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miércoles, 1 de junio de 2016

INFOEMPLEO: CONCURSO DOCENTES 2016 UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 23 de mayo de 2016, de la Universidad de Huelva (España), se convoca a concurso de acceso plazas de los cuerpos Docentes universitarios, según Oferta de Empleo Público del año 2016.

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 100% por el artículo 20.uno.4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE de 30 de octubre), y a lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016 (BOJA de 23 de diciembre), y una vez obtenida la autorización según Orden de 16 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía y Conocimiento, en los términos establecidos por la legislación vigente, según lo dispuesto en el Decreto 54/2013, para la convocatoria de nueve plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, como ejecución de la tasa de reposición del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva correspondiente al año 2016.

Este Rectorado, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2016, de la Universidad de Huelva, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 17 de marzo de 2016, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases.
Firmada en Huelva, a 23 de mayo de 2016, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 103, de 1/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 26-33).


José Luis Ares (docente)

lunes, 23 de mayo de 2016

SUBVENCIONES: RED DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA ALIMENTARIA CONVOCATORIA 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 16 de mayo de 2016, de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía (España), se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para el ejercicio 2016.

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convoca para el ejercicio 2016, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la única línea de subvención regulada en el marco de la Orden de 10 de mayo de 2016,  de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, anteriormente referida, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican:
Denominación de la línea/ Cuantía máxima (euros)/ Partida presupuestaria:
-Línea 1. Subvenciones institucionales para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía: 5.675.065 euros.
2. El procedimiento de gestión y concesión de subvenciones se tramitará para la presente convocatoria por el procedimiento de urgencia en los términos establecidos en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en atención a la singularidad de las actuaciones a subvencionar consistentes, entre otras, en la preparación y reparto de alimentos a personas menores de edad, preferentemente en Zonas con necesidades de Transformación Social, durante el periodo de vacaciones fuera del calendario escolar, a fin de cumplir el objeto y finalidad de la subvención convocada en todas sus modalidades. 
3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. 

Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, aprobadas mediante Orden de 10 de mayo de 2016. 

Tercero. Solicitudes y plazos de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b del cuadro resumen aprobado mediante la Orden de 10 de mayo de 2016, y se presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c) del mismo.
Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación, y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 10 de mayo anteriormente referida, se podrán obtener en la siguiente
 UrL: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía así como en la sede de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y en las sedes de sus correspondientes delegaciones Territoriales.
2. el plazo de presentación de solicitudes será el que figura en el apartado 11 del cuadro resumen citado, regulado mediante la orden de 10 de mayo de 2016 anteriormente referida, y se computará desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto. Notificación y publicación. 
1. De conformidad con el apartado 19 del cuadro resumen más arriba referido, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas, y en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán en la página web 
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en los términos del artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. en todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursarse personalmente se practicarán en el lugar indicado por las personas o entidades en sus solicitudes.

Quinto. Utilización de medios telemáticos. 
De conformidad con lo previsto en el apartado 10.c) del cuadro resumen anteriormente referido, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos en la forma prevista en el mismo. 

Sexto. La presente Orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 
Firmada en Sevilla, a 16 de mayo de 2016, por la Consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 95, de 20/05/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 10 y 11).


José Luis Ares (docente)