A continuación, se incluye el artículo 14 sobre la Modificación de la Resolución de concesión de subvenciones, de la Orden de 19 de julio de 2013, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (España), relativa a las ayudas de minimis a las explotaciones ganaderas productoras de leche para la recuperación de su capacidad productiva y se efectúa su convocatoria para 2013.
Artículo 14. Modificación de la resolución de concesión.
1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, conforme a lo establecido en el artículo 32 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
2. Siempre que la Ley de presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía así lo prevea, las resoluciones de concesión podrán ser modificadas por la persona titular de la Consejería competente en materia de ganadería, con objeto de cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera, siendo de aplicación a la convocatoria de 2013, según lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 5/2012, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2013. A este respecto, las modificaciones podrán incidir en la reducción del importe, en la forma de pago y en aquellas circunstancias que se determinen por los órganos competentes para el desarrollo y aplicación de la Ley de presupuesto.
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 147, de 29/07/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 19-32).
Artículo 14. Modificación de la resolución de concesión.
1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, conforme a lo establecido en el artículo 32 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
2. Siempre que la Ley de presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía así lo prevea, las resoluciones de concesión podrán ser modificadas por la persona titular de la Consejería competente en materia de ganadería, con objeto de cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera, siendo de aplicación a la convocatoria de 2013, según lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 5/2012, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2013. A este respecto, las modificaciones podrán incidir en la reducción del importe, en la forma de pago y en aquellas circunstancias que se determinen por los órganos competentes para el desarrollo y aplicación de la Ley de presupuesto.
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 147, de 29/07/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 19-32).