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lunes, 26 de octubre de 2015

CURSO NORMATIVA ETIQUETADO QUESOS EN MADRID 2015 (ESPAÑA)

La Red Española de Queserías de Campo y Artesanas (QueRed) organiza el curso de formación sobre la Nueva Normativa de Etiquetado de Quesos, que se celebrará en la calle Zurita 42 del barrio de Lavapiés (Madrid, España) el día 8 de noviembre de 2015 de 9 a 14 horas. El curso será impartido por Ángel Nepomuceno Sánchez, veterinario jefe de distrito de Salud Pública de Villarrobledo. 

Esta acción formativa tiene como objetivo dar a conocer la información que debe figurar en el etiquetado de las diferentes clases de quesos, como consecuencia de la aprobación de la nueva normativa europea y española. El curso está dirigido a queseros, técnicos y otros profesionales relacionados con este sector. La inscripción en el curso debe realizarse antes del 5 de noviembre de 2015.

Más información e inscripciones: redqueserias@redqueserias.org


José Luis Ares (docente)

lunes, 12 de octubre de 2015

TÉCNICAS MEDIACIÓN EN CONFLICTOS AGROALIMENTARIOS

Considerando a la mediación como un acto en el que intervienen voluntariamente las partes en conflicto con la intervención de una persona neutral, sin embargo, según Santiago Escribano, existen diferentes técnicas o escuelas que postulan ciertos matices.

En este sentido, la 'Escuela de Harvad', de vertiente más psicológica, defiende una gestión cooperativa del conflicto con la ayuda del mediador, partiendo de la base de que "todo conflicto es consecuencia de un problema previo que es necesario resolver para gestionar adecuadamente el conflicto"; se trata de negociar los distintos intereses de las partes asistidos por el mediador y, por tanto, su acción está muy centrada en el logro de acuerdos. En la práctica, es un modelo vinculado al mundo empresarial.

La 'Escuela Transformativa' se basa principalmente en la actitud de las partes ante el problema y no tanto en el análisis y tratamiento de la problemática anterior, considerando fundamental "la superación de cualquier tipo de visión unilateral del conflicto mediante la revalorización de las personas y el reconocimiento de las partes a través de una relación mutua que propugna la comprensión, y la modificación con ello de los propios sentimientos"; se considera al conflicto como una oportunidad de crecimiento y transformación más que un problema, siendo precisamente su objetivo la transformación del conflicto.

La 'Escuela Narrativa' nace del paradigma sistémico y su metodología se centra primordialmente en la oportunidad que se les concede a las partes de transmitir, desde sus propias perspectivas personales, las vivencias producto de la historia común debida al conflicto en cuestión. Se defiende que "el subjetivismo, los condicionantes externos de cada persona y sus valores, pueden contribuir a la mejor comprensión de los orígenes del conflicto y, en consecuencia, a mostrar el camino para solucionarlo"; tienen gran importancia la comunicación y el lenguaje, con sus inevitables cambios de construcción y deconstrucción de la realidad.

Sea cual sea el modelo o sistema elegido para la resolución de los conflictos, la mediación entre las partes implicadas contribuye siempre al fortalecimiento de la sociedad civil, reforzando los vínculos entre los ciudadanos, como se demuestra en los países más avanzados en la materia, evitando una carga de trabajo excesiva y costosa frente a los procedimientos sustanciados en los tribunales de justicia.


Fuente: Mundo del Agrónomo, nº 29 (2015). Madrid (España)




José Luis Ares (docente)

lunes, 28 de septiembre de 2015

MEDIACIÓN EN CONFLICTOS AGROALIMENTARIOS

La mediación es una de las fórmulas de negociación para la resolución de los conflictos en el sector agroalimentario más utilizada en numerosos países, con resultados satisfactorios. Aunque existen varias definiciones, el profesor Bolaños define la mediación como "un espacio transicional de diálogo cooperativo donde las partes implicadas en una situación conflictiva junto con una tercera parte, a cargo de la acción mediadora imparcial y neutral, tratan de abordar de una forma constructiva los diferentes temas que los protagonistas del conflicto desean tratar".

Una de las principales características distintivas de la mediación es la voluntariedad de las partes. En este sentido, la mediación está especialmente indicada en los casos en que las partes que tienen una controversia han de seguir conservando una cierta relación en el futuro; la figura del mediador, persona neutral, objetiva e imparcial, deberá intentar que las partes enfrentadas sean capaces por sí mismas de encontrar una solución razonable y satisfactoria, generalmente, mediante una serie de encuentros en los que dicha figura sea capaz de facilitar la comunicación entre los implicados y, por tanto, se racionalicen las causas de sus diferencias.

En opinión del experto Santiago Escribano, la mediación se va abriendo camino lentamente en España. Aunque en un primer momento los ámbitos de actuación se limitaron a procesos de carácter más social, poco a poco se ha ido extendiendo a otros campos, entre ellos el rural y el agroalimentario.  

Entre la legislación en materia de mediación hay que señalar la Ley 36/2011 de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción social, aplicable a la conciliación en el ámbito de los conflictos laborales. En la trasposición española de la Directiva 2008/52/CE de 21 de mayo de 2008, del Parlamento y del Consejo Europeos, se abordan ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles con el objetivo, establecido en su Preámbulo, de promover el uso más frecuente de este método y garantizar que las partes en conflicto puedan contar con un marco jurídico predecible. Por su parte, en la exposición de motivos del Real Decreto-Ley 5/2012 de 5 de marzo se establece el objetivo de favorecer la mediación como alternativa frente a la solución judicial en conflictos civiles y mercantiles, evitando siempre la imposición obligatoria de este método a la hora de que alguna de las partes desee acudir a los tribunales de justicia.


Fuente: Mundo del Agrónomo, nº 29 (2015). Madrid (España)




José Luis Ares (docente)

viernes, 25 de septiembre de 2015

MÉTODOS RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN SECTOR AGROALIMENTARIO

La resolución de los conflictos entre particulares y empresas, enmarcada siempre dentro de la normativa establecida en todo Estado de Derecho, puede hacerse tanto recurriendo a los tribunales de justicia como mediante fórmulas extrajudiciales. En el sector agroalimentario español, donde predominan las microempresas y pymes, la primera alternativa suele ser costosa en tiempo y dinero, por lo que progresivamente se está extendiendo la segunda modalidad, más ágil y menos onerosa para las partes implicadas.

Para el experto Santiago Escribano, las técnicas extrajudiciales para la resolución de conflictos, conocidas bajo el acrónimo ADR (Alternative Dispute Resolution), permiten agilizar los procesos en todas aquellas materias disponibles en Derecho, mediante la intervención de una tercera persona con la adecuada cualificación profesional, capaz de ayudar a las partes implicadas a alcanzar un acuerdo que permita resolver de manera satisfactoria sus diferencias. No obstante, quedan fuera de esta fórmula todas las materias consideradas indisponibles, que únicamente se podrán resolver mediante la vía jurisdiccional, siempre abierta para las entidades y el conjunto de la ciudadanía.

Los principales métodos de resolución de conflictos, alternativos a la vía extrajudicial y muy empleados en los países anglosajones (Common Law), se clasifican habitualmente en autocompositivos y heterocompositivos. En los primeros son las partes implicadas las que deciden sobre su propio conflicto, siendo los más frecuentes la negociación, la conciliación y la mediación. En los segundos, las partes en conflicto permiten que una tercera persona, ajena a ellas, decida sobre la forma de solucionar sus diferencias, como ocurre con el arbitraje.

En la práctica, según Escribano, la negociación suele ser el primer método de resolución de conflictos al que acuden las partes implicadas antes de llegar a la vía jurisdiccional. Las partes, asistidas o no por abogados o asesores, tratan libremente de alcanzar un acuerdo, imponiendo las condiciones necesarias para resolver el conflicto.

La conciliación se caracteriza por un intento de aproximación de las posturas entre las partes en conflicto, que en función de su propia autonomía tratan de evitar la vía judicial o poner fin a la misma alcanzando un acuerdo antes del proceso de declaración o durante la vista del juicio verbal. Siempre son las partes las que tienen la última palabra para llegar al acuerdo, sin embargo interviene un tercero que propone sucesivas posibilidades de resolución del conflicto, lo que se conoce como 'Acta de Avenencia', y que una vez aceptada y firmada tiene efectos de cosa juzgada.  

En la mediación interviene un tercero, facilitador de la comunicación entre las partes enfrentadas, que pretende ayudar a éstas a conseguir una mejor racionalización del conflicto con la finalidad de que sean capaces de encontrar una solución justa y perdurable en el tiempo para sus actuales diferencias.

El arbitraje es un método donde un tercero o juez privado decide externamente la finalización de un conflicto. El árbitro interviniente puede ser designado por el juez (arbitraje ad-hoc), aunque lo más habitual es que sea elegido y aceptado por las propias partes en conflicto. En este caso, las partes no tienen gran protagonismo, limitándose a la aceptación del convenio arbitral, donde se determina el árbitro y las condiciones para resolver el conflicto; se legitima así esta figura para que resuelva las diferencias existentes a través del denominado Laudo Arbitral. En general, existen dos tipos de arbitrajes: un arbitraje en derecho, que solamente pueden ejercer los abogados, y un arbitraje en equidad, que en el caso de los conflictos en el sector agroalimentario pueden intervenir otros profesionales, como los agrónomos. No obstante, en comparación con otros países, el método del arbitraje no está actualmente muy implantado en España, posiblemente por desconocimiento.



Fuente: Mundo del Agrónomo, nº 29 (2015). Madrid (España)




José Luis Ares (docente)

martes, 22 de septiembre de 2015

NEGOCIACIONES EN CONFLICTOS SECTOR AGROALIMENTARIO

Los conflictos son inevitables en cualquier actividad humana, también en el sector agroalimentario. Dadas las propias características del medio rural, con estructuras muy ligadas al territorio, aislamiento geográfico, frágiles estructuras socioeconómicas y unas relaciones de vecindad muy arraigadas, los conflictos aparecen de forma más o menos intensa y cotidiana, siendo necesario establecer un marco de negociaciones que permita encontrar una solución satisfactoria para las partes implicadas. 

Según Santiago Escribano, miembro del Consejo del Instituto Complutense de Mediación y Gestión de Conflictos (IMEDIA) ubicado en Madrid (España), debe dejarse atrás "la perspectiva clásica del conflicto como algo negativo, considerando este hecho como una oportunidad para construir una nueva realidad más estable y eficaz, lo que implica abordarlo desde una perspectiva plural e interdisciplinar". En este sentido, resulta imprescindible contar con la ayuda de los profesionales independientes más cualificados, que faciliten las negociaciones entre las partes enfrentadas para encontrar soluciones justas. En el actual Estado de Derecho, la Constitución española garantiza la tutela judicial efectiva a los ciudadanos; de este modo, una persona ajena al conflicto, juez o magistrado, decide sobre el hecho particular en base al marco jurídico existente.

Fuente: Mundo del Agrónomo, nº 29 (2015). Madrid (España)




José Luis Ares (docente)

viernes, 18 de septiembre de 2015

DENOMINACIÓN DE ORIGEN VINOS DE MADRID (ESPAÑA): RESOLUCIÓN 14/4/2015

Mediante la Resolución de 14 de abril de 2015, de la Dirección General del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (España), se da publicidad a la solicitud de modificación de la Denominación de Origen «Vinos de Madrid».

Con fecha 22 de mayo de 2014, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Vinos de Madrid» solicitó la modificación del pliego de condiciones de esta denominación. Esta propuesta supone la ampliación de la zona de producción de vinos amparados por la Denominación de Origen «Vinos de Madrid», de forma que se añadiría una nueva subzona denominada «Subzona de El Molar». Esta modificación conlleva, asimismo, cambios en otros aspectos del pliego de condiciones y del documento único enviados en su momento a la Comisión Europea por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, modificado por el Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo, debe someterse aun procedimiento de oposición dentro del estado miembro antes de su remisión a los servicios de la Comisión Europea de tal forma que se garantice la publicación adecuada de la solicitud y se establezca un plazo razonable durante el cualquier persona física o jurídica que posea un interés legítimo y esté establecida o resida en su territorio pueda declarar su oposición a la modificación.

Con tal fin, el Real Decreto 1335/2011, establece en su artículo 8.6 que, una vez realizadas las comprobaciones oportunas y con objeto de dar publicidad a la solicitud de modificación y, en su caso, iniciar el procedimiento nacional de oposición, el órgano competente de la Comunidad Autónoma publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución que dé publicidad a la solicitud.Esta resolución deberá incluir la dirección de la página web oficial donde se encontrarán el pliego de condiciones y el documento único del producto.

La Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.3.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero de Estatuto de Autonomía dela Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio tiene competencias en la materia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación, se resuelve lo siguiente:
Continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Vinos de Madrid», y, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.6 y 10 del Real Decreto 1335/2011, ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del acto administrativo sobre la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen «Vinos de Madrid» e incluir un vínculo a la página web dela Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio donde se encuentra el contenido del pliego de condiciones y del documento único.

Desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio se iniciará el cómputo de dos meses para que cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, pueda oponerse a dicho registro mediante la correspondiente declaración de oposición, dirigida a la Dirección General del Medio Ambiente, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
El pliego de condiciones y el documento único pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, en la dirección siguiente: http://www.madrid.org
Firmada en Madrid, a 14 de abril de 2015, por el Director General del Medio Ambiente.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 121, de 21/05/2015 (apartado VB Otros anuncios oficiales Comunidad de Madrid, Sec. V-B, ref. 16187, páginas 22519 y 22520).


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 25 de mayo de 2015

EVENTOS: QUESOS 'EXCEPTUADOS' QUERED 2015 (ESPAÑA)

Apoyando decididamente la cultura quesera, la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas (QueRed) ha organizado una degustación de quesos el martes 14 de abril de 2015, dentro del marco del Salón del Gourmet, celebrado en el 'Taller de los Sentidos' (Pabellón 8) en las instalaciones del Recinto Ferial IFEMA en Madrid (España). Los organizadores de este evento han contado con la ayuda financiera del Foro Europeo por la Ganadería Extensiva y el Pastoralismo (EFNCP) y la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea. 

Actualmente, la legislación europea aplicada al sector quesero permite cierta flexibilidad, exceptuando de cumplir o adaptando algunos requisitos normativos para las pequeñas queserías de campo y artesanas, siendo muchos de estos productos desconocidos para los consumidores de las grandes ciudades. En este sentido, este evento ha pretendido dar a conocer estos productos de calidad diferenciada, distinguiendo dos modalidades: quesos 'excepcionales' y 'exceptuados'. En todos los casos la seguridad alimentaria de los consumidores queda siempre garantizada desde el punto de vista higiénico-sanitario. 

Por sus pequeñas dimensiones y sus modos artesanos de elaborar los quesos muchos establecimientos lácteos europeos ya gozan de determinadas excepciones, especialmente en materia de instalaciones y equipamientos, como por ejemplo, el uso de recintos o cuevas naturales para madurar los productos curados, la utilización de madera o caña en estos locales, la coagulación de la leche en cubas de cobre, el revestimiento exterior de la corteza con determinados vegetales, la curación en salvado de trigo o manteca de cerdo, la conservación en aceite de oliva, el empleo de mohos autóctonos, los coagulantes preparados a partir de materias primas naturales, la venta de quesos de leche cruda sin periodo de maduración obligatoria, entre otros. 

Más información: www.redqueserias.org
José Luis Ares Cea (divulgador)


viernes, 17 de abril de 2015

EVENTOS: SALÓN DE GOURMETS 2015 (ESPAÑA)

El XXIX Salón de Gourmets, importante Feria Internacional de Alimentación y Bebidas de Calidad se celebra del 13 al 16 de abril de 2015 en los pabellones 4, 6 y 8 de IFEMA (Madrid, España). Este evento, dirigido a profesionales del sector agroalimentario, será un variado escaparate donde se presentan más de 35.000 productos, que se podrán degustar por los asistentes, tanto en los stands como en los diversos talleres, catas y concursos que se realizan en los distintos espacios del recinto ferial. 

Asimismo, se podrá participar en las numerosas actividades programadas: XVI Taller de los Sentidos Gourmets, el XV Rincón del Vino (Club de Vinos Gourmets), La Vie en Rose (dedicado en exclusiva a los vinos rosados), la IV Oleoteca y Aceites de Oliva Virgen de España, el XXII Concurso de Cortadores de Jamón, el XV GourmetQuesos, el VI Campeonato de Quesos de España, el I Concurso Mejor Tabla de Quesos, el III Campeonato de España de Tapas para Gourmets, el II Campeonato Ncional de Tiraje de Ceveza, entre otros.



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 7 de abril de 2015

EVENTOS: CONGRESO CLIMATIZACIÓN Y REFRIGERACIÓN 2015 MADRID (ESPAÑA)

El XIII Congreso Iberoamericano de Climatización y Refrigeración 'CIAR 2015', bajo el lema "En busca de una climatización eficiente", se celebrará del 28 al 30 de abril de 2015 en la ciudad de Madrid (España), organizado por la Asociación Técnica Española de Climatización y Refrigeración (ATECYR), con la colaboración de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid. 

Este evento está promovido por la Federación de Asociaciones Iberoamericanas de Climatización y Refrigeración, entidad sin ánimo de lucro integrada por varios países. El Congreso está dirigido a proyectistas, fabricantes, instaladores, empresas de mantenimiento, así como a los propietarios y usuarios de este tipo de instalaciones. Se han programado distintas actividades, entre ellas, jornadas técnicas, conferencias magistrales, reuniones de trabajo, encuentros técnicos, sobre varias cuestiones de interés: eficiencia, calidad y sostenibilidad, programas de simulación energética, ahorro y reducción del consumo, nuevos sistemas y refrigerantes, etc. Asimismo, se presentarán diversos proyectos con los avances tecnológicos en este sector.

Más información: www.ciar2015.org



José Luis Ares (docente)

miércoles, 12 de marzo de 2014

PROTAGONISTAS: PREMIOS MEJORES QUESOS ESPAÑA 2013

Mediante la Orden AAA/2418/2013, de 11 de diciembre, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, se conceden los Premios Alimentos de España a los Mejores Quesos del año 2013, cuya relación se detalla en esta disposición. En este sentido, la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, estableció las bases reguladoras de los premios Alimentos de España, bajo la organización del citado Ministerio, y mediante la Orden AAA/1256/2013, de 19 de junio, se publicó la convocatoria del Premio Alimentos de España al Mejor Queso año 2013.

Vista la propuesta de resolución del premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2013», presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 18.4 de la Orden ARM/1915/2008, y de acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se dispone lo siguiente:

Primero. 

Premio a los Mejores Quesos Españoles: Año 2013. Conceder los galardones que se relacionan a continuación:


CATEGORÍA: QUESOS AUTÓCTONOS ESPAÑOLES:

Grupo: Quesos frescos.

Premio: Queixos Castelo de Brañas, S.L., de Pedrafita do Cebreiro (Lugo).

Grupo: Quesos de pasta blanda.

Premio: Alimentos Ruta Xacobea, S.L., de O’Pino (A Coruña).

Grupo: Quesos pasta prensada de oveja.

Premio: Zabaleta, S.C., de Munaín (Álava).

Grupo: Quesos pasta prensada de vaca.

Premio: Crisanto, S.A.T. (Don Crisanto), de Villalba (Lugo).

Grupo: Quesos pasta prensada de cabra.

Premio: Finca de Uga, S.L., de Yaiza - Lanzarote (Las Palmas).

Grupo: Quesos de pasta prensada mezcla.

Premio: Queso Payoyo, S.L., de Villaluenga del Rosario (Cádiz).

Grupo: Quesos de pasta azul.

Premio: Ganadería Arangas, S.C., de Arangas de Cabrales (Asturias).


CATEGORÍA: QUESOS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA:

Premio: Patxi Amillano Garasa, de Alsasua (Navarra).


CATEGORÍA: OTROS QUESOS:

Premio: Quesos de Radiquero, S.L., de Adahuesca (Huesca).


PREMIO ALIMENTOS DE ESPAÑA AL MEJOR QUESO AÑO 2013:

Ganadería Arangas, S.C., de Arangas de Cabrales (Asturias).


Segundo.
Desestimar el resto de las solicitudes admitidas al concurso.

Tercero.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente, en reposición, ante el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de su notificación, o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contando desde el día siguiente 
al de su notificación, con advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto. 

Firmada en Madrid, a 11 de diciembre de 2013, por el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.

Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 307, de 24/12/2013 (apartado I Otras disposiciones, Sec.III., 13586, páginas 104529 y 104530).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 4 de marzo de 2014

PROTAGONISTAS: RED ESPAÑOLA QUESERÍAS DE CAMPO Y ARTESANAS (REUNIÓN 18/02/2014, MADRID)

La Red Española de Queserías de Campo y Artesanas, de reciente creación, es una entidad sin ánimo de lucro que integra a microqueserías y pequeñas instalaciones lácteas artesanales de todas las regiones de España. Esta Red, presidida por María Jesús Jiménez Horwitz, quesera artesana de la localidad de Jayena (Granada), forma parte activa del sector de las pequeñas empresas lácteas europeas, en calidad de miembro de FACE, asociación integrada actualmente por organizaciones de productores de once países. 

En una reunión convocada por la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas, celebrada el pasado día 18 de febrero de 2014 en Madrid, y en la que se contó con la presencia de representantes de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, y del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, se ha abordado la aplicación de la normativa conocida como "Letra Q”, para su posible flexibilización para las queserías artesanales y microempresas de pequeña dimensión productiva. 

La “Letra Q” es un conjunto de normas y requisitos para la regulación de los agentes del sector lácteo en España; desde la aprobación en 2004 de los reglamentos comunitarios conocidos como "paquete de higiene", se han ido aprobando en España sucesivos decretos, en algunos aspectos más restrictivos que los citados reglamentos europeos, lo que está ocasionando una carga adicional a la ya difícil tarea diaria de las pequeñas explotaciones ganaderas y queserías artesanales a nivel nacional.   

En este sentido, la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas presentó a finales de 2013 una petición a las autoridades españolas solicitando que se apliquen directamente los reglamentos sanitarios europeos de manera que las pequeñas queserías de nuestro país puedan contar con el mismo nivel de exigencias de requisitos y condiciones del resto de queserías similares de otros países comunitarios.  

En una nota informativa remitida recientemente a los medios de comunicación por Remedios Carrasco, coordinadora de la Red Española, bajo el título de "Letra Q de Queserías en peligro de extinción”, se hace un breve balance de los resultados de la última reunión celebrada en Madrid, y se reafirma la firma voluntad de esta asociación nacional de continuar con las gestiones que permitan conseguir la tan necesaria igualdad de condiciones entre las pequeñas queserías españolas y europeas. 

Además de los integrantes de la junta directiva de la Red Española han participado en la citada reunión José María Alonso, diputado y portavoz de la Proposición No de Ley aprobada prácticamente por unanimidad (solo abstención de un grupo parlamentario) recientemente en las Cortes, donde se insta al Gobierno a adaptar las normas sanitarias vigentes a la realidad de las pequeñas queserías de campo y artesanales. Asimismo, ha intervenido en la reunión, la senadora por la isla de La Palma, María Rosa de Haro. 

Si bien la mayoría de propuestas formuladas por la Red Española han sido consideradas coherentes por parte de las autoridades participantes en la última reunión; no obstante, en estos momentos se está a la espera de una respuesta oficial que se presume que dará solución a las necesidades de este sector tan castigado en la delicada situación económica actual. 

Finalmente, la Red Española invita a adherirse a esta propuesta a cualquier organización interesada, relacionada con este sector productivo, recibiéndose hasta la fecha las adhesiones de COAG, ASAJA y UPA, entre otras entidades. 

Acompaña a la nota informativa de la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas, una imagen muy ilustrativa en la que se puede apreciar la maduración de los quesos artesanos en estanterías de madera, material de uso tradicional en muchas regiones españolas y países europeos y que, sin embargo, está actualmente prohibido en muchas zonas de nuestra geografía quesera, entre ellas, en Andalucía, a pesar de que no existen estudios científicos serios que demuestren sus efectos negativos, ni sobre la calidad final de los quesos, ni mucho menos, sobre la salud de los consumidores.



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 13 de agosto de 2013

PUBLICACIÓN: TESIS DE MÁSTER 1998-1 MADRID (ESPAÑA)

Título: QUESO DE OVEJA ARTESANAL "LOS PEDROCHES".
Temática: Tecnología y control alimentario, Sector quesero, Leche de oveja, Elaboración de quesos artesanales, Variedades tradicionales, Normativa y legislación, Características nutritivas.
Claves: tecnología de los alimentos, sector quesero, quesos artesanales, variedad tradicional, leche de oveja Merina, proceso de elaboración, control de calidad, normativa, aspectos nutritivos, comarca de Pedroches, Andalucía.
Contenidos: Introducción, Aspectos generales, Antecedentes, Definiciones, Materias primas, Proceso de Elaboración del queso, Control de calidad, Legislación aplicada, Aspectos nutritivos, Conclusiones, Bibliografía.
Ilustraciones: Fotografías, gráficos, tablas.
Trabajo de investigación: tesis de máster (Máster en Tecnología y Control de los Alimentos).
Institución/ entidad: Universidad Complutense de Madrid (España).
Autoría: María del Carmen Ropero Lachhein.
Calificación académica: sobresaliente.
Extensión: 95 páginas.
Idioma: español.
Año: 1998.

El asesor científico de la AQAA, José Luis Ares, ha suministrado, a la autora de la Tesis, los resultados de sus estudios de investigación prospectiva sobre esta variedad de queso tradicional, tan emblemática en Andalucía, y asimismo ha revisado el texto final de la tesis de Máster.




Fuente: Circular informativa (1998). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).
José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

viernes, 12 de julio de 2013

MEJOR QUESO 2013: ANEXO IV VARIEDAD AUTÓCTONA CONCURSO 'ALIMENTOS DE ESPAÑA'

Se incluye el Anexo IV con la Relación de variedades de quesos autóctonos españoles, como requisito para participar en dicha categoría en la convocatoria del Premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2013», según se establece en la Orden AAA/1256/2013, de 19 de junio, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.






Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 159, (4/7/2013). Madrid (España).
José Luis Ares (profesor)

MEJOR QUESO 2013: ANEXO III DECLARACIÓN CANTIDADES MÍNIMAS CONCURSO 'ALIMENTOS DE ESPAÑA'

A continuación, se incluye el Anexo III con el modelo de declaración expresa de la empresa solicitante para participar en la convocatoria del Premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2013», aprobada mediante la Orden AAA/1256/2013, de 19 de junio, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con el compromiso de cumplir los requisitos sobre cantidades mínimas de producción establecidas en el apartado 2 del punto 2 de la presente Orden.





Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 159, (4/7/2013). Madrid (España).
José Luis Ares (profesor)

MEJOR QUESO 2013: ANEXO II DECLARACIÓN EMPRESA CONCURSO 'ALIMENTOS DE ESPAÑA'

Se incluye el Anexo II con el Modelo de declaración expresa por parte de la empresa solicitante, de no haber estado incursa en un procedimiento sancionador en materia de agricultura, alimentación y medio ambiente con las Administraciones Públicas, como requisito para participar en la convocatoria del Premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2013», según se establece en la Orden AAA/1256/2013, de 19 de junio, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.




Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 159, (4/7/2013). Madrid (España).
José Luis Ares (profesor)

MEJOR QUESO 2013: ANEXO I SOLICITUD INSCRIPCIÓN CONCURSO 'ALIMENTOS DE ESPAÑA'

A continuación, se incluye el Anexo I con el modelo de solicitud de inscripción en la convocatoria del Premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2013», aprobada mediante la Orden AAA/1256/2013, de 19 de junio, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.






Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 159, (4/7/2013). Madrid (España).
José Luis Ares (profesor)

MEJOR QUESO 2013: CONVOCATORIA CONCURSO 'ALIMENTOS DE ESPAÑA'

Mediante la Orden AAA/1256/2013, de 19 de junio, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, se publica la convocatoria del Premio «Alimentos de España al Mejor Queso: año 2013», según lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, donde se fija que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

Por otra parte, la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de 2 de julio, modificada por la Orden ARM/2500/2011, de 13 de septiembre, y por la Orden AAA/348/2013, de 21 de febrero, establece las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España.

Con la presente orden, se convoca el Premio Alimentos de España al Mejor Queso, año 2013, con la finalidad de promocionar y dar a conocer los quesos de mayor calidad y mejores propiedades organolépticas, de conformidad con lo previsto en el capítulo IV de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, estableciendo los criterios en los apartados siguientes: 

Primero. Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio Alimentos de España al Mejor Queso, año 2013, en las categorías de quesos autóctonos españoles, quesos de producción ecológica y otros quesos, previsto en el capítulo IV de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España.

Segundo. Quesos admitidos a concurso.

1. Sólo se admitirán a concurso los quesos que cumplan la legislación vigente, según se indica en los artículos 14 y 15 de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio.

2. Los quesos presentados al concurso serán de elaboración propia del concursante, debiendo justificar la elaboración anual de un número mínimo de 2.000 piezas o 3.000 kilos, en las categorías de quesos autóctonos españoles y otros quesos. En la categoría de quesos de producción ecológica se deberá justificar la elaboración anual de un mínimo de 1.000 piezas o 1.500 kilos.

3. Las dudas sobre la adscripción de una variedad de quesos a una u otra categoría se resolverán con arreglo al «Inventario Español de Productos Tradicionales», editado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en 1996, a la Orden Ministerial de 9 de julio de 1987, por la que aprueban las normas de composición y características específicas para los quesos 'Hispánico', 'Ibérico' y 'De la Mesta' o al Real Decreto 262/2011, de 28 febrero, por el que se aprueba la norma de composición y características específicas para el queso 'Ibérico'.

Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación.

1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud y las declaraciones juradas, con la totalidad de los datos que en ellas se requieren, según modelos que se adjuntan como anexos I, II y III. Además, se acompañará una fotocopia del Registro Sanitario de Alimentos.

2. La solicitud, acompañada de las declaraciones, se dirigirá al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y se presentará en el Registro General del Departamento, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar en el exterior del envío y con caracteres legibles y destacados la siguiente leyenda: Premio «Alimentos de España al Mejor Queso, año 2013».

3. Los quesos presentados en la categoría de producción ecológica se acompañarán de una certificación emitida por el Órgano de Control competente acreditativo de que el queso ha sido elaborado según las técnicas de producción ecológica.

4. Las queserías que presenten muestras en la categoría de quesos autóctonos españoles deberán pertenecer a una de las variedades de quesos recogidas en el anexo IV.

5. Las queserías que presenten muestras en la categoría otros quesos no podrán presentar muestras en las categorías de quesos autóctonos españoles o quesos de producción ecológica.

6. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución hasta el 6 de septiembre de 2013, incluido éste.

Cuarto. Entrega de las muestras.

1. Por cada muestra se presentarán al menos tres kilogramos de queso en piezas enteras, aportando siempre un mínimo de dos piezas. Cuando el queso pertenezca al grupo de quesos frescos se proporcionarán al menos tres piezas.

2. Las muestras estarán desprovistas de su etiquetado o marca comercial, de forma que se pueda asegurar su anonimato.

3. Cada muestra se embalará en un único paquete identificado con el nombre de la quesería, la categoría y grupo de queso en que se presenta al premio. Además, dentro del paquete se introducirá un sobre cerrado conteniendo una fotocopia de la solicitud debidamente cumplimentada y la etiqueta comercial que identifica al queso objeto de concurso. En el exterior de este sobre se identificará la categoría y grupo de quesos al que se concursa.

4. Las muestras de quesos se remitirán, a portes pagados, al Laboratorio Arbitral Agroalimentario, situado en la avenida del Padre Huidobro, sin número, carretera de la Coruña, Kilómetro 10,700, 28023 Madrid.

5. Las fechas de entrega de las muestras serán, para los quesos frescos los días 8 y 9 de octubre y para los demás tipos de quesos del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2013, en horario de 9,30 a 13,30 horas.

6. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no se responsabiliza del deterioro que, durante el transporte, puedan sufrir los quesos presentados al concurso.

Quinto. Selección.

La selección de las muestras se realizará según lo establecido en las normas reguladoras. Su valoración sensorial se llevará a cabo de acuerdo con las fichas de cata que figuran en el anexo V.

Sexto. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los previstos en el artículo 20 de las bases reguladoras.

Séptimo. Plazo máximo para resolver y notificar la resolución.

1. La resolución se dictará en el plazo de seis meses desde la publicación de esta convocatoria, según lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. La resolución, que pone fin a la vía administrativa, se notificará a los interesados con indicación del recurso procedente, plazo y órgano ante el que pueda interponerse. Igualmente se insertará en el tablón de anuncios del Departamento y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Octavo. Financiación.

Para la adquisición de las esculturas y diplomas se destinará un importe máximo de dos mil doscientos euros (2.200 euros), imputado a la aplicación presupuestaria 23.01.451O.227.06.

Noveno. Efectos.

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Orden firmada el 19 de junio de 2013 por el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.



Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 159, (4/7/2013). Madrid (España).
José Luis Ares (profesor)

martes, 2 de julio de 2013

PROTAGONISTAS: MICROQUESERÍAS EN EL PARLAMENTO ESPAÑOL (APROBACIÓN CONGRESO DE LOS DIPUTADOS)

Esta nota de prensa es sin duda una excelente noticia para el sector quesero artesanal español, que hay que divulgar a través de todos los medios de comunicación (las mayúsculas que siguen son mías): EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS DE ESPAÑA ACABA DE APROBAR UNA PROPOSICIÓN NO DE LEY PARA LA ADAPTACIÓN DE LA ACTUAL NORMATIVA SANITARIA EN SU APLICACIÓN A LAS QUESERÍAS DE PEQUEÑA DIMENSIÓN PRODUCTIVA. 

A continuación, se reproduce el texto íntegro de la nota informativa emitida por la Red Estatal de Queserías de Campo y Artesanas, a través de su coordinadora Remedios Carrasco Sánchez, entidad de ámbito nacional presidida por María Jesús Jiménez Horwitz, perteneciente a la junta directiva de la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). La noticia tiene una gran importancia para el futuro del sector quesero artesanal español y merece celebrarse, agradeciendo a todas las personas que durante todos estos años, muchos años, han defendido los intereses de los pequeños productores y artesanos queseros de todas las regiones de España, por conseguir un trato igualitario, como el que tienen otros países europeos desde hace mucho tiempo.

Sin más preámbulos, hay que destacar que en la Comisión de Sanidad y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados se aprobó el día 13 de junio de 2013, prácticamente con la unanimidad de todos los grupos parlamentarios, una Proposición No de Ley en la que se insta al Gobierno de España a la adaptación de la normativa vigente aplicada a las pequeñas queserías mediante el desarrollo de los criterios de flexibilidad que permite la legislación alimentaria europea para los establecimientos lácteos artesanales y de campo.

Este es uno de los primeros logros de la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas, recientemente constituida, con la finalidad de defender y promover el desarrollo de las pequeñas queserías en todo el territorio español, revirtiendo el proceso vivido en las últimas décadas, con la desaparición de centenares de microempresas y pymes incapaces de hacer frente a las estrictas y costosas exigencias establecidas en los controles oficiales, igual que si tratase de grandes instalaciones industriales.

En este sentido, hay que señalar que la propia Unión Europea rectificó el anterior marco legal poniendo en marcha una nueva reglamentación que invitaba a los Estados Miembros a adaptar los requisitos sanitarios aplicables a los pequeños establecimientos. Desde la entrada en vigor de esta nueva estrategia normativa, hace ahora casi diez años, lo cierto es que en España se han dado pocos pasos en esa dirección. Así lo transmitió Paolo Caricato, alto funcionario de la Dirección General de Salud y Consumo de la Comisión Europea en el Congreso sobre Seguridad Alimentaria en Pequeñas Queserías que se celebró en España en mayo de 2012 (www.congresoqueserias.blogspot.com.es)

A raíz de la celebración de dicho congreso, organizado por la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas, con la colaboración de la Red Europea (www.face-network.eu), se han puesto en marcha varias iniciativas para impulsar a este sector productivo, muy ligado al territorio y, especialmente, a las zonas rurales. Una iniciativa muy importante fue la del diputado José María Alonso, colaborador activo de la Red española, emprendiendo la elaboración de la Proposición No de Ley, que ahora acaba de defender en las Cortes.

Entre otras iniciativas hay que señalar la del gobierno de Extremadura, que constituyó un grupo de trabajo para preparar una ley de flexibilización de requisitos sanitarios para el fomento de las pequeñas empresas agroalimentarias que se aprobará en los próximos meses. Asimismo, en Canarias se comenzó la elaboración de una Guía de Buenas Prácticas de Higiene, común para todas las islas y cuyo primer borrador acaba de ser presentado oficialmente. También hay que destacar la reciente aprobación de una Ley de Calidad agroalimentaria en Andalucía, el Decreto sobre la artesanía alimentaria, y finalmente la primera Orden que regula las condiciones para la elaboración de quesos artesanos y de granja. Otras Comunidades Autónomas, como es el caso de Cataluña, han continuado impulsando las iniciativas ya emprendidas, como es el caso de la Guía de Buenas Prácticas.

Esta nueva situación impulsa al optimismo para las pequeñas queserías de campo y artesanas de todo el territorio español, en momentos difíciles como el actual. Las ventajas se podrían resumir en tres grandes líneas:

1-La aplicación de criterios normativos más flexibles permitirá reducir significativamente los costes de funcionamiento y trámites burocráticos de las pequeñas queserías, sin dejar por ello de garantizar la seguridad alimentaria de todos los consumidores, con una oferta más diversificada de alimentos sanos y de calidad diferenciada, contribuyendo al mantenimiento del empleo en las zonas rurales, y a la conservación del patrimonio cultural y gastronómico autóctonos. Además se incentivará la creación de nuevas pequeñas empresas lácteas en el medio rural.

2-Se logra así una mayor transparencia en los mercados, permitiendo a los consumidores elevar su actual nivel de conocimiento sobre las características diferenciales de la calidad de los quesos artesanos, compitiendo en las mismas condiciones todas las pequeñas queserías españolas, sea cual sea su localización geográfica, es decir, que tienen que cumplir los mismos requisitos las empresas valencianas, que las andaluzas, gallegas o castellanas, y por supuesto, todas las ubicadas en las restantes regiones de España y de otros países europeos.

3-Este nuevo marco legal permitirá establecer las posibles ayudas estatales específicas para las pequeñas queserías españolas, igual que ocurre en otras regiones queseras comunitarias desde hace muchos años. No obstante, el sector debe ser consciente de la urgente necesidad de asociarse para poder tener mayor peso en las negociaciones con las distintas administraciones públicas, y para realizar actuaciones conjuntas en materias tan importantes como la información a los consumidores, la formación de los recursos humanos, la promoción de los quesos artesanos y de campo, entre otras, acciones imprescindibles para lograr el desarrollo sostenible de este sector productivo.

Finalmente, desde la Red Estatal de Queserías de Campo y Artesanas se anima a todas las personas físicas y empresas relacionadas con el sector quesero artesanal, que se adhieran y participen activamente en esta joven entidad para seguir consiguiendo logros, que tan sólo a través de la unión permitirán alcanzar un desarrollo sostenible de este querido sector quesero artesanal.




Más información: Contactar con Remedios Carrasco (teléfono +34 676 729 011) y María Jesús Jiménez (+34 657 918 062).
José Luis Ares Cea (profesor)

jueves, 13 de junio de 2013

PROTAGONISTAS: PUBLICACIÓN DEL CARTEL DE QUESOS-2 ESPAÑA

A continuación, se adjunta una copia en formato reducido del último de los carteles (tamaño poster) editados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España, donde se incluyen un total de de 81 variedades de quesos tradicionales diferentes, elaboradas en las distintas regiones del país, 31 de ellas con leche de cabra exclusivamente, 22 de vaca, 20 de oveja, y las 8 restantes con mezclas de leche de dos o más especies ganaderas. El cartel original, editado en color, agotado en la actualidad, fue distribuido ampliamente en España y en otros países.  



Fuente: Circular informativa (1998). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).

martes, 11 de junio de 2013

PROTAGONISTAS: PUBLICACIÓN DEL CARTEL DE QUESOS-1 ESPAÑA

A continuación, se adjunta una copia en formato reducido de unos de los primeros carteles (tamaño poster) editados por el Ministerio de Agricultura de España, donde se incluyen un total de 48 variedades de quesos tradicionales elaboradas en las distintas regiones del país. El material original, editado en color y agotado en la actualidad, fue uno de los principales y pioneros instrumentos promocionales de los quesos españoles, tanto en el ámbito nacional como internacional. En este cartel se incluyen quesos elaborados con leche de vaca, oveja y cabra.





Fuente: Circular informativa (1998). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).