martes, 7 de mayo de 2013

APOYO TÉCNICO ECOSISTEMA DEHESA: RETOS

La evolución futura del ecosistema de la dehesa requiere una apuesta firme de la sociedad en su conjunto en la defensa de este valioso patrimonio natural, cultural y socioeconómico. La problemática actual de este ecosistema está directamente relacionada con diversos aspectos de carácter técnico o científico que requieren el apoyo de las instituciones competentes en la materia. Entre estos problemas figuran la incidencia de plagas y enfermedades en la dehesa, agravada durante los últimos años por la muerte del arbolado como consecuencia del "decaimiento" o la “seca”; la gestión de los espacios naturales regenerados; el manejo de pastos y pastizales y su aprovechamiento por el ganado; la puesta a punto de sistemas de trazabilidad adecuados al sistema productivo; la mejora constante de la calidad de las producciones; el desarrollo de canales de comercialización específicos; la promoción de una imagen clara de la dehesa y los productos asociados a este territorio y su difusión al conjunto de la sociedad; etc.

Durante los últimos años se han venido llevando a cabo, desde diversos organismos e instituciones andaluzas, distintas actuaciones orientadas al mantenimiento de la dehesa, entre ellas, algunas específicas como el régimen de ayudas en el marco de las medidas de acompañamiento de la PAC, gestionadas a partir del año 1998 por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía y consiguiendo la implantación de buenas prácticas encaminadas a la protección del suelo, paisaje, masas vegetales y ganadería en una superficie cercana a las 165.000 ha. Esta medida ha continuado, a partir de 2004, mediante una línea de ayuda para actuaciones en sistemas adehesados (medida 12 del Reglamento 1257/1999). La aprobación en 2005 del acuerdo sobre el Pacto Andaluz por la Dehesa (Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía) persigue potenciar los valores ecológicos y socioeconómicos de la dehesa al mismo tiempo que promueve la implicación de toda la sociedad en la defensa de tan valioso ecosistema.

Con objeto de fomentar las producciones obtenidas en la dehesa, entre ellas, las actividades ganaderas y sus industrias derivadas, la Consejería de Agricultura y Pesca gestiona y realiza diversas líneas de actuación, destacando las relativas al apoyo de las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) y las Asociaciones para el Tratamiento Integrado de Plagas (ATRIAs), el seguimiento de sistemas y técnicas de producción, la racionalización y mejora de la utilización de los pastos, y la ayuda para la transformación y comercialización de productos.

Por su parte, la Consejería de Medio Ambiente lleva a cabo diversos programas dirigidos a mejorar la situación fitosanitaria de las especies arbóreas y otras actividades relacionadas con las producciones forestales. Asimismo, este departamento dispone de una amplia información sobre la situación ambiental de las dehesas andaluzas, y continúa realizando actuaciones para la prevención y lucha contra el “decaimiento” o “seca” que afecta a numerosos encinares. Otras actuaciones son el seguimiento de la incidencia de plagas y enfermedades a través de la Red fitosanitaria, el plan de calas de corcho y el rescate de plantas singulares en dehesas afectadas por la construcción de infraestructuras. Actualmente, ambos departamentos están integrados dentro de la nueva Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

En materia de I+D+i son varios los grupos de trabajo andaluces que estudian distintos aspectos del ecosistema de la dehesa y sus producciones, entre ellos, las universidades, los institutos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y los centros de investigación y formación agraria del Instituto de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA). En este sentido, el IFAPA, organismo autónomo adscrito a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, cuenta con un Área Temática sobre Producción Ecológica y Recursos Naturales, entre cuyas funciones se incluyen el estudio y la planificación de actividades propias del sector de la actividad agraria ecológica (agricultura y ganadería), y la conservación y sostenibilidad de los medios naturales de producción (suelo y agua).

En el ámbito de los sectores agroalimentarios en las dehesas andaluzas también vienen trabajando diversas entidades privadas, como ocurre con las organizaciones empresariales, asociaciones de productores, consorcios, uniones de consumidores, etc., tanto en la defensa de los propios intereses sectoriales como en la difusión de sus producciones ante el conjunto de la sociedad. Sin embargo, y a pesar del importante crecimiento experimentado durante los últimos años por el sector de la actividad agraria ecológica en Andalucía y de la mejora constante de la calidad de los productos, es mucho el esfuerzo que aún hay que hacer para ganar los grandes mercados internacionales de estos alimentos.

En relación con la ganadería ecológica y sus industrias derivadas, cabe señalar, a modo de ejemplo, el caso del sector quesero andaluz, con un fuerte ritmo de creación de empresas durante los últimos años hasta superar actualmente las 80 industrias, muchas de las cuales se encuentran situadas en zonas de dehesas. Por contra, existen en este sector sólo cuatro empresas que elaboran quesos ecológicos en la actualidad, a pesar de la gran demanda de este tipo de productos en los mercados nacional e internacional. En este sentido, el reto para el sector agroalimentario regional es evidente, las herramientas para afrontarlo están disponibles, pero la última palabra la tienen como siempre los propios productores.



José Luis Ares Cea (conferenciante)

PROTAGONISTAS: DEHESA Y GANADERÍA ECOLÓGICA

La dehesa es por definición uno de los sistemas de producción ganadera más cercanos al concepto de actividad ecológica, siendo este ecosistema el más importante de todos los existentes en España y, muy especialmente, en Andalucía, tanto por superficie territorial como por la calidad diferenciada de sus producciones. En este sistema “agrosilvopastoral”, único en Europa, han convivido en perfecta armonía con el medio ambiente, durante siglos, las más diversas actividades humanas agrícolas, ganaderas y forestales, manteniendo el desarrollo sostenible de explotación de los recursos del ecosistema natural hasta nuestros días.

La importancia de la dehesa desde el punto de vista medioambiental ha sido reconocida internacionalmente, principalmente como fuente de biodiversidad., y de producciones ganaderas de alta calidad. El territorio ocupado actualmente por la dehesa en la Península Ibérica se aproxima a los 3,6 millones de hectáreas, siendo 2,4 y 1,2 millones ha las superficies española y portuguesa, respectivamente.

En España, la dehesa se extiende principalmente por las zonas centro y suroeste, destacando por su superficie las comunidades autónomas de Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha, Castilla y León, y Madrid. Las regiones portuguesas más extensas según su superficie de dehesa o “montado”(nombre dado en Portugal) son el Alentejo y el norte del Algarve. En este sentido, las dehesas forman parte del patrimonio cultural de un área geográfica extensa que ocupa más del 25% del territorio de la Península Ibérica, contribuyendo a la fijación de la población rural de más de 500 municipios.

El aprovechamiento de la dehesa permite la existencia de un tejido empresarial importante, orientado especialmente a las producciones ganaderas artesanas y tradicionales que constituyen las señas de identidad más apreciadas por la sociedad en su conjunto (productos del cerdo ibérico, carne de vacuno, corderos y cabritos lechales, quesos y derivados lácteos, miel). El carácter multiproductivo y extensivo del ecosistema de la dehesa constituye su principal fortaleza al obtener producciones de calidad diferenciada en condiciones respetuosas con el medio ambiente y la conservación de los recursos naturales autóctonos.

Las especies forestales predominantes en los sistemas de la dehesa son las pertenecientes al género Quercus, principalmente encinas y alcornoques y, en menor proporción, quejigos y otros robles; en algunas zonas pueden encontrarse formando parte del arbolado principal especies como el acebuche, el fresno o la sabina, entre otras. En la mayoría de las dehesas coexisten las superficies de vegetación arbórea, pastos, pastizales y monte mediterráneo, con otras donde se practican actividades agrícolas y ganaderas extensivas. Precisamente ha sido el pastoreo de los animales uno de los aprovechamientos tradicionales de la dehesa y que ha dado lugar a una importante actividad económica en muchas zonas rurales.

Las actividades realizadas durante muchos años en la dehesa han permitido la selección natural de varias razas autóctonas muy adaptadas al medio geográfico, siendo su presencia aún hoy mayoritaria en las explotaciones ganaderas españolas (cerdo Ibérico, vacas Retinta y Morucha, oveja Merina, cabra Blanca Andaluza, etc.).

Andalucía es una de las regiones españolas con mayor superficie de dehesa, repartida principalmente por Sierra Morena y las serranías de Cádiz, con una extensión cercana al millón de hectáreas, que representa más del 10% del territorio regional. En general, las dehesas andaluzas se caracterizan por su ubicación en zonas ligeramente montañosas (sierras, serranías y montes) de suelos poco fértiles no aptos para otros aprovechamientos distintos del ganadero o forestal, aunque ocasionalmente pueden cultivarse bajo régimen de secano extensivo. Las dehesas forman parte esencial de los paisajes de diversos espacios andaluces protegidos, entre ellos, los parques naturales de Cardeña y Montoro y la Sierra de Hornachuelos, ambos en la provincia de Córdoba, Andujar en Jaén, Los Alcornocales en Cádiz, Sierra de Aracena y Picos de Aroche en Huelva y Sierra Norte en Sevilla.

En este sentido, la protección de la dehesa y de su entorno socioeconómico forma parte de las prioridades de desarrollo rural y de conservación de la naturaleza, tanto en el ámbito de la Comunidad Autónoma andaluza como en el nacional e internacional. A propuesta de Andalucía se declaró a las dehesas de Sierra Morena como Reserva de la Biosfera, que con una extensión de unas 424.000 hectáreas se convierte así en el mayor espacio protegido de este tipo en España y uno de los mayores del mundo (UNESCO, 2002).

La realidad actual demuestra que una adecuada planificación permite aprovechar racionalmente los recursos naturales de este espacio protegido y otros ecosistemas del territorio andaluz, con el desarrollo de múltiples actividades agrarias ecológicas, entre ellas, la ganadería lechera de pequeños rumiantes (ovejas y cabras).


José Luis Ares Cea (conferenciante)

PROTAGONISTAS: LA PRODUCCIÓN GANADERA ECOLÓGICA Y LA POLÍTICA MEDIOAMBIENTAL

En la Unión Europea, no se concibe actualmente ningún sistema de producción agrario ecológico, ya sea de actividad agrícola o ganadera, que no cumpla con los principios de la política ambiental, principalmente los que definen al desarrollo sostenible y la conservación de los recursos naturales de los distintos ecosistemas. En este sentido, en la Conferencia de las Naciones Unidas celebrada en Johannesburgo (Sudáfrica), si bien se reconocieron los avances logrados en la Unión Europea en materia medioambiental, también se puso de manifiesto la existencia de otras regiones y países en los que aún hay importantes obstáculos políticos, sociales y económicos para conseguir un desarrollo sostenible y equitativo.

En la Cumbre de Johannesburgo se consideró la interdependencia de los tres pilares fundamentales del desarrollo sostenible: el crecimiento económico, el desarrollo social y el medio ambiente, estableciéndose como declaración política final el compromiso colectivo para fortalecer estos pilares a escala local, nacional, regional y global. El Plan de Acción acordado en la Cumbre estableció distintas estrategias: agua y saneamiento, energías, productos químicos, recursos naturales, globalización y, asimismo, consumo y producción sostenible. Dentro de este último apartado, las acciones estratégicas prioritarias se dirigen a favorecer el cambio de los sistemas actuales hacia pautas de producción y consumo más sostenibles, fomentando el apoyo de las instituciones y entidades implicadas en el sector agrario ecológico e introduciendo nuevos conceptos en los canales de información a la sociedad en su conjunto como la “ecoeficiencia”, la producción “limpia”, y la “responsabilidad social” de las empresas.

Las producciones ecológicas, por definición respetuosas con el medio ambiente, tienen como finalidad fundamental el suministro de alimentos de calidad a una población cada vez más exigente principalmente en los aspectos relacionados con la salud. Se trata de producir alimentos libres de contaminantes químicos y por tanto más saludables. La propia normativa reguladora de la actividad agraria ecológica prohíbe el empleo de sustancias químicas de síntesis tales como pesticidas, herbicidas y fertilizantes en los sistemas de producción vegetal, y también los antibióticos, hormonas y estimulantes del crecimiento y otras sustancias en los sistemas de producción animal.

Por tanto, en los sistemas de producción ganadera está expresamente prohibido la utilización de estas sustancias ya sea como tratamientos preventivos o curativos, debiendo vigilarse estrechamente los alimentos que consumen los animales y el manejo reproductivo de los mismos. En los sistemas ecológicos tampoco se pueden utilizar semillas transgénicas, ni aditivos o conservantes artificiales en las industrias de transformación de alimentos.

En el Consejo de Ministros de Agricultura de la Unión Europea celebrado en Bruselas se discutió sobre la definición de buenas prácticas agrarias y medioambientales de acuerdo con las características de cada Estado miembro. Relativo al ejercicio de la actividad ganadera, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación elaboró en su día el Plan de Trazabilidad de las Producciones Ganaderas (MAPA, 2007), que constituye un útil instrumento de gestión para obtener información respecto a todas las etapas de elaboración de un alimento o cualquier otro producto de origen animal, desde el campo o la granja hasta su puesta a disposición del consumidor.

Se trata así de garantizar la seguridad de los alimentos al permitir conocer en todo momento los sistemas de producción de los mismos incluyendo tanto las materias primas como todos los procesos a lo largo de la cadena de transformación y comercialización. De esta manera se delimitan mejor las responsabilidades de los distintos operadores del sistema (producción, transformación y comercialización) y se favorece la retirada efectiva de los productos en caso de alerta sanitaria.

El Plan tiene previsto utilizar los diversos mecanismos ya existentes, tales como el Registro informatizado de las explotaciones ganaderas y de sus titulares (REGA), la identificación de los animales mediante el marcado individual (RIIA), el Registro informatizado de los movimientos de animales hasta el momento del sacrificio (REMO), y de los transportistas (SIRENTRA), así como del etiquetado de los productos y registros del origen y destino de cada fase. Se pretende integrar estos mecanismos ya existentes en un nuevo sistema, manteniendo su interacción con otros medios técnicos como la Red de Alerta Sanitaria Veterinaria (RASVE) y el Sistema de Gestión Integral de la Alimentación Animal (SILUM), para conseguir la seguridad alimentaria de los consumidores garantizando la trazabilidad de los animales y de los productos.


José Luis Ares Cea (conferenciante)

2-ACTIVIDAD ECOLÓGICA: MARCO LEGAL

El Programa Operativo Integrado de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período 2000-2006 establecía entre sus principales objetivos, destinados a la agricultura y desarrollo rural, los siguientes: mejorar y racionalizar los procedimientos de manipulación y transformación de los productos agrarios y alimentarios y los canales de comercialización, mejorar la presentación de los productos y el uso o eliminación de los subproductos o residuos generados, aplicación de nuevas tecnologías, mejorar el control de calidad, las condiciones sanitarias y la adaptación ambiental, así como el apoyo a la integración de la agroindustria mediante servicios comunes de cooperación.

El Decreto 166/2003 de 17 de junio, relativo a la producción agroalimentaria ecológica en Andalucía, establece que los productos andaluces susceptibles de utilizar indicaciones referentes al método de producción ecológica, ya sea en su etiquetado, publicidad o en los documentos comerciales, deberán cumplir los requisitos definidos en el Reglamento (CEE) 2092/1991 y en el Real Decreto 1852/1993 así como en el propio Decreto. De igual modo, corresponde a la Consejería de Agricultura y Pesca, en las materias de competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la aplicación del Reglamento 2092/1991, la vigilancia de su cumplimiento, y la defensa de las producciones e indicaciones protegidas.

Por otra parte, la aprobación del Real Decreto 506/2001 de 11 de mayo, liberalizando en España el uso de los términos “biológico”, “orgánico” y el vocablo “bio”, suscitó un debate polémico en el sector agrario ecológico poniendo en tela de juicio la oportunidad y legalidad de esta normativa.

Con la aprobación del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), se establecieron las normas generales de la ayuda comunitaria al desarrollo rural y la participación del Fondo en la financiación de una serie de medidas, instrumentadas mediante los programas de desarrollo rural de cada Estado miembro. En el artículo 4.1 del Título I se incluye como objetivo aumentar la competitividad del sector agrario mediante la ayuda a la reestructuración, el desarrollo y la innovación. Asimismo, en el Título IV se incluye como meta a conseguir el aumento del valor añadido de los productos agrarios.

El Plan de Medio Ambiente de Andalucía 2004-2010, principal instrumento de aplicación de la política ambiental en la región, integra principios estratégicos esenciales y actuaciones en función de las prioridades objetivas del conjunto de la sociedad.

La Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía ha elaborado el Plan Andaluz de Agricultura Ecológica para el período 2007-2013, documento cuyo borrador puede consultarse en la web de este departamento. En el anterior Plan 2002-2006 se describía la situación del sistema de control y certificación existente entonces en Andalucía, con la presencia de tres actividades certificadoras privadas operando en el año 2002. Posteriormente, mediante el Decreto 268/2003 se crea el registro de entidades de inspección y certificación, incluyendo la actividad agraria ecológica.

El Decreto 204/2004 de 11 de mayo, estableció una nueva estructura orgánica para la Consejería de Agricultura y Pesca en la que la mayor parte de las competencias sobre este sector pasan a depender de la Dirección General de Agricultura Ecológica, que además debe emitir informe preceptivo favorable para que la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, responsable del Registro de entidades de inspección y certificación, pueda autorizar a las distintas certificadoras. En este sentido, la Dirección General de Agricultura Ecológica tiene atribuidas, entre otras funciones, el apoyo a los sectores de agricultura y ganadería ecológicas, la ordenación de la disponibilidad y adecuación de los medios específicos de producción, la estructuración del sector, la promoción de la elaboración y transformación de los productos ecológicos, así como el conocimiento y la divulgación de la información relativa a este sector.



José Luis Ares Cea (conferenciante)

lunes, 6 de mayo de 2013

1-ACTIVIDAD ECOLÓGICA: MARCO LEGAL

Entre los antecedentes del marco legal sobre la actividad agraria ecológica y su evolución en el ámbito de la Unión Europea, hay que destacar como un hito importante, el Libro Verde de la Comisión (1985), que estableció un nuevo enfoque para intentar resolver la problemática derivada de la práctica de una agricultura cada vez más intensiva. En este documento se exponen principios para que la actividad agraria sea capaz de garantizar la conservación del medio ambiente, tanto desde la vertiente de los recursos naturales como socioeconómicos. En el año 1986 se aprobó el Programa Europeo de Apoyo a la Agricultura Biológica, verdadero punto de partida del reconocimiento de la actividad ecológica en el sector agrario comunitario.

En España, la actividad agraria ecológica se encuentra regulada oficialmente desde 1989, cuando se aprobó el Reglamento de la Denominación Genérica “Agricultura Ecológica” y su Consejo Regulador. Este reglamento se aplicó hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1852/1993 (01/01/93), que traslada a la legislación española el Reglamento (CEE) 2092/1991 del Consejo de 24 de junio de 1991, sobre la producción ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios. Con la aplicación del reglamento comunitario da comienzo, al unificarse los criterios de producción y control, la etapa definitiva para la consolidación de la actividad agraria ecológica europea. En la reforma de la PAC de 1992 se hace especial hincapié en el respeto del medio ambiente como pilar básico de la política agraria, reconociendo explícitamente el papel fundamental de los agricultores y ganaderos en la conservación y manejo del paisaje y los sistemas agrarios.

A nivel de las diferentes comunidades autónomas españolas, el Real Decreto 1852/1993 de 22 de octubre, estableció la base legal para que éstas asumieran el control de la actividad ecológica en el marco de sus propios territorios, designando las autoridades competentes para ejercer dicha función.

En este sentido, con la creación del Comité Territorial Andaluz de Agricultura Ecológica (CTAAE) mediante la Orden de 26 de julio de 1991, Andalucía fue la primera comunidad autónoma española en dotarse de instrumento de control propio (Orden de 23 de noviembre de 1993). Posteriormente, la Orden de 9 de agosto de 1994 convierte a este instrumento en el nuevo Comité Andaluz de Agricultura Ecológica (CAAE), y al que se le encomendaron las labores de certificación y control establecidas en el Reglamento (CEE) 2092/1991. Por el Decreto 51/1995 se designó como autoridad competente a la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria y al CAAE como autoridad de control. El CAAE fue reconocido por la Unión Europea como autoridad de control con la referencia ES-AN-AE. Posteriormente, la Orden de 5 de junio de 1996 lo define como organismo dependiente de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, con carácter de órgano desconcentrado y consultivo, sin personalidad jurídica y con un gran campo de atribuciones además de las propias de control, entre ellas, las de promoción y difusión de los sistemas de producción ecológica.

Esta configuración jurídica del CAAE, como órgano desconcentrado de carácter público, le impedía recibir subvenciones según se establece en la Orden de 26 de septiembre de 2000 (artículo 4). En este sentido, la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía autorizó en su día la creación de un organismo privado de control de la actividad agraria ecológica con el código ES-AN-01-AE. Así se crean dos modalidades de control, pública y privada, con diferentes niveles de competencia según sus campos de actuación. La entidad privada sólo puede certificar productos y no tiene otras funciones, mientras que la pública además de la principal función de control tiene encomendadas también otras como la difusión del conocimiento de los sistemas de producción ecológica, las orientaciones técnicas y las actividades de promoción. Ambos organismos de control deben cumplir con la norma EN 45011, con criterios de objetividad e imparcialidad y separando sus funciones de certificación de las restantes. La supervisión de las entidades privadas de control corresponde a la Administración según se establece en el Reglamento (CEE) 2092/1991 (apartados 5 y 6 del artículo 9). Asimismo, se garantiza la supervisión de ambos modelos de organismos de control por parte de los consumidores al contar con representantes en las Comisiones o Comités Consultivos.



José Luis Ares Cea (conferenciante)

2-AYUDAS AGROECOLOGÍA EUROPEA

En relación con las ayudas para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias en España, se regularon inicialmente por el Real Decreto 613/2001 de 8 de junio, y la Orden de 9 de octubre de 2001. Estas ayudas tienen como objetivos principales mantener y elevar la capacidad de los productores ecológicos para competir en los mercados, conservar el medio ambiente y mejorar sus condiciones de vida y de trabajo. Se establecieron ayudas destinadas a las inversiones en las explotaciones mediante la presentación y aprobación de los planes de mejora, así como las de primera instalación de agricultores jóvenes. Las ayudas podían concederse en forma de subvención de capital y de bonificación de intereses, alcanzando la cuantía de hasta el 50% de la inversión total en las zonas desfavorecidas.

Dentro de las ayudas a la transformación y comercialización de productos agroalimentarios andaluces existen varias líneas, entre ellas, las dirigidas a mejorar las estructuras, concentración y ordenación de la oferta agroalimentaria regional, aprobadas inicialmente en el Decreto 94/1990 de 13 de marzo de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Son beneficiarios de estas ayudas las entidades asociativas agrarias que agrupen a pequeños y medianos productores y a sus asociaciones de segundo o ulterior grado. El correspondiente Plan de Ayudas se estableció en la Orden de 7 de mayo de 1990, de desarrollo del citado decreto.

Las ayudas para fomentar la mejora de las condiciones de manipulación, transformación y comercialización de los productos agrarios y alimentarios aparecieron recogidas inicialmente en el Decreto 271/1995 de 31 de octubre y la Orden de 24 de enero de 1996; se trata de una línea genérica incluida en la planificación de los Programas Operativos de la Unión Europea, donde Andalucía fue catalogada como zona Objetivo 1. La cuantía total de la ayuda podía alcanzar, como máximo, hasta el 50% del coste de la inversión subvencionable en el caso de las entidades asociativas agrarias.

Las ayudas destinadas a la regulación de los mercados de productos agrarios en zonas de producción se articularon inicialmente en el Decreto 97/1991 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, desarrollado por la Orden de 16 de octubre de 1991, y modificado posteriormente por el Decreto 459/1994. Se contemplaban ayudas con una cuantía máxima del 50% de los gastos totales subvencionables.

La Orden de 19 de diciembre de 1995 estableció inicialmente un régimen de ayudas a la celebración de certámenes agroalimentarios y la asistencia y participación en ferias y exposiciones del sector, fijando ayudas de una cuantía máxima del 30% de los gastos totales y que podían alcanzar el 50% en el caso de los Consejos Reguladores, Asociaciones y otras entidades solicitantes. Asimismo, esta Orden recoge las ayudas a la promoción de productos agroalimentarios, destinadas a aquellas agrupaciones que comercialicen productos andaluces de calidad, subvencionándose hasta el 50% del coste total de las campañas publicitarias y otras actividades promocionales.

En la sección 8ª del Decreto 280/2001 se actualizaban las ayudas para la transformación y comercialización de los productos agroalimentarios andaluces, cuyo desarrollo normativo se realizó mediante la Orden de 10 de julio de 2002. Tras la nueva estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía aprobada mediante el Decreto 204/2004 de 11 de mayo, en cuyo artículo 1 se establece la competencia de la Consejería en materia de política agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural. Asimismo, se contempla que las ayudas agroambientales al sector ecológico regional pasaran a gestionarse por la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria (FAGA).

Dentro del marco jurídico relativo a la actividad agraria ecológica en Andalucía, se dictó la Orden de 24 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones sin ánimo de lucro y entidades locales para actuaciones en materia de fomento y difusión de la agricultura y ganadería ecológicas.

En el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía para el período 2007-2013 se incluyen las subvenciones establecidas en el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, que en caso de aprobarse serán cofinanciadas por el FEADER. Actualmente, la Consejería de Agricultura y Pesca ha aprobado dos disposiciones que regulan la concesión de ayudas económicas que pueden ser solicitadas por los productores ecológicos andaluces (Órdenes de 25 y 30 de abril de 2007).

En la Orden de 25 de abril de 2007 (BOJA nº 90 de 8 de mayo) se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios, según los criterios definidos en el apartado 6 de las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (DO C 319 de 27/12/2006). En el artículo 5.2 se indican las inversiones excluidas en los distintos sectores productivos, exceptuando a las producciones ecológicas que sí son subvencionables.

La Orden de 30 de abril de 2007 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía (BOJA nº 94 de 14 de mayo) establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones sin ánimo de lucro y entidades locales para las actuaciones de fomento y difusión de la producción ecológica, consumo de alimentos ecológicos y canales cortos de comercialización para estos productos.

Finalmente, a modo de ejemplo, se presentan algunas cifras sobre la incidencia de las ayudas concedidas en el año 2004 en Andalucía para proyectos de inversión en actividades agrarias ecológicas. Desde 1995, las solicitudes de estas subvenciones, enmarcadas dentro de las ayudas de la PAC, han venido creciendo paulatinamente, alcanzando valores medios de 2.699 y 13.189 euros por explotación, para las actividades agrícola y ganadera, respectivamente. Por otra parte, la subvención total otorgada en 2005 a las empresas de manipulación, transformación y comercialización de productos ecológicos se aproximó a 1,4 millones de euros.


José Luis Ares Cea (conferenciante)

1-AYUDAS AGROECOLOGÍA EUROPEA

Para apoyar el desarrollo de la actividad agraria ecológica en la Unión Europea, se estableció un sistema de ayudas agroambientales a la producción, englobadas en el Reglamento (CEE) 2078/1992 del Consejo de 30 de junio de 1992 sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio rural, que supusieron el respaldo definitivo a este sector. Estas medidas se regularon en España mediante la publicación del Real Decreto 51/1995 de 20 de enero, actualmente derogado.

Asimismo, el Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo de 17 de mayo, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del entonces Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), derogó al R (CEE) 2078/1992, estableciendo el marco de las ayudas comunitarias a favor de un desarrollo rural sostenible. Entre sus objetivos está la conservación y promoción de un medio ambiente de calidad, desarrollando un amplio conjunto de líneas de ayudas a las que pueden acogerse los productores ecológicos aunque no sean exclusivas para este sector.

Las principales líneas de ayudas para el desarrollo de la actividad agraria ecológica incluyen la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones, la concentración y ordenación de la oferta de productos agroalimentarios, la mejora de las condiciones de manipulación y transformación, las condiciones de comercialización y la regulación de mercados en origen, la promoción y la asistencia a ferias. Dentro del programa ambiental regulado por el Reglamento (CE) 1257/1999 (capítulo VI) se persigue fomentar que el uso del paisaje, los recursos naturales, el suelo y la diversidad genética sean compatibles con la protección y mejora del medio ambiente.

Asimismo, se propugna una mayor extensificación de la producción agraria y la gestión de sistemas ganaderos de pastoreo de baja intensidad, más favorables al medio ambiente, así como la conservación de los entornos agrarios y espacios naturales amenazados, el mantenimiento del paisaje y el patrimonio histórico y cultural de las zonas rurales y la aplicación de la ordenación medioambiental en las prácticas agrarias realizadas. En el anexo de este reglamento se fijan los importes máximos anuales de las ayudas agroambientales. En el Reglamento (CE) 1750/1999 de la Comisión de 23 de junio, se establecieron las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1257/1999. En la denominada 'Agenda 2000' se ha reforzado la política medioambiental, incluyéndose dentro del Reglamento (CE) 1257/1999 que unifica las ayudas al desarrollo rural.

Mediante el Real Decreto 4/2001 de 12 de enero, que deroga al RD 51/1995, se desarrolla la normativa europea en España estableciendo un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, entre ellas, las medidas de apoyo a la agricultura y la ganadería ecológicas, medidas 3.4 y 9.3, respectivamente. Para la concesión de estas ayudas los agricultores y ganaderos deben contraer compromisos agroambientales por un período mínimo de cinco años. En el anexo I del RD 47/2001 se detallan las buenas prácticas agrícolas que deben ser respetadas por los solicitantes de las ayudas, mientras que los requisitos a cumplir aparecen recogidos en el anexo 11.

En Andalucía se aprueba el Decreto 280/2001 de 26 de diciembre en el que se establecen las ayudas de la Administración autonómica a los sectores agrícola, ganadero y forestal incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional para el desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006.

La Orden de 7 de junio de 2001 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía estableció las normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, entre ellas, el mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción (medida 6), la producción ganadera ecológica (medida 7) y la reducción de las cabañas ganaderas bovina, ovina y caprina por unidad de superficie forrajera (medida 8). Asimismo, se fijan en 15 hectáreas las superficies mínimas para que los cultivos de pastos y rastrojeras, sistemas adehesados y zonas de prados y pastizales sirvan de soporte a la actividad ganadera ecológica. No hay que olvidar que las razas autóctonas juegan un importante papel en las producciones ganaderas de numerosas comarcas andaluzas.


José Luis Ares Cea (conferenciante)