jueves, 11 de octubre de 2012

7-CUAJO Y ENZIMAS COAGULANTES: PROHIBICIONES (ESPAÑA)

En el punto 9 del Anexo de la Orden de 14 de enero de 1988 del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno (BOE número 17, 20/01/1988), se establecen las siguientes prohibiciones:

9.1 Que el contenido en cálcio iónico sea superior a 1.000 ppm.

9.2 La adición de cualquier producto que falsee su composición enzimática y/o su poder coagulante.

9.3 La comercialización y uso de cualquier producto que se destine a los mismos fines y no se ajuste a la presente norma.

9.4 La tenencia por la industria de aditivos alimentarios no autorizados para alguno de los productos que elabore dicha industria.



Fuente: Circular informativa (1998). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).
José Luis Ares Cea (profesor)