viernes, 15 de abril de 2016

PLAN GENERAL DE TURISMO SOSTENIBLE HORIZONTE 2020 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Decreto 37/2016, de 9 de febrero, a propuesta de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía (España), se aprueba el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía Horizonte 2020.

Artículo 1. Aprobación del Plan.
1. Se aprueba el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía Horizonte 2020, en adelante el Plan, que se adjunta como Anexo al presente Decreto.
2. El texto íntegro del Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería de Turismo y Deporte: http://www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte.

Artículo 2. Disponibilidad de créditos.
El desarrollo de este Plan y la programación temporal de sus actuaciones estarán limitados por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.
1. El Plan será de aplicación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1, párrafo segundo de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del turismo de Andalucía, cualquier instrumento de planificación que se desarrolle en materia de turismo deberá ajustarse a las especificaciones y directrices contempladas en el presente Plan.

Artículo 4. Consejo Andaluz del Turismo.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 232/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y el régimen de funcionamiento del Consejo Andaluz del Turismo, este órgano participará en el seguimiento del Plan, recibiendo puntual información sobre su desarrollo y el cumplimiento de sus objetivos.

Artículo 5. Vigencia.
El Plan tendrá vigencia hasta el año 2020 inclusive.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al titular de la consejería competente en materia de turismo para llevar a cabo las actuaciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmado en Sevilla, a 9 de febrero de 2016, por el Consejero de Turismo y Deporte, Francisco Javier Fernández Hernández, y la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 34, de 19/02/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 57-59).


José Luis Ares (docente)

TALLER MÓDULO 2: ALUMNADO CURSO ESPECIALISTA EN QUESERÍA 2016 (ESPAÑA)

A continuación, se enumeran los bloques temáticos del Taller de ampliación de conocimientos propuesto para el alumnado del Módulo 2 "Recepción y almacenamiento de materias auxiliares", integrado dentro del programa de actividades formativas no presenciales del curso de "Especialista en Quesería 2016", organizado por el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IFAPA), y que se ha celebrado del 28 de marzo al 1 de abril de 2016 en las instalaciones de la Planta Piloto de Lácteos ubicada en la localidad de Hinojosa del Duque (Córdoba, España).

El alumnado de este Taller recabará información bibliográfica (libros, revistas, Internet) con objeto de ampliar sus conocimientos sobre los siguientes aspectos:

1-Las materias primas auxiliares de uso en el proceso de elaboración de quesos: tipos, dosis, manejo.

2-Almacenamiento y Preparación de las materias primas auxiliares: conservación, caducidad.

3-Calidad de las materias auxiliares: parámetros de control, buenas prácticas de elaboración, normativa y legislación.

4-Instalaciones y equipamiento: organización, manejo, operaciones, mantenimiento. 

5-Clasificación de las materias auxiliares en quesería: ingredientes esenciales, ingredientes facultativos. 

Este Taller permitirá que el alumnado pueda complementar los conocimientos teórico-prácticos adquiridos durante las sesiones presenciales impartidas en la Planta Piloto de Lácteos.



Fuente: Comunicación docente (15-04-2016). Curso de Especialista en Quesería. Planta Piloto de Lácteos IFAPA de Hinojosa del Duque (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (profesor)

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL: CONVOCATORIA PROYECTOS CURSO 2016/17 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 29 de enero de 2016, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (España), se convocan Proyectos de Formación Profesional Dual del Sistema Educativo para el curso 2016/2017.

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta Orden tiene por objeto convocar proyectos de Formación Profesional Dual, a desarrollar por centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en ejecución de lo establecido para el ámbito educativo en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
2. Será de aplicación para todos los centros docentes públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que estando previamente autorizados para impartir la formación profesional del sistema educativo, participen en la convocatoria de proyectos. 

Segundo. Concepto de proyecto de Formación Profesional Dual.
A efectos de la presente Orden, se entiende como proyecto de Formación Profesional Dual el documento realizado por el centro docente que contiene la planificación de las actuaciones de formación que se ejecutarán conjuntamente con las empresas para desarrollar ciclos formativos de Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior.

Tercero. Personas a las que van dirigidos los proyectos de Formación Profesional Dual.
1. La Formación Profesional en el sistema educativo, en su modalidad dual, se dirige al alumnado matriculado en oferta completa y modalidad presencial en ciclos formativos de Formación Profesional Básica, de Grado Medio y Grado Superior.
2. Los participantes en el proyecto de Formación Profesional Dual deberán tener preferentemente entre 16 y 30 años en el momento de su incorporación a la fase de alternancia con la empresa, y en el caso de menores de edad contar con la autorización de sus padres, madres o representantes legales. en todo caso, se deberá respetar la normativa laboral establecida al respecto.
3. Dada la naturaleza de esta modalidad de formación, se excluirá de la participación en los proyectos de Formación Profesional dual, el alumnado que, por razón de convalidaciones o exenciones no vaya a cursar la totalidad de los módulos profesionales incluidos en cada proyecto de Formación Profesional Dual. 
Firmada en Sevilla, 29 de enero de 2016, por la Consejera de Educación, Adelaila de la Calle Martín.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 43, de 4/03/2016 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 36-44).


José Luis Ares (docente)

CICLOS FORMACIÓN PROFESIONAL: CONVOCATORIA DE PRUEBAS TITULACIÓN 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 15 de enero de 2016, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (España), se convocan las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el año 2016.

Primero. Objeto y ámbito de aplicación. 
La presente Orden tiene por objeto convocar en el año 2016 las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Segundo. Requisitos para acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior.
1. Los requisitos para acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior son los establecidos en los artículos 3 y 4 de la Orden de 8 de octubre de 2010, por la que se regulan las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo y se convocan las correspondientes en el año 2010. 

2. De conformidad con lo establecido en la disposición final primera del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, sobre calendario de aplicación y en el artículo 37 de requisitos para participar en estas pruebas de dicho Real Decreto, será de aplicación lo establecido en los artículos 15.d y 18.c, considerándose la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, uno de los requisitos para participar en las mismas.

Tercero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2016 las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se relacionan en los Anexos I y II.

Cuarto. Solicitudes de matriculación.
El proceso de admisión y matriculación en estas pruebas es el establecido en los artículos 7, 8 y 9 de la Orden de 8 de octubre de 2010.
Firmada en Sevilla, a 15 de enero de 2016, por la Consejera de Educación, Adelaila de la Calle Martín.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 46, de 9/03/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 13-26).


José Luis Ares (docente)

QUESEROS AVANZANDO-44: EL SERRANITO (SIERRA DE YEGUAS, ESPAÑA)

La quesería artesanal EL SERRANITO, situada en la localidad de Sierra de Yeguas (Málaga, España), apuesta por la calidad diferenciada elaborando quesos frescos con leche de cabra de la raza autóctona Malagueña de su propia ganadería.

Esta pequeña empresa familiar elabora exclusivamente quesos frescos de cabra y requesón de formato tradicional, en sus presentaciones de corteza natural, con una comercialización directa en la zona de producción y su entorno más próximo.

Desde la Planta Piloto de Lácteos del IFAPA felicitamos a nuestros alumnos por su exitosa trayectoria profesional y les animamos a seguir defendiendo la calidad diferenciada como seña de identidad desde el comienzo de su empresa.


Fuente: Material didáctico (2016). IFAPA. Planta Piloto de Lácteos de Hinojosa del Duque (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (profesor)

jueves, 14 de abril de 2016

SUBVENCIONES: CESE ANTICIPADO ACTIVIDAD AGRARIA 2016 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 15 de febrero de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se actualizan las indemnizaciones anuales establecidas para las ayudas destinadas a fomentar el Cese Anticipado de la actividad agraria, correspondiente a la anualidad 2016.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, de la Orden de 22 de julio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria, en el marco del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, donde se determinan las cuantías de las ayudas; estableciendo en su último párrafo la obligación de actualización anual de la indemnización reflejada en el apartado referido, y que la misma será determinada por la Dirección General de Fondos Agrarios, así como que ésta será como mínimo igual al incremento que se produzca en el Índice de Precios al Consumo (IPC) que oficialmente quede reconocido.

Teniendo en cuenta que la tasa de variación interanual del IPC correspondiente al período diciembre 2014, diciembre 2015, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, ha quedado cuantificada en el 0,0%. Por otro lado, para los beneficiarios-cedentes de estas ayudas aprobadas al amparo del Real Decreto 5/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria (convocatorias de 2001 al 2007, ambas inclusive), y de conformidad con lo dispuesto en su Disposición final primera, una vez conocidas las cuantías de las pensiones mínimas ordinarias del sistema de la seguridad social, recogidas en el apartado cinco del artículo 44 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y actualizadas por el Real Decreto 1170/2015, de 29 de diciembre, la subida aprobada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para la indemnización anual en el ejercicio 2016 con respecto a la vigente en 2015 ha sido del 0,25%, tanto en el caso de titulares con cónyuge a su cargo como en el de titulares sin cónyuge a su cargo.

Por todo ello, y en el ejercicio de las facultades que me confiere la legislación vigente, se resuelve lo siguiente:
Primero. Mantener en 2016, como consecuencia del resultado (0,0%) de la variación interanual del IPC experimentada en 2015, los importes de ayudas para la indemnización anual por cese anticipado en la actividad agraria percibidos en 2015 por los beneficiarios-cedentes de las convocatorias de ayudas 2008, 2009, 2010 y 2011, aprobadas al amparo de la Orden de la consejería de Agricultura y Pesca de 22 de julio de 2008, con las siguientes cuantías aprobadas en 2015, mediante Resolución de 17 de febrero de 2015, de la entonces Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se actualizan las indemnizaciones anuales establecidas para las ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado de la actividad agraria: 
- 10.447,15 euros, siempre que el cónyuge no reciba ayudas por cese anticipado en la actividad agraria.
- 8.434,46 euros, si el cónyuge percibe ayudas por cese anticipado en la actividad agraria.

Segundo. Hacer públicos los importes aprobados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, correspondientes a la indemnización anual a percibir por cese anticipado en la actividad agraria en el año 2016, por los beneficiarios-cedentes de las convocatorias de ayudas de 2001 al 2007, ambas inclusive, aprobadas en Andalucía al amparo del Real Decreto 5/2001, de 12 de enero: 
- 10.384,95 euros, en el caso de titular con cónyuge a su cargo.
- 8.464,33 euros, en el caso de titular sin cónyuge a su cargo.
Firmada en Sevilla, a 15 de febrero de 2016, por la Directora General, P.s. (Artículo 4.6 del Decreto 215/2015, de 14.7), la Secretaria General de Fondos Europeos Agrarios, Concepción Cobo González.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 40, de 1/03/2016 (apartado 3. Otras disposiciones, página 29).


José Luis Ares (docente)

QUESEROS AVANZANDO-43: LA CHACHA SEBASTIANA (EL RINCONCILLO, ESPAÑA)

La quesería LA CHACHA SEBASTIANA, situada en la localidad de El Rinconcillo (Córdoba, España), apuesta por los quesos frescos elaborados con leche de vaca y cabra.

Esta empresa familiar de rápido crecimiento ha basado, desde el comienzo, su estrategia productiva en la gama de quesos frescos en formato tradicional, en pequeñas piezas y al corte, en presentaciones de corteza natural, con una comercialización fundamentalmente de proximidad.

Desde la Planta Piloto de Lácteos del IFAPA felicitamos a nuestros alumnos por su exitosa trayectoria profesional y les animamos a diversificar sus producciones para continuar su crecimiento en el futuro.

Fuente: Material didáctico (2016). IFAPA. Planta Piloto de Lácteos de Hinojosa del Duque (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (profesor)