñas queserías.

3. Adaptación de la normativa sanitaria a las pequeñas producciones lácteas en Europa.

4. Instrumentos del 'paquete de higiene' específicos para pequeñas producciones. Ponente: Paolo Caricato, Dirección General de Salud y Protección de los Consumidores de la Comisión Europea.

5. El uso de los criterios de flexibilidad en diferentes países europeos a través de casos prácticos de diversos modelos de queserías.

5.1.Caso práctico en Suecia. Ponentes: Anna Wedholm Pallas, Agencia Nacional de la Alimentación (Livmedelsverket). Kertins Jürss, quesera y presidenta de la Asociación Nacional de Pequeñas Queserías (Sveriges Gardsmejerister).

5.2.Caso práctico en Italia. Ponente Katia Stradiotto del departamento de lácteos de la Asociación regional de ganaderos de Lombardía.

5.3.Caso práctico en Francia. Ponentes: Julie Poirot del departamento de lácteos de la Dirección General de Alimentación del Ministerio de Agricultura, Alimentación, Pesca y Desarrollo Rural. Frederic Blancgard quesero de campo y vicipresidente de la Federación Nacional de ganaderos caprinos.

5.4.Caso práctico en España. Ponente: Saioa Elizalde, Asociación de queso Pastor Idiazábal (Artzai Gasta).

5.5.Caso práctico en Alemania. Ponentes Sabine Mund, Oficina Veterinaria Comarcal de la Agencia de la Inspección de los Alimentos. Katia Peters, quesería de campo Peter´s Goat Farm.

5.6.Caso práctico en Holanda. Ponente: Marga Mooren- van der Poel, Asociación de Productores Lácteos de Campo( Boerenkaas).

6. Ruegos y preguntas.

15:30. La protección de los consumidores. Mejora de la convergencia entre salud y calidad sanitaria de las pequeñas producciones. ¿Estamos respondiendo productores y veterinarios a las demandas de los consumidores?

16:15 h. Resto de grupos de trabajo que conforman la red (grupo de marketing y de tecnología).

16:55 h. Conclusiones.

17:40 h. Presentación de quesos europeos.

21:00 h. Degustación de quesos europeos.

Sábado, 5 de Mayo

8:30-21:00 h. Reunión simultánea de los cuatro grupos de trabajo (preferentemente para miembros de la red).

21:00 h. Clausura.


Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)