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jueves, 9 de octubre de 2014

CENTROS ACCESO PÚBLICO A INTERNET EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN ORDEN 7/1/2014

Se modifica la Orden de 7 de enero de 2014, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la Red de Centros de Acceso Público a Internet en municipios y zonas necesitadas de transformación social de Andalucía y de puntos de acceso público a internet en comunidades andaluzas, y se efectúa su convocatoria para 2014 (BOJA número 8, de 14/1/2014).

Advertidos errores en la inserción de la disposición de referencia, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el texto de la disposición adicional segunda sobre los municipios solicitantes susceptibles de ser beneficiarios correspondientes a la provincia de Granada, página 28, debe insertarse el municipio de «Valderrubio», pasando a ubicarse entre los de «Turón» y «Válor» en los siguientes términos:
«Grupo: A. Provincia: Granada. Municipio: Valderrubio.»

En el texto de la disposición adicional tercera sobre las Zonas Necesitadas de Transformación Social de Andalucía, donde se establecen las Zonas Necesitadas de Transformación Social de la provincia de Huelva, página 36,
donde dice:
«Provincia: Huelva. Municipio: Isla Cristina. Zona: Barriada San Francisco o Punta del Moral.»
Debe decir:
«Provincia: Huelva. Municipio: Isla Cristina. Zona: Barriada San Francisco o Punta del Caimán.»

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 123, de 27/06/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, página 7).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 19 de septiembre de 2014

INFOEMPLEO: INVESTIGADORES SELECCIONADOS PROYECTOS DE EXCELENCIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA) RELACIÓN DEFINITIVA RESOLUCIÓN 27/5/2014

Mediante la Resolución de 27 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se dispone la publicación de un extracto del contenido de la Resolución de 27 de mayo de 2014 por la que se pone fin al procedimiento de selección de personal investigador en formación correspondiente a incentivos a proyectos de investigación de excelencia.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 4 de julio de 2013, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se instrumenta el procedimiento de selección de personal investigador formación correspondiente a los incentivos concedidos a proyectos de investigación de excelencia de las universidades y organismos de investigación de Andalucía (BOJA número 134, de 11 de julio de 2013), esta Secretaría General resuelve lo siguiente:

Primero. Hacer público un extracto de la Resolución de 27 de mayo de 2014 por la que se pone fin al proceso de selección de personal investigador en formación correspondiente a los proyectos de investigación de excelencia incentivados mediante las resoluciones de fechas 13 de marzo y 27 de diciembre de 2012 (Orden de 11 de diciembre de 2007).

Segundo. El contenido íntegro de la resolución se encuentra publicado en la página web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, sustituyendo esa publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos, a excepción de la interposición de recursos, cuyos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (ver Anexo en BOJA).

Por Resolución de 4 de julio de 2013 se instrumenta el procedimiento de selección de personal investigador en formación correspondiente a los proyectos de investigación de excelencia incentivados mediante las resoluciones de fechas 13 de marzo y 27 de diciembre de 2012. Una vez cumplidos los trámites establecidos y a propuesta de la Comisión de Selección prevista en la resolución de convocatoria, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, resuelve lo siguiente:

Primero. Hacer pública la relación definitiva del personal investigador en formación seleccionado, suplentes, no seleccionados y excluidos con indicación de la puntuación obtenida y las causas de exclusión, en su caso.

Segundo. Publicar la presente Resolución en la página web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, sustituyendo esta publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos, a excepción de la interposición de recursos, cuyos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto del contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 27 de mayo de 2014, por el Secretario General, Francisco A. Triguero Ruiz.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 107, de 5/06/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 40).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 17 de septiembre de 2014

ACREDITACIÓN COMPETENCIAS PROFESIONALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): RECTIFICACIÓN ORDEN 21/3/14

Mediante el presente texto se modifica la Orden de 21 de marzo de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (España), por la que se convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para determinadas unidades de competencia de la cualificación profesional ADG310_3 "Asistencia Documental y de Gestión en Despachos y Oficinas", en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA número 57, de 25/3/2014).

Advertidos errores en la Orden de 21 de marzo de 2014, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
- En la página 10, Primero. Punto 1:
Donde dice: «... La cualificación profesional ADG310_3 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas, incluida en el certificado de profesionalidad ADG310_3 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas, publicado en el Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de siete cualificaciones profesionales de la Familia profesional Administración y Gestión...».
Debe decir: «... La cualificación profesional ADG310_3 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas, publicado en el Real Decreto 107/2008, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de siete cualificaciones profesionales de la Familia profesional Administración y Gestión, incluida en el certificado de profesionalidad ADGG0308 Asistencia Documental y de Gestión en Despachos y Oficinas regulado por el Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1210/2009, de 17 de julio...».

- En la página 11, punto 2:
Donde dice: «... Podrán participar en este procedimiento las personas trabajadoras que pertenezcan al colectivo al que se refiere el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía,...».
Debe decir: «... Podrán participar en este procedimiento las personas trabajadoras que pertenezcan al colectivo de trabajadores y trabajadoras de apoyo administrativo de los centros públicos de educación infantil y primaria, al que se refiere el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía,…».

- En la página 12, octavo, punto 1:
Donde dice: «… Los centros de referencia para el desarrollo de las fases de asesoramiento y de evaluación del procedimiento son los establecidos en el mencionado Convenio de Colaboración objeto de la presente convocatoria».
Debe decir: «... Los centros de referencia para el desarrollo de las fases de asesoramiento y de evaluación del procedimiento son los establecidos en el mencionado Convenio de Colaboración objeto de la presente convocatoria y que son los siguientes:
- Centro: 41700841, IE S Los Viveros, de Sevilla.
- Centro: 18008841, IE S Cartuja, de Granada.
- Centro: 11007922, IE S Francisco Romero Vargas, Jerez de la Frontera, de Cádiz».

En la página 15, decimosexto, párrafo segundo:
Donde dice: «... En el caso de personas asesoras y evaluadoras que estén percibiendo prestaciones por desempleo deberán comunicar en su correspondiente oficina del SAE su colaboración...».
Debe decir: «... En el caso de personas asesoras y evaluadoras que estén percibiendo prestaciones por desempleo deberán comunicar en su correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) su colaboración...».

En la página 17, se sustituye el formulario del Anexo I por el formulario del Anexo que se adjunta.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 73, de 15/04/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 20-23).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 2 de septiembre de 2014

INFOEMPLEO: ACCIONES FORMATIVAS PARA CONTRATACIÓN EN ANDALUCÍA (ESPAÑA) PROGRAMA 2013

Mediante la Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (España), se hacen públicas las subvenciones concedidas para el desarrollo en la modalidad de formación de oferta del programa de acciones formativas con compromiso de contratación en el año 2013.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 31 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, esta Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, se resuelve lo siguiente:

Dar publicidad a las subvenciones concedidas con la finalidad de realizar acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo del programa de acciones formativas con compromiso de contratación en el año 2013, al amparo de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión del subvenciones y ayudas y otros procedimientos (BOJA número 214, de 3 de noviembre de 2009).

Estas subvenciones se encuentran cofinanciadas por la Unión Europea a través del Programa Operativo de Adaptabilidad y Empleo 2007-2013 del Fondo Social Europeo, en un porcentaje del 80 por ciento:

Expediente/ Persona o entidad beneficiaria/ CIF/ Cantidad/ Aplicación presupuestaria (ver listado en BOJA).

Firmada en Málaga, a 29 de mayo de 2014, por la Delegada, Marta Rueda Barrera.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 73, de 15/04/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 123).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 13 de agosto de 2014

AYUDA ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIAS 2010-2013

Mediante la Orden de 8 de noviembre de 2013, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía (España), se modifica la Orden de 16 de julio de 2010, para la presente convocatoria, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía y se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2010, modificada por la Orden de 19 de abril de 2013, y se realiza nueva convocatoria ordinaria de subvenciones a las Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía para el ejercicio 2013.

La actividad del movimiento asociativo de las personas consumidoras y usuarias, y la protección al consumidor, se ha vertebrado a través del impulso y reconocimiento de las organizaciones y asociaciones de consumidores, mediante un amplio marco normativo que abarca el conjunto del ordenamiento jurídico, tanto en el ámbito de la Unión Europea y en el artículo 51 de la Constitución Española como en los artículos 27 y 58.2.4.ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y en la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

En el ejercicio de la competencia exclusiva que el Estatuto de Autonomía para Andalucía otorga a nuestra Comunidad, la Ley 13/2003, reconoce a las organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios en su artículo 31.5 el derecho a percibir ayudas públicas y otras medidas de apoyo y fomento, que desde las distintas Administraciones Públicas se destinen, en cumplimiento de las obligaciones que les competen en el marco de la protección de los consumidores y fomento de sus organizaciones o asociaciones representativas.

La Orden de 16 de julio de 2010 estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en materia de consumo, a Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía. Por otra parte, mediante la Orden de 19 de abril de 2013, se modifica la Orden de 16 de julio de 2010, y en su disposición adicional tercera se efectúa la convocatoria de las referidas subvenciones para el ejercicio 2013, por un importe total de 711.893,54 euros. En su ejecución se ha aprobado una subvención para el desarrollo de proyectos formativos y de asesoramiento jurídico a las personas consumidoras y usuarias por importe de 244.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.00.01.00.486.01.44H.3.

Por último, hay que señalar que el I Pacto Andaluz por la Garantía de los derechos de los consumidores y usuarios, firmado el 30 de enero de 2012 por la persona titular de la Consejería de Salud, con competencia en materia de consumo, y la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa Al-Andalus, la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios en Acción-FACUA Andalucía y la Unión de Consumidores de Andalucía UCA-UCE, destaca entre sus líneas estratégicas básicas el reconocimiento del papel que tanto la Administración como las organizaciones de consumidores deben desempeñar en la protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias y en la aspiración compartida de alcanzar una mayor legitimación social basada en la utilidad, eficacia y credibilidad.

En ese sentido las asociaciones de personas consumidoras y usuarias han de ser organizaciones fuertes y profesionalizadas, por ello la Administración debe dar un paso en el impulso del movimiento de consumidores apoyando a sus organizaciones. Al objeto de dar cumplimiento al ordenamiento jurídico y hacer efectiva la voluntad institucional decidida del Gobierno Andaluz de potenciar y dar impulso al movimiento asociativo de personas consumidoras y usuarias, es conveniente abrir una nueva convocatoria, dada la existencia de disponibilidad presupuestaria en el programa 44H y el interés por parte de la Administración de la Junta de Andalucía de dar cabida a nuevos proyectos que cumplan con el objeto de las Bases Reguladoras.

Teniendo en cuenta además el carácter extraordinario de la medida y la actual situación de crisis económica aconsejan la utilización de la tramitación de urgencia del procedimiento de concesión de las subvenciones de la nueva convocatoria ordinaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la finalidad de poner a disposición de las posibles personas consumidoras y usuarias, con la mayor celeridad posible, los medios formativos/ informativos y de asesoramiento.

Considerando que la medida anterior contribuirá a fomentar el movimiento asociativo, es por lo que a propuesta de la Secretaría General de Consumo y de conformidad con lo dispuesto en el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes, se dispone lo siguiente.

Artículo 1. La presente Orden tiene por objeto modificar para la presente convocatoria la Orden de 16 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en materia de consumo a Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía y se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2010, modificada por la Orden de 19 de abril de 2013, y aprobar una nueva convocatoria ordinaria para la concesión de subvenciones, en materia de consumo, a las Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía para el ejercicio 2013. La modificación que se realiza mediante la presente Orden se aplicará únicamente a la presente convocatoria.

Artículo 2. Esta nueva convocatoria ordinaria de subvenciones estará sujeta a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 16 de julio de 2010, modificada por la de 19 de abril de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en materia de consumo, a las Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía, excepto en los siguientes aspectos que se modifican:
a) Modificación de la Orden de 16 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en materia de consumo, a Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía, modificada por la Orden de 19 de abril de 2013.
1.Se modifica el apartado 1, párrafo 1, del artículo 3. Actividades subvencionables, quedando redactado de la siguiente manera:
«1. Las subvenciones se concederán, para las actividades realizadas tanto por las Federaciones como por sus Asociaciones provinciales que se ejecuten entre el 1 de septiembre y 31 de diciembre del año en que tenga lugar la convocatoria, y preferentemente para la ejecución de acciones dirigidas a la consecución de las siguientes finalidades:»
2.Se modifica el apartado 2, letras a) y b), del artículo 21, y se añade una letra c), forma y secuencia de pago, quedando redactado de la siguiente manera:
«2. El pago de las subvenciones concedidas se realizará mediante tres pagos en firme de justificación diferida, por transferencia bancaria a la cuenta que la entidad beneficiaria haya indicado en su solicitud, y según los siguientes porcentajes y calendario:
a) El 25% del importe total de la subvención concedida, una vez notificada su concesión.
b) El 50% del importe total de la subvención concedida, una vez notificada su concesión.
c) El 25% del importe total de la subvención concedida, una vez justificado el gasto del primer pago.»
3.Se modifica el apartado 3, del artículo 22, justificación de la subvención, quedando redactado de la siguiente manera:
«3. Sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos exigibles a las facturas establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, la cuenta justificativa, a la que alude el artículo 21.1 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, habrá de efectuarse de la siguiente forma:
a) Antes del 10 de diciembre del ejercicio corriente se habrá de justificar el gasto correspondiente al 25% de la subvención, mediante certificación del Secretario, con el visto bueno del Presidente, relativa a cada una de las actividades realizadas que han sido financiadas por la Administración de la Junta de Andalucía y del coste de cada una de las mismas, desglosando cada uno de los gastos realizados, a la que se acompañará justificantes de los gastos correspondientes a dicho porcentaje, consistente en un ejemplar de cada una de las facturas originales, con su correspondiente fecha y recibí firmado, debiendo constar el nombre y Código o Número de Identificación Fiscal tanto de la asociación subvencionada como del emisor de la factura, o los demás documentos con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente. Las facturas y demás documentos a los que se ha hecho referencia habrán de presentarse relacionadas, numeradas y ordenadas conforme al presupuesto aceptado en la resolución de concesión para cada uno de los programas subvencionados, acorde con las partidas detalladas en el presupuesto de gastos presentado.
b) El 75% restante o el 100% tratándose de aquellas subvenciones cuya cuantía global por beneficiario no exceda de seis mil cincuenta (6.050 euros) u otros supuestos de la Ley anual de Presupuestos, en el plazo de tres meses desde la fecha de finalización del plazo de ejecución de las actividades subvencionables, mediante los justificantes de los gastos correspondientes a dicho porcentaje, conteniendo los documentos en la misma forma prevista en la letra a) del presente apartado. Asimismo, deberá aportarse la siguiente documentación referida a la totalidad de la actividad subvencionada.»
No podrán obtener subvención/subvencionarse con cargo a esta nueva convocatoria ordinaria actividades ya presentadas y subvencionadas conforme a la convocatoria ordinaria de 19 de abril de 2013.
c) Las subvenciones a conceder en base a esta nueva convocatoria ordinaria se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.00.01.00.486.01.44H.3., con un importe total de 467.393,54 euros.
d) El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
e) Este procedimiento se tramitará por el procedimiento de urgencia en los términos establecidos en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición adicional única. Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.
La entrada en vigor de la Ley 5/2012, de 26 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2013, en su artículo 26.4, establece que los órganos competentes para conceder subvenciones o ayudas para, con cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, pueden dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar las convocatorias futuras.
Del mismo modo, y con el mismo fin de interés general, los órganos competentes para conceder subvenciones o ayudas podrán modificar las bases reguladoras vigentes para prever, como causa de modificación de las resoluciones de concesión, las decisiones dirigidas al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. La modificación, por estos motivos, de las subvenciones concedidas en el momento de la entrada en vigor de esta Ley, si no estuvieran previstos en las bases o convocatorias que resultasen en su caso de aplicación, o en caso de subvenciones nominativas o excepcionales sin previsión expresa en el mismo sentido, requerirá la previa solicitud o la conformidad de sus beneficiarios.

Disposición final primera. Autorización.
Se faculta a la Secretaria General de Consumo para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 8 de noviembre de 2013, por el Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales. Diego Valderas Sosa.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 222, de 12/11/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 9-11).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 6 de agosto de 2014

FOMENTO EMPLEO AGRARIO ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIA PROGRAMA 2014

Mediante el Acuerdo de 24 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), se autoriza a la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales para la concesión de las subvenciones relativas a la convocatoria del Programa de Fomento de Empleo Agrario en el ejercicio 2014, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Desde el año 1986, la Junta de Andalucía participa activamente en la financiación de los proyectos municipales de obras y servicios comprendidos en el Programa de Fomento de Empleo Agrario, siendo este un instrumento relevante para el desarrollo rural de nuestra Comunidad, el cual ha contribuido a la profunda transformación que ha experimentado Andalucía durante estos años.

La colaboración entre los niveles de gobierno estatal, autonómico y local mediante este Programa ha hecho posible la conclusión de un gran número de proyectos que han supuesto, además de una consolidación del nivel de inversión en obras y servicios de interés general localizadas en el territorio, sobre todo en el entorno rural, la contratación de personas desempleadas.

El objeto de este instrumento, articulado mediante la concesión de subvenciones, es la inversión en infraestructuras que proporcionen empleo a corto plazo pero que también sirvan de apoyo a una sociedad interesada en generar riqueza que permita conseguir un mayor empleo en zonas rurales. Esto se traduce, año tras año, en un elemento coadyuvante a la mejora de las condiciones de vida de los trabajadores agrarios, tanto en lo referido a sus rentas como a sus empleos, así como en un sustancial avance en las dotaciones de los municipios andaluces, de sus infraestructuras y equipamientos básicos.

En el ejercicio presupuestario 2014, al igual que ya se hizo en años anteriores, la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, cooperará económicamente en el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario en colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal mediante el otorgamiento de subvenciones a las Diputaciones Provinciales para la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos a dicho programa, cuyos destinatarios finales son las Entidades Locales. Criterios de prudencia han aconsejado continuar con esta medida para el año 2014, dada la dureza y profundidad de la crisis económica en la que aún estamos inmersos.

La cuantía a subvencionar con cargo al Programa de Fomento de Empleo Agrario en el ejercicio 2014 asciende a 44.313.884,42 euros. Dicha cantidad se distribuye conforme a lo previsto en el artículo 5.2 de la Orden de 17 de junio de 2014, por la que se determinan las normas reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario 2014, y se efectúa su convocatoria, correspondiendo a cada provincia las cantidades que a continuación se indican:

-ALMERÍA: 2.536.637,42 €
-CÁDIZ: 4.671.191,84 €
-CÓRDOBA: 6.806.678,34 €
-GRANADA: 6.023.605,89 €
-HUELVA: 3.680.657,73 €
-JAÉN: 5.678.887,63 €
-MÁLAGA: 4.922.560,36 €
-SEVILLA: 9.993.665,21 €

No obstante, en el caso de que las subvenciones superen el importe de 3.005.060,52 euros, requerirán autorización del Consejo de Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, es por lo que resulta necesario la aprobación de la correspondiente autorización. La cuantía total a subvencionar se imputará con cargo a los créditos consignados en las aplicaciones presupuestarias 0.1.09.00.01.00.76300.81A.4 y 3.1.09.00.01.00.76300.81A.7.2015 de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales.

Por cuanto antecede, a propuesta del Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de junio de 2014, se acuerda lo siguiente.

Autorizar a la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, en aplicación de lo previsto en el artículo 115.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, para conceder las subvenciones a las Diputaciones Provinciales andaluzas previstas en la Orden de 17 de junio de 2014, por la que se determinan las normas reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario 2014, y se efectúa su convocatoria, por un importe total de 41.777.247,00 euros y conforme al siguiente desglose:

-ALMERÍA: 3.005.060,52 euros
-CÁDIZ: 4.671.191,84 €
-CÓRDOBA: 6.806.678,34 €
-GRANADA: 6.023.605,89 €
-HUELVA: 3.680.657,73 €
-JAÉN: 5.678.887,63 €
-MÁLAGA: 4.922.560,36 €
-SEVILLA: 9.993.665,21 €

Esta autorización llevará implícita la aprobación del gasto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 24 de junio de 2014, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales, Diego Valderas Sosa.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 122, de 26/06/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 19 y 20).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 4 de julio de 2014

FOMENTO RAZAS GANADERAS AUTÓCTONAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN ORDEN 7/5/2014

En relación con la Orden de 7 de mayo de 2014, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se convocan para el año 2014 las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, donde se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, se realizan las correcciones que se detallan a continuación. 

La mencionada Orden de 7 de mayo de 2014, por la que se convocan para el año 2014 las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012 ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 91, de 14 de mayo de 2014), y advertido el error de omisión de la publicación de los Anexos I y II, mencionados en la citada convocatoria, se procede a la subsanación mediante su inclusión en la presente (ver anexos).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 100, de 27/05/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 24-29).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 3 de julio de 2014

CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE EN SEVILLA (ESPAÑA): SUSPENSIÓN DE INCENTIVOS 2014-15

Mediante la Resolución de 9 de junio de 2014, de la Secretaría General de la Agencia Andaluza de la Energía, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España). se dispone la publicación de la Resolución de 9 de junio de 2014, de la Dirección-Gerencia, por la que se suspende la convocatoria de los incentivos correspondientes a la provincia de Sevilla acogidos al Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible de Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015.

En fecha 9 de junio de 2014, se ha dictado por parte de la Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, Resolución por la que se suspende la convocatoria de los incentivos correspondientes a la provincia de Sevilla, acogidos al Decreto-ley 1/2014, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.2 y 15 de la citada norma, se dispone la publicación de la mencionada Resolución que figura como Anexo.

ANEXO

Con fecha 26 de marzo de 2014 (BOJA núm. 58) fue publicado el Decreto-ley 1/2014, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015. La concesión de los incentivos acogidos al Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, está limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del citado Decreto-ley, y en artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, estableciéndose en el artículo 7.4 de dicha norma una distribución provincial del presupuesto destinado a los referidos incentivos, conforme al peso poblacional de cada una de las provincias de Andalucía (Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, 2011), con el fin de facilitar la consecución del principio de cohesión territorial, y asignándose los siguientes importes por provincia (ver tabla en Anexo).

De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto-ley 1/2014, el plazo de presentación de solicitudes de incentivos, que comenzó el 1 de abril de 2014, permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión cuando concurra el supuesto previsto en el artículo 7.2, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Igualmente el citado artículo 7.2 dispone que, en orden al cumplimiento de la normativa reguladora de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, con cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, podrá dejar sin efecto la convocatoria de aquellos incentivos que no hayan sido objeto de resolución de concesión conforme a la distribución provincial prevista en el apartado 4 de dicho precepto. El artículo 28.4 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, establece, asimismo, la facultad al órgano concedente para suspender o no realizar las convocatorias futuras.

Por último, la disposición adicional quinta del Decreto-ley 1/2014, faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, en función de la distribución territorial de la ejecución del Programa regulado en el citado Decreto-ley, para adoptar, a partir del 30 de septiembre de 2014, las disposiciones necesarias para asegurar el aprovechamiento completo de los fondos destinados a los incentivos, incluyendo la actualización de la redistribución de los créditos previstos en el artículo 7.4, y los porcentajes de incentivos previstos en los Anexos I y II del Decreto-ley. A tal efecto, se dictará la correspondiente resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Desde el 1 de abril de 2014 se han realizado en la provincia de Sevilla reservas de fondos y solicitudes de incentivos cuyas cuantías suponen el agotamiento del crédito presupuestario previsto en el Decreto-ley 1/2014, para la citada provincia, por lo que procede suspender la convocatoria de incentivos correspondientes a la citada provincia por falta de disponibilidad presupuestaria, quedando, por tanto, suspendidos, respecto de dicha provincia, los plazos para presentar solicitudes de reserva e incentivos acogidos al referido Decreto-ley, todo ello sin perjuicio de la redistribución de los créditos y/o de los porcentajes de los incentivos que pueda realizarse de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la citada norma, a partir del 30 de septiembre de 2014 o, en su caso, de la declaración de la conclusión del plazo para la presentación de solicitudes de los incentivos, mediante la correspondiente Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Vistos los preceptos legales indicados y demás de general aplicación, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.2 y 15 del Decreto-ley 1/2014, la citada Dirección Gerencia resuelve lo siguiente:

Primero. Suspender la convocatoria de los incentivos correspondientes a la provincia de Sevilla acogidos al Decreto-ley 1/2014, por agotamiento del presupuesto asignado a la citada provincia, quedando suspendidos, en consecuencia, los plazos para presentar solicitudes de reserva de fondos e incentivos en dicha provincia, hasta tanto no se dicte por parte de esta Dirección Gerencia, bien la Resolución mediante la que se declare la conclusión del plazo para presentar solicitudes de incentivo, bien la Resolución por la que se actualice la redistribución de los créditos y/o los porcentajes de los incentivos prevista en la disposición adicional quinta del citado Decreto-ley.

Segundo. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Andaluza de la Energía en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma. Firmada por la Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, Natalia González Hereza. Dada en Sevilla, a 9 de junio de 2014, por la Secretaria General, Marbella Escobar Morales.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 113, de 13/06/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 50 y 51).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE EN MÁLAGA (ESPAÑA): SUSPENSIÓN DE INCENTIVOS 2014-15

Mediante la Resolución de 9 de junio de 2014, de la Secretaría General de la Agencia Andaluza de la Energía, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se dispone la publicación de la Resolución de 9 de junio de 2014, de la Dirección-Gerencia por la que se suspende la convocatoria de los incentivos correspondientes a la provincia de Málaga acogidos al Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible de Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015.

En fecha 9 de junio de 2014, se ha dictado por parte de la Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, Resolución por la que se suspende la convocatoria de los incentivos correspondientes a la provincia de Málaga, acogidos al Decreto-ley 1/2014, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.2 y 15 de la citada norma, se dispone la publicación de la mencionada Resolución que figura como Anexo.

ANEXO

Con fecha 26 de marzo de 2014 (BOJA nº 58), fue publicado el Decreto-ley 1/2014, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015. La concesión de los incentivos acogidos al Decreto-ley 1/2014 está limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del citado Decreto-ley, y en artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, estableciéndose en el artículo 7.4 de dicha norma una distribución provincial del presupuesto destinado a los referidos incentivos, conforme al peso poblacional de cada una de las provincias de Andalucía (Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, 2011), con el fin de facilitar la consecución del principio de cohesión territorial, y asignándose los siguientes importes por provincia (ver tabla en Anexo).

De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto-ley 1/2014, el plazo de presentación de solicitudes de incentivos, que comenzó el 1 de abril de 2014, permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión cuando concurra el supuesto previsto en el artículo 7.2, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Igualmente el citado artículo 7.2 dispone que, en orden al cumplimiento de la normativa reguladora de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, con cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, podrá dejar sin efecto la convocatoria de aquellos incentivos que no hayan sido objeto de resolución de concesión conforme a la distribución provincial prevista en el apartado 4 de dicho precepto. El artículo 28.4 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, establece, asimismo, la facultad al órgano concedente para suspender o no realizar las convocatorias futuras.

Por último, la disposición adicional quinta del Decreto-ley 1/2014, faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, en función de la distribución territorial de la ejecución del Programa regulado en el citado Decreto-ley, para adoptar, a partir del 30 de septiembre de 2014, las disposiciones necesarias para asegurar el aprovechamiento completo de los fondos destinados a los incentivos, incluyendo la actualización de la redistribución de los créditos previstos en el artículo 7.4, y los porcentajes de incentivos previstos en los Anexos I y II del decreto-ley. A tal efecto, se dictará la correspondiente resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Desde el 1 de abril de 2014, se han realizado en la provincia de Málaga reservas de fondos y solicitudes de incentivos cuyas cuantías suponen el agotamiento del crédito presupuestario previsto en el Decreto-ley 1/2014 para la citada provincia, por lo que procede suspender la convocatoria de incentivos correspondientes a la citada provincia por falta de disponibilidad presupuestaria, quedando, por tanto, suspendidos, respecto de dicha provincia, los plazos para presentar solicitudes de reserva e incentivos acogidos al referido Decreto-ley, todo ello sin perjuicio de la redistribución de los créditos y/o de los porcentajes de los incentivos que pueda realizarse de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la citada norma, a partir del 30 de septiembre de 2014, o, en su caso, de la declaración de la conclusión del plazo para la presentación de solicitudes de los incentivos, mediante la correspondiente Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Vistos los preceptos legales indicados y demás de general aplicación, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.2 y 15 del Decreto-ley 1/2014, esta Dirección Gerencia, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Suspender la convocatoria de los incentivos correspondientes a la provincia de Málaga acogidos al Decreto-ley 1/2014, por agotamiento del presupuesto asignado a la citada provincia, quedando suspendidos, en consecuencia, los plazos para presentar solicitudes de reserva de fondos e incentivos en dicha provincia, hasta tanto no se dicte por parte de esta Dirección Gerencia, bien la Resolución mediante la que se declare la conclusión del plazo para presentar solicitudes de incentivo, bien la Resolución por la que se actualice la redistribución de los créditos y/o los porcentajes de los incentivos prevista en la disposición adicional quinta del citado Decreto-ley.

Segundo. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Andaluza de la Energía en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma. Firmada por la Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, Natalia González Hereza. Sevilla, a 9 de junio de 2014, por la Secretaria General, Marbella Escobar Morales.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 113, de 13/06/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 52 y 53).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

AUTORIZACIÓN AMBIENTAL DESARROLLO DE PROYECTOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): INFORMACIÓN PÚBLICA DE SOLICITUDES 2014

Las solicitudes de Autorización Ambiental Unificada para el desarrollo de proyectos en el territorio de Andalucía (España) se someten a información pública durante un período de tiempo determinado en la correspondiente resolución publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), para la formulación de las alegaciones que los interesados estimen convenientes.

A modo de ejemplo, se incluye a continuación el texto de la Resolución de 26 de marzo de 2014, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almería, perteneciente a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se somete a información pública la solicitud de Autorización Ambiental Unificada para el «Proyecto CTAER: Acceso y adecuación para implantación», en el Paraje de los Retamales en el término municipal de Tabernas (Almería). 

A fin de cumplimentar lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la citada Delegación Territorial resuelve lo siguiente: 

Someter a información pública durante treinta días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada del proyecto promovido por la entidad Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, denominado «Proyecto CTAER: Acceso y adecuación para implantación», en el Paraje de los Retamales en el término municipal de Tabernas (Almería). Dicho período de Información Pública será común para todas aquellas autorizaciones y pronunciamientos ambientales competencia de esta Delegación Territorial y que resulten necesarias con carácter previo para la implantación y puesta en marcha de la actuación. Durante este plazo los interesados podrán formular las alegaciones que estimen convenientes.

A tal efecto el Proyecto Técnico y el Estudio de Impacto Ambiental del citado proyecto estarán a disposición de los interesados, de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, en la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, sita en la ciudad de Almería. Firmada en Almería, a 26 de marzo de 2014, por el Delegado, José Manuel Ortiz Bono.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 118, de 20/06/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 270).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 2 de julio de 2014

PLAN GENERAL ORDENACIÓN URBANÍSTICA 2014 DE ARACENA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 7 de mayo de 2014, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, de la Junta de Andalucía, emitida por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se hace público el cumplimiento de resolución del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) del término municipal de Aracena (Huelva, España). 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 117, de 19/06/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, página 2 y siguientes).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 4 de junio de 2014

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): NOTIFICACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS

La Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España) es el departamento de la notificación de actos administrativos en materias de su competencia. A modo de ejemplo, se incluye el Anuncio de 2 de mayo de 2014, de la citada Dirección General, por el que se notifica el acto administrativo indicado en el mismo.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada, sin efecto, la notificación personal en el domicilio que consta en el expediente, por el presente anuncio se notifica a la entidad que figura en el Anexo adjunto el acto administrativo que se indica.

El texto íntegro del mencionado acto se encuentra a disposición de la entidad en el lugar que se indica en el Anexo, en donde podrá comparecer en el plazo de diez días a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se le dará por notificado en el día de la publicación del presente anuncio. Firmado en Sevilla, a 2 de mayo de 2014, por la Directora General, Ana María Romero Obrero.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 89, de 12/05/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 224).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 16 de abril de 2014

AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL: SUBVENCIONES 2013 (CUARTO TRIMESTRE)

Mediante la Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía (España), se publican las subvenciones de carácter reglado concedidas al amparo de la Orden de 20 de febrero de 2012, en el cuarto trimestre de 2013.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 123.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo ha acordado hacer pública, con indicación de las entidades beneficiarias, el título de las intervenciones, la zona geográfica y el importe concedido, la relación de subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre del año 2013 a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, al amparo de la Orden de 20 de febrero de 2012 (BOJA nº 43, de 2 de marzo de 2012), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de Cooperación internacional para el Desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, con cargo a su Programa de Actuación, Inversiones y Financiación del ejercicio 2013.

Firmada en Sevilla, a 11 de febrero de 2014, por el Director de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Enrique Pablo Centella Gómez.

En la presente Resolución se incluyen las entidades beneficiarias en cada una de las siguientes modalidades:
-Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
-Proyectos de Acción Humanitaria, excepto las Emergencias.
-Proyectos de Educación para el Desarrollo.
-Proyectos de Formación y/o Investigación.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 37, de 24/02/2014 (apartado 5 Otros anuncios oficiales, páginas 109-115).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 25 de marzo de 2014

PROMOCIÓN ECONOMÍA SOCIAL EN JAÉN (ESPAÑA): SUBVENCIONES FOMENTO DEL EMPLEO ASOCIADO 2013

Mediante la Resolución de 19 de diciembre de 2013, de la Delegación Territorial en Jaén de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se acuerda la publicación de subvenciones concedidas al amparo de los Programas de Promoción de la Economía Social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 30 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley citada, así como el artículo 123 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, esta Delegación Territorial, ha resuelto dar publicidad a la relación de expedientes de subvenciones con cargo al Programa Presupuestario 72C y al amparo de la Orden de 29 de junio de 2009, sobre desarrollo de los programas de Promoción de la Economía Social. 

En la presente Resolución se incluye la relación de las entidades beneficiarias dentro del Programa de "Fomento del Empleo Asociado" y los importes subvencionados en cada caso (ver listado). Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Firmada en Jaén, a 19 de diciembre de 2013, por la Delegada, Ana Cobo Carmona.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 26, de 7/02/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, páginas 108 y 109).




Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 21 de marzo de 2014

AGENCIA ANDALUZA DEL CONOCIMIENTO (ESPAÑA): PRESUPUESTO 2014

Mediante la Orden de 7 de febrero de 2014, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía (España), se dispone la publicación de los Presupuestos de Explotación y de Capital y del Programa de Actuación, Inversión y Financiación de la Agencia Andaluza del Conocimiento.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, en relación con lo dispuesto en el artículo 60.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, se procede a la publicación de los Presupuestos de Explotación y de Capital y del Programa de Actuación, Inversión y Financiación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, que figuran en el Anexo de la presente Orden.

Firmada en Sevilla, a 7 de febrero de 2014, por la Consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero Cuadrado.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 52, de 18/03/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 195-223).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 15 de enero de 2014

PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONTRATOS ADJUDICADOS 2013

Mediante la Resolución de 17 de mayo de 2013, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (España), se publica la relación de los contratos de publicidad institucional adjudicados, las ayudas y subvenciones concedidas y los convenios celebrados con medios de comunicación, agencias y empresas del sector en materia de actividad publicitaria, durante el primer cuatrimestre del año 2013. 

De conformidad con lo previsto en los artículos 7 y 8 de la Ley 6/2005, de 8 de abril, reguladora de la actividad publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, y en los artículos 4 y 5 del Decreto 29/2006, de 7 de febrero, por el que se desarrollan medidas de transparencia previstas en la citada Ley, a continuación se relacionan los contratos de publicidad institucional adjudicados, las ayudas y subvenciones concedidas y los convenios celebrados con medios de comunicación, agencias y empresas del sector en materia de actividad publicitaria, durante el primer cuatrimestre del año 2013. Firmada en Sevilla, a 17 de mayo de 2013, por el Secretario General Técnico, Antonio J. Hidalgo López.

Anexo I. Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, periodo del 1/1/2013 al 30/4/2013.

Contratos de Publicidad Institucional: 

1.Objeto del Contrato: Prestación de servicio para el diseño, montaje, desmontaje del stand y asistencia técnica integral para la participación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en el evento Mediterranean Seafood Exposition 2013. 
Cuantía: 62.995,00 euros
Nombre del adjudicatario: Viajes El Corte Inglés, S.A.

2.Objeto del Contrato: Prestación de servicio para el diseño, desmontaje del stand y asistencia técnica integral para la participación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en el evento European Seafood Exposition 2012. 
Cuantía: 76.500,00 euros
Nombre del adjudicatario: Viajes El Corte Inglés, S.A. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 102, de 28/05/2013 (apartado 5.2. Otros anuncios oficiales, página 112).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 26 de noviembre de 2013

PREMIOS AL COOPERATIVISMO 'ARCO IRIS' EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): JURADO CONVOCATORIA 2012

Mediante la Resolución de 5 de julio de 2013, de la Viceconsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se hace pública la composición del Jurado de los Premios Arco Iris del Cooperativismo 2012, en su vigesimoquinta edición. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Orden de 26 de julio de 2012, por la que se regula la tramitación telemática de los procedimientos de inscripción y de certificación relativos al Registro de Cooperativas de Andalucía y al Registro de Sociedades Laborales de Andalucía, se hace pública la composición del Jurado de los Premios Arco Iris 2012.

El Jurado designado por la Viceconsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo está compuesto por los siguientes miembros:

Titular: Doña Susana Radío Postigo.

Suplente: Doña Patricia Aragón Chirino.

Titular: Doña Vanessa Bernad González.

Suplente: Don Rafael González Elorz.

Titular: Don Rafael Sánchez de Puerta Díaz, de Faeca.

Suplente: Doña Ana Sánchez Nieto-Sandóval, de Faeca.

Titular: Don Jaime Martínez Conradi Álamo, de Faeca.

Suplente: Don Eduardo Chacón Solís, de Faeca.

Titular: Doña Patrocinio Wals Foche, de Faecta.

Suplente: Don Antonio Rivero López, de Faecta.

Titular: Doña M.ª Dolores Sanjuán Jurado, de Faecta.

Suplente: Don Luis Miguel Jurado Mancilla, de Faecta.

Titular: Don Gregorio Ojuelos Gómez, de Fedeccon.

Suplente: Don David Jiménez Cabeza, de Emcofeantran.

Firmada en Sevilla, a 5 de julio de 2013, por el Viceconsejero, Luis Nieto Ballesteros. 

Más información:  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 134, de 11/7/2013 (apartado 3 Otras disposiciones, página 82).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)