Mediante la Resolución de 19 de noviembre de 2014, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), se convocan para su provisión por promoción interna y mediante sistema de concurso-oposición plazas del Grupo III del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás normas concordantes, y previo acuerdo entre la Gerencia y el Comité de Empresa, se realiza la convocatoria para la provisión por promoción interna y mediante el sistema de concurso-oposición de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, se encuentran vacantes del Grupo III del citado Convenio Colectivo y que aparecen recogidas en el Anexo I adjunto, convocatoria que se regirá por las siguientes:
Bases de la convocatoria:
Primera. Se convocan para su provisión por promoción interna y mediante el sistema de concurso-oposición las plazas de Personal Laboral de Administración y Servicios de la Universidad Pablo de Olavide que se detallan en el Anexo I. Estas plazas pertenecen al Grupo III del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
Segunda. La presente convocatoria se regirá por lo previsto en estas Bases y en los Anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás normas concordantes.
Tercera. Para ser admitidos a la participación en el presente concurso-oposición, los aspirantes deberán estar prestando servicios efectivos como personal laboral fijo de plantilla de la Universidad Pablo de Olavide, siempre que tengan las condiciones requeridas para el puesto al que se aspira y que se especifican en el Anexo I.
Cuarta. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar en instancia cuyo modelo se acompaña como Anexo II que será facilitada en el Área de Formación, Desarrollo Profesional PAS y Eficiencia Administrativa, dirigida al Rector y presentada en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad.
Quinta. Con la solicitud de participación en la convocatoria habrá que presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido, en el supuesto de que no constase en el expediente personal.
b) Solicitud al Área de Formación, Desarrollo Profesional PAS y Eficiencia Administrativa de certificación acreditativa de los méritos del solicitante contenidos en su expediente personal.
c) Certificación o documentación suficiente acreditativa de los méritos que no consten en su expediente y que el interesado quiera hacer valer para la valoración de la fase de concurso. A efectos de valoración de méritos, se cumplimentará con el máximo detalle el «resumen de méritos» que se acompaña como Anexo III.
La falta de los documentos relacionados en el apartado a) determinará la exclusión del aspirante. A los efectos de su baremación e inclusión en la fase de concurso, cuando proceda, además de los méritos que consten en el expediente, se valorarán aquellos méritos que sean alegados en las solicitudes. La documentación que los acredite habrá de ser presentada inexcusablemente junto con la solicitud de participación o dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación. Si no se presenta la documentación acreditativa, los méritos no podrán valorarse. Los méritos que se aleguen finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se valorarán.
Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias previsto en la base cuarta, se publicará en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad Pablo de Olavide Resolución conteniendo la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el DNI, el nombre y apellidos de los candidatos y, en su caso, la causa de la no admisión.
Contra dicha Resolución podrá interponerse por los interesados reclamación en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, se procederá a la publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos. De no existir reclamaciones en el plazo indicado, se procederá, mediante diligencia del Área de Formación, Desarrollo Profesional PAS y Eficiencia Administrativa, a elevar a definitiva la relación publicada como provisional.
Séptima. En cuanto a la composición del Tribunal de Valoración los nombres y demás datos de los miembros se harán públicos mediante Resolución Rectoral al mismo tiempo que se exponga la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a que se refiere la base sexta. Se nombrarán tantos miembros suplentes como titulares, siéndoles de aplicación lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal de Valoración se constituirá de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siendo el régimen de reuniones y tomas de decisiones el regulado por la citada norma. El Tribunal de Valoración quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir de la aplicación de las presentes bases y para decidir respecto a lo que deba hacerse en los casos no previstos. La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores especialistas conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación, que se limitarán a informar de las pruebas y méritos relativos a su área profesional.
Octava. En cualquier momento el Tribunal de Valoración podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, debiendo proponer la exclusión de los mismos en el caso de que tuvieren conocimiento de que no poseen la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, y comunicando al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a los efectos procedentes.
Novena. El sistema de selección será el concurso-oposición:
Pruebas y Puntuaciones:
-Fase de concurso: Máximo 14 puntos.
Los méritos se valorarán a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y conforme al siguiente baremo:
1. Experiencia profesional (máximo 5,6 puntos). Dentro de este apartado se valorará:
a) En puesto de trabajo igual desempeñado en la Universidad Pablo de Olavide: 0,1 puntos por mes o fracción.
b) Pertenencia al área y categoría profesional del mismo grupo que la plaza convocada: 0,075 puntos por mes o fracción.
c) Pertenencia al área y categoría profesional del grupo inmediatamente inferior a la plaza convocada: 0,05 puntos por mes o fracción.
d) Trabajos realizados en puestos de categoría de grupo superior: 0,025 puntos por mes o fracción.
2. Antigüedad (máximo 4,9 puntos).
Antigüedad en cualquier Administración Pública y reconocida por la Universidad Pablo Olavide. Se valorará a razón de 0,25 puntos por cada año completo de servicios reconocidos en la Administración. Las fracciones de tiempo inferiores al año serán contabilizadas a razón de 0,02 puntos por cada mes de servicios completado.
3. Formación (máximo 3,5 puntos).
Se valorarán en este apartado:
0,20 puntos por cada curso realizado de hasta 15 horas de duración, 0,30 puntos por cada curso realizado de entre 16 y 30 horas de duración, y 0,50 puntos por cada curso realizado de más de 30 horas de duración.
Sólo se tendrán en cuenta los cursos de formación directamente relacionados con la plaza convocada organizados por una Universidad u organismo oficial de formación u homologados por éstos y realizados en los siete años anteriores a la convocatoria. En el supuesto de existir varios cursos de la misma materia, excepto los que sean continuación, sólo se valorará el último realizado, salvo que se acredite que el contenido es diferente. No se valorarán los cursos en los que, habiéndose realizado pruebas calificatorias, no se hayan superado las mismas. El máximo de puntuación de este apartado será de 2 puntos.
1 punto por cada titulación Universitaria específica, de igual o superior nivel, al puesto de trabajo convocado, con un máximo de 2 puntos.
Se valorarán en este apartado las becas de formación realizadas en la Universidad Pablo de Olavide, que tengan relación con las funciones a desempeñar en la plaza convocada, a razón de 0,25 puntos por año completo hasta un máximo de 1 punto.
-Fase de oposición: Máximo 26 puntos.
La fase de oposición consistirá en los ejercicios siguientes:
- Ejercicio teórico sobre las funciones a desempeñar, programa y conocimientos exigidos (Anexo I). Será puntuado con una calificación máxima de 13 puntos.
- Ejercicio práctico o prueba práctica (podrá estar compuesto por varios supuestos prácticos o pruebas prácticas) sobre las funciones a desempeñar, programa y conocimientos exigidos, que permita demostrar las habilidades del trabajador para el desempeño del puesto (Anexo I). Será puntuado con una calificación máxima de 13 puntos.
El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 31 de enero de 2015.
Desarrollo de los ejercicios:
Los ejercicios teórico y práctico se desarrollarán en la misma jornada. Las fechas y horas de los ejercicios para cada categoría/destino serán publicados con una antelación mínima de 10 días naturales a su celebración.
El ejercicio teórico constará de un máximo de 40 preguntas tipo test de cuatro respuestas alternativas de las que solo una será la correcta, para cuyo desarrollo se otorgará 1 hora. Para considerar superado este ejercicio será necesario haber respondido correctamente al menos al 50% de las preguntas propuestas. Las respuestas erróneas no penalizarán a efectos de restar valor a la puntuación que se obtenga como consecuencia de puntuar las respuestas correctas.
El ejercicio práctico se desarrollará en el lugar que determine el tribunal y que será comunicado a los aspirantes al inicio del ejercicio teórico. Entre la finalización del ejercicio teórico y el inicio del ejercicio práctico deberá transcurrir al menos 1 hora. Para superar el ejercicio práctico los aspirantes deberán obtener un mínimo de 6,5 puntos. La duración del ejercicio práctico será comunicada a los aspirantes al inicio del mismo y dependerá del tiempo que el tribunal estime suficiente para el adecuado desarrollo de la prueba. En todo caso no superará las dos horas de duración. A la finalización del ejercicio práctico el tribunal hará públicos los criterios de evaluación en los mismos locales donde se celebre la prueba práctica o en su caso, donde se comunique durante la propia prueba.
Dado que tanto el ejercicio teórico como el práctico se celebrarán en la misma jornada, para cada aspirante la calificación del ejercicio práctico solo se realizará si una vez corregido el ejercicio teórico se
comprueba que este ha alcanzado la puntuación mínima establecida para declarar superado el ejercicio según lo previsto en esta convocatoria. En caso contrario se declarará suspenso al aspirante. Esto significa que la calificación del ejercicio práctico queda supeditada a la superación del ejercicio teórico.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición siempre que se hayan superado las puntuaciones mínimas establecidas para superar cada uno de los ejercicios de que consta la fase de oposición. En caso de empate en la puntuación final, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en el supuesto de que persistiera el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la valoración del mérito de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente de persistir el empate. Agotadas estas reglas se atenderá al criterio de preferencia de la mayor edad.
Contra esta Resolución, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Sevilla, a 19 de noviembre de 2014, por el Rector, Vicente C. Guzmán Fluja.
ANEXO I.
1. Referencia: PIL B/1.
Núm. de plazas convocadas: 1.
Categoría laboral: Técnico Especialista de Laboratorio.
Destino: Laboratorio de Botánica de la Universidad Pablo de Olavide.
Grupo según Convenio: III.
Titulación: Estar en posesión del título de BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, experiencia laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo o hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.
Programa:
1. Conocimiento de técnicas de conservación, secado y prensado del material recolectado para el herbario.
2. Conocimiento de técnicas de siembra, reproducción, injertos y cuidado de plantas vivas en invernaderos.
3. Organización y gestión del herbario e invernaderos: pedidos, seguimiento, recepción y ordenación del material.
4. Control del material fungible e inventariable del herbario y del invernadero.
5. Clasificación, preparación, tratamiento, control y archivo del material recolectado.
6. Preparación y posterior recogida del material usado en las clases prácticas.
7. Mantenimiento y manejo de equipos del invernadero: programadores de riego, bombas de calor, humidificadores, fumigadores, maquinaria eléctrica y manual.
8. Conocimientos de Informática e Internet, así como de los programas de aplicación propios del puesto de trabajo.
9. Control de acceso de personas ajenas al herbario e invernaderos. Control del cumplimiento por las personas presentes en ambos lugares de las normas de funcionamiento y de seguridad en el trabajo.
10. Manipulación, acondicionamiento y etiquetado de los residuos generados en el invernadero.
2. Referencia: PIL B/2.
Núm. de plazas convocadas: 1.
Categoría laboral: Técnico Especialista de Laboratorio.
Destino: Laboratorio de Bioquímica y Biología Molecular de la Universidad Pablo de Olavide.
Grupo según Convenio: III.
Titulación: Estar en posesión del título de BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, experiencia laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo o hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.
Programa:
1. Organización y gestión del laboratorio: pedidos, seguimiento, recepción y ordenación del material para el laboratorio así como el control del material fungible e inventariable del laboratorio por medio de programas informáticos.
2. Manipulación, acondicionamiento y etiquetado de los residuos generados en el laboratorio.
3. Conocimientos de técnicas de análisis enzimáticos: preparación de sustratos y solución de enzimas, estandarización de ensayos enzimáticos.
4. Conocimiento de técnicas de purificación de Biomoléculas: técnicas de fraccionamiento subcelular, técnicas electroforéticas de proteínas, ácidos nucleicos y determinaciones cuantitativas por métodos espectrofotométricos.
5. Conocimiento de técnicas de Biología Molecular: Inmunoprecipitación de cromatina (chIP), RT-PCR y Western Blot.
6. Conocimiento de técnicas de cultivo celular: Mantenimiento de líneas celulares, preparación de medios de cultivo, manejo de los aparatos utilizados en cámaras de cultivo.
3. Referencia: PIL B/3.
Núm. de plazas convocadas: 1.
Categoría laboral: Técnico Especialista de Laboratorio.
Destino: Laboratorio de Nutrición y Bromatología de la Universidad Pablo de Olavide.
Grupo según Convenio: III.
Titulación: Estar en posesión del título de BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, experiencia laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo o hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.
Programa:
1. Organización y gestión del laboratorio: pedidos, seguimiento, recepción y ordenación del material fungible e inventariable en el laboratorio mediante el empleo de programas informáticos.
2. Mantenimiento y manejo de equipos de laboratorio: balanzas de precisión, pH-metros, espectrofotómetros, etc.
3. Manipulación de reactivos y preparación de disoluciones expresadas en diferentes unidades de concentración.
4. Preparación, colocación y posterior retirada del material usado en las clases prácticas adjudicadas al área correspondiente. Manipulación, acondicionamiento y etiquetado de los residuos generados en el laboratorio.
5. Colaboración en la obtención de muestras para las prácticas de laboratorio y durante la realización de las mismas.
6. Conocimientos de Informática e Internet, así como de los programas de aplicación propios del puesto de trabajo.
7. Control de acceso de personas ajenas al laboratorio. Control del cumplimiento por las personas presentes en el laboratorio de las normas de funcionamiento y de seguridad en el trabajo.
8. Conocimiento de técnicas de biología molecular para el estudio de procesos nutricionales y de técnicas de cineantropometría para la valoración del estado nutricional.
9. Conocimiento de técnicas culinarias y técnicas relacionadas con procesos de tecnología de alimentos (Fermentación de materias primas).
10. Conocimiento de los controles rutinarios en el mantenimiento de la higiene alimentaria.
4. Referencia: PIBL/4-6.
Núm. de plazas convocadas: 3.
Categoría laboral: Técnico Especialista de Biblioteca, Archivo y Museo.
Destino: Biblioteca de la Universidad Pablo de Olavide.
Grupo según Convenio: III.
Titulación: Estar en posesión del título de BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, experiencia laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo o hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.
Programa:
1. Gestión de las colecciones I. Selección y adquisición/suscripción de recursos de información.
2. Gestión de las colecciones II. La descripción bibliográfica: normalización, ISBD, formato MARC. Metadatos.
3. Organización de la información. Los sistemas integrados de gestión de bibliotecas. El catálogo como portal de acceso a servicios y recursos. Los repositorios institucionales.
4. Búsqueda y recuperación de la información. Instrumentos para búsqueda de información y la identificación y localización del documento. Las principales fuentes de información existentes en la Biblioteca de la Universidad Pablo de Olavide.
5. Servicios de la Biblioteca-CRAI de la UPO I. Información y Formación de Usuarios.
6. Servicios de la Biblioteca-CRAI de la UPO II . Servicios de acceso al documento.
7. La protección de datos de carácter personal y su aplicación a las bibliotecas universitarias. Legislación en materia de propiedad intelectual, y su aplicación en el ámbito bibliotecario.
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 242, de 12/12/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 42-48).
José Luis Ares Cea (docente)