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viernes, 2 de septiembre de 2016

LEGISLACIÓN: PLAN DESARROLLO SOSTENIBLE PARQUE NATURAL SIERRA DE BAZA 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Acuerdo de 26 de julio de 2016, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se aprueba la formulación del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Baza y su área de influencia socioeconómica.

La Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, en su exposición de motivos señala que la diversidad y magnitud de la riqueza ecológica de Andalucía y la evidencia de la huella humana sobre los espacios naturales, permite propiciar una política de conservación compatible con el desarrollo económico y que es necesario implicar en la conservación de la naturaleza a los sectores económicos. 

El artículo 20.4 de la citada Ley establece que el Consejo de Gobierno aprobará el Plan de Desarrollo Integral para los municipios incluidos en el Parque Natural y en su zona de influencia socioeconómica. Es objeto del Plan de Desarrollo Integral la dinamización de las estructuras socioeconómicas salvaguardando la estabilidad ecológica del territorio de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión. A partir del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 12 de mayo de 1998, por el que se aprueba la formulación de los Planes de Desarrollo Sostenible de los Parques Naturales Los Alcornocales y Sierra Mágina, se sustituye el término «Integral» de los Planes de Desarrollo regulados en la Ley 2/1989, por el de «Sostenible», entendiéndose como tal el que satisface las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer la capacidad de las futuras para satisfacer sus propias necesidades.

El Parque Natural Sierra de Baza, de 53.649 hectáreas, se localiza al este de la provincia de Granada. Su carácter montañoso, junto con su gran extensión, producen una elevada heterogeneidad, que hace de este espacio natural un lugar de gran riqueza y variedad biológica. el paisaje constituye un elemento fundamental, confiriendo a este espacio su propia identidad como territorio. el área de influencia socioeconómica del Parque Natural está compuesta por los municipios de la provincia de Granada: Baza, Dólar, Gor, Caniles y Valle de Zalabí, ocupando el conjunto de los términos municipales una extensión de 112.950 hectáreas.

El I Plan de Desarrollo Sostenible del área de influencia socioeconómica del Parque Natural Sierra de Baza fue aprobado mediante decreto 199/2006, de 7 de noviembre, para un periodo inicial de seis años. El objetivo final de este Plan fue la mejora del nivel y calidad de vida de la población del ámbito de influencia del Parque Natural, de forma compatible con la conservación ambiental y considerando el espacio natural protegido como un activo importante de desarrollo económico local.

Diversos indicadores de resultados del I Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Baza muestran como en su periodo de vigencia, la evolución de este territorio ha ido encaminándose hacia la sostenibilidad, indicadores tales como el incremento de la superficie de agricultura ecológica, las certificaciones de empresas con marcas de calidad territorial, el número de casas rurales, las industrias ecológicas o las empresas de turismo activo. No obstante, el estado de conservación de los ecosistemas y la calidad ambiental del espacio protegido precisan sostener las políticas de integración de las medidas de desarrollo social y económico de este territorio con el mantenimiento sus valores naturales y culturales en una relación de aportación de valor mutuo.

Actualmente, en función de las experiencias adquiridas, tanto en Andalucía como a nivel internacional, el concepto de desarrollo sostenible ha devenido en un modelo de desarrollo con una visión más integradora e interdependiente del espacio natural-rural y las distintas formas del capital territorial, orientándose hacia un fortalecimiento de las capacidades adaptativas de los ecosistemas que redunde en una mayor y estable prestación de servicios ambientales que contribuyen decisivamente a un desarrollo humano sano y sostenible y, viceversa, la adaptación de los procesos productivos y sociales de un territorio a las capacidades de sus ecosistemas constituyen un factor de identidad, cohesión social, diferenciación y, por tanto, de valor añadido.

Así, sobre la base de este modelo, el Plan debe concebirse como un instrumento centrado en fortalecer una cultura social y productiva de desarrollo local basada en los valores de sostenibilidad, innovación y diferenciación, con la integración y participación de los agentes locales como eje vertebrador del mismo. de este modo, la participación debe ser entendida como corresponsabilidad social entre instituciones y ciudadanos en torno a unas claves de desarrollo local que habrá que ir diseñando y compartiendo. ello requiere fortalecer la participación activa de los actores empresariales y sociales del territorio en las decisiones estratégicas contempladas en la nueva planificación sostenible de la zona.

El artículo 5.2 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que las actividades de planificación de la Junta de Andalucía incluidas en el Anexo tendrán, a efectos de esta Ley, la consideración de Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio y se someterán a las disposiciones sobre contenido y tramitación establecidas en el Título I de dicha Ley. en su apartado 12, el Anexo de esta Ley recoge los Planes de Desarrollo y Programas Operativos para un ámbito territorial.

El artículo 18 de esta misma Ley indica que corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero competente, acordar la formulación de los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio, la elaboración del Plan se regirá por la correspondiente legislación especial y por este Acuerdo de Formulación, cuyo procedimiento, una vez finalizada la fase de participación social y redactado el primer borrador, se regirá por lo establecido en el punto sexto del mismo.

Los artículos 196 y 197 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establecen que los poderes públicos promoverán el desarrollo sostenible, el uso racional de los recursos naturales garantizando su capacidad de renovación, y la reducción de emisiones contaminantes a la atmósfera. Asimismo, orientarán sus políticas especialmente al desarrollo de la agricultura ecológica, el turismo sostenible, la protección del litoral y la red de espacios naturales protegidos, así como al fomento de una tecnología eficiente y limpia. Todos los sectores económicos vinculados al desarrollo sostenible cumplen un papel relevante en la defensa del medio ambiente. 

Los poderes públicos de Andalucía impulsarán las políticas y dispondrán los instrumentos adecuados para hacer compatible la actividad económica con la óptima calidad ambiental, velando porque los sectores productivos protejan de forma efectiva el medio ambiente. El Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en su artículo 1 establece que a dicha consejería le corresponden las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de medio ambiente, agua, ordenación del territorio y del litoral y urbanismo.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el 20.4 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, a propuesta del consejero de Medio Ambiente y ordenación del Territorio, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de julio de 2016, se acuerda lo siguiente:

Primero. Formulación.
Formular el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra de Baza, que tendrá la consideración de Plan de Desarrollo Integral a los efectos de lo establecido en el artículo 20.4 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
Asimismo, el Plan tendrá la consideración de Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio, de los establecidos en el Título I, capítulo III, de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de Andalucía.

Segundo. Ámbito territorial.
El ámbito territorial del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Baza será el comprendido entre los siguientes términos municipales de la provincia de Granada: Baza, Dólar, Gor, Caniles y Valle de Zalabí.
Firmado en Sevilla, a 26 de julio de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Gregorio Fiscal López.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 152, de 9/08/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 77-80).


José Luis Ares (docente)

jueves, 1 de septiembre de 2016

LEGISLACIÓN: PLAN DESARROLLO SOSTENIBLE PARQUE NATURAL SIERRA DE ANDÚJAR 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Acuerdo de 19 de julio de 2016, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se aprueba la formulación del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Andújar y su área de influencia socioeconómica.

La Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, en su exposición de motivos señala que la diversidad y magnitud de la riqueza ecológica de Andalucía y la evidencia de la huella humana sobre los espacios naturales permite propiciar una política de conservación compatible con el desarrollo económico y que es necesario implicar en la conservación de la naturaleza a los sectores económicos. 

El artículo 20.4 de la citada Ley establece que el Consejo de Gobierno aprobará el Plan de Desarrollo Integral para los municipios incluidos en el Parque Natural y en su zona de influencia socioeconómica. Es objeto del Plan de Desarrollo Integral la dinamización de las estructuras socioeconómicas salvaguardando la estabilidad ecológica del territorio de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión.

A partir del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 12 de mayo de 1998, por el que se aprueba la formulación de los Planes de Desarrollo Sostenible de los Parques Naturales Los Alcornocales y Sierra Mágina, se sustituye el término «Integral» de los Planes de desarrollo regulados en la Ley 2/1989, por el de «Sostenible», entendiéndose como tal el que satisface las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer la capacidad de las futuras para satisfacer sus propias necesidades.

El Parque Natural Sierra de Andújar se sitúa en la franja oriental de Sierra Morena, en la provincia de Jaén, y tiene una superficie de 74.774 hectáreas. el área de influencia socioeconómica del Parque Natural está compuesta por 4 municipios de la provincia de Jaén, ocupando el conjunto de los términos municipales una extensión de 174.184 hectáreas.

El Plan de desarrollo Sostenible del área de influencia socioeconómica del Parque Natural Sierra de Andújar fue aprobado por el Decreto 197/2006, de 7 de noviembre, para un periodo inicial de seis años. El objetivo final de este Plan fue la mejora del nivel y calidad de vida de la población del ámbito de influencia del Parque Natural, de forma compatible con la conservación ambiental y considerando el espacio natural protegido como un activo importante de desarrollo económico local.

Diversos indicadores de resultados del I Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Andújar muestran cómo en su periodo de vigencia la evolución de este territorio ha ido encaminándose hacia la sostenibilidad, indicadores tales como el incremento de la superficie de agricultura ecológica, las certificaciones de empresas con marcas de calidad territorial, el número de casas rurales, las industrias ecológicas o las empresas de turismo activo.

No obstante, el estado de conservación de los ecosistemas y la calidad ambiental del espacio protegido precisan sostener las políticas de integración de las medidas de desarrollo social y económico de este territorio con el mantenimiento de sus valores naturales y culturales en una relación de aportación de valor mutuo. Actualmente, en función de las experiencias adquiridas, tanto en Andalucía como a nivel internacional, el concepto de desarrollo sostenible ha devenido en un modelo de desarrollo con una visión más integradora e interdependiente del espacio natural-rural y las distintas formas del capital territorial, orientándose hacia un fortalecimiento de las capacidades adaptativas de los ecosistemas que redunde en una mayor y estable prestación de servicios ambientales que contribuyen decisivamente a un desarrollo humano sano y sostenible y, viceversa, la adaptación de los procesos productivos y sociales de un territorio a las capacidades de sus ecosistemas constituyen un factor de identidad, cohesión social, diferenciación y, por tanto, de valor añadido.

Así, sobre la base de este modelo, el Plan debe concebirse como un instrumento centrado en fortalecer una cultura social y productiva de desarrollo local basada en los valores de sostenibilidad, innovación y diferenciación, con la integración y participación de los agentes locales como eje vertebrador del mismo. de este modo, la participación debe ser entendida como corresponsabilidad social entre instituciones y ciudadanos en torno a unas claves de desarrollo local que habrá que ir diseñando y compartiendo. ello requiere fortalecer la participación activa de los actores empresariales y sociales del territorio en las decisiones estratégicas contempladas en la nueva planificación sostenible de la zona.

El artículo 5.2 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que las actividades de planificación de la Junta de Andalucía incluidas en el Anexo tendrán, a efectos de esta Ley, la consideración de Planes con Incidencia en la ordenación del Territorio y se someterán a las disposiciones sobre contenido y tramitación establecidas en el Título I de dicha Ley. en su apartado 12, el Anexo de esta Ley recoge los Planes de desarrollo y programas operativos para un ámbito territorial.

El artículo 18 de esta misma Ley indica que corresponde al consejo de Gobierno, a propuesta del consejero competente, acordar la formulación de los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio, la elaboración del Plan se regirá por la correspondiente legislación especial y por este Acuerdo de Formulación, cuyo procedimiento, una vez finalizada la fase de participación social y redactado el primer borrador, se regirá por lo establecido en el punto sexto del mismo.

Los artículos 196 y 197 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establecen que los poderes públicos promoverán el desarrollo sostenible, el uso racional de los recursos naturales garantizando su capacidad de renovación y la reducción de emisiones contaminantes a la atmósfera. Asimismo, orientarán sus políticas especialmente al desarrollo de la agricultura ecológica, el turismo sostenible, la protección del litoral y la red de espacios naturales protegidos, así como al fomento de una tecnología eficiente y limpia. Todos los sectores económicos vinculados al desarrollo sostenible cumplen un papel relevante en la defensa del medio ambiente. 

Los poderes públicos de Andalucía impulsarán las políticas y dispondrán los instrumentos adecuados para hacer compatible la actividad económica con la óptima calidad ambiental, velando porque los sectores productivos protejan de forma efectiva el medio ambiente. El Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en su artículo 1 establece que a dicha consejería le corresponden las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de medio ambiente, agua, ordenación del territorio y del litoral y urbanismo.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el 20.4 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, a propuesta del consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de julio de 2016, se Acuerda lo siguiente:

Primero. Formulación.
Formular el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Andújar, que tendrá la consideración de Plan de Desarrollo Integral a los efectos de lo establecido en el artículo 20.4 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
Asimismo, el Plan tendrá la consideración de Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio, de los establecidos en el Título I, capítulo III, de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de Andalucía.

Segundo. Ámbito territorial.
El ámbito territorial del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Andújar será el comprendido entre los siguientes términos municipales de la provincia de Jaén: Andújar, Baños de la Encina, Marmolejo y Villanueva de la Reina.
Firmado en Sevilla, a 19 de julio de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Gregorio Fiscal López.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 142, de 26/07/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 53-56).


José Luis Ares (docente)

lunes, 6 de junio de 2016

PROTAGONISTAS: DÍA MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE 2016

El Día Mundial del Medio Ambiente que se celebra el 5 de junio es uno de los principales instrumentos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para fomentar la sensibilización de la sociedad sobre la salud ambiental de nuestro planeta y promover las acciones políticas destinadas a su preservación en las mejores condiciones para el disfrute de las generaciones venideras. 

El secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, se ha referido al evento en los siguientes términos: «En este Día Mundial del Medio Ambiente, insto a las personas y los gobiernos de todo el mundo a que superen la indiferencia, combatan la codicia y actúen para preservar nuestro patrimonio natural en beneficio de las generaciones presente y futuras.» 

El tema central del Día Mundial del Medio Ambiente 2016 es la lucha contra el comercio ilícito de fauna y flora silvestres, que erosiona gravemente la biodiversidad y pone en peligro la supervivencia de muchas especies. Bajo el lema de «Vuélvete salvaje por la vida» (Go Wild for Life) se pretende que la sociedad en su conjunto difunda la información sobre los daños ambientales y que al mismo tiempo las personas ayuden a persuadir a quienes atenten contra la conservación de la naturaleza, evitando sus acciones perjudiciales sobre las especies silvestres.

En esta ocasión, Angola es el país organizador de la celebración del Día Mundial del Medio Ambiente.

Más información: http://www.un.org/es/events/environmentday/

José Luis Ares (divulgador)

viernes, 22 de abril de 2016

EVENTOS: DÍA INTERNACIONAL DE LA TIERRA 22 ABRIL

El, 22 de abril se celebra el Día Internacional de la Madre Tierra, fecha promovida por el estadounidense Gaylord Nelson, desde 1970, para impulsar una conciencia común sobre los desafíos que afronta nuestro planeta, entre ellos, la lucha contra la contaminación, y la conservación de la biodiversidad. 

No cabe duda de que nuestro comportamiento individual resulta decisivo a la hora de hacer frente a dichos desafíos. Se adjunta la Bandera de la Tierra diseñada por John McConnell.

Más información: Wikipedia (wikidata).


José Luis Ares (divulgador)

martes, 17 de febrero de 2015

PROTAGONISTAS: EXPLICAR LA DEHESA AL CONSUMIDOR EN ESPAÑA, CLAVES DE PROMOCIÓN

Las dehesas o los sistemas agrarios adehesados constituyen un valioso patrimonio medioambiental en vastas zonas rurales de la Unión Europea, destacando la Península Ibérica por su superficie territorial de este ecosistema, con 3,6 millones de hectáreas, aproximadamente, distribuidas en 2,4 y 1,2 millones de hectáreas en España y Portugal, respectivamente. No obstante, a pesar de su importancia, y de ser una fuente de rica biodiversidad, con producciones agroalimentarias de alta calidad, la dehesa y sus productos no son suficientemente conocidos para muchos consumidores.

En España, salvo pocas excepciones, las producciones agroalimentarias de calidad diferenciada del ecosistema dehesa son obtenidas en pequeñas empresas que, en la mayoría de los casos, además de productores de materias primas son también elaboradores y distribuidores de los alimentos terminados, cerrando así el ciclo completo hasta llegar al consumidor final. Esta estructura empresarial fuertemente atomizada requiere de instrumentos de integración para abordar campañas conjuntas de promoción de los productos de la dehesa, dado que su elevado coste hace prácticamente inviable su realización a nivel individual.

Por otra parte, los sistemas productivos mayoritarios en las pequeñas empresas alimentarias de las dehesas españolas se caracterizan por sus procedimientos artesanales y producciones reducidas, cuya rentabilidad depende directamente del precio de venta de los productos, en contraposición a lo que ocurre con los establecimientos de mayor dimensión, grandes volúmenes y amplios canales de comercialización. Lamentablemente, la realidad actual de la dehesa española muestra una escasa valorización de los alimentos finales, con precios de venta muy similares a los obtenidos de forma masiva en grandes producciones estandarizadas, con muy pocas excepciones, como el jamón ibérico o el aceite de oliva producidos en algunas zonas.

Aunque existen abundantes y completos estudios y publicaciones sobre el ecosistema de la dehesa española, lo cierto es que las informaciones, resultados y conclusiones de los mismos raramente salen del ámbito académico o técnico, resultando prácticamente desconocidos para muchos productores y distribuidores, así como para la casi totalidad de los consumidores finales. Si bien es cierto que un alimento de calidad diferenciada se conoce muchas veces por el "boca a boca" o más propiamente por el "boca a oreja", no es menos cierto que la lentitud de este procedimiento no garantiza la consecución de buenos precios de venta a corto o medio plazo, condicionando negativamente la cuenta de resultados de las pequeñas empresas artesanales.

Para hacer frente a este ancestral desconocimiento urge realizar una campaña de promoción de los alimentos producidos en la dehesa resaltando sus peculiares características que los hacen diferentes de los obtenidos fuera de este ecosistema. A continuación, voy a enumerar una serie de aspectos clave para valorizar la dehesa y sus producciones de calidad diferenciada, con el convencimiento de que únicamente un consumidor suficientemente formado e informado será capaz de pagar un precio mayor por los alimentos producidos en este ecosistema definido como 'agro-silvo-pastoral'.

1-La importancia de la dehesa como patrimonio patrimonio paisajístico, cultural y socioeconómico, siendo un ecosistema de tradición milenaria en muchas zonas rurales españolas, que es necesario preservar, mantener y defender para el uso y disfrute de las generaciones venideras.

2-La sostenibilidad de un sistema productivo que aprovecha los recursos naturales y humanos disponibles en la zona de dehesa, mediante un manejo racional de los pastos, pastizales, cultivos herbáceos, árboles, arbustos, razas ganaderas autóctonas, producciones tradicionales, prácticas artesanales, con un menor impacto medioambiental tanto sobre el suelo y el agua como en la flora y la fauna locales, siendo este aspecto aún más importante en aquellos territorios catalogados como espacios protegidos.

3-Las pequeñas empresas agroalimentarias, de amplia presencia en las dehesas españolas, no sólo aseguran la trazabilidad completa de sus sistemas productivos, sino que además garantizan el origen y la autenticidad de sus producciones, al funcionar muchas de ellas en ciclo cerrado, cumpliendo con el lema "del campo a la mesa".

4-El predominio de los sistemas productivos en régimen extensivo, con bajo consumo de factores de producción, entre ellos, fertilizantes, plaguicidas, y otros productos de síntesis química, confieren a los alimentos obtenidos en las dehesas unas características próximas a los productos ecológicos y, por tanto, más saludables.

5-La diversidad de sus producciones convierten a la dehesa en una verdadera "despensa" alimentaria, representada por productos tan emblemáticos como los derivados del cerdo ibérico, carne de vacuno, corderos y cabritos lechales, especies cinegéticas, leche, quesos y derivados lácteos, miel, frutas frescas y frutos secos, aceites de oliva, vinos y licores, pan y repostería, entre otros, que se identifican con sus zonas de procedencia, muchas veces ubicadas en áreas montañosas, serranías y montes con escasas alternativas productivas. Asimismo, se obtienen en la dehesa otros productos típicos no destinados a la alimentación, como la resina, el corcho, la leña, maderas, etc., que generan empleo estacional en muchas zonas.

6-La comercialización directa de los productos obtenidos en las zonas de dehesa por parte de las propias empresas productoras acerca a los consumidores finales al territorio de producción, con las consiguientes ventajas para la transmisión de la información sin recurrir a intermediarios, facilitando la formación de una imagen clara de la zona con efecto multiplicativo para su promoción en el conjunto de la sociedad.

7-La incorporación de jóvenes al medio rural y, especialmente, en las zonas de dehesa, permitirá asegurar la continuidad de las empresas agroalimentarias actuales y la puesta en marcha de nuevos proyectos, siempre que se apoyen dichas iniciativas desde las administraciones públicas no solamente con subvenciones directas a la inversión, sino también con una oferta de programas de formación y asesoramiento específicos, que posibiliten su adaptación y la obtención de resultados sostenibles a largo plazo.

Más información: Jornada Técnica sobre "El sector lácteo andaluz ante la nueva normativa de Calidad", celebrada en la localidad de Loja (Granada, España). 2012.

Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)



lunes, 1 de diciembre de 2014

16-CALIDAD AGROALIMENTARIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y COMPETENCIAS DE CONSEJOS REGULADORES

A continuación, se incluyen los aspectos relativos a la Naturaleza, Régimen jurídico y Ámbito de competencias de los Consejos Reguladores (artículo 12, capítulo IV del Título III) de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía, aprobada por el Parlamento de Andalucía, promulgada por el Presidente ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (España).

CAPÍTULO IV.
Consejos Reguladores
Artículo 12. Naturaleza, régimen jurídico y ámbito de competencias.
1. La gestión de las DOP, IGP e IGBE será realizada por un órgano de gestión, denominado consejo regulador, en el que estarán representadas las personas productoras o elaboradoras inscritas en los registros que se establezcan en el reglamento específico de las citadas denominaciones de calidad.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 16, se entiende autorizado el consejo regulador, adquiriendo la naturaleza jurídica definida en la presente ley, con la publicación de su reglamento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Los consejos reguladores se constituyen como corporaciones de Derecho Público, con personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de las funciones que determine la presente ley y establezcan los reglamentos que se dicten en desarrollo de la misma. Podrán participar, constituir o relacionarse con toda clase de asociaciones, fundaciones y sociedades civiles o mercantiles, así como con la Administración Pública, estableciendo entre ellos, en su caso, los oportunos acuerdos de colaboración. Con carácter general, sujetan su actividad al Derecho Privado, excepto en las actuaciones que impliquen el ejercicio de potestades públicas, en las que deben sujetarse al Derecho Administrativo.
4. Los consejos reguladores se regirán por lo dispuesto en la presente ley, en la normativa básica del Estado, sus respectivas normas de desarrollo, y por el reglamento específico de cada una de las denominaciones de calidad.
5. Las competencias de cada consejo regulador quedan limitadas a la zona de producción, transformación y elaboración, en su caso, a las personas inscritas en los registros correspondientes, y a los productos protegidos por la DOP, IGP e IGBE, en cualquier fase de producción, transformación, elaboración, acondicionamiento, almacenaje, envasado, circulación y comercialización.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 70, de 8/04/2011 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 9-29).


Fuente: Circular informativa (2011). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 28 de abril de 2014

PONENCIAS FERIA AGROGANADERA 2014 EN POZOBLANCO (ESPAÑA)

La Mesa Redonda sobre Los Productos Agroganaderos: Transformación y Venta, ha tenido lugar el día 24 de abril de 2014 en las instalaciones del Recinto Ferial de la localidad de Pozoblanco (Córdoba, España), dentro del ciclo de actividades técnicas paralelas de la 4ª Escuela de Pastores de Andalucía 2014, y en el marco de la XXII Feria Agroganadera y XII Agroalimentaria, abierta a profesionales, técnicos y público en general. 

La Feria está organizada por Confevap con la colaboración de diversas instituciones y empresas, entre ellas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Córdoba, Feagas, y la cooperativa Covap, y se celebra en la citada localidad del 24 al 27 de abril de 2014.

La Mesa Redonda se ha estructurado en base a tres ponencias, seguida de un coloquio abierto a todos los participantes al evento. Los temas de las ponencias son los siguientes:

"La Producción de quesos artesanos andaluces". José Luis Ares Cea. Ifapa Alameda del Obispo.

"Los quesos de granja". María Jesús Jiménez Horwitz. Presidenta Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía. Presidenta de la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas (integrada en la red europea).

"La venta: canales cortos de comercialización". Carmen Quintero Morales. Secretaria Provincial de COAG.

En la fotografía adjunta se aprecia un momento de la intervención de José Luis Ares, acompañado de las dos ponentes y el moderador de la Mesa-coloquio.



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

MESA-COLOQUIO FERIA AGROGANADERA 2014 EN POZOBLANCO (ESPAÑA)

El día 24 de abril de 2014 tuvo lugar la Mesa Redonda sobre "Los Productos Agroganaderos: Transformación y Venta", enmarcada en la XXII Feria Agroganadera y XII Agroalimentaria, y celebrada en las instalaciones del Recinto Ferial de la localidad de Pozoblanco (Córdoba, España). La Feria está organizada por Confevap con la colaboración de diversas instituciones y empresas, entre ellas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Córdoba, Feagas, y la cooperativa Covap, y se celebra del 24 al 27 de abril de 2014.

Esta mesa-coloquio forma parte del programa de las jornadas técnicas paralelas de la 4ª Escuela de Pastores de Andalucía 2014. Las ponencias fueron impartidas por José Luis Ares Cea (IFAPA Alameda), María Jesús Jiménez Horwitz (Presidenta Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía y Presidenta de la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas (integrada en la red europea), y Carmen Quintero Morales (Secretaria Provincial de COAG), actuando como moderador Luis Jiménez García (AGAPA Córdoba).

En la fotografía adjunta aparecen los ponentes y el moderador de la Mesa Redonda.





Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 23 de abril de 2014

TRANSFORMACIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS AGROGANADEROS MESA REDONDA EN POZOBLANCO (ESPAÑA)

El jueves 24 de abril de 2014 a las 20 horas tendrá lugar la Mesa Redonda sobre Los Productos Agroganaderos: Transformación y Venta, en las instalaciones del Recinto Ferial de la localidad de Pozoblanco (Córdoba, España). Este evento, programado dentro del ciclo de actividades técnicas paralelas de la 4ª Escuela de Pastores de Andalucía 2014, se enmarca dentro de una importante Feria Agroganadera e Industrial celebrada en la citada localidad y está abierto al público en general. 

La Mesa Redonda se ha estructurado en base a tres ponencias, seguida de un coloquio abierto a todos los participantes al evento. Los temas de las ponencias son los siguientes:

"La Producción de quesos artesanos andaluces". José Luis Ares Cea. Ifapa Alameda del Obispo.

"Los quesos de granja". María Jesús Jiménez Horwitz. Presidenta Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía. Presidenta de la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas (integrada en la red europea).

"La venta: canales cortos de comercialización". Carmen Quintero Morales. Secretaria Provincial de COAG.

La Escuela de Pastores de Andalucía, organizada conjuntamente por las Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía (España), es un itinerario formativo dirigido a las personas interesadas en aprender el oficio de pastor para desarrollar esta actividad productiva en el territorio rural andaluz. El programa tiene una duración total de 540 horas de las que 300 son teórico-prácticas y 240 corresponden a la formación en explotaciones ganaderas colaboradoras bajo la supervisión directa de pastores-tutores. Este año la Escuela lleva por título "Valle de los Pedroches-Sierra Morena", celebrándose las sesiones formativas presenciales en las instalaciones del centro del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera de Andalucía (Ifapa) en la localidad de Hinojosa del Duque (norte de la provincia de Córdoba), con la colaboración de numerosas instituciones públicas y privadas relacionadas con el pastoralismo y la ganadería extensiva.




Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)