Mostrando entradas con la etiqueta AGAPA. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta AGAPA. Mostrar todas las entradas

martes, 3 de marzo de 2015

CÁMARAS AGRARIAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO

Mediante la Resolución de 15 de enero de 2015, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se anuncia la formalización de la encomienda de gestión a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, para la ejecución de actuaciones relativas a la administración de bienes y derechos de las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía y la realización de actuaciones materiales y técnicas en el ámbito del procedimiento de liquidación de su patrimonio.

De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 105.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, procede hacer pública la formalización con fecha 15 de diciembre de 2014 de la encomienda de gestión a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía para la ejecución de actuaciones relativas a la administración de bienes y derechos de las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía y la realización de actuaciones materiales y técnicas en el ámbito del procedimiento de liquidación de su patrimonio, que figura en el anexo de la presente Resolución.

ANEXO.
El Decreto-ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de Reordenación del Sector Público, recoge, dentro de su Capítulo II «medidas sectoriales de organización», una sección dedicada a las medidas de organización del sector agrario y pesquero, entre las que se encuentra la extinción de las Cámaras Agrarias de cualquier ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Mediante Orden de 28 de julio de 2010 de la Consejería de Agricultura y Pesca, publicada en el BOJA 20 de 28 de julio de 2010, se establecen las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Liquidadora y se regula el procedimiento para la liquidación de los bienes, derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio de las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía.

La citada Orden de 28 de julio de 2010 establece en su apartado c del artículo 6.1 que la Consejería puede actuar para la ejecución de cuantas medidas sean necesarias para la efectiva realización del procedimiento de liquidación a través de la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A.
Mediante Orden de 2 de agosto de 2010 de la Consejería de Agricultura y Pesca, se encomienda a la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A., la ejecución de las medidas necesarias para la efectiva realización del procedimiento de liquidación de la Cámaras Agrarias en Andalucía.

La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público, publicada en el BOJA 36 de 21 de febrero de 2011, reprodujo el Decreto-ley 5/2010, de 27 de julio, integrando en la misma las modificaciones realizadas por el Decreto-ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complementarias del Decreto-ley 5/2010, de 27 de julio, en virtud de los acuerdos adoptados en la Mesa General de Negociación del Empleado Público de la Administración de la Junta de Andalucía.

La citada Ley 1/2011, en su artículo 11.1, autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía como agencia de régimen especial, estableciendo su artículo 12.1 que «La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, desde la entrada en vigor de sus Estatutos, quedará subrogada en todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que es titular la Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A.». Por último, el apartado segundo de la disposición adicional tercera de la mencionada Ley establece que «La constitución efectiva de las agencias públicas empresariales creadas de acuerdo con la presente Ley, así como de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, tendrá lugar en la fecha de entrada en vigor de sus respectivos Estatutos».

Mediante Decreto 99/2011, de 19 de abril, se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía. Según el apartado primero de su disposición adicional primera, la entrada en vigor de los Estatutos y la constitución efectiva de la Agencia tendrá lugar el día siguiente al de la publicación del citado Decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, hecho que tuvo lugar el 30 de abril de 2011. El citado Decreto 99/2011 establece en su artículo 7 que «Corresponden a la Agencia las siguientes funciones y competencias generales en relación con las asignadas a la Consejería a la que se encuentra adscrita, y en el marco de la planificación y coordinación efectuada por ésta: ... h) La asistencia y el soporte técnico a la Consejería así como la ejecución de las encomiendas de gestión y de las delegaciones que le sean efectuadas por ésta o por cualquier órgano o entidad de la administración autonómica andaluza, así como todas aquellas tareas o funciones que ya viniese desarrollando la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero SA, antes de su disolución».

Por su parte, el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, dispone en su artículo 2.2 «Se hallan adscritas a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural las siguientes entidades instrumentales: ... b) La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía».

Visto el artículo 105.1 de la Ley 9/2007, 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, que establece que «La realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño».

Iniciado el procedimiento de liquidación y habiéndose realizado por parte de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía actuaciones en el marco de este procedimiento en virtud del encargo efectuado a la extinta Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A., se considera aconsejable la redacción de una nueva encomienda a fin de adaptar la situación al nuevo marco jurídico derivado de la transformación de la extinta Sociedad Mercantil en Agencia Administrativa de Régimen Especial, dotando a la vez de una mayor precisión el contenido de las tareas a realizar por la misma.

De acuerdo con lo dispuesto en el primer inciso del apartado 3 de artículo 105 de la citada Ley 9/2007, 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se acuerda lo siguiente:

Primero. Objeto de la encomienda.ç
Conforme a lo previsto en el artículo 6.1.c) de la Orden de 28 de julio de 2010, por la que se establecen las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Liquidadora y se regula el procedimiento para la liquidación de los bienes, derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio de las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía, la presente encomienda, tiene como objeto encargar a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía las actuaciones relativas a la administración de los bienes y derechos pendientes de atribución que conforman el patrimonio en liquidación de dichas Cámaras, y la ejecución de las medidas necesarias para la efectiva realización del procedimiento de liquidación.

Segundo. Actuaciones a realizar por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Se encomienda a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, las siguientes actividades materiales y técnicas, en el ámbito del procedimiento de liquidación del patrimonio de las extintas Cámaras Agrarias:
1. La recopilación de información y elaboración de informes sobre la situación administrativa, presupuestaria y patrimonial de las extintas Cámaras Agrarias.
2. La llevanza de las cuentas corrientes titularidad de las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía y de sus saldos, incluyendo la comprobación, identificación y conciliación de los apuntes bancarios, y la realización de una auditoría a la finalización del procedimiento liquidatorio.
3. La llevanza de los ingresos y de los gastos propios del funcionamiento de las extintas Cámaras Agrarias que sea necesario asumir durante la ejecución del procedimiento de liquidación, incluyendo el pago de recibos derivados de contratos de suministro eléctrico, agua, así como cualquier otro de similar naturaleza, incluyendo la tramitación de la baja de los mismos, en su caso, y la gestión de cobros.
4. La ejecución de las medidas en orden al mantenimiento del estado de conservación de los bienes inmuebles titularidad de las extintas Cámaras Agrarias.
5. La ejecución de las actuaciones derivadas de los acuerdos adoptados en el seno de la Comisión Liquidadora en el marco del procedimiento de liquidación en relación con los procedimientos de enajenación de inmuebles, así como sobre los relativos a la extinción de las relaciones laborales del personal de las Cámaras Agrarias extinguidas.

Tercero. Gastos de ejecución de actividades encomendadas a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Conforme a lo previsto en el artículo 17 del Decreto-ley 5/2010, de 27 de julio, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público, la responsabilidad de la Consejería por las obligaciones asumidas en el marco del proceso liquidatorio correspondientes a las Cámaras extinguidas estará limitada al patrimonio de las mismas, por lo que los gastos que la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía haya de asumir en ejecución de la presente encomienda se imputarán a dicho patrimonio.

Cuarto. Responsable de la Encomienda y Comisión de Seguimiento.
Corresponde a la Secretaría General Técnica de la Consejería la dirección de las actuaciones a realizar en la ejecución de la presente Encomienda, dictando para ello cuantos actos y resoluciones concreten la actividad material objeto de la misma.
Para el control y evaluación del desarrollo de las actividades objeto de la encomienda se crea una comisión de seguimiento, integrada por cuatro miembros, de los cuales dos serán nombrados por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y dos por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
A estos efectos, y con carácter trimestral, la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, presentará a la Comisión de Seguimiento informe de seguimiento de las actuaciones realizadas en el marco de lo dispuesto en el apartado Segundo de esta Encomienda.

Quinto. Vigencia.
La presente encomienda de gestión entrará en vigor a partir del día siguiente de la notificación de la misma a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, permaneciendo en vigor mientras subsistan las causas que la originaron. A partir de su entrada en vigor, quedará sin efectos la Orden de 2 de agosto de 2010 de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se encomienda a la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A., la ejecución de las medidas necesarias para la efectiva realización del procedimiento de liquidación de la Cámaras Agrarias en Andalucía.

Sexto. Publicación.
La encomienda de gestión que se autoriza por la presente Orden ha de ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 15 de enero de 2015, por el Secretario General Técnico, Antonio J. Hidalgo López.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 22, de 3/02/2015 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 60 y 61).



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

CONTROL CALIDAD DEL TABACO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): GESTIÓN Y VERIFICACIÓN AYUDAS CAMPAÑA 2014/2015

Mediante la Resolución de 15 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se delega la competencia de la puesta bajo control de las entregas de tabaco y verificación de la calidad del tabaco entregado en los centros de compra de las empresas de primera transformación de tabaco autorizados en Andalucía en la campaña 2014/2015, a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

El Reglamento (UE) 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo establece nuevos regímenes de pagos directos a la agricultura. No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.4 del Reglamento (UE) 1310/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, seguirá aplicándose a las solicitudes de ayuda relativas a los años de solicitud que comiencen antes del 1 de enero de 2015.

En virtud del artículo 68, apartado 1, letra a), inciso ii) del Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, se concede una ayuda específica al fomento de la calidad del tabaco. Este régimen de ayuda es desarrollado a nivel nacional por el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería; la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 11 de febrero de 2014, por la que se prorroga para la campaña 2014 la aplicación de la Orden de 7 de marzo de 2011 por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas para la presentación de la Solicitud Única correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013; y la Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se convocan para el año 2014 ayudas al amparo del Real Decreto 202/2012 y de la Orden de 7 de marzo de 2011, que se citan, y por la que se establecen las particularidades de la campaña 2014.

En base a esta normativa, se concede una ayuda específica a los agricultores que produzcan tabaco crudo y lo entreguen, en virtud de un contrato de cultivo, a una empresa de primera transformación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 46 y siguientes del mencionado Real Decreto, siempre que se cumplan una serie de requisitos cualitativos previstos en la norma.

En virtud del artículo 7.1 del Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, el Organismo Pagador puede delegar cualquiera de sus funciones principales excepto la relativa a la ejecución del pago. Asimismo, el artículo 9 del Decreto 141/2013, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, le asigna a la Dirección General de Fondos Agrarios la gestión de las ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo al FEAGA, así como de aquellas otras que se le atribuyan. Es por ello que las mencionadas ayudas al estar financiadas por dicho Fondo, corresponde a la Dirección General de Fondos Agrarios la gestión de las mismas y por ende la realización de los controles establecidos en el Anexo 1 punto 2.A).iii), del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro, previos a la autorización del pago.

No obstante, el volumen de expedientes a gestionar en cada campaña, así como la situación de los recursos humanos y medios materiales vinculados al ejercicio de las competencias que corresponden a la Dirección General del Fondos Agrarios y en aras de la agilidad administrativa, en cuanto a la realización de los controles en los centros de compra autorizados se justifica la habilitación a otro órgano, dentro de los límites legales a través del mecanismo de delegación de competencias intersubjetiva prevista en el artículo 13.1 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para ejercer alguna de las competencias que el ordenamiento jurídico tiene encomendadas a este Centro Directivo, en particular los controles de entregas de tabaco crudo en los centros de compra autorizados ubicados en Andalucía.

Por otro lado, mediante Decreto 99/2011, de 19 de abril, se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria Pesquera de Andalucía, agencia que queda adscrita a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Dicha Agencia, atendiendo a la estructura administrativa de la Comunidad Autónoma, no queda integrada en el Organismo Pagador, siendo por ello necesario articular el mecanismo de la Delegación previsto en el Anexo 1 punto 1.C) del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014.

En virtud de lo anterior y de conformidad con los artículos 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa aplicable en la materia y en uso de las competencias atribuidas, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Se delega en la Agencia de Gestión Agraria Pesquera de Andalucía la competencia de la puesta bajo control de las entregas de tabaco crudo y verificación de la calidad del tabaco entregado en los centros de compra autorizados ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la gestión de la ayuda al fomento de la calidad del tabaco en la campaña 2014/2015.

Segundo. De acuerdo con las exigencias del Anexo 1 punto 1.C) del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, y con la finalidad de definir el contenido y la forma en que tienen que ser ejercidas las funciones del organismo pagador que se delegan así como con el objeto de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión de la citada ayuda y articular el ejercicio de las competencias de tramitación y gestión de las solicitudes las ayudas, se dictarán las correspondientes instrucciones conjuntas que se estimen pertinentes.

Tercero. En los actos que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de la aprobación de la Resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 15 de diciembre de 2014, por la Directora General, Concepción Cobo González.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 247, de 19/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 97 y 98).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 27 de noviembre de 2014

CONTROL POR TELEDETECCIÓN MEDIDAS AGROAMBIENTALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS A FAVOR DE AGAPA 2014

Mediante la Resolución de 28 de octubre de 2014 de la Dirección General de Fondos Agrarios, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se delegan las competencias del control del cumplimiento de requisitos y compromisos sobre parcelas de expedientes controlados por teledetección de las medidas agroambientales de las ayudas de desarrollo rural asimiladas al SIGC y el control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el sistema integrado de gestión y control de las ayudas directas de la PAC a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

El Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, establece los controles mínimos a realizar en el marco del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayuda comunitarios, aplicable a los regímenes de ayuda enumerados en el Anexo I del Reglamento (UE) 1307/2013 y a la ayuda concedida de acuerdo con el artículo 21, apartado 1, letras a) y b), los artículos 28 a 31, 33, 34 y 40 del Reglamento 1305/2013 y, cuando proceda, el artículo 35, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 1303/2013, tanto en el sector de las ayudas por superficie como en el sector de las ayuda por animales.

Dentro de los mismo se encuentran los controles sobre el terreno, cuyo propósito será el de verificar el cumplimiento de las disposiciones recogidas en las medidas de la Política Agrícola Comunitaria (PAC). El Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), ha sido derogado por el Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, si bien conforme a lo indicado en el artículo 88 de éste último, seguirá siendo de aplicación a las operaciones realizadas de conformidad con los programas aprobados por la Comisión en virtud de dicho Reglamento antes del 1 de enero de 2014.

Igualmente es aplicable en la campaña 2014 el Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda directa a los agricultores. En virtud del artículo 7.1 del Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, el Organismo Pagador puede delegar cualquiera de sus funciones principales excepto la relativa a la ejecución del pago.

Asimismo, el artículo 9 del Decreto 141/2013, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, le asigna a la Dirección General de Fondos Agrarios la gestión de las ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo al FEAGA, así como de aquellas otras que se le atribuyan en relación con el FEADER. Es por ello que las mencionadas ayudas al estar financiadas por dichos Fondos, corresponden a la Dirección General de Fondos Agrarios la gestión de las mismas y por ende la realización de los controles establecidos en el Anexo 1, punto 2.A.iii), del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro, previos a la autorización del pago.

No obstante, el volumen de expedientes a gestionar en cada campaña, así como la situación de los recursos humanos y medios materiales vinculados al ejercicio de las competencias que corresponden a la Dirección General del Fondos Agrarios, dada la disparidad de dotación de medios en las distintas Delegaciones Territoriales, y en aras de la agilidad administrativa, en cuanto a la realización de los controles del cumplimiento de requisitos y compromisos sobre parcelas de expedientes controlados por teledetección de las medidas agroambientales de las ayudas de desarrollo rural asimiladas al SIGC y el control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el sistema integrado de gestión y control de las ayudas directas de la PAC, se justifica la habilitación a otro órgano, dentro de los limites legales, a través del mecanismo de la delegación de competencias intersubjetiva prevista en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, para ejercer alguna de las competencias que el ordenamiento jurídico tiene encomendadas a este Centro Directivo.

Por otro lado mediante Decreto 99/2011, de 19 de abril, se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, agencia que queda adscrita a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Dicha Agencia, atendiendo a la estructura administrativa de la Comunidad Autónoma, no queda integrada en el Organismo Pagador siendo por ello necesario articular el mecanismo de la Delegación previsto en el Anexo 1, punto 1.C), del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014.

En virtud de lo anterior y de conformidad con los artículos 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa aplicable en la materia y en uso de las competencias que me vienen atribuidas, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Se delega en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía la competencia:
1.º De los controles del cumplimiento de requisitos y compromisos sobre parcelas de expedientes controlados por teledetección de las medidas agroambientales de las ayudas de desarrollo rural incluidas en el sistema integrado de gestión y control (SIGC).
2.º El control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el sistema integrado de gestión y control de las ayudas directas de la PAC, excepto los seleccionados para control exclusivamente de criterios de admisibilidad de las provincias de Cádiz, Córdoba y Sevilla, que se reservan a las correspondientes Delegaciones Territoriales.

Segundo. De acuerdo con las exigencias del Anexo 1, punto 1.C), del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, y con la finalidad de definir el contenido y la forma en que tienen que ser ejercidas las funciones del organismo pagador que se delegan así como con el objeto de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión de las citadas ayudas y articular el ejercicio de las competencias de tramitación y gestión de las solicitudes de las ayudas, se dictarán las correspondientes instrucciones conjuntas que se estimen pertinentes.

Tercero. En los actos que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de la aprobación de la Resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 28 de octubre de 2014, por la Directora General, Concepción Cobo González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 225, de 18/11/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 65 y 66).


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 20 de octubre de 2014

EVENTOS: XVIII BIOCORDOBA 2014 (ESPAÑA)

Organizada por la Diputación Provincial, Ecovalia, la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía y el Ayuntamiento de Córdoba (España), se ha celebrado la XVIII edición de BIOCORDOBA en dicha ciudad del 10 al 18 de octubre de 2014, con los objetivos de dinamizar los mercados locales, poner en valor los alimentos ecológicos y fomentar el consumo interno de los mismos. Con un amplio programa de actividades se ha pretendido que los consumidores conozcan la gama de productos ecológicos y puedan degustarlos y adquirirlos directamente desde los propios productores. Asimismo, los productores han podido hacer nuevos contactos con los profesionales de los sectores de la distribución, cadenas y centrales de compra, hostelería y tiendas especializadas, entre otros. 

Durante la celebración del evento han tenido lugar las siguientes jornadas técnicas, abiertas a productores, técnicos, profesionales sectoriales y público en general:

Jornada sobre sostenibilidad y agricultura ecológica: se impartió una conferencia inaugural y una mesa-coloquio con la participación de ponentes de diversas instituciones y entidades. La jornada tuvo lugar el miércoles 15 de octubre en el Salón de actos de la Diputación de Córdoba.

Huertos sociales ecológicos en Andalucía, presente y propuestas de futuro: en una mesa redonda se debatió sobre el fenómeno social de los huertos urbanos, sus beneficios, sus alcances y la situación actual de los mismos, con la presentación de casos reales por parte de los propios protagonistas, sin dejar de abordar propuestas que permitan desarrollar una estrategia de desarrollo sostenible a medio y largo plazo. Esta jornada se realizó el jueves 16 en la Sala Arcadas de la Delegación de Cultura de Córdoba. 

Jornada sobre las claves del éxito en la comercialización de alimentos ecológicos: los diversos temas se han tratado en tres mesas redondas, contando con la participación de técnicos y profesionales de la producción y comercialización de alimentos ecológicos; se han debatido distintas estrategias para mejorar la comercialización de estos productos, facilitando un mayor acercamiento entre productores y consumidores. En este sentido, se han impartido conferencias sobre el alimento ecológico en la gran distribución, la introducción de los alimentos ecológicos en los catering, la venta online, y los canales cortos de comercialización. La jornada se realizó el jueves 16 en el Salón de actos de la Delegación de Cultura de Córdoba. 

Paralelamente se han desarrollado diversas actividades, entre ellas, las siguientes:
-EcoMercado.
-Encuentros profesionales entre productores y agentes comerciales.
-Promociones en centros comerciales y tiendas especializadas.
-Taller de elaboración de quesos ecológicos.
-Cata de aceites ecológicos.
-Taller de elaboración de encurtidos.
-Taller "Los Macetohuertos".
-Actividades infantiles.
-Visitas al Centro Agropecuario de la Diputación de Córdoba.
-Entrega de los premios "Ecotrama y Ecoracimos".

Más información: AGAPA; www.biocordoba.org



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 14 de octubre de 2014

ENTREGA ALGODÓN EN DESMOTADORAS Y VERIFICACIÓN DE CALIDAD EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS AGAPA 2014

Mediante la Resolución de 5 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se delega la competencia de la puesta bajo control de las entregas de algodón y verificación de la calidad del algodón entregado en desmotadoras autorizadas en la campaña 2014/2015, a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

El Reglamento (UE) 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo establece nuevos regímenes de pagos directos a la agricultura. No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.4 del Reglamento (UE) 1310/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, seguirá aplicándose a las solicitudes de ayuda relativas a los años de solicitud que comiencen antes del 1 de enero de 2015.

El Reglamento (CE) 73/2009, regula en su Título IV, Capítulo 1, Sección 6 una ayuda específica a los productores de algodón, de acuerdo con lo previsto en los artículos 88 y siguientes del mencionado Reglamento. Por otro lado, en virtud del apartado 1, letra a), inciso ii) del artículo 68 del Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo, se concede igualmente una ayuda específica al fomento de la calidad del algodón. 

Estos regímenes de ayudas son desarrollados a nivel nacional por el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería; la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 11 de febrero de 2014, por la que se prorroga para la campaña 2014 la aplicación de la Orden de 7 de marzo de 2011 por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas para la presentación de la Solicitud Única correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013; y la Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se convocan para el año 2014 ayudas al amparo del Real Decreto 202/2012 y de la Orden de 7 de marzo de 2011, que se citan, y por la que se establecen las particularidades de la campaña 2014. Además, como normativa específica para la campaña 2014/2015 se ha publicado la Orden AAA/17/2014, de 9 de enero, sobre la ayuda específica al cultivo del algodón para la campaña 2014/2015.

En base a esta normativa, la ayuda específica a los productores de algodón se concede por hectárea admisible siempre que se coseche un producto de calidad sana, cabal y comercial, obtenido en condiciones normales de cultivo en una superficie admisible en la que se obtenga un rendimiento mínimo. Por otra parte, la ayuda al fomento de la calidad se concede por tonelada de algodón entregado en las desmotadoras autorizadas que cumpla determinados requisitos de calidad según se establecen en el artículo 55 del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero. Con base a lo anterior, para poder conceder ambas ayudas el organismo pagador debe verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 7 de marzo de 2011.

En virtud del artículo 7.1 del Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, el Organismo Pagador puede delegar cualquiera de sus funciones principales excepto la relativa a la ejecución del pago. Asimismo, el artículo 9 del Decreto 141/2013, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, le asigna a la Dirección General de Fondos Agrarios la gestión de las ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo al FEAGA, así como de aquellas otras que se le atribuyan. Es por ello que las mencionadas ayudas al estar financiadas por dicho Fondo, corresponde a la Dirección General de Fondos Agrarios la gestión de las mismas y por ende la realización de los controles establecidos en el anexo 1 punto 2. A) iii), del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro, previos a la autorización del pago.

No obstante, el volumen de expedientes a gestionar en cada campaña, así como la situación de los recursos humanos y medios materiales vinculados al ejercicio de las competencias que corresponden a la Dirección General del Fondos Agrarios y en aras de la agilidad administrativa, en cuanto a la realización de los controles en las desmotadoras autorizadas, se justifica la habilitación a otro órgano, dentro de los limites legales, para ejercer alguna de las funciones que el ordenamiento jurídico tiene encomendadas a este Centro Directivo, en particular los controles de entregas de algodón bruto y su puesta bajo control en desmotadoras autorizadas.

Por otro lado mediante Decreto 99/2011, de 19 de abril, se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, agencia que queda adscrita a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Dicha Agencia, atendiendo a la estructura administrativa de la Comunidad Autónoma, no queda integrada en el Organismo Pagador siendo por ello necesario articular el mecanismo de la Delegación previsto en el anexo 1 punto 1 C) del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014.

En virtud de lo anterior y de conformidad con los artículos 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa aplicable en la materia y en uso de las competencias atribuidas, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Se delega en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía la competencia de la puesta bajo control de las entregas de algodón y verificación de la calidad del algodón entregado en desmotadoras autorizadas para la gestión de las ayudas especifica y al fomento de la calidad al cultivo del algodón en la campaña 2014/2015.

Segundo. De acuerdo con las exigencias del Anexo 1 punto 1 C) del Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, y con la finalidad de definir el contenido y la forma en que tienen que ser ejercidas las funciones del organismo pagador que se delegan así como con el objeto de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión de las citadas ayudas y articular el ejercicio de las competencias de tramitación y gestión de las solicitudes de las ayudas, se dictarán las correspondientes instrucciones conjuntas que se estimen pertinentes.

Tercero. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de la aprobación de la Resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 5 de septiembre de 2014. por la Directora General, Concepción Cobo González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 177, de 11/09/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 90 y 91).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 10 de octubre de 2014

APOYO A PYMES AGROALIMENTARIAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): OPERACIONES APROBADAS PRIMER SEMESTRE 2014

Mediante la Resolución de 11 de septiembre de 2014, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (España), se hacen públicas las operaciones aprobadas y formalizadas con cargo al Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias durante el primer semestre del ejercicio 2014.

La disposición adicional sexta de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009, ha creado el Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias, como fondo sin personalidad jurídica, destinado a facilitar la financiación de las empresas en proyectos ligados a la inversión de las Pymes del sector agroalimentario, con una dotación presupuestaria de 120 millones de euros. 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto 99/2009, de 27 de abril, regulador de los Fondos de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias, Turísticas y Comerciales y de Industrias Culturales, y del Fondo para la Internacionalización de la Economía Andaluza, la gestión del Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias corresponderá a la Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. (DAP).

La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía se ha subrogado en todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que era titular la Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A., de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.

En virtud del Decreto 543/2012, de fecha 28 de diciembre (BOJA de 31 de diciembre), de nombramiento como Directora Gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, y de las facultades conferidas por el artículo 16.n) del Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la citada entidad, se resuelve lo siguiente: 

La publicación de las operaciones financieras formalizadas durante el primer semestre de 2014 (Anexo I) con cargo al Fondo de Apoyo a Pymes Agroalimentarias que gestiona esta Agencia. En el Anexo de la presente Resolución se indican el código identificativo del expediente, la denominación y el CIF de la entidad beneficiaria, la provincia dónde se encuentra su domicilio social y/o dónde se lleva a cabo el proyecto financiado, el plazo y el tipo de interés aplicable en el primer período.
Firmada en Sevilla, a 11 de septiembre de 2014, por la Directora Gerente, Catalina Madueño Magdaleno.

ANEXO I-Fondo de Apoyo a Pymes Agroalimentarias (ver beneficiarios en BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 185, de 22/09/2014 (apartado 5.2. Otros anuncios oficiales, página 159).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 28 de abril de 2014

CONCURSO DE CABALLOS 2014 EN POZOBLANCO (ESPAÑA)

En la XXII Feria Agroganadera y XII Agroalimentaria 2014, celebrada en las instalaciones del Recinto Ferial de la localidad de Pozoblanco (Córdoba, España), organizada por Confevap con la colaboración de diversas instituciones y empresas, entre ellas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Córdoba, Feagas, y la cooperativa Covap, han tenido lugar diversas actividades.

Entre las actividades desarrolladas en este evento ha tenido lugar la Exposición y Concurso de Caballos P.R.E., que se realizó en el Recinto de concursos, tal como aparece en la fotografía adjunta.






Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

CONCURSO MORFOLÓGICO DE CABALLOS 2014 EN POZOBLANCO (ESPAÑA): VISITA ALUMNADO

El día 24 de abril de 2014 los alumnos de la 4ª Escuela de Pastores de Andalucía 2014, visitaron la XXII Feria Agroganadera y XII Agroalimentaria, celebrada en las instalaciones del Recinto Ferial de la localidad de Pozoblanco (Córdoba, España). Este evento está organizado por Confevap con la colaboración de diversas instituciones y empresas, entre ellas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Córdoba, Feagas, y la cooperativa Covap.

En la fotografía adjunta aparece María Jesús Jiménez Horwitz, Presidenta Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía y Presidenta de la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas (integrada en la red europea), acompañada de un grupo de alumnos de la 4ª Escuela de Pastores de Andalucía 2014, conversando con el jurado del concurso de caballos de pura sangre.






Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

XXII FERIA AGROGANADERA 2014 EN POZOBLANCO (ESPAÑA): ACTIVIDADES MESA REDONDA

Organizada por Confevap con la colaboración de diversas instituciones y empresas, entre ellas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Córdoba, Feagas, y la cooperativa Covap, se han celebrado la XXII Feria Agroganadera y XII Agroalimentaria, en las instalaciones del Recinto Ferial de la localidad de Pozoblanco (Córdoba, España), del 24 al 27 de abril de 2014.

En este evento han tenido lugar diversas actividades relacionadas con ambos sectores productivos, incluyendo un ciclo de conferencias y una Mesa Redonda sobre "Los Productos Agroganaderos: Transformación y Venta", ésta última dentro del marco de las jornadas técnicas paralelas de la 4ª Escuela de Pastores de Andalucía 2014. Las ponencias fueron impartidas por José Luis Ares Cea (IFAPA Alameda), María Jesús Jiménez Horwitz (Presidenta Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía y Presidenta de la Red Española de Queserías de Campo y Artesanas (integrada en la red europea), y Carmen Quintero Morales (Secretaria Provincial de COAG), actuando como moderador Luis Jiménez García (AGAPA Córdoba).

El Recinto Ferial cuenta con amplias instalaciones para la exposición, muestra, exhibición, y venta directa de productos y servicios, y espacios y pabellones distribuidos en las siguientes áreas:
-Zona A: Exposición exterior de maquinaria y equipamiento.
-Zona B: Exposición exterior del sector del automóvil.
-Zona C: Exposición exterior de vehículos industriales y equipamiento.

-Pabellón P-1: Exposición interior de maquinaria y equipamiento auxiliar.
-Pabellón P-2: Exposición interior de maquinaria y equipamiento auxiliar.
-Pabellón P-3: Exposición de ganado ovino y caprino.
-Pabellón P-4: Exposición de ganado vacuno de carne.
-Pabellón P-5: Exposición de ganado vacuno de leche.
-Pabellón P-6: Exposición de stands para venta directa.
-Pabellón P-7: Recinto de concursos de ganado.

A continuación, se incluye el Programa oficial de XXII Feria Agroganadera y XII Agroalimentaria.


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 10 de marzo de 2014

AYUDA ACTIVIDAD PUBLICITARIA AGRARIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 27/1/2014 TERCER CUATRIMESTRE 2013

Mediante la Resolución de 27 de enero de 2014, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se publica la relación de los contratos de publicidad institucional adjudicados, las ayudas y subvenciones concedidas y los convenios celebrados con medios de comunicación, agencias y empresas del sector en materia de actividad publicitaria, durante el tercer cuatrimestre del año 2013. Advertido error en la citada Resolución (BOJA nº 23, de 4/02/2014), se procede a su oportuna rectificación, añadiéndose la siguiente información:

ANEXO I. Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural: Período del 1/9/2013 al 31/12/2013.

CONTRATOS DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL:

-Objeto del contrato: Cursos de formación del profesorado del plan de consumo de fruta en las escuelas andaluzas.
Nombre del adjudicatario: Argos proyectos educativos, S.L.
Cuantía: 34.800 euros.

-Objeto del contrato: Diseño y difusión de cuñas publicitarias para informar del contenido y promocionar las medidas del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, sobre el uso sostenible de productos fitosanitarios.
Nombre del adjudicatario: Bademedios, S.L.
Cuantía: 60.000 euros.

ANEXO II. Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía: Período del 1/9/2013 al 31/12/2013.

CONTRATOS DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL:

-Objeto del contrato: Prestación de servicios para el diseño, producción, montaje, desmontaje, supervisión y mantenimiento del stand, y asistencia técnica integral para la organización por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la IV edición de la Feria 'Andalucía Sabor', International Fine Food Exhibition 2013.
Nombre del adjudicatario: Viajes El Corte Inglés, S.A.
Cuantía: 216.000 euros.

-Objeto del contrato: Prestación de servicios para el diseño, producción, montaje, desmontaje, supervisión y mantenimiento del stand, y asistencia técnica integral para la participación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la XV edición de la Feria Internacional de Productos del Mar congelados, Conxemar 2013.
Nombre del adjudicatario: Viajes El Corte Inglés, S.A.
Cuantía: 34.450 euros.


-Objeto del contrato: Prestación de servicios para el diseño, producción, montaje, desmontaje, supervisión y mantenimiento del stand, y asistencia técnica integral para la participación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la Feria Seafood, Barcelona 2013.
Nombre del adjudicatario: Viajes El Corte Inglés, S.A.
Cuantía: 32.000 euros.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 40, de 27/02/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, páginas 131 y 132).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 18 de noviembre de 2013

AGENCIA GESTIÓN AGRARIA Y PESQUERA DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): COMPETENCIAS PRESIDENCIA 2013 AGAPA

Mediante la Orden de 7 de noviembre de 2013, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se procede a la revocación de la delegación de competencias del ejercicio de la Presidencia de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA), efectuada mediante Orden de 29 de abril de 2011. Por su parte, el Decreto 99/2011, de 19 de abril, se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, cuyo artículo 11.1 establece que la Presidencia de la misma corresponderá a la persona titular de la Consejería a la que se encuentra adscrita. 

En el mismo sentido se expresaba el artículo 13.2 del Decreto 100/2011, de 19 de abril, por el que se establecía la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, contemplando expresamente la posibilidad de delegación de la Presidencia en la persona titular de la Viceconsejería. Mediante Orden de 29 de abril de 2011, la persona titular de la Consejería de Agricultura y Pesca hizo efectiva esta delegación de las competencias del ejercicio de la Presidencia de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en la persona titular de la Viceconsejería de Agricultura y Pesca.

El artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que la delegación de competencias será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido. En virtud de lo anterior, en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas, y de conformidad con los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se dispone lo siguiente:

Primero. Revocación.

Revocar la delegación de competencias del ejercicio de la Presidencia de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía realizada mediante Orden de 29 de abril de 2011 en la persona titular de la Viceconsejería.

Segundo. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 7 de noviembre de 2013, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, Elena Víboras Jiménez. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 224, de 14/11/2013 (apartado 3 Otras disposiciones, página 42).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)