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jueves, 30 de octubre de 2014

LABORATORIO: MÉTODOS ANALÍTICOS HELADOS-1

Los métodos de análisis de los helados, en cuanto se refiere a sus constituyentes lácteos, no difieren de los que se utilizan para las leches concentradas y más concretamente para las leches concentradas con azúcar.
En este sentido, se pueden emplear los mismos métodos que para la determinación de la materia grasa y sus características composicionales, descritos para el análisis de las leches concentradas. Así como el procedimiento para la extracción de la grasa y la determinación de los índices de Refracción, Reichert, Polenske y Kirchner. 
El estudio de ácidos grasos y esteroles puede realizarse según lo especificado en las normas UNE 55.019 y UNE 55.037.
Para la determinación del extracto seco en los helados se utiliza el mismo procedimiento empleado en las leches concentradas.







José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

miércoles, 8 de octubre de 2014

DENOMINACIÓN DE ORIGEN QUESO MANCHEGO: CONCESIÓN PROTECCIÓN TRANSITORIA ESPAÑA 2011

Mediante la Resolución de 27 de enero de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino del Gobierno de España, se concede la protección nacional transitoria a la modificación de la Denominación de Origen Protegida «Queso Manchego».

Por su parte, en la Resolución de 13 de octubre de 2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 20 de octubre de 2010, se emitió decisión favorable en relación con la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Queso Manchego, publicándose como anexo de la orden el pliego de condiciones de la citada denominación de origen protegida, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas.

La solicitud de modificación del pliego de condiciones de la citada DOP ha sido transmitida a la Comisión Europea con fecha 16 de noviembre de 2010, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del citado Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, se podrá conceder a la denominación de que se trate la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de inscripción a la Comisión Europea. A tal fin, la autoridad competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha remitido al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la pertinente petición de publicación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Queso Manchego en el Boletín Oficial del Estado.

En su virtud, de acuerdo a las facultades atribuidas a esta Dirección General, se acuerda lo siguiente:
La publicación en el Boletín Oficial del Estado de la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Queso Manchego, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el 20 de octubre de 2010, mediante Resolución de 13 de octubre de 2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y que figura como anexo a la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, a los efectos de la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006, de 20 de marzo de 2006.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el Secretario General de Medio Rural, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Madrid, a 27 de enero de 2011, por la Directora General de Industria y Mercados Alimentarios, Isabel Bombal Díaz.

ANEXO
Pliego de Condiciones
A. Nombre del producto:
Denominación de Origen Protegida Queso Manchego.

B. Descripción del producto:
Queso de pasta prensada elaborado con leche de oveja de la raza manchega, con una maduración mínima de 30 días, para quesos con peso igual o inferior a 1,5 kg, y de 60 días, para el resto de formatos, y máxima de 2 años.
La leche deberá estar exenta de productos medicamentosos, que puedan incidir negativamente en la elaboración, maduración y conservación del queso.
Las características analíticas de la leche son, según el método utilizado para su determinación:
-Materia grasa: 6,5% mínimo. Método Gerber (BOE, de 20 de julio de 1977).
-Proteínas: 4,5% mínimo. Método Kjeldahl (BOE, de 20 de julio de 1977).
-Extracto Seco Útil: 11% mínimo. Desecación en estufa (BOE, de 20 de julio de 1977).
-pH: 6,5-7,0. Medición directa - pHmetro.
-Punto crioscópico: ≤ a -0,550 ºC. Por crióscopo.
-Ausencia de productos medicamentosos. Inhibición crecimiento «Bacillus stearotermopuilus».
Las condiciones microbiológicas y de presencia de sustancia farmacológicamente activas, exigidas a la leche serán las indicadas en la normativa europea vigente.
El Queso Manchego es un queso graso, las características físicas del queso al término de su maduración son las siguientes:
-Forma: Cilíndrica con caras sensiblemente planas.
-Altura máxima: 12 cm.
-Diámetro máximo: 22 cm.
-Relación diámetro/altura comprendida entre 1,5 y 2,20.
-Peso mínimo: 0,4 Kg.
-Peso máximo: 4,0 Kg.
Las características físico-químicas del queso son, según el método utilizado para su determinación:
-pH: 4,8 a 5,8. Medición mediante pHmetro con electrodo de penetración.
-Extracto Seco: mínimo 55%. Medición mediante Técnica N.I.R. (Radiación de Infrarrojo cercano) Desecación en estufa a 105 ºC (BOE, de 30 de agosto de 1979).
-Grasa: mínimo del 50% sobre Extracto Seco. Medición mediante Técnica N.I.R. (Radiación de Infrarrojo cercano) Digestión en HCL y extracción de la grasa con éter (BOE, de 30 de agosto de 1979).
-Proteína total sobre Extracto Seco: mínimo 30%. Medición mediante Técnica N.I.R. (Radiación de Infrarrojo cercano).
-Cloruro Sódico: máximo 2’3%.
Ausencia de leche de otras especies animales.
Los límites microbiológicos son los siguientes:
«Escherichia coli»: Máximo 1.000 colonias/gramo.
«Staphilococus aureus»: Máximo 100 colonias/gramo.
«Salmonela»: Ausencia en 25 gramos.
«Lysteria»: Ausencia en 25 gramos.
Las características organolépticas del queso son:
a) Corteza:
-Consistencia: Dura, libre de parásitos.
-Color: Amarillo pálido o verdoso-negruzco cuando no se limpie la superficie de los mohos desarrollados durante la maduración.
-Aspecto: Presencia de las impresiones de los moldes tipo pleitas en la superficie lateral y tipo flor en las caras planas.
b) Pasta:
-Consistencia: Firme y compacta.
-Color: Variable desde el blanco hasta el marfil-amarillento.
-Olor: Láctico, acidificado intenso y persistente que evoluciona a matices picantes en los más curados con persistencia global larga.
-Sabor: Ligeramente ácido, fuerte y sabroso que se transforma en picante en quesos muy curados. Gusto residual agradable y peculiar que le confiere la leche de oveja manchega.
-Aspecto: Presencia de ojos pequeños desigualmente repartidos, pudiendo, en ocasiones carecer de ellos.
-Textura: Elasticidad baja, con sensación mantecosa y algo harinosa, que puede ser granulosa en los muy maduros.
Valoración organoléptica mediante panel de cata: Mínimo 58 puntos.

C. Zona geográfica:
La zona de producción, está constituida por términos municipales de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, que constituyen la comarca de La Mancha.
La zona de elaboración y maduración del queso manchego coincide con la zona de producción.
La superficie territorial amparada por la denominación de Origen «Queso Manchego» es de 4.419.763 ha de la siguiente forma:
Albacete: 957.269 ha (21,66% de la comarca).
Ciudad Real: 1.465.549 ha (33,16% de la comarca).
Cuenca: 978.078 ha (22,13% de la comarca).
Toledo: 1.018.867 ha (23,05% de la comarca).
Las entidades locales amparadas por la Denominación de Origen Protegida Queso Manchego son los siguientes:
Albacete, Alcaraz, Balazote, Ballestero (El), Barrax, Bienservida, Bonete, Bonillo (El), Casas de Juan Núñez, Casas de Lázaro, Cenizate, Corral-Rubio, Chinchilla de Montearagón, Fuente-Álamo, Fuensanta, Gineta (La), Hellín, Herrera (La), Higueruela, Hoya-Gonzalo, Lezuza, Madrigueras, Mahora, Masegoso, Minaya, Montalvos, Montealegre del Castillo, Motilleja, Navas de Jorquera, Munera, Ossa de Montiel, Peñas de San Pedro, Pétrola, Povedilla, Pozohondo, Pozuelo, Robledo, Roda (La), San Pedro, Tarazona de la Mancha, Tobarra, Valdeganga, Villalgordo del Júcar, Villamalea, Villarrobledo y Viveros, de la provincia de Albacete.
Abenójar, Albaladejo, Alcázar de San Juan, Alcoba de los Montes, Alcolea de Calatrava, Alcubillas, Aldea del Rey, Alhambra, Almagro, Almedina, Almuradiel, Arenas de San Juan, Argamasilla de Alba, Argamasilla de Calatrava, Ballesteros de Calatrava, Bolaños de Calatrava, Cabezarados, Calzada de Calatrava, Campo de Criptana, Cañada de Calatrava, Caracuel de Calatrava, Carrión de Calatrava, Carrizosa, Castellar de Santiago, Ciudad Real, Corral de Calatrava, Cortijos (Los), Cózar, Daimiel, Fernán Caballero, Fuenllana, Fuente el Fresno, Granátula de Calatrava, Herencia, Labores (Las), Luciana, Malagón, Manzanares, Membrilla, Mestanza, Miguelturra, Montiel, Moral de Calatrava, Pedro Muñoz, Picón, Piedrabuena, Poblete, Porzuna, Pozuelo de Calatrava, Pozuelos de Calatrava (Los), Puebla del Príncipe, Puerto Lápice, Puertollano, Retuerta del Bullaque, Robledo (El), Ruidera, San Carlos del Valle, San Lorenzo de Calatrava, Santa Cruz de los Cáñamos, Santa Cruz de Mudela, Socuéllamos, Solana (La), Terrinches, Tomelloso, Torralba de Calatrava, Torre de Juan Abad, Torrenueva, Valdepeñas, Valenzuela de Calatrava, Villahermosa, Villamanrique, Villamayor de Calatrava, Villanueva de la Fuente, Villanueva de los Infantes, Villanueva de San Carlos, Villar del Pozo, Villarrubia de los Ojos, Villarta de San Juan y Viso del Marqués, de la provincia de Ciudad Real.
Abia de la Obispalía, Acebrón, Alarcón, Albaladejo del Cuende, Alberca de Záncara (La), Alcázar del Rey, Alconchel de la Estrella, Almarcha (La), Almendros, Almodóvar del Pinar, Almonacid del Marquesado, Altarejos, Atalaya del Cañavate, Barajas de Melo, Barchín del Hoyo, Belinchón, Belmonte, Belmontejo, Bonilla, Buenache de Alarcón, Campillo de Altobuey, Cañada Juncosa, Cañavate (El), Caracenilla, Carrascosa de Haro, Carrascosa del Campo, Campos del Paraíso, Casas de Benítez, Casas de Fernando Alonso, Casas de Guijarro, Casas de Haro, Casas de los Pinos, Casasimarro, Castillejo de Iniesta, Castillejo del Romeral, Castillo de Garcimuñoz, Cervera del Llano, Cuevas de Velasco, Enguídanos, Fresneda de Altarejos, Fuente de Pedro Naharro, Fuentelespino de Haro, Gabaldón, Graja de Iniesta, Herrumbrar (El), Hinojosa (La), Hinojosos (Los), Hito (El), Honrubia, Hontanaya, Hontecillas, Horcajada de la Torre, Horcajo de Santiago, Huelves, Huerta de la Obispalía, Huete, Iniesta, Ledaña, Leganiel, Loranca del Campo, Mesas (Las), Minglanilla, Moncalvillo de Huete, Monreal del Llano, Montalbanejo, Montalbo, Mota de Altarejos, Mota del Cuervo, Motilla de Palancar, Naharros, Olivares del Júcar, Olmedilla de Alarcón, Olmedilla del Campo, Ossa de la Vega, Palomares del Campo, Paracuellos, Paredes, Parra de las Vegas (Las), Pedernoso (El), Pedroñeras (Las), Peral (El), Peraleja (La), Pesquera (La), Picazo (El), Pinarejo, Pineda de Cigüela, Piqueras del Castillo, Portalrubio de Guadamejud, Poveda de la Obispalía, Pozoamargo, Pozorrubio, Pozoseco, Provencio (El), Puebla de Almenara, Puebla del Salvador, Quintanar del Rey, Rada de Haro, Rozalén del Monte, Rubielos Altos, Rubielos Bajos, Saceda del Río, Saceda-Trasierra, Saelices, San Clemente, San Lorenzo de la Parrilla, Santa María del Campo Rus, Santa María de los Llanos, Sisante, Solera de Gabaldón, Tarancón, Tébar, Torrejoncillo del Rey, Torrubia del Campo, Torrubia del Castillo, Tresjuncos, Tribaldos, Uclés, Valdecolmenas de Abajo, Valdemoro del Rey, Valeras (Las), Valhermoso de la Fuente, Valparaíso de Abajo, Valparaíso de Arriba, Valverde de Júcar, Valverdejo, Valle de Altomira (El), Vara del Rey, Verdelpino de Huete, Vellisca, Villaescusa de Haro, Villagarcía del Llano, Villalgordo del Marquesado, Villalpardo, Villalba del Rey, Villamayor de Santiago, Villanueva de Guadamejud, Villanueva de la Jara, Villar de Cañas, Villar del Águila, Villar de la Encina, Villar del Maestre, Villar de Olalla, Villarejo de Fuentes, Villarejo de la Peñuela, Villarejo Periesteban, Villarejo Seco, Villarejo-Sobrehuerta, Villar del Horno, Villares del Saz, Villarrubio, Villarta, Villas de la Ventosa, Villaverde y Pasaconsol, Zafra de Záncara y Zarza de Tajo, de la provincia de Cuenca.
Ajofrín, Alameda de la Sagra, Abarreal de Tajo, Almonacid de Toledo, Almorox, Añover de Tajo, Arcicóllar, Argés, Barcience, Bargas, Borox, Burguillos de Toledo, Burujón, Cabañas de la Sagra, Cabañas de Yepes, Cabezamesada, Camarena, Camarenilla, Camuñas, Carmena, Carpio de Tajo (El), Carranque, Casarrubios del Monte, Casasbuenas, Cedillo del Condado, Ciruelos, Cobeja, Cobisa, Consuegra, Corral de Almaguer, Cuerva, Chozas de Canales, Chueca, Dosbarrios, Escalona, Escalonilla, Esquivias, Fuensalida, Gálvez, Gerindote, Guadamur, Guardia (La), Huecas, Huerta de Valdecarábanos, Illescas, Layos, Lillo, Lominchar, Madridejos, Magán, Manzaneque, Maqueda, Marjaliza, Mascaraque, Mazarambroz, Menasalbas, Méntrida, Miguel Esteban, Mocejón, Mora, Nambroca, Navahermosa, Noblejas, Noez, Novés, Numancia de la Sagra, Ocaña, Olías del Rey, Ontígola, Orgaz, Palomeque, Pantoja, Polán, Portillo de Toledo, Puebla de Almoradiel (La), Puebla de Montalbán (La), Pulgar, Quero, Quintanar de la Orden, Quismondo, Recas, Rielves, Romeral (El), San Martín de Montalbán, Santa Cruz de la Zarza, Santa Cruz de Retamar, Seseña, Sonseca, Tembleque, Toboso (El), Toledo, Torre de Esteban Hambrán (La), Torrijos, Totanés, Turleque, Ugena, Urda, Val de Santo Domingo, Valmojado, Ventas con Peña Aguilera (Las), Ventas de Retamosa (Las), Villacañas, Villa de Don Fadrique (La), Villafranca de los Caballeros, Villaluenga de la Sagra, Villamiel de Toledo, Villaminaya, Villamuelas, Villanueva de Alcardete, Villanueva de Bogas, Villarejos de Montalbán, Villarrubia de Santiago, Villaseca de la Sagra, Villasequilla de Yepes, Villatobas, Viso de San Juan (El), Yébenes (Los), Yeles, Yepes, Yuncler, Yunclillos y Yuncos, de la provincia de Toledo.

D. Elementos que prueban que el producto es originario de la zona:
Los elementos que prueban que el Queso Manchego es originario de la zona son:
a) Características del producto. El queso presenta unas características organolépticas, físicas y químicas, mencionadas en el apartado correspondiente a la descripción del producto, y que le relacionan con su medio natural, producción y elaboración. Además, para avalar el origen se establece un sistema de control y certificación que permite la identificación individual del producto amparado.
b) Controles y certificación. Son requisitos fundamentales que avalan el origen del producto.
1. La leche procederá exclusivamente de oveja de raza manchega de ganaderías inscritas, situadas en la zona de producción.
2. El ordeño, enfriamiento, conservación, recogida y transporte de la leche, se harán de forma controlada.
3. El queso se elaborará en queserías inscritas ubicadas dentro de la zona de elaboración. Las queserías deben disponer de sistemas que garanticen la elaboración independiente del queso a proteger (desde la recepción de la materia prima hasta la fase de expedición).
4. La maduración y conservación se realizará igualmente en locales inscritos, de forma que se garantice la identificación y separación clara de quesos susceptibles de ser calificados de otros que no lo sean.
5. El producto final, se someterá a los análisis físico-químicos y organolépticos correspondientes para poder garantizar su calidad.
6. Finalizados todos los controles citados anteriormente, el producto sale al mercado con la garantía de su origen, materializada en la placa de caseína o similar adherida a la corteza del queso y en la contraetiqueta numerada.
7. Con el fin de facilitar la obtención de la licencia de uso de la marca de conformidad de la Denominación de Origen Queso Manchego y la correspondiente certificación de Queso Manchego por el Servicio de Certificación de la Fundación Consejo Regulador de la Denominación de Origen Queso Manchego, los productores y elaboradores deberán tener sistemas de control que garanticen la adecuación del queso a estas especificaciones técnicas.

E. Obtención del producto:
La leche destinada a la elaboración del Queso Manchego procede de ganaderías inscritas y con las condiciones que se indican en epígrafe B del presente Pliego de Condiciones.
a) Ordeño y transporte de la leche.–El ordeño de la leche será tanto manual como mecánico. Después del ordeño la leche no podrá permanecer a temperatura ambiente, por lo que de forma inmediata se transformará en queso o será refrigerada a una temperatura máxima de 4 ºC, para evitar el desarrollo microbiano.
La recogida y transporte de la leche se realizará en buenas condiciones higiénicas, en cisternas isotérmicas, frigoríficas o cualquier otro sistema que garantice que la calidad de la misma no se deteriore, y que asegure que la temperatura de la leche no supera los 10 ºC durante todo el trayecto ni en el punto de destino.
b) Cuajado.–La coagulación de la leche se provoca con cuajo natural u otras enzimas coagulantes que estén legalmente autorizados. Para este proceso la leche se calienta al baño María o vapor de agua, a una temperatura comprendida entre 28 ºC a 32 ºC durante 30 a 60 minutos.
c) Corte de la cuajada.–La cuajada obtenida se somete a cortes sucesivos, a criterio del elaborador. El momento idóneo del corte se realizará cuando la cuajada tenga la consistencia adecuada. Los movimientos de los elementos de corte serán lentos y la superficie cortante lo más fina y afilada posible.
d) Desuerado y recalentamiento.–A continuación se agita la masa, durante un periodo comprendido entre 15 y 45 minutos, simultáneamente se somete a la masa a un nuevo calentamiento al baño María o vapor de agua, a una temperatura no inferior a 28 ºC y no superior a 40 ºC. Como su nombre indica, esta fase facilita la salida del suero del interior de los granos.
Finalizado este proceso se elimina por gravedad el suero resultante, quedando la cuajada preparada para la fase siguiente.
e) Moldeado.–La cuajada será introducida en moldes cilíndricos por medios manuales o mecánicos. En el moldeado se imprimen en las caras del queso la característica tipo Flor y en los lados la tipo Pleita, que llevarán los moldes a utilizar, estos serán de materiales permitidos por la legislación vigente, y con unas dimensiones adecuadas para que los quesos presenten el peso y dimensiones requeridos.
f) Prensado.–Una vez introducida la cuajada en los moldes, se procede al prensado, en las prensas adecuadas para este fin. El tiempo de prensado oscilará entre 1 y 6 horas.
Es en esta fase o en la de moldeado se aplicará (de forma centrada) la placa de caseína identificativa con el numero y una serie (compuestos por cinco números y dos letras mayúsculas respectivamente) que permitirá identificar cada pieza individualmente.
g) Desmoldado.–Una vez que ha transcurrido el tiempo necesario la cuajada en los moldes, se efectuará la extracción de los quesos del interior de los mismos.
h) Salado.–Posteriormente al prensado y desmoldado, se efectuará el salado del queso, que puede realizarse tanto de forma húmeda (salmuera), en seco o una combinación de ambas, utilizando cloruro sódico.
En caso de inmersión en salmuera, la duración de esta fase será de 5 horas mínimo y de 48 horas máximo.
i) Maduración. La maduración de los quesos tiene una duración no inferior a 30 días para quesos inferiores a 1,5 Kg y 60 días para pesos superiores, contados a partir de la fecha del moldeado, aplicándose durante este período las prácticas de volteo y limpieza necesarias hasta que el queso alcanza sus características peculiares.
Los locales o cámaras de maduración deberán disponer de sistemas que garanticen la identificación y separación clara de quesos susceptibles de ser amparados por la Denominación de Origen Protegida Queso Manchego. En esto locales o cámaras se mantendrá una temperatura comprendida entre 3 ºC y 16 ºC y una humedad relativa comprendida entre el 75% y el 90%, durante todo el tiempo que dure el proceso.

F. Vínculo con el medio:
1. Histórico.
Desde tiempos muy remotos los habitantes de esta comarca se dedicaban al pastoreo y elaboración de queso, tal como hicieron todas las poblaciones primitivas.
Prueba de ello son los restos de cuencas, vasijas perforadas, queseras y otros utensilios que se encuentran en los museos de estas cuatro provincias.
El queso manchego aparece en algunas citas de documentos históricos y literarios, así, en el El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de La Mancha de Don Miguel de Cervantes, vincula claramente el queso con La Mancha.
En 1878, en la obra de Balanguer y Primo titulada Explotación y fabricación de las leches, mantecas y quesos de diferentes clases, en uno de sus capítulos dedicado a los principales quesos españoles, hace referencia en primer lugar al queso manchego.
En 1892, en el Diccionario General de la cocina, de Ángel Muro, relaciona los quesos españoles de leche de oveja con el manchego. El mismo autor habla del queso manchego en El Practicón, tratado completo de cocina, publicado en el año 1898.
En 1909 el libro de Buenaventura Aragó denominado Fabricación de quesos y mantecas de todas clases, cita en una de sus páginas al queso manchego, apareciendo también en la Guía del buen comer español, de Dionisio Pérez, publicado en el año 1929.
Esta denominación fue reconocida con carácter provisional por la Orden de 2 de julio de 1982 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

2. Natural.
Orografía.–La comarca natural de La Mancha está enclavada en la Submeseta Sur peninsular y se caracteriza por un relieve llano que desciende hacia el Atlántico en un perfil sin cambios en el que sólo rompen la uniformidad del paisaje pequeñas elevaciones en el extremo occidental de la región junto con la presencia de pequeños cerros debido a núcleos rocosos resistentes a la erosión.
Suelos.–La Mancha es una elevada llanura situada en la meseta central de la Península Ibérica que se asienta sobre suelos calizo-arcillosos del Mioceno (tercer período de la Era terciaria), los terrenos destinados a pastos están formados por substratos ricos en calizas o margas, cuya vegetación potencial es un bosque cuyos árboles y arbustos se conservan verdes todo el año, como las encinas y carrascos, que ocupan buena extensión de los suelos profundos.
Clima.–La climatología de la región ofrece un carácter extremado, con grandes oscilaciones, tal como corresponde al tipo continental, con inviernos muy fríos y veranos calurosos, que alcanzan en ocasiones los 40 ºC, con unas variaciones térmicas diarias a veces de 20 ºC y anuales de 50 ºC. Las precipitaciones son escasas, lo que sitúa a la región en la llamada España árida, con un ambiente de extremada sequedad, con una humedad relativa de un 65%.
Hidrografía.–El territorio regional está surcado por cuatro ríos principales: el Tajo y el Guadiana, que vierten sus aguas al Atlántico, y el Júcar y el Segura, pertenecientes a la cuenca mediterránea.
Cabe también señalar gran cantidad de embalses y pozos, estos últimos afloran aguas freáticas. La red hidrográfica se completa con los afluentes de los ríos principales, Tajo y Guadiana y numerosos embalses que se hallan en explotación, tanto para el riego como para el aprovechamiento hidroeléctrico.
Flora.–La Mancha es una comarca de gran extensión donde coexisten la sierra y la llanura, siendo prácticamente imposible que existan zonas que de una forma u otra no sean aprovechadas para el pastoreo del ovino manchego. Las tierras cultivadas aportan los restos de cosechas; en el cereal las ovejas pastan la paja y las espigas de grano que han quedado como resto de la recolección. A tener en cuenta son los rastrojos de leguminosas con sus pajas de alto contenido proteico, de veza, de garbanzo y, sobre todo, de lenteja. De no menos importancia resultan los aprovechamientos otoñales de los pámpanos de las abundantes vides.
Los terrenos incultos destinados a pastoreo están formados por substratos ricos en calizas o margas teniendo como vegetación potencial un bosque perennifolio de encimas o carrascas («Quercus itex»). En las pendientes de suelos crece el monte bajo de coscoja («Quercus coccifera») y espino negro («Rhamnus lycitoídes») y a lo largo de los cursos de agua, las alamedas y las olmedas representan la vegetación de las riberas manchegas.
Desde el punto de vista ganadero cabe destacar los pastizales que ocupan los claros de los matorrales, así tenemos los pastos anuales, siendo las plantas presentes en estos pastos: «Mendicago mínima», «Scorpirus subillosa», «Astrafalus stella», «Astrafalus sesamus», etc.
Los madajales forman los más interesantes pastos para el ovino; en ellos está la Poa bulbosa» acompañada de su importante núcleo de leguminosas, tal como: «Mendicago rigidula», «Medicago lupulina», «Mendicago trunculata», «Trigonella polyderata», «Coronilla scorpoides», etc.
En suelos profundos y frescos pueden darse fenelares que son densos pastizales con predominio de plantas vivaces y bianuales, cuya fisonomía viene dada por la gramínea «Bracnypodium phoenicoides».

3. Sistemas de producción y elaboración.
Producción.–La raza manchega es de las razas ovinas que han sabido mantener su pureza, exenta de cruzamientos, adaptándose a lo largo del tiempo a la explotación del pastoreo en zonas áridas.
La oveja manchega se explota en pastoreo a lo largo de todo el año, aprovechando los recursos naturales; en aprisco es ayudada con ración de concentrados, henos y subproductos. Su peso oscila entre los 65 y 80 Kg y su apariencia corporal varía dependiendo de las condiciones de explotación.
Su ciclo ovárico es continuo, por lo que los corderos pueden obtenerse a lo largo de todo el año entrando en gestación, por primera vez, entre los diez y trece meses de edad. La fertilidad es del 100%.
Elaboración.–El aprovechamiento de la leche en la elaboración del queso ha sido una práctica habitual en las ganaderías de la zona. Dentro de la fase de elaboración destacaremos el empleo de la pleita, que en su origen era de esparto. Sin duda fueron los romanos los que aportaron esta peculiar característica al queso, conservándose a través de los años, pues según algunas citas bibliográficas, La Mancha era considerada como el antiguo campo espartario de los romanos. Actualmente se utilizan moldes más higiénicos (de plástico) imitando el dibujo.
El hecho de que sea un queso de pasta prensada es una característica que contribuye a la mejor conservación del queso en este tipo de climas.

G. Estructura de control:
Fundación Consejo Regulador de la Denominación de Origen Queso Manchego. Avenida del Vino, s/n. 13300 Valdepeñas. Ciudad Real. España. Es una organización autorizada por la autoridad competente y está acreditada en la norma UNE-EN 45011.

H. Etiquetado:
Figurará obligatoriamente en ellas la mención: Denominación de Origen Queso Manchego. En el caso de que el queso esté elaborado con leche cruda podrá hacer constar esta circunstancia en el etiquetado con la leyenda Artesano.
El producto destinado al consumo irá provisto de contraetiquetas numeradas y expedidas por el Consejo Regulador, que serán colocadas en la industria inscrita y siempre de forma que no permita una nueva utilización de las mismas, además, cada pieza de queso manchego en una de sus caras llevará una placa de caseína numerada y seriada que se coloca en la fase de moldeo y prensado de las piezas.
Los quesos amparados por la Denominación de Origen Queso Manchego, únicamente pueden circular y ser expedidos por las queserías e instalaciones inscritas, en los tipo de envase que no perjudiquen su calidad.
El Queso Manchego estará acompañado en todo caso con su corteza, pudiendo esta haber sido lavada previamente.
Asimismo, está permitido que se parafine o recubra el Queso Manchego con sustancias inactivas transparentes y legalmente autorizadas o se embadurne con aceite de oliva, siempre y cuando la corteza conserve su aspecto y color naturales y permita la lectura de la placa de caseína.
En ningún caso se utilizarán sustancias que proporciones a la corteza un color negro.
Puede presentarse el Queso Manchego para la comercialización en porciones, loncheado y rallado siempre y cuando se encuentre envasado y permita conocer su procedencia. Esta operación podrá realizarse fuera de la zona de origen por empresas que hayan aceptado y cumplan con el protocolo de actuación establecido, para garantizar la trazabilidad y operaciones del Queso Manchego.
Los envases utilizados deben cumplir en todo caso con la legislación vigente.

I. Requisitos legislativos nacionales:
-Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.
-Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro Comunitario de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas, y la oposición a ellas.
-Ley 7/2007, de 15 de marzo, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha.
-Orden de 11 de mayo de 2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas y el procedimiento de oposición a ellas.
-Orden de 1 de septiembre de 2003, de la Consejería de Agricultura, por la que se autoriza la Fundación Consejo Regulador de la Denominación de Origen Queso Manchego para llevar a cabo la certificación de los productos amparados por esta denominación de origen protegida.

Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE, nº 41, de 17/02/2011, apartado III Otras disposiciones, ref. 3144, Sec. III, páginas 18141-18149).



Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 23 de mayo de 2014

HELADOS LÁCTEOS: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de helados lácteos, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

FIL 70: 1972-Determinación del extracto seco total en los helados de crema y de leche (método de referencia).
ISO 3728-1977-Determinación del contenido en materia seca total en helados de crema y de leche (método de referencia).
AF V04-372-1974-Determinación de materia seca total en helados de crema y de leche.

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

CASEÍNAS Y CASEINATOS: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de caseínas y caseinatos, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

FIL 78B: 1980-Determinación del contenido en agua de las caseínas y los caseinatos (método de referencia). 
FIL 89: 1979-Determinación de “cenizas fijas” en caseínas y caseinatos (método de referencia).
FIL 90: 1979-Determinación de cenizas en caseína (de cuajo) y caseinato (método de referencia).
FIL 91: 1979-Determinación de la acidez libre en caseínas (método de referencia).
FIL 92: 1979-Determinación del contenido de proteínas en las caseínas y los caseinatos (método de referencia). 
ISO 5544-1978-Determinación de “cenizas fijas” en las caseínas (método de referencia). 
ISO 5545-1978-Determinación de cenizas en caseínas (cuajo) y caseinatos (método de referencia). 
ISO 5546-1979-Determinación del pH en caseínas y caseinatos (método de referencia). 
ISO 5547-1978-Determinación de acidez de la leche en caseínas (método de referencia). 
ISO 5548-1980-Determinación del contenido en lactosa de las caseínas y los caseinatos (método fotométrico). 
ISO 5549-1978-Determinación del contenido en proteínas de las caseínas y los caseinatos (método de referencia). 
ISO 5550-1978-Determinación del contenido en agua de las caseínas y los caseinatos (método de referencia). 
AF V04-382-1971-Determinación del contenido en materia grasa. 
AF V04-383-1971-Determinación del contenido en agua. 
AF V04-384-1971-Determinación en cenizas. 
AF V04-385-1971-Medida del pH. 
AF V04-386-1971-Determinación de la acidez de la leche. 
AF V04-387-1971-Determinación de nitrógeno.

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

QUESOS Y QUESOS FUNDIDOS: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de los quesos y quesos fundidos, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

UNE 34104.h1-Características generales de los quesos.
UNE 34105.h1-Métodos de ensayo del queso. Obtención de muestras.
AF V04-281-1968-Toma de muestras para el análisis físico-químico de los quesos.
FIL 4: 1958-Determinación de la materia seca del queso y del queso fundido.
FIL 5A: 1969-Determinación del contenido en materia grasa del queso y quesos fundidos (método de referencia).
FIL 17A: 1972-Determinación del contenido en sal del queso.
FIL 25: 1964-Determinación del contenido en proteínas de los quesos fundidos.
FIL 27: 1964-Determinación del contenido en cenizas de los quesos fundidos.
FIL 33A: 1971-Determinación del contenido en fósforo del queso y quesos fundidos.
FIL 34B: 1971-Determinación del contenido en ácido cítrico del queso y quesos fundidos.
FIL 43: 1967-Determinación del contenido en lactosa del queso y de los quesos fundidos.
FIL 51: 1969-Cálculo del contenido en agentes emulgentes a base de fosfatos en quesos fundidos, expresado en fósforo (método de referencia).
FIL 52: 1969-Cálculo del contenido en agentes emulgentes a base de citratos en quesos fundidos, expresado en ácido cítrico (método de referencia).
FIL 53: 1969-Determinación de la actividad fosfatásica en los quesos pasterizados estabilizados (método de referencia).
FIL 58: 1970-Determinación del contenido en materia seca del queso de suero (método de referencia).
FIL 88: 1979-Determinación del contenido en cloruros del queso y de los quesos fundidos (método de titulación potenciométrica).
FIL 96: 1980-Determinación del contenido en nitratos y en nitritos del queso de suero (método de reducción por cadmio y fotometría).
ISO 1194-1973-Sondas para queso.
ISO 1735-1975-Determinación del contenido en materia grasa de los quesos y quesos fundidos (método de referencia).
ISO 1854-1972-Determinación del contenido en grasa del queso de suero (método de referencia).
ISO 2920-1974-Determinación del contenido en materia seca del queso de suero (método de referencia).
ISO 2962-1974-Determinación del contenido en fósforo del queso y quesos fundidos (método de referencia).
ISO 2963-1974-Determinación del contenido en ácido cítrico del queso y quesos fundidos (método de referencia).
ISO 2970-1974-Determinación del contenido en cloruros del queso (método de referencia).
ISO 3422-1975-Butirométro para determinación del contenido en grasa del queso (método Van Gulik).
ISO 3433-1975-Determinación del contenido en grasa del queso (método Van Gulik).
ISO 4099-1978-Determinación del contenido de nitratos y nitritos del queso (método de reducción de cadmio y fotometría).
ISO 5943-1978-Determinación del contenido en cloruros del queso y quesos fundidos (titulación potenciométrica).
AF V04-283-1974-Determinación de la humedad (método titrimétirico de Karl Fisher).
AF V04-282-1967-Determinación de la materia seca (método de desecación en estufa).
AF V04-284-1970-Determinación del contenido en fósforo.
AF V04-285-1970-Determinación del contenido en ácido cítrico de los quesos fundidos.
AF V04-286-1971-Determinación del contenido en materia grasa de los quesos y quesos fundidos.
AF B35-530-1971-Butirómetro Van Gulik para queso.
AF V04-287-1971-Determinación del contenido en materia grasa (método ácido-butirométrico de Van Gulik).
AF V04-288-1974-Determinación del contenido en cloruros (método de referencia).
AF V04-289-1978-Determinación del contenido en cloruros en quesos y quesos fundidos (método de rutina).

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

LECHE EN POLVO: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de la leche en polvo, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

UNE 34101-Clases, características y métodos de ensayo de leche en polvo.
AF V04-342-1968-Toma de muestras para análisis físico-químico de la leche en polvo.
FIL 9A: 1969-Determinación de materia grasa en la leche en polvo (método de referencia).
FIL 26: 1964-Determinación del contenido en agua de la leche en polvo.
FIL 63: 1971-Determinación de la actividad fosfatásica, en la leche líquida y en polvo, suero de mantequilla en polvo, suero líquido y suero en polvo (método de referencia).
FIL 69: 1972-Determinación del contenido en ácido láctico y lactatos en la leche en polvo.
FIL 81: 1977-Determinación de la acidez titulable en la leche en polvo (método de rutina).
FIL 82: 1978-Determinación de la actividad fosfatásica en la leche líquida y en polvo, en suero líquido y en polvo (método de rutina).
FIL 86: 1978-Determinación de la acidez titulable en la leche en polvo (método de rutina).
FIL 87: 1979-Determinación de la dispersabilidad y mojabilidad en la leche en polvo instantánea.
FIL 95: 1980-Determinación del contenido en nitratos y nitritos en la leche en polvo (método de reducción por cadmio y fotometría).
FIL 97: 1980-Determinación del contenido en nitratos y nitritos del suero en polvo (método de reducción por cadmio y fotometría).
FIL 102: 1981-Guía para la detección de neutralizantes en la leche en polvo.
ISO/R 1736-1970-Determinación del contenido en grasa de la leche en polvo (método de referencia).
ISO 3003-1974-Sondas para la leche en polvo.
ISO 3356-1975-Determinación de la actividad fosfatásica en la leche y la leche en polvo, suero de mantequilla líquido y en polvo, suero de quesería líquido y en polvo (método de referencia).
ISO 3495-1965-Determinación del contenido en ácido láctico y lactatos de la leche en polvo.
ISO 6091-1980-Determinación de la acidez titulable de la leche en polvo (método de referencia).
ISO 6092-1980-Determinación de la acidez titulable de la leche en polvo (método de rutina).
ISO 1736-1981-Determinación del contenido en grasa de la leche en polvo (método de referencia).
AF V04-344-1971-Determinación de la densidad aparente antes y después de compactar la leche en polvo.
AF V04-346-1971-Determinación del contenido en materia grasa de la leche en polvo.
AF V04-347-1974-Determinación del contenido en ácido láctico y lactatos en la leche en polvo.
AF V04-348-1978-Determinación de la humedad en la leche en polvo.
AF V04-349-1978-Determinación de la acidez titulable en la leche en polvo (método de referencia).
AF V04-350-1978-Determinación de la acidez titulable en la leche en polvo (método de rutina).

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

LECHES CONCENTRADAS Y OTRAS: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de las leches concentrada, evaporada y condensada, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

AF V04-341-1968-Toma de muestras para el análisis físico-químico de las leches concentrada azucarada y no azucarada.
FIL 13: 1969-Determinación del contenido en materia grasa en las leches concentradas y en las leches concentradas azucaradas (método de referencia).
FIL 15: 1961-Determinación de materia seca en leches concentrada y condensada.
FIL 35: 1966-Determinación del contenido en sacarosa de la leche condensada.
ISO/R 1737-1970-Determinación del contenido en grasa de las leches evaporada y condensada (método de referencia).
ISO 2911-1976-Determinación del contenido en sacarosa de la leche concentrada azucarada (método polarimétrico).
ISO 1737-1981-Determinación del contenido en grasa de las leches evaporada y condensada (método de referencia).
AF V04-345-1971-Determinación de la materia grasa en las leches concentrada azucarada y no azucarada.
AF V04-343-1970-Determinación de sacarosa en la leche concentrada azucarada.

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

NATA (CREMA) Y GRASA LÁCTEA: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de la nata (crema) y grasas lácteas, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

AF V04-260-1978-Toma de muestras para análisis de natas (cremas).
FIL 16A: 1971-Determinación del contenido en materia grasa de la nata (método Rose-Gottlieb).
FIL 32: 1965-Detección de materias grasas vegetales en la grasa de la leche mediante el ensayo de acetato de fitoesterol.
FIL 37: 1966-Determinación de los índices de ácidos grasos volátiles, solubles e insolubles, de la grasa de la leche.
FIL 38: 1966-Determinación de grasas vegetales en la materia grasa de la leche, por cromatografía en capa fina de los acetatos de esterol.
FIL 54: 1969-Detección de grasa vegetal en la grasa de la leche por cromatografía en fase gaseosa de los esteroles.
FIL 74: 1974-Determinación del índice de peróxidos en materia grasa deshidratada.
ISO 2450-1972-Determinación del contenido en grasa de la nata (método de referencia).
ISO 3594-1976-Detección de materias grasas vegetales en la grasa láctea por cromatografía en fase gaseosa de los esteroles (método de referencia).
ISO 3595-1976-Detección de materias grasas vegetales en la grasa láctea mediante el ensayo del acetato de fitoesterol.
ISO 3976-1977-Determinación del índice de peróxido en la grasa láctea anhidra (método de referencia).
AF V04-201-1949-Determinación de materia grasa en la nata (crema).
AF V04-261-1971-Determinación del contenido en materia grasa (método de extracción etereo-amoniacal).
AF B35-035-1949-Butirómetro para nata (crema).
AF V04-312-1971-Determinación de la acidez en la materia grasa.
AF V04-313-1971-Determinación del índice de refracción de la materia grasa.
AF V04 314-1971-Determinación del contenido en sal.
AF T60-230-Análisis por cromatografía en fase gaseosa de las grasas de origen animal y vegetal.

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

jueves, 22 de mayo de 2014

MANTEQUILLA: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de la mantequilla, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

UNE 34701.h1-Análisis de mantequilla.
UNE 34702.h1-Métodos de ensayo de la mantequilla. Extracción de muestras.
AF V04-311-Toma de muestras de mantequilla para el análisis físico-químico.
FIL 6A: 1969-Determinación del índice de acidez de la materia grasa de la mantequilla (método de referencia).
FIL 7A: 1969-Determinación del índice de refracción de la materia grasa de la mantequilla (método de referencia).
FIL 8: 1959-Determinación del índice de yodo de la materia grasa de la mantequilla (método de Wijs).
FIL 10: 1960-Determinación del contenido de agua de la mantequilla.
FIL 11: 1960-Determinación del contenido en sólidos magros de la mantequilla.
FIL 12A: 1969-Determinación en sal (cloruro sódico) de la mantequilla (método de referencia).
FIL 23: 1964-Determinación del contenido en agua del aceite de mantequilla (método de Karl Fischer).
FIL 24: 1964-Determinación del contenido en materia grasa del aceite de mantequilla.
FIL 80: 1977-Determinación de agua, sólidos magros y grasa en la misma muestra de mantequilla.
FIL 104: 1981-Determinación del pH del suero (método potenciométrico).
ISO 1193-1973-Sondas para la mantequilla.
ISO/R 1738-1971-Determinación del contenido en sal de la mantequilla (método de referencia).
ISO 1739-1975-Determinación del índice de refracción de la grasa en la mantequilla.
ISO/R 1740-1971-Determinación del índice de acidez de la materia grasa en la mantequilla (método de referencia).
ISO 3727-1977-Determinación del contenido en agua, materia seca no grasa y materia grasa sobre la misma muestra de mantequilla (método de referencia).
ISO 1738-1980-Determinación del contenido en sal en la mantequilla (método de referencia).
ISO 1740-1980-Determinación del índice de acidez de la grasa en la mantequilla (método de referencia).
AF V04-315-Análisis de los ácidos grasos por cromatografía en fase gaseosa en mantequilla y materias grasas butíricas de acidez débil.

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

lunes, 19 de mayo de 2014

LECHE LÍQUIDA: EQUIVALENCIAS MÉTODOS DE ANÁLISIS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras y análisis de la leche líquida, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

AF V04-20: 1968-Toma de muestras para análisis físico-químico.
AF V04-203: 1969-Preparación de la muestra para análisis físico-químico.
UNE 34.100-Leche de vaca: Clases, características y métodos de ensayo.
FIL 1A: 1969-Determinación del contenido en materia grasa de la leche (método de referencia).
FIL 20: 1962-Determinación del contenido total en nitrógeno de la leche por el método Kjeldahl.
FIL 21: 1962-Determinación del contenido de sólidos totales de la leche.
FIL 22: 1963-Determinación del contenido en materia grasa de la leche descremada por el método de Rose-Gottlieb.
FIL 28A: 1974-Determinación del contenido de lactosa de la leche.
FIL 29: 1964-Determinación del contenido en caseína de la leche.
FIL 36: 1966-Determinación del contenido en calcio de la leche.
FIL 42: 1967-Determinación del contenido en fósforo de la leche.
FIL 48: 1969-Métodos de control para la leche pasterizada.
FIL 76A: 1980-Determinación del contenido en cobre de la leche y productos lácteos.
FIL 79: 1977-Determinación de lactosa en presencia de otras sustancias reductoras en leche y productos lácteos.
FIL 82: 1978-Determinación de la actividad fosfatásica en leche líquida y en polvo, en suero de quesería líquido y en polvo, en suero de mantequilla líquido y en polvo (método de rutina).
FIL 98: 1980-Determinación del contenido en proteína de la leche (método de rutina por fijación de colorantes usando negro amido).
FIL 99: 1980-Evaluación sensorial de productos lácteos.
FIL 103: 1981-Determinación del contenido en hierro en leche y productos lácteos (método fotométrico de referencia).
FIL 105: 1981-Determinación del contenido en grasa. Butirómetros de Geerber.
ISO/R 488-1966-Butirómetros para la determinación del porcentaje de grasa en leche por el método Gerber.
ISO/R 1211-1970-Determinación del contenido en grasa en leche (método de referencia).
ISO 2446-1976-Determinación del contenido en materia grasa en leche (método de rutina).
ISO 2449-1974-Densímetros para la utilización en leche y productos lácteos con una tensión superficial de aproximadamente 45mM/m.
ISO 3889-1977-Determinación del contenido en grasa en leche y productos lácteos: Frascos de extracción tipo Mojonnier.
ISO 5738-1980-Determinación del contenido en cobre en leche y productos lácteos (método fotométrico de referencia).
AF V04-151-Determinación de la acción fosfatásica en la leche y en la leche desecada.
AF V04-153-Determinación fotométrica de cobre en leche y productos lácteos.
AF V04-204: 1969-Determinación de la masa volúmica (método usual).
AF V04-205: 1969-Determinación del punto de coagulación.
AF V04-206: 1969-Determinación de la acidez titulable.
AF V04-207: 1970-Determinación de la materia seca.
AF V04-208: 1969-Determinación de las cenizas.
AF V04-209: 1969-Determinación del contenido en dicromato potásico.
AF V04-210: 1971/1975-Determinación del contenido en materia grasa (método ácido-butirométrico).
AF V04-211: 1971-Determinación del contenido en nitrógeno total (método Kjeldahl).
AF V04-212: 1969-Determinación del contenido en cloruros.
AF V04-213: 1971-Determinación del contenido en lactosa.
AF V04-214: 1968-Determinación en materia grasa (método por extracción etéreo-amoniacal).
AF V04-215: 1969-Determinación del contenido en materia grasa (método de extracción etéreo-clorhídrica).
AF V04-216: 1977-Determinación del contenido en proteínas (método del negro amido).
AF B35-521: 1966/1972-Butirómetros para leche.
AF AF B35-522: 1967-Aerómetros de masa volúmica para leche y productos lácteos líquidos.
AF B35-523: 1969-Pipetas para leche de 11 ml.

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

jueves, 15 de mayo de 2014

LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS: TOMA DE MUESTRAS EN ESPAÑA

A continuación, se relacionan las equivalencias de las principales normas analíticas aplicadas en España para la toma de muestras de leche y productos lácteos, según los organismos de procedencia, indicando en cada caso el código de identificación de las mismas.

UNE 34103-Instrucciones generales para la extracción de muestras de leche y productos lácteos.

FIL 2: 1958-Métodos de toma de muestras de la leche y productos lácteos.

FIL 50 A: 1980-Leche y productos lácteos. Guía de técnicas de toma de muestras.

ISO/ R 707-1968-Leche y productos lácteos. Método de toma de muestras. 

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS: NORMATIVA ESPAÑA

En el sector lácteo se emplean diversas normas de calidad relativas a las técnicas de los controles analíticos de laboratorio de la leche y sus productos derivados, aprobadas por distintos organismos nacionales e internacionales. En el caso de España, los métodos analíticos aplicados en la leche y los productos lácteos, proceden principalmente de cuatro organismos: Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), Organización Internacional de Normalización (ISO), Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF), Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación (FAO), y Asociación Francesa de Normalización (AFNOR). 

Las normas denominadas UNE (Una Norma Española) son publicadas por el Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR), el cual es miembro de la Organización Internacional de Normalización (ISO), que también publica sus propias normas, las ISO, en idioma inglés. La Federación Internacional de Lechería (FIL/IDF) publica las normas FIL en idiomas inglés y francés. La Asociación Francesa de normalización (AFNOR) publica sus normas en francés.

Las normas UNE, ISO y AFNOR, así como otras normas nacionales o internacionales pueden obtenerse a través del IRANOR (Madrid, España). Las Normas FIL pueden obtenerse a través del Comité Nacional Lechero o en la Federation Internationale de Laiterie (Bruxelles, Bélgica).




José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

lunes, 3 de marzo de 2014

LABORATORIO: SOLUBILIDAD EN LECHE-1

Continuando con los métodos oficiales de análisis de los productos lácteos, se expone seguidamente la metodología analítica para la determinación del índice de solubilidad en la leche en polvo.

Principios y fundamentos metodológicos.

Se entiende por índice de solubilidad de la leche en polvo la cantidad de sedimento, expresada en volumen, determinada por el procedimiento expuesto a continuación, que corresponde al descrito en la norma UNE 34.101 de Instituto Nacional de Racionalización del Trabajo. Este método es aplicable a la leche en polvo, entera o desnatada.

Material y aparatos utilizados.
-Centrífuga con soportes para la colocación de los tubos centrífugos cónicos. La velocidad requerida varía con el diámetro según los valores de la siguiente tabla:
Diámetro
(mm)
Revoluciones por 
minuto (r.p.m.)
Diámetro
(mm)
Revoluciones por 
minuto (r.p.m.)
250 
1.083
450 mililitros
807
300 
988
500 mililitros
766
350 
916
550 mililitros
730
400 
856
600 mililitros
700


El diámetro es la distancia entre los fondos internos de dos soportes opuestos, medida a través del centro de rotación de la cabeza de la centrífuga, estando los soportes extendidos horizontalmente.

-Tubos de centrífuga cónicos, graduados como se indica a continuación:
De 0 a 1,0 ml en divisiones de 0,1 ml.
De 1,0 a 2,0 ml en divisiones de 0,2 ml.
De 2,0 a 10,0 ml en divisiones de 0,5 ml.
De 10,0 a 20,0 ml en divisiones de 1,0 ml.
Y a 50 ml una marca que quede, por lo menos, a 13 mm del borde del tubo.

-Mezclador eléctrico.

-Tubo sifón de vidrio.

Procedimiento analítico.

En el vaso especial del mezclador, se añaden 10 o 13 g de la muestra, según se trate de leche desnatada o completa, respectivamente, a 100 ml de agua destilada (PA), a la temperatura de 24 ºC, y se procede a la agitación del contenido del vaso, durante 90 segundos exactos. En el caso de que se necesitase volver a emplear el vaso del mezclador, inmediatamente, se puede verter la solución total en un vaso de precipitación apropiado. Seguidamente se deja reposar la solución hasta que la espuma se separe lo suficiente para poder quitarla completamente con una cuchara. El período de reposo después de la mezcla no ha de exceder de 15 minutos.
Una vez separada, la espuma se mezcla completamente con una cuchara durante 5 segundos y, seguidamente, se llena un tubo cónico hasta la marca de 50 ml; se centrifuga durante 5 minutos a las revoluciones por minuto requeridas, según la tabla anterior. A continuación, se realiza la extracción del líquido que sobrenada (sifonado), hasta 2 ml del nivel del sedimento, procurando no remover éste; entonces, se vierten en el tubo 25 ml de agua destilada (PA) a 24 ºC, y se agita para dispersar el sedimento, desalojando si fuera necesario con un alambre. Se añade agua destilada a 24 ºC hasta la marca de 50 ml, se invierte y se agita para la perfecta mezcla del contenido, y se centrifuga de nuevo durante 5 minutos a la velocidad requerida. Se mantiene el tubo en posición vertical, de modo que el nivel superior del sedimento quede a nivel del ojo del analista; los mililitros de sedimento deben referirse a la división de la escala más próxima. Para facilitar la lectura de la medida, conviene realizar la observación del tubo poniéndolo delante con una fuente de luz fuerte.
En el caso de que este procedimiento analítico se realice con muestras de leche en polvo parcialmente desnatadas, las cantidades que se han de añadir a los 100 ml de agua destilada son, según sean sus porcentajes grasos, las siguientes:

Hasta el 4,0%
10,0 gramos
De 4,1 a 9,0%
10,5 gramos
De 9,1 a 13,0%
11,0 gramos
De 13,1 a 17,0%
11,5 gramos
De 17,1 a 21,0%
12,0 gramos
De 21,1 a 24,0%
12,5 gramos
Más del 24%
   13,0 gramos




Referencias.
-Instituto Nacional de Racionalización del Trabajo. Una norma española (UNE) 34.101.
-Métodos Oficiales de Análisis en Alimentaria: Leche y Productos Lácteos. Montplet & Esteban, 1987.



José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)