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lunes, 7 de agosto de 2017

INFOEMPLEO: ADMITIDOS CONTRATOS LABORALES PROYECTOS I+D+F (ANDALUCÍA, ESPAÑA) CONVOCATORIA IFAPA TITULADOS UNIVERSITARIOS 23/4/2017

Mediante Resolución de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA), de 3 de agosto de 2017, se procede a  publicar el listado de personas admitidas e inadmitidas definitivos en el marco de la convocatoria de contratos laborales de titulados universitarios para diez proyectos específicos de I+D+F, según lo establecido en la Resolución de 23 de abril de 2017 del IFAPA (BOJA, número 83).
De conformidad con lo dispuesto en el punto 2 del resuelve Cuarto de las resoluciones de 1 de diciembre de 2016, la publicación de la Resolución de la Presidencia del IFAPA, por la que se aprueban los listados definitivos de las personas admitidas e inadmitidas, agota la vía administrativa. Contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este acto ante el órgano judicial pertinente, todo ello de conformidad en lo establecido en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas y el artículo 46.1 de la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
 
Más información:



José Luis Ares Cea (profesor)
 
 

martes, 1 de agosto de 2017

INFOEMPLEO: CONTRATOS LABORALES PROYECTOS I+D+F (ANDALUCÍA, ESPAÑA) CONVOCATORIA IFAPA TITULADOS EN FORMACIÓN PROFESIONAL 21/7/2017

Mediante la Resolución de 21 de julio de 2017, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación  y  Formación  Agraria,  Pesquera,  Alimentaria  y  de  la  Producción Ecológica (IFAPA), se efectúa la convocatoria de cuatro contratos laborales para titulados en formación profesional en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
El  artículo  15.1  de  la  Ley  1/2003,  de  10  de  abril,  de  creación  del  IFAPA, establece que el organismo  podrá  celebrar,  con  cargo  a  sus presupuestos, contratos  laborales  para  la  realización  de  un  proyecto  específico  de investigación. Tales contratos se ajustarán, según dispone la citada Ley, a la modalidad de  obra  o  servicio  determinado  y  a  la  de  contratos  formativos  a  que  se  refiere  el artículo 15.1.a) y 11.1, respectivamente del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,  pudiéndose  formalizar  con  personal investigador o personal científico o técnico así como con quienes estuviesen en posesión del título de Doctor.
En virtud de los citados preceptos se vienen formalizando por parte de este Instituto contratos  laborales  de  una  y  otra  modalidad  en  el  marco  de  programas de  formación y proyectos  específicos de I+D+F, según la naturaleza y características  del  puesto  de trabajo a cubrir, preceptos que con la entrada en vigor de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, han de entenderse adaptados y adecuados a un nuevo marco legal que otorga mejores instrumentos a los agentes del sistema para que puedan ser progresivamente más eficaces y eficientes en el ejercicio responsable de su actividad. La referida Ley establece modalidades contractuales que cualquier organismo público  de  investigación  podrá  utilizar  para  vincular  al  personal  técnico  e  investigador mediante  una  relación  laboral.  Entre dichas modalidades contractuales se encuentran el contrato  predoctoral, el de  acceso al  Sistema  Español de  Ciencia, Tecnología e Innovación, el contrato de investigador distinguido, o el contrato para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.
Los  proyectos  y  programas  que  sustentan  estos  contratos  gozan  de  autonomía  y sustantividad propias dentro de la actividad del Instituto y responden a actividades que el IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de Investigación y Transferencia que se consideren  prioritarias para el  sector  en  Andalucía. 
Estos  proyectos  requieren, en su mayoría, la  realización de trabajos y tareas que por  su  carácter  coyuntural y extraordinario no pueden ser atendidos por el personal fijo de plantilla del IFAPA, de ahí la necesidad de contar recursos humanos cualificados, sin perjuicio de la supervisión de tales trabajos que, en todo caso, corresponderá a dicho personal de plantilla. Como exige la propia naturaleza de estos contratos, su duración, aunque limitada en el tiempo, estará condicionada, a la efectiva ejecución de las actuaciones que constituyen el proyecto específico de I+D+F objeto del contrato y, por tanto es, en principio, de duración incierta.
 
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las contrataciones laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F que se detallan en el Anexo I. En dicho Anexo se especifica la duración estimada de  los  contratos, así como los requisitos  que  deberán reunir las  personas  que  estén interesadas  en  concurrir  en  el  proceso  selectivo,  los  cuales  guardarán  relación  con  el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato.
Firmada en Sevilla, a 21 de julio de 2017, por el Presidente del IFAPA, Jerónimo José Pérez Parra.
 
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 144, de 28/07/2017 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 111-118).
 

José Luis Ares Cea (profesor)

INFOEMPLEO: CONTRATOS LABORALES PROYECTOS I+D+F (ANDALUCÍA, ESPAÑA) CONVOCATORIA IFAPA TITULADOS UNIVERSITARIOS 21/7/2017

Mediante la Resolución de 21 de julio de 2017, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación  y  Formación  Agraria,  Pesquera,  Alimentaria  y  de  la  Producción Ecológica (IFAPA), se efectúa la convocatoria de siete contratos laborales para titulados universitarios en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
El  artículo  15.1  de  la  Ley  1/2003,  de  10  de  abril,  de  creación  del  IFAPA, establece que el organismo  podrá  celebrar,  con  cargo  a  sus presupuestos, contratos  laborales  para  la  realización  de  un  proyecto  específico  de investigación. Tales contratos se ajustarán, según dispone la citada Ley, a la modalidad de  obra  o  servicio  determinado  y  a  la  de  contratos  formativos  a  que  se  refiere  el artículo 15.1.a) y 11.1, respectivamente del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,  pudiéndose  formalizar  con  personal investigador o personal científico o técnico así como con quienes estuviesen en posesión del título de Doctor.
En virtud de los citados preceptos se vienen formalizando por parte de este Instituto contratos  laborales  de  una  y  otra  modalidad  en  el  marco  de  programas de  formación y proyectos  específicos de I+D+F, según la naturaleza y características  del  puesto  de trabajo a cubrir, preceptos que con la entrada en vigor de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, han de entenderse adaptados y adecuados a un nuevo marco legal que otorga mejores instrumentos a los agentes del sistema para que puedan ser progresivamente más eficaces y eficientes en el ejercicio responsable de su actividad. La referida Ley establece modalidades contractuales que cualquier organismo público  de  investigación  podrá  utilizar  para  vincular  al  personal  técnico  e  investigador mediante  una  relación  laboral.  Entre dichas modalidades contractuales se encuentran el contrato  predoctoral, el de  acceso al  Sistema  Español de  Ciencia, Tecnología e Innovación, el contrato de investigador distinguido, o el contrato para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.
Los  proyectos  y  programas  que  sustentan  estos  contratos  gozan  de  autonomía  y sustantividad propias dentro de la actividad del Instituto y responden a actividades que el IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de Investigación y Transferencia que se consideren  prioritarias para el  sector  en  Andalucía. 
Estos  proyectos  requieren, en su mayoría, la  realización de trabajos y tareas que por  su  carácter  coyuntural y extraordinario no pueden ser atendidos por el personal fijo de plantilla del IFAPA, de ahí la necesidad de contar recursos humanos cualificados, sin perjuicio de la supervisión de tales trabajos que, en todo caso, corresponderá a dicho personal de plantilla. Como exige la propia naturaleza de estos contratos, su duración, aunque limitada en el tiempo, estará condicionada, a la efectiva ejecución de las actuaciones que constituyen el proyecto específico de I+D+F objeto del contrato y, por tanto es, en principio, de duración incierta.
 
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las contrataciones laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F que se detallan en el Anexo I. En dicho Anexo se especifica la duración estimada de  los  contratos, así como los requisitos  que  deberán reunir las  personas  que  estén interesadas  en  concurrir  en  el  proceso  selectivo,  los  cuales  guardarán  relación  con  el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato.
Firmada en Sevilla, a 21 de julio de 2017, por el Presidente del IFAPA, Jerónimo José Pérez Parra.
 
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 144, de 28/07/2017 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 119-128).
 

José Luis Ares Cea (profesor)

lunes, 8 de mayo de 2017

INFOEMPLEO: CONTRATOS LABORALES PROYECTOS I+D+F (ANDALUCÍA, ESPAÑA) CONVOCATORIA IFAPA 23/4/2017 TÉCNICOS SUPERIORES EN GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS AGROPECUARIAS

Mediante la Resolución de 23 de abril de 2017, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA), de la Junta de Andalucía (España), se efectúa la convocatoria de tres contratos laborales para técnicos superiores en gestión y organización de empresas agropecuarias, en el marco de proyectos específicos de I+D+F. Esta convocatoria va dirigida a las personas inscritas como demandantes de empleo y que cumplan los requisitos establecidos en el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca cada contrato (ver Anexo I).

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo el viernes día 5 de mayo a las 9:00 horas y finalizando el día 18 de mayo de 2017 a las 24:00 horas. Las solicitudes deberán ajustarse al formulario disponible en la página web del IFAPA/ Oficina Virtual, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para cualquier consulta relacionada con el procedimiento de la convocatoria pueden contactar a través de la cuenta de correo webmaster.ifapa@juntadeandalucia.es.
Firmada en Sevilla, a 23 de abril de 2017, por el Presidente, Jerónimo José Pérez Parra.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 83, de 4/05/2017 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 29-36).
 

José Luis Ares Cea (profesor)

lunes, 17 de agosto de 2015

INVESTIGACIÓN: COMPORTAMIENTO SEXUAL MACHOS CABRÍOS EN RAZAS CANARIAS (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se han estudiado diferentes parámetros reproductivos en machos cabríos jóvenes de las tres razas caprinas canarias (España) para determinar si existe un efecto del peso al destete en su aptitud al entrenamiento para la recogida de semen en vagina artificial.

Existen varios estudios que han descrito las relaciones existentes entre el peso vivo y las medidas testiculares. Asimismo se ha descrito la diferencia de precocidad en cuanto a la respuesta sexual y los caracteres sexuales. Sin embargo, apenas existe bibliografía sobre el efecto racial en estos parámetros durante esta etapa.

En este estudio se utilizaron 24 machos distribuidos en dos lotes (n=12). Cada lote estuvo formado por individuos pertenecientes a las razas Majorera, Palmera y Tinerfeña. El experimento se inició cuando los animales contaron con 4 meses y medio de vida (63,5 días) y un peso medio de 15,30±1,96 kg para el lote 1 y 24,14±2,38 kg para el lote 2, y finalizó cuando todos eyacularon de forma regular en vagina artificial (un año y un mes de vida). Para la recogida de semen con vagina artificial se utilizó una hembra adulta inmovilizada en un potro y estrogenizada con 0,4 ml de benzoato de estradiol que se le inyectaba 2 días antes de las sesiones efectuadas semanalmente para cada macho. Todos los animales podían observar las sesiones de recogida de semen del resto de los individuos y cada sesión tuvo una duración máxima de 5 minutos. Las medidas de peso corporal y volumen testicular fueron tomadas quincenalmente tanto en el lote 1 como en el lote 2. El tratamiento de datos se realizó mediante un ANOVA de medidas repetidas dos factores con el programa estadístico SPSS V.12.

Los resultados obtenidos indican que el volumen testicular al inicio de la experiencia era inferior en el lote 1 que en el lote 2; debido a un menor peso de los animales; observándose un efecto significativo de los factores estudiados y su interacción. En los animales del lote 1, el desarrollo testicular es progresivo a lo largo de los 9 meses estudiados, mientras que en los individuos del lote 2 se observó una disminución en el último mes de control, lo que se puede atribuir a un efecto individual y/o también a otros factores que hayan podido incidir en estos animales. El efecto de la raza dentro de cada lote no presenta interacción significativa cuando se analiza la relación entre el volumen testicular y el peso. El lote de animales más pesados resultó más precoz sexualmente que el lote de animales de menor peso, donde los primeros individuos (lote 2) comenzaron a eyacular en mayo frente a los primeros del lote restante, que comenzaron a eyacular en junio (lote 1). En el lote 1, la raza tinerfeña respondió de forma muy tardía a la eyaculación, siendo entre los meses de agosto y octubre, mientras que en el segundo lote comenzó entre mayo-junio.

Cabe señalar que los animales más pesados comenzaron a eyacular antes que los animales de menor peso vivo. Asimismo, la raza Tinerfeña mostró en los animales menos pesados un retraso en la eyaculación con respecto a la razas Majorera y Palmera.


Autoría: J. Sicilia y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

martes, 30 de junio de 2015

INVESTIGACIÓN: EVALUACIÓN DE SEMENTALES CAPRINO MURCIANO-GRANADINA (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se ha estudiado la evolución de los parámetros seminales para la evaluación de futuros sementales cabríos de raza Murciano-Granadina mediante pruebas de progenie en rebaños de la Comunidad Valenciana (España).

Dentro del desarrollo del esquema nacional de mejora genética de la raza caprina Murciano- Granadina (Programa de Selección) en la Comunidad Valenciana, se estableció la necesidad de un adecuado entrenamiento para la recuperación del semen de los cabritos seleccionados, hijos de las mejores hembras de la cabaña evaluadas intrarrebaño. También debían definirse los parámetros reproductivos de los machos de esta raza para su permanencia en el Centro (CITA-IVIA). Estos parámetros están ligados, por una parte, al manejo de los animales y, por otra, a sus propias aptitudes. La buena conjunción de ambas permite optimizar el proceso de recogida, logrando obtener unos tiempos de recuperación mínimos con eyaculados de mejor calidad.

Se ha estudiado una población de 13 machos pertenecientes a la Asociación de Ganaderos de Caprino de la Raza Murciano-Granadina de la Comunidad Valenciana (AMURVAL) en el seno de ACRIMUR. Estos machos llegaban al Centro de Investigación y Tecnología Animal (CITA-IVIA) a una edad aproximada de 5 meses. Una vez adaptados, fueron sometidos a un programa de entrenamiento para su adecuación a la vagina artificial. A la edad de ocho meses se procedió a presentarlos ante una hembra estrogenizada sujeta a un potro de monta. El pase fue individual, si bien en presencia del resto de los animales. El tiempo máximo que permanecían con la hembra era de 10 minutos, en el caso de que no eyacularan. Si eyaculaban se retiraban inmediatamente del recinto. Las vaginas artificiales lubricadas en el extremo anterior, fueron atemperadas con agua, a una temperatura de 45 ºC. La presión en el interior era regulada de tal forma que permitiera el libre desplazamiento de una varilla de vidrio de 6 milímetros de diámetro. Las recuperaciones fueron realizadas siempre por el mismo operario, con la misma cadencia y la misma rutina de trabajo con respecto al grupo. Se evitaron en todo momento situaciones estresantes. Se registró si los animales montaban o no, si la monta era acompañada de eyaculación y, si ésta se producía finalmente, se registraba el volumen y la concentración para estudiar su evolución a lo largo de la edad de los machos.

En los resultados obtenidos se consideraron como montas efectivas aquellas en las que se obtuvieron eyaculados, aunque su volumen fuera mínimo. A partir del tercer mes de entrenamiento y con una media de edad de 10 meses se recogía el semen a la mayoría de los futuros sementales (85% de los machos en testaje). En otros centros de inseminación, también se empieza aproximadamente a la misma edad y son eliminados aproximadamente el 15% de animales que no se adaptan a la vagina en las 15 primeras oportunidades, con dos sesiones de recogida a la semana. En este estudio, se correspondería aproximadamente con la edad de 11 meses, en la que un 15% de los machos no montaban todavía.

En el caso de la producción de semen, aunque se podrían eliminar aquellos machos que no superasen una media de volumen de 0,2 ml o una concentración de mil millones de espermatozoides por ml, de acuerdo con este criterio, se eliminarían los machos 18, 19 y 20; sin embargo, podría ser más lógico establecer un mínimo en la producción total de espermatozoides (STP), puesto que es el término determinante para la producción de dosis, siendo deseable desde el punto de vista práctico superar al menos una STP de 1000 × 106 por eyaculado, manteniendo los mínimos establecidos de volumen y concentración. En este sentido, combinando un mínimo de volumen y de producción eliminaríamos 5 machos del centro (25%).



Autoría: J. Bernácer y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

miércoles, 22 de abril de 2015

INVESTIGACIÓN: VALORACIÓN GENÉTICA REPRODUCTORES RAZA MALAGUEÑA (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se describen los métodos utilizados para realizar las valoraciones genéticas de los reproductores de la raza caprina Malagueña (España).

Este trabajo se realizó con datos correspondientes a la campaña del año 2004; describiéndose el análisis de las bases de datos y su depuración, previo a la realización de las valoraciones. Esto es, los criterios empleados para incluir o no los resultados de cada una de las lactaciones en la valoración, así como, la obtención de la información referente a los efectos fijos a incluir en el modelo de valoración. Asimismo, se describen la metodología de la valoración genética, los caracteres considerados y el modelo empleado. Se realizaron valoraciones independientes para los caracteres cantidad de leche, contenido de proteína y contenido de grasa. Para ello se utilizó la metodología BLUP y el modelo animal.

Finalmente se indica la estrategia de utilización de las valoraciones para la elección de los futuros reproductores. Los listados de valoraciones se emplean para realizar una selección por niveles independientes de cada carácter.


Autoría: A. Sánchez y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

viernes, 17 de abril de 2015

INVESTIGACIÓN: APLICACIÓN INFORMÁTICA BASES DE DATOS EN CAPRINO LECHERO (ESPAÑA)

En este trabajo se ha presentado el desarrollo y la implementación de una herramienta informática para la gestión común de las bases de datos procedentes de cuatro asociaciones de ganado caprina de razas puras de Andalucía (España).

La enorme cantidad de datos propios de un esquema de selección de ganado caprino lechero requiere una labor posterior de 'depuración', de modo que se asegure la calidad de dicha información para lograr una correcta evaluación genética de cada animal. Utilizando las nuevas tecnologías de comunicación y programación para facilitar la validación de los datos introducidos en un sistema informático en el propio momento de su alta en tal sistema, se ha desarrollado la aplicación CAPRICAM, que permite agilizar el procedimiento asegurando la calidad de la información obtenida en los controles lecheros. 

Aunque se trata de un trabajo preliminar, los resultados obtenidos muestran un avance en la aplicación de esta herramienta informática en las bases de datos de las cuatro asociaciones caprinas (Florida, Malagueña, Muciano-Granadina y Payoya). 


Autoría: D. López y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)










martes, 14 de abril de 2015

INVESTIGACIÓN: CRECIMIENTO DE CORDEROS RAZA CHURRA GALEGA BRAGANÇANA (PORTUGAL)

En un trabajo de investigación se han estudiado distintos aspectos relacionados con el crecimiento de corderos de la raza Churra Galega Bragançana (CGB): efecto del sexo, tipo de nacimiento y edad de la madre.

Este trabajo se ha realizado en corderos de la citada raza determinando los pesos al nacimiento, y a los 30, 60 y 90 días de edad. Los datos fueron analizados por el procedimiento GLM del SAS (2003) considerando los efectos fijos sexo, tipo de nacimiento y edad de la madre. Siempre que los efectos fueron significativos las medias fueron comparadas por la prueba de Tukey. 

Los resultados obtenidos muestran que los corderos machos presentaron mayor (P<0,05) peso al nacimiento y a los 30, 60 y 90 días de edad que las hembras. Los nacidos de parto doble tuvieron menor peso al nacimiento y a los 30, 60 y 90 días de edad (P<0,05). El efecto edad de la madre fue significativo (P<0,05) solo en el peso al nacimiento, así, los hijos de hembras de 2, 3 y 4 años fueron más ligeros que los hijos de hembras de 7 años. Estos resultados permiten confirmar la importante influencia que tienen el sexo, el tipo de nacimiento y la edad de la madre en el crecimiento de corderos.

Para continuar con la caracterización de la raza, se propone realizar la estimación de parámetros genéticos en el crecimiento, así como una evaluación de la productividad de las hembras.


Autoría: M.R. Jiménez y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

lunes, 13 de abril de 2015

INVESTIGACIÓN: PESO DEL CORDERO Y PRODUCCIÓN LECHERA EN OVEJA DE RAZA OJALADA (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se ha estudiado la influencia del peso al nacimiento del cordero en la producción lechera de ovejas de raza Ojalada (España).

La raza Ojalada se encuentra localizada fundamentalmente en la zona centro y suroeste de la provincia de Soria. Aunque tradicionalmente no se le ha prestado mucho interés, en los últimos años su censo ha evolucionado debido fundamentalmente a la instalación en el Campo Agropecuario de San Esteban de Gormaz (Soria) de un rebaño en pureza racial sobre el que se aplica mejora, selección y expansión de reproductores por la geografía provincial. Se diferencia de otras razas tanto por su peculiares características morfológicas (vellón entrefino de color blanco con pigmentaciones centrífugas de negro), como por las orientaciones derivadas del estudio de los polimorfismos bioquímicos de base genética.

En este trabajo se recogen los resultados obtenidos de la influencia del peso al nacimiento del cordero, en la producción de leche de la raza Ojalada, siendo esta solo una pequeña parte de un estudio etnológico y productivo de la raza mucho más amplio. 

En los resultados obtenidos hasta la fecha se ha encontrado una tendencia a producciones diarias de leche superiores a medida que aumenta el peso al nacimiento del cordero, asimismo se encuentran diferencias significativas en la producción de leche total a lo largo del periodo considerado (primera a séptima semanas de lactación) a favor de aquellas ovejas cuyos corderos pesaron más al nacimiento.




Autoría: J.L. Calvo y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

miércoles, 8 de abril de 2015

INVESTIGACIÓN: MICROSATÉLITES EN CONTROL GENEALÓGICO DE CABRA MURCIANO-GRANADINA (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se ha desarrollado una metodología analítica mediante el empleo de microsatélites de ADN para el control genealógico de los animales de la raza Murciano-Granadina, en las explotaciones caprinas integradas en la Asociación de Criadores (ACRIMUR) de la región de Murcia (España).

La identificación de los animales de manera precisa e inequívoca, así como la correcta asignación de las relaciones de parentesco, es una parte fundamental de cualquier programa de selección y mejora genética. Consciente de ello, la Asociación Española de Criadores de la cabra Murciano-Granadina (ACRIMUR), ha puesto en marcha un programa para el control exhaustivo de las genealogías, en los animales que van a ser inscritos en el Libro Genealógico de la raza y en los que entran a formar parte de sus programas de selección y mejora genética.

En un laboratorio especializado en genética molecular se ha diseñado un protocolo de trabajo, intentando optimizar el coste de las analíticas y tratando a su vez de obtener resultados totalmente fiables y disponibles para el ganadero en el menor espacio de tiempo posible. La base de esta metodología se asienta en el análisis de 14 marcadores microsatélite de ADN, elegidos de la lista propuesta en el Test de Comparación Internacional de ADN Caprino 2003-04 por la ISAG (Sociedad Internacional para la Genética Animal).

En este trabajo se presenta la metodología empleada en todo el proceso, desde la recogida de las muestras en las ganaderías hasta la emisión de los informes finales de las analíticas. Asimismo, se presentan los resultados obtenidos hasta estos momentos, después de analizar más de 1000 animales de raza Murciano-Granadina, así como las condiciones laboratoriales y el software desarrollados para agilizar la obtención de los mismos.


Autoría: J.A. Bouzada y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)


lunes, 30 de marzo de 2015

INVESTIGACIÓN: CALIFICACIÓN MORFOLÓGICA EN CAPRINO LECHERO (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se ha desarrollado una metodología para la calificación morfológica lineal en caprino lechero de cinco razas autóctonas españolas, contando con la colaboración de sus respectivas asociaciones de criadores.

Las relaciones entre parámetros morfométricos y producción lechera han sido ampliamente estudiadas en el ganado vacuno. En el ganado caprino de leche se ha demostrado la existencia de correlaciones positivas entre producción de leche y diversos parámetros morfoestructurales. En este trabajo se muestra la metodología con la que se pretende instaurar una importante herramienta de valoración que acelere la mejora genética. Los datos fueron obtenidos tras realizar un muestreo (n = 1.979) sobre la población total de cabras de cinco razas autóctonas españolas diferentes: Malagueña, Florida, Murciano-Granadina, Guadarrama y Payoya, inscritas en seis Asociaciones de Criadores de Raza Pura. Se estudiaron un mínimo de 300 reproductores por Asociación, tomando 9 mediciones por hembra y 4 en los machos.

Como resultado de este trabajo se ha podido adaptar el sistema de calificación lineal en cada una de las razas caprinas estudiadas. Así mismo, se han diseñado las fichas de calificación modelo para cada raza en función de los extremos biológicos y de la distribución de los datos de cada medida. Estos datos permiten, a su vez, caracterizar cada población y tomar decisiones acerca de los valores ideales y la variabilidad de éstos, de forma que se pueda puntuar de forma específica cada uno de los caracteres lineales. Todo esto hace posible tener una herramienta válida, objetiva y mensurable para la calificación morfológica que nos permita introducir este aspecto en los esquemas de selección de nuestras razas autóctonas.


Autoría: E. Muñoz y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)



miércoles, 25 de febrero de 2015

INFOEMPLEO: SELECCIÓN PERSONAL EN UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA) PERÍODO INHÁBIL AÑO 2015

Mediante la Resolución de 5 de diciembre de 2014, de la Universidad de Almería (España), se procede a la declaración de período inhábil a efectos de cómputo de plazos para resolver los procedimientos de selección de personal en el ámbito de la Universidad.

Con el objeto de facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos en las normas que resulten de aplicación, este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y los Estatutos de la Universidad de Almería aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificados por Decreto 237/2011, de 12 de julio, y en consonancia con lo previsto en el Plan de eficiencia de la Universidad de Almería, aprobado por Consejo de Gobierno de la UAL el 05 de julio de 2012, sobre el cierre de la Universidad en periodos vacacionales, se resuelve lo siguiente:

Declarar inhábil, a efectos del cómputo de plazos de los procedimientos de selección de profesorado universitario (Cuerpos docentes universitarios y modalidades de contratación laboral específicas del ámbito universitario) y de selección de personal investigador o técnico (laboral temporal) con cargo a proyectos específicos de investigación científica y técnica, los siguientes periodos del año 2015:
- Del día 2 de enero al 6 de enero de 2015, ambos inclusive.
- Del día 28 de marzo al 5 de abril de 2015, ambos inclusive.
- El mes de agosto.
- Del día 24 de diciembre al 31 de diciembre de 2015, ambos inclusive.
Firmada en Almería, a 5 de diciembre de 2014, por el Rector, Pedro Roque Molina García.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 252, de 26/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, página 46).


José Luis Ares Cea (docente)

viernes, 12 de diciembre de 2014

PROGRAMACIÓN ACTIVIDADES ACADÉMICAS UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): PROPUESTAS DE ORGANIZACIÓN 2015

Mediante la Resolución de 26 de noviembre de 2014, de la Universidad Internacional de Andalucía (España), se establecen las instrucciones para la presentación de propuestas de actividades académicas para la organización de la programación de Cursos de Verano 2015 en la Universidad Internacional de Andalucía (109/2014).

El artículo 1 del Texto Refundido de la Ley de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, establece que la Universidad Internacional de Andalucía se crea «como centro universitario para la creación, desarrollo, transmisión y critica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, mediante la docencia, la investigación...».

Asimismo, dicho texto, en el punto 2 del artículo 5 indica: «Igualmente la universidad organizará y desarrollará actividades científicas y culturales, cursos de verano, formación a lo largo de la vida y promoverá convenciones científicas». Continuando en el punto 5 del referido artículo 5: «El servicio público que presta tendrá como objetivo prioritario la calidad en la docencia y la investigación, procurando la excelencia y su evaluación continua».

Al objeto de proceder a la organización de la Programación de Cursos de Verano 2015, se hace necesario establecer un procedimiento para la presentación y selección de las propuestas de actividades que han de integrar dicha programación. Este Rectorado, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ha resuelto establecer una convocatoria pública para la presentación de propuestas de distintas actividades académicas para la organización de la Programación de Cursos de Verano, 2015, de acuerdo con las siguientes Instrucciones:

Calendario. Las actividades académicas se organizarán en los Campus y fechas previstas siguientes:
-Campus Tecnológico de Málaga (Málaga): julio de 2015.
-Campus Santa María de La Rábida (Palos de la Frontera): julio de 2015.
-Campus Antonio Machado (Baeza): agosto/septiembre de 2015.
-Campus La Cartuja (Sevilla): septiembre de 2015.
Las fechas exactas, así como los lugares de celebración serán determinadas por la Universidad, una vez definida la programación en su totalidad. Se procurará en todo caso tomar en consideración las propuestas planteadas en dicho sentido.

Tipologías. Las actividades se podrán organizar en Cursos o Encuentros.
-Cursos: Los cursos se desarrollan a lo largo de una semana, de lunes a viernes. Tendrán una duración de 30 horas de las que 25 serán lectivas; las cinco restantes corresponden a actividades de evaluación, así como a actividades complementarias organizadas por la Universidad. El número de profesores participantes en el curso deberá ser entre 6 y 8. Cada profesor se hará cargo al menos de una sesión completa (dos horas y treinta y minutos), siendo dos sesiones el máximo establecido por docente.
-Encuentros: Los encuentros se desarrollan durante dos o tres días. Podrán ser de 15 horas (dos días con docencia organizada en 6 sesiones de dos horas y treinta minutos cada una) o de 20 horas (tres días con 8 sesiones de dos horas y treinta minutos cada una). El número de profesores participantes en los encuentros será, como máximo, de 6 para los encuentros de 15 horas y de 8 para los de 20 horas. Al igual que para los cursos, cada profesor se harán cargo al menos de una sesión completa no pudiendo impartir más de dos sesiones.
La participación de profesores procedentes de extranjero, tanto en los cursos como en los encuentros, estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias y deberá contar con la aprobación expresa de la Vicerrectora de Ordenación Académica o de los Vicerrectores de Campus.

Presentación de propuestas. Las propuestas deberán presentarse antes del próximo 31 de enero de 2015 en el impreso normalizado establecido al efecto. Los impresos de propuestas debidamente cumplimentados en todos sus apartados, en soporte papel o por vía telemática, se podrán presentar en el Registro General de la Universidad, ubicado en el edificio del Rectorado, o en cualquiera de los Registros Auxiliares de los distintos campus. Los impresos de propuestas así como las orientaciones para la organización de las actividades se pueden obtener en la siguiente dirección www.unia.es (ver enlace específico). na misma persona no podrá presentar más de dos propuestas ni organizar más de una actividad dentro de la Programación de Verano.

Selección. El estudio y valoración de las propuestas recibidas se realizará por la Comisión de Postgrado de la Universidad Internacional de Andalucía. Para la valoración de las propuestas, la Comisión tendrá en cuenta los siguientes criterios:
Adecuación a las líneas estratégicas de la Universidad Internacional de Andalucía.
Adecuación e idoneidad con la programación del Campus donde se solicite su desarrollo.
Referentes externos e internos.
Colaboración de otras entidades, públicas o privadas.

Aprobación. Procedido al estudio y valoración, las propuestas, estimadas y desestimadas, serán elevadas al Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía para su resolución. Una vez aprobada la propuesta por el Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, el director o directora estará en contacto con la Vicerrectora de Ordenación Académica o Vicerrectorado de Campus correspondiente, para perfilar el contenido del programa que, en su versión final, requerirá la aprobación expresa. 
Antes del 15 de marzo de 2015, la Universidad Internacional de Andalucía deberá disponer de los siguientes datos definitivos para su difusión y edición:
Título del curso.
Director y profesores previstos (nombres, cargos, DNI /Pasaporte y direcciones).
Sesión y título de cada una de ellas, con el nombre del participante en cada caso.
Cargo académico o profesional.
Un texto de 20-30 líneas donde se expongan sumariamente los objetivos del curso, su contenido y el tipo de alumnado al que se dirige. Estas líneas servirán de base para la elaboración de material divulgativo.
Cualquier cambio posterior en el programa del curso, sea de la naturaleza que fuere, deberá ser comunicado por el director o directora para su preceptiva aprobación por el Vicerrectorado de Ordenación Académica o de Campus correspondiente. En caso de incumplimiento de los plazos y condiciones establecidos, la Universidad Internacional de Andalucía quedará exonerada del compromiso de organizar el curso o encuentro. Con independencia del procedimiento y requisitos establecidos en esta Resolución, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Postgrado, podrá incluir en esta programación aquellas actividades que, por razones de interés académico o institucional, considere conveniente.
Obligaciones de los Directores.
El Director o Directora debe establecer, de acuerdo con la propuesta aprobada por el Consejo de Gobierno, los objetivos y estructuración del correspondiente curso o encuentro, respectando las orientaciones que a tal efecto se le hayan facilitado. Deberá seleccionar a los profesores participantes, de los que recabará su aceptación a participar, fijará el programa concreto y organizará las distintas sesiones. Desde su aceptación formal a dirigir el curso o encuentro y hasta la fecha de su conclusión, los directores quedarán sujetos a la disciplina académica de la Universidad. Deberá facilitar a la Vicerrectora de Ordenación Académica o de Campus correspondiente, el programa de la actividad en las fechas establecidas, así como cualquier otra información sobre su organización y desarrollo. Asimismo, promoverá la participación en las encuestas de evaluación que la Universidad realice, recabará de los participantes los datos identificativos necesarios para la los trámites requeridos por la Universidad. Igualmente, se requerirá su especial colaboración en la difusión de la actividad.
Con carácter previo, y siempre con una antelación mínima de un mes a la celebración del curso, el director hará llegar al Vicerrectorado de Ordenación Académica o de Campus correspondiente, los materiales y documentación que se entregarán a los alumnos durante la celebración del curso o encuentro, así como el texto de las ponencias elaboradas al efecto por los profesores. Los materiales, la documentación y las ponencias elaboradas para los cursos serán incorporadas al archivo de la Universidad Internacional de Andalucía y, en su caso, podrán ser también publicadas por parte de la Universidad, que se reserva este concreto derecho respecto de las ponencias elaboradas para la actividad.
El director deberá estar durante el desarrollo del curso o encuentro atendiendo personalmente el buen desarrollo de su actividad, en coordinación el Vicerrectorado correspondiente. Habrá de comunicar a éste, recabando su previa autorización, los cambios, siempre excepcionales, que se produjeran respecto al programa previsto. Será también tarea del director o directora la realización y valoración de una prueba de evaluación. Asimismo, concluida la programación, remitirá un informe de valoración, con sugerencias y comentarios, al Vicerrectorado de Ordenación Académica.
Profesores.
De acuerdo con la temática del curso o encuentro, los profesores participantes deberán seleccionarse siguiente criterios académicos y profesionales, combinando la presencia de ponentes del ámbito universitario, con otros que, sin reunir la condición académica, cuenten con un reconocido prestigio profesional o aporten, desde el mundo de la función pública, de la empresa, la cultura o la sociedad, elementos de interés para el debate de que se trate. Desde su aceptación formal para participar y hasta la fecha de conclusión de la actividad, los participantes en el curso quedarán sujetos a la disciplina académica propia de la Universidad Internacional de Andalucía. En todo caso, cada profesor participante está obligado a entregar el texto de su ponencia en los plazos indicados por director o directora para su entrega en el curso o encuentro.
Tanto directores como profesores participantes quedarán sometidos al régimen establecido por la Gerencia de la Universidad para la organización de los desplazamientos, alojamientos y pago de retribuciones.
Convenios de colaboración.
La Universidad Internacional de Andalucía considera fundamental que toda propuesta prevea la colaboración con instituciones públicas o privadas para su financiación. A tal efecto, los directores deberán cooperar en la negociación y suscripción del correspondiente convenio colaboración, en particular deberán llevar a cabo un primer contacto con las posibles instituciones interesadas y, en su caso, deberán facilitar datos de personas de contactos e interés manifestado.
Cesión de derechos.
Los profesores participantes ceden a la Universidad Internacional de Andalucía los derechos de autor de su ponencia, salvo decisión por parte de la Universidad, de acuerdo con las prescripciones de la legislación española sobre Propiedad Intelectual vigente, los derechos patrimoniales de reproducción, distribución y comunicación pública al objeto de su reproducción y difusión en línea en la base de datos y páginas Web titularidad de la Universidad Internacional de Andalucía, así como cualquier otra posible utilización futura acorde con los fines docentes y carentes de ánimo de lucro de la misma.
Anulación de curso.
La Universidad Internacional de Andalucía podrá anular, con una semana de antelación, la celebración del curso cuando el número de alumnos matriculados a esa fecha sea inferior a 15.
Firmada en Sevilla, a 26 de noviembre de 2014, por el Rector, Eugenio Domínguez Vilches.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 236, de 3/12/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 148-151).


José Luis Ares Cea (profesor)

miércoles, 26 de noviembre de 2014

INFOEMPLEO: CONTRATO LABORAL PROYECTOS I+D+F IFAPA (ANDALUCÍA, ESPAÑA) CONVOCATORIA 2014 RESOLUCIÓN 18/11/2014

Mediante la Resolución de 18 de noviembre de 2014, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA), se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F (Andalucía, España).

El artículo 15.1 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, establece que el organismo podrá celebrar, con cargo a sus presupuestos, contratos laborales para la realización de un proyecto específico de investigación. Tales contratos se ajustarán, según dispone la citada Ley, a la modalidad de obra o servicio determinado y a la de contratos formativos a que se refiere el artículo 15.1.a) y 11.1, respectivamente del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, pudiéndose formalizar con personal investigador o personal científico o técnico así como con quienes estuviesen en posesión del título de Doctor.

En virtud de los citados preceptos se vienen formalizando por parte de este Instituto contratos laborales de una y otra modalidad en el marco de programas de formación y proyectos específicos de I+D+F, según la naturaleza y características del puesto de trabajo a cubrir, preceptos que con la entrada en vigor de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, han de entenderse adaptados y adecuados a un nuevo marco legal que otorga mejores instrumentos a los agentes del sistema para que puedan ser progresivamente más eficaces y eficientes en el ejercicio responsable de su actividad. 

La referida Ley establece modalidades contractuales que cualquier organismo público de investigación podrá utilizar para vincular al personal técnico e investigador mediante una relación laboral. Entre dichas modalidades contractuales se encuentran, el contrato predoctoral, el de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el contrato de investigador distinguido, o el contrato para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.

Los proyectos y programas que sustentan estos contratos gozan de autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad del Instituto y responden a actividades que el IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de Investigación y Transferencia que se consideren prioritarias para el sector en Andalucía. Estos proyectos requieren, en su mayoría, la realización de trabajos y tareas que por su carácter coyuntural y extraordinario no pueden ser atendidos por el personal fijo de plantilla del IFAPA, de ahí la necesidad de contar recursos humanos cualificados, sin perjuicio de la supervisión de tales trabajos que, en todo caso, corresponderá a dicho personal de plantilla.

Como exige la propia naturaleza de estos contratos, su duración, aunque limitada en el tiempo, estará condicionada, a la efectiva ejecución de las actuaciones que constituyen el proyecto específico de I+D+F objeto del contrato y, por tanto es, en principio, de duración incierta. A la vista de lo anterior, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las contrataciones laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F que se detallan en el Anexo I. En dicho Anexo se especifica la duración estimada de los contratos, así como los requisitos que deberán reunir las personas que estén interesadas en concurrir en el proceso selectivo, los cuales guardarán relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato. Además de los requisitos anteriores, la persona solicitante deberá reunir los siguientes:
a) Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
b) Tener nacionalidad española en los términos del artículo 57 del Estatuo Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Segundo. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. La solicitud deberá ajustarse al formulario disponible en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público.
2. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, las solicitudes se presentarán preferentemente en la página web del IFAPA en la dirección web indicada.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 9:00 horas del primer día y finalizando a las 14,00 horas del último día.
4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante.
5. A la solicitud deberá acompañarse copia, digitalizada en su caso, de la siguiente documentación, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante declaración responsable o utilización de firma electrónica avanzada:
a) Informe de período de inscripción como demandante de empleo durante el período de presentación de solicitud.
b) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española o bien en caso de que siendo española la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad.
c) Currículo.
d) Titulación o titulaciones académicas exigidas en el Anexo I, o certificación acreditativa de haberla solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente.
e) Documentación acreditativa de los requisitos que se detallan en el Anexo I, que deban reunir las personas que estén interesadas en concurrir al proceso selectivo correspondiente, los cuales guardan relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato, así como de los méritos consignados en el currículo. Cada fichero se identificará con el requisito o mérito correspondiente. La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos supondrá la exclusión de la persona solicitante.

Tercero. Órganos competentes.
1. El órgano instructor del procedimiento será el Servicio de Personal de IFAPA, que se encargará del análisis de las solicitudes presentadas, comprobará que los beneficiarios reúnen los requisitos establecidos, y realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. La Comisión de Selección que se reunirá al objeto de valorar los méritos de las personas candidatas estará integrada por las siguientes personas:
- Presidencia: persona titular del Servicio de Personal de IFAPA.
- Vocales: persona proponente del contrato, persona titular del Servicio de Formación de IFAPA y persona funcionaria del Cuerpo Superior Facultativo A1.2 de la Junta de Andalucía, que hará las funciones de secretaría de la comisión.
3. El órgano competente para dictar las Resoluciones que correspondan en el desarrollo del procedimiento será la persona titular de la Presidencia del IFAPA.

Cuarto. Procedimiento de selección.
1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución por la Presidencia del IFAPA declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. La Resolución se publicará en la página web del IFAPA y en ella se otorgará un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación para alegar en contra de la causa de exclusión, o en su caso, subsanar el defecto que haya motivado la misma. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
2. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, o en el supuesto de que ninguna de las personas solicitantes resulte excluida se dictará Resolución por la Presidencia del IFAPA, que se publicará en la página web del Instituto, declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas. 
La Resolución por la que se declarará aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as agotará la vía administrativa. Contra la citada Resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la Presidencia del IFAPA, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. La Comisión de Selección se reunirá al objeto de valorar los méritos de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II de la presente convocatoria, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Sólo se valorarán los méritos que hayan sido debidamente alegados y acreditados documentalmente por las personas participantes conforme a la dispuesto en el Anexo III de la presente Resolución y que estén directamente relacionados con el programa o proyecto de I+D+F propio del contrato objeto de la convocatoria, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos exigidos en la convocatoria, los cuales en todo caso, deberá reunir la persona solicitante. En ningún caso la Comisión de Selección dará por supuesta la concurrencia de un mérito que no haya sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.
b) Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad.
4. Valorados los méritos, la Comisión de Selección dará traslado al órgano instructor para que efectúe la propuesta de resolución con expresión de las personas candidatas propuestas provisionales, puntuación otorgada en cada uno de los apartados del baremo y de un número máximo de tres suplentes que, en caso de renuncia del contrato por parte de las personas seleccionadas, podrán formalizar el mismo previa resolución favorable de la Presidencia del IFAPA.
La Resolución se publicará en la página web del IFAPA. Las personas solicitantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas, para formular cuantas alegaciones estimen pertinentes, de conformidad con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Analizadas las alegaciones presentadas, el órgano instructor, elevará a la Presidencia del IFAPA la propuesta de Resolución con la persona adjudicataria definitiva.
5. La inclusión de aspirantes en la relación de personas admitidas al procedimiento así como en la lista provisional de personas beneficiarias no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de IFAPA de que reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes propuestos que definitivamente sean llamados a la contratación, que deberán presentar la documentación original.
6. El resultado del proceso de selección se publicará en la página web del IFAPA. Contra la Resolución que ponga fin al procedimiento de selección se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del IFAPA, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. La publicación de los actos relacionados con la presente convocatoria sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos, conforme a lo dispuesto en los artículos 59.6b) y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Condiciones del contrato.
1. Con las personas que resulten seleccionadas se formalizará un contrato laboral bajo la modalidad de contrato de realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica previsto en el artículo 30 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. La duración de estos contratos será la del proyecto o actividad de I+D+F en que se enmarca, estando sujeta, en todo caso, la duración de los mismos a la financiación del Programa Operativo correspondiente, ello en relación con lo dispuesto en el artículo 52 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del estatuto de los Trabajadores.
3. Las retribuciones que percibirán las personas con las que se formalice el contrato serán las establecidas en la Resolución del Presidente del IFAPA para el personal técnico e investigador de 14 de julio de 2014 y que tiene su fundamento en el artículo 15.2 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del IFAPA.
4. Los contratos de trabajo se ajustarán a lo dispuesto en la Resolución de convocatoria, al Estatuto de los Trabajadores, a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, a la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, a la Ley 1/2003, de creación del IFAPA, y a la demás de general y particular aplicación, asimilándose, en cuanto a permisos, vacaciones y licencias e indemnizaciones por razón del servicio, a lo dispuesto para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.
5. El personal con quien se formalice el contrato de trabajo ajustará su actividad a las funciones y tareas propias del proyecto o actividad de I+D+F en que se enmarca su contrato. Además, hará constar en todos los trabajos y estudios realizados que los mismos están financiados por el Fondo Europeo correspondiente.

Sexto. Financiación.
La financiación de los contratos objeto de esta convocatoria se refleja en el Anexo I.

Séptimo. Incorporación del personal seleccionado.
En la Resolución del procedimiento de selección se indicará la fecha de incorporación del personal seleccionado, de acuerdo con lo establecido en su respectivo contrato.

Octavo. Recursos.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este acto ante el órgano judicial pertinente, todo ello de conformidad en lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Anexo I
Contrato/ Proyecto de I+D+F/ Financiación/ Centro IFAPA/ Duración estimada/ Titulación académica/ Experiencia/ Idioma/ Otros requisitos:

1-Evaluación de la calidad del aceite de oliva virgen en programas de mejora genética de olivo/ Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y Ministerio de Economía y Competitividad/ Centro IFAPA Venta del Llano (Jaén)/ Hasta 31/01/2016/ Técnico superior de laboratorio de análisis y control de calidad/ Técnicas de análisis de calidad de aceite de oliva/ Carnet de conducir.

2-Nuevas tecnologías para la diversificación y mejora de la acuicultura en Andalucía/ 100% FEDER/ Centro IFAPA El Toruño (Puerto de Santa María)/ Hasta 31/10/2015/ Técnico superior en industria de proceso químico, química industrial/ Técnicas de análisis molecular/ Certificado de competencia para experimentación con animales/ Categoría B.

Anexo II.
Baremo a aplicar en la selección de las personas candidatas:
A) Experiencia profesional, se valorará con un máximo de 45 puntos, de acuerdo con el siguiente detalle:
- Experiencia profesional adquirida en el IFAPA, 0,50 puntos por mes completo o fracción superior a quince días.
- Experiencia profesional adquirida fuera del ámbito del IFAPA, 0,35 puntos por mes completo o fracción superior a quince días.
- Se considera igualmente como experiencia profesional, la adquirida mediante nombramiento como becario/a en cualquier entidad pública o privada de investigación, valorándose 0,20 puntos por mes completo. Si el periodo formativo como becario/a ha tenido lugar en el ámbito del IFAPA, se valorará 0,30 puntos por mes completo. 
Para la adecuada valoración de este mérito la Comisión de selección tendrá en cuenta las siguientes reglas:
- Por experiencia profesional se entenderá la adquirida y acreditada bajo cualquier vínculo jurídico laboral, contractual o administrativo en la misma categoría profesional y titulación a que se opta.
- Si la experiencia profesional se ha adquirido en la categoría profesional inmediata inferior a la que se opta, se aplicará un coeficiente corrector del 0,50 a la puntuación obtenida por este mérito.
B) Formación, se valorará la formación, con un máximo de 15 puntos, de acuerdo con el siguiente detalle:
- Titulaciones académicas de igual o superior nivel y distinta a la exigida en la convocatoria, 2 puntos por el título de Doctor y 1 por el de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Ingeniero, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, o titulación de Grado o Máster en el caso de titulaciones del Espacio Europeo de Educación Superior, y 0,50 puntos por el título de Técnico Superior de Formación Profesional o Formación Profesional de segundo grado. 
A los efectos de valoración de titulaciones académicas, no serán computados los títulos exigidos por la legislación académica vigente como necesarios para obtener otros superiores que hayan sido alegados.
- Expediente académico correspondiente a la titulación exigida, de acuerdo con la siguiente escala:
• Por nota media de Matrícula de Honor: 5 puntos.
• Por nota media de Sobresaliente: 4 puntos.
• Por nota media de Notable: 2 puntos.
- Asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento, 0.10 puntos por cada 20 horas lectivas.
Para acciones formativas de menor duración, se aplicará la valoración establecida proporcionalmente.
Únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
- Realización de estancias en centros de I+D+F, 0,20 puntos por cada mes de estancia.
- Conocimiento técnico profesional de un idioma oficial en el ámbito de la Unión Europea, distinto del español, de acuerdo con la siguiente escala:
• 0,5 Nivel A2: Elemental.
• 1,0 Nivel B1: Intermedio.
• 1,5 Nivel B2: Intermedio alto.
• 2,0 Nivel C1: Avanzado.
• 2,5 Nivel C2: Muy avanzado.
Si en la convocatoria se exige como requisito el conocimiento de un idioma, habrá de estarse a dicho idioma con el nivel requerido, siendo aplicable este apartado al conocimiento de otros idiomas distintos del exigido, no computándose las lenguas maternas. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados del baremo según el orden en que aparecen.

Anexo III.
Justificación documental de los méritos:
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo en cuenta que si se aportaran contratos, informes, certificados o cualquier otro documento en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de la traducción jurada, oficial o certificada correspondiente:
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral o documento equivalente, así como, en su caso, certificado del órgano competente que especifique las funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral, aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional en la que se han prestado dichos servicios. La experiencia como becario/a se acreditará mediante copia de la resolución de adjudicación de la beca y certificación del organismo público de investigación correspondiente expresiva del período de tiempo en el disfrute de la beca.
- Para la formación:
• Titulaciones académicas, copia del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
• Expediente académico, copia de la certificación académica donde conste la calificación media obtenida.
• La asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento: copia del título o certificado del  curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa, la materia y el número de horas lectivas.
• Documento acreditativo de las estancias en centros de I+D+F y de su duración.
• Copia del título o certificado expedido por organismos o instituciones públicas o privadas que utilicen como referencia las escalas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, donde conste el nivel acreditado de conocimiento de dicho idioma.
La persona interesada será personalmente responsable de la veracidad de la documentación aportada, estando obligado a presentar los documentos originales, en cualquier momento, a requerimiento de la Administración.
Firmada en Sevilla, a 18 de noviembre de 2014, por la Presidenta, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 229, de 24/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 33-38).


José Luis Ares Cea (profesor)

miércoles, 7 de agosto de 2013

PUBLICACIÓN: TESIS DOCTORAL 2006-2 CÓRDOBA (ESPAÑA)

Título: SELECCIÓN, ENTRENAMIENTO Y COMPROBACIÓN DE JUECES PARA UN PANEL ANALÍTICO DE QUESO BANQUETE DE TANDIL (ARGENTINA).
Temática: Quesos, Queso 'banquete', Análisis sensorial, Calidad, Formación del panel de catadores, Metodología para la Selección y Entrenamiento de jueces.
Claves: quesos, análisis sensorial, formación de los catadores, metodología, preselección, selección, entrenamiento de jueces, queso 'banquete', Tandil, Argentina. 
Contenidos: Introducción, Objetivos, Referencial teórico, Diseño experimental, Preselección y Selección, Entrenamiento general y específico de jueces, Material, Métodos, Resultados, Discusión, Consideraciones, Conclusiones generales, Bibliografía, Anexos.
Ilustraciones: Fotografías, gráficas, esquemas, tablas.
Trabajo de investigación: tesis doctoral.
Institución/ entidad: Universidad de Córdoba (Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y de Montes)/ Departamento de Bromatología y Tecnología de Alimentos).
Autoría: Elena Beatríz Coste.
Dirección de la tesis: Hortensia Galán Soldevilla.
Lugar de examen (exposición y defensa): Universidad de Córdoba, Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y de Montes, Córdoba (España).
Calificación académica: sobresaliente cum laude.
Extensión: 582 páginas.
Idioma: español.
Año: 2006.

El asesor científico de la AQAA, José Luis Ares, ha sido miembro del Tribunal evaluador de esta Tesis doctoral (internacional).



Fuente: Circular informativa (2006). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Manuel Peña Párraga (presidente). Sede AQAA: Baena (Córdoba, España)