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jueves, 19 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATO TÉCNICO ESPECIALISTA DE APOYO INVESTIGACIÓN 2016 UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE (SEVILLA, ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 27 de abril de 2016, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), se convoca a concurso público un contrato para obra o servicio determinado de Técnico de Especialista de Apoyo a la Investigación.

Primero. Convocar, con arreglo a las normas que se contienen en los Anexos de esta Resolución, la contratación para obra o servicio determinado de un Técnico Especialista de Apoyo a la Investigación, de referencia CABD1601, que colabore en las funciones investigadoras del Centro Andaluz de Biología del Desarrollo (CABD) al que se adscribe el contrato indicado.
Firmada en Sevilla, a 27 de abril de 2016, por el Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 92, de 17/05/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 53-59).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 18 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: MODIFICACIÓN ESTRATEGIA GENERACIÓN DE EMPLEO MEDIOAMBIENTAL 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Acuerdo de 12 de abril de 2016, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), se modifica el Acuerdo de 10 de junio de 2014, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para la Generación de Empleo Mediambiental en Andalucía 2020.

La Estrategia para la Generación de Empleo Medioambiental en Andalucía 2020 se diseña paralelamente a la elaboración de la Estrategia de Desarrollo Sostenible de Andalucía 2020, en desarrollo de una de sus áreas de actuación, «competitividad y empleo», estableciendo las medidas para la consecución de la competitividad de la economía andaluza desde bases sostenibles y con especial énfasis en la ecoinnovación, a través de un cambio estructural del modelo productivo actual para hacer frente a la crisis económica, y potenciar el empleo verde, entendiéndose como tal no sólo el relacionado con los sectores que tradicionalmente desarrollan su actividad en el sector medioambiental o con los nuevos yacimientos de empleo verde, sino también todos aquellos derivados del enverdecimiento de procesos de producción y productos en todos los sectores de la economía.

El objetivo del presente Acuerdo es la modificación del Acuerdo de 10 de junio de 2014 por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para la Generación de empleo Medioambiental en Andalucía 2020, dando nueva redacción a su Punto cuarto referido al procedimiento de elaboración y aprobación.

El Acuerdo de formulación de 10 de junio de 2014 contemplaba la creación de una Comisión de redacción de la estrategia compuesta por representantes, de todas las consejerías de la Junta de Andalucía, lo que convertía a esta comisión en un órgano colegiado de participación administrativa de los definidos en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Para agilizar los trámites de consulta y dinamizar el proceso participativo de la estrategia, con la presente modificación se elimina el trámite de constitución de la citada comisión de redacción, sin que ello suponga merma de la participación de los diferentes departamentos, áreas, instituciones y entidades de la Junta de Andalucía, pues se pretende impulsar el proceso de participación colectiva con el fin de potenciar la eficacia en la tramitación de la estrategia.

Para la participación en la Junta de Andalucía, se utilizarán herramientas hoy día disponibles, como la Red Profesional de la Junta de Andalucía, que permite y favorece el trabajo en grupos sin necesidad de reuniones presenciales. Para la participación de entidades y personas externas a la Junta de Andalucía, permanecen los procesos de publicidad e información pública conforme a la normativa sobre participación ambiental.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de abril de 2016, se acuerda lo siguiente:

Primero. Modificación del Acuerdo de 10 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la estrategia para la Generación de Empleo Medioambiental de Andalucía 2020. Se modifica el punto cuarto del Acuerdo de 10 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para la Generación de empleo Medioambiental de Andalucía 2020, que queda redactado como sigue:
«La elaboración de la Estrategia para la Generación de Empleo Medioambiental en Andalucía 2020 corresponde a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que contará con la participación de todas las consejerías de la Junta de Andalucía, para realizar cuantas aportaciones en el ámbito de sus competencias, especialmente vinculadas a las áreas de empleo y medio ambiente, puedan realizar al texto de la referida estrategia.

La elaboración de la Estrategia para la Generación de Empleo Medioambiental en Andalucía 2020 se iniciará con un borrador en el que se han de reflejar los principales objetivos y contenidos de la estrategia. este documento será distribuido por los diferentes departamentos, áreas e instituciones de la Junta de Andalucía para que realicen sus aportaciones, y se pondrá en conocimiento de la ciudadanía, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre participación ambiental.

A partir de dicho documento y con las primeras aportaciones y sugerencias se elaborará un segundo borrador de la Estrategia para la Generación de Empleo Medioambiental en Andalucía 2020, que se presentará a los órganos consultivos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Consejo Andaluz de Medio Ambiente, Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible y nueva consulta de los diferentes departamentos, áreas e instituciones de la Junta de Andalucía, para su debate y valoración. resultado de las aportaciones se elaborará un documento que se someterá a información pública. 

El periodo de información pública, que tendrá una duración de, al menos, 45 días, se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, donde además se implementará un procedimiento telemático de presentación de alegaciones. Las propuestas formuladas en el trámite de alegaciones se incluirán, o se justificará su no inclusión en los casos que corresponda. Una vez finalizado el periodo de información pública, la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio elevará la propuesta de estrategia al consejo de Gobierno para su aprobación.»

Segundo. Efectos.
El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmado en Sevilla, a 12 de abril 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Gregorio Fiscal López.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 92, de 17/05/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 25 y 26).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 11 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATACIÓN PERSONAL DE APOYO INVESTIGACIÓN 2016 UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 19 de abril de 2016, de la Universidad Internacional de Andalucía (España), se realiza corrección de errores a la convocatoria pública para la contratación por obra o servicio determinado de personal de apoyo, con cargo a contratos, convenios de colaboración o proyectos de investigación.

Advertidos errores en la Resolución de 10 de marzo de 2016 de la Universidad Internacional de Andalucía, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones que se indican a continuación. Por otro lado, se señala un nuevo plazo para la presentación de solicitudes que finalizará a los diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta rectificación:

En la página 63, en el punto 6. criterios de selección, donde dice:
«6. criterios de selección.
La comisión evaluadora valorará con carácter general las siguientes particularidades referidas a las personas candidatas que cumplan los requisitos mínimos y el perfil de los contratos.
Debe decir:
«6. criterios de selección.
La comisión evaluadora valorará con carácter general las siguientes particularidades referidas a las personas candidatas que cumplan los requisitos mínimos y el perfil de los contratos.
-Formación específica en Accesibilidad universal, discapacidad y dependencia (Títulos propios, expertos...) Hasta 3 puntos.
-Disponer del título de inglés B.2, c.1 y c.2 Hasta 1 punto.
-Participación en publicaciones Hasta 3 puntos.
-Aportaciones científicas divulgativas en torno a análisis de carácter social (congresos, Jornadas...) Hasta 1 punto.
-Experiencia profesional en organizaciones relacionadas con la discapacidad, accesibilidad y dependencia Hasta 1 punto.
-Acreditación de participación de Proyectos de investigación relacionados con discapacidad/accesibilidad/ dependencia en entidades públicas y/o privadas Hasta 1 punto.
Si la comisión evaluadora lo cree conveniente, los solicitantes con mayor puntuación podrán ser convocados a la realización de una entrevista que será valorada con un máximo de cinco (5) puntos.»
Firmada en Sevilla, a 19 de abril de 2016, por el Rector, Eugenio Domínguez Vilches.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 83, de 4/05/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 210).


José Luis Ares (docente)

martes, 10 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATO PROFESOR AYUDANTE DOCTOR CURSO 2015-16 UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 3 de mayo de 2016, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesor Ayudante Doctor.

1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, la plaza de Profesor Ayudante Doctor que se indica en el Anexo I.
1.2. El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE número 307, de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE número 89, de 13 de abril); el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (BOJA número 8, de 11 de enero de 2013); la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE número 12, de 14 de enero); los Estatutos de la Universidad de Córdoba aprobados mediante Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA número 206, de 27 de octubre) y modificados por Decretos 94/2005, de 29 de marzo (BOJA número 77, de 21 de abril) y 234/2011, de 12 de julio (BOJA número 147, de 28 de julio) en cuanto no se opongan a las leyes citadas anteriormente, y demás normas que fuesen de aplicación; el Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el se aprueba el Texto Refundido de la ley del estatuto de los Trabajadores, –en lo no previsto en la mencionada ley orgánica de universidades–, con exclusión del régimen de duración de los contratos, que será según se determine en estas bases y en el contrato laboral que se concierte; el Primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con Contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA número 92, de 9 de mayo de 2008); el Reglamento para el ingreso del profesorado contratado no estable de la Universidad de Córdoba, aprobado en consejo de Gobierno de fecha 5 de febrero de 2015 y modificado por acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 30 de octubre de 2015, y demás normativa de pertinente aplicación. 
La presente convocatoria se dicta debido a las necesidades que tiene la Universidad de Córdoba relacionadas con la docencia.
La selección de los aspirantes se realizará mediante el procedimiento de concurso público previsto en el Reglamento para el Ingreso del Profesorado Contratado no estable de la Universidad de Córdoba.
Firmada en Córdoba, a 3 de mayo de 2016, por el Rector, José Carlos Gómez Villamandos.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 86, de 9/05/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 84-90).


José Luis Ares (docente)

viernes, 6 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATOS PREDOCTORALES PLAN INVESTIGACIÓN 2015 UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 28 de abril de 2016, de la Universidad de Almería (España), se modifica la convocatoria de ocho contratos Predoctorales para la formación del personal investigador del Plan Propio de Investigación 2015.

Por Resolución del Rectorado número 1049/2015, de 23 de septiembre, se convocaron a concurso público ocho contratos Predoctorales para la Formación del Personal Investigador del Plan Propio de Investigación 2015 (BOJA número 190, de 29 de septiembre). se observa la necesidad de modificar el punto 6.6 de dicha convocatoria en lo referente al plazo máximo de resolución de seis meses, contados a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes. ello viene motivado por:

1. La imposibilidad sobrevenida de dictar dicha resolución en el plazo establecido, al no ser evaluados y dotados de puntuación los grupos de investigación de la Universidad de Almería por parte de la Junta de Andalucía, puntuación que es necesaria y requisito sine qua non para la baremación y resolución de los contratos predoctorales.
2. Tener que haber sido realizada dicha evaluación y puntuación de los grupos de investigación por parte de la propia comisión de investigación de la Universidad de Almería y su posterior aprobación por su Consejo de Gobierno.
Por tanto, considerando la dilatación en el tiempo que han conllevado estos trámites necesarios, y de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, este Rectorado resuelve modificar la convocatoria de referencia y ampliar el plazo de resolución en dos meses, debiendo por tanto modificarse el punto 6.6 de la convocatoria en el siguiente tenor literal:
Donde dice:
«6.6 /…/la resolución se dictará en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes. en el supuesto de no producirse la resolución en el plazo establecido, se entenderán desestimadas las solicitudes. la resolución dictada resolviendo las ayudas agota la vía administrativa.»
Debe decir:
«6.6 /…/la resolución se dictará en el plazo máximo de ocho meses, contados a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes. en el supuesto de no producirse la resolución en el plazo establecido, se entenderán desestimadas las solicitudes. la resolución dictada resolviendo las ayudas agota la vía administrativa.»
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y 62 de los estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Almería, a 28 de abril de 2016, por el Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 84, de 5/05/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 46).


José Luis Ares (docente)

lunes, 2 de mayo de 2016

INFOEMPLEO: EMPLEO PÚBLICO 2016 JUNTA DE ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Decreto 84/2016, de 26 de abril de 2016, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía (España), se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2016.

Artículo 1. Aprobación de la Oferta de Empleo Público.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, se aprueba la oferta de empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al año 2016, en los términos que se establecen en el presente Decreto.

Artículo 2. Cuantificación y distribución de la Oferta de Empleo Público.
1. En la Oferta de Empleo Público se incluyen las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y que deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, de acuerdo con la distribución por grupos, subgrupos, cuerpos, especialidades, opciones y subopciones de acceso de personal funcionario que figura en el Anexo I, y por los grupos y categorías profesionales de personal laboral que se incluyen en dicho Anexo. Asimismo, se incluyen las plazas que deben proveerse por personal funcionario de carrera o laboral fijo mediante los procesos selectivos de promoción interna, con la distribución que se contempla en el Anexo II.
2. Las plazas que se ofertan en el presente Decreto se convocarán conjuntamente con las plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2015 aprobada mediante Decreto 502/2015, de 9 de diciembre.

Artículo 3. Promoción interna.
1. Los procesos selectivos de promoción interna se llevarán a cabo en convocatorias independientes de las de ingreso libre, en los términos establecidos en las correspondientes bases de convocatoria.
2. Las plazas que se ofertan, distribuidas por grupos, subgrupos, cuerpos y especialidades u opciones de acceso para el personal funcionario, y en Grupos y categorías profesionales para personal laboral, son las que se relacionan en el Anexo II del presente Decreto.
3. Conforme a la Disposición transitoria segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, esté desempeñando funciones o puestos de trabajo que corresponden a personal funcionario, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concurso-oposición, en aquellos cuerpos y especialidades a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe. 
Dicho personal laboral fijo deberá poseer la titulación necesaria, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el grupo profesional o subgrupo desde el que se promociona y reunir los restantes requisitos exigidos en las convocatorias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el artículo 1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre.
Se incluyen en el Anexo II del presente Decreto, las plazas para este personal, determinándose en las bases específicas de las convocatorias los colectivos que podrán participar en cada uno de los procesos, y las características y los requisitos del mismo. en todo caso, a este personal se le valorarán, como mérito en la fase de concurso, los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo así como las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición.
Firmado en Sevilla, a 26 de abril de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y la Consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero Cuadrado.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 82, de 3/05/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 10-17).


José Luis Ares (docente)

jueves, 28 de abril de 2016

INFOEMPLEO: EMPLEO PÚBLICO 2016 UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 8 de abril de 2016, de la Universidad de Cádiz (España), se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2016.

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2016.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, que se detallan en el Anexo, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las administraciones públicas. Falta, sin embargo, reseñar las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito Docente e investigador con plazas vinculadas a servicios asistenciales de instituciones sanitarias con asignación presupuestaria, aprobadas con cargo a la tasa de reposición del Servicio Andaluz de salud para la Universidad de Cádiz. Asimismo, falta por concretar la Oferta Pública de Empleo destinada al personal de administración y servicios, fijada en hasta un máximo del 100% de la tasa de reposición de acuerdo al artículo 20.uno.2.J), para completar la plantilla de la Universidad de Cádiz, sin que ello afecte al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para dicha universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Tercero. Asímismo, la presente oferta de empleo incluye las plazas del cuerpo de catedráticos a convocar por promoción interna de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades.

Cuarto. Las convocatorias de los concursos de acceso derivados de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo establecido en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Firmada en Cádiz, a 8 de abril de 2015, por el Rector, P.D. (Resolución UCA/R16REC2015, de 20.4, BOUCA del 30), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 74, de 20/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 35 y 36).



José Luis Ares (docente)

miércoles, 27 de abril de 2016

INFOEMPLEO: OFERTA EMPLEO PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 2016 UNIVERSIDAD DE JAÉN (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 13 de abril de 2016, de la Universidad de Jaén (España), por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de Administración y Servicios de los Grupos A1 y A2, vacantes en esta universidad.

I. Requisitos y condiciones de participación.
1.1. Podrán tomar parte en la presente convocatoria: 
Funcionarios de carrera, de cuerpos y escalas de Administración, al servicio de la Universidad de Jaén, pertenecientes a los cuerpos o escalas clasificados en los Grupos A1 y A2 cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme y siempre que reúnan las condiciones generales y requisitos determinados en la convocatoria y en la RPT para el puesto en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

1.2. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que el interesado obtengan otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicar, por escrito, a la autoridad convocante tal opción.

II. Puestos.
2.1. Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud son los que aparecen relacionados en el Anexo I de esta convocatoria como vacante.
2.2. En los puestos de trabajo con nivel 22 o superior se tendrán en cuenta otros criterios que dan al concurso carácter específico.
Firmada en Jaén, a 13 de abril de 2016, por el Rector, Juan Gómez Ortega.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 76, de 22/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 193-201).

José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: EMPLEO PÚBLICO 2016 UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 15 de abril de 2016, de la Universidad de Granada (España), se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2016.

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada para el año 2016, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 15 de abril de 2016, y que se acompaña como Anexo.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.

Tercero. De acuerdo con el párrafo segundo del artículo 20.uno.4 que indica que «no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna», la Universidad de Granada, de acuerdo a la modificación del artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, convocará cincuenta y tres plazas de catedrático de universidad por promoción interna sin superar el número máximo de plazas que son objeto de esta oferta de empleo público de turno libre, en este mismo año.

Cuarto. las convocatorias de las plazas derivadas de esta Oferta se publicarán en el Boletín oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre de universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Firmada en Granada, a 15 de abril de 2016, por la Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 75, de 21/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 42 y 43).



José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: NUEVO EMPLEO PÚBLICO 2016 UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 18 de abril de 2016, de la Universidad de Almería (España), se aprueba nueva Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador para el año 2016 y se deja sin efecto la Oferta de Empleo Público publicada en el BOJA número 63, de 5/4/2016.

Primero. Dejar sin efecto la Resolución de 29 de marzo de 2016, de la Universidad de Almería, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador para el año 2016, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 63, de 5/4/2016.

Segundo. Publicar la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Almería para el año 2016 acordada en Consejo de Gobierno de 15.4.2016.

Tercero. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, que se detallan en el Anexo, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas.

Cuarto. la planificación de los recursos humanos en la Universidad de Almería se orienta a la atención de las funciones prioritarias, a la correcta dimensión del volumen de efectivos y a potenciar la estabilización de su personal docente e investigador.
Firmada en Almería, a 18 de abril de 2016, por el Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 76, de 22/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 191 y 192).



José Luis Ares (docente)

viernes, 22 de abril de 2016

INFOEMPLEO: OFERTA EMPLEO PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 2016 UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 11 de abril de 2016, de la Universidad de Almería (España), se publica la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2016.

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Almería para el año 2016.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito de administración y servicios, con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, que se detallan en el Anexo, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas.

Tercero. Las convocatorias de procesos selectivos derivados de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE), así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), para garantizar la publicidad exigida en el artículo 75.2 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo establecido en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.
La presente Resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el artículo 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre. contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a partir igualmente de la publicación de esta Resolución, según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Firmada en Almería, a 11 de abril de 2016, por el Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 72, de 18/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 24 y 25).

José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: CONCURSO PROFESORES AYUDANTES DOCTORES CURSO 2015-16 UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 8 de abril de 2016, de la Universidad de Málaga (España), se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.

1. Normas generales.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Decreto legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/85 de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; los Estatutos de la Universidad de Málaga (UMA); el convenio colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 9/5/08); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades; el Reglamento que regula la contratación mediante concurso público del Personal Docente e investigador en la Universidad de Málaga, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 19 de julio de 2006, modificado en sesiones del 27 de octubre de 2014 y 27 de febrero de 2015, y el Baremo para la contratación laboral de Profesores Ayudantes Doctores de la UMA, aprobado por Consejo de Gobierno en sesión del 5 de mayo de 2004, modificado en sesión del 5 de abril de 2006. en lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación general que le sea de aplicación y la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Firmada en Málaga, a 8 de abril de 2016, por el Rector, José Ángel Narváez Bueno.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 74, de 20/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 40-55).

José Luis Ares (docente)

miércoles, 20 de abril de 2016

INFOEMPLEO: CONCURSO PROFESORES ASOCIADOS CURSO 2015-16 UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 6 de abril de 2016, de la Universidad de Sevilla (España), se convoca concurso público de méritos para la contratación de profesores asociados.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, Orgánica de Universidades, de 12 de abril. este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como el estatuto de esta universidad, y atendiendo a la Orden de autorización de la consejería de economía y conocimiento de fecha 6 de octubre de 2015, para la contratación temporal de profesorado universitario en las universidades Públicas Andaluzas para el curso 2015-2016, ha resuelto convocar concurso público de méritos de las plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, que se regirá de acuerdo con las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales.
El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior y disposiciones de desarrollo; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley Andaluza de universidades; en el convenio colectivo del PDi laboral de universidades Públicas Andaluzas; en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades; en el estatuto de la Universidad de Sevilla (Decreto 324/2003, modificado por Decreto 16/2008); y en el Texto Refundido de la normativa sobre Procedimiento de contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados aprobado por Acuerdo 5.3 de consejo de Gobierno de 18 de julio de 2014. en lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en la ley 4/1999, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
Firmada en Sevilla, 6 de abril de 2016, por el Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 72, de 18/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 34-42).



José Luis Ares (docente)

martes, 19 de abril de 2016

INFOEMPLEO: CONCURSO PROFESORES AYUDANTES DOCTORES CURSO 2015-16 UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 6 de abril de 2016 de la Universidad de Sevilla (España), se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Ayudantes Doctores.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, Orgánica de Universidades, de 12 de abril. este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como el estatuto de esta Universidad, y atendiendo a la Orden de autorización de la Consejería de Economía y Conocimiento de 6 de octubre de 2015 para la contratación temporal de Profesorado Universitario en las Universidades Públicas Andaluzas como Profesores Ayudantes Doctores para el curso académico 2015-2016, ha resuelto convocar concurso público de méritos de las plazas que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, que se regirá de acuerdo con las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales.
El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior y disposiciones de desarrollo; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley Andaluza de universidades; en el convenio colectivo del PDI laboral de las Universidades Públicas Andaluzas; en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades; en el Estatuto de la Universidad de Sevilla (Decreto 324/2003, modificado por Decreto 16/2008); y en el texto refundido de la normativa sobre Procedimiento de contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados aprobado por Acuerdo 5.3 de consejo de Gobierno de 18 de julio de 2014. en lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 4/1999, que modifica la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Sevilla, a 6 de abril de 2016, por el Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 72, de 18/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 26-33).



José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: EMPLEO PÚBLICO 2016 UNIVERSIDAD DE JAÉN (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 5 de abril de 2016, de la Universidad de Jaén (España), por la que se anuncia oferta de empleo público de personal docente e investigador para el año 2016.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Jaén, en uso de las atribuciones contenidas en el art. 45 de los Estatutos de la Universidad de Jaén, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en sesión celebrada con fecha 20 de febrero de 2016, ha resuelto aprobar la Oferta de Empleo Público, en los términos establecidos en el Anexo de esta Resolución.

Esta oferta se ajusta a lo establecido en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, que establece que, a lo largo de este ejercicio, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y administraciones que se contemplan en el artículo 20 de la citada norma, respecto de los cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición del 100 por ciento en el que se incluyen al personal de las universidades públicas, así como la remisión normativa contenida en dicha ley con relación a la aprobación y convocatoria de plazas de promoción interna, todo ello en el marco las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del Presupuesto de la Universidad de Jaén.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo de Jaén (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-Administrativa).
Firmada en Jaén, a 5 de abril de 2016, por el Rector, Juan Gómez Ortega.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 67, de 11/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 103).



José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: EMPLEO PÚBLICO 2016 UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 29 de marzo de 2016, de la Universidad de Almería (España), se publica la Oferta de Empleo Público (OEP) del personal docente e investigador para el año 2016.

Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20 apartado uno.2.J de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del estado para el año 2016; en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016; así como en los estatutos de la Universidad de Almería y en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de marzo de 2016, por el que se aprueba la Oferta de empleo Público del personal docente e investigador de la universidad de Almería para el año 2016, se resuelve lo siguiente:

Primero. Publicar la Oferta de empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Almería para el año 2016.

Segundo. Esta oferta de empleo público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, que se detallan en el anexo, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las administraciones públicas.

Tercero. La planificación de los recursos humanos en la universidad de Almería, se orienta a la atención de las funciones prioritarias, a la correcta dimensión del volumen de efectivos y a potenciar la estabilización de su personal docente e investigador.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución en BOE, según dispone los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante el Rector en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (Boe de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto éste no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Firmada en Almería, a 29 de marzo de 2016, por el Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 63, de 5/04/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 44).



José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: CONCURSO PROFESORES ASOCIADOS CURSO 2015-16 UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 4 de febrero de 2016, de la Universidad de Huelva (España), se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Asociados.

1. Normas generales.

1.1.Normativa aplicable.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (lou), modificada por la l.O 4/2007, de 12 de abril; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; los Estatutos de la Universidad de Huelva; el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BoJA de 9/5/08); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades y el Reglamento para la contratación de Profesores de la Universidad de Huelva. en lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto Básico del empleado Público, y demás legislación general que le sea de aplicación y la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1.2. Naturaleza y Régimen jurídico de los contratos.
1. Los contratos que suscriban los aspirantes que resulten seleccionados serán de naturaleza laboral, siendo su duración la establecida en la normativa vigente.
2. Los contratos de trabajo serán a tiempo parcial.
3. El objeto de los contratos será impartir, por la duración prevista en el mismo, las horas de docencia y de tutoría y cumplir el resto de las obligaciones docentes de las asignaturas que constituyen el perfil de cada una de las plazas incluidas en el Anexo de la convocatoria, que no puedan ser asumidas por los Profesores funcionarios o contratados de la Universidad de Huelva.

1.3. Duración de los contratos.
1. En ningún caso podrán reconocerse ni retribuirse las incorporaciones a la docencia efectuadas con anterioridad a la firma del contrato.
2. Los contratos que se celebren al amparo de la presente convocatoria tendrán carácter temporal para el curso académico 2015/16 y surtirán efectos a partir del siguiente día hábil a la fecha de firma.
3. La renovación se dará siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad profesional relacionada con el perfil de la plaza fuera del ámbito académico universitario, se mantengan las necesidades docentes que motivaron el contrato y previa solicitud e informe positivo del Departamento convocante de la plaza.

1.4. Compatibilidad.
El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 23 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás normas de desarrollo.

2. Requisitos de los aspirantes.
Podrán ser admitidos y concurrir al presente concurso quienes reúnan los requisitos generales y los señalados específicamente para el tipo de plazas a las que se opte.

Los aspirantes, por el hecho de participar en el presente concurso, se someten a las Bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopten las comisiones de contratación, sin perjuicio de las reclamaciones y recursos que fueren pertinentes. lo que se hace público para general conocimiento.
Firmada en Huelva, a 4 de febrero de 2016, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 28, de 11/02/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 115-121).



José Luis Ares (docente)

jueves, 14 de abril de 2016

INFOEMPLEO: RESULTADO SORTEO PÚBLICO ORDEN PRUEBAS SELECTIVAS 2016 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Resolución de 27 de enero de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía (España), se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en BOJA de la presente Resolución y que se celebren durante el año.

En cumplimiento de la Resolución de esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de 23 de diciembre de 2015, por la que se anuncia la celebración del sorteo público, previo a las convocatorias de pruebas selectivas que establece el artículo 17 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, que determinará el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se celebren durante el año 2016 y una vez celebrado aquél, por la presente se hace público que, como resultado de dicho sorteo, el orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen con posterioridad a la publicación de la presente Resolución y en las que se requiera una actuación individualizada, será por orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «P».En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «P», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Q», y así sucesivamente. Este resultado deberá recogerse en cada convocatoria de pruebas selectivas que se efectúen.
Firmada en Sevilla, a 27 de enero de 2016, por la Directora General, Concepción Becerra Bermejo.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 21, de 2/02/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 60).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 6 de abril de 2016

INFOEMPLEO: CONTRATOS LABORALES TÉCNICOS QUÍMICA INDUSTRIAL PROYECTOS DE I+D+F IFAPA 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 18 de marzo de 2016, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA), de la Junta de Andalucía (España), se efectúa la convocatoria de dos contratos laborales para técnicos superiores en química industrial, en el marco de proyectos específicos de I+D+F.

El artículo 15.1 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del IFAPA, establece que el organismo podrá celebrar, con cargo a sus presupuestos, contratos laborales para la realización de un proyecto específico de investigación. Tales contratos se ajustarán, según dispone la citada ley, a la modalidad de obra o servicio determinado y a la de contratos formativos a que se refiere el artículo 15.1 a) y 11.1, respectivamente, del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, pudiéndose formalizar con personal investigador o personal científico o técnico así como con quienes estuviesen en posesión del título de Doctor.

En virtud de los citados preceptos se vienen formalizando por parte de este Instituto contratos laborales de una y otra modalidad en el marco de programas de formación y proyectos específicos de I+D+F, según la naturaleza y características del puesto de trabajo a cubrir, preceptos que con la entrada en vigor de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la Tecnología y la innovación, han de entenderse adaptados y adecuados a un nuevo marco legal que otorga mejores instrumentos a los agentes del sistema para que puedan ser progresivamente más eficaces y eficientes en el ejercicio responsable de su actividad. la referida ley establece modalidades contractuales que cualquier organismo público de investigación podrá utilizar para vincular al personal técnico e investigador mediante una relación laboral. entre dichas modalidades contractuales se encuentran, el contrato predoctoral, el de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el contrato de investigador distinguido, o el contrato para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.

Los proyectos y programas que sustentan estos contratos gozan de autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad del Instituto y responden a actividades que el IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de Investigación y Transferencia que se consideren prioritarias para el sector en Andalucía. Estos proyectos requieren, en su mayoría, la realización de trabajos y tareas que por su carácter coyuntural y extraordinario no pueden ser atendidos por el personal fijo de plantilla del IFAPA, de ahí la necesidad de contar recursos humanos cualificados, sin perjuicio de la supervisión de tales trabajos que, en todo caso, corresponderá a dicho personal de plantilla. Como exige la propia naturaleza de estos contratos, su duración, aunque limitada en el tiempo, estará condicionada, a la efectiva ejecución de las actuaciones que constituyen el proyecto específico de I+D+F objeto del contrato y, por tanto es, en principio, de duración incierta.

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las contrataciones laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F que se detallan en el Anexo I. en dicho Anexo se especifica la duración estimada de los contratos, así como los requisitos que deberán reunir las personas que estén interesadas en concurrir en el proceso selectivo, los cuales guardarán relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato.

Contratos/ Proyectos de I+D+F:
1 Caracterización de l a biomasa de Ulva spp obtenida bajo diferentes condiciones de acuicultura. Asimilación e influencia de productos funcionales sobre el estado antioxidante y resistencia a patógeno de S.senegalensis.
2 Estudio del efecto biofortificante de soluciones del procesado de aceitunas de mesa en los cultivos de fresa y tomate.

Firmada en Sevilla, a 18 de marzo de 2016, por el Presidente del IFAPA, Jerónimo José Pérez Parra.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 58, de 29/03/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 66-71).



José Luis Ares (docente)

INFOEMPLEO: CONTRATOS LABORALES TITULADOS UNIVERSITARIOS Y OTROS PROYECTOS DE FORMACIÓN IFAPA 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 18 de marzo de 2016, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA), de la Junta de Andalucía (España), se efectúa la convocatoria de dieciocho contratos laborales para universitarios y otros titulados, en el marco de proyectos específicos de formación.

El artículo 15.1 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del IFAPA, establece que el organismo podrá celebrar, con cargo a sus presupuestos, contratos laborales para la realización de un proyecto específico de investigación. Tales contratos se ajustarán, según dispone la citada ley, a la modalidad de obra o servicio determinado y a la de contratos formativos a que se refiere el artículo 15.1 a) y 11.1, respectivamente, del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, pudiéndose formalizar con personal investigador o personal científico o técnico así como con quienes estuviesen en posesión del título de Doctor.

En virtud de los citados preceptos se vienen formalizando por parte de este Instituto contratos laborales de una y otra modalidad en el marco de programas de formación y proyectos específicos de I+D+F, según la naturaleza y características del puesto de trabajo a cubrir, preceptos que con la entrada en vigor de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la Tecnología y la innovación, han de entenderse adaptados y adecuados a un nuevo marco legal que otorga mejores instrumentos a los agentes del sistema para que puedan ser progresivamente más eficaces y eficientes en el ejercicio responsable de su actividad. la referida ley establece modalidades contractuales que cualquier organismo público de investigación podrá utilizar para vincular al personal técnico e investigador mediante una relación laboral. entre dichas modalidades contractuales se encuentran, el contrato predoctoral, el de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el contrato de investigador distinguido, o el contrato para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.

Los proyectos y programas que sustentan estos contratos gozan de autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad del Instituto y responden a actividades que el IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de Investigación y Transferencia que se consideren prioritarias para el sector en Andalucía. Estos proyectos requieren, en su mayoría, la realización de trabajos y tareas que por su carácter coyuntural y extraordinario no pueden ser atendidos por el personal fijo de plantilla del IFAPA, de ahí la necesidad de contar recursos humanos cualificados, sin perjuicio de la supervisión de tales trabajos que, en todo caso, corresponderá a dicho personal de plantilla. Como exige la propia naturaleza de estos contratos, su duración, aunque limitada en el tiempo, estará condicionada, a la efectiva ejecución de las actuaciones que constituyen el proyecto específico de I+D+F objeto del contrato y, por tanto es, en principio, de duración incierta.

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las contrataciones laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F que se detallan en el Anexo I. en dicho Anexo se especifica la duración estimada de los contratos, así como los requisitos que deberán reunir las personas que estén interesadas en concurrir en el proceso selectivo, los cuales guardarán relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato.

Contratos/ Proyectos de I+D+F:
1. Formación Institucional Agraria: Incorporación a la Empresa Agraria 1.
2. Formación Institucional Agraria: Incorporación a la Empresa Agraria 2.
3. Formación Institucional Agraria: Incorporación a la Empresa Agraria 3.
4. Formación Institucional Agraria: Incorporación a la Empresa Agraria 4.
5. Formación Institucional Agraria: Incorporación a la Empresa Agraria 5.
6. Formación Institucional Agraria: Medida Agroambiente y Clima 1.
7. Formación Institucional Agraria: Medida Agroambiente y Clima 2.
8. Formación Institucional Agraria: Medida Agroambiente y Clima 3.
9. Formación Institucional Agraria: Bienestar Animal.
10. Formación Institucional Agraria: Aplicación de Plaguicidas.
11. Formación Institucional Agraria: Producción Integrada y Gestión Integrada de Plagas.
12. Formación de Asesores 1.
13. Formación de Asesores 2.
14. Formación Pesquera 1.
15. Formación Pesquera 2.
16. Formación Pesquera 3.
17. Formación Pesquera 4.
18. Formación Pesquera 5.

Firmada en Sevilla, a 18 de marzo de 2016, por el Presidente del IFAPA, Jerónimo José Pérez Parra.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 58, de 29/03/2016 (apartado 2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 57-65).



José Luis Ares (docente)