miércoles, 9 de abril de 2014

16-AYUDAS EXPLOTACIONES LECHERAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES ORDEN 19/07/2013

A continuación, se incluye los artículos 16 y 17 sobre la Forma y secuencia de pago, y la justificación de las subvenciones, respectivamente, de la Orden de 19 de julio de 2013, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (España), relativa a las ayudas de minimis a las explotaciones ganaderas productoras de leche para la recuperación de su capacidad productiva y se efectúa su convocatoria para 2013.

Artículo 16. Forma y secuencia del pago de la ayuda.

1. Las órdenes de pago de las ayudas se efectuarán como libramientos en firme, previa justificación por la persona o entidad beneficiaria de la realización de la actividad o comportamiento que motivó su concesión.

2. El pago será único y se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el solicitante haya indicado en la solicitud.

Artículo 17. Justificación.

La justificación comprenderá el gasto total en que haya incurrido la persona o entidad beneficiaria, aunque la cuantía de la ayuda sea inferior, y se efectuará mediante la aportación de la documentación prevista en el artículo 10.1.c) de esta Orden antes de la resolución de concesión.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 147, de 29/07/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 19-32).




Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)