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martes, 4 de octubre de 2016

INFOEMPLEO: REASIGNACIÓN CRÉDITOS INCLUSIÓN SOCIAL MUNICIPIOS 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 7 de julio de 2016, de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía (España), se aprueba la reasignación de créditos en el ejercicio 2016 del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía regulado por el Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía y por la Orden de 24 de abril de 2016.

En el Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, se aprueba, entre otros, el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, destinado a prevenir el desarrollo de situaciones de exclusión social derivadas de la dificultad sostenida de acceso al mercado laboral en segmentos de población especialmente vulnerables y dar cobertura a necesidades crecientes de carácter social.

El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, se encuentra regulado en el Capítulo I del Título II del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio. Este Programa se materializa mediante ayudas a los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la contratación laboral de aquellas personas que, cumpliendo los requisitos exigidos por la norma, hayan sido previamente seleccionadas por los Ayuntamientos.

Por Orden de 24 de abril de 2016 se prorrogan algunas de las medidas aprobadas por el Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía. en base al artículo 1 de la citada Orden se prorroga para el ejercicio 2016 el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, efectuando una asignación inicial de créditos a cada Ayuntamiento en función de los criterios contenidos en el artículo 1.3.a) y b) de la Orden de 24 de abril de 2016, cuyas cuantías se recogían en el Anexo I de dicha norma, publicada en el BOJA 80, de 28 de abril.

Cada Ayuntamiento interesado tenía que solicitar su participación en el Programa con arreglo a lo establecido en el artículo 13 del citado decreto-ley, de tal forma que si alguno no presentaba su solicitud o solicitaba una participación por una cantidad inferior a la establecida en la asignación inicial, se consideraba decaída la asignación inicial a favor del mismo o la parte de asignación no solicitada y los fondos resultantes debían ser reasignados en función de los criterios establecidos entre los restantes Ayuntamientos participantes en el Programa que expresamente así lo hubieran manifestado en su solicitud. 

Una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 1.3.d) de la Orden de 24 de abril de 2016, para formular la solicitud de participación en el Programa, 4 Ayuntamientos de municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía no han solicitado acogerse al mismo, por lo que su asignación inicial ha decaído y otros Ayuntamientos han solicitado una cuantía algo inferior a la inicialmente asignada. Por ello, se procede mediante la presente Orden a la reasignación de los fondos del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía del Plan de Inclusión a través del empleo, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 15 del citado decreto-ley.

Primero. Distribuir los créditos que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de 26 de abril de 2016 y en los artículos 15.1 y 15.2 del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, no han sido solicitados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Los citados créditos se reasignan para aquellos Ayuntamientos que así lo hayan manifestado expresamente en su solicitud en función de los criterios establecidos en el artículo 15.3 del citado decreto-ley.

Tercero. La reasignación realizada a cada Ayuntamiento, en aplicación de las reglas contenidas en el apartado anterior, se recoge en el Anexo de la presente Orden.

Cuarto. Esta Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 7 de julio de 2016, por la Consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 132, de 12/07/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 21 y 22).


José Luis Ares (docente)

jueves, 30 de junio de 2016

INFOEMPLEO: PRUEBAS SELECTIVAS ESCALA TÉCNICA DE GRADO SUPERIOR 2016 UNIVERSIDAD DE JAÉN (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 8 de junio de 2016, de la Universidad de Jaén (España), se convocan pruebas selectivas para ingresar en la Escala Técnica de Grado Superior (ingeniería) de esta universidad.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en los artículos 51 y 132 de los Estatutos de Universidad de Jaén, con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, de acuerdo con el artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para el ingreso en la escala Técnica de Grado Superior (ingeniería) con sujeción a las siguientes bases de convocatoria:

1. Generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de Técnico de Grado superior (ingeniería) de la Universidad de Jaén, mediante el sistema de promoción interna.
1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del estado; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y a las bases de esta Resolución.
1.3. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado de la Universidad.

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la unión europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la unión europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la comunidad europea y ratificados por españa, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 
b) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado universitario, Grado, ingeniero, Arquitecto o titulación equivalente.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.
f) Hallarse en servicio activo, con destino en la universidad de Jaén y pertenecer a la escala Técnica de Grado Medio (ingeniería) con, al menos, dos años de antigüedad en el mismo.
2.2. Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión como funcionario/a de la escala a que se aspira.
Firmada en Jaén, a 8 de junio de 2016, por el Rector, Juan Gómez Ortega.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 114, de 16/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 104-110).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 29 de junio de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATOS PUENTE 2016 UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 8 de junio de 2016, de la Universidad de Almería (España), se convocan a concurso público cuatro contratos puente del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2016.

Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, en el artículo 41 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, modificada por Ley 12/2011, de 16 de diciembre, así como en los artículos 40 y 51 de los Estatutos de la Universidad de Almería (aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificados por Decreto 237/2011, de 12 de julio), ha resuelto convocar a concurso público cuatro contratos puente del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2016 para facilitar la continuidad, durante el plazo de tiempo que media hasta la solicitud de un contrato postdoctoral, a doctores del Plan Propio de investigación, FPU y FPI del Plan nacional y PAIDi, que finalicen su contrato vinculado a la Universidad de Almería en el presente curso académico, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Legislación aplicable y normas generales.
1.1. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en el capítulo i del Título iX de la Ley Orgánica 6/2001, de universidades, modificada por la ley orgánica 4/2007, de 12 de abril; en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; en el capítulo ii del Título III de los Estatutos de la Universidad de Almería; en el convenio colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las universidades andaluzas, en especial sus arts. 14.4 y 22.2; en el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada ley orgánica de universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros preceptos que se opongan o resulten incompatibles con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades; la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el Plan Propio de Investigación y Transferencia 2016, y rigiéndose por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.
1.2. La forma de provisión será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum detallados en esta convocatoria.

2. Requisitos de admisión de los solicitantes.
2.1. El cumplimiento de los requisitos para participar en el concurso, relacionados en este apartado, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de resolución del respectivo concurso:
- Beneficiario de una ayuda predoctoral FPU y FPI del Plan Propio de Investigación, PAIDI y Plan Nacional, o bien contratados homologados por la UAL, que en todo caso finalizan el disfrute de su ayuda predoctoral entre el 1 de agosto de 2015 y el 31 de diciembre de 2016.
- Deberán acreditar ser doctores por la UAL (siempre que esta universidad tenga posibilidad de expedir el título de doctor de que se trate). A estos efectos, se entenderá como fecha de obtención del doctorado, la fecha de lectura y aprobación de la tesis doctoral.
- Quedan excluidos de la convocatoria los candidatos que a fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes hayan disfrutado de un contrato de personal investigador laboral temporal por un período superior a seis meses después de la obtención del título de doctor.
Firmada en Almería, a 8 de junio de 2016, por el Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 112, de 14/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 210-214).


José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: OFERTA EMPLEO PÚBLICO DOCENTE 2016 UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE (SEVILLA, ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 6 de junio de 2016, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 25 de mayo de 2016, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2016.

La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que, a lo largo del presente año, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y administraciones que se contemplan en artículo 20 de la citada norma, entre las que se encuentran las universidades, respecto de las cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento. 

El cálculo de la tasa de reposición de efectivos, en función del número de profesores fijos que durante el año 2015 han dejado de prestar servicios en esta universidad, conforme al cálculo previsto en el apartado tercero del artículo 20.uno.4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, asciende a siete plazas. Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los cuerpos de Catedráticos de universidad y Profesores Titulares de Universidad previstos en el párrafo anterior, cada universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la contratación como personal laboral fijo, de personal investigador que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. 

Conforme a lo establecido en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016; en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, y en el acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de mayo de 2016.

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla para el año 2016, aprobada por acuerdo de consejo de Gobierno de 25 de mayo de 2016.

Segundo. En la Oferta de Empleo Público se incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, que se determina en el Anexo.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, la convocatoria para cubrir las plazas anunciadas se realizará mediante Resolución del Rector que se publicará en los Boletines Oficiales correspondientes y se ejecutará dentro del plazo máximo establecido.
Firmada en Sevilla, a 6 de junio de 2016, por el Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 114, de 16/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 111).


José Luis Ares (docente)

viernes, 24 de junio de 2016

INFOEMPLEO: EXTRACTO ORDEN 16/6/16 BECAS UNIÓN EUROPEA 2017/2018 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

A continuación, se incluye el Extracto de la Orden de 16 de junio de 2016, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local de la Junta de Andalucía (España), por la que se convocan las becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y las Comunidades Andaluzas en el Exterior para 2017-2018.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. 
Se realiza la convocatoria, para 2017-2018, de 8 becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el Exterior, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a la aplicación Económica 482.01.82A, cuya cantidad máxima prevista anualmente es de 119.765 euros, según la información que se indica en la presente.

Segundo. Beneficiarios:
Personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de 8 de noviembre de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las comunidades andaluzas en el Exterior (BOJA 225, de 15 de noviembre de 2013).

Tercero. Objeto:
Concesión de las becas de formación e investigación, dirigidas a personas físicas, en materias competencia de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, o de la Consejería en su momento competente en materia de actuaciones de formación, información y divulgación dirigidas a la sociedad andaluza sobre la actividad de la Unión Europea, así en materias relacionadas con las Comunidades Andaluzas en el Exterior.

Cuarto. Bases reguladoras:
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 8 de noviembre de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el Exterior (BOJA 225, de 15 de noviembre de 2013).

Quinto. Cuantía:
La dotación anual se refleja en el cuadro del apartado primero, incluyendo los gastos que contemple la normativa vigente. La cantidad máxima subvencionada será de 16.937 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente Extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos:
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA, junto con la convocatoria.
Firmado en Sevilla, a 16 de junio de 2016, por el Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de la Presidencia y Administración Local, Manuel Jiménez Barrios. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 117, de 21/06/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 24 y 25).


José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: CONVOCATORIA BECAS UNIÓN EUROPEA 2017/2018 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 16 de junio de 2016, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local de la Junta de Andalucía (España), se convocan las becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y las Comunidades Andaluzas en el Exterior para 2017-2018.

A la vista del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, corresponde a esta Consejería la coordinación de la Acción Exterior de la Junta de Andalucía y de las actuaciones derivadas de la integración de España en la Unión Europea. Así mismo, establece que corresponde a la Secretaría General de Acción Exterior, el impulso y desarrollo de actuaciones de formación, información y divulgación dirigidas a la sociedad andaluza sobre la actividad de la Unión Europea y la Acción Exterior, así como la participación en redes existentes para ese fin. 

En este ámbito, la Consejería de la Presidencia y Administración Local promueve la formación especializada sobre la actividad de la Unión Europea, así como sobre la actividad de las Comunidades Andaluzas en el Exterior, de personas con título o títulos universitarios de Licenciatura, Grado o Máster, mediante la realización de actividades de formación e investigación en la Delegación de la Junta de Andalucía, en Bruselas, y en la Secretaría General de Acción Exterior, en Sevilla, para lo cual se realiza la presente convocatoria. 

Esta convocatoria se enmarca en el ejercicio de la actividad de fomento en materias de la competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, desarrollando los objetivos y requisitos del otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo. 

Considerando lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento de aplicación y, en concreto, lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 8.3 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. 

La Consejería de la Presidencia y Administración Local, consciente de la conveniencia de aportar a las personas jóvenes con titulación universitaria una experiencia en las áreas de su competencia que facilite su posterior incorporación al mercado laboral, estableció, mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, de 8 de noviembre de 2013 (BOJA 225, de 15 de noviembre de 2013), las bases reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el Exterior, adaptada al reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. 

Estas ayudas están dirigidas a personas físicas con objeto de que dispongan de un periodo de formación en ámbitos institucionales que les sirva de experiencia y enriquecimiento curricular para su posterior inserción laboral. Por ello, las personas solicitantes de estas becas están exceptuadas de las prohibiciones recogidas en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como de la prohibición prevista en el artículo 116.2 del Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

En el artículo 7.2 de la Orden de 8 de noviembre de 2013, se establece que el procedimiento de la concesión de las becas se iniciará mediante convocatoria que se efectuará anualmente por Orden de la Consejería en su momento competente en materia de actuaciones de formación, información y divulgación sobre la actividad de la Unión Europea y la acción exterior, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 

Artículo 1. Convocatoria de becas.
1. Por la presente Orden, se realiza la convocatoria, para 2017-2018, de 8 becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el exterior, 
De conformidad con el artículo 7.2 de la Orden de 8 de noviembre de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el exterior (BOJA 225, de 15 de noviembre de 2013).
Las becas se adscriben a la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en Sevilla, y a la Delegación de la Junta de Andalucía, en Bruselas, según las siguientes áreas de trabajo:
A) Becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea:
- 3 becas con destino en la Secretaría General de Acción exterior de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en Sevilla.
- 3 becas con destino en la delegación de la Junta de Andalucía, en Bruselas.
B) Becas de formación e investigación en materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el exterior:
- 2 becas con destino en la Secretaría General de Acción exterior de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en Sevilla.
2. Las subvenciones concedidas mediante la presente Orden se efectuarán con cargo a la Aplicación económica 482.01.82A, cuya cantidad máxima prevista anualmente es de 119.765 euros, según se indica en la presente Orden.
Todo ello, conforme a lo establecido en el Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo, en cuyo artículo 40, apartado 2.e) se contempla que, en el caso de subvenciones, podrán adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen. Igualmente, en el apartado 9 se señala que todos los compromisos citados serán objeto de adecuada e independiente contabilización, conforme a las instrucciones dictadas por la Intervención General de la Junta de Andalucía. 
Igualmente, las ayudas derivadas de la presente convocatoria se someten las actuaciones a la comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, mediante fiscalización previa, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos. 
3. Atendiendo a la naturaleza de estas subvenciones, al tenerse en cuenta que esta convocatoria se refiere a becas destinadas a personas físicas en periodo de formación, se exceptúa a las personas solicitantes de estas becas de las prohibiciones recogidas en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como de la prohibición prevista en el artículo 116.2 del Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por lo que no tendrán que acreditar que se hayan al corriente de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, o que no tienen deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía. 
4. En esta convocatoria se tendrán en cuenta las previsiones que con carácter general se establezcan en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
5. Será de aplicación a la presente convocatoria lo previsto en la Orden de 8 de noviembre de 2013, reguladora de estas becas, sin perjuicio de la aplicación de las normas referidas en su artículo 1. 

Artículo 2. Solicitudes.
1. Las solicitudes para participar en el proceso de selección para la adjudicación de becas convocadas en la presente Orden, se dirigirán a la persona titular de la Consejería de la Presidencia y Administración Local y se presentarán en el Registro General de dicha Consejería, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. No obstante lo anterior, las personas interesadas podrán realizar la presentación de solicitudes de forma telemática en el registro electrónico Único, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de la Presidencia y Administración Local 
(www.juntadeandalucia.es/presidenciayadministracionlocal), conforme al artículo 4 de la Orden de 28 de diciembre de 2007, por la que se regula la tramitación telemática de las solicitudes en los procedimientos administrativos de subvenciones y ayudas de la Consejería de la Presidencia (BOJA 10, de 15 de enero de 2008), desde donde se cursará al Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía www.andaluciajunta.es.
3. Se presentará un formulario Anexo I de solicitud por cada beca solicitada, marcando en el mismo la opción de la beca a la que se opta. dicho Anexo estará disponible en la Oficina Virtual de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en la dirección de internet 
www.juntadeandalucia.es/presidenciayadministracionlocal, en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es, así como en el portal de la ciudadanía www.andaluciajunta.es. dicho formulario de solicitud estará también disponible en formato papel en los registros de la Consejería en su momento competente en materia de actuaciones de formación, información y divulgación dirigidas a la sociedad andaluza sobre la actividad de la Unión Europea y la acción exterior.

Artículo 3. Plazo y notificaciones.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas, se publicarán en el tablón de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, así como en la página web de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en la dirección de internet 
www.juntadeandalucia.es/presidenciayadministracionlocal, en los términos establecidos en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
3. Las personas interesadas, en su caso, podrán utilizar el Anexo II para la aceptación o renuncia de la propuesta provisional de resolución, así como para realizar alegaciones o presentación de documentación conforme a los artículos 16, 17 y 18 de la Orden de 8 de noviembre de 2013, reguladora de estas becas.

Artículo 4. Descripción de las becas convocadas.
1. Becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea. Centro directivo de adscripción Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en Sevilla:
- Número de becas que se convocan: Tres.
- Duración: doce meses.
- Cuantía bruta de la dotación de cada beca: 12.844 euros.
- Desglose de las asignaciones: 12 mensualidades, a razón de 1.000 euros cada una, y una dotación para gastos extraordinarios de 844 euros.
- Finalidad y materia de las becas: realización de actividades de formación e investigación sobre materias relacionadas con la Unión europea en la Secretaría General de Acción Exterior.
- Requisitos y méritos: Los establecidos en la presente Orden, así como en la Orden de 8 de noviembre de 2013, reguladora de estas becas (BOJA 225, de 15 de noviembre de 2013).
2. Becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea. Centro directivo de adscripción Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas:
- Número de becas que se convocan: Tres.
- Duración: doce meses.
- Cuantía bruta de la dotación de cada beca: 16.937 euros.
- Desglose de las asignaciones: 12 mensualidades, a razón de 1.300 euros cada una, y una dotación para gastos extraordinarios de 1.337 euros. 
- Finalidad y materia de las becas: realización de actividades de formación e investigación sobre las materias relacionadas con la Unión europea en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.
- Requisitos y méritos: Los establecidos en la presente Orden, así como en la Orden de 8 de noviembre de 2013, reguladora de estas becas (BOJA 225, de 15 de noviembre de 2013).
3. Becas de formación e investigación en materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el exterior. Centro directivo de adscripción Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en Sevilla:
- Número de becas que se convocan: dos.
- Duración: doce meses.
- Cuantía bruta de la dotación de la beca: 12.844 euros.
- Desglose de las asignaciones: 12 mensualidades, a razón de 1.000 euros cada una, y una dotación para gastos extraordinarios de 844 euros.
- Finalidad y materia de las becas: realización de actividades de formación e investigación sobre materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el exterior en la Secretaría General de Acción Exterior.
- Requisitos y méritos: Los establecidos en la presente Orden, así como en la Orden de 8 de noviembre de 2013, reguladora de estas becas (BOJA 225, de 15 de noviembre de 2013).

Disposición Adicional Única.
Se adjunta a esta Orden de convocatoria el Anexo I, que recoge el formulario de solicitud de la ayuda, el Anexo II, que recoge el formulario de renuncia, alegaciones o aceptación de la beca propuesta provisionalmente y presentación de documentos, así como el Anexo III, para la aceptación de la adjudicación de la beca, llegado el caso.

Disposición Final. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 16 de junio de 2016, por el Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de la Presidencia y Administración Local, Manuel Jiménez Barrios. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 117, de 21/06/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 11-23).


José Luis Ares (docente)

viernes, 17 de junio de 2016

INFOEMPLEO: REGULACIÓN FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Decreto 109/2016, de 14 de junio, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (España), se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en sus disposiciones adicionales sexta a decimotercera, establece las bases del régimen estatutario de la función pública docente, la ordenación y funciones de los cuerpos docentes, los requisitos de ingreso en los mismos, las equivalencias de titulaciones del profesorado, así como el ingreso y la promoción interna en dichos cuerpos de funcionarios docentes. Asimismo, el apartado 2 de la citada disposición adicional sexta dispone que las Comunidades Autónomas ordenarán su función pública docente en el marco de sus competencias, respetando en todo caso las normas básicas dictadas por el Estado.

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece en el capítulo II del título I lo relativo a la ordenación de la función pública docente en Andalucía, a la selección del profesorado y a la provisión de los puestos de trabajo. El artículo 2.3 del texto refundido de la Ley del  Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que el personal docente se regirá por la legislación específica dictada por el Estado y por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias y por lo previsto en dicho estatuto, excepto el capítulo II del título III, salvo el artículo 20, y los artículos 22.3, 24 y 84.

Artículo único. Modificación del Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes. 
Firmado en Sevilla, a 14 de junio de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y la Consejera de Educación, Adelaida de la Calle Martín. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 115, de 17/06/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 17-21).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 8 de junio de 2016

INFOEMPLEO: SELECCIÓN PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 2016 UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 30 de mayo de 2016, de la Universidad de Córdoba (España), se publica la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2016.

La ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que, a lo largo del ejercicio 2016, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y administraciones que se contemplan en el artículo 20 de la citada norma, entre las que se encuentran las universidades, respecto de las cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 100%.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.uno.4 de la citada Ley 48/2015, de 29 de octubre, el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, en función del número de Personal de Administración y Servicios fijos que durante el año 2015 han dejado de prestar servicios en esta universidad, asciende a catorce plazas, no computando dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna. 

Por ello, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016; en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, así como en los estatutos de la Universidad de Córdoba, este Rectorado resuelve:

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba para el año 2016, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2016, y que se acompaña como Anexo.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito de Administración y Servicios con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas. 

Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Firmada en Córdoba, 30 de mayo de 2016, por el Rector, José Carlos Gómez Villamandos.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 107, de 7/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 239 y 240).


José Luis Ares (docente)

viernes, 3 de junio de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATACIÓN TITULADO SUPERIOR APOYO INVESTIGACIÓN 2016 UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE (SEVILLA, ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 16 de mayo de 2016, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), se convoca a concurso público un contrato para obra o servicio determinado de Titulado Superior de Apoyo a la investigación (Referencia PNC 1519).

En desarrollo del Proyecto de investigación denominado «Modelos de regulación global y especifica en bacterias degradadoras de contaminantes ambientales», dentro del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, convocatoria 2014, modalidad 1: «Proyectos de i+D+i» del actual Ministerio de Economía y Competitividad.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 20 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se resuelve lo siguiente:

Primero. Convocar, con arreglo a las normas que se contienen en los Anexos de esta Resolución, la contratación para obra o servicio determinado de un Titulado superior de Apoyo a la investigación, de referencia PNC 1519, que colabore en la ejecución del Proyecto de Investigación citado anteriormente, al que se adscribe el contrato indicado.

Segundo. Este contrato estará financiado con cargo al crédito presupuestario de los Presupuestos de la Universidad Pablo de Olavide.
Firmada en Sevilla, a 16 de mayo de 2016, por el Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 103, de 1/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 48-54).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 1 de junio de 2016

INFOEMPLEO: CONCURSO DOCENTES 2016 UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 23 de mayo de 2016, de la Universidad de Huelva (España), se convoca a concurso de acceso plazas de los cuerpos Docentes universitarios, según Oferta de Empleo Público del año 2016.

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 100% por el artículo 20.uno.4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE de 30 de octubre), y a lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016 (BOJA de 23 de diciembre), y una vez obtenida la autorización según Orden de 16 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía y Conocimiento, en los términos establecidos por la legislación vigente, según lo dispuesto en el Decreto 54/2013, para la convocatoria de nueve plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, como ejecución de la tasa de reposición del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva correspondiente al año 2016.

Este Rectorado, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2016, de la Universidad de Huelva, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 17 de marzo de 2016, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases.
Firmada en Huelva, a 23 de mayo de 2016, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 103, de 1/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 26-33).


José Luis Ares (docente)

martes, 31 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATO TÉCNICO ESPECIALISTA DE LABORATORIO 2016 UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 18 de mayo de 2016, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico Especialista de Laboratorio Tipo B, con destino en el campus de Puerto Real, mediante contrato temporal de relevo.

En el Anexo I se incluyen las bases de la convocatoria. 
Firmada en Cádiz, a 18 de mayo de 2016, por el Rector, P.D. (Resolución UCA/R16REC/2015, de 20.4), el Gerente, Alberto Tejero Navarro.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 102, de 31/05/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 46-52).


José Luis Ares (docente)

lunes, 30 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: ORDENACIÓN FUNCIÓN PÚBLICA LEY 2/2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Ley 2/2016, de 11 de mayo, aprobada por el Parlamento de Andalucía (España), se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en materia de valoración de la antigüedad a efectos de méritos. 

Artículo único. Modificación de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en los siguientes términos:
Uno. Se añade un apartado 3 al artículo 26, con la siguiente redacción:
«3. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»

Dos. Se añade un apartado 4 al artículo 37, con la siguiente redacción:
«4. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de promoción interna, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley o lo contradigan.

Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 11 de mayo de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 93, de 18/05/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 9-11).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 25 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONCURSO CONTRATACIÓN PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR 2016 UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 9 de mayo de 2016, de la Universidad de Huelva (España), se convoca concurso-oposición para la selección de Personal Docente e Investigador Contratado.

I. Podrán presentarse a este concurso-oposición quienes reúnan los siguientes requisitos.
a) Haber recibido la evaluación positiva para la figura de contratado Doctor por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria de la Junta de Andalucía. solo se admitirá la carta acreditativa de dichas agencias.
b) Haber estado contratado en una Universidad Pública durante al menos tres años con la figura de Profesor Ayudante Doctor, acreditado mediante la Hoja de servicios de la Universidad que corresponda. no se admitirá otro tipo de documentos acreditativos.
Los requisitos de participación de los aspirantes deberán reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

II. Quienes deseen participar en este concurso-oposición deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que será facilitado en la página web: www.uhu.es debiendo acompañar la documentación requerida en la Base i a) y b) de esta convocatoria.
La solicitud deberá presentarse en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOJA y se podrá presentar en el Registro General de esta Universidad o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 17 de diciembre.

Una vez publicada la lista de admitidos y excluidos en la página web de la Universidad, tanto los/as aspirantes excluidos como los/as omitidos/as, dispondrán de un plazo de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. las alegaciones se presentarán en el Registro de la Universidad de Huelva (presencial o telemáticamente).

III. Tribunal de Valoración.
Tras la publicación de la lista definitiva de admitidos/as, se constituirá el Tribunal de Valoración (con un plazo máximo de un mes desde la fecha de publicación de la convocatoria), procediéndose entonces al acto de presentación de documentación por parte de los/as candidatos/as.
Finalizado este acto, el Sr/a. Secretario/a del Tribunal de Valoración, con el Visto Bueno del Sr/a Presidente/a, en el plazo máximo de cinco días, hará pública, en los tablones de información del centro donde se realice el acto, una resolución con el siguiente contenido:
1. Día, hora y lugar en el que los/as aspirantes podrán examinar toda la documentación presentada por los demás aspirantes, bajo la custodia del Sr/a Secretario/a del Tribunal de Valoración.
2. Día, hora y lugar en los que comenzarán las pruebas orales, que se realizarán por estricto orden alfabético.

IV. Procedimiento de selección de los concursantes.
El sistema de selección será el establecido en el Reglamento para la Selección de Personal Docente e Investigador contratado por medio de concurso-oposición (Aprobado en C.G. de 15-02-2016), aplicando el baremo que figura en el mismo en los dos siguientes apartados:
1. Valoración del currículo de los/as candidatos/as.
2. Valoración de la exposición oral de los/as candidatos/as.
Una vez concluido este proceso el Tribunal de Valoración comunicará al Vicerrectorado competente en materia de Ordenación Académica y Profesorado el listado de aspirantes con las puntuaciones otorgadas en cada uno de los dos procedimientos y la propuesta de provisión de la plaza que recaerá sobre el/la aspirante que en la valoración haya alcanzado mayor puntuación. El Vicerrectorado competente en materia de Ordenación Académica y Profesorado publicará en la página web de la Universidad este listado de aspirantes con las puntuaciones otorgadas en cada una de las fases.

V. Resolución del concurso y reclamaciones.
Frente a la propuesta hecha pública, los interesados podrán interponer reclamación, en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de su publicación, y mediante escrito dirigido al Sr. Rector Magfco. Dicha reclamación deberá ser revisada por el Tribunal de Valoración, que deberá resolver en el plazo de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución, la reclamación se entenderá desestimada.
Si cualquiera de las reclamaciones prosperaran y ello implicara la obtención de la plaza por parte de otro/a aspirante diferente al que ostentara la plaza, se procederá a una nueva adjudicación de la misma con la consiguiente rescisión de la contratación original.
Firmada en Huelva, a 9 de mayo de 2016, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 91, de 16/05/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 44-46).


José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: EMPLEO PÚBLICO DOCENTE E INVESTIGADOR 2016 UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 6 de mayo de 2016, de la Universidad de Sevilla (España), se publica la oferta de empleo público de personal docente e investigador para el año 2016.

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2016.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.

Tercero. De acuerdo con el párrafo segundo del artículo 20.uno.4 que indica que «no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna», la Universidad de Sevilla, de acuerdo con la modificación del artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la disposición final segunda del Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, convocará cuarenta y tres plazas de catedrático de universidad por promoción interna, sin superar el número máximo de plazas para el acceso a los cuerpos docentes que son objeto de esta Oferta de Empleo Público de turno libre en este mismo año. 

Cuarto. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Firmada en Sevilla, a 6 de mayo de 2016, por el Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 97, de 24/05/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 166 y 167).


José Luis Ares (docente)

lunes, 23 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATO TÉCNICO DE GRADO MEDIO APOYO INVESTIGACIÓN 2016 UNIVERSIDAD PABLO OLAVIDE (SEVILLA, ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 5 de mayo de 2016, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), se convoca a concurso público un contrato para obra o servicio determinado de Técnico de Grado Medio de Apoyo a la Investigación.

Primero. Convocar, con arreglo a las normas contenidas en los Anexos de esta Resolución, la contratación para obra o servicio determinado de un Técnico de Grado Medio de Apoyo a la Investigación, que colabore en la ejecución de los trabajos citados anteriormente, al que se adscribe el contrato indicado.

Segundo. Este contrato estará financiado con cargo al crédito presupuestario 
18.00.00.22.01 541A 641.01.21 de los Presupuestos de la Universidad Pablo de Olavide (expediente número 2016/1499).

Tercero. Con el fin de facilitar la lectura y evitar el desdoblamiento que supone utilizar en español vocablos tales como o/a, os/as, es/as, para marcar que nos estamos refiriendo tanto a hombres como a mujeres, se ha optado por utilizar el masculino genérico, en el entendido que todas las menciones van dirigidas a ambos, a hombres y a mujeres.

Cuarto. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa; contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero).
Firmada en Sevilla, a 5 de mayo de 2016, por el Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 92, de 17/05/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 60-66).


José Luis Ares (docente)

LEGISLACIÓN: MODIFICACIONES INSERCIÓN LABORAL Y EMPLEO LEY 2/2015 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

A continuación, se incluye la corrección de errores de la Ley 2/2015, de Andalucía (España) de 29 de diciembre, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 6, de 12 de enero de 2016.

Por omisión de los anexos de la citada Ley, se procede a efectuar la publicación de los mismos.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 34, de 19/02/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 14-56).


José Luis Ares (docente)

jueves, 19 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATO PROFESOR AYUDANTE DOCTOR CURSO 2015-16 UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 16 de mayo de 2016, de la Universidad de Almería (España), se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de una plaza de Profesor Ayudante Doctor para el curso académico 2015/2016.

Por Orden de 16 de octubre de 2015, el consejero de Economía y Conocimiento autoriza la contratación temporal de profesorado universitario en la Universidad de Almería concurriendo necesidades urgentes e inaplazables para el curso 2015/2016.

La plaza convocada se cita en el Anexo I, de acuerdo a las bases de la convocatoria.
Firmada en Almería, a 16 de mayo de 2016, por el Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 95, de 20/05/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 24-34).


José Luis Ares (docente)