miércoles, 11 de septiembre de 2013

APOYO A PYMES AGROALIMENTARIAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

En el marco de la disposición adicional única de la Ley 8/2010, de 14 de julio, sobre Medidas Tributarias de Reactivación Económica de la Comunidad Autónoma de Andalucía (España), se aprobó un Convenio de Colaboración entre las Consejería de Hacienda y Administración Pública y de Agricultura y Pesca referente a la composición, organización y gestión del Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias. Por otra parte, mediante Resolución de 30 de julio de 2013 de la Viceconsejería de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA, nº 177, apartado 3 'Otras disposiciones', y fecha de 10/09/2013) se da publicidad al citado convenio. En el Anexo de esta Resolución se publica un extracto básico de las características fundamentales de Convenio de Colaboración, que se detallan a continuación.

-Creación: Disposición adicional sexta de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

-Dotación inicial: 120.000.000 de euros.

-Entidad gestora: Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. (por subrogación Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía).

-Destinatarios: Empresas agroalimentarias cualquiera que sea su forma jurídica incluyendo los empresarios autónomos, con domicilio social o centro operativo en Andalucía y que no estén participadas en más de un 25% por una Administración o una Entidad Pública.

-Proyectos financiables: Proyectos de inversión, circulante y planes de reestructuración. Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

-Instrumentos financieros: Préstamos o créditos, microcréditos, préstamos participativos, toma de participaciones minoritarias y temporales en el capital social de la empresa destinataria de la medida con pacto de recompra o salida pactada, otorgamiento de garantías, así como cualquier otra fórmula de financiación distinta de las anteriores reconocida en el tráfico mercantil. Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado. 

-Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora o la entidad colaboradora del Fondo.

-Plazo de resolución: Dos meses desde la presentación de la solicitud con la documentación requerida para el estudio por la entidad gestora y/o por la entidad colaboradora.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Más información:
http://www.cap.junta-andalucia.es/agriculturaypesca/portal/agenciaagrariaypesquera


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)