viernes, 31 de octubre de 2014

13-LECHE DE CABRA: NUTRICIÓN Y SALUD

A modo de conclusión del trabajo coordinado por los doctores Boza y Sanz Sampelayo, se puede señalar que desde el punto de vista de una alimentación humana saludable, la leche de cabra posee ciertas peculiaridades, entre ellas, la estructura física y el perfil químico de la materia grasa, la naturaleza y composición de las fracciones de sus proteínas y carbohidratos, la alta digestibilidad, la escasa incidencia de reacciones alérgicas, etc., lo que hace aconsejable su empleo en personas con intolerancias a la leche de vaca o con diversas patologías que precisen de alimentos de fácil digestión y utilización de sus nutrientes. Por el contrario, contiene comparativamente con la leche humana y de vaca, menores contenidos de vitamina B12 y de ácido fólico, que deben tenerse presente en la programación de las dietas o en su correspondiente suplementación.

Por otra parte, diversos especialistas reconocen que aún son escasos los trabajos de investigación que estudien las peculiares características de la leche de cabra y sus repercusiones en la salud humana, mediante los correspondientes protocolos médicos. Para otros autores, como Haenlein (1980 y 1992), la falta de información sobre los efectos beneficiosos de la leche de cabra tanto en la literatura científica como en la divulgativa, podría ser intencionada para evitar que se conozcan sus propiedades como alternativa dietética. Estas propiedades beneficiosas de la leche de cabra, ya habían sido destacadas hace varios siglos por Alonso de Herrera en su Tratado General de Agricultura publicado en 1513: "la leche de las cabras, mayormente de las prietas, es muy buena para las personas comida por las mañanas, y tanto es mejor, cuanto de mejores pasto comieren, es muy singular para los viejos, y para los niños, que después de Ja leche de mugeres, la de las cabras es la mejor, y aun para los tísicos, que da sustancia y consuela los pulmones llagados".

Finalmente, para que la producciones lácteas caprinas sigan siendo una realidad en nuestros campos y pueblos, con un tejido empresarial local que elaboren productos artesanos de calidad diferenciada, creando empleo en las zonas rurales, se deben intensificar los trabajos de I+D en esta especie animal. Sin duda, sería de gran interés para este sector productivo, abordar líneas de investigación que incluyan el estudio de la utilización digestiva y metabólica de los diferentes componentes de la leche de cabra y su papel en el organismo, la posible modificación y mejora por la manipulación de la alimentación de los animales, así como las repercusiones que estos alimentos tienen sobre la nutrición y salud de los consumidores. Los resultados de dichos estudios permitirían mejorar la calidad de la leche de cabra y sus derivados lácteos, potenciando su imagen como fuente nutritiva más saludable, con las consiguientes repercusiones favorables tanto para los ganaderos productores, como para los elaboradores y consumidores, representando otra alternativa alimentaria para el conjunto de la población. 



Fuente: "Aspectos nutricionales de la leche de cabra" (Dres. J. Boza López y M. R. Sanz Sampelayo, pág. 109-139).
Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 30 de octubre de 2014

10-LECHE DE CABRA: NUTRICIÓN Y SALUD


La leche de cabra contiene niveles más altos de vitaminas hidrosolubles del grupo B, que la leche de vaca, especialmente de riboflavina, con la salvedad de que las concentraciones de vitaminas B6 (piridoxina) y B12 (cobalamina) son más bajas. Asimismo, es más baja la concentración de folato en la leche de cabra respecto a la de vaca, con valores de 21,9 y 142,8 nmol/litro, respectivamente, y también frente a la leche de mujer que llega a 113,7 nmol/litro. Sin embargo, la leche de cabra contiene folato unido a proteínas (12 microgramos/militro), lo cual explicaría el menor contenido de este nutriente en la especie caprina; no obstante, el folato de esta leche no resulta afectado durante el proceso de pasterización, a diferencia de lo que sucede con la leche de vaca.

Por otra parte, una característica nutricional importante de la leche de cabra es su alto contenido en vitamina A (retinol o antixerolftálmica), y a diferencia de la leche de vaca, no contiene precursores de esta vitamina, ya que ésta se encuentra presente como tal y no como provitamina.

En general, en comparación con la de vaca, la leche de cabra tiene contenidos más elevados de vitaminas liposolubles, como A y D (calciferol o antirraquítica), y B3 (niacina, ácido nicotínico, o vitamina PP), junto a las mayores cantidades de calcio, sodio, cloro, magnesio, fósforo, manganeso, hierro, zinc y selenio. Por el contrario, se menor cantidad de ácido fólico (vitamina B9) respecto a la leche de mujer, requiere la suplementación de este nutriente, para evitar que los niños desarrollen una anemia megaloblástica. A continuación, se exponen valores comparativos de composición vitamínica de las leches de mujer, cabra y vaca, expresados en las unidades que se indican en cada caso:

-Vitamina A (en unidades internacionales/litro): Mujer = 2410 Cabra = 2030 Vaca = 1260
-Vitamina D (microgramos/litro): Mujer = 0,5 Cabra = 0,6 Vaca = s/d
-Vitamina E (miligramos/litro): Mujer = 2,3 Cabra = s/d Vaca = s/d
-Vitamina K (microgramos/litro): Mujer = 2,1 Cabra = 12,0 Vaca = s/d
-Vitamina B1 (miligramos/litro): Mujer = 0,21 Cabra = 0,5 Vaca = 0,1
-Vitamina B2 (miligramos/litro): Mujer = 0,34 Cabra = 1,4 Vaca = 1,4
-Vitamina B6 (miligramos/litro): Mujer = 0,1 Cabra = 0,5 Vaca = 0,7
-Vitamina B12 (microgramos/litro): Mujer = 1,0 Cabra = 0,7 Vaca = 3,5
-Niacina (miligramos/litro): Mujer = 1,5 Cabra = 2,7 Vaca = 0,8
-Ácido ascórbico (miligramos/litro): Mujer = 40 Cabra = 12,6 Vaca = 21
-Ácido pantoténico (miligramos/litro): Mujer = 1,8 Cabra = 3,0 Vaca = 3,0
-Ácido fólico (microgramos/litro): Mujer = 50 Cabra = 6 Vaca = 50
-Colina (miligramos/litro): Mujer = 90 Cabra = 150 Vaca = 120
-Inositol (miligramos/litro): Mujer = 330 Cabra = 210 Vaca = 110






Fuente: "Aspectos nutricionales de la leche de cabra" (Dres. J. Boza López y M. R. Sanz Sampelayo, pág. 109-139).
Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

5-LECHE DE CABRA: NUTRICIÓN Y SALUD

En los estudios realizados sobre la composición de la leche de cabra se ha constatado que sus constituyentes son sintetizados a partir de precursores presentes en el plasma sanguíneo, captados por las células de la glándula mamaria, como glucosa, acetato y ácidos grasos no esterifícados, que son utilizados para dicho proceso de síntesis o como sustrato energético que lo hace posible, siendo dependiente ambas formas de utilización del estado nutricional del animal. 

Diversos investigadores han estudiado estos procesos en cabras alimentadas con dietas equilibradas, demostrando que solo el acetato y la glucosa participan en el catabolismo oxidativo y lo hacen en una proporción 2 a 1. En este sentido, la glándula mamaria utiliza cerca de los 2/3 de la cantidad disponible de estos metabolitos en la sangre del animal, siendo oxidados el 44% de acetato y el 25% de la glucosa.

En las variaciones de la composición de la leche intervienen distintos aspectos, entre ellos, la  raza, las características genéticas de cada animal, la alimentación, los factores medioambientales, el momento de la lactación, etc. En lo concerniente a los componentes mayoritarios de la leche de cabra, su composición media oscila bastante, según los estudios realizados por diferentes autores, entre los siguientes valores: 

-Sólidos totales = 11,70-15,21%
-Proteína (N x 6,38) = 2,90-4,60%
-Grasa = 3,00-6,63%
-Lactosa = 3,80-5,12%
-Cenizas = 0,69-0,89%
-pH = 6,41-6,70

Las variaciones más importantes debidas a la estación del año, son las existentes entre la leche producida en invierno-primavera, y la obtenida en verano; en climas templados, la leche de verano tardío contiene menor cantidad de grasa y de extracto seco magro, que pueden llegar hasta las dos unidades porcentuales para la grasa y una para el extracto. Junto con ello, también influye el momento de la lactación, registrándose fluctuaciones en la composición de la leche que son más pronunciadas en la cabra que en la vaca. No obstante, la alimentación del animal sea posiblemente la que presenta una mayor incidencia en la composición de la leche, especialmente sobre sus contenidos en proteína, grasa, vitamina A, así como en algunas propiedades organolépticas, entre ellas, el olor y el sabor, principalmente. 

En relación con las proteínas de la leche, tienen una gran influencia los caracteres genéticos de cada cabra, junto con las características energéticas y proteicas de la dieta suministrada al ganado, siendo posiblemente la mayor o menor degradabilidad de la proteína en el rumen del animal el factor que ejerce más influencia sobre el contenido proteico total de la leche.

Asimismo, el porcentaje en grasa de la leche y su composición, depende principalmente del fondo genético del animal, así como de la naturaleza y composición de la dieta suministrada, que incide sobre los procesos de fermentación ruminal, modificando la producción de los distintos ácidos grasos, y con ello el contenido en grasa de la leche. Con carácter general, la modificación de la composición de la leche en los rumiantes es más difícil que la de los animales monogástricos, debido al proceso de hidrogenación de la grasa de los forrajes y piensos en el rumen, provocando el incremento del contenido de ácidos grasos saturados y reduciendo el de los esenciales en la leche. En este sentido, el uso de grasas protegidas, suministradas en los piensos, hace posible evitar el obstáculo del rumen, resultando ser una buena estrategia para mejorar la calidad de la leche, aumentando el contenido de ácidos grasos poliinsaturados (PUFAs), cuyos efectos beneficiosos sobre el metabolismo lipídico del organismo humano parecen fuera de toda duda.

En anteriores estudios realizados por este equipo de investigadores en cabras de razas autóctonas andaluzas, se suministró a las cabras una dieta suplementada con una grasa protegida rica en PUFAs, en forma de jabón cálcico, encontrando, frente al grupo 'testigo' (sin suplemento de grasa protegida), un aumento significativo en el nivel de ácidos grasos poliinsaturados, con porcentajes de 6,67% frente a 3,91%, que principalmente afectaba a los ácidos C18:3, C20:2 y C20:3-C20:4, provocando una relación saturados/insaturados más favorable, alcanzando valores de 2,36 frente a 3,38 del grupo testigo.

A continuación, se muestran los valores de composición de la leche de cabra y de vaca, respecto a la de la especie humana: 

-Sólidos totales (en %): Mujer = 12,0 Cabra = 15,2 Vaca = 12,4
-Sólidos no grasos (en %): Mujer = 8,3 Cabra = 9,2 Vaca = 8,7
-Proteína (en %): Mujer = 1,1 Cabra = 3,3 Vaca = 3,2
-Grasa (en %): Mujer = 3,7 Cabra = 6,0 Vaca = 3,7
-Lactosa (en %): Mujer = 6,9 Cabra = 5,1 Vaca = 4,8
-Cenizas (en %): Mujer = 0,3 Cabra = 0,8 Vaca = 0,7
-Energía (kcal/100 ml): Mujer = 68,0 Cabra = 88,3 Vaca = 69,0


Fuente: "Aspectos nutricionales de la leche de cabra" (Dres. J. Boza López y M. R. Sanz Sampelayo, pág. 109-139).
Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

LABORATORIO: MÉTODOS ANALÍTICOS HELADOS-1

Los métodos de análisis de los helados, en cuanto se refiere a sus constituyentes lácteos, no difieren de los que se utilizan para las leches concentradas y más concretamente para las leches concentradas con azúcar.
En este sentido, se pueden emplear los mismos métodos que para la determinación de la materia grasa y sus características composicionales, descritos para el análisis de las leches concentradas. Así como el procedimiento para la extracción de la grasa y la determinación de los índices de Refracción, Reichert, Polenske y Kirchner. 
El estudio de ácidos grasos y esteroles puede realizarse según lo especificado en las normas UNE 55.019 y UNE 55.037.
Para la determinación del extracto seco en los helados se utiliza el mismo procedimiento empleado en las leches concentradas.







José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

miércoles, 29 de octubre de 2014

27-CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO EN ESPAÑA: DISPOSICIONES FINALES

A continuación, se incluyen las Disposiciones finales (primera a tercera) del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, del Ministerio de la Presidencia del Gobierno de España, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se faculta conjuntamente a los Ministros de Sanidad y Consumo, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Medio Ambiente, de Economía y de Ciencia y Tecnología para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en el presente Real Decreto.

Disposición final segunda. Título competencial.
El presente Real Decreto, que tiene carácter de norma básica, se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.a de la Constitución y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18.6, 19.2, 23, 24, 40.2, 40.13 y en la disposición adicional segunda de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid, a 7 de febrero de 2003, por Juan Carlos R., y el Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia, Mariano Rajoy Brey.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 45, de 21/02/2003 (apartado I Disposiciones generales, ref. 3596, páginas 7228-7245).




Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

26-CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO EN ESPAÑA: DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A continuación, se incluye la Disposición derogatoria (única) del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, del Ministerio de la Presidencia del Gobierno de España, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto y en particular el Real Decreto 1138/1990, de 14 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 45, de 21/02/2003 (apartado I Disposiciones generales, ref. 3596, páginas 7228-7245).




Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

25-CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO EN ESPAÑA: DISPOSICIONES TRANSITORIAS

A continuación, se incluyen las Disposiciones transitorias (primera a sexta) del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, del Ministerio de la Presidencia del Gobierno de España, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Disposición transitoria primera. Actualización de instalaciones.
Con anterioridad al 1 de enero de 2004 se llevarán a cabo la adecuación de los tratamientos de potabilización, previstos en el artículo 10, las medidas de protección, previstas en los artículos 7.4, 8.2 y 11.2, y la implantación del sistema de aseguramiento de calidaden los laboratorios que realicen el análisis de control y completo del autocontrol, vigilancia sanitaria y control en grifo del consumidor, previsto en el artículo 16. Antes del 1 de enero de 2012 se llevarán a cabo las reformas y adaptaciones necesarias en las redes de distribución pública o privadas y las instalaciones interiores de edificios públicos y establecimientos con actividad pública o comercial, derivadas de las exigencias incorporadas en los artículos 8, 11, 12 y 14 y en el anexo I de este Real Decreto.

Disposición transitoria segunda. Muestreo de instalaciones interiores.
La autoridad sanitaria velará para que la administración local antes del 1 de enero del 2012 muestree el agua de consumo humano, en campañas periódicas, en locales, establecimientos públicos o privados y domicilios particulares, representativos de cada abastecimiento, construidos con anterioridad a 1980, con especial atención a la determinación de los parámetros relacionados con los materiales instalados en las instalaciones interiores y aquellos relacionados con el mal mantenimiento de la instalación interior que pudieran representar un riesgo para la salud.

Disposición transitoria tercera. Cumplimiento con los valores paramétricos.
A la entrada en vigor de este Real Decreto todo abastecimiento deberá cumplir con los requisitos relativos a los valores paramétricos en él fijados, excepto para: antimonio, arsénico, benceno, bromato, 1,2-dicloroetano, microcistina, níquel, plomo, tetracloroeteno, tricloroeteno y trihalometanos, para estos parámetros, los plazos de cumplimiento serán los establecidos en la parte B del anexo I.

Disposición transitoria cuarta. Censos de sustancias para el tratamiento del agua y de productos de construcción en contacto con el agua de consumo humano.
Las empresas que comercialicen cualquier sustancia para el tratamiento del agua de consumo humano o productos de construcción en contacto con el agua de consumo humano deberán remitir, a la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo, el impreso que figura en el anexo VIII o en el anexo IX, en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto. Con ello se elaborará un censo de sustancias para el tratamiento del agua y un censo de productos de construcción en contacto con el agua de consumo humano. El Ministerio de Sanidad y Consumo actualizará dichos censos.

Disposición transitoria quinta. Autorizaciones de excepción vigentes.
La autoridad sanitaria revisará y actualizará las autorizaciones de excepción vigentes a la entrada en vigor de este Real Decreto, comunicando antes de seis meses a la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo las que permanezcan autorizadas con base en artículo 23 y correspondan a zonas de abastecimiento que suministren más de 1.000 m3 de agua de consumo humano por día.

Disposición transitoria sexta. Usuarios del SINAC.
A partir del 1 de junio de 2003 los usuarios ligados a zonas de abastecimiento con más de 500 habitantes podrán solicitar el alta como usuarios del SINAC a sus administradores autonómicos y a partir del 1 de enero de 2004 para el resto de los usuarios de zonas de abastecimiento menores.

Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 45, de 21/02/2003 (apartado I Disposiciones generales, ref. 3596, páginas 7228-7245).




Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)