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jueves, 26 de mayo de 2016

LEGISLACIÓN: CENSO DE DEHESAS 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 17 de mayo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se anuncia la publicación del Censo de Dehesas de Andalucía.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional única de la Ley 7/2010, de 14 de julio, para la dehesa, y en el artículo 5 del Decreto 70/2012, de 20 de marzo, por el que se regula el Censo de Dehesas de Andalucía, procede hacer público, para general conocimiento, el cual podrá ser consultado a través de la página web de la Consejería con competencias en materia de agricultura,
http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural.html.

Asimismo, para las personas titulares de explotaciones que cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 4.1 del Decreto 70/2012, de 20 de marzo, estén en desacuerdo con lo publicado, podrán presentar comunicación dirigida a la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de agricultura, o a la competente en materia de medio ambiente cuando se trate de explotaciones exclusivamente cinegéticas.

Las comunicaciones se realizarán conforme al modelo establecido al efecto que estará disponible en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en la dirección electrónica citada anteriormente, y se presentarán preferentemente de forma telemática a través de la Oficina Virtual accesible en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,
http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/servicios/otros-tramites.html. 

Todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Las comunicaciones responderán al desacuerdo de la persona interesada con la información contenida en el Censo de Dehesas de Andalucía en cuanto a:
1. Titularidad.
2. Inclusión o exclusión de la Superficie de dehesa.
El período para la presentación de comunicaciones al Censo de dehesas de Andalucía se establecerá anualmente mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
No obstante, para la campaña 2016, el plazo de presentación de comunicaciones para aquellos titulares de explotaciones de dehesa que no figuren inicialmente inscritos de oficio en el Censo o estén en desacuerdo con lo publicado, se establece desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 9 de septiembre de 2016, inclusive.
A efectos de la convocatoria para el año 2016 de subvenciones a la Conservación y Mejora de Pastos en Sistemas de dehesas, previstas en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, solo serán objeto de inscripción aquellas explotaciones que reunieran los requisitos previstos en el artículo 4.1 del Decreto 70/2012, de 20 de marzo, dentro del plazo establecido para la presentación de la Solicitud Única.
Firmada en Sevilla, a 17 de mayo de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 98, de 25/05/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, página 63).


José Luis Ares (docente)

jueves, 30 de mayo de 2013

PUBLICACIÓN: TESIS DE MÁSTER 2007-1 ZARAGOZA (ESPAÑA)

Título: ANÁLISIS GENÉTICO DE LOS CARACTERES PRODUCTIVOS, DE COMPOSICIÓN, REOLOGÍA Y RENDIMIENTO QUESERO DE LA LECHE EN LAS RAZAS CAPRINAS MALAGUEÑA Y MURCIANO-GRANADINA.
Temática: Ganadería caprina, Explotaciones lecheras, Genética animal, Razas autóctonas, Esquema de selección, Producción de leche, Calidad composicional, Caracterización reológica, Rendimiento quesero.
Claves: ganado caprino, genética, selección, raza Malagueña, raza Murciano-Granadina, caracterización productiva, calidad, composición de leche, caracteres reológicos, quesos de cabra, rendimiento quesero.
Contenidos: Resumen, Introducción general, Revisión bibliográfica, Material y Métodos, Resultados y Discusión, Conclusiones, Bibliografía.
Ilustraciones: Gráficas, tablas.
Trabajo de investigación: tesis de master (CIHEAM Master of Science, MSc).
Institución/ entidad: Universidad de Córdoba (Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y de Montes)/ Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (Centro IFAPA Alameda del Obispo).
Autoría: Zakaria Benradi (becario CIHEAM de investigación).
Dirección de la tesis: Juan Manuel Serradilla Manrique y José Luis Ares Cea.
Lugar de examen (exposición y defensa):  Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM)/ Instituto Agronómico Mediterráneo de Zaragoza (España).
Calificación académica: sobresaliente.
Extensión: 67 páginas.
Idioma: español.
Año: 2007.




Fuente: Circular informativa (2007). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Manuel Peña Párraga (presidente). Sede AQAA: Baena (Córdoba, España).

viernes, 1 de febrero de 2013

EXPLOTACIONES CAPRINAS EN ALMERÍA (ESPAÑA)

A pesar de que el caprino ha sido un sector tradicionalmente poco desarrollado desde el punto de vista tecnológico en la mayoría de los países, en comparación con otras especies ganaderas, no hay que olvidar que son numerosos los especialistas que afirman que la cabra puede jugar un papel muy importante en la revalorización de las zonas rurales más desfavorecidas, ya que es un animal susceptible de aprovechar medios naturales muy pobres y de escasos recursos alimenticios, sobreviviendo incluso en aquellos entornos que no podrían mantener a otras especies lecheras, y llegando incluso en determinadas condiciones de manejo a ser fisiológicamente más eficiente que la vaca.

No obstante, en los últimos años se ha producido en Andalucía una profunda reconversión en el sector caprino de la región, con la desaparición de numerosas explotaciones marginales de pequeña dimensión y la consolidación de otras instalaciones más modernas y de mayor tamaño.

En este sentido, hay que resaltar que las explotaciones caprinas de la provincia de Almería se diferencian de las ovinas en que tradicionalmente su principal orientación económica ha sido la producción de leche (el tercer censo en Andalucía, detrás de Málaga y Granada), predominando en los mayores rebaños la presencia de las razas Murciano-Granadina y, en menor medida, Malagueña, frente a los animales serranos y costeños o sus cruces más frecuentes en las explotaciones de menor dimensión.

Ambas razas presentan altos niveles de producción de leche, alcanzando valores medios de 497 y 481 litros por lactación en las cabras de la Murciano-Granadina y Malagueña, respectivamente, según los datos oficiales de las respectivas asociaciones de criadores. Almería, con una producción de leche de cabra cercana a los 42 millones de litros anuales, ocupa el segundo lugar en Andalucía (17,5% regional), sólo superada por la provincia de Málaga (CAP, 2006).

Esta situación se debe en gran parte al esfuerzo realizado en la provincia en la modernización de las explotaciones caprinas durante los últimos años. El destino mayoritario de la producción de leche de cabra es la elaboración de quesos, que en una elevada proporción aún hoy tiene lugar en empresas ubicadas fuera del territorio provincial.



Fuente: Informe Técnico (2006). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Sede AQAA: Baena (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (autor)

EXPLOTACIONES OVINAS EN ALMERÍA (ESPAÑA)

Tradicionalmente las explotaciones ovinas de la provincia de Almería se han orientado a la producción de lana y carne, sin embargo, la crisis de precios de la lana durante los últimos años a causa principalmente de la baja demanda existente en el mercado mundial ha provocado una pérdida de rentabilidad de numerosas empresas ganaderas que tampoco ha sido compensada por mejores precios de la carne de cordero. Esta situación, junto a la gran demanda de leche de oveja para su transformación en queso, ha hecho surgir un interés creciente por parte de algunos ganaderos de la provincia hacia la producción láctea.

La mayoría de las explotaciones ovinas de Almería cuentan actualmente con rebaños integrados por animales de raza Segureña, de aptitud cárnica, principalmente en aquellos sistemas de producción en régimen extensivo y semiextensivo. Sin embargo, diversos estudios realizados hace años en rebaños de ovejas segureñas han demostrado que esta raza además de su gran rusticidad posee un potencial para la producción de leche que podría aprovecharse en la elaboración de quesos artesanos de calidad (Cruz y Ares, 1988-1996).

En la actualidad, las explotaciones de ovejas de raza Merina y su variedad la Merina de Grazalema, reorientadas hacia la producción de leche, están permitiendo el desarrollo de una actividad quesera de creciente importancia en las provincias de Córdoba y Cádiz, respectivamente, con las consiguientes repercusiones económicas para estas empresas ganaderas. Si bien es cierto que existen otras razas ovinas, nacionales y extranjeras, más especializadas en la producción de leche que las autóctonas andaluzas, el ganadero debe ser muy prudente a la hora de sustituir o introducir estos animales en sus rebaños ya que en muchos casos reales no se han adaptado a las adversas condiciones climatológicas de la zona.



Fuente: Informe Técnico (2006). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Sede AQAA: Baena (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (autor)

martes, 30 de octubre de 2012

4-BASE DATOS 'LETRA Q': IDENTIFICACIÓN CONTENEDORES DE LECHE CRUDA (ESPAÑA)

En el Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, del Ministerio de la Presidencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE nº 137 de 9/06/2011) se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, y en el Anexo IX se incluyen los datos mínimos de la base de datos 'Letra Q' de las etiquetas para la identificación de los contenedores de leche cruda en España:

1.Etiqueta para la identificación de tanques de frío de leche de oveja. Simbología de los códigos de barras: «Bar Code 39».

2.Etiqueta para la identificación de tanques de frío de leche de cabra. Simbología de los códigos de barras «Bar Code 39».




3.Etiqueta para la identificación de cisternas de leche. Simbología de los códigos de barras «Bar Code 39».





Fuente: Circular informativa (2011). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (profesor)

3-BASE DATOS 'LETRA Q': INFORMACIÓN CENTROS LÁCTEOS (ESPAÑA)

En el Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, del Ministerio de la Presidencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE nº 137 de 9/06/2011) se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, y en el Anexo VIII se incluyen los datos mínimos a comunicar a la base de datos 'Letra Q' por los centros lácteos en España.

Los centros lácteos deberán comunicar a los laboratorios en los que analicen de manera habitual sus muestras la siguiente información:

a) Códigos de identificación (REGA) de las explotaciones ganaderas en las que recogen leche cruda.

b) Código Letra Q de los tanques de los que recogen leche cruda.

c) CIF/NIF del productor de leche cruda de oveja y cabra.

d) Código de Letra Q del centro lácteo.

e) Código del país de origen de la cisterna según la codificación de Letra Q.

f) Códigos asignados en Letra Q a las cisternas de transporte asociadas al centro lácteo. En caso de cisternas no españolas, matrícula de la cisterna.

g) Secuencial de ruta de la cisterna, o en su defecto la hora de toma de la muestra.

h) Fecha de la toma de muestra.

i) CIF/NIF del operador al que pertenece el centro lácteo.

j) Destino de la leche cruda (tratamiento térmico o fabricación de productos sin tratamiento térmico).

k) Número de depósito de la cisterna.

l) Especie de la que procede la leche cruda de la muestra.

Igualmente deberán comunicar a la mayor brevedad posible cualquier variación que se produzca en estos datos.



Fuente: Circular informativa (2011). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (profesor)

2-BASE DATOS 'LETRA Q': INFORMACIÓN LABORATORIOS (ESPAÑA)

En el Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, del Ministerio de la Presidencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE nº 137 de 9/06/2011) se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, y en el Anexo VII se incluyen los datos mínimos a comunicar a la base de datos 'Letra Q' por los laboratorios en España:

1. Para cada muestra analizada procedente de la explotación ganadera:

a) Código Letra Q del laboratorio.

b) Código del tanque de frío.

c) CIF/NIF del productor.

d) CIF/NIF del operador al que pertenece el centro lácteo de destino.

e) Código del centro lácteo de destino.

f) Fecha de toma y en su caso, hora.

g) Fecha de recepción.

h) Fecha de análisis.

i) Estado: analizada, o recibida pero no analizada.

j) Resultado: válida, rechazada, válida incompleta o en reserva.

k) Prueba utilizada para la detección de residuos de antibióticos.

l) Resultado del análisis.

En los casos de muestra recibida no analizada, rechazada y válida incompleta habrá que indicar además el motivo del estado o resultado, según la codificación que se establecerá para tal fin.

2. Para cada muestra procedente de la cisterna de transporte:

a) Código Letra Q del laboratorio.

b) CIF/NIF del operador al que pertenece el centro lácteo de destino.

c) Código del centro lácteo de destino.

d) Código del país de origen de la cisterna.

e) Código de la cisterna. En caso de cisternas no españolas, matrícula de la cisterna.

f) Especie de la que procede la leche cruda de la muestra.

g) Secuencial de ruta de la cisterna, o en su defecto la hora de toma de la muestra.

h) Fecha de toma de muestra.

i) Fecha de recepción.

j) Fecha de análisis.

k) Estado: analizada, o recibida pero no analizada.

l) Resultado: válida, rechazada o válida incompleta.

m) Prueba utilizada para la detección de residuos de antibióticos.

n) Resultado del análisis.

La identificación del depósito de la cisterna del que se tomó la muestra será obligatoria en el caso de que se transporte leche cruda con distintos destinos en la misma cisterna aunque en depósitos separados.

En los casos de muestra recibida no analizada, rechazada o válida incompleta habrá que indicar además el motivo del estado o resultado, según la codificación que se establecerá para tal fin.

3. Para las medias establecidas en el artículo 16.2:

a) Código Letra Q del laboratorio.

b) Código del Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) de la explotación.

c) CIF/NIF del productor.

d) Medias calculadas de los parámetros.

e) CIF/NIF del operador de destino.

f) Código del centro lácteo de destino.

g) Destino de la leche cruda (tratamiento térmico o fabricación de productos sin tratamiento térmico).



Fuente: Circular informativa (2011). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (profesor)

1-BASE DATOS 'LETRA Q': ÓRGANOS COMPETENTES (ESPAÑA)

En el Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, del Ministerio de la Presidencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE nº 137 de 9/06/2011) se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, y en el Anexo VI se incluyen los datos a incorporar a la base de datos 'Letra Q' por los órganos competentes en España:

1.Explotaciones, operadores, centros lácteos, transportistas y plantas de transformación:

a) Tipo de centro.

b) Nombre, apellidos o razón social.

c) CIF/NIF del titular de la explotación, operador, o empresa al que pertenece.

d) Código de Letra Q del centro lácteo, y nombre del centro.

e) Domicilio, localidad (Comunidad Autónoma-Provincia-Municipio).

f) Teléfono, fax, correo electrónico.

g) CIF/NIF, nombre y correo electrónico del responsable principal y responsables secundarios del centro.

h) Transforma leche cruda (Sí/No) (centros).

i) Número de Registro de Industria (si procede).

2. Responsables principal y secundario de laboratorio, técnico de calidad principal, secundarios, y otras personas en quienes se deleguen tareas de recepción de cisternas del centro lácteo, y tomador de muestras en la explotación:

a) NIF.

b) Nombre, apellidos y nacionalidad.

c) Domicilio, localidad (Comunidad Autónoma-provincia-municipio), teléfono, fax y correo electrónico.

d) Laboratorio o centro lácteo, en su caso, al que pertenecen.

e) Formación.

3. Laboratorios:

a) CIF/NIF.

b) Razón social.

c) Nombre del laboratorio.

d) Domicilio, localidad (Comunidad Autónoma-provincia-municipio).

e) Teléfono, fax, correo electrónico.

f) CIF/NIF de los responsables principal y secundarios del laboratorio.

g) Ensayos de leche cruda para los que tiene acreditación.

h) Método conforme al que se realizan los ensayos acreditados.

i) Fecha de obtención de la acreditación.

j) En el caso de los laboratorios de análisis autorizados, la fecha de alta de la autorización y la fecha de solicitud de la acreditación. En todos los casos, deberán registrarla pérdida de autorización o de acreditación.

4. Instalaciones de lavado de cisternas:

a) CIF/NIF.

b) Razón social.

c) Código de identificación asignado por el órgano competente.

d) Código de Letra Q de la instalación de lavado (si lo tuviera).

e) Domicilio, localidad (Comunidad Autónoma-provincia-municipio).

f) Teléfono, fax, correo electrónico.

g) CIF/NIF del responsable de la instalación.

h) Centro lácteo al que está asociada, en su caso.


Fuente: Circular informativa (2011). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (profesor)