martes, 24 de diciembre de 2013

9-FINANCIACIÓN PYMES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): JUSTIFICACIÓN DECRETO-LEY 10/2013

La adopción de las medidas contempladas en el presente decreto-ley cumple las condiciones de extraordinaria y urgente necesidad que se exigen en el empleo de esta figura, atendiéndose los requisitos que prevé el artículo 110 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, pues tiene como objetivo, hacer frente, sin más demora, a las consecuencias que para las empresas está teniendo la crisis económica y, muy especialmente, para las empresas del sector industrial, y posibilitar la concesión de ayudas dirigidas a la reconstitución del potencial agrario dañado por las adversidades naturales en el medio rural que permita el mantenimiento de la actividad agraria, y el empleo, tal y como se ha expuesto anteriormente.
La implementación con carácter inmediato de las ayudas previstas en la presente disposición permitirá abordar de manera inmediata la reconstitución de las estructuras productivas dañadas y que el sector agrario no pierda la posibilidad de tener las explotaciones en producción para la próxima campaña. 
A estos efectos y con la finalidad de paliar con carácter urgente los importantes daños causados en los invernaderos del Campo de Dalías, como consecuencia de la fuerte tormenta de granizo y viento acaecida el pasado 20 de noviembre de 2013, se incluye una disposición adicional en la que se convocan las ayudas para la reconstitución de manera inmediata del potencial productivo de las explotaciones agrarias invernadas, que permita de este modo volver a poner en producción las 105 hectáreas afectadas, contribuyendo de esta manera al mantenimiento de la actividad económica y del empleo de la zona.
Por todo ello, resulta necesario implementar con la suficiente celeridad estas medidas extraordinarias adoptadas para permitir la reactivación de nuestro tejido empresarial y agrario, incorporando al presente decreto-ley las actuaciones consideradas estratégicas para hacer frente de modo inaplazable a las necesidades económicas y sociales existentes. A la vista de todos estos antecedentes, resulta acreditada la urgencia para los poderes públicos de acometer de modo inaplazable medidas positivas que permitan tanto la recapitalización de las empresas industriales como todas aquellas modificaciones en el actual marco normativo que permitan que las empresas andaluzas puedan crecer y generar empleo, así como mantener la actividad agraria en Andalucía.
Más información: Boletín Oficial de La Junta de Andalucía (BOJA), nº 248, de 20/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 13-43).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)