martes, 16 de septiembre de 2014

PLANTA PILOTO LÁCTEOS: DIVULGACIÓN MEMORIA ACTIVIDADES 1987/89 (ESPAÑA)

La Divulgación de actividades es la principal finalidad de la Planta Piloto de Lácteos, entendiendo que todas las actuaciones realizadas deben ir encaminadas a la mejora del sector, contribuyendo al mismo tiempo en la transmisión de información a consumidores y usuarios, y a elevar el nivel de la cultura alimentaria de la sociedad en su conjunto, tal como se refleja en esta I Memoria de Actividades correspondiente al período 1987/89. 

La Planta Piloto de Lácteos de la Dirección General de Investigación y Extensión Agrarias de la Junta de Andalucía nace en 1986, y sus instalaciones se encuentran ubicadas en localidad de Hinojosa del Duque, comarca de Los Pedroches, al norte de la provincia Córdoba (España).

Las actividades de divulgación se han realizado en las propias instalaciones de la Planta Piloto de Lácteos y en otras instituciones, entidades y empresas, contando con la asistencia de agricultores, ganaderos, productores de leche, elaboradores de productos artesanales e industriales, estudiantes, profesores, investigadores, consumidores, etc. En este sentido, se han organizado diversas mesas de trabajo, seminarios y debates de carácter divulgativo; asimismo, se han impartido charlas-coloquio sobre distintos aspectos de interés para el sector lácteo. Como complemento de estas actividades de divulgación se han redactado varios trabajos e informes que serán publicados próximamente.

Debido a las numerosas actuaciones divulgativas realizadas por el personal de la Planta Piloto de Lácteos durante el período 1987/1989, se resumen a continuación solamente algunas de ellas:

1-Charlas, seminarios y conferencias: seguidamente se incluyen algunas de las actividades divulgativas ordenadas cronológicamente, con indicación del lugar de realización y el personal de la Planta Piloto participante en las mismas:
-Charla-coloquio sobre "Quesos artesanales de Andalucía". Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos (ETSIA). Universidad de Córdoba, 1987. Impartida por J. L. Ares.
-Seminario sobre Tecnología utilizadas en la Elaboración de Quesos tradicionales". Centro de Investigación y Desarrollo Agrario (CIDA). Córdoba, 1988. J. L. Ares.
-Charla-coloquio sobre "Elaboración de Quesos artesanales". Centro de Capacitación y Experimentación Agrarias (CCEA). Hinojosa del Duque, 1988. J. L. Ares.
-Conferencia sobre Elaboración de Quesos artesanales andaluces. Curso de Perfeccionamiento Profesional en Técnicas de Elaboración de alimentos genuinos andaluces. Asociación de Científicos y Tecnólogos de los Alimentos en Andalucía (ACTA-A). Córdoba, 1989. J. L. Ares.
-Conferencia sobre "Situación actual y perspectiva de la carrera de Ingeniero Agrónomo". Ciclo de Orientación Estudiantil y Profesional. Instituto de Bachillerato 'López Neyra'. Consejería de Educación y Ciencia. Córdoba, 1989. J. L. Ares.
-Conferencia sobre Procesos de elaboración de quesos. II Jornadas de Caprino en Zonas áridas. Albox, 1989. J. L. Ares.
-Conferencia sobre "La Planificación del trabajo en un Centro de recogida de leche: Métodos y Técnicas de Control de calidad". Centro de Capacitación y Experimentación Agrarias (CCEA). Hinojosa del Duque, 1989. M. R. García.
-Conferencia sobre "Elaboración artesanal de Quesos de leche de oveja". V Jornadas de la Oveja Segureña. Diputación Provincial de Jaén. Santiago de la Espada, 1989. J. L. Ares.
-Conferencia sobre "Elaboración artesanal de Quesos de leche de cabra". II Jornadas del Ganado Caprino. Diputación Provincial de Jaén. Alcalá La Real, 1989. J. L. Ares.
-Mesas de trabajo en las instalaciones de la Planta Piloto de Lácteos: se ha contado con la asistencia de distintos participantes de 24 localidades de las provincias de Almería, Badajoz, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Madrid, Málaga, Murcia, Sevilla y Toledo. Estas actividades divulgativas, coordinadas por J. L. Ares, han incluido visitas explicativas realizadas en las instalaciones de la Planta Piloto.

2-Comunicaciones, ponencias y publicaciones: algunas de estas actividades divulgativas han sido publicadas o enviadas para su publicación, con objeto de ampliar su difusión en el sector lácteo.
-"Primeras visitas a Queserías de Andalucía: Recogida de datos básicos para la elaboración del Cuestionario-modelo". Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (95 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Modelo de Cuestionario para encuestar a elaboradores de quesos artesanales en Andalucía". Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (80 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Encuesta a los queseros artesanos de Andalucía: Cuestionario de Tecnología Lechera". Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (93 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Encuesta a los queseros artesanos de Andalucía: Cuestionario de Tecnología Quesera (I)". Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (184 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Encuesta a los queseros artesanos de Andalucía: Cuestionario de Tecnología Quesera (II)". Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (239 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Encuesta a los queseros artesanos de Andalucía: Cuestionario de Tipificación. Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (95 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Encuesta a los queseros artesanos de Andalucía: Cuestionario de Economía y Empresa". Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (89 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Encuesta a los queseros artesanos de Andalucía: Cuestionario de Calidad de Vida". Documento de trabajo. CIDA/ ETSIA. Córdoba, 1987 (46 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Prospección en el sector quesero artesanal de Andalucía: Tecnologías y aspectos socioeconómicos". Memoria de investigación. Universidad de Córdoba, 1988 (15 páginas). Autor: J. L. Ares.
-"Prospección tecnológica en Quesos artesanales". Colección Seminarios. Centro de Investigación y Desarrollo Agrario (CIDA). Córdoba, 1988 (en prensa). Autor: J. L. Ares.
-"Quesos andaluces tradicionales". En libro 'Técnicas de Elaboración de Alimentos genuinos andaluces'. Asociación de Científicos y Tecnólogos de los Alimentos en Andalucía (ACTA-A). Córdoba, 1989 (en prensa). Autor: J. L. Ares.
-"Elaboración de quesos como alternativa a la comercialización de la leche". Delegación Provincial de Agricultura y Pesca de Almería. Sevilla, 1989 (en prensa). Autor: J. L. Ares.
-"Quesos de Andalucía". En 'Catálogo de Quesos de España'. Instituto Nacional de Denominaciones de Origen (INDO). Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA). Madrid, 1989 (aceptado). Autores: J. L. Ares, y R. Moreno.

3-Notas informativas y entrevistas en medios de comunicación: el personal de la Planta Piloto de Lácteos ha realizado diversas actividades divulgativas en medios de comunicación local, provincial y regional, mediante notas informativas, entrevistas y ruedas de prensa.



Fuente: I Memoria de Actividades 1987-1989 de la Planta Piloto de Lácteos de Hinojosa del Duque (Córdoba, España): Divulgación. Dirección General de Investigación y Extensión Agrarias. Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía (España).
José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos 1987-2002)

lunes, 15 de septiembre de 2014

FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES CUARTO TRIMESTRE 2013

Mediante la Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Dirección General de Economía Social, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se hacen públicas las subvenciones concedidas en el cuarto trimestre de 2013, reguladas y convocadas con cargo al Programa Presupuestario 72 C «Desarrollo Económico y Fomento Empresarial», mediante un procedimiento de concesión iniciado de oficio y en régimen de concurrencia competitiva, respecto a las medidas Difusión y Promoción de la Economía Social, Fomento de la Innovación y la Competitividad Empresaria y Formación Profesional para la Economía Social, reguladas en los artículos 4.1, 4.2 y 5.1 de la Orden de 29 de junio de 2009.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobada por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 31 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, esta Dirección General de Economía Social ha resuelto dar publicidad a la relación de subvenciones concedidas en el cuarto trimestre de 2013, reguladas en los artículos 4.1, 4.2 y 5.1 de la Orden de 29 de junio de 2009, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de apoyo a la innovación y al desarrollo de la economía social, y se efectúa su convocatoria para los ejercicios 2009 a 2013.

A. Medida Difusión y Promoción de la Economía Social.
Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.01.72C.5.
Subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea mediante el Fondo Social Europeo dentro del «Programa Operativo Fondo Social Europeo de Andalucía 2007-2013», con un porcentaje de cofinanciación del 80%.
A.1. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 75.600 euros.
Finalidad de la subvención: Serie documental participativa: La economía social, motor de desarrollo en Andalucía.
A.2. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 78.500 euros.
Finalidad de la subvención: Campaña de difusión de la economía social en redes sociales.
A.3. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 80.000 euros.
Finalidad de la subvención: Mantenimiento de un programa de incentivos para el desarrollo de ideas innovadoras en el ámbito universitario.
A.4. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 80.000 euros.
Finalidad de la subvención: Desarrollo de un programa de incentivos para el desarrollo de ideas innovadoras en el ámbito de la formación profesional.
A.5. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 40.000 euros.
Finalidad de la subvención: IV congreso de cooperativas agroalimentarias de Andalucía.
A.6. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 44.000 euros.
Finalidad de la subvención: Monitoreo y buenas prácticas de liderazgos exitosos de mujeres.
A.7. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 84.000 euros.
Finalidad de la subvención: Diseño metodológico para implementar dinámicas de economía social en el tejido asociativo de carácter social de mujeres.
A.8. Entidad beneficiaria: Empresas Cooperativas Federadas Andaluzas de Transporte (EMCOFEANTRAN).
Cantidad concedida: 120.000 euros.
Finalidad de la subvención: Ejecución de 80 jornadas relacionadas con la economía social y el sector de transportes para la difusión y promoción de los valores cooperativos.
A.9. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 200.000 euros.
Finalidad de la subvención: Jornadas de fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario.
A.10. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 89.500 euros.
Finalidad de la subvención: Encuentros empresariales de la economía social.
A.11. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 86.900 euros.
Finalidad de la subvención: Economía social: desarrollo local y regional.
A.12. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 100.000 euros.
Finalidad de la subvención: Campaña de difusión/comunicación sobre cooperativismo de trabajo.
A.13. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 54.000 euros.
Finalidad de la subvención: Sensibilización y fomento del emprendimiento a través del cooperativismo de trabajo en universidades dirigida al colectivo universitario.
A.14. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 80.000 euros.
Finalidad de la subvención: Mejora del conocimiento del cooperativismo de trabajo en los prescriptores de empresas.
A.15. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 60.000 euros.
Finalidad de la subvención: Mejora del conocimiento del cooperativismo de trabajo en los docentes de formación reglada.
A.16. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 80.600 euros.
Finalidad de la subvención: Asistencia y presencia institucional en ferias y congresos.
A.17. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 96.100 euros.
Finalidad de la subvención: 20 años por la economía social andaluza.
A.18. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 45.000 euros.
Finalidad de la subvención: VII coloquio ibérico internacional de cooperativismo y economía social.
A.19. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 46.000 euros.
Finalidad de la subvención: Jornadas profesionales: economía social y medios de comunicación.
A.20. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 40.000 euros.
Finalidad de la subvención: Acciones encaminadas a la captación de prescriptores y mejora de su conocimiento de las fórmulas de economía social.
A.21. Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 40.000 euros.
Finalidad de la subvención: Jornadas técnicas de difusión sobre la reforma de ley de sociedades laborales.
A.22. Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 20.000 euros.
Finalidad de la subvención: Jornadas técnicas para la mejora de la gestión empresarial de las sociedades laborales.
A.23. Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 20.000 euros.
Finalidad de la subvención: Campaña de difusión 25 aniversario de FEANSAL.
A.24. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 70.000 euros.
Finalidad de la subvención: Reconversión a oficios tradicionales de economía social en el siglo XXI.
A.25. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Consumidores y Usuarios (FEDECCON).
Cantidad concedida: 60.000 euros.
Finalidad de la subvención: Jornadas técnicas de difusión «Cooperativas de consumidores y usuarios».
A.26. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Consumidores y Usuarios (FEDECCON).
Cantidad concedida: 30.000 euros.
Finalidad de la subvención: Jornadas técnicas sectoriales.
A.27. Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 70.000 euros.
Finalidad de la subvención: Difusión del cooperativismo en el ámbito rural y su adecuación a espacios públicos infrautilizados.
A.28. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 37.100 euros.
Finalidad de la subvención: La evolución de la economía social durante la historia democrática de la comunidad andaluza.
A.29. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 52.600 euros.
Finalidad de la subvención: Encuentro de docentes–coordinadores de las cooperativas escolares. Programa Eme Ícaro.
A.30. Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 20.100 euros.
Finalidad de la subvención: Jornadas «Economía social e instituciones de diálogo social».

B. Medida Fomento de la Innovación y la Competitividad Empresarial.
Aplicaciones presupuestarias:
0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea mediante el Fondo Social Europeo dentro del «Programa Operativo Fondo Social Europeo de Andalucía 2007-2013», con un porcentaje de cofinanciación del 80%.
B.1. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Escuela Andaluza de Economía Social (Fundación EAES).
Cantidad concedida: 70.000 euros.
Finalidad de la subvención: Innovación y competitividad empresarial en el sector inmobiliaria social. Formación para la gestión integral de proyectos, productos y servicios.
B.2. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 51.400 euros.
Finalidad de la subvención: Transferencia de acciones mitigadoras de cambio climático.
B.3. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Manual de procedimiento de buenas prácticas en el funcionamiento de secciones de créditos en las cooperativas agroalimentarias andaluzas.
B.4. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Empresas Cooperativas Federadas Andaluzas de Transporte. (EMCOFEANTRAN).
Cantidad concedida: 11.900 euros.
Finalidad de la subvención: Competitividad. Webside 2.0.
B.5. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 54.000 euros.
Finalidad de la subvención: Agrotics, la tecnología de la información el sector agroalimentario.
B.6. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 63.000 euros.
Finalidad de la subvención: La innovación social y las cooperativas: el impacto social de las cooperativas y experiencias innovadoras socialmente.
B.7.Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 28.000 euros.
Finalidad de la subvención: Aplicación móvil (App) para la geolocalización en dispositivos móviles de las cooperativas de trabajo andaluzas.
B.8. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 45.000 euros.
Finalidad de la subvención: Implantación de planes de marketing digital en empresas laborales de sectores emergentes.
B.9.Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 45.000 euros.
Finalidad de la subvención: Competitividad y adaptación: comercio electrónico.
B.10. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 60.000 euros.
Finalidad de la subvención: Estrategias empresariales sostenibles en parques naturales.
B.11. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Creación de un servicio de crowdfunding para proyectos emprendedores de economía social.
B.12. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza De Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Unidad comercializadora y de gestión de licitaciones internacionales para empresas de economía social andaluzas. Programa CLIES.
B.13. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Consumidores y Usuarios (FEDECCON).
Cantidad concedida: 100.000 euros.
Finalidad de la subvención: Estudio e implantación de unidades de suministro low cost en cooperativas de consumo de Andalucía.
B.14. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Fundación Escuela Andaluza de Economía Social (Fundación EAES ).
Cantidad concedida: 214.000 euros. Finalidad de la subvención: Metodología y herramientas para la adecuación de las necesidades de empleo cualificado de empresas andaluzas de economía social y su conexión con jóvenes desempleados y cualificados.
B.15. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 40.000 euros.
Finalidad de la subvención: Internacionalización. Detección de oportunidades de negocio en mercados exteriores. Consultoría para animar a la cooperación y colaboración conjunta. Creación de microclusters de empresas para su internacionalización.
B.16. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 40.000 euros.
Finalidad de la subvención: Networking: sectores estratégicos cultural, energético, tecnológico y dependencia.
B.17. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: M-Comercies. Aplicaciones móviles para las empresas de economía social.
B.18. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Plataforma de asambleas virtuales para cooperativas, COOPERES.
B.19. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 60.000 euros.
Finalidad de la subvención: Innovación competitiva para la reconversión estratégica de empresas de economía social en nuevos nichos de mercado.
B.20. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 55.000 euros.
Finalidad de la subvención: Guía útil para la implantación de nuevas TICS en el sector agroalimentario.
B.21. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 58.500 euros.
Finalidad de la subvención: Guía para el fomento de la responsabilidad social corporativa.
B.22. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA).
Cantidad concedida: 58.000 euros.
Finalidad de la subvención: Guía para el fomento de la internacionalización en cooperativas agroalimentarias andaluzas.
B.23. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 100.000 euros.
Finalidad de la subvención: Economía verde en Andalucía y cooperativismo: nuevas oportunidades de negocio.
B.24. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 64.300 euros.
Finalidad de la subvención: Congreso. Grupos cooperativos.
B.25. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 33.000 euros.
Finalidad de la subvención: Encuentros empresariales para la intercooperación: cooperación empresarial.
B.26. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Plataforma para la cooperación empresarial.
B.27. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Elaboración y difusión de catálogo on-line de productos y servicios cooperativos.
B.28. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 57.000 euros.
Finalidad de la subvención: Estrategias empresariales para la comercialización de empresas de economía social de zonas rurales.
B.29. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 60.000 euros.
Finalidad de la subvención: Desarrollo de estrategias para la competitividad y la innovación de las sociedades laborales de Andalucía.
B.30. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Programa de apoyo a la internacionalización de las sociedades laborales.
B.31. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Consumidores y Usuarios (FEDECCON).
Cantidad concedida: 35.000 euros.
Finalidad de la subvención: Diseño e implementación de un plan de marketing para las cooperativas de consumo del sector alimentario.
B.32. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Fundación Escuela Andaluza de Economía Social (Fundación EAES).
Cantidad concedida: 125.000 euros.
Finalidad de la subvención: Fomento de la internacionalización de las empresas andaluzas de economía social–Oficina de negocios regional en América Latina.
B.33. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 45.000 euros.
Finalidad de la subvención: Puesta en valor de la consultoría virtual de la economía social.
B.34. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 144.000 euros.
Finalidad de la subvención: Intercooperación para la innovación empresarial. Asesoramiento y desarrollo empresarial.
B.35. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 45.000 euros.
Finalidad de la subvención: Impulso financiero de la innovación para empresas de economía social a través de entidades y centros tecnológicos de referencia.
B.36. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 45.700 euros.
Finalidad de la subvención: Mantenimiento del sistema de alertas de oportunidades de negocio de la economía social.
B.37. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 80.000 euros.
Finalidad de la subvención: Acción de comercialización internacional de empresas innovadoras de economía social.
B.38. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Consumidores y Usuarios (FEDECCON).
Cantidad concedida: 60.000 euros.
Finalidad de la subvención: Creación de una cooperativa de consumidores y usuarios de prestación de servicios sanitarios y de parafarmacia en Internet.
B.39. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 50.000 euros.
Finalidad de la subvención: Creación de planes de e-marketing para empresas en zonas rurales.
B.40. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 120.000 euros.
Finalidad de la subvención: Impulso de nuevos modelos de empresas de economía social. Planes pilotos de cooperativas según la nueva legislación andaluza.
B.41. Programa: 72C Emprendedores.
Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.02.72C.6.
Entidad beneficiaria: Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía).
Cantidad concedida: 200.000 euros.
Finalidad de la subvención: Análisis, definición, difusión y promoción de cooperativas de producción y comercialización energética.
B.42. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.12.72C.9.
Entidad beneficiaria: Fundación Innovación de la Economía Social (INNOVES).
Cantidad concedida: 250.000 euros.
Finalidad de la subvención: Proyecto inmobiliaria social. Modelo empresarial de intercooperacion.

C. Medida Formación Profesional para la Economía Social.
C.1. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.16.00.8069.787.00.72C.4.
Subvención cofinanciada por la Unión Europea mediante el Fondo Social Europeo dentro del «Programa Operativo Fondo Social Europeo de Andalucía 2007-2013», con un porcentaje de cofinanciación del 80%.
Finalidad de la subvención: Programas de formación profesional para personas ocupadas.
Entidad Beneficiaria/ Cantidad Concedida:
-Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía): 92.512,50 euros.
-Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA): 244.305,00 euros.
-Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA): 227.362,50 euros.
-Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Consumidores y Usuarios (FEDECCON):
113.062,50 euros.
-Em-presas Cooperativas Federadas Andaluzas de Transporte (EMCOFEANTRAN): 120.862,50 euros.
-Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL): 238.960,00 euros.
C.2. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.18.00.8069.787.00.72C.2.
Finalidad de la subvención: Programas de formación profesional para personas desempleadas.
Entidad Beneficiaria/  Cantidad Concedida:
-Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES Andalucía): 118.515,00 euros.
-Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FAECTA): 1.891.762,50 euros.
-Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA): 1.237.837,50 euros.
-Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Consumidores y Usuarios (FEDECCON): 865.800,00 euros.
-Empresas Cooperativas Federadas Andaluzas de Transporte (EMCOFEANTRAN): 701.412,75 euros.
-Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL): 1.678.815,00 euros.
C.3. Aplicación presupuestaria: 0.1.12.00.01.00.8069.787.05.72C.2.
Entidad beneficiaria: Fundación Escuela Andaluza de Economía Social (Fundación EAES).
Cantidad concedida: 409.305,20 euros.
Finalidad de la subvención: Programas de formación dirigidos prioritariamente a la población universitaria, personal técnico vinculado a la economía social, que representarán, al menos, el 80 por ciento del alumnado.

Firmada en Sevilla, a 11 de febrero de 2014, por la Directora General, Angelina María Ortiz del Río.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 41, de 3/03/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 141-148).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

PROGRAMA DE EMPLEO 30+ EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): APROBACIÓN DECRETO-LEY 9/2014

Mediante el Decreto-Ley 9/2014, de 15 de julio, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se aprueba el Programa Emple@30+.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I-Desde el inicio de la crisis económica y financiera, el Gobierno Andaluz ha desarrollado distintas acciones destinadas a contrarrestar sus devastadores efectos sobre el mercado laboral, en el cual, entre los años 2007 y 2013, se han destruido 675.200 empleos (un 21%), alcanzándose una tasa de paro del 36,3%.
Hasta ahora, las diversas medidas implementadas han tratado de dar una respuesta urgente y decidida a aquellos sectores de población que se encontraban en una situación menos favorable frente al empleo, luchando contra la falta de oportunidades, y eliminando las posibles barreras para la inserción de colectivos específicos.
Las ayudas reguladas en el presente Decreto-ley pretenden constituirse en una medida eficaz para activar el mercado de trabajo, mediante la puesta en marcha de iniciativas generadoras de empleo dirigidas a la población de treinta o más años de edad desempleada. Se trata de un colectivo que, a priori, por su condición de «menos vulnerable» había quedado al margen de la mayoría de las políticas activas de empleo, y que sin embargo se ha convertido en uno de los más duramente golpeados por la crisis.
Concretamente, de los datos aportados por el Servicio Andaluz de Empleo, relativos a mayo de 2014, el número de personas inscritas con una edad igual o superior a los 30 años como demandantes de empleo no ocupados, por un período de al menos doce meses ininterrumpidamente o al menos seis meses ininterrumpidos en el caso de trabajadores agrarios, asciende a un total de 433.214, detectándose una prevalencia de mujeres respecto a los hombres (59,8% de mujeres frente al 40,2% de hombres). En cuanto a nivel formativo, señalar que casi dos de cada tres personas tienen estudios secundarios, aunque es el colectivo de mujeres con estudios primarios incompletos el que mayor peso presenta sobre el total (49,7%).
Teniendo en cuenta las circunstancias actuales y en el marco de la competencia de la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de políticas activas de empleo, el Consejo de Gobierno ha decidido aprobar el Programa Emple@30+ que recoge las medidas urgentes que, con carácter inmediato, se van a implementar con la finalidad de atajar el grave problema de desempleo.
Si bien es cierto que se trata de un colectivo muy amplio y heterogéneo –más del 50% se concentra en el sector de los servicios, seguido de la construcción (15,7%) y la agricultura (9,7%)–, presenta la característica común de haber sido la población más afectada por la pérdida de empleo y la que está encontrando más dificultades para su reincorporación, a la vez que se ha visto excluida de otras intervenciones políticas, principalmente en sus intervalos de edades más jóvenes.
A mayor abundamiento, dentro del colectivo de personas destinatarias se establece un orden de prioridad en función de su tiempo de permanencia en situación de desempleo y de la situación de especial vulnerabilidad en la que se encuentren.
A este respecto, se da prioridad, en primer lugar, a las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo de Solidaridad, en los términos del Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula la creación del Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía, así como de las personas solicitantes que dispongan de una propuesta de resolución sobre la concesión de dicho ingreso; en segundo lugar, dentro del colectivo de personas desempleadas de larga duración, a las personas que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo o asistencial; en tercer lugar, continuando con la reformulación del Programa Bono de Empleo Joven, el presente Decreto-ley incluye como colectivo prioritario a las personas de treinta años o más de edad que, a la entrada en vigor del Decreto-Ley 6/2014, de 29 de abril, por el que se aprueba el Programa Emple@Joven y la «Iniciativa @mprende+», ostentaran la titularidad de un Bono de Empleo Joven y no hubieran formalizado un contrato de trabajo; en cuarto lugar, a las personas desempleadas de larga duración, que pueden encontrar dificultades en incorporarse por primera vez al mercado laboral o, en su caso, reincorporarse al mismo por su prolongada inactividad; por último, a las personas desempleadas en general.
Con las dos iniciativas que se recogen en esta norma se pretende mejorar la empleabilidad de estas personas, a través del desarrollo de una actividad laboral en proyectos concretos, bien promovidos por ayuntamientos andaluces en su ámbito competencial, en el caso de la Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+, bien por entidades sin ánimo de lucro, para la Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo.
La contratación por tiempo limitado en estos proyectos tendrá el efecto positivo de actualizar competencias, además de recuperar o incorporar conocimientos que bien se adquieren en el puesto de trabajo o requieren de su desarrollo práctico para su mejora y perfección.
Teniendo en cuenta las características específicas de los mercados locales de empleo, entendidos como aquellos en los que prioritariamente venían desarrollando o esperan continuar desarrollando su actividad productiva los habitantes de una zona geográfica, se ha considerado adecuado optar por los ayuntamientos andaluces, como las entidades en las que apoyarse para la definición y ejecución de los proyectos en los que estas personas van a ser contratadas a través de la Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+. Esta idoneidad se justifica por cuanto estas entidades conocen de primera mano cuáles son las necesidades de los territorios y qué características presenta la mano de obra disponible. Este mayor conocimiento posibilitará no sólo la adecuación en el corto plazo para dar respuesta a necesidades locales puntuales sino que, con una perspectiva más estratégica, ayudarán a perfilar los mercados laborales locales y adecuar la demanda de empleo a la oferta de cara a definir el futuro productivo de los territorios.
Constituye un interés prioritario para el Gobierno Andaluz que esta Iniciativa se desarrolle en todos los municipios del territorio, con la finalidad de mejorar la empleabilidad del mayor número posible de personas de treinta o más años de edad, que son las destinatarias reales de la misma, evitando la discriminación que en caso contrario se produciría.
Siendo objetivo específico del Servicio Andaluz de Empleo, la planificación, gestión, promoción y evaluación de los distintos programas y acciones para el empleo, además de un instrumento para cumplir objetivos de transparencia en la gestión pública, se estima prioritario que la información del impacto que esta iniciativa vaya produciendo durante su implantación, se facilite a los agentes sociales y económicos, que forman parte del Consejo de Administración de la Agencia. Asimismo, queda garantizado por el Estatuto de los Trabajadores, el derecho que asiste a los representantes de los trabajadores a obtener información sobre las contrataciones que en el marco de este programa se vayan produciendo.
En cuanto al procedimiento de concesión, la eficacia de la Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+, la consecución de sus objetivos, condicionados a la celeridad en su implantación, así como la propia coherencia con el Decreto-Ley 6/2014, de 29 de abril, que recoge una línea de ayuda similar en régimen de concurrencia no competitiva, aconsejan que la tramitación de esta medida se lleve a cabo mediante un procedimiento ágil conforme a la propia naturaleza de la figura del Decreto-ley. Por este motivo, no resulta necesario establecer comparaciones entre solicitudes ni prelación entre las mismas.
Por su parte, la Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo, desarrollada por entidades sin ánimo de lucro, se centra en la contratación para el desarrollo de proyectos que favorecen la especialización de la población que acceda a ellos, a la vez que va a permitir la reincorporación de aquellas personas con mayores dificultades de inserción laboral tras su salida del mercado de trabajo.

II-El presente Decreto-ley incluye distintas medidas destinadas a fomentar desde la Junta de Andalucía la generación de empleo en un sector de la población especialmente afectado por la crisis económica actual mediante la ejecución de proyectos de obras o servicios, en el supuesto de la Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+, o de proyectos de servicios, en el supuesto de la Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo. En todo caso, la finalidad de los mismos será el desarrollo de actuaciones de utilidad colectiva que redunden en beneficio de la comunidad.
Asimismo, las personas contratadas podrán adquirir o recuperar competencias profesionales para su integración en el mercado laboral, y la adquisición de experiencia laboral, requerida por la mayoría de las empresas que ofertan empleo. La adquisición de esta experiencia se convierte así en uno de los pilares en los que se basa el posicionamiento de las personas desempleadas en el mercado de trabajo.
Por estos motivos, en razón del interés social de los incentivos, y con la finalidad de impedir que sean las personas desempleadas las verdaderamente perjudicadas por la situación económica de las entidades beneficiarias de la Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+ del presente Decreto-ley, estas entidades serán exceptuadas del cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía, previsto en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
En el marco de lo dispuesto por los artículos 107, 108 y 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, las ayudas contempladas en el presente Decreto-ley, por la propia naturaleza de las entidades beneficiarias, que no ejercen actividad económica lucrativa, y de los proyectos incentivados, no se encuadran en su ámbito de aplicación, por lo que no quedan sometidas al régimen de ayudas de mínimis.

III-A los efectos de la motivación de la concurrencia de circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad para adoptar la forma legislativa de Decreto-ley, exigidas en el artículo 110 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, los datos oficiales anteriormente descritos evidencian los altos niveles de desempleo para el colectivo destinatario de las medidas reguladas en el presente Decreto-ley que actualmente suponen un tercio del total de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
Por otra parte, la amplitud de las competencias del Departamento competente en materia de empleo –que también acumula las atribuciones de la comunidad autónoma en materia de economía, innovación y ciencia–, aconseja por razones de oportunidad que el titular del Departamento aparezca públicamente como máximo responsable en la coordinación y dirección superior de todas estas políticas, pero que los organismos y entidades vinculados o dependientes de la Consejería tengan como máximos responsables y representantes de los mismos a personas diferentes del titular del Departamento.
La necesidad de modificar el Decreto-Ley 1/2014, de 18 de marzo, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015, incluida en la disposición final segunda, se ha puesto de manifiesto en el curso de la tramitación de los incentivos y la ejecución de las actuaciones incentivables por parte de las empresas colaboradoras en las actuales condiciones económicas.
Estas condiciones demandan un rápido acceso a la financiación, por lo que se hace necesario un refuerzo inmediato de aquellas medidas del citado Decreto-ley que permitan una mayor simplificación en la tramitación de las reservas de fondos que realizan las empresas colaboradoras y al mismo tiempo, reducir determinadas trabas administrativas, todo ello con el fin de agilizar, en mayor medida, el acceso a la financiación por parte de los beneficiarios y las empresas colaboradoras.
De otra parte, la urgencia de la modificación del Decreto-Ley 6/2014, de 29 de abril, que aprueba el Programa Emple@Joven y la Iniciativa @emprende+, se considera oportuna para conseguir el éxito de las ayudas reguladas en sus Iniciativas, dirigidas a la población joven andaluza, circunstancias que en su momento motivaron la máxima celeridad en su implantación.
Una vez iniciada la puesta en marcha de sus medidas, idéntica agilidad resulta ahora necesaria para la aprobación de los cambios contenidos en la disposición final tercera del presente Decreto-ley, cuyo objetivo fundamental pretende optimizar su aplicación práctica para alcanzar unos resultados plenamente satisfactorios, con la meta final de lograr las máximas cuotas de empleabilidad posible para las personas jóvenes andaluzas.
Por último, la modificación del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, se pone de manifiesto ante la necesidad de clarificar que los ayuntamientos en la aplicación de los criterios de prelación para las personas que vayan a contratar con cargo al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, deberán dar prioridad a la unidad familiar con dos hijos o hijas, con independencia de la edad de los mismos.
En este sentido, la doctrina del Tribunal Constitucional ha venido afirmando que la figura del Decreto-ley constituye un instrumento constitucionalmente válido para afrontar situaciones excepcionales de la coyuntura económica y que no existe inconveniente para que se proceda de facto a una elevación de rango de las medidas de fomento, así como de su convocatoria, que por lo general se hubieran establecido y regulado en normas reglamentarias.
El presente Decreto-ley se aprueba en el ejercicio de las competencias establecidas en los artículos 10.3.1.º, 45.1, 47, 58.2 y 63.1.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 148.1.13.º, 149.1.13.º y 149.1.18.º de la Constitución Española.
Por todo ello, en ejercicio de la facultad conferida por los artículos 110, 169 y 63 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 15 de julio de 2014, se dispone lo siguiente:

TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones Generales:
Artículo 1. Objeto.
El presente Decreto-ley tiene por objeto aprobar el Programa Emple@30+ dirigido a establecer un conjunto de medidas destinadas a fomentar la inserción laboral de personas desempleadas de treinta o más años de edad, a través de las siguientes iniciativas de actuación:
a) Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+.
b) Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo.

Artículo 2. Régimen jurídico.
1. Las ayudas concedidas al amparo del presente Decreto-ley se regirán, además de por lo previsto en el mismo, por las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión de subvenciones rijan para la Administración de la Junta de Andalucía y, en particular, por:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las demás normas básicas que desarrollen la Ley.
c) El Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
d) La Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 140, de 21/07/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 16-49).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 12 de septiembre de 2014

PROTAGONISTAS: 'QUESO A QUESO'

Con el ánimo de continuar difundiendo la cultura quesera en los "cuatro puntos cardinales", nace esta nueva sección del blog, que he llamado QUESO A QUESO, y en la que irán apareciendo distintas variedades de quesos, unas más conocidas por los consumidores y otras no tanto, incluyendo además aquellas de ámbito exclusivamente local.


Por mi parte, no tengo otra pretensión que dar a conocer las variedades de quesos de un modo sencillo, sin entrar en aquellos aspectos más tecnológicos, que ya se detallan en otras entradas de este blog. Y espero que los lectores puedan disfrutar de este variado recorrido quesero, que sin duda será incompleto, dado el rico patrimonio quesero existente en el mundo.



José Luis Ares Cea (catador profesional)

FRUTAS Y HORTALIZAS FRESCAS Y TRANSFORMADAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIA AYUDAS 2014

Mediante la Resolución de 26 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Fondos Agrarios,  de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se convoca para el año 2014 las solicitudes de pago de la ayuda financiera comunitaria al amparo del Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas.

El Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo por el que se crea una organización común de mercados agrícolas (OCM) que incluye los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, y el Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las Organizaciones de Productores de frutas y hortalizas, hace necesario establecer la convocatoria del régimen de estas ayudas para el ejercicio 2013.

En cuanto a la competencia, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, en su artículo 48, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural. Asimismo dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución, sobre la ordenación, planificación, reforma y desarrollo de los sectores agrario, ganadero y agroalimentario y de forma especial, la mejora y ordenación de las explotaciones agrícolas, ganaderas y agroforestales.

Asimismo, el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, dispone en su artículo 1 que corresponden a dicha Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de política agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural, en relación con el Decreto 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

Por razón de lo expuesto, la Dirección General de Fondos Agrarios, en virtud y uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente y, en particular, el Decreto 38/2007, de 13 de febrero, que le asigna el ejercicio de las funciones de dirección del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, resuelve lo siguiente:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación. Convocatoria.
El objeto de la presente Resolución es establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria para el año 2014 las solicitudes de pago de la ayuda financiera comunitaria, para la concesión de las ayudas previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas y en el del Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las Organizaciones de Productores de frutas y hortalizas.

Segundo. Régimen Jurídico.
Las ayudas a que se refiere la presente Resolución, además de lo previsto por la misma, se regirán por las normas comunitarias aplicables, siendo de aplicación supletoria las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión rijan para la Administración de la Junta de Andalucía, en concreto:
- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Las normas aplicables de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera; así como de su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, conforme a su disposición final primera.
- El Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Tercero. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes de ayuda que podrán presentar las organizaciones de productores, referidas a un fondo operativo concreto, por la ejecución del mismo ante el órgano competente podrán ser:
a) Los anticipos de la parte de ayuda correspondiente a los gastos previsibles aún no realizados, fondo operativo 2014, regulados por el artículo 71 del Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011, deberán presentarse en enero, mayo y septiembre sobre una base cuatrimestral.
b) Los pagos parciales de ayuda correspondiente a importes ya gastados, fondo operativo 2014, regulados en el artículo 72 del Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011, podrán presentarse tres veces hasta el 31 de octubre de la anualidad en curso.
c) Los saldos o ayuda definitiva para cada programa operativo a que hace referencia el artículo 69 del Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011, fondo operativo 2013, se presentará hasta el 15 de febrero del año siguiente al año al que se refieren dichas solicitudes. Las solicitudes de saldo de ayuda o ayuda definitiva podrá incluir gastos programados y no efectuados de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.3 del Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011, para operaciones que puedan llevarse a cabo no más tarde del 30 de abril del año siguiente para el que se solicita la ayuda. Esta situación deberá reflejarse en el modelo de solicitud que corresponda.
d) En caso de ser presentada después de la fecha indicada en presente apartado, la ayuda se reducirá en un 1% por día natural de demora.

Cuarto. Lugar de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Fondos Agrarios y se presentarán preferentemente en la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, de la Provincia donde radique la sede social de la Organización de Productores, sin perjuicio de que puedan presentarse en los registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Quinto. Documentación.
1. La solicitud se presentará cumplimentando los modelos oficiales cuyos impresos se encuentran a disposición de las personas interesadas en la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y sus Delegaciones Territoriales. Dichos modelos podrán obtenerse en formato digital en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/.
2. La documentación general y específica que en función de cada tipo de solicitud es preciso acompañar se encuentra detallada en los anexos de los citados impresos.

Sexto. Subsanación de las solicitudes.
1. Si la solicitud no estuviera correctamente cumplimenta o adoleciera de los documentos a los que se refiere esta Resolución, se requerirá a la Organización de Productores para que en el plazo máximo de diez días, según lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, proceda a la subsanación, con la indicación de que si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la referida Ley.
2. Los escritos mediante los que las Organizaciones de Productores efectúen la subsanación podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el apartado cuarto de esta Resolución.

Séptimo. Financiación.
Estas ayudas se financiarán, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

Octavo. Resolución y pago de las ayudas.
1. La resolución de concesión de las ayudas será dictada por la persona titular de la Dirección General de Fondos Agrarios en ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y deberá notificarse en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011 para el pago de la ayuda solicitada, pudiendo entenderse desestimada si transcurrido este plazo no hubiera recaído resolución expresa de conformidad con el artículo 25.5 del la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 120.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 70 del Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011, la Dirección General de Fondos Agrarios abonará la ayuda no más tarde del 15 de octubre del año siguiente al de ejecución del programa.

Noveno. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 26 de diciembre de 2013, por la Directora General, Concepción Cobo González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 2, de 3/01/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 79-81).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

INFOEMPLEO: INVESTIGADORES DOCTORES PROYECTOS DE EXCELENCIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA) PROCESO DE SELECCIÓN FINAL 2014

Mediante la Resolución de 10 de abril de 2014, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo del Junta de Andalucía (España), se dispone la publicación de un extracto del contenido de la Resolución de 9 de abril de 2014, por la que se pone fin al procedimiento de selección de personal investigador doctor correspondiente a incentivos a proyectos de investigación de excelencia.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 4 de julio de 2013, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se instrumenta el procedimiento de selección de personal investigador doctor correspondiente a los incentivos concedidos a proyectos de investigación de excelencia de las universidades y organismos de investigación de Andalucía (BOJA número 134, de 11 de julio de 2013), esta Secretaría General resuelve lo siguiente:

Primero. Hacer público un extracto de la Resolución de 9 de abril de 2014 por la que se pone fin al proceso de selección de personal investigador doctor correspondiente a los proyectos de investigación de excelencia incentivados mediante las Resoluciones de fechas 13 de marzo y 27 de diciembre de 2012 (Orden de 11 de diciembre de 2007).

Segundo. El contenido íntegro de la Resolución se encuentra publicado en la página web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, sustituyendo esa publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos, a excepción de la interposición de recursos, cuyos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (ver Anexo).

Se incluye la relación definitiva del personal investigador doctor seleccionado, suplentes, no seleccionados y excluidos con indicación de la puntuación obtenida y las causas de exclusión, en su caso.

Firmada en Sevilla, a 10 de abril de 2014, por el Secretario General, Francisco A. Triguero Ruiz.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 79, de 25/04/2014 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 13).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

CENTROS COMERCIALES ABIERTOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): AMPLIACIÓN CRÉDITOS DISPONIBLES 2014

Mediante la Orden de 21 de abril de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se amplían los créditos disponibles en el ejercicio 2014, relativos a la Orden de 15 de octubre de 2013, por la que se convocan, para el ejercicio 2013, subvenciones en materia de comercio para el fomento de los Centros Comerciales Abiertos de Andalucía (modalidad CCA).

Por otra parte, en la Orden de 9 de marzo de 2011 se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio (BOJA número 58, de 23 de marzo de 2011), y mediante la Orden de 15 de octubre de 2013 (BOJA número 207, de 21 de octubre de 2013), fue ampliado el objeto de dichas bases reguladoras, aprobándose la convocatoria de subvenciones en materia de comercio para el fomento de los Centros Comerciales Abiertos de Andalucía (modalidad CCA).

Asimismo, la Orden de 23 de enero de 2014 (BOJA número 27, de 10 de febrero de 2014), estableció la declaración de créditos disponibles en el ejercicio 2014 para la citada convocatoria de subvenciones y su distribución entre ámbitos funcionales de competitividad. La disposición tercera de la Orden de 23 de enero de 2014 citada disponía lo siguiente:
«Tercero. Aumentos sobrevenidos de crédito. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo».
Habiéndose producido un aumento sobrevenido en los créditos aplicables a la convocatoria y existiendo en la propuesta de resolución entidades beneficiarias suplentes cuyas solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria pero no existe crédito suficiente para su cobertura, procede declarar nuevos créditos disponibles para atender dichas solicitudes.

De acuerdo con lo anterior y con lo determinado en el artículo 5 de la Orden reguladora de 9 de marzo de 2011, y en virtud del uso de las competencias conferidas en el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dispone lo siguiente:

Primero. Declaración de créditos disponibles.
Se amplía la cuantía destinada a la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2013 en materia de comercio para el fomento de los Centros Comerciales Abiertos de Andalucía (modalidad CCA), convocada en virtud de la Orden de 15 de octubre de 2013, en 425.000 euros, que se adicionarán a la cuantía declarada en la Orden de 23 de enero de 2014, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria existente en el ejercicio 2014.

Segundo. Distribución de créditos.
Los créditos declarados disponibles en el apartado anterior se aplicarán a las entidades que han sido propuestas como suplentes en la convocatoria citada, resultando que únicamente se trata de solicitudes correspondientes a Ayuntamientos de Andalucía, al no existir entidades propuestas como suplentes correspondientes a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas promotoras de Centros Comerciales Abiertos. Por tanto, la distribución de los nuevos créditos declarados disponibles para la citada convocatoria es la siguiente:
- Para los Ayuntamientos de Andalucía: A la cuantía total máxima declarada en la Orden de 23 de enero de 2014 se adiciona un importe de 425.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 1.1.18.00.18.00..764.00 .76A .7.2013.

Firmada en Sevilla, a 21 de abril de 2014, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 85, de 6/05/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, página 64).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)