martes, 5 de agosto de 2014

FOMENTO DE BIENESTAR ANIMAL EN EXPLOTACIONES DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES 2009-2010

La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), publica la relación de subvenciones públicas concedidas a empresas agrarias para inversiones no productivas, y explotaciones ganaderas para el fomento del bienestar animal, ubicadas en el territorio andaluz.

En este sentido, se incluye a continuación el texto de la Resolución de 27 de marzo de 2014, de la citada Dirección General, por la que se publica la relación de subvenciones concedidas, al amparo de las Órdenes correspondientes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 31 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, procede hacer públicas las subvenciones concedidas correspondientes a la convocatorias 2009 y 2010 para las inversiones no productivas en parcelas agrícolas y ganaderas y de fomento al bienestar animal en explotaciones ganaderas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013; medida 216; que podrán consultarse en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y cuyo contenido íntegro se encuentra a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.

Firmada en Sevilla, a 27 de marzo de 2014, por el Director General, Rafael Olvera Porcel.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 72, de 14/04/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 287).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

ASESORAMIENTO AGRICULTURA ECOLÓGICA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): BENEFICIARIOS SUBVENCIONES 2013

La Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), publica la relación de subvenciones públicas concedidas a las entidades para la implantación y adaptación del servicio de asesoramiento técnico específico en agricultura ecológica, que operan dentro del territorio andaluz. 

En este sentido, se incluye a continuación el texto de la Resolución de 21 de febrero de 2014, de la citada Dirección General, por la que se publica la relación de subvenciones concedidas, al amparo de las Órdenes correspondientes.

La Directora General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 123 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 31.1 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, ha resuelto hacer públicas las subvenciones que figuran en el Anexo de la presente Resolución, al amparo de las Órdenes que se citan seguidamente.

-Programa: Orden de 18 de abril de 2008, por la que se regula el reconocimiento de entidades y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la implantación y adaptación del servicio de asesoramiento técnico específico en agricultura ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013 y acogidas al régimen de mínimis, modificada por la Orden de 28 de julio de 2009 y por la Orden de 15 de septiembre de 2011.
-Aplicaciones presupuestarias:
3.1.15.00.11.00.778.00.71C.8.2014
3.1.15.00.11.00.778.00.71C.9.2015
3.1.15.00.11.00.788.00.71C.7.2014
3.1.15.00.11.00.788.00.71C.8.2015
-Finalidad: Ayudas para la implantación y adaptación del servicio de asesoramiento técnico específico en agricultura ecológica.
-Convocatoria: 2013.
-Beneficiario/ CIF/ Importe (en €): ver listado (BOJA)


-Programa: Orden de 8 de marzo de 2008, de la Consejería de Agricultura y Pesca, modificada por la Orden de 15 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el apoyo a la mejora e innovación de la distribución de productos ecológicos.
-Aplicaciones presupuestarias:
0.1.15.00.11.00.778.00.71C.4.
3.1.15.00.11.00.778.00.71C.8.2014
3.1.15.00.11.00.778.00.71C.9.2015
-Finalidad: Ayudas para el apoyo a la mejora e innovación de la distribución de productos ecológicos.
-Convocatoria: 2013.
-Beneficiario/ CIF/ Importe (en €): ver listado (BOJA)

Firmada en Sevilla, a 21 de febrero de 2014, por la Directora General, Ana María Romero Obrero.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 75, de 21/04/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, páginas 221-222).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AGROALIMENTARIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): BENEFICIARIOS SUBVENCIONES 2011

La Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), publica la relación de subvenciones públicas concedidas a empresas de transformación y comercialización de productos agrícolas que operan dentro del territorio andaluz. 

En este sentido, se incluye a continuación el texto de la Resolución de 8 de julio de 2014, de la citada Dirección General, por la que se publica la relación de subvenciones concedidas, al amparo de la Orden correspondiente.

La Directora General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 123 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 31.1 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, ha resuelto hacer públicas las subvenciones que figuran en el Anexo de la presente Resolución, al amparo de la Orden que se cita.

-Programa: Orden de 26 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la transformación y comercialización de productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.
-Aplicaciones presupuestarias:
0.1.16.00.11.00.778.00.71E.
3.1.16.00.11.00.778.00.71E.
-Finalidad: Concesión de subvenciones para la transformación y comercialización de productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.
-Convocatoria: 2011.
-Beneficiario/  CIF/ Importe (en €): ver listado (BOJA)

Firmada en Sevilla, a 8 de julio de 2014, por la Directora General, Ana María Romero Obrero.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 140, de 21/07/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 327).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

GESTIÓN DE CALIDAD Y TRAZABILIDAD ALIMENTARIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): AYUDAS PARA IMPLANTAR SISTEMAS EN EMPRESAS

La implantación de sistemas de gestión de la calidad de las producciones alimentarias y la mejora de los sistemas de trazabilidad de las empresas son considerados, desde hace años, pilares básicos del sector agroindustrial de Andalucía (España).

En este sentido, y a modo de ejemplo, se incluye a continuación el texto de la Resolución de 22 de marzo de 2010, de la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se convocaban las ayudas previstas en la Orden de 22 de junio de 2009, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.

Por otra parte, en el Plan Estratégico para la Industria Agroalimentaria en Andalucía con horizonte 2013, suscrito el 1 de diciembre de 2009 por los Agentes Económicos y Sociales (CEA, UGT-Andalucía y CCOO-Andalucía) y la Consejería de Agricultura y Pesca, se define con un triple enfoque u orientación: al mercado, a la generación de valor en todas las fases de la cadena agroalimentaria y a la producción en sectores en que la agroindustria andaluza sea más competitiva, para la consecución de un alto valor social y del bienestar en Andalucía.

Este Plan Estratégico persigue la implicación del sector, entre otras cosas, en el fomento de la calidad, la seguridad y la salud de sus producciones, de manera que puedan añadir valor a la oferta final, en lo que sin duda, la implantación de sistemas de gestión de la calidad industrial y la mejora de los sistemas de trazabilidad, son pilares básicos.

Mediante la Orden de 22 de junio de 2009 se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación de sistemas de gestión de la calidad y mejora de la trazabilidad en industrias agroalimentarias en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectuó su convocatoria para 2009.

La citada Orden de 22 de junio de 2009, prevé en su artículo 10 la convocatoria anual de las ayudas mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Estas ayudas cumplen las condiciones señaladas en el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (en adelante, FEADER). Asimismo, el Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, crea una organización común de mercados agrícolas y establece disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, entre ellos el sector vitivinícola.

De acuerdo con el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, los proyectos de inversión realizados por este sector serán financiados por FEADER, siempre que su objeto sea el aumento del rendimiento global de las empresas vitivinícolas y exclusivamente hasta la fecha en la que el «Programa de apoyo al sector vitivinícola español» permita la realización de pagos con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (en adelante, FEAGA) para las actuaciones que desarrollen el artículo 103 duovicies del Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, adicionado mediante el Reglamento (CE) 491/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, relativo a inversiones tangibles e intangibles en instalaciones de transformación, infraestructura vinícola y comercialización de vino.

Una vez que el sector vitivinícola acuda a lo establecido en el Programa de apoyo mencionado, quedará excluido de su financiación por FEADER y, por lo tanto, excluido de las ayudas previstas en la Orden citada, lo que será determinado en las futuras convocatorias de estas ayudas.

En su virtud, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones para 2010 y en el ejercicio de las competencias conferidas por la Orden de 22 de junio de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca, anteriormente mencionada, por el Decreto 172/2009, de 19 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, y por la Orden de 3 de junio de 2009, por la que se adapta la delegación de competencia efectuada para la concesión de subvenciones en los centros directivos de la Consejería de Agricultura y Pesca, se resuelve lo siguiente.

Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2010, las ayudas previstas en la Orden de 22 de junio de 2009 de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación de sistemas de gestión de la calidad y mejora de la trazabilidad en industrias agroalimentarias.

Segundo. Solicitudes.
Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, se presentarán conforme al modelo previsto en el Anexo 1 de la Orden de 22 de junio de 2009.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
Se establece un período de presentación de solicitudes de tres meses desde la entrada en vigor de esta disposición.

Cuarto. Plazo máximo para resolver.
De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 de la referida Orden de 22 de junio de 2009, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Si transcurrido el plazo no hubiera recaído resolución expresa, podrá entenderse desestimada, de conformidad con lo establecido en el artículo 31.4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y financieras.

Quinto. Financiación.
Las presentes ayudas se financiarán con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y serán objeto de cofinanciación en un máximo del 70% con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, a tenor de lo previsto en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 22 de junio de 2009, la concesión de estas ayudas quedará sujeta, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Sexto. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 22 de marzo de 2010, por el Director General, Ricardo Domínguez García-Baquero.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 63, de 22/03/2010 (página, 26).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

ORGANIZACIONES EMPRESARIALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES

La Dirección General de Relaciones Laborales, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España) es el departamento encargado de la notificación de actos administrativos en materias de su competencia, entre ellas, la inscripción a las organizaciones y entidades empresariales en un registro específico, bajo su directa supervisión y tutela. 

A continuación, se incluye, a modo de ejemplo, el Anuncio de 8 de mayo de 2014, de la citada Dirección General, por el que se notifican a las entidades que se citan las Resoluciones de los procedimientos de revisión de oficio. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras el intento de notificación realizado en el domicilio señalado a tal efecto en cada uno de los expedientes, mediante el presente anuncio se procede a notificar las Resoluciones de los procedimientos de revisión de oficio a las entidades que se indican.

Para el conocimiento íntegro del acto la entidad interesada podrá comparecer en las dependencias de la Dirección General de Relaciones Laborales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Firmado en Sevilla, a 8 de mayo de 2014, por el Director General, Manuel Gabriel Pérez Marín.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 93, de 16/05/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 117).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 4 de agosto de 2014

AGENDA DE EMPLEO Y COMPETITIVIDAD EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): PLAN ECONÓMICO 2014/2020

Mediante el Acuerdo de 22 de julio de 2014, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), se aprueba la Agenda por el Empleo. Plan Económico de Andalucía 2014-2020. Estrategia para la Competitividad.

La Agenda por el Empleo. Plan Económico de Andalucía 2014-2020. Estrategia para la Competitividad de Andalucía, constituye el instrumento que va definir el planteamiento estratégico de desarrollo regional para Andalucía que propicie el crecimiento económico y el empleo, en coherencia con la Política Europea de Cohesión en el marco de la Estrategia Europa 2020.

Dicho instrumento constituye, igualmente, el marco global de la planificación de la Junta de Andalucía para los próximos 7 años, y supone dar continuidad, una vez concluida la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2007-2013, a la planificación económica, que es una seña de identidad de la Junta de Andalucía desde la creación de la Comunidad Autónoma y que está recogida en el Estatuto de Autonomía (artículo 58.2.1).

La formulación para la aprobación del citado instrumento fue regulado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de julio de 2013, que establecía para el proceso de elaboración del mismo el cumplimiento de los principios de participación, transparencia y evaluabilidad, y definía igualmente el contenido básico y las fases que compondrían dicho proceso de elaboración.

Cumplidos los trámites establecidos en dicho Acuerdo, que ha incluido las reuniones bilaterales con las Consejerías para concretar y estructurar las propuestas de la Agenda; el trámite de información pública de un mes, habilitándose un procedimiento telemático para que la ciudadanía pudiera presentar las alegaciones; el consenso con los agentes económicos y sociales en el marco de la Concertación Social, así como la elevación a la Comisión de Política Económica y a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, procede elevar el texto al Consejo de Gobierno para su aprobación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación Ciencia y Empleo, una vez examinada la misma por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en su reunión de 22 de julio de 2014, de conformidad con el Decreto 281/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno, y al amparo de lo previsto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de julio de 2014, se acuerda lo siguiente.

Primero. Aprobación.
1. Se aprueba la Agenda por el Empleo. Plan Económico de Andalucía 2014-2020. Estrategia para la Competitividad.
2. El texto del documento estará disponible en el sitio web oficial de la Junta de Andalucía:
http://juntadeandalucia.es/organismos/economiainnovacioncienciayempleo.html.

Segundo. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Tercero. Efectos.
El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 22 de julio de 2014, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, José Sánchez Maldonado.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 148, de 31/07/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, página 10).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

APOYO ECONOMÍA SOCIAL PARA EMPLEO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2014

Mediante la Resolución de 2 de julio de 2014, de la Dirección General de Economía Social, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se convoca la concesión de subvenciones recogidas en la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.

Por Orden de 6 de junio de 2014, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión, por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo (BOJA nº 113, de 13 de junio de 2014). La citada Orden, en su disposición adicional única, delega en la persona titular de la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en dicha Orden, previo informe de la Consejería competente en materia presupuestaria.

En virtud de lo anterior, y previo informe favorable de la Consejería competente en materia presupuestaria, se resuelve lo siguiente.

Primero. Convocatoria.
Se convoca para el año 2014, la concesión de subvenciones públicas reguladas en la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en la Orden de 6 de junio de 2014, será:
a) De un mes contado desde la entrada en vigor de la presente Resolución, para los comportamientos susceptibles de ser subvencionados en virtud de la Medida 1.1. Apoyo a la Incorporación de Personas Socias Trabajadoras o de Trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales y de la Medida 1.2. Contratación de Gerentes y Personal Técnico Especializado, de la Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, siempre que tales comportamientos y acciones se hubieran formalizado entre el 3 de septiembre de 2013, y el último día de presentación de las solicitudes.
b) De un mes contado desde la entrada en vigor de la presente Resolución, para las acciones a realizar desde el 1 de enero de 2014 que sean susceptibles de ser subvencionadas en virtud de las siguientes líneas de subvención:
Línea 2. Difusión y Promoción de la Economía Social.
Línea 3. Fomento del Emprendimiento Social.
Línea 4. Innovación y Competitividad Empresarial de la Economía Social.
Línea 5. Intercooperación Empresarial en la Economía Social.
Línea 6. Formación Profesional en Economía Social.
c) De quince días contado desde la entrada en vigor de la presente Resolución, para las acciones a realizar desde el 1 de enero de 2014, que sean susceptibles de ser subvencionadas en virtud de la Línea 7. Asociacionismo.

Tercero. Lugares y medios de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes de subvención se presentarán ajustándose a los formularios que para cada línea de subvención se adjuntan en el Anexo I de la presente convocatoria. Por su parte, las alegaciones, aceptaciones, reformulaciones y, en su caso, la presentación de documentos se ajustarán al formulario que se adjunta en el Anexo II de esta convocatoria. Asimismo, la presentación junto a la solicitud de las declaraciones responsables y otra información referentes a cada una de las empresas participantes en las acciones que sean susceptibles de ser subvencionadas a través de la Línea 5, Intercooperación Empresarial en la Economía Social, se ajustarán al formulario que se adjunta en el Anexo III de esta convocatoria.
2. Los formularios, que se podrán obtener en la dirección de internet:
https://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/oficinavirtual/, si están referidos a las medidas de la línea 1 irán dirigidos a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo que corresponda en función de donde radique el domicilio social de la entidad solicitante, y si están referidos al resto de líneas, irán dirigidos a la persona titular de la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
3. Los formularios se presentarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Orden de 6 de junio de 2014, preferentemente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía al que se accederá a través de la dirección web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, a la que también se podrá acceder desde el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, o, previamente cumplimentadas mediante formato electrónico a través de dirección de internet especificada en el apartado 2, una vez impresas y con firmas manuscritas, en los Registros Generales de las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/207, de 22 de octubre.

Cuarto. Créditos disponibles.
1. Las subvenciones a conceder se financiarán con las dotaciones que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2014, destina a las actuaciones en materia de economía social en el ámbito de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, concretamente en el programa 72C «Emprendedores e Internacionalización de la Economía Andaluza», con fondos propios y con ingresos finalistas de la Administración General del Estado, atendiendo a la siguiente distribución y cuantías máximas:
Línea de Subvención/ Crédito Presupuestario/ Código Proyecto/ Inversión Cuantía Máxima
-Línea 1:
Servicio 01 Concepto 777 2014000362 144.959,10 euros
Servicio 18 Concepto 777 2014000361 818.000,00 euros
-Línea 2:
Servicio 01 Concepto 487 375.420,25 euros
Servicio 18 Concepto 487 369.794,00 euros
-Línea 3:
Servicio 01 Concepto 787 2010000870 850.000,00 euros
-Línea 4:
Servicio 01 Concepto 787 2012000692 750.000,00 euros
-Línea 5:
Servicio 01 Concepto 777 2014000362 300.000,00 euros
-Línea 6:
Servicio 01 Concepto 787 2008000667 909.993,95 euros
Servicio 18 Concepto 787 2009000745 6.573.398,97 euros
-Línea 7:
Servicio 01 Concepto 487 - 1.800.000,00 euros

2. La cuantía destinada a la convocatoria 2014 es de 12.891.566,27 euros. Dependiendo de la demanda o del desarrollo de la ejecución de la convocatoria podrán destinarse importes de una línea a otra línea de subvención, siempre y cuando se atiendan las reglas de vinculación establecidas en la normativa en materia de presupuesto, entre las aplicaciones presupuestarias con las que se financien las diferentes líneas de subvención, y no se supere la dotación máxima disponible en las citadas aplicaciones.
3. En la Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, en la que el ámbito de concurrencia competitiva es la provincia, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que se indique mediante declaración de distribución de créditos de la persona titular de la Dirección General de Economía Social, que se realizará con anterioridad al comienzo de la evaluación previa.
4. Se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo.
5. Como consecuencia de los fondos que las cooperativas deben poner a disposición de la Administración de la Junta de Andalucía en virtud de lo dispuesto por la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, podrán existir créditos adicionales cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de nueva convocatoria. Estos fondos se destinarán exclusivamente, de conformidad con la referida Ley, a la promoción de las sociedades cooperativas. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención.
6. Asimismo y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.6 de la Orden de 6 de junio de 2014, se prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Quinto. Carácter de las acciones formativas.
Los programas de formación para personas ocupadas presentados por las entidades solicitantes, a tenor de lo establecido en el artículo 15.15 de la Orden de 6 de junio de 2014, deberán estar compuestos, al menos, por un sesenta por ciento de acciones formativas con carácter sectorial.

Sexto. Plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas a través de las líneas 2, 3, 4, 5, 6 y 7 establecidas en la Orden de 6 de junio de 2014, será desde el 1 de enero de 2014 hasta la fecha que figure en la correspondiente resolución de concesión, el cual será acorde con la naturaleza de la misma.

Séptimo. Régimen jurídico.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en el artículo 2 de la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.

Octavo. Entrada en vigor.
Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 2 de julio de 2014, por la Directora General, Angelina María Ortiz del Río.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 134, de 11/07/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 10-69).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)