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martes, 31 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATO TÉCNICO ESPECIALISTA DE LABORATORIO 2016 UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 18 de mayo de 2016, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico Especialista de Laboratorio Tipo B, con destino en el campus de Puerto Real, mediante contrato temporal de relevo.

En el Anexo I se incluyen las bases de la convocatoria. 
Firmada en Cádiz, a 18 de mayo de 2016, por el Rector, P.D. (Resolución UCA/R16REC/2015, de 20.4), el Gerente, Alberto Tejero Navarro.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 102, de 31/05/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 46-52).


José Luis Ares (docente)

jueves, 28 de abril de 2016

INFOEMPLEO: EMPLEO PÚBLICO 2016 UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 8 de abril de 2016, de la Universidad de Cádiz (España), se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2016.

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2016.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, que se detallan en el Anexo, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las administraciones públicas. Falta, sin embargo, reseñar las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito Docente e investigador con plazas vinculadas a servicios asistenciales de instituciones sanitarias con asignación presupuestaria, aprobadas con cargo a la tasa de reposición del Servicio Andaluz de salud para la Universidad de Cádiz. Asimismo, falta por concretar la Oferta Pública de Empleo destinada al personal de administración y servicios, fijada en hasta un máximo del 100% de la tasa de reposición de acuerdo al artículo 20.uno.2.J), para completar la plantilla de la Universidad de Cádiz, sin que ello afecte al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para dicha universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Tercero. Asímismo, la presente oferta de empleo incluye las plazas del cuerpo de catedráticos a convocar por promoción interna de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades.

Cuarto. Las convocatorias de los concursos de acceso derivados de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo establecido en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Firmada en Cádiz, a 8 de abril de 2015, por el Rector, P.D. (Resolución UCA/R16REC2015, de 20.4, BOUCA del 30), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 74, de 20/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 35 y 36).



José Luis Ares (docente)

jueves, 28 de enero de 2016

INFOEMPLEO: CONCURSO PROFESOR AYUDANTE DOCTOR UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CURSO ACADÉMICO 2015/16

Mediante la Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial. 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 12 de abril), por la que se modifica la Ley 6/2001; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (BOJA del 11); los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (BOJA de 28 de octubre), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.

De acuerdo con la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Mediante Orden de 1 de octubre de 2015 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas como Profesores Ayudantes Doctores para el curso académico 2015-2016 debido a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, se autoriza la contratación temporal de profesor universitario solicitado por la Universidad de Cádiz, en los términos establecidos por la legislación vigente. En la disposición segunda de dicha Orden, se establece que las Universidades procederán a la convocatoria pública de las plazas autorizadas, previo informe favorable de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Una vez recibido dicho informe con fecha 10 de diciembre de 2014, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se citan en el Anexo I de la presente Resolución para la contratación de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial de duración determinada, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 23 de diciembre de 2015, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UC A/R16REC /2015, de 20.4), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 5, de 11/01/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 7-22).


José Luis Ares (docente)

viernes, 17 de abril de 2015

INFOEMPLEO: CONTRATO PROFESOR ASOCIADO DE UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 4 de febrero de 2015, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público para la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud de Áreas Médicas, medianto contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial.

Por una parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley 6/2001; Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades (BOJA del 31), y siendo necesaria la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud de Áreas Médicas en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.
Firmada en Cádiz, a 4 de febrero de 2015, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UC A/R133REC /2013, de 27.9), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 35, de 20/2/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 56-62).


José Luis Ares Cea (docente)

viernes, 23 de enero de 2015

INFOEMPLEO: PROFESORES AYUDANTES DOCTORES UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 11 de diciembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 12 de abril), por la que se modifica la Ley 6/2001; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (BOJA del 11); los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (BOJA de 28 de octubre), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.

De acuerdo con la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Mediante Orden de 10 de octubre de 2014, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas como Profesores Ayudantes Doctores para el curso académico 2014-2015 debido a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, se autoriza la contratación temporal de profesor universitario solicitado por la Universidad de Cádiz, en los términos establecidos por la legislación vigente. En la Disposición Segunda de dicha Orden, se establece que las Universidades procederán a la convocatoria pública de las plazas autorizadas, previo informe favorable de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Una vez recibido dicho informe con fecha 9 de diciembre de 2014, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se citan en el Anexo I de la presente Resolución para la contratación de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial de duración determinada, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 11 de diciembre de 2014, por el Rector, P.D.F. (Resolución UC A/R133REC /2013, de 27.9), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de convocatoria: 
1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de duración determinada, las plazas de Profesores Ayudantes Doctores que se indican en el Anexo I, con las características que igualmente se señalan en el mencionado Anexo.
1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades; Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento de Contratación de Profesorado de la Universidad de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobados por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, consistente en una primera autobaremación por parte de los candidatos, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los mismos por parte del correspondiente Departamento, para una última baremación de carácter definitivo de la Comisión de Contratación de la Universidad, siendo el baremo el que se acompaña como Anexo II. La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10% de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del Departamento y previamente a la baremación de las solicitudes. La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente.
1.4. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil. A tal efecto, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.
1.5. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.6. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato al candidato propuesto por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Estar en posesión del título académico de Doctor.
2.1.4. Contar con la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
2.1.5. Será mérito preferente la estancia en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 50 de la Ley Orgánica 4/2007, de Universidades. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO I. Plazas a convocar. Categoría: Profesor Ayudante Doctor a tiempo completo.
Plaza/ Centro/ Departamento/ Área de conocimiento/ Duración/ Perfil/ Méritos preferentes/ Puntuación mínima:
-DC4116/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Bioquímica y Biología Molecular/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4114/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Genética/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4131/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Genética/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4115/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Microbiología/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 30 puntos.
-DC4006/ Facultad de Ciencias del Trabajo (sede Algeciras)/ Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social/ Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 15 puntos.
-DC4117/ Facultad de Ciencias del Trabajo (sede Jerez)/ Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social/ Trabajo Social y Servicios Sociales/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 15 puntos.
-DC4122/ Facultad de Derecho/ Derecho Internacional Público, Penal y Procesal/ Derecho Penal/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4154/ Facultad de Derecho (sede Bahía de Algeciras)/ Derecho Internacional Público, Penal y Procesal/ Derecho Procesal/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 20 puntos.
-DC4109/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4110/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4124/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4148/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4149/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4158/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Campus Bahía de Algeciras)/ Economía Financiera y Contabilidad/ Economía Financiera y Contabilidad/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4155/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Campus Bahía de Algeciras)/ Economía General/ Economía Aplicada/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
DC4156/ Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación/ Economía General/ Economía Aplicada/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4146/ Escuela Politécnica Superior/ Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil/ Ingeniería de los Procesos de Fabricación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 40 puntos.
-DC4161/ Escuela Superior de Ingeniería/ Ingeniería Informática/ Lenguajes y Sistemas Informáticos/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4162/ Escuela Superior de Ingeniería/ Ingeniería Informática/ Lenguajes y Sistemas Informáticos/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4147/ Escuela Superior de Ingeniería/ Ingeniería Mecánica y Diseño Industrial/ Ingeniería de los Procesos de Fabricación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 40 puntos.
-DC4125/ Facultad de Ciencias/ Ingeniería Química y Tecnología de Alimentos/ Ingeniería Química/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4126/ Facultad de Ciencias/ Ingeniería Química y Tecnología de Alimentos/ Ingeniería Química/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
DC4163/ Escuela de Ingenierías Marina, Náutica y Radioelectrónica/ Máquinas y Motores Térmicos/ Máquinas y Motores Térmicos/  Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 20 puntos.
DC4142/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales/ Organización de Empresas/ Organización de Empresas/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4143/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales/ Organización de Empresas/ Organización de Empresas/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4119/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Psicología/ Psicología Evolutiva y de la Educación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4164/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Psicología/ Psicología Evolutiva y de la Educación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4127/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Psicología/ Psicología Social/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4165/ Facultad de Ciencias del Trabajo (sede Algeciras)/ Psicología/ Psicología Social/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4166/ Facultad de Ciencias/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4167/ Facultad de Ciencias/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4168/ Facultad de Ciencias/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4169/ Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 7, de 13/1/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 61-75).



José Luis Ares Cea (profesor)

miércoles, 21 de enero de 2015

INFOEMPLEO: DOCENTES UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 12 de diciembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (Boletín Oficial del Estado, de 13 de abril), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial del Estado, de 24 de diciembre); el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, (Boletín Oficial del Estado, de 6 de octubre), y el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (Boletín Oficial del Estado, de 8 de octubre) que regulan la acreditación nacional y el régimen de los concursos para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 207, de 28 de octubre).

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos, fijada en un máximo del 10%, por el artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de diciembre de 2013); igualmente por los artículos 11 y 12 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 31 de diciembre de 2013); una vez obtenida la correspondiente autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, con fecha 3 de diciembre de 2014, en los términos establecidos por la legislación vigente, y a la vista de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Cádiz, de fecha 4 de noviembre de 2014, publicada en BOJA de 26 de noviembre de 2014.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 12 de diciembre de 2014, por el Rector, P.D. (Res. UCA/R133REC/2013, de 27/9, BOUCA de 4/10), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de convocatoria: 
1. Normas generales.
A los presentes concursos les será de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Real Decreto 1312/2007 de 5 de octubre, por el que se establece la Acreditación Nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 281/2003, de 7 octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cádiz; el Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la Universidad de Cádiz; la legislación general de funcionarios civiles del estado; así como las demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

2. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales y específicos:
2.1. Requisitos generales:
2.1.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España. 
Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
2.1.5. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.2. Requisitos específicos:
2.2.1. Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acreditados o acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12.º y 13.º y Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Tercera y Cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios.
2.2.2. Asimismo, podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad.
2.2.3. Igualmente, puede participar el funcionario del Cuerpo correspondiente o de un Cuerpo Docente Universitario de igual o superior categoría, en cuyo caso, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza mediante concurso de acceso en otra Universidad, de conformidad con el artículo 9.º 4. del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre.
2.3. En el caso de los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, deberán acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
Quedan eximidos de realizar la prueba quienes estén en posesión del diploma de español como lengua extranjera (nivel superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002 de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto deberán aportar junto a la solicitud fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.
2.4. Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

ANEXO I:
1. Catedráticos de Universidad:
1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Lingüística General» (DF4056). Rama de conocimiento: Artes y Humanidades. Departamento al que está adscrita: Filología. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia en Morfología.
2. Profesores titulares de universidad:
2. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Derecho Financiero y Tributario» (DF4052). Rama de conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas. Departamento al que está adscrita: Derecho Público. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia e investigación en el área de Derecho Financiero y Tributario.
3. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Estadística e Investigación Operativa» (DF4053). Rama de conocimiento: Ingeniería y Arquitectura. Departamento al que está adscrita: Estadística e Investigación Operativa. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia en asignaturas de Probabilidad en el Grado de Matemáticas. Líneas de investigación preferente: Estudio distribucional en modelos de variables ordenadas.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 1, de 2/01/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 119-126).


José Luis Ares Cea (profesor)

martes, 20 de enero de 2015

INFOEMPLEO: PROFESORES ASOCIADOS DE UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA): CONCURSO PÚBLICO CURSO 2014-2015

Mediante la Resolución de 5 de noviembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público de Profesores Asociados mediante contrato laboral especial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 12 de abril), por la que se modifica la Ley 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero (BOJA del 11), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (BOJA de 28 de octubre), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.

De acuerdo con la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Mediante Orden de 10 de octubre de 2014 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso 2014-2015 debido a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, se autoriza la contratación temporal de profesor universitario solicitado por la Universidad de Cádiz, en los términos establecidos por la legislación vigente, por lo que este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se citan en el Anexo I de la presente Resolución para la contratación de Profesores Asociados, mediante contrato laboral especial de duración determinada, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 5 de noviembre de 2014, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UC A/R133REC /2013, de 27 de septiembre), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de convocatoria:
1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de duración determinada, las plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I, con las características que igualmente se señalan en el mencionado Anexo.
1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades; Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento de Contratación de Profesorado de la Universidad de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobados por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, consistente en una primera autobaremación por parte de los candidatos, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los mismos por parte del correspondiente Departamento, para una última baremación de carácter definitivo de la Comisión de Contratación de la Universidad, siendo el baremo el que se acompaña como Anexo II. La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10% de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del Departamento y previamente a la baremación de las solicitudes. La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente.
1.4. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil. A tal efecto, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.
1.5. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.6. Los candidatos propuestos deberán presentar la documentación necesaria para solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.
1.7. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato al candidato propuesto por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Estar en posesión del título académico de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, como mínimo.
2.1.4. Ejercer actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada y/o con las actividades docentes o investigadoras a ejercer, con antigüedad de al menos tres años y mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de contratación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO I: Plazas a convocar
Plaza/ Centro/ Departamento/ Área de conocimiento/ Categoría/ Dedicación/ Duración del contrato/ Perfil de la plaza/ Méritos preferentes/ Puntuación mínima:
-DC3896/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/ 30-09-2015 (1) (2) 10 puntos.
-DC4176/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/  30-09-2015 (3) (4) 10 puntos.
-DC417/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/  30-09-2015 (3) (4) 10 puntos.
-DC4178/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P04/ 30-09-2015 (5) (6) 20 puntos.
-DC4179/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P04/ 30-09-2015 (5) (6) 20 puntos.
-DC4180/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P03/ 30-09-2015 (7) (8) 20 puntos.
-DC4181/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P03/ 30-09-2015 (9) (10) 20 puntos.

(1) Docencia en las asignaturas propias de Arquitectura Naval.
(2) Preferentemente Experiencia en los temas relacionados con las estructuras marinas, sus equipos y sus servicios.
(3) Docencia en las asignaturas de Construcciones Navales, preferentemente en “Proyecto Fin de Grado” en el Aula-seminario de Proyectos de Ingeniería. El contenido de la asignatura recogido en la Memoria del título se adecúa a la Orden CIN /350/2009, según la cual el Proyecto Fin de Grado consistirá en un ejercicio original a realizar individualmente y presentar y defender ante un tribunal universitario, consistente en un proyecto en el ámbito de las tecnologías específicas de la Ingeniería Naval de naturaleza profesional en el que se sinteticen e integren las competencias adquiridas en las enseñanzas.
(4) S erá mérito preferente la experiencia laboral en el ramo de la construcción naval, así como haber disfrutado de becas o contratos adscritos o vinculados al área de Construcciones Navales. Será también mérito preferente la formación universitaria en Doctorado Arquitectura o Ingeniería (sección arquitectura Naval), Máster en Arquitectura o Ingeniería Naval, Grado o Licenciatura en Ingeniería Marítima o Diplomatura en Ingeniería técnica naval.
(5) Docencia en Deportes de Vela y Deportes acuáticos actuales y emergentes (vela ligera, winsurf, paddelsurf, kitesurf y surf).
(6) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte. Actividad laboral vinculada con la vela y los deportes náuticos actuales y emergentes (paddle surf, surf, windsurf, kitesurf). Experiencia en asignaturas relacionadas con los fundamentos de los deportes náuticos y docente como formador de monitores deportivos especialidad vela y deportes náuticos actuales y emergentes (paddle surf, surf, windsurf, kitesurf).
(7) Docencia en Readaptación funcional físico-deportiva.
(8) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte/Licenciado en Fisioterapia/Grado Fisioterapia. Vinculación laboral con la readaptación funcional en actividades físico deportivas. Formación específica en readaptación funcional en actividades físico deportivas. Docencia Universitaria vinculada a la readaptación funcional en actividades físico deportivas. Docencia en cursos vinculados a la readaptación funcional en actividades físico deportivas.
(9) Docencia en Dirección, marketing y servicios deportivos.
(10) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte/Licenciatura o Grado en Dirección y Administración de Empresas. Vinculación laboral con dirección, marketing y servicios deportivos. Formación específica en dirección, marketing y servicios deportivos. Docencia Universitaria vinculada con la dirección, marketing y servicios deportivos. Docencia en cursos vinculados con la dirección, marketing y servicios deportivos.

ANEXO II: Baremo Profesor Asociado


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 232, de 27/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 19-27).



José Luis Ares Cea (profesor)

miércoles, 10 de diciembre de 2014

INFOEMPLEO: PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE DE UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA): BASES REGULADORAS Y CALENDARIO DE CONCURSOS PÚBLICOS 2015

Mediante la Resolución de 11 de noviembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos de contratos de personal laboral no permanente para la realización de tareas de investigación científica y técnica con cargo al Capítulo VI del presupuesto, para contratos con el exterior, proyectos de investigación, convenios de colaboración, grupos y líneas de investigación.

La Universidad de Cádiz convoca a concurso público contratos de personal de personal laboral no permanente para la realización de tareas de investigación científica y técnica con cargo al Capítulo VI del presupuesto, para contratos con el exterior, proyectos de investigación, convenios de colaboración, grupos y líneas de investigación con el calendario que figura como Anexo a esta Resolución. En las fechas indicadas en el citado Anexo se publicarán las ofertas de contratos autorizados en el mes inmediatamente anterior a cada convocatoria por los investigadores principales de contratos con el exterior, grupos y líneas de investigación, convenios de colaboración y proyectos de investigación en vigor de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidas en estas las bases reguladoras.
Firmada en Cádiz, a 11 de noviembre de 2014, por el Rector, por delegación de firma (Res. UC A/R133REC /2013, de 27.9), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de la convocatoria:
1. Las convocatorias se regirán tanto por las bases reguladoras establecidas en la presente Resolución como por las específicas que figuren contenidas en los anexos correspondientes.
2. Forma de provisión.
La forma de provisión será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum, y los específicos detallados en el anexo correspondiente.
3. Requisitos de los solicitantes.
Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
3.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. La contratación de investigadores o técnicos extranjeros no comunitarios, que se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación propias del proyecto, quedará en suspenso mientras no obtengan el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 20 de abril, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, y demás disposiciones reglamentarias de aplicación.
3.2 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
3.5. Poseer la titulación exigida para la/s plaza/s ofertada/s, que es la que se especifica en la base tercera. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. A los solos efectos de su admisión en el concurso, estos deberán estar traducidos al español o inglés. La denominación del título extranjero deberá coincidir con el exigido en el Anexo de la convocatoria. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Carácter del contrato.
Los contratos tendrán carácter temporal y se realizarán preferentemente bajo la modalidad de contrato por obra o servicio determinado para la realización de un trabajo de investigación, o de acuerdo con lo que disponga la respectiva convocatoria, bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas en la Sección II del Título II de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Cádiz ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.
5. Cuantía del contrato.
La cuantía de los contratos estará especificada en cada uno de los anexos. Las cuantías contempladas en los distintos anexos podrán sufrir las variaciones que establezcan las normas que les sean de aplicación o por causas sobrevenidas no previstas inicialmente.
6. Efectos del contrato.
Los contratos surtirán efecto desde la fecha indicada en el mismo, tras la firma de los interesados y del Vicerrector de Ordenación Académica y Personal de la Universidad de Cádiz, como representante de la misma, no pudiendo tener efectos retroactivos.
7. Duración del contrato.
La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria, será la establecida en el correspondiente anexo, y no podrá ser superior a 3 años en general, o 2 para los contratos de investigadores en prácticas. No obstante, y de acuerdo con la Disposición Adicional Decimoquinta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en su versión dada por Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, cuando estén vinculados a un proyecto específico de investigación o de inversión superior a 3 años pondrán extenderse hasta la finalización del mismo de acuerdo con las necesidades y disponibilidad presupuestaria del proyecto. En ningún caso la vigencia del contrato podrá exceder la duración del proyecto al que se adscribe.
8. Obligaciones del trabajador.
Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba. Asimismo, el trabajador tendrá las obligaciones que establezca la normativa que le sea de aplicación.
9. Solicitudes.
Dentro del plazo establecido en el Anexo de la presente resolución para cada convocatoria, los candidatos podrán presentar su solicitud a través del procedimiento telemático establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la Oficina Virtual https://oficinavirtual.uca.es/oficinaVirtual/jsp/index.jsf o desde la web del Área de Personal, a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en la dirección http://www.uca.es/personal/convocatorias/capitulo-vi.
Si este procedimiento no estuviera aun a disposición del usuario, quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancia disponible en la página web del Área de Personal en la siguiente dirección: http://www.uca.es/personal/convocatorias/capitulo-vi.
La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz, así como en las Oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (Edificio junto a Facultad de Ciencias de la Educación), Jerez de la Frontera (Edificio de Servicios Generales), Bahía de Algeciras (Administración Campus-Escuela Politécnica Superior, primera planta) y Cádiz (Edificio «Andrés Segovia»), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para los solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en un registro distinto del de la Universidad de Cádiz, será necesario el envío de dicha solicitud, una vez registrada, al Área de Personal de la Universidad de Cádiz, mediante fax o por correo electrónico en la dirección: planificacion.personal@uca.es en los dos días siguientes al de la presentación.
No se admitirán las solicitudes que no sigan alguno de los procedimientos establecidos. Cuando el último día de plazo de presentación de solicitudes sea sábado o festivo en la ciudad de Cádiz, se prorrogará hasta el siguiente día hábil.
A la solicitud, acompañarán la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI , pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea.
- Fotocopia del título exigido en el correspondiente Anexo.
- Certificación o copia del expediente académico, en la que figuren detalladas las asignaturas y calificaciones obtenidas en sus estudios en la Universidad.
- Currículum vitae.
- Cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las diferentes convocatorias. Solo serán valorados los méritos acreditados documentalmente o en cualquier formato digital que permita a la Comisión comprobar su acreditación (Pendrive, CD, etc.). No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
10. Admisión de aspirantes.
10.1. Expirado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de diez días, se hará pública en la dirección de internet: http://www.uca.es/personal/convocatorias/capitulo-vi la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Cuando las circunstancias lo aconsejen a criterio del Vicerrector competente, se podrá establecer un plazo de publicación de la lista provisional comprendido entre uno y tres días.
10.2. Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos se requerirá en dicha publicación al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición. Cuando razones de urgencia lo aconsejen y mediante Resolución del Rector, este plazo se podrá reducir a la mitad.
10.3. La lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará en la dirección de internet: http: //www.uca.es/personal/convocatorias/capitulo-vi/convocatorias-en-marcha, en el plazo máximo de diez días contados a partir de la fecha límite del plazo que se haya dado para la subsanación de defectos.
10.4. Contra la notificación de exclusión definitiva se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Provincial con sede en Cádiz, conforme a lo establecido en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99, de RJPAC.
11. Criterios de Valoración.
La Comisión de Contratación valorará con carácter general:
- Expediente académico.
- Los criterios concretos de valoración de cada convocatoria se recogerán en cada uno de los anexos y podrán incluirse entre otros, la experiencia profesional y la formación específica relacionada con los requisitos de la convocatoria.
12. Comisiones evaluadoras de las solicitudes.
Cada Anexo de la convocatoria hará pública la composición de la Comisión de Contratación, que estará constituida por un Presidente (Rector o Vicerrector/a en quien delegue), un vocal a propuesta del investigador responsable del proyecto, contrato o convenio, dos vocales a propuesta del Vicerrector competente en Investigación y Transferencia, un vocal a propuesta del Comité de Empresa del Personal Docente e Investigador y un miembro del Personal de Administración y Servicios adscrito al Área de Personal, que actuará como Secretario de la Comisión, con voz y sin voto.
13. Cofinanciación con cargo a FEDER.
Las convocatorias determinarán qué contratos convocados están cofinanciados con Ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
14. Resolución y publicación.
El resultado de las convocatorias se hará público en la dirección de internet: http://www.uca.es/personal/convocatorias/capitulo-vi/convocatorias-en-marcha, de la Universidad de Cádiz, indicando el aspirante que ha superado el mismo y, en su caso, la bolsa de trabajo que se elabore. La Comisión de Contratación podrá declarar desierto el concurso cuando el currículum de las personas candidatas no se adecue a la funciones a desarrollar dentro del proyecto, grupo o convenio al que se adscriban. Las personas solicitantes que no obtengan contrato ni aparezcan relacionadas como pertenecientes a la bolsa de trabajo en el acta de Resolución, podrán retirar la documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación en la web del acta. La documentación que no se retire en dicho plazo, será destruida.
15. Recursos.
Contra las propuestas de las Comisiones de Contratación, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el citado Boletín, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO.
Calendario de publicación de convocatorias:
Convocatoria/ Fecha de publicación en la web/ Fin del plazo de presentación de solicitudes en un registro válido:
Enero/ 16-01-2015/ 26-01-2015.
Febrero/ 13-02-2015/ 23-02-2015.
Marzo/ 13-03-2015/ 23-03-2015.
Abril/ 17-04-2015/ 27-04-2015.
Mayo/ 15-05-2015/ 25-05-2015.
Junio/ 12-06-2015/ 22-06-2015.
Julio/ 10-07-2015/ 20-07-2015.
Septiembre/ 11-09-2015/ 21-09-2015.
Octubre/ 09-10-2015/ 19-10-2015.
Noviembre/ 06-11-2015/ 16-11-2015.
Diciembre/ 11-12-2015/ 21-12-2015.
En el supuesto de que incidencias informáticas impidiesen la publicación de las convocatorias en la dirección web del Área de Personal en las fechas indicadas, se harán públicas en los tablones de anuncios del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universidad de Cádiz, y del Rectorado de la Universidad de Cádiz, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del plazo de presentación de solicitudes mediante resolución motivada del citado Vicerrectorado.



Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 235, de 2/12/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 29-32).



José Luis Ares Cea (profesor)

lunes, 8 de diciembre de 2014

INFOEMPLEO: ACCESO A ESCALA TÉCNICA DE GESTIÓN DE UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA): PROCESO SELECTIVO 2014

Mediante la Resolución de 13 de noviembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se nombra el Tribunal y se declara aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo convocado para ingreso en la Escala Técnica de Gestión, por el sistema de promoción interna.

En relación con la convocatoria de pruebas selectivas para cubrir 2 plazas, por el sistema de promoción interna, en la Escala Técnica de Gestión, de la Universidad de Cádiz, convocada por Resolución de 11 de septiembre de 2014 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 1 de octubre), y en uso de las competencias que están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como los Estatutos de la Universidad de Cádiz, se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Nombrar a los miembros del Tribunal, relacionado en el Anexo I de esta Resolución.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en la base 4.1 de la convocatoria, se declara aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo. La relación se publica en el Anexo II de esta Resolución. Asimismo, dicha relación de admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios del rectorado de esta Universidad, así como en la siguiente dirección de Internet: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/oposiciones.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en la base 4.2. de la convocatoria, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOJA, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cuarto. La realización del primer ejercicio tendrá lugar en Cádiz, el día 26 de febrero de 2014,a las 10,00 horas, en el Aula 1.21, de la Facultad de Filosofía y Letras. Los aspirantes deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad, bolígrafo, lápiz y goma de borrar.
Contra la presente Resolución, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 30/92, modificada por ley 4/99, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común.

Firmada en Cádiz, a 13 de noviembre de 2014, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UCA/R133REC /2013, de 27 de septiembre), el Gerente, Manuel Gómez Ruiz.

ANEXO I.
Composición del Tribunal Calificador.
Tribunal titular:
Presidente: Manuel Gómez Ruiz, Funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.
Secretaria: María de los Ángeles Hinojosa Lizana, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Sevilla.
Vocales:
-José María Pérez Monguió, Profesor Titular de Universidad, de la Universidad de Cádiz.
-Fernando Mohedano Jiménez, Funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Córdoba.
-Rafael Siro Murillo Fernández, Funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Sevilla.
Tribunal suplente:
Presidente: Miguel Duarte Barrionuevo, Funcionario de la Escala Facultativa Archivo, Biblioteca/ Museo de la Universidad de Cádiz.
Secretaria: Candelaria Gallardo Plata, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.
Vocales:
- María de las Nieves Gómez Aguilar, Profesora Titular de Universidad, de la Universidad de Cádiz.
- Mercedes Zájara Espinosa, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.
- Antonio Vadillo Iglesias, Funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

ANEXO II.
Aspirantes admitidos y excluidos (ver BOJA).


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 235, de 2/12/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 33 y 34).


José Luis Ares Cea (profesor)

miércoles, 26 de noviembre de 2014

INFOEMPLEO: PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) 2014

Mediante la Resolución de 4 de noviembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se publica la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador para el año 2014. 

El artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse serán objeto de la Oferta de Empleo Público (OEP). El artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 establece que a lo largo del mencionado ejercicio no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, salvo en determinados sectores, cuya tasa de reposición será del 10 por ciento. Entre dichos sectores se encuentra el referido a los Cuerpos Docentes Universitarios.

De acuerdo con el cálculo que establece el apartado 3 del citado artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, corresponde a la Universidad de Cádiz una tasa de reposición de tres plazas de los mencionados Cuerpos Docentes Universitarios.

Por otra parte, el artículo 11.1 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, regula que la tasa de reposición se fijará en el 10%, en determinados sectores, pudiendo procederse a la acumulación de las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición correspondiente a cada sector en aquellos cuerpos, especialidades o escalas cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

En este sentido, el Servicio Andaluz de Salud ha puesto a disposición de las Universidades Públicas de Andalucía, con cargo a la tasa de reposición del 10% del año 2014 del propio Servicio Andaluz de Salud y para la provisión de plazas vinculadas en Centros del mencionado Servicio, un total de quince plazas. Con fecha de 16 de junio de 2014, la Comisión Mixta de Seguimiento del Concierto Específico entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Cádiz para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la Investigación y la Docencia, acordó la creación y convocatoria de una plaza de Profesor Titular de Universidad Vinculado y una de Profesor Contratado Doctor Vinculado, con cargo a la tasa de reposición del Servicio Andaluz de Salud para el año 2014.

Por último, la Mesa de negociación de temas comunes del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz, en reunión celebrada el día 1 de octubre de 2014, acordó los criterios para la convocatoria de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, para profesorado acreditado de la Universidad de Cádiz, aprobados en sesión del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz de 14 de octubre de 2014.

Por todo lo anterior, conforme a lo establecido en la normativa indicada, así como en los Estatutos de la Universidad de Cádiz y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad de 14 de octubre de 2014, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2014, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2014.

Segundo. Esta oferta de empleo público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, que se detallan en el Anexo, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las administraciones públicas.

Tercero. Las convocatorias de los concursos de acceso derivados de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo establecido en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Firmada en Cádiz, a 4 de noviembre de 2014, por el Rector, Eduardo González Mazo.

ANEXO 1
Relación de plazas incluidas en la oferta de empleo público del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2014:

Subgrupo/ Cuerpo-Categoría/ Número de plazas:
A1/ Catedrático de Universidad/1.
A1/ Titular de Universidad/ 2.
A1/ Titular de Universidad Vinculado (*)/ 1.
1/ Profesor Contratado Doctor Vinculado (*)/ 1.
(*) Con cargo a la tasa de reposición del Servicio Andaluz de Salud.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 231, de 26/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 57 y 58).



José Luis Ares Cea (profesor)

viernes, 21 de noviembre de 2014

INFOEMPLEO: TÉCNICO DE MANTENIMIENTO UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CONCURSO 2014 L300921

Mediante la Resolución de 27 de octubre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se realiza la convocatoria de proceso selectivo para cubrir, por turno libre, una plaza de Técnico Especialista de Mantenimiento, por el sistema de concurso-oposición.

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/03, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada Ley Orgánica de Universidades, y de acuerdo con las Bases de la convocatoria aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 14 de octubre de 2014, se resuelve lo siguiente:

Convocar proceso selectivo para cubrir, mediante contrato de relevo, una plaza de Técnico Especialista de Mantenimiento, con destino en el Campus de Puerto Real, por el sistema de concurso-oposición, con sujeción a las bases que se acompañan como Anexo I.
Firmada en Cádiz, a 27 de octubre de 2014, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UC A/R133REC /2013, de 27 de septiembre), el Gerente, Manuel Gómez Ruiz.

ANEXO I.
BASES DE LA CONVOCATORIA (ver BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 228, de 21/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 29-35).



José Luis Ares Cea (profesor)