A continuación, se incluye el artículo 11 sobre los Criterios objetivos para la concesión de las subvenciones, de la Orden de 19 de julio de 2013, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (España), relativa a las ayudas de minimis a las explotaciones ganaderas productoras de leche para la recuperación de su capacidad productiva y se efectúa su convocatoria para 2013.
Artículo 11. Criterios objetivos para la concesión de las ayudas.
1. Los criterios objetivos para la concesión de las ayudas serán los siguientes:
a) Número de días durante los cuales la leche no ha podido ser procesada por la industria.
b) Litros de leche totales no procesados por la industria.
2. Los criterios objetivos serán ponderados del siguiente modo:
a) Las explotaciones se ordenarán de forma decreciente, en función del número de días en que hubieran estado afectadas, dándose prioridad a las de mayor de número de días sobre las de menos.
b) En caso de coincidencia en el número de días, las explotaciones se ordenarán en función del volumen de leche que no hubiera podido ser procesada por la industria, dándose prioridad a las de mayor volumen sobre las de menos.
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 147, de 29/07/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 19-32).
Artículo 11. Criterios objetivos para la concesión de las ayudas.
1. Los criterios objetivos para la concesión de las ayudas serán los siguientes:
a) Número de días durante los cuales la leche no ha podido ser procesada por la industria.
b) Litros de leche totales no procesados por la industria.
2. Los criterios objetivos serán ponderados del siguiente modo:
a) Las explotaciones se ordenarán de forma decreciente, en función del número de días en que hubieran estado afectadas, dándose prioridad a las de mayor de número de días sobre las de menos.
b) En caso de coincidencia en el número de días, las explotaciones se ordenarán en función del volumen de leche que no hubiera podido ser procesada por la industria, dándose prioridad a las de mayor volumen sobre las de menos.
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 147, de 29/07/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 19-32).