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miércoles, 4 de julio de 2018

CONSULTORIO LÁCTEO-4

Respuesta a la consulta: 

Todo empresario que quiera comercializar sus productos en mercados y mercadillos dentro del territorio andaluz deberá solicitar previamente su inscripción en el Registro General de Comerciantes Ambulantes de Andalucía. Mediante Anuncio de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio correspondiente a la provincia donde se ha presentado la solicitud, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), se notificará dicho acto administrativo al interesado, según lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Autor: José Luis Ares Cea 

lunes, 1 de febrero de 2016

PUBLICACIÓN: REVISTA 2014-1 MADRID (ESPAÑA)

Título: PANORAMA QUESERO ESPAÑOL. PRODUCCIÓN, COMERCIO Y CONSUMO. PRINCIPALES DESAFÍOS DEL SECTOR.
Revista: Industrias Lácteas Españolas (ILE).
Temática: Sector quesero, Sistemas productivos, Empresas queseras, Producción, Comercio, Consumo, Valorización de los productos, Desafíos del sector.
Claves: empresas queseras, marco legal, quesos, estrategias, perspectivas, España.
Contenidos: Introducción, Caracterización del sector quesero, Estadísticas, Producción, Comercio, Consumo, Conclusiones.
Ilustraciones: Fotografías.
Autoría: José Luis Ares Cea.
Editorial: Prensa Técnica.
Lugar de publicación: Madrid (España).
Volumen/ número: 36, mayo 421.
Páginas inicial/ final: 16/ 25.
Idioma: español.
Año: 2014.



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).

martes, 13 de octubre de 2015

IMPORTANCIA AGROECOLOGÍA 2015 CÓRDOBA (ESPAÑA)

A continuación, se presentan algunas cifras sobre la agricultura ecológica en la provincia de Córdoba (España) divulgadas por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (actualizadas a 1 de junio de 2015).

En esta provincia existe un censo de 1.677 operadores ecológicos (11.180 en Andalucía), que supone un 15% del total andaluz; por sectores, los porcentajes de los operadores ecológicos cordobeses son: 78,8 % de Agricultura Ecológica, 14,7% Ganadería Ecológica, 6,1% Agroindustrias Ecológicas y 0,4% Importadores Ecológicos.

La superficie territorial en Agricultura Ecológica asciende a 112.786 hectáreas, con una producción estimada de 344.328.239 kg (en 19 tipos de actividades productivas), mientras que en Ganadería Ecológica, el censo registrado es de 102.248 de cabezas/colmenas. Respecto a las Agroindustrias Ecológicas, existen 61 almazaras, 18 empresas de conservas y zumos vegetales, y 16 dedicadas a la manipulación y envasado de productos hortofrutícolas frescos, entre otras.

En relación con los puntos de venta de productos ecológicos al consumidor final, cabe destacar la existencia de 15 minoristas y 12 de venta directa, incluyendo otros establecimientos como mercados, tiendas on-line, con participación de las agrupaciones de consumidores y de productores. Estos datos sitúan a Córdoba en puestos destacados a nivel autonómico en comparación con el resto de provincias andaluzas.


Más información: web Junta de Andalucía. CAPDER (02/10/2015)




Fuente: Guía de Puntos de Venta de Alimentos Ecológicos en Andalucía.
José Luis Ares (docente)

martes, 28 de julio de 2015

LEGISLACIÓN: L4/2015 COMERCIO DE ARAGÓN (ESPAÑA)

En la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón (España), publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón, se establecen los apartados ordenados en el índice detallado a continuación: 

-PREÁMBULO.
-TÍTULO PRELIMINAR:
Disposiciones generales:
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito objetivo.
Artículo 3. Principios generales.
Artículo 4. Actividad comercial mayorista.
Artículo 5. Actividad comercial minorista.
Artículo 6. Calificación de la actividad comercial.
Artículo 7. Cooperativas y economatos.
-TÍTULO I:
Ejercicio de la actividad de comercio:
Artículo 8. Requisitos para el ejercicio de la actividad comercial.
Artículo 9. Correctas prácticas comerciales.
CAPÍTULO I:
Registro de actividades comerciales de Aragón:
Artículo 10. Registro de Actividades Comerciales de Aragón.
Artículo 11. Deber de comunicación al Registro.
Artículo 12. Encargado del Registro.
CAPÍTULO II:
Establecimientos comerciales:
Artículo 13. Establecimiento comercial.
Artículo 14. Licencias.
Artículo 15. Establecimientos comerciales permanentes.
Artículo 16. Establecimiento comercial no permanente.
Artículo 17. Grandes superficies comerciales.
Artículo 18. Licencia comercial.
Artículo 19. Obligaciones del Ayuntamiento donde se prevé la ubicación de la gran superficie comercial.
Artículo 20. Procedimiento para la obtención de licencia comercial.
Artículo 21. Denegación de la licencia comercial.
CAPÍTULO III:
Ejercicio del comercio sin establecimiento comercial:
Artículo 22. Ventas automáticas.
Artículo 23. Ventas ambulantes.
Artículo 24. Ordenanzas municipales sobre venta ambulante.
Artículo 25. Modalidades de venta ambulante.
CAPÍTULO IV:
Normativa especial sobre algunos tipos o modalidades de venta:
Artículo 26. Comercio electrónico.
Artículo 27. Venta de artículos fuera de temporada (outlets).
Artículo 28. Ventas de bienes de segunda mano.
-TÍTULO II:
Actividad promocional del comercio:
Artículo 29. Principios generales.
Artículo 30. Ventas promocionales.
Artículo 31. Ventas a pérdida.
Artículo 32. Ventas con prima.
Artículo 33. Ventas en rebajas.
Artículo 34. Artículos objeto de rebajas.
Artículo 35. Actividad publicitaria de las rebajas.
Artículo 36. Ventas en liquidación.
Artículo 37. Requisitos para realizar una venta en liquidación.
Artículo 38. Ventas de saldo.
Artículo 39. Requisitos para realizar ventas de saldos.
Artículo 40. Venta con descuento.
-TÍTULO III:
Actuación pública en relación a la actividad comercial:
Artículo 41. Actuación de la Administración pública en materia de comercio.
Artículo 42. Equipamiento comercial de los municipios.
Artículo 43. Informe sobre planeamiento urbanístico.
Artículo 44. Planeamiento urbanístico de iniciativa privada.
-TÍTULO IV:
Función inspectora y régimen de infracciones y sanciones:
CAPÍTULO I:
Inspección de comercio:
Artículo 45. Inspección de comercio.
Artículo 46. Personal de la inspección y sus facultades.
Artículo 47. Actas de inspección.
CAPÍTULO II:
Régimen sancionador:
Sección 1.ª Infracciones:
Artículo 48. Disposiciones generales.
Artículo 49. Infracciones leves.
Artículo 50. Infracciones graves.
Artículo 51. Infracciones muy graves.
Artículo 52. Personas responsables.
Sección 2.ª Sanciones:
Artículo 53. Sanciones.
Artículo 54. Modificación en la graduación de las sanciones.
Artículo 55. Medidas accesorias.
Artículo 56. Especificaciones de infracciones o sanciones.
Artículo 57. Determinación de las sanciones.
Artículo 58. Multas coercitivas.
Sección 3.ª Procedimiento sancionador:
Artículo 59. Disposiciones generales.
Artículo 60. Prescripción de las infracciones y sanciones.
Artículo 61. Medidas cautelares.
Disposición adicional primera. Términos genéricos.
Disposición adicional segunda. Autorización ambiental integrada.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio general.
Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del Registro de Actividades Comerciales de Aragón.
Disposición transitoria tercera. Plan General de Comercio.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final primera. Regulación del Registro de Actividades Comerciales de Aragón.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final tercera. Actualización.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 115, de 14/05/2015 (apartado I Disposiciones generales, Sec. I, ref. 5328, página 41391-41420).



José Luis Ares Cea (docente)

martes, 12 de mayo de 2015

EVENTOS: FERIA NACIONAL DEL VINO FENAVIN 2015 (ESPAÑA)

Una nueva edición (octava) de la Feria Nacional del Vino (Fenavin 2015) tendrá lugar en el recinto ferial de Ciudad Real (España), del 12 al 14 de mayo de 2015. Este importante evento, que se celebra con carácter bienal desde 2001, contará con el apoyo de diversas instituciones y entidades del sector vitivinícola, bajo el patrocinio de la Diputación Provincial, y la valiosa colaboración del Instituto de Comercio Exterior del Gobierno de España (ICEX), el Instituto de Promoción Exterior del Gobierno de Castilla-La Mancha (IPEX), la Cámara de Comercio e Industria de Ciudad Real y las entidades financieras Bankia y GlobalCaja.  

La Feria, dirigida por Manuel Juliá, está dedicada al negocio y la cultura del vino, y cuenta este año con un presupuesto en torno a 2,5 millones de euros, lo que la convierte en el evento vinícola más importante de España, confirmando se presencia unos 15200 compradores y distribuidores (unos 3200 internacionales, procedentes de 65 países) y de 1361 expositores, en su gran mayoría, bodegas y cooperativas vinícolas de todas las regiones españolas. 

Entre las distintas actividades del Programa hay que destacar diversas actividades formativas, como jornadas, presentaciones, conferencias y mesas redondas, sobre aspectos relacionados, por ejemplo, con una más profesionalizada y eficiente exportación a diferentes países o con las últimas tendencias en marketing y nuevas tecnologías para optimizar la comercialización de vino español de calidad; y a otro nivel, actos como la presentación oficial de la flamante Asociación de Vino Ecológico Spanish Organic Wines, que agrupa a 34 bodegas del país que elaboran vino de cultivo ecológico, o la cata de vinos de la Asociación Grandes Pagos de España, que dirigirá el periodista, cronista de vinos y bodeguero Víctor de la Serna. 


Más información: elmundovino.com (Alfonso Castro, 10/05/2015)





Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 4 de marzo de 2015

REACTIVACIÓN COMERCIAL EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): APROBACIÓN V PLAN INTEGRAL DEL COMERCIO INTERIOR 2014-2017

Mediante la Orden de 10 de diciembre de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se aprueba el V Plan Integral del Comercio Interior de Andalucía 2014-2017 (Plan para la Reactivación del Comercio Andaluz).

La disposición final primera del Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, establece que por orden de la Consejería competente en materia de comercio interior se aprobará cada cuatro años un Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía cuyos objetivos serán, entre otros, la modernización de las pequeñas y medianas empresas, fomentar el asociacionismo comercial y mejorar la cualificación profesional y de gestión de los recursos humanos del sector, debiendo ser sus líneas básicas debatidas previamente en el Parlamento Andaluz.

Finalizada la vigencia del IV Plan Integral de Comercio Interior de Andalucía 2011-2013, y de acuerdo con las competencias atribuidas a la Consejería de Turismo y Comercio en materia de planificación de Comercio Interior, y en cumplimiento de la disposición final primera del Texto Refundido, se ha elaborado el V Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía 2014-2017 y el proyecto de Orden para la aprobación del mismo.

El desarrollo de la actividad empresarial precisa de un marco de planificación y normativo que aporte seguridad jurídica y que permita compatibilizar las actividades productivas con la preservación de los intereses generales. Destacamos en este sentido la flexibilidad de la planificación comercial como el principio de intervención proporcionada a la defensa de los intereses generales como la creación de empleo, el equilibrio de intereses, los derechos de los consumidores y consumidoras y el respeto a las condiciones ambientales.

Este Plan concibe al comercio de forma sistemática e integral. Sistemática porque el comercio es una parte fundamental de la cadena productiva en particular y de la economía andaluza en general e integral porque al mismo tiempo conocemos al comercio en todas sus dimensiones. Así partimos de un concepto de comercio como un elemento dinámico dentro de la cadena productiva y como un factor generador de convivencia.

El objetivo general perseguido por el Plan para la Reactivación del Comercio Andaluz es la defensa de nuestro modelo comercial que junto con los objetivos específicos perseguidos, se llevarán a cabo a través de las líneas estratégicas y programas planteados en el Plan.

La primera línea estratégica, «El modelo comercial andaluz», tiene como pilar principal el equilibrio entre los distintos formatos comerciales. Se trata de un equilibrio dinámico, en constante cambio y evolución, por lo que la interlocución y el diálogo entre todos los agentes y las agentes implicados en el sector. En segundo lugar, para nuestro modelo comercial son determinantes la formación y el conocimiento, para potenciar un sistema integrado adecuado a las necesidades del comercio que aporte especialistas y profesionales para la modernización del sector, para la creación de empleo estable y de calidad y para generar un conocimiento compartido, estadístico y técnico, sobre la realidad del comercio. Finalmente, la consolidación del modelo comercial andaluz es inseparable de la creación de espacios y encuentros del sector en su sentido más lato.

La segunda línea estratégica tiene como objetivo que la creación de empleo estable y de calidad sea el eje transversal que, como prioridad, conecta a los tres grandes actores del sector: personas consumidoras, trabajadoras y empresarias, que junto con el apoyo a la pequeña y mediana empresa, es otro de los grandes ejes del Plan, sobre todo en estas circunstancias de dificultad de acceso al crédito. El fin último de todo el sistema económico en general y del comercial en particular lo constituyen las personas consumidoras, por eso el Plan incluye proyectos que contribuyen a mejorar la coordinación de las Administraciones Públicas en materia de defensa y protección de las personas consumidoras.

Por último, una estrategia sobre el comercio tiene que incidir en las conexiones entre territorio, ciudad, ecología y cultura, potenciando el comercio urbano, la territorialización de los canales de distribución y sostenibilidad y la conexión entre comercio, turismo y cultura.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Comercio, tras su examen por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos en su reunión del día 30 de septiembre de 2014, habiendo sido debatidas sus líneas básicas en el Parlamento Andaluz en la sesión de 19 de noviembre y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de diciembre de 2014 y de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se dispone lo siguiente:

Artículo único. Aprobación.
Se aprueba el V Plan Integral del Comercio Interior de Andalucía 2014-2017, cuyo contenido se estructura en un diagnóstico, una parte programática que contiene objetivos, estrategias, programas y proyectos articulados sistemáticamente, el sistema de seguimiento y evaluación del Plan, un entorno presupuestario y diversos anexos y apéndices, que se especifican como Anexo Único a la presente Orden.

Disposición final primera. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Turismo y Comercio para cuantas actuaciones sean necesarias en ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 10 de diciembre de 2014, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 250, de 23/12/2014 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 30-354).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 18 de febrero de 2015

COMERCIO AMBULANTE EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): PLAN DE ACTIVACIÓN 2015/2017

Mediante la Orden de 23 de enero de 2015, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se aprueba el Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía para el período 2015/2017.

La venta ambulante es una práctica mercantil que dio origen al comercio tal y como lo conocemos actualmente, y que pese a remontar sus orígenes a la antigüedad, continúa hoy día con plena vigencia. Además, en los últimos tiempos, ya no se considera como una modalidad arcaica o antigua con connotaciones peyorativas, sino que se le reconoce una gran importancia por su poder de adaptación a las realidades sociales y demográficas.

El comercio ambulante es una actividad profesional, generadora de empleo y de cohesión social y dinamizadora de la economía social. A día de hoy, la importancia de la venta ambulante en la estructura económica y social tanto de España como de la Unión Europea es hoy indudable. Aunque los estudios que demuestran el verdadero peso que supone esta importante actividad comercial en la economía son aún escasos, un estudio reciente del Ministerio de Sanidad y Política Social cifra en 60.000 el número de vendedores ambulantes que en mayo de 2008 cotizaban a la Seguridad Social. Otros trabajos e informaciones sostienen que el número de comerciantes ambulantes es mucho mayor, debiendo tenerse en cuenta, además, el número de personas (normalmente familiares) que ayudan o colaboran en esta modalidad comercial.

En Andalucía, el comercio ambulante constituye una actividad comercial muy importante, generadora de empleo y autoempleo. En base a los datos del Censo de Mercadillos de 2013, elaborado por la Junta de Andalucía, el número total de mercadillos está cerca de los 900, los cuales computan un total de casi 42.000 puestos de venta. Por ello, y por su singularidad, es necesario un plan específico que contribuya a la calidad y modernización de esta forma de venta. La Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el artículo 58.1.1 del Estatuto de Autonomía, tiene la competencia exclusiva en materia de la ordenación administrativa de la actividad comercial. 

La importancia de este sector en el caso de nuestra Comunidad Autónoma se refleja en el hecho de que Andalucía fue la pionera en aprobar una Ley para regular este tipo de actividad comercial, la Ley 9/1988, del Comercio Ambulante de Andalucía, una regulación que impulsó la adecuación de la situación socioeconómica a la realidad comercial, e incidió en la profesionalización y especialización de este subsector, considerando el mismo como una actividad económica más. Las recientes modificaciones de esta Ley han dado lugar al Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Comercio Ambulante, norma actualmente vigente, si bien también ha sido objeto de una modificación mediante el Decreto Ley 1/2013, de 29 de enero, por el que se establecen medidas urgentes en materia comercial, turística y urbanística.

Ahora bien, esta regulación autonómica debe completarse con las competencias que en esta materia asumen los ayuntamientos, que son quienes han de conceder la correspondiente autorización para ejercer en un determinado lugar el comercio ambulante. En concreto, el artículo 9 de la Ley 5/2011, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, atribuye a los municipios, entre otras, las siguientes competencias:
«21. Fomento del desarrollo económico y social en el marco de la planificación autonómica.»
«22. Ordenación, autorización y control del ejercicio de actividades económicas y empresariales, permanentes u ocasionales.»
«23. Autorización de mercadillos de apertura periódica así como la promoción del acondicionamiento físico de los espacios destinados a su instalación.»
«25. Organización y autorización, en su caso, de eventos o exposiciones menores que, sin tener carácter de feria oficial, estén destinados a la promoción de productos singulares.»
El Texto Refundido de la Ley de Comercio Ambulante establece con carácter expreso la posibilidad de que la Consejería de Turismo y Comercio pueda adoptar medidas de fomento para la mejora de los mercadillos de aquellos municipios cuyas ordenanzas hayan sido objeto de informe favorable por el Consejo Andaluz de Comercio.
Asimismo, el propio texto normativo establece en su artículo 6.3 la posibilidad de que las personas comerciantes que se hayan inscrito en el registro General de Comerciantes Ambulantes de Andalucía puedan acceder a una serie de beneficios tales como su reconocimiento como profesionales del sector, el otorgamiento de distintivos de calidad o la concesión de incentivos relacionados con su actividad.
No obstante, el sector de la venta ambulante debe adaptarse a los nuevos tiempos, debe dar un paso más para conseguir que su actividad sea reconocida por el valor social y económico que aporta a la sociedad. Por ese motivo, desde la Consejería de Turismo y Comercio se quiere impulsar la modernización del sector y ello a través de actuaciones que lograrían aumentar la profesionalidad de los vendedores ambulantes, mejorar sus condiciones de trabajo y por extensión su seguridad y salud laboral y lograr una mayor calidad en la prestación del servicio, lo que redundaría lógicamente en un mayor beneficio para las personas consumidoras y usuarias.

Este Plan ha sido consultado y consensuado con los representantes del sector en diferentes reuniones, así como puesto en común en las primeras Jornadas sobre Comercio Ambulante celebradas en Málaga el pasado 1 de diciembre de 2014. De conformidad con lo previsto en el Decreto 30/2014, de 4 de febrero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Comercio, a esta Consejería, en el marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma por el Estatuto de Autonomía para Andalucía, le corresponden las relativas al turismo, al comercio y a la artesanía, mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Comercio y de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se dispone lo siguiente: 

Primero. Aprobación del Plan.
Se aprueba el Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía cuyas líneas estratégicas, programas y actuaciones se especifican como Anexo Único a la presente Orden.

Segundo. Objetivos generales.
Los objetivos generales del Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía, son los siguientes:
1. Reconocimiento de la importancia del comercio ambulante en Andalucía.
2. Incidir en la profesionalización y la especialización de este SECTOR, considerando el mismo como una actividad económica más.
3. Dotar al sector del comercio ambulante de unos distintivos de calidad.
4. Optimizar la organización y gestión en los mercadillos.
5. Promover la formación y la innovación como elementos clave para una mayor modernización y mejor prestación del servicio.
6. Mejorar y dinamizar el proceso de comercialización y distribución de las empresas de comercio ambulante.
7. Provocar sinergias comercio ambulante-otros sectores.

Tercero. Desarrollo y ejecución del Plan.
Para el desarrollo y ejecución del Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía, se crea una Comisión de Seguimiento, cuya función será la de establecer un sistema de indicadores de seguimiento y control de la ejecución de las actuaciones recogidas en el Plan, así como la de analizar la consecución de los objetivos marcados y estará compuesta por siete miembros, dos en representación de la Consejería con competencias en materia de turismo y comercio, dos en representación de las federaciones más representativas de asociaciones de comercio ambulante de Andalucía, uno en representación de la Consejería competente en materia de Administración Local y dos en representación del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales.
La Comisión de Seguimiento elaborará anualmente y al final del periodo de vigencia del Plan, un balance, que será elevado a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de comercio, para su conocimiento, y que incluirá un resumen total de las actuaciones realizadas en cada periodo anual, la cuantificación definitiva de los resultados obtenidos, con indicación del grado de cumplimiento efectivo del Plan y las propuestas y sugerencias para la mejora y elaboración del siguiente Plan.

Cuarto. Publicidad del Plan.
Con el fin de garantizar el conocimiento del Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía por toda la ciudadanía y organizaciones interesadas, la Consejería con competencias en materia de comercio tendrá a disposición de cualquier persona que desee consultarlo, un ejemplar del Plan en la sede de Dirección General con competencias en materia de comercio, así como en sus Delegaciones Territoriales. Asimismo, el Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería con competencias en materia de comercio.

Quinto. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 23 de enero de 2015, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.

ANEXO. Líneas estratégicas del Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía.
Artículo 1. Líneas estratégicas del Plan.
Vinculadas a los objetivos generales, el Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía establece cuatro líneas estratégicas, que enmarcan y orientan las actuaciones programadas:
1. Conocimiento de la realidad del sector.
2. Formación y Profesionalización.
3. Innovación y calidad. Optimización y dinamización de procesos.
4. Sinergias con otros sectores.

Artículo 2. Línea estratégica: Conocimiento de la realidad del sector.
1. Uno de los principales problemas que sufre el sector de la venta ambulante es el desconocimiento de los beneficios económicos y sociales que aporta al conjunto de la ciudadanía, llegando en ocasiones a sufrir cierto rechazo por parte de algunos consumidores y otros comerciantes no ambulantes. 
Este problema radica en la falta de información. Apenas existen a día de hoy estudios que muestren la realidad de este sector en términos cuantitativos ni cualitativos, por lo que este conjunto de acciones se centrará en gran medida en conocer en profundidad al comercio ambulante. Son necesarios datos reales de ocupación, de empleo, de volumen de ventas, de precariedad laboral, de las necesidades que demandan los comerciantes y los usuarios. Y por supuesto es necesaria la difusión de todos esos datos. La información recogida será analizada para detectar necesidades formativas así como mejoras en infraestructuras, en servicios, en materia de prevención y seguridad en el trabajo, en mejoras de sistemas de gestión, etcétera.
Es importante destacar que no se plantea una recogida de información para analizar una “foto” del sector. El objetivo es crear un sistema de recogida y análisis continuo de la información, la cual estará, en la medida de lo posible, disponible para todo aquel que la requiera. Se plantearán distintas acciones de difusión de la información, pero no solo datos a nivel cuantitativo, sino acciones que den a conocer el sector, que conciencien a la ciudadanía del potencial de la venta ambulante y los beneficios que nos aporta.
2. La presente línea estratégica incluirá los siguientes programas y actuaciones:
a) Programa 1.1: Elaboración de estudios e informes:
- Actuación 1.1.1: Creación de un equipo de trabajo en la Consejería orientado al estudio y elaboración de informes sobre el Comercio Ambulante.
- Actuación 1.1.2: Realización de estudios e informes por Asociaciones de Comercio Ambulante o por entidades especializadas.
b) Programa 1.2: Creación del Centro de Análisis y Seguimiento del Comercio Ambulante:
- Actuación 1.2.1: Generación de una base de datos espacial con las plazas dedicadas al comercio ambulante en la comunidad autónoma andaluza.
- Actuación 1.2.2: Desarrollo de un Centro de Análisis y Seguimiento del Comercio Ambulante, un sistema de información accesible a todos los niveles de la Administración, comerciantes y consumidores que ofrezca una visión objetiva y global de la temática del sector.
c) Programa 1.3: Acciones de divulgación:
- Actuación 1.3.1: Publicación de informes en revistas y webs especializadas de comercio así como las destinadas al público en general.
- Actuación 1.3.2: Enlaces permanentes en las webs de la Junta de Andalucía a los resultados del Plan y publicaciones del Centro de Análisis y Seguimiento del Comercio Ambulante.
- Actuación 1.3.3: Inclusión de noticias en periódicos y webs de tirada local, provincial y regional.

Artículo 3. Línea estratégica: Formación y Profesionalización.
1. Las personas comerciantes de este sector adolecen de una falta importante de formación, sobre todo en materia comercial, lo que deriva en la percepción de falta de profesionalización del sector, y ello hace que se coloquen en una situación de desventaja frente a otros modelos comerciales. Entre los comerciantes que se dedican a la venta ambulante existen algunos colectivos especialmente vulnerables en materia de formación y profesionalización. No obstante, aclaramos que se trata de una discriminación positiva, en aras de alcanzar igualdad.
En materia de formación es vital la colaboración de las distintas entidades: las Consejería de Turismo y Comercio como promotora de este conjunto de actuaciones, los Ayuntamientos como entidades responsables de la celebración de los mercadillos en sus términos municipales y las asociaciones y agrupaciones de comerciantes (ambulantes o no) como conocedoras de la realidad del sector y de las necesidades formativas del mismo.
La colaboración entre la Consejería de Turismo y Comercio y los ayuntamientos se articulará a través de la figura de los Convenios de Colaboración previstos en los artículos 83 y siguientes de la Ley 5/2011, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
2. La presente línea estratégica incluirá los siguientes programas y actuaciones:
a) Programa 2.1: Formación general para el comercio ambulante.
b) Programa 2.2: Formación específica para colectivos más desfavorecidos.
c) Programa 2.3: Acciones contra el top manta.
d) Programa 2.4: Formación en Ayuntamientos o zonas de tradición ambulante.

Artículo 4. Línea estratégica: Innovación y calidad. Optimización y dinamización de procesos.
1. Siguiendo en la línea de concienciar a los consumidores, mejorar la experiencia de compra y venta en los mercadillos, con el fin último de incrementar las ventas y mantener viva esta modalidad de comercio, se plantean a continuación una serie de acciones y proyectos orientados a dotar a nuestros mercadillos de unos distintivos de calidad.
La idea es trabajar en el diseño y aplicación de sistemas de calidad que certifiquen la calidad de los productos, la exposición de los mismos, las infraestructuras que conforman el punto de venta, la atención al cliente y seguridad de los comerciantes y de los consumidores.
2. La presente línea estratégica incluirá los siguientes programas y actuaciones:
a) Programa 3.1: Innovación e implantación de sistemas de calidad.
- Actuación 3.1.1: Elaboración de un Manual de Buenas Prácticas para los comerciantes ambulantes.
- Actuación 3.1.2: Impulsar la recopilación y aplicación de la Normativa Higiénico-Sanitaria.
- Actuación 3.1.3: Elaboración y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales específico para el sector.
b) Programa 3.2: Reconocimiento de la calidad y concienciación de consumidores.
- Actuación 3.2.1: Concienciación de los consumidores.
- Actuación 3.2.2: Inclusión en los Premios «Andalucía del Comercio Interior».
- Actuación 3.2.3: Creación del distintivo «MERCADILLOS DE ANDALUCÍA».
- Actuación 3.2.4: Creación del distintivo «CALIDAD DE SERVICIO PARA EL COMERCIO AMBULANTE».
c) Programa 3.3: Optimización y dinamización de procesos.
- Actuación 3.3.1: Inclusión en el Sistema Arbitral de Consumo.
- Actuación 3.3.2: Medidas de fomento del asociacionismo y centrales de compras.
- Actuación 3.3.3: Simplificación administrativa.
- Actuación 3.3.4: Modernización de los espacios comerciales.
- Actuación 3.3.5: Ayudas o incentivos específicos al comercio ambulante.

Artículo 5. Línea estratégica: Sinergias con otros sectores.
1. La sinergia comúnmente refleja un fenómeno por el cual actúan en conjunto varios actores, o varios factores, o varias influencias, así creando un efecto más grande que el que hubiera podido esperarse dado por la suma de los efectos de cada uno, en caso que hubieran operado independientemente. Es por ello que se considera importante poner en confluencia el sector del comercio ambulante con otros, como puede ser el turismo o el comercio tradicional.
2. La presente línea estratégica incluirá los siguientes programas y actuaciones:
a) Programa 4.1: Fomentar la cooperación con agentes socio-económicos, entidades públicas y privadas, sin renunciar al protagonismo del sector.
b) Programa 4.2: Elaborar rutas y guías de mercadillos.
c) Programa 4.3: Incluir las rutas de los mercadillos en las rutas de cruceristas.
d) Programa 4.4. creación y consolidación de mercados estacionales como atractivo turístico.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 25, de 6/2/2015 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 24-28).



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

MODERNIZACIÓN PYMES COMERCIALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): AMPLIACIÓN PLAZO RESOLUCIÓN SUBVENCIONES 2014

Mediante la Orden de 19 de diciembre de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se amplía el plazo para resolver la convocatoria de subvenciones en materia de modernización de las pequeñas y medianas empresas (pymes) comerciales y la mejora de la calidad y la competitividad en el pequeño comercio, correspondiente al ejercicio 2014.

La Orden de 21 de febrero de 2014, por la que se convocan, para el ejercicio 2014, las subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva en materia de modernización de las Pymes comerciales y la mejora de la calidad y la competitividad en el pequeño comercio, y se aprueban los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones, dispone en su apartado octavo, que las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 9 de marzo de 2011, y por el Cuadro Resumen aprobado mediante la Orden de 18 de abril de 2013, donde se establecen las bases reguladoras específicas para las subvenciones que se concedan en régimen de concurrencia competitiva en las modalidad de modernización de las Pymes comerciales y mejora de la calidad, productividad y competitividad en el pequeño comercio.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Orden de 9 de marzo de 2011, el plazo máximo para resolver y publicar la Resolución del procedimiento será el establecido en el apartado 16 del Cuadro Resumen, y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y publicado la resolución expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Asimismo, la Orden de 18 de abril de 2013, por la que se aprueba el Cuadro Resumen de las bases reguladoras, establece en su apartado 16 que el plazo máximo para resolver y publicar la Resolución del procedimiento será de 6 meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo se entiende computado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, que concluyó el 7 de abril de 2014.

Mediante Orden de 18 de septiembre de 2014 (BOJA núm. 190, de 29 de septiembre de 2014), de la Consejería de Turismo y Comercio, se amplía el plazo de resolución y notificación de la presente convocatoria, hasta el 7 de enero de 2015, al prever que el plazo inicial no iba a poder ser cumplido. No obstante lo anterior, como consecuencia del número de solicitudes formuladas, de la necesidad de solicitar aclaraciones e información complementaría a las mismas, a la vista de la fase en la que se encuentra el procedimiento de concesión, y pese a haberse habilitado todos los medios materiales y personales disponibles al efecto, es necesario ampliar de nuevo el plazo de resolución y notificación hasta el máximo legalmente permitido, al no poder resolverse la convocatoria en el plazo establecido en la Orden de 18 de septiembre de 2014.

Visto el artículo 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de la competencia que se atribuye a este órgano a mi cargo, por Decreto 30/2014, de 4 de febrero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Comercio en relación con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y para general conocimiento, se dispone lo siguiente: 

Primero. Ampliar hasta el 7 de abril de 2015, el plazo máximo para resolver y notificar la convocatoria de subvenciones en materia de modernización de las pymes comerciales y la mejora de la calidad y la competitividad en el pequeño comercio, correspondiente al presente ejercicio 2014, en relación con lo dispuesto en el artículo 19.3 de las bases reguladoras de la Orden de 9 de marzo de 2011.
Contra el presente Acuerdo de ampliación de plazo máximo para resolver, no cabe recurso alguno.
Firmada en Sevilla, a 19 de diciembre de 2014, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 1, de 2/1/2015 (apartado 3. Otras disposiciones, página 139).



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

EVENTOS: CALENDARIO FERIA COMERCIAL 2015 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

A continuación, se incluye el Calendario oficial para el año 2015 de las Ferias Comerciales de Andalucía (España) aprobado mediante la Orden de 4 de diciembre de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (Anexo 1).

Nombre Feria/ Sector-Rama/ Nº Sector/ Rama/ Oferta exhibida/ Ámbito geográfico/ Fecha de inicio/ Fecha final/ Localidad/ Provincia/ Organizador:
-TRANSFIERE, FORO EUROPEO CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN/ Varios/ 6,7,8,9/ Varias/ General/ Nacional/ 11/02/2015/ 12/02/2015/ Málaga/ Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.
-JAÉN DE BODA, IX FERIA DE HOGAR, BODA Y CELEBRACIONES/ Varios/ 4,5,10/ Varias/ General/ Provincial/ 20/02/2015/ 22/02/2015/ Jaén/ Jaén/ Ferias Jaén S.A.
-H & T, HOSTELERÍA Y TURISMO/ Varios/ 1,5,9/ Varias/ General/ Provincial/ 15/03/2015/ 17/03/2015/ Málaga/ Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.
-EXPOLIVA, XVII FERIA INTERNACIONAL DEL ACEITE DE OLIVA E INDUSTRIAS AFINES/ Varios/ 1,4,10/ Varias/ General/ Nacional/ 06/05/2015/ 09/05/2015/ Jaén/ Jaén/ Ferias Jaén S.A.
-NATURA MÁLAGA, FERIA DE LA VIDA SALUDABLE Y DESARROLLO SOSTENIBLE/ Varios/ 1,2,4,5/ Varias/ General/ Provincial/ 15/05/2015/ 17/05/2015/ Málaga/ Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.
-EXPOSICIÓN DE ALFARERÍA Y CERÁMICA DE LA RAMBLA 2015/ Bienes de consumo/ 4 A/ Monográfica/ Local/ 08/08/2015/ 12/08/2015/ La Rambla/ Córdoba/ Ayuntamiento de La Rambla.
-IBERCAZA, IX FERIA DE LA CAZA Y LA PESCA DE LA PROVINCIA DE JAÉN/ Varios/ 1,2,3,4,5,9/ Varias/ General/ Nacional/ 18/09/2015/ 20/09/2015/ Jaén/ Jaén/ Ferias Jaén S.A.
-V FERIA MULTISECTORIAL CIUDAD DE ANDÚJAR/ Varios/ 1,2,4,5,6,7/ Varias/ General/ Nacional/ 18/09/2015/ 20/09/2015/ Andújar/ Jaén/ Ayuntamiento de Andújar.
-FERIA INTERCAZA 2015/ Varios/ 1,2,3,4,5,7,9,10/ Varias/ General/ Regional/ 24/09/2015/ 27/09/2015/ Córdoba/ Córdoba/ Consorcio Provincial de Desarrollo Económico.
-FUENTE PALMERA DE BODA 2015/ Varios/ 4,5/ Varias/ General/ Local/ 01/10/2015/ 04/10/2015/ Fuente Palmera/ Córdoba/ Asociación de Empresarios de Fuente Palmera.
-GREENCITIES & SOSTENIBILIDAD/ Varios/ 6,7,8,9/ Varias/ General/ Local/ 07/10/2015/ 08/10/2015/ Málaga/ Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.
-FERIA COMERCIAL DEL JAMÓN IBÉRICO DE BELLOTA DE LOS PEDROCHES 2015/ Agroalimentario/ 1 E/ Monográfica/ Local/ 08/10/2015/ 10/10/2015/ Villanueva de Córdoba/ Córdoba/ Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba.
-ARS OLEA 2015/ Varios/ 1,4/ Varias/ General/ Local/ 09/10/2015/ 11/10/2015/ Castro del Río/ Córdoba/ Ayuntamiento de Castro del Río.
-CELEBRA MÁLAGA, FERIA DE BODAS Y CELEBRACIONES/ Varios/ 1,4,5,7,9,10/ Varias/ General/ Local/ 09/10/2015/ 12/10/2015/ Málaga/ Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.
-MI MASCOTA, SALÓN DEL ANIMAL DE COMPAÑÍA/ Varios/ 1,2,4,8,9/ Varias/ General/ Regional/ 16/10/2015/ 18/10/2015/ Málaga/ Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.
-TIERRA ADENTRO, XIV FERIA DE TURISMO INTERIOR DE ANDALUCÍA/ Varios/ 1,4,10/ Varias/ General/ Provincial/ 23/10/2015/ 25/10/2015/ Jaén/ Jaén/ Ferias Jaén S.A.
-SALÓN INMOBILIARIO DEL MEDITERRÁNEO (SIMED)/ Construcción/ 6 B/ Monográfica/ Local/ 06/11/2015/ 07/11/2015/ Málaga( Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.
-FORO SER EMPRENDEDOR/ Formación/ 8 A/ Monográfica/ Local/ 18/11/2015/ 19/11/2015/ Málaga/ Málaga/ Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 245, de 17/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 28-30).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 17 de febrero de 2015

EVENTOS: RECONOCIMIENTO OFICIAL FERIAS COMERCIALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 4 de diciembre de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se otorga el reconocimiento de la condición de oficial a las Ferias Comerciales de Andalucía y se aprueba el calendario para el año 2015.

El Decreto Legislativo 3/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, así como el Decreto 174/2011, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, articulan los medios necesarios para reconocer la condición de oficial de las Ferias Comerciales que se incluyen en el calendario anual para el año 2015.

La finalidad que persigue la publicación del presente calendario oficial anual es lograr la mayor difusión de las Ferias Comerciales que han obtenido el carácter de oficial para el año 2015, entre expositores, profesionales y público en general, movilizando las iniciativas económicas de interés social, promocionando los contactos e intercambios comerciales, el acercamiento entre la oferta y la demanda y una mayor transparencia del mercado.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo 3/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, en relación con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia, y sobre reestructuración de Consejerías, se resuelve lo siguiente: 

Otorgar la condición de oficial a las Ferias Comerciales de Andalucía incluidas en el Anexo de esta Orden y aprobar el calendario anual para el año 2015. 
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Turismo y Comercio en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Firmada en Sevilla, a 4 de diciembre de 2014, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 245, de 17/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 28-30).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

EVENTOS: PLAN DIRECTOR DE FERIAS Y CONGRESOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA) 2014-2016

Mediante la Orden de 24 de noviembre de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se aprueba el Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones de Andalucía 2014-2016.

La celebración de congresos, convenciones y jornadas conlleva generalmente una actividad turística conocida como «turismo de reuniones», que se ha convertido en un elemento de gran valor para la dinamización económica y empresarial de nuestras ciudades. Este hecho se justifica, entre otras razones, por su fuerte crecimiento y su previsible potencial de desarrollo, siendo uno de los subsectores menos castigados por la situación de crisis actual.

De igual forma, la celebración de ferias comerciales genera actividad industrial y mercantil que agiliza la difusión y la venta de productos, estimulando los avances técnicos y mejorando, al mismo tiempo, la imagen de la ciudad donde se celebra, tanto a nivel nacional como internacional. 

En Andalucía, el turismo ligado a este tipo de actividad reviste una importancia decisiva dentro del sector turístico, por su importante efecto desestacionalizador, además de suponer elevados ingresos económicos en nuestro territorio y constituir, a su vez, una importante fuente de generación de empleos directos e indirectos. El artículo 37.1.14.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece como uno de los principios rectores de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma, el fomento del sector turístico, como elemento económico estratégico de Andalucía.

Y en virtud del artículo 58, Andalucía asume competencias exclusivas en la ordenación administrativa de la actividad comercial, incluidas las ferias, y la competencia ejecutiva en ferias internacionales que se celebren en Andalucía. Asimismo, y en ejercicio de la competencia exclusiva que en materia de ordenación y promoción del turismo ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud del artículo 71 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, el Parlamento aprobó la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.

El artículo 11 de la referida Ley establece que el instrumento básico y esencial para la ordenación de los recursos turísticos de Andalucía es el Plan General del Turismo y que cualquier instrumento de planificación que se desarrolle en materia de turismo deberá ajustarse a las especificaciones y directrices que se contemplen en el mismo. Y el artículo 16 establece que la Consejería competente en materia de turismo podrá, previa audiencia de las Administraciones afectadas y oído el Consejo Andaluz del Turismo, elaborar y aprobar programas encaminados al desarrollo, mantenimiento y mejor aprovechamiento de sectores específicos, entre ellos el de reuniones.

Por su parte, el Decreto 38/2013, de 19 de marzo, por el que se aprueba la formulación del Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía 2014-2020, recoge que este nuevo Plan se fundamenta en la dilatada y exitosa experiencia de concertación social de las políticas públicas con los agentes económicos y sociales en la Comunidad Autónoma Andaluza, tanto a nivel general, como en el ámbito de la política turística (Pactos Andaluces por el Turismo). En este sentido, este Plan integrará los objetivos y líneas estratégicas recogidos en el IV Pacto Andaluz por el Turismo, «Acuerdo por la Sostenibilidad, el Empleo, la Excelencia y la Competitividad del Sector Turístico Andaluz», firmado el 18 de febrero de 2013 por la Consejería de Turismo y Comercio y los agentes económicos y sociales integrantes de la Mesa del Turismo.

Uno de los objetivos del IV Pacto Andaluz por el Turismo es «contribuir a la desestacionalización en el ámbito turístico y favorecer con ello la optimización de las infraestructuras, servicios, instalaciones y establecimientos turísticos, la mejora de la percepción de la calidad turística y de los beneficios sociales y económicos de su actividad productiva y la descongestión de los destinos turísticos maduros». Para la consecución de este objetivo, el Pacto adopta dos acuerdos estratégicos, que se materializan en las Estrategias para la Gestión de la Estacionalidad Turística 2014-2020, aprobadas por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2014 y el Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones de Andalucía 2014-2016.

En este marco de concertación, nace el Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones, con el gran propósito de definir los retos, estrategias y actuaciones necesarios para situar Andalucía a la cabeza de la industria de reuniones, aumentando su capacidad competitiva y cualificando un sector que se concibe esencial, por su efecto desestacionalizador del turismo y generador de empleo. Y utiliza el término «Industria de Reuniones» como concepto global que incluye tanto el conjunto de relaciones y agentes que demandan y ofertan reuniones y eventos profesionales, tales como congresos, convenciones, jornadas y similares, englobados bajo el término turismo de reuniones, como a las ferias comerciales, que a pesar de compartir multitud de elementos comunes con el turismo de reuniones, como la oferta de instalaciones y los agentes que intervienen, tradicionalmente se han mantenido al margen de los estudios realizados, por tener un diferente comportamiento turístico.

En consonancia con el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía, uno de los principios rectores del Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones, ha sido la consideración del Gobierno Abierto, que implica que ha sido elaborado en un proceso protagonizado por la colaboración público-privada, la búsqueda de consenso y alianza entre los agentes del sector. Este Plan ha sido consensuado en el seno de la Mesa del Turismo, en la sesión celebrada el 14 de febrero de 2014; asimismo, el 21 de abril de 2014 ha sido consultado preceptivamente el Consejo Andaluz del Turismo.

El Decreto 30/2014, de 4 de febrero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Comercio, atribuye a esta Consejería, las competencias relativas al turismo, al comercio y a la artesanía, mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias, atribuyendo específicamente a la Dirección General de Comercio las competencias relativas a las actuaciones destinadas a fortalecer y consolidar el sector congresual y ferial de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Comercio, tras su examen por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos en su reunión del día 30 de septiembre de 2014 y tras deliberación del Consejo de Gobierno de fecha 18 de noviembre de 2014 y de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se dispone lo siguiente:

Primero. Aprobación del Plan.
1. Se aprueba el Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones de Andalucía para el periodo 2014-2016, cuyas líneas estratégicas, programas y actuaciones se especifican como Anexo Único a la presente Orden.
2. El texto íntegro del Plan podrá ser consultado, según recoge el dispongo cuarto de la presente Orden.

Segundo. Objetivos generales, específicos y líneas estratégicas.
1. Los objetivos generales del Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones de Andalucía 2014-2016 son los siguientes:
- Posicionar a la Comunidad Andaluza a la cabeza de la Industria de Reuniones, implementando un modelo sostenible, viable, equitativo y competitivo.
- El crecimiento del turismo de reuniones como sector estratégico de la economía andaluza por su carácter desestacionalizador, generador de empleo y de desarrollo económico.
- Desarrollar un modelo turístico que se apoye en la gestión integral de la calidad de los destinos, la innovación dentro del tejido empresarial, especialmente la tecnológica y la formación y transferencia de conocimiento entre sus profesionales.
2. Para la consecución de estos objetivos el Plan Director se marca cinco objetivos específicos:
- Acordar un sistema de conceptualización y medición del sector comparable, eficaz y accesible.
- Profesionalización y especialización del segmento para mejorar la empleabilidad, la calidad y evitar el instrusismo.
- Fomentar el desarrollo del tejido empresarial local.
- Mejorar el posicionamiento nacional e internacional de los destinos de reuniones andaluces.
- Optimización de la oferta.

Tercero. Desarrollo y ejecución del Plan.
Para el desarrollo y ejecución del Plan de Ferias, Congresos y Reuniones de Andalucía 2014-2016, se crea una Comisión de Seguimiento, cuya función será la de establecer un sistema de indicadores de seguimiento y control de la ejecución de las actuaciones recogidas en el Plan, así como la de analizar la consecución de los objetivos marcados y estará compuesta por cinco miembros, dos en representación de la Consejería con competencias en materia de turismo y comercio, uno en representación de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., uno en representación de la Asociación Andaluza de Palacios de Congresos y Ferias de Andalucía (AFCAN) y otro en representación de la Asociación Andaluza de Empresas de Organización Profesional de Congresos (OPC).
La Comisión de Seguimiento elaborará anualmente y al final del periodo de vigencia del Plan, un balance, que será elevado a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de comercio, para su conocimiento, y que incluirá un resumen total de las actuaciones realizadas en cada periodo anual, la cuantificación definitiva de los resultados obtenidos, con indicación del grado de cumplimiento efectivo del Plan y las propuestas y sugerencias para la mejora y elaboración del siguiente Plan.

Cuarto. Publicidad del Plan.
Con el fin de garantizar el conocimiento del Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones de Andalucía 2014-2016 por toda la ciudadanía y organizaciones interesadas, la Consejería con competencias en materia de comercio tendrá a disposición de cualquier persona que desee consultarlo, un ejemplar del Plan en la sede de Dirección General con competencias en materia de comercio, así como en sus Delegaciones Territoriales.
Asimismo, el Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería de Turismo y Comercio: http://www.juntadeandalucia.es/turismoycomercio.

Quinto. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 24 de noviembre de 2014, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.

ANEXO ÚNICO.
Vinculadas a los objetivos específicos, el Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones establece tres líneas estratégicas, que enmarcan y orientan las actuaciones programadas. A continuación se describe en qué consiste cada una de estas líneas estratégicas, los programas y actuaciones a desarrollar:
1. Innovación y calidad: Las empresas del sector ferial y congresual necesitan acceder a información relevante, conocer y saber cómo utilizar las nuevas herramientas que tienen a su disposición y que les pueden ayudar a optimizar su gestión, así como maximizar su tiempo y reducir el riesgo. Toda esta adaptación requiere, inevitablemente, de innovación de empresas, servicios y destinos congresuales. Es necesario, además, caminar hacia la búsqueda permanente de la excelencia como sello distintivo del segmento de reuniones y congresos en Andalucía.
Con el seguimiento de esta línea estratégica se pretende:
- Impulsar la calidad integral del destino de reuniones andaluz, apoyando de forma muy especial a los trabajadores y trabajadoras como elemento esencial del servicio prestado.
- La apuesta decidida por la innovación en todos los ámbitos (identificación y desarrollo de nuevos mercados, productos, herramientas de marketing, etc.) entendiendo la innovación como un proceso continuo de creación de valor para la persona asistente a un congreso y de mejora de los productos y experiencias que se le oferten.
Programa 1.1: Conceptualización y normalización del sector.
- Actuación 1.1.1: Impulso de la regulación del sector enfocada a mejorar su calidad y competitividad.
Programa 1.2: Medición y análisis del sector.
- Actuación 1.2.1: Diseño y puesta en marcha de un sistema de análisis, estudios, estadísticas y medición del sector tanto referido a la situación en Andalucía, como a los principales mercados emisores.
Programa 1.3: Transferencia de información al sector.
- Actuación 1.3.1: Elaboración de un Catálogo con la oferta de la Industria de Reuniones en Andalucía.
- Actuación 1.3.2: Elaboración de publicaciones periódicas.
Programa 1.4: Formación y profesionalización para el empleo de calidad.
- Actuación 1.4.1: Promover protocolos con las consejerías competentes al objeto de ofrecer formación especializada en la Industria de Reuniones.
- Actuación 1.4.2: Actuaciones dirigidas a promover el asesoramiento y formación de empresas, trabajadores y trabajadoras de la Industria de Reuniones.
- Actuación 1.4.3: Actuaciones dirigidas a fomentar las condiciones laborales estables en el sector de la Industria de Reuniones.
Programa 1.5: Calidad, excelencia y sostenibilidad del sector.
- Actuación 1.5.1: Creación de un grupo de trabajo para evaluar la viabilidad técnica de los proyectos de construcción y reforma de Palacios de Congresos y Recintos Feriales que eventualmente se pudieran presentar.
- Actuación 1.5.2: Acciones de mejora de las infraestructuras congresuales y feriales.
- Actuación 1.5.3: Promover distintivos de calidad para el sector.
- Actuación 1.5.4: Promover marcos de colaboración con entidades que fomenten la sostenibilidad dentro de la Industria de Reuniones.
2. Desarrollo socio-económico: A través del desarrollo de la Industria de Reuniones se pretenderá potenciar no sólo la rentabilidad de las empresas del sector, sino también el enriquecimiento social y económico del entorno local donde se lleve a cabo cada evento. De este modo, se favorece la creación y consolidación de empleo en el ámbito turístico y se tiene en cuenta la participación de pequeñas y medianas empresas en la oferta congresual y ferial. 
Bajo esta línea estratégica se pretende dar respuesta a:
- La necesidad de impulsar la diversificación de las economías locales favoreciendo la generación de rentas complementarias y promoviendo la creación de empleo.
- El fomento de un mayor consumo en destino.
- La necesaria coordinación entre las empresas que intervienen en el evento y el resto de sectores locales, que ofrecen a la persona asistente a un congreso alternativas de ocio y cultura aumentando el nivel de satisfacción del visitante.
- La complementariedad e integración entre segmentos como base para una oferta turística variada.
Programa 2.1: Promover alianzas empresariales y profesionales entre los actores del segmento.
- Actuación 2.1.1: Crear un equipo de trabajo a nivel provincial, integrado por la Junta de Andalucía y representantes del sector.
- Actuación 2.1.2: Ofertar paquetes turísticos con el objeto de promover la complementariedad de la oferta existente en Andalucía.
- Actuación 2.1.3: Impulsar proyectos destinados a potenciar el asociacionismo y la cooperación empresarial de las empresas del sector.
- Actuación 2.1.4: Promover la cesión de edificios singulares para la celebración de algún acto complementario relacionado con una feria, congreso u otro tipo de reuniones.
Programa 2.2: Adecuar la oferta complementaria y las infraestructuras de transportes a los requerimientos de la Industria de Reuniones.
- Actuación 2.2.1: Proponer a los organismos e instituciones competentes una mejora de las infraestructuras de transportes en lugares de interés para la Industria de Reuniones, mediante el estudio de fórmulas eficaces para lograr un mayor número y frecuencia de conexiones aéreas y terrestres en los destinos.
- Actuación 2.2.2: Colaboración interadministrativa para adecuar la oferta complementaria a los requerimientos de la Industria de Reuniones.
- Actuación 2.2.3: Mejora de la integración de la oferta lúdico-turística y reforzar los sistemas de receptivo turístico.
3. Promoción y comercialización: Andalucía es una potencia turística y el segmento turístico de reuniones es vital para nuestra economía, ya que con él se hace frente a una de las principales debilidades de la actividad turística: la estacionalidad. Por ello, en el Plan Director de Ferias, Congresos y Reuniones se propone el desarrollo de la Industria de Reuniones a través de actuaciones de promoción del segmento, así como de comercialización de la magnífica oferta congresual y ferial de la que Andalucía está dotada.
Las actuaciones de este plan contribuirán a dar respuesta a:
- La necesidad de un adecuado posicionamiento tanto nacional como internacional de la marca Andalucía como destino de reuniones y congresos.
- La diferenciación de nuestros competidores.
- Impulsar el apoyo y consolidación de las instalaciones existentes.
- La necesidad de crear estrategias para la presentación de candidaturas y captación de eventos, congresos y ferias en mercados nacionales e internacionales.
- Reivindicar el peso y la importancia de la actividad congresual y ferial de nuestra Comunidad Autónoma en el conjunto del Estado e instituciones turísticas.
Programa 3.1: Impulsar la diferenciación de la oferta de reuniones de Andalucía.
- Actuación 3.1.1: Realización de campañas promocionales para difundir el destino de Andalucía como destino de reuniones y ferias.
- Actuación 3.1.2: Creación de un eslogan que promocione Andalucía para la celebración de reuniones.
- Actuación 3.1.3: Creación de la Mesa Andaluza de la Industria de Reuniones.
- Actuación 3.1.4: Crear una red de destinos andaluces y destinos europeos, al objeto de mejorar el posicionamiento de Andalucía en el mercado internacional.
Programa 3.2: Promoción de la Industria de Reuniones.
- Actuación 3.2.1: Crear un espacio web destinado exclusivamente a la Industria de Reuniones en Andalucía.
- Actuación 3.2.2: Organización de determinados eventos al objeto de dar a conocer la oferta de la Industria de Reuniones en Andalucía.
- Actuación 3.2.3: Incrementar la presencia en ferias relevantes para la Industria de Reuniones.
- Actuación 3.2.4: Promoción internacional en determinados países emergentes y en otros países con tradición turística consolidada.
- Actuación 3.2.5: Líneas de estímulo para la promoción, captación y organización de ferias y congresos.
- Actuación 3.2.6: Diseño de estrategias de promoción específicas con otros segmentos o microsegmentos turísticos.
- Actuación 3.2.7: Promover acuerdos con establecimientos hoteleros y con infraestructuras congresuales y feriales para conseguir ofertas ventajosas de carácter recíproco de cara a captar eventos.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 241, de 11/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 126-130).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 26 de septiembre de 2014

ACTAS DE CONGRESO 2013-1 LA RIOJA (ARGENTINA)

Congreso/Simposio: I CONGRESO ARGENTINO DE PRODUCCIÓN CAPRINA: CALIDAD, PRODUCTIVIDAD, DESARROLLO Y COMPROMISO.
Temática: Producción animal, Ganado caprino, Desarrollo y compromiso sectorial, Producción lechera, Producción cárnica, Otras producciones, Calidad de los productos caprinos, Productividad, Procesos de Transformación e industrialización, Control de Calidad, Comercialización.
Claves: sector ganadero, caprino, desarrollo sectorial, estrategias, innovación, productos lácteos, calidad , transferencia de conocimientos, alimentos caprinos funcionales, elaboración de quesos, control de calidad, consumo.
Contribución: comunicación oral.
Ámbito: internacional.
Título del trabajo: Estrategias de innovación en los productos lácteos caprinos.
Contenidos: Resumen, Introducción, Desarrollo temático, Conclusión, Bibliografía.
Ilustraciones: Gráficos, figuras, tablas.
Autoría: Ares, J.L.; Rey, A.M; Iriarte, M; González, C.
Organización del evento: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Argentina/ Gobierno de la Provincia de la Rioja (Argentina)/ Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).
Lugar de celebración: La Rioja (Argentina).
Fecha: 28-30/08/2013.
Publicación: Memorias del Primer Congreso Argentino de Producción Caprina, Serie: Estudios sobre el Ambiente y el Territorio, nº 9, 2013, 144-148.
Idioma: español.



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).

lunes, 11 de agosto de 2014

REGISTRO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN ALMERÍA (ESPAÑA): NOTIFICACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS DE INSCRIPCIÓN 2014

Mediante el Anuncio de 7 de abril de 2014, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, de la Junta de Andalucía (España), se notifican diversos actos administrativos relativos a procedimientos de inscripción en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.

De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que ha sido intentada la notificación sin que haya surtido efecto, se procede, mediante el presente anuncio, a notificar a las personas que se relacionan los actos que se citan, haciéndose constar que para su conocimiento íntegro y constancia de tal conocimiento podrán comparecer en la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo y Comercio en Almería.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las interesadas en el expediente pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Turismo y Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la presente publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Firmado en Almería, a 7 de abril de 2014, por la Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.

Se relacionan los nombres de los interesados y los actos notificados (ver en BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 72, de 14/04/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 281).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 3 de julio de 2014

APOYO A EMPRESAS CULTURALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONCESIÓN SUBVENCIONES 2013

Mediante la Resolución de 24 de febrero de 2014, de la Dirección General de Industrias Creativas y del Libro, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (España), se hace pública la concesión de subvenciones para el año 2013, al amparo de la Orden que se cita. 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobada por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y artículo 31 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a las subvenciones que se indican en el Anexo, concedidas al amparo de la Orden de 8 de agosto de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a empresas culturales y creativas andaluzas para el fomento de su competitividad, modernización e internacionalización y se efectúa su convocatoria para 2013 (BOJA número 163, de 21 de agosto), con cargo a las aplicaciones correspondientes, haciendo constar específicamente la relación de las personas o entidades beneficiarias, finalidad y cantidades concedidas. Firmada en Sevilla, a 24 de febrero de 2014, por el Director General, David Luque Peso.

En el citado Boletín oficial se pueden consultar los listados de beneficiarios en las tres modalidades siguientes: Introducción de Nuevas Tecnologías, Adecuación de Equipamiento Técnico y Tecnológico, y Promoción y Comercialización (ver tablas).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 57, de 25/03/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, páginas 178-181).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)