jueves, 30 de julio de 2015

DISTINTIVO DE IGUALDAD EN EMPRESAS (ESPAÑA): CONCESIÓN 2014

Mediante la Orden SSI/918/2015, de 6 de mayo, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Gobierno de España, se concede el distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2014.

Con fecha 30 de octubre de 2014 fue publicada en el «B.O.E.» la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2014, y se establecen sus bases reguladoras.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6, punto 3 de la Orden citada, la Comisión Evaluadora ha elevado a través de la Directora del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades con fecha 21 de abril de 2015, la correspondiente propuesta de resolución definitiva. Del procedimiento tramitado y de conformidad con dicha propuesta, resulta que:

1.º La Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades es el órgano competente para la instrucción del procedimiento para la concesión del citado distintivo, correspondiendo su gestión a la Subdirección General para la Igualdad en la Empresa y la Negociación Colectiva, según establece el artículo 17 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa; el artículo 6, apartado 1, de la citada Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, y el artículo 4.1-f) del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

2.º En la instrucción del procedimiento se han observado las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa» y en la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2014, y se establecen sus bases reguladoras.

3.º La Comisión Evaluadora, prevista en el artículo 6, punto 2 de la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, quedó válidamente constituida en fecha 26 de enero de 2015.
En el examen de las candidaturas presentadas se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria a través del examen de la documentación aportada por las entidades candidatas, tanto la acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales para concurrir a este procedimiento, como la acreditativa de la situación de la empresa en relación con la implantación de planes o políticas de igualdad, teniendo en cuenta, a estos efectos, lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Igualmente se ha tenido en cuenta la información suministrada por las entidades candidatas contenidas en los anexos de la convocatoria, y cualquier otro documento, relacionado con sus políticas de igualdad, que hayan estimado oportuno aportar.

4.º La valoración de todas las candidaturas se ha efectuado conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, y en el artículo 7 de la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre.
En su virtud, y a la vista de todo lo actuado, el Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha resuelto, en uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas:

Primero.
Conceder el distintivo «Igualdad en la Empresa» a las entidades que se relacionan en el anexo, al entender que destacan de forma relevante y especialmente significativa en la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadoras y trabajadores, en los términos previstos en el artículo 50 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el Real Decreto 1615//2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», y en la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2014, y se establecen sus bases reguladoras.

Segundo.
Desestimar el resto de las candidaturas presentadas por las entidades no incluidas expresamente en dicha relación. Dicha desestimación será notificada individualmente a las citadas entidades con expresión del motivo que justifica la no concesión del citado distintivo.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, salvo que se hubiera interpuesto previamente recurso de reposición, en cuyo caso el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses desde el día siguiente al de la recepción de su resolución o de seis meses si fuera desestimación presunta por el transcurso de un mes desde su interposición.
Firmada en Madrid, a 6 de mayo de 2015, por el Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso Aranegui.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5531, páginas 42799-42801).


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

APOYO ENTIDADES DE MUJERES RURALES (ESPAÑA): CONVOCATORIA AYUDAS 2015

Mediante la Orden AAA/880/2015, de 7 de mayo, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, se convocan subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para el ejercicio 2015.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden AAA/652/2015, de 8 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 90, de 15 de abril de 2015, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.

Mediante la presente orden se convocan para el ejercicio 2015 las subvenciones destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional. En su virtud, se acuerda lo siguiente:

Primero. Objeto.
El objeto de la presente orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2015, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, previstas en la Orden AAA/652/2015, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el mundo rural.

Segundo. Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades previstas en los artículos 2 y 3 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 1 de dichas bases y que, para las actividades previstas en la letra b) del punto 1 de su artículo 1, cumplan los criterios de valoración previstos en su artículo 4 y que se exponen en el apartado quinto de esta orden.
Firmada en Madrid, a 7 de mayo de 2015, por la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), la Directora General de Desarrollo Rural, y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 115, de 14/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5360, páginas 41668-41673).


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

PROGRAMAS PLURIRREGIONALES FORMACIÓN MEDIO RURAL (ESPAÑA): CONVOCATORIA AYUDAS 2015

Mediante la Orden AAA/917/2015, de 12 de mayo, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, se convocan, para el ejercicio 2015, ayudas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23 que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden ARM/787/2009, de 17 de marzo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 31 de marzo de 2009, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.

Por la presente orden, se convocan para el ejercicio 2015, las ayudas destinadas a programas plurirregionales de formación del medio rural. En su virtud, se dispone lo siguiente:

Primero. Objeto.
Es objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2015, para programas plurirregionales de formación, dirigidos a los profesionales del medio rural, previstas en la Orden ARM/787/2009, de 17 de marzo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado número» 78, de 31 de marzo de 2009.

Segundo. Beneficiarios y requisitos.
Podrán acceder a estas ayudas las organizaciones y entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen programas plurirregionales de formación, integrados por actividades formativas cuyos objetivos estén incluidos en el artículo 4 de dichas bases reguladoras y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras.
Firmada en Madrid, a 12 de mayo de 2015, por la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Carlos Cabanas Godino.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5528, páginas 42786-42791).


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

INFOEMPLEO: BENEFICIARIOS BECAS DE ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS UNIVERSITARIOS (ESPAÑA): CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 5 de mayo de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España, se publican los beneficiarios de becas de carácter general para alumnado que cursa estudios postobligatorios universitarios en el curso 2014-2015.

Por Resolución de 4 de mayo de 2015, del Secretario General de Universidades, se concedieron las becas de carácter general para alumnado que cursa estudios postobligatorios universitarios, convocadas por Resolución de 28 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («BOE» de 7 de agosto).

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.c) del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 50.8 de la convocatoria, se resuelve:

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» que los listados completos de los beneficiarios de las referidas becas se encuentran expuestos en los tablones de anuncios de las universidades.
Firmada en Madrid, a 5 de mayo de 2015, por el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 115, de 14/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5355, página 41646).


José Luis Ares Cea (docente)

INVESTIGACIÓN: SEXAJE EMBRIONES EN OVINO POR PCR

En un trabajo de investigación se ha estudiado el sexaje de embriones en ganado ovino mediante la técnica de amplificación específica por PCR.

La técnica MOET consiste en superovular las hembras de alto valor genético, inseminarlas con semen de machos adecuados y obtener los embriones que son transferidos a otras hembras receptoras. Esta tecnología permite explotar mejor el potencial genético de los animales y acelerar la velocidad de selección. Por dicha razón, dentro del esquema de mejora por prolificidad puesto en marcha por la UPRA-Carnes Oviaragón desde 1994 se contempla que la producción de machos que van a ser testados se realice a través de un programa MOET. Desde los años 80 se van realizando numerosos estudios para poner a punto la técnica MOET en ovino. Sin embargo, el número de descendientes obtenidos en cada superovulación sigue siendo relativamente bajo. Evidentemente, la técnica sería más rentable y efectiva si se pudiese conocer el sexo de los embriones obtenidos previamente a su transferencia.

La extracción de ADN se ha realizado a partir de diferente número de células procedentes de biopsias de mórulas y blastocistos, mediante el kit de extracción “BLOODCLEAN DNA Purification kit” (Biotools). El sexaje de embriones se realizó mediante amplificación específica por PCR de un fragmento de ADN del cromosoma Y (SRY gene; GenBank Acc.Z30265). La amplificación se realizó en un volumen final de 25 ml conteniendo 5 pmol de cada cebador, 200 nM dNTPs, 2,2 mM MgCl2, 50 mM KCl, 10 mM Tris-HCl, 0,1% Triton X-100 y 0.8 U Taq polymerasa (Biotools). Se realizaron 35 ciclos de amplificación con un paso de desnaturalización a 94 ºC durante 30 segundos, de hibridación a 55 ºC durante 30 s, y de extensión a 72 ºC durante 40 s. Previo a los ensayos con embriones se realizaron pruebas de sensibilidad mediante dilución a partir de ADN genómico extraído de células sanguíneas. Las diluciones utilizadas contenían 20 ng, 2 ng, y 200, 20, 2, 0,2 pg.

Igualmente, con el fin de incrementar la seguridad y sensibilidad de la técnica, se ha llevado a cabo la puesta a punto de una PCR doble en dos etapas. Esta PCR consiste en una doble amplificación de dos fragmentos de ADN mediante PCR, uno del gen CGN (GenBank Acc.AY785290), gen estructural que se amplifica tanto en machos como en hembras, y por otra parte, el fragmento específico de ADN del cromosoma Y (SRY gene). La amplificación se realizó en un volumen final de 20 ml conteniendo 5 pmol de cada cebador, 200 nM dNTPs, 2,2 mM MgCl2, 50 mM KCl, 10 mM Tris-HCl, 0,1% Triton X-100 y 1,2 U Taq polymerasa (Biotools). Se realizaron 20 ciclos de amplificación con un paso de desnaturalización a 94 ºC durante 30 s, de hibridación a 55 ºC durante 25 s, y de extensión a 72 ºC durante 45 s. La segunda etapa consistió en una reamplificación del producto PCR resultante usando las mismas condiciones de amplificación, con excepción de que se realizaron 15 ciclos de amplificación en un volumen final de 40 ml. Como en el caso de la PCR simple se realizaron estudios de sensibilidad en las mismas condiciones que los descritos con anterioridad.

Con la metodología descrita se amplificó un fragmento de 166 pares de bases en las biopsias procedentes de embriones machos, mientras que en las muestras procedentes de hembras no se produce amplificación, al carecer las mismas de este locus. Los estudios de sensibilidad a partir de ADN genómico extraído de sangre mostraron un límite mínimo de detección de 20 pg de ADN. En ensayos con diferente número de células procedentes de una biopsia de embriones se encontró que se puede detectar un embrión macho a partir de 5 células. A partir de una cantidad menor de células existe cierta probabilidad de aparición de falsos negativos. Asimismo, para evitar la aparición de falsos negativos y aumentar la sensibilidad de la técnica se realizó la puesta a punto de una PCR doble. Esta PCR consiste en una doble amplificación de dos fragmentos de ADN, uno del gen CGN, gen estructural que se amplifica tanto en machos como en hembras y, por otra parte, el fragmento específico de ADN del cromosoma Y (SRY gene). De forma que en muestras procedentes de hembras aparece una única banda de 243 pb, mientras que en las muestras procedentes de machos aparecen dos bandas de 166 y 243 pb. Los estudios de sensibilidad a partir de ADN genómico extraído de sangre mostraron un límite mínimo de detección de 0,2 pg de ADN, cantidad inferior al ADN contenido en una célula.

Como conclusión general se constata que es posible realizar el sexaje de embriones a partir de una célula, produciendo un daño mínimo al embrión, y en un tiempo de 5 horas, lo que permite mantener los embriones en cultivo y transferirlos frescos, sin necesidad de congelación.


Autoría: J.H. Calvo y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

INVESTIGACIÓN: CARACTERIZACIÓN REPRODUCTIVA CABRA MONCAÍNA (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se ha realizado una caracterización reproductiva de la cabra Moncaína (España).

La cabra del Moncayo tiene su área de expansión en los alrededores de esta zona montañosa de la que recibe su nombre. Es muy apreciada por sus buenas cualidades lecheras, estando en la actualidad en peligro de extinción. Han sido varios los estudios realizados sobre sus caracteres cuantitativos morfoestructurales, no habiendo demasiada bibliografía en cuanto a sus caracteres reproductivos. En el presente trabajo se describen los resultados reproductivos de la explotación ADOCRIN en el periodo de abril de 2001 a octubre de 2004, dentro del proyecto global para la conservación de esta raza.

El censo actual de la explotación ADOCRIN es de 769 cabezas, habiéndose incrementado desde las 544 presentes en el año 2001. La explotación está situada en Añón de Moncayo (Zaragoza). El sistema de manejo se basa en pastoreo de montaña conducido y pernoctando todo el año en corral, con suplementación de correctores, especialmente con nitrógeno no proteico en invierno, durante el que también se suplementa con piensos energéticos. Durante el preparto y la lactación-cría las hembras son mantenidas en estabulación permanente. Desde abril de 2001 hasta marzo de 2003 se realizó monta continua. Posteriormente, se decide pasar a un sistema de separación de machos con 3 periodos de cubrición/año. Se analiza la distribución de las cubriciones–a partir de los datos de partos– en estos periodos.

Los resultados obtenidos en un total de 833 cubriciones (calculadas como fecha de parto menos 145 días) con monta continua, muestran cómo la cabra Moncaína sufre un fuerte anestro en los meses de enero-abril, en los que sólo se acumula el 8-13% de las cubriciones anuales (en el 2001 y 2002, respectivamente) concentrándose el grueso en el segundo (53,9-44,4%) y tercero cuatrimestres (38,0-42,6%). Estos datos difieren en razas desarrolladas en latitudes más elevadas (Saanen, Alpina, etc.) que tienen un anestro profundo desde abril hasta julio y son similares a lo descrito para otras razas en España.

El “efecto macho” genera en las hembras un estímulo sexual con un aumento de la actividad del eje hipotálamo-hipofisario-ovario, efecto que es utilizado como herramienta reproductiva en las épocas de anestro. Tras la introducción de los machos se producen dos picos de celos a los 5-7 días (en muchas de ellas silente seguido de un ciclo corto pero con celo fértil a los 7-12 días post-introducción) y a los 7-12 post-introducción de los machos. Así, la mayoría de las cubriciones se producen entre 7-12 días post-introducción de machos. En este estudio, este pico se observa más desplazado en el tiempo puesto que el día 0 de la curva de partos se considera como el días 145 post-retirada de machos. El 50% de los partos se agrupan entre los 10 y 21 primeros días de paridera y el 95% de los partos entre los 28 y 40. Es de destacar que en la cubrición de septiembre-octubre el agrupamiento es menor a pesar de tratarse de una época de actividad sexual elevada. Estos datos son muy importantes para la planificación reproductiva en años siguientes. La prolificidad obtenida en este manejo no es diferente de la obtenida en cubrición continua (1,28-1,21), estando los valores entre 1,13 y 1,28.

Como conclusión general del estudio puede considerarse que este primer análisis del comportamiento reproductivo de la cabra Moncaína, mediante la descripción de las curvas de partos con monta continua y con efecto macho, demuestra el anestro que sufre esta cabra en los meses de enero a abril.


Autoría: M. Gutiérrez y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

INVESTIGACIÓN: INSEMINACIÓN ARTIFICIAL EN CABRA MURCIANO-GRANADINA (ESPAÑA)

En un trabajo de investigación se han estudiado los factores que influyen en la inseminación artificial con semen congelado en cabras de raza Murciano-Granadina (España).

El desarrollo de la inseminación artificial en la raza caprina Murciano-Granadina es una herramienta fundamental para el programa de mejora genética de la asociación de criadores de la Comunidad Valenciana, con la colaboración del Centro de Investigación y Tecnología Animal (CITA-IVIA). En el presente trabajo se estudian algunos factores que pueden influir en la eficacia del método, entre ellos, la profundidad a la que se deposita el semen en el tracto genital de la cabra, la habilidad del inseminador, el macho y la explotación ganadera, así como en la fertilidad tras la inseminación con semen congelado en estación no reproductiva.

Las inseminaciones se realizaron entre el mes de febrero y el mes de mayo de 2004 en 13 ganaderías, sobre cabras de raza Murciano-Granadina que hubieran parido al menos una vez. Tres técnicos realizaron un total de 421 inseminaciones. Se utilizó semen congelado de 6 machos, con un mínimo de tres machos y dos inseminadores por explotación, para evitar confusiones entre sus efectos. Antes de realizar el tratamiento de sincronización se realizaba una preselección con ayuda del ecógrafo, eliminando las pseudogestantes, y a las que presentaban una condición corporal extremadamente baja. El tratamiento de inducción y sincronización de celos consistió en la introducción de una esponja vaginal con 40 mg de FGA (Sincropart, Ceva) durante 11 días. Cuarenta y ocho horas antes de su retirada, se inyectaron, separadamente, 2,5 mg de PGF2α (Enzaprost, Ceva) y 350 U.I. de PMSG (Sincropart, Ceva).

Para la inseminación artificial, el semen fue procesado en el Centro de Selección y Mejora Genética de Ovino y Caprino de Castilla-León (OVIGEN). Seis machos fueron elegidos aleatoriamente de entre los integrantes del centro. Las cabras se inseminaron vía cervical con semen congelado, previamente descongelado a 38ºC durante 40 segundos aproximadamente, entre las 46 ± 1 horas tras la retirada de las esponjas. Se registró la profundidad de deposición del semen con valores entre 0 y 4 en rangos de 1 cm, para deposición vaginal, endocervical a tres niveles, y post-cervical (intrauterina), respectivamente.

El análisis estadistico se realizó asumiendo que la fertilidad sigue una distribución binomial, ajustándose a un modelo lineal generalizado por el método de máxima verosimilitud (GENMOD procedure, SAS, 2001) usando el siguiente modelo: Fijkl = μ + Gi + Mj + Pfk + Il + eijkl, donde: Fijkl es fertilidad, definida como éxito al parto (sí/no); Gi es la granja, i = 1-13; Mj es el macho, j = 1-6; Pfk es la profundidad de inseminación, k = Vaginal (Vg)), 1 (1-2 cm), 2 (2-3 cm), 3 (3-4cm), (postcervical (PC)); Il es inseminador, l = 1-3; eijkl es el error residual. Se utilizó un test Chi-cuadrado para comparar entre los niveles de aquellos factores que tenían un efecto significativo. Finalmente, se realiza un ANOVA para determinar si los factores estudiados (G, M, Pf, I) influían significativamente sobre la prolificidad. El número mínimo de cabras inseminadas por granja fue 23 y el máximo 49.

Los resultados obtenidos muestran una fertilidad real global del 53%, similar a las obtenidas en otras razas: WDE y BDE (62%), Saanen y Alpina (65%), Angora (51%). Los factores que influyen sobre la fertilidad son la explotación y la deposición del semen (P<0,05), mientras que ni el macho ni el inseminador tuvieron efectos significativos (P < 0,05; NS; no significativo). Sólo el factor explotación afectó a la prolificidad (P<0,01). Los resultados de fertilidad presentan una gran variabilidad entre explotaciones caprinas, con valores entre el 37 y el 77 %, que también fue observada por otros autores. Dentro del efecto explotación, se han incluido tanto el manejo como las características de la granja y de los animales.

En la mayoría de las hembras se realizó una deposición seminal endocervical, a mayor o menor profundidad. En el 7% de las hembras se depositó vaginalmente. Sólo en el 18% de las hembras inseminadas se logró atravesar el cérvix. En este trabajo, los valores obtenidos son menores que los de las razas Angora y Cashmere (30-60%). Por otra parte, se ha constatado la importancia de atravesar el cérvix, ya que los resultados de fertilidad así obtenidos son superiores a los de inseminación vaginal o endocervical (73% vs. 36-50%, respectivamente; P<0,05). Otros autores observaron una diferencia de fertilidad de 53 puntos entre deposición intrauterina y endocervical (hasta un máximo de 1 cm), mientras que en este trabajo, con un mayor número de hembras inseminadas, la diferencia observada fue ligeramente inferior (37 puntos de porcentaje).



Autoría: I. Salvador y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)