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lunes, 3 de octubre de 2016

SUBVENCIONES: TRANSFERENCIA AGRICULTORES Y GANADEROS EXTRACTO ORDEN 27/9/16 CONVOCATORIA 2017 SUBMEDIDA 1-2 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

A continuación, se incluye el Extracto de la Orden de 27 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a los agricultores y ganaderos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 1.2).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convoca para el año 2017 la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, en la cuantía máxima de 2.200.000 euros. 

Segundo. Personas beneficiarias.
Para el tipo de operación 1.2.3 y 1.2.1, actuación certámenes, podrán ser entidades beneficiarias: 
- Los Ayuntamientos y Entidades Locales andaluzas. 
- Entidades sin ánimo de lucro.
Para el tipo de operación 1.2.3 y 1.2.1, actuación plan de difusión, podrán ser entidades beneficiarias: - Las Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito regional. 
- Federaciones de Cooperativas Agrarias de ámbito regional.
Para el tipo de operación 1.2.3 y 1.2.1, actuación jornadas técnicas de amplia difusión, podrán ser beneficiarios: 
- Entidades sin ánimo de lucro.

Tercero. Objeto.
Fomento de actuaciones que redundan en la transferencia de conocimientos e información relevantes para el sector agrario a través de la celebración de certámenes agroganaderos, jornadas y otras actuaciones de difusión de información, de forma general y específicamente en el sector del olivar.

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente se regulará por la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 1.2).

Quinto. Importe máximo por beneficiario.
A) Tipo de operación 1.2.3 y 1.2.1, actuación certámenes:
Cada entidad podrá ser beneficiaria de ayuda para 3 certámenes agroganaderos al año. La cuantía de la subvención se determinará a partir de los animales asistentes al certamen, el número de expositores de medios de producción agrarios y las jornadas que se realicen en el mismo. Se diferencian los siguientes tipos de certámenes: 
1. Certamen ganadero tipo A. cuantía máxima: 7.500 €.
2. Certamen ganadero tipo B. cuantía máxima: 20.000 €.
3. Certamen ganadero tipo C. cuantía máxima: 48.000 €.
4. Certamen agrícola tipo A. cuantía máxima: 7.500 €.
5. Certamen agrícola tipo B. cuantía máxima: 20.000 €.
6. Certamen agrícola tipo C. cuantía máxima: 40.000 €.
En el caso de certámenes ganaderos de tipo A y B, la cuantía máxima indicada anteriormente se podrá incrementar con la asistencia al certamen de animales inscritos en libros genealógicos, de la siguiente forma: 
- Animales inscritos: 15-24,99 (%), con un incremento: 5%.
- Animales inscritos: 25-49,99 (%), con un incremento: 10%.
- Animales inscritos: 50-79,99 (%), con un incremento de 15%.
- Animales inscritos: Más del 80%, con un incremento de 20%.
En el caso que todos los animales asistentes al certamen sean ecológicos, o todo el contenido sea ecológico, se procederá a incrementar el importe máximo del certamen en un 15%.

B) Tipo de operación 1.2.3, jornadas y otras actuaciones de difusión de información: 
1. Para los planes de difusión, la cuantía máxima de subvención será de 175.000 euros por entidad beneficiaria y año. 
2. Para las jornadas técnicas de amplia difusión, la cuantía máxima será de 25.000 euros, con un límite máximo de 1 jornada por entidad beneficiaria y año. cuando la jornada tenga carácter internacional, valorado cuando más del 50% de las personas que participan en las ponencias, pertenezcan a entidades públicas o privadas de carácter comunitario o internacional, la cuantía máxima será de 30.000 euros.

C) Tipo de operación 1.2.1 (olivar), jornadas y otras actuaciones de difusión de información:
1. Para los planes de difusión, la cuantía máxima de subvención será de 75.000 euros por entidad beneficiaria y año. 
2. Para las jornadas técnicas de amplia difusión, la cuantía máxima será de 25.000 euros, con un límite máximo de 1 jornada por entidad beneficiaria y año. cuando la jornada tenga carácter internacional, valorado cuando más del 50% de las personas que participan en las ponencias, pertenezcan a entidades públicas o privadas de carácter comunitario o internacional, la cuantía máxima será de 30.000 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a contarse desde el mismo día de la publicación en el Boletín oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones hasta el 31 de octubre de 2016, ambos inclusive. cuando durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.

Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Firmado en Sevilla, a 27 de septiembre de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 189, de 30/09/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 196 y 197).


José Luis Ares (docente)

jueves, 7 de agosto de 2014

SOLIDARIDAD Y GARANTÍA ALIMENTARIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES 2014 APOYO RED

Mediante la Orden de 20 de junio de 2014, de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía (España), se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía en el ejercicio 2014.

El Decreto-Ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, estableció en su artículo 47 la aprobación de una orden reguladora de subvenciones para la financiación de actuaciones de apoyo a entidades integradas en la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía. En virtud de este mandato, la Consejería de Salud y Bienestar Social, actual Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, dictó la Orden de 22 de mayo de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía (BOJA nº 104, 30/5/2013).

Por Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, se establece, entre otras, una Línea de actuación para asegurar la garantía de necesidades básicas a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos recursos económicos. En el marco de esta Línea, y de acuerdo con lo previsto en su artículo 66, de apoyo a las entidades integradas en la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, la Consejería competente en materia de servicios sociales aprobará una convocatoria de subvenciones para financiar las siguientes actuaciones, coincidentes con los conceptos subvencionables previstos en la Orden de 22 de mayo de 2013:
a) Actuaciones que desarrollen entidades privadas sin ánimo de lucro para la preparación y reparto de alimentos a personas con escasos recursos económicos y/o en riesgo o situación de exclusión social.
b) Actuaciones que desarrollen Ayuntamientos y entidades privadas sin ánimo de lucro para ofertar un servicio de catering a domicilio para las personas mayores de 65 años con bajos recursos económicos.
c) Actuaciones que desarrollen entidades privadas sin ánimo de lucro para la preparación y reparto de alimentos, junto con acciones complementarias socioeducativas, a personas menores de edad, preferentemente en Zonas con Necesidades de Transformación Social, durante el período de vacaciones fuera del calendario escolar.

Así pues, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 22 de mayo de 2013, en relación con el Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud, se dispone lo siguiente.

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Mediante la presente Orden se convoca para el ejercicio 2014 la concesión de subvenciones institucionales en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.
2. Las subvenciones para el ejercicio 2014 se concederán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2014 y por una cuantía máxima de 5.500.000,00 euros:
0.1.12.00.01.00.485.01.32E: 5.000.000,00 euros
0.1.12.00.01.00.460.01.32E: 250.000,00 euros
0.1.12.00.01.00.488.03.32E: 250.000,00 euros
3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 22 de mayo de 2013.

Segundo. Distribución de créditos de la convocatoria.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.2 de la Orden de 22 de mayo de 2013, y en el apartado 2.d) de su Cuadro Resumen, la distribución por ámbitos territoriales y/o funcionales de la cuantía total máxima de la presente convocatoria será la siguiente:
1. Para la modalidad de actuaciones que se desarrollen para la preparación y reparto de alimentos a personas con escasos recursos económicos y/o en riesgo o situación de exclusión social, destinados a consumirlos en las propias dependencias destinadas al efecto por la entidad que las lleve a cabo o, en su caso, en los propios hogares de las personas demandantes, se destinará una cuantía máxima de 3.500.000 euros, con la siguiente distribución territorial:
-Almería: 240.000,00 euros
-Cádiz: 400.000,00 euros
-Córdoba: 450.000,00 euros
-Granada: 500.000,00 euros
-Huelva: 250.000,00 euros
-Jaén: 260.000,00 euros
-Málaga: 640.000,00 euros
-Sevilla: 760.000,00 euros
-Total: 3.500.000,00 euros
2. Para la modalidad de actuaciones que se desarrollen para la oferta de un servicio de catering a domicilio para las personas mayores de 65 años con bajos recursos económicos imposibilitadas de acceder al servicio de comedor del Centro de Participación Activa por no disponer en su localidad de dicho servicio o por tener otro tipo de limitación que le impida acceder al mismo, se destinará una cuantía máxima de 500.000,00 euros, con la siguiente distribución:
-Ayuntamientos:
Almería: 18.125,00 euros
Cádiz: 43.100,00 euros
Córdoba: 23.000,00 euros
Granada: 18.225,00 euros
Huelva: 13.525,00 euros
Jaén: 16.500,00 euros
Málaga: 59.350,00 euros
Sevilla: 58.175,00 euros
Total: 250.000,00 euros 

-Entidades privadas:
Almería: 28.222,85 euros
Cádiz: 67.111,98 euros
Córdoba: 27.990,84 euros
Granada: 12.000,00 euros
Huelva: 21.060,08 euros
Jaén: 24.639,21 euros
Málaga: 50.275,04 euros
Sevilla: 18.700,00 euros
Total: 250.000,00 euros
3. Para la modalidad de actuaciones que se desarrollen para la preparación y reparto de alimentos a personas menores de edad, preferentemente en Zonas con Necesidades de Transformación Social, durante el período de vacaciones fuera del calendario escolar. Junto con las actuaciones mencionadas, los programas deberán contemplar necesariamente acciones complementarias de carácter socioeducativo relacionadas con el apoyo de los contenidos curriculares, de ocio y tiempo libre, de educación en valores, actividades que desarrollen la imaginación y la creatividad o de educación para la salud, se destinará una cuantía máxima de 1.500.000 euros, con la siguiente distribución territorial:
Almería: 250.000,00 euros
Cádiz: 160.000,00 euros
Córdoba: 150.000,00 euros
Granada: 180.000,00 euros
Huelva: 85.000,00 euros
Jaén: 135.000,00 euros
Málaga: 290.000,00 euros
Sevilla: 250.000,00 euros
Total: 1.500.000,00 euros

Tercero. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, aprobadas mediante Orden de 22 de mayo de 2013.

Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de las subvenciones para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía se presentarán conforme al formulario que figura como Anexo I de la presente Orden e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del Cuadro Resumen, presentándose en los lugares indicados en el apartado 10.c) del referido Cuadro Resumen. Tanto esta solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II), se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía (http://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadsaludypoliticassociales.html), y en la página web de la propia Consejería en la dirección:
http://www.juntadeandalucia.es/saludypoliticassociales/
2. Conforme al artículo 12 de la Orden de 22 de mayo de 2013 y al apartado 11 del Cuadro Resumen de la misma, el plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Tramitación de urgencia.
En atención a los sectores menos favorecidos de la población andaluza a los que se dirige esta Orden y a las imperiosas necesidades a las que pretende dar respuesta, existen importantes razones de interés público que aconsejan acordar la aplicación al presente procedimiento de subvenciones la tramitación de urgencia. Así pues, de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se reducirán para la presente convocatoria a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 22 de mayo de 2013, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Sexto. Notificación y publicación.
1. De conformidad con el artículo 21 de la Orden de 22 de mayo de 2013, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas y, en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán en la página web http://www.juntadeandalucia.es/saludypoliticassociales/, en los términos del artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursarse personalmente, se practicarán en el lugar o por el medio indicado por las entidades en sus solicitudes.

Séptimo. Utilización de medios telemáticos.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 11.1 de la Orden de 22 de mayo de 2013, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos en la forma prevista en el artículo 11.2 de la citada Orden. Asimismo, el estado de tramitación del procedimiento de concesión de estas ayudas podrá ser consultado por las personas interesadas a través de la página web de la Consejería, en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/saludypoliticassociales/, en la que figurarán los actos de trámite realizados, su contenido y fecha en que fueron dictados.
2. Las notificaciones que deban cursarse personalmente a las personas o entidades interesadas, se practicarán por el medio de notificación electrónico, siempre que aquellas hayan señalado o consentido expresamente dicho medio en el formulario de solicitud, en los términos previstos en el artículo 21.3 de la Orden de 22 de mayo de 2013.

Octavo. Entrada en vigor.
La presente Orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 20 de junio de 2014, por la Consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 123, de 27/06/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 8-13).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 28 de mayo de 2014

CONSORCIO DE ELIMINACIÓN DE RESIDUOS PLÁSTICOS Y BIOMASAS EN HUELVA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN ESTATUTARIA

Mediante el Anuncio de 31 de julio de 2012, del Consorcio Onubense para la Eliminación de Residuos Plásticos y Biomasas, se hace pública la modificación de sus estatutos (PP. 807/2013).

Capítulo I
Naturaleza y fines:

Artículo 1. La Diputación Provincial de Huelva (España) y los municipios de Aljaraque, Ayamonte, Bonares, Cartaya, Gibraleón, Isla Cristina, La Palma del Condado, Lepe, Lucena del Puerto, Moguer, Palos de la Frontera, Paterna del Campo, Rociana del Condado, San Bartolomé de la Torre, Trigueros, Villablanca, Villalba del Alcor y Villanueva de los Castillejos, de acuerdo con lo establecido en al artículo 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 110 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 78 y siguientes de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, constituyen el Consorcio denominado «Consorcio Onubense para la Eliminación de Residuos Plásticos y Biomasas», que, con carácter voluntario e indefinido, se regirá por los presentes Estatutos y sujetará su actividad a éstos, y al ordenamiento jurídico general en todo aquello que no se regule.
El Consorcio tiene como finalidad fundamental el resolver los problemas de eliminación de plásticos agrícolas, envases, embalajes y biomasas en los municipios que se adhieran y, en especial, en los de la Zona Regable del Chanza, los Regadíos del Sur Andévalo, el Condado y Andévalo. En un futuro podrá asumir otras finalidades, debiéndose seguir para ello la tramitación prevista para la modificación de los Estatutos.
El Consorcio Onubense para la Eliminación de Residuos Plásticos y Biomasas puesto que se encuentra integrado por entidades locales y dado que sus fines son de interés local, tiene naturaleza de Entidad Local de Cooperación Territorial.
El Consorcio tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para gestionar los servicios y actividades de interés común que constituyen su objeto. De igual modo puede adquirir, poseer, permutar, gravar y enajenar todo tipo de bienes y derechos y también contraer obligaciones y ejercitar cualesquiera acciones civiles, administrativas, laborales y, en general, en cualquier jurisdicción.
La representación del Consorcio será ejercitada por las personas y órganos que se determinan en estos Estatutos. El Consorcio no tiene finalidad lucrativa y destinará cualquier excedente que se produzca en actividades de formación y educación medioambiental de la población en los municipios consorciados.

Artículo 2. El Consorcio tiene como objeto garantizar una actuación coordinada y eficaz de los municipios asociados en el ejercicio de sus competencias, para la gestión de residuos plásticos agrícolas y biomasas, incluyendo las actividades de recogida, transporte, almacenamiento y eliminación, que podrán ser ejecutados con medios propios o mediante concurso por Entidad privada. Esta deberá disponer de Autorización Administrativa de la Junta de Andalucía y aplicar un Sistema de Eliminación que debe cumplir la legislación sobre tratamiento de residuos y de emisiones e impacto medioambiental de la Unión Europea, el Estado, la Junta de Andalucía y estas Ordenanzas.
También será su objeto cualesquiera de las actividades adecuadas al desarrollo y cumplimiento de sus fines y, en especial, los siguientes:
a)Las facultades que le deleguen los Ayuntamientos integrantes, para la aplicación de las Ordenanzas Municipales sobre la Gestión de Residuos no Peligrosos Plásticos y Biomasas, gestionar la tramitación y cobro de las tasas si las hubiere, e imponer las sanciones, incluso utilizando la vía ejecutiva de la Recaudación de Tributos Locales.
b)Realizar el control y la vigilancia, con el apoyo en cada municipio de la Policía Local y la Guardería Rural, en colaboración con Entidades especializadas y los Organismos Públicos competentes. Prestará especial atención a evitar las prácticas ilegales en la recogida selectiva, el transporte y el almacenamiento, evitando que se viertan los residuos de plásticos en lugares no autorizados.
c)Vigilar y promover que los poseedores de plásticos agrícolas y biomasas cumplan sus obligaciones legales respecto a su participación en la gestión de los residuos.
d)Mantener contactos permanentes y promover acuerdos de colaboración son los sistemas de Gestión autorizados para la gestión de los residuos por la Junta de Andalucía.
f)Cualquiera de las actividades relacionadas con el objeto fundacional, que contribuyan al desarrollo y cumplimiento de los acuerdos del Consorcio, tenderán a cumplir las demandas municipales en materia de gestión de residuos plásticos y biomasas.

Artículo 3. El Consorcio se constituye por tiempo indefinido y subsistirá mientras duren sus fines, salvo imposibilidad sobrevenida de aplicar a éstos las actividades o los medios de que disponga, o surjan otras circunstancias excepcionales que aboguen a su disolución, con el mismo procedimiento que para su constitución.
El Consorcio tiene su domicilio oficial en la sede de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, en la Avenida Martín Alonso Pinzón, número 9, de la ciudad de Huelva. No obstante se podrán establecer delegaciones en cualquier otra localidad del ámbito de la provincia de Huelva.

Disposición final única. En lo no previsto en los presentes Estatutos, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de Régimen Local. Firmado en Huelva, a 31 de julio de 2012, por el Presidente, Ángel Alberto Gorostidi Pérez Ventana.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 93, de 16/05/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, Empresas públicas y asimiladas, páginas 172-176).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 25 de marzo de 2014

DESARROLLO ECONÓMICO Y FOMENTO EMPRESARIAL ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES PROGRAMA 2013-III TRIMESTRE

Mediante la Resolución de 30 de enero de 2014, de la Dirección General de Economía Social, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se hacen públicas las subvenciones concedidas en el tercer trimestre de 2013, reguladas y convocadas mediante la Orden de 29 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras del programa «Desarrollo Económico y Fomento Empresarial».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobada por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 31 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, esta Dirección General de Economía Social ha resuelto dar publicidad a la relación de subvenciones concedidas en el tercer trimestre de 2013, con cargo al Programa Presupuestario 72 C «Desarrollo Económico y Fomento Empresarial», mediante un procedimiento de concesión iniciado de oficio y en régimen de concurrencia competitiva, respecto a la medida Asociacionismo, regulada en el artículo 6.1 de la Orden de 29 de junio de 2009, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de apoyo a la innovación y al desarrollo de la economía social, y se efectúa su convocatoria para los ejercicios 2009 a 2013.

Las subvenciones concedidas serán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 
0.1.12.00.01.00.8069.487.06.72C.0., siendo la finalidad de la subvención impulsar la vertebración de la economía social, fomentando y consolidando sus estructuras representativas, de servicios y de defensa de los intereses de las cooperativas y de las sociedades laborales de Andalucía, así como fomentar el desarrollo de organizaciones sectoriales de economía social, cuyas entidades beneficiarias y cantidades concedidas se relacionan en la presente Resolución (ver Tabla). Firmada en Sevilla, a 30 de enero de 2014, por la Directora General, Angelina María Ortiz del Río.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 27, de 10/02/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 133).




Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 14 de febrero de 2014

AYUDAS DATOS ESTADÍSTICOS Y PRECIOS AGRARIOS EN ESPAÑA: CONCESIÓN DE SUBVENCIONES 2013

Mediante la Resolución de 20 de diciembre de 2013, de la Secretaría General Técnica, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, se publica la concesión de subvenciones de 2013, a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, por el suministro de datos estadísticos y de precios agrarios.

Por Orden APA/2361/2005, de 8 de julio («BOE» de 20 de julio), se establecieron las bases reguladoras, y por Orden AAA/1425/2013, de 23 de julio («BOE» de 26 de julio), la convocatoria para el año 2013, de las subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos y de precios agrarios.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras y convocatoria, y a la vista de la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor del procedimiento, la Subdirección General de Estadística, por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de 20 de noviembre de 2013 se ha resuelto el procedimiento de concesión de 67 subvenciones de 2013, por el suministro de datos estadísticos y de precios agrarios referidos al año 2013.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el artículo 10 de la Orden APA/2361/2005, de 8 de julio, y en atención al interés general para los agricultores y ganaderos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, este Ministerio resuelve lo siguiente:

Primero.

Hacer público el extracto de la Orden de 20 de noviembre de 2013, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de 67 Subvenciones de 2013, a favor de entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, por el suministro de datos estadísticos y de precios agrarios referidos al año 2013, convocadas por Orden AAA/1425/2013, de 23 de julio, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.02.451O.772 del ejercicio de 2013, y cuya distribución territorial se refleja a continuación, detallando el número de beneficiarios, las cuantías de las subvenciones, y las cantidades máximas por perceptor (ver Tabla).

Segundo.

El texto íntegro de la resolución de concesión, Orden de 20 de noviembre de 2013, en la que se incluye como anexo la relación nominativa de beneficiarios, ordenada territorialmente por Comunidades Autónomas, se expondrá en el tablón de anuncios de la sede central del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (paseo de Infanta Isabel, número 1, 28014 Madrid), donde podrá ser consultado durante los quince días naturales siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Aquellos solicitantes que no figuren en la relación nominativa señalada en el párrafo anterior se entenderá que su solicitud ha sido desestimada.

Tercero.

La resolución del procedimiento, de la que se da publicidad, pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías impugnatorias.

Firmada en Madrid, a 20 de diciembre de 2013, por el Secretario General Técnico del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Adolfo Díaz-Ambrona Medrano.

Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 11, de 13/1/2014 (apartado III Otras disposiciones, Sec.III., 358, páginas 1756 y 1757).




Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 24 de abril de 2013

SUBVENCIONES PRODUCCIONES ANIMALES 2010-11 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

A modo de ejemplo, meramente informativo, para aquellos empresarios en activo y nuevos emprendedores del sector lácteo de Andalucía (España), se presenta a continuación una relación de ayudas públicas concedidas por la Junta de Andalucía a algunas empresas y entidades dedicadas a las producciones agroalimentarias de origen animal.

En este sentido, mediante la Resolución de 26 de marzo de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se hacen públicas las subvenciones concedidas a las empresas relacionadas, según lo previsto en el Real Decreto 1615/2007. 

Asimismo, son de aplicación el artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por lo que se procede a hacer pública la relación de las subvenciones concedidas en los ejercicios 2010 y 2011, las cuales figuran en el Anexo a la presente Resolución.

A NE X O

Normativa reguladora:
  • Orden de 13 de mayo de 2008, por la que se establecen normas para la concesión de subvenciones a la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal, previstas en el Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre.
  • Resolución de 20 de noviembre de 2009, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2010 las subvenciones a la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal, previstas en la Orden que se cita y en el Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre.
  • Resolución de 19 de enero de 2011, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2011 las subvenciones prevista en el Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal.
Las subvenciones se conceden con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias, del Programa de Fomento de la producción de productos de origen animal, de calidad: 

1.1.17.00.18.00.782.25.71F.2.2009;
1.1.17.00.18.00.772.25.71F.3.2009;
0.1.16.00.18.00. .782.25 .71F .6;
0.1.16.00.18.00. .772.25 .71F .7.

A continuación, se relacionan los beneficiarios y los importes de las subvenciones concedidas en el año 2010 (en euros):

CORSEVILLA S.C.A:  98.564,16

OVIPOR S.C.A:  53.777,43

LA PASTORA DE TABERNO S.C.A:  43.854,42

LOS FILABRES S.C.A:  46.149,49

CORDESUR S.C.A:  51.372,24

ASOCIACIÓN MALAGUEÑA DE APICULTORES:  14.848,13

FARALAND:  61.950,56

CABRANDALUC ÍA:  53.555,54

SIERRAS ANDALUZAS S.C.A:  20.950,16

VALEME S.C.A:  10.934,81

TECNOLOGÍA Y GANADERÍA COVAP S.L:  304.403,88

COBIOSUR:  5.928,60

QUESANDALUZ:  40.133,74

ASOCIACIÓN PRO DENOMINACIÓN DE ORIGEN QUESOS DE MÁLAGA:  19.680,21

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CRIADORES DE CABRA MALAGUEÑA:  22.647,02


Los beneficiarios y los importes de las subvenciones concedidas en el año 2011 se relacionan a continuación (en euros):

SIERRAS ANDALUZAS S.C.A:   4.701,97

CORDESUR S.C.A:  14.574,52

QUESANDALUZ:  1.682,73

CORSEVILLA S.C.A:  42.208,74

S.C.A. AGRÍCOLA GANADERA SAN MIGUEL:  4.874,47

OVIPOR S.C.A:  31.818,73

CABRANDALUC ÍA:  24.426,00    



Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 65, apartado 5.2, página 173 (Otros Anuncios oficiales. 5 de abril 2013). Sevilla (España). 
José Luis Ares Cea (profesor)





























































































































lunes, 8 de octubre de 2012

COMIENZA 'INFOEMPLEO'

Con la intención de contribuir a la dinamización de la economía dentro del ámbito agroalimentario, nace esta sección del blog, que he denominado INFOEMPLEO, y en la que irá apareciendo noticias, avisos y diversas informaciones relativas al mundo del trabajo, incluyendo tanto las procedentes de las convocatorias de las administraciones e instituciones públicas como de las entidades y empresas privadas.

Por mi parte, no tengo otra pretensión que difundir entre los posibles interesados y lectores del blog, diversas ofertas de trabajo publicadas en los boletines oficiales o divulgadas en portales de internet o en otros medios de comunicación colectivos o individuales. Sin pretender con ello sustituir, en ningún momento, los canales habituales de información laboral, y en la completa seguridad de que se me escaparán muchas convocatorias importantes, creo que desde este blog, frecuentado por algunos de mis antiguos alumnos, becarios, colaboradores, empresarios, profesionales y especialistas de distintas áreas temáticas, puedo aportar un soplo de ilusión entre tantos desempleados que quieren encontrar un trabajo relacionado con su nivel real de conocimientos y experiencias laborales.





José Luis Ares Cea (profesor)