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lunes, 30 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: ORDENACIÓN FUNCIÓN PÚBLICA LEY 2/2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Ley 2/2016, de 11 de mayo, aprobada por el Parlamento de Andalucía (España), se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en materia de valoración de la antigüedad a efectos de méritos. 

Artículo único. Modificación de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en los siguientes términos:
Uno. Se añade un apartado 3 al artículo 26, con la siguiente redacción:
«3. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»

Dos. Se añade un apartado 4 al artículo 37, con la siguiente redacción:
«4. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de promoción interna, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley o lo contradigan.

Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 11 de mayo de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 93, de 18/05/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 9-11).


José Luis Ares (docente)