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viernes, 2 de septiembre de 2016

LEGISLACIÓN: PLAN DE ACTUACIÓN TRABAJO AUTÓNOMO HORIZONTE 2020 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Acuerdo de 21 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), a propuesta de la Consejería de Economía y Conocimiento, se aprueba el Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020).

El Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020) constituye el principal instrumento de diseño, planificación, coordinación, cooperación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas que se desarrollen en el ámbito del trabajo autónomo, con la finalidad de lograr la máxima eficacia y eficiencia y el mayor grado de complementariedad y sinergia de las mismas. 

Este Plan coordina e integra en un marco único las estrategias, medidas y actuaciones de promoción y apoyo a las personas trabajadoras autónomas, de forma que este colectivo disponga de un referente que atienda el conjunto de sus necesidades, velando en cada momento por la consecución de la mayor eficiencia en el empleo de los recursos disponibles en la implementación del Plan.

El Plan se incardina en la Agenda por el Empleo (Plan Económico de Andalucía 2014-2020) que configura el marco de referencia estratégico de las políticas y planificaciones del Gobierno andaluz en el horizonte del año 2020 y, a su vez, constituye un requisito de la Unión Europea para el acceso de Andalucía a las ayudas financieras de los Fondos Europeos, instrumentadas a través de la Política Europea de Cohesión en el período 2014-2020. Por ello, los contenidos del Plan han de ser coherentes con las estrategias fijadas por dicha Agenda, especialmente aquellas que se refieren al fomento del trabajo autónomo.

La formulación de este instrumento fue aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de diciembre de 2014 (BOJA 247, de 19 de diciembre de 2014), que establece que los objetivos del Plan están enfocados al fomento del emprendimiento autónomo, a la creación de empleo y al impulso a la competitividad. Asimismo, dicho Acuerdo regula los contenidos del Plan, estableciendo que éstos, además de tener en cuenta las propuestas establecidas para el trabajo autónomo en la Agencia por el Empleo (Plan Económico de Andalucía 2014-2020), considerarán también la perspectiva de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, así como de la atención a la formación, a la prevención de riesgos laborales, a la protección de la seguridad y salud laboral, a la sostenibilidad ambiental y a los colectivos con especiales dificultades de acceso al empleo.

Cumplidos los trámites establecidos en dicho Acuerdo, que ha incluido las correspondientes reuniones con las consejerías para concretar y estructurar las propuestas del Plan, el trámite de información pública de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (número 41, de 2 de marzo de 2015) y en el sitio web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, habilitándose un procedimiento telemático para que la ciudadanía pudiera presentar alegaciones, el consenso con los agentes económicos y sociales más representativos y las asociaciones profesionales del trabajo autónomo, de ámbito autonómico y carácter intersectorial, inscritas en el registro de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como la elevación a la Comisión de Política Económica y a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, procede elevar el texto al Consejo de Gobierno para su aprobación.
En su virtud, a propuesta del consejero de Economía y Conocimiento, una vez examinada la misma por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en su reunión de 21 de junio de 2016, de conformidad con lo establecido en el Decreto 281/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de las comisiones delegadas del Gobierno, y al amparo de lo previsto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de junio de 2016, se acuerda lo siguiente:

Primero. Aprobación.
1. Se aprueba el Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020).
2. El texto del documento estará disponible, en el sitio web oficial de la Junta de Andalucía:
http://juntadeandalucia.es/economiayconocimiento/.

Segundo. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al consejero de Economía y Conocimiento para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Tercero. Eficacia.
El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmado en Sevilla, a 21 de junio de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Consejero de Economía y Conocimiento, Antonio Ramírez de Arellano López.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 121, de 27/06/2016 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 16 y 17).


José Luis Ares (docente)

lunes, 4 de agosto de 2014

AGENDA DE EMPLEO Y COMPETITIVIDAD EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): PLAN ECONÓMICO 2014/2020

Mediante el Acuerdo de 22 de julio de 2014, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), se aprueba la Agenda por el Empleo. Plan Económico de Andalucía 2014-2020. Estrategia para la Competitividad.

La Agenda por el Empleo. Plan Económico de Andalucía 2014-2020. Estrategia para la Competitividad de Andalucía, constituye el instrumento que va definir el planteamiento estratégico de desarrollo regional para Andalucía que propicie el crecimiento económico y el empleo, en coherencia con la Política Europea de Cohesión en el marco de la Estrategia Europa 2020.

Dicho instrumento constituye, igualmente, el marco global de la planificación de la Junta de Andalucía para los próximos 7 años, y supone dar continuidad, una vez concluida la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2007-2013, a la planificación económica, que es una seña de identidad de la Junta de Andalucía desde la creación de la Comunidad Autónoma y que está recogida en el Estatuto de Autonomía (artículo 58.2.1).

La formulación para la aprobación del citado instrumento fue regulado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de julio de 2013, que establecía para el proceso de elaboración del mismo el cumplimiento de los principios de participación, transparencia y evaluabilidad, y definía igualmente el contenido básico y las fases que compondrían dicho proceso de elaboración.

Cumplidos los trámites establecidos en dicho Acuerdo, que ha incluido las reuniones bilaterales con las Consejerías para concretar y estructurar las propuestas de la Agenda; el trámite de información pública de un mes, habilitándose un procedimiento telemático para que la ciudadanía pudiera presentar las alegaciones; el consenso con los agentes económicos y sociales en el marco de la Concertación Social, así como la elevación a la Comisión de Política Económica y a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, procede elevar el texto al Consejo de Gobierno para su aprobación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación Ciencia y Empleo, una vez examinada la misma por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en su reunión de 22 de julio de 2014, de conformidad con el Decreto 281/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno, y al amparo de lo previsto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de julio de 2014, se acuerda lo siguiente.

Primero. Aprobación.
1. Se aprueba la Agenda por el Empleo. Plan Económico de Andalucía 2014-2020. Estrategia para la Competitividad.
2. El texto del documento estará disponible en el sitio web oficial de la Junta de Andalucía:
http://juntadeandalucia.es/organismos/economiainnovacioncienciayempleo.html.

Segundo. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Tercero. Efectos.
El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 22 de julio de 2014, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, José Sánchez Maldonado.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 148, de 31/07/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, página 10).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)