jueves, 18 de junio de 2015

INVESTIGACIÓN: 16-GRASA SALUDABLE LECHE DE PEQUEÑOS RUMIANTES

Cuando se suplementa la dieta alimentaria de la cabra mediante la adición de grasa de composición poliinsaturada, se obtiene una leche cuya grasa contiene en mayor o menor cantidad estos ácidos presentes en la ración suministrada al animal, dependiente de la naturaleza y del grado de protección de la grasa incorporada.

Asimismo, se señala un incremento en los niveles de C18:0 y C18:1, a expensas de los ácidos grasos de cadena corta y media, que en opinión de algunos autores se debería a la hidrogenación de los poliinsaturados con 18 átomos de carbono hasta C18:0 y trans C18:1, que tienen un efecto inhibitorio de la síntesis de novo. Los autores destacan cómo la caída en la cantidad de C12:0–C16:0 da lugar a una disminución del índice de aterogenicidad. 

Otro aspecto deducido es cómo la cantidad de CLA (especialmente el llamado ácido ruménico, el cis-9, trans-11 C18:2) o de ácido vaccénicico (principal ácido trans C18:1) depende de la fuente lipídica en cuestión, de su naturaleza y del grado de protección alcanzado.





Autoría: M.R Sanz Sampelayo y J. Boza (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

INVESTIGACIÓN: DERMATITIS ULCERATIVA CONTAGIOSA EN OVEJAS

En un trabajo de investigación se ha estudiado la dermatitis ulcerativa contagiosa en ovejas de Rasa Aragonesa en la provincia de Zaragoza (España). 

Esta patología apareció en una explotación extensiva de 1.100 ovejas de raza Rasa Aragonesa, cuyos animales pastaban rastrojeras y monte bajo, siendo suplementadas el lote del vacío con 350 gramos de una mezcla de alfalfa granulada, maíz, cebada y un núcleo proteico compuesto, básicamente por soja y gluten feed, y con 950 gramos para las que se encontraban en el último mes de gestación. La distribución se hacía en comederas tipo cajón de madera y con una longitud de 0,30-0,35 metros/oveja vacía y 0,5 m/oveja gestante. A principios del mes de noviembre de 2004 se observó la presencia de muchas ovejas con abundante exudado mucopurulento uni o bilateral, y en otros animales se veían pequeñas áreas de inflamación y costras en la zona de los ollares, y al moco se añadían estrías sanguinolentas, casi siempre con carácter unilateral. Considerando que había un problema serio de oestrosis hacia mitad de mes se procedió a desparasitar frente a Oestrus ovis con ivermectina oral (ORAMEC) a dosis única de 15 cc/oveja de 50-60 kilogramos de peso, y doble dosis a los sementales. A finales de noviembre se detectan muchos animales de todas las edades con costras no sólo en los ollares sino también en otros puntos, principalmente de la cara.

Si bien después del tratamiento había desaparecido la secreción mucopurulenta de los ollares, no sucedió así con las costras que aparecían en la misma región. Alrededor de un 30% de las ovejas, de todas las edades, estaban afectadas y, las costras de entre 1 y 3 cm de diámetro, no sólo se circunscribían a la región antes citada sino que también se habían extendido por otros puntos de la cabeza (labios, maxilar superior e inferior, áreas próximas al ojo, orejas, etc.) e incluso en algún animal también en las extremidades. En general el estado de los animales era bueno, comían con normalidad, se encontraban en un estado de alerta, no mostraban signos de picor, etc. En una exploración pormenorizada de 10 animales, no se apreció alteración pulmonar o bronquial alguna, ni lesiones en boca o en las zonas antes citadas y en algunos animales observamos abultamiento en la zona de los ollares, con líquido en su interior y alguna úlcera. Los nódulos linfáticos regionales parotídeos y submaxilares se encontraban afectados, aumentados de tamaño, duros, calientes y sensibles a la palpación.

La metodología consistió en una toma de muestras para hacer un cultivo e identificación, así como biopsias para un estudio histológico y de microscopía electrónica. En dos ocasiones se tomaron muestras para microbiología, en total 14. La histología confirmó la dermatitis y en los cultivos se aislaron diversos microorganismos. 

La eliminación de exudado mucopurulento y el hecho de ser suplementados los animales en la propia explotación pudo favorecer el contagio de la enfermedad y la difusión tan amplia que alcanzó. Su evolución fue benigna, aproximadamente en un plazo de 3 semanas desaparecían las costras, se apreciaban áreas depiladas y cicatrices donde antes estuvieron las mismas. El proceso, en un plazo total de mes y medio, afectó finalmente a más del 90% de los animales del rebaño, sin distinción de edad, con un estado general bueno, sin bajas. 

Los cultivos microbiológicos dieron los resultados siguientes:
-Corynebacterium creció en una muestra.
-E. coli fue hallado en 3 muestras.
-Staphilococcus aureus en 3 muestras.
-Micrococcus en 4 muestras.
-Bacilo esporulado en 2 muestras.
-Sin crecimiento (una punción del exudado interno de una zona abultada).

Las biopsias tomadas para histología determinaron la presencia de hiperplasia epidérmica, acantosis, hiperqueratosis ortoqueratótica leve, infiltrado mononuclear de perivascular a difuso, dilatación de vasos sanguíneos e infiltración difusa generalizada. Las lesiones resultan compatibles con un proceso sistémico que afecta a la piel y produce lesiones a partir de una diseminación vascular. Los resultados de microscopia electrónica indican la presencia de un virus (pendiente de clasificar). Entre los procesos conocidos que cursan con dermatitis y costras en piel se incluyen la dermatitis estafilocócica o dermatitis facial causada por Staphilococcus aureus, la dermatitis pustular contagiosa o ectima, una dermatitis grave causada por un poxvirus cuya mortalidad puede llegar al 50%, y una dermatitis ulcerativa causada por un virus no clasificado que produce lesiones en cara, extremidades y aparato genital.

Como conclusión hay que indicar la presencia de un proceso vírico cuya historia y, en particular, su evolución revelan que se trata de un proceso muy contagioso de curso leve, cuya clínica no se corresponde con los procesos conocidos, antes citados, que cursan con dermatitis ulcerativa de origen vírico. Aproximadamente en un plazo de 3 semanas desaparecían las costras, se apreciaban áreas depiladas y cicatrices donde antes estuvieron las mismas.



Autoría: J.J. Ramos y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

miércoles, 17 de junio de 2015

INVESTIGACIÓN: 15-GRASA SALUDABLE LECHE DE PEQUEÑOS RUMIANTES

Cuando se suplementa la dieta alimentaria de la cabra mediante la adición de grasa, dicha modificación no sólo tiene un efecto sobre el contenido graso de la leche sino también sobre el perfil de los ácidos grasos de la misma. En este sentido, diversos estudios han puesto de manifiesto cómo la composición de la grasa protegida añadida en la ración influye sobre la composición de la leche e incluso, del queso de cabra, a pesar de los procesos de hidrogenación e isomerización de los ácidos grasos de la dieta en el rumen del animal. 

Respecto de la posibilidad de hacer cambiar el perfil en ácidos grasos de la grasa de la leche de cabra, resultan numerosos los estudios llevados a cabo, habiéndose realizado distintas revisiones sobre el tema. La mayoría de estos estudios se refieren al efecto causado por medio del empleo de diferentes tipos de grasa, analizándose igualmente, la interacción establecida normalmente entre la naturaleza del forraje y el tipo de grasa de la dieta. Sobre el efecto causado por medio de la suplementación de la dieta de la cabra con diferentes tipos de grasa, varios autores han analizado la información disponible actualmente, discutiendo los principales resultados obtenidos en razón del tipo de grasa y composición de la misma. En general, en esos estudios se han empleado ácido palmítico o esteárico, sales cálcicas de aceite de palma, aceites vegetales y semillas oleaginosas, protegidas o no frente al metabolismo ruminal del animal, así como aceite de pescado.

Analizando los resultados de estos estudios se deducen varias cuestiones, que se resumen a continuación. Cuando la fuente de suplementación de la dieta es una grasa saturada protegida o no, la grasa de la leche aparece enriquecida en los ácidos grasos saturados correspondientes, incrementándose también los monoinsaturados de igual número de átomos de carbono, disminuyendo a la vez, los niveles de C10-C14 o C10-C16. Las razones de estos cambios se explican porque la acción de la D-9 desaturasa da lugar a un incremento de los niveles de los ácidos grasos monoinsaturados correspondientes, junto al incremento de los ácidos grasos contenidos en la grasa empleada. En este sentido, estos resultados son semejantes en la vaca, destacando el importante papel que la D-9 desaturasa mamaria desempeña en la regulación de la razón monoinsaturados/saturados de la leche, especialmente, en relación con los ácidos grasos de 18 átomos de carbono.



Autoría: M.R Sanz Sampelayo y J. Boza (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

INVESTIGACIÓN: DIAGNÓSTICO ECOGRÁFICO PATOLOGÍAS OCULARES EN GANADO OVINO

En un trabajo de investigación se ha estudiado la utilidad diagnóstica de la ecografía con modo B y con Doppler pulsado para su empleo, valoración y seguimiento de patologías oculares en ganado ovino. 

La ecografía es una prueba diagnóstica complementaria fundamental en medicina humana y en muchos ámbitos de la práctica veterinaria. La técnica se basa en la obtención de imágenes a partir de los ecos producidos por las diferentes estructuras. Básicamente, los gases y las estructuras calcificadas impiden el estudio ecográfico, mientras que los líquidos son atravesados por los ultrasonidos sin ninguna dificultad. Estos al no producir señal traducible por el aparato aparecerán en la pantalla de color negro. En este sentido el globo ocular, un órgano que contiene el humor acuoso y el vítreo, es fácilmente explorable por ecografía. El principal objetivo de este trabajo ha sido comprobar la utilidad diagnóstica de esta prueba usando un caso de glaucoma en oveja.

Para valorar ecográficamente la posible lesión se utilizó una oveja diagnosticada clínicamente de glaucoma (exoftalmia y opacidad corneal), y una oveja sana como control. El diagnóstico clínico se basó en la tonometría. Además debido a la buftalmia se había producido una queratitis por exposición con opacidad corneal que impedía valorar el fondo de ojo. Antes de realizar la ecografía se llevó a cabo una exploración completa, una medición de la presión intraocular y se comprobó la producción de lágrima mediante el test de Schirmer, que evidenciaron la presencia de glaucoma. El estudio ecográfico se realizó con un equipo ATL HDI 3500 usando una sonda de alta frecuencia con rango variable, de 8 a 12 MHz.

En la oveja sana se identificaron todas las estructuras, cámara anterior, cuerpos ciliares, cristalino, vítreo y retina. En el modo B se valoraron ambas cámaras, el cristalino y la retina, en este caso completamente desprendida. A continuación, se hizo un estudio del espacio retrobulbar y se localizó, mediante el empleo del Doppler de velocidad el color la arteria oftálmica, analizándose el trazado espectral e índice de resistencia en la arteria oftálmica, En el animal enfermo se encontró un globo ocular aumentado de tamaño y con desprendimiento de retina. También se observaron alteraciones en el trazado de la arteria oftálmica respecto a la oveja sana.

Como conclusión general hay que señalar que la ecografía aporta un gran número de ventajas sobre otras pruebas diagnósticas; es un estudio dinámico, inocuo y multiplanar. El principal inconveniente para su introducción en el campo de la clínica ovina reside en el alto coste de las sondas de alta frecuencia y la relativa importancia de la patología ocular en esta especie. El estudio Doppler de los vasos oftálmicos puede ser en un futuro un buen indicador pronóstico de las patologías oculares, especialmente aquellas que impliquen una opacidad en córnea o en cristalino, y que dificulte al clínico realizar una exploración completa.

Autoría: P. Gómez y colaboradores (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

martes, 16 de junio de 2015

INVESTIGACIÓN: 14-GRASA SALUDABLE LECHE DE PEQUEÑOS RUMIANTES

Cuando se suplementa la dieta alimentaria de los pequeños rumiantes mediante la adición de grasa, dicha modificación no sólo tiene un efecto sobre el contenido graso de la leche sino también sobre el perfil de los ácidos grasos de la misma. En este sentido, diversos estudios han puesto de manifiesto la importancia que tienen la cantidad y naturaleza de la fuente de fibra y de lípidos utilizadas en la ración, dado el origen de los ácidos grasos secretados por la glándula mamaria.

En el caso de las ovejas algunos autores han estudiado la importancia de los factores de composición de la ración en la determinación de la grasa de la leche obtenida. En general, con la incorporación de grasa en la ración se pretende que el animal llegue a producir la máxima cantidad de leche con el máximo contenido en grasa. Algunos resultados muestran cómo la naturaleza de la fracción forraje de la dieta es capaz de determinar la composición en ácidos grasos de la grasa de la leche de oveja. Asimismo, se ha estudiado el efecto del tipo de sistema de producción sobre el contenido en ácido linoleico conjugado (CLA) de la leche, deduciéndose que cuando las ovejas estaban en pastoreo, se incrementaba el CLA cuando el pasto atravesaba su fase vegetativa y, al contrario, disminuía considerablemente, durante la fase reproductora. Estos efectos son debidos al distinto contenido del pasto en ácidos grasos poliinsaturados según la fase correspondiente.

Otros autores han estudiado el comportamiento de las ovejas en pastoreo suplementadas o no con maíz machacado, obteniendo una leche con un mayor contenido en CLA en el caso de los animales no suplementados. Igual que en caso anterior, este efecto se debería a la distinta composición de los lípidos contenidos en el forraje consumido por los animales. La información referente al efecto de la suplementación lipídica de la dieta sobre la composición de la grasa de la leche de oveja es bastante escasa. Algunos investigadores han utilizado sales cálcicas de ácidos grasos de cadena larga, especialmente, palmítico y oleico, obteniendo un mayor porcentaje de grasa en la leche unido a una distinta composición de la misma, aumentando los niveles de C16:0 y C18:1 y disminuyendo los ácidos grasos C8–C14, en razón esto último de la caída que la síntesis de novo experimentaba. En total se obtenía una leche con un menor contenido en ácidos grasos saturados y un mayor de monoinsaturados. Los autores concluyen indicando cómo la alimentación parece ser un medio eficaz para modificar de manera relativamente rápida la composición en ácidos grasos de la leche de oveja en una dirección más deseada por el consumidor.

Por otra parte, otros autores han empleado sales cálcicas de los ácidos grasos del aceite de oliva como suplementación de la dieta en ovejas manchegas en lactación, obteniéndose leche con un menor contenido en ácidos grasos de cadena corta y media (C6-C16) y C18:2, junto a mayores cantidades de C18:1 y C18:0. En opinión de los autores, el cambio en el perfil de ácidos grasos de la grasa láctea no parecía ser debido a una más baja producción de acetato, ya que la digestibilidad de la fibra se afectaba muy levemente; tampoco sería debido a un efecto de dilución, ya que el contenido en grasa de la leche no se afectaba. En su opinión, el menor contenido en ácidos grasos de cadena corta y media, se debería a la menor síntesis de los mismos en la glándula mamaria, conociéndose que los ácidos grasos trans del C18:1 son inhibidores de la síntesis de novo, detectándose estos ácidos grasos trans en la leche de los animales suplementados. El aumento en la proporción de C18:0, se debería a su directa incorporación desde la dieta, pudiendo igualmente haber sido producido en el rumen del animal, por medio de la hidrogenación del C18:1, que era el que más directamente se incorporaba.

Teniendo en cuenta que este tipo de grasa no alcanza un grado de protección suficiente, otros autores han empleado en ovejas, una dieta suplementada con una grasa protegida constituida por las sales cálcicas de los ácidos grasos del aceite de oliva, junto a una control no suplementada así como otra en la que la grasa se incluía en forma de aceite emulsionado en leche desnatada, dieta ésta última que se administraba por biberón a animales en los que se había mantenido el funcionamiento reflejo de la gotera esofágica. La leche producida presentaba un contenido en ácidos grasos de cadena corta y media, menor en los casos de empleo de las dos dietas suplementadas con la grasa; mientras que bajo el consumo de la dieta administrada por biberón, se obtenía una leche con el más alto contenido en C18:1. El empleo de la dieta suplementada con las sales cálcicas, daba lugar a una leche con los mayores niveles de C18:0 y trans C18:1 junto a un valor intermedio de C18:1. Los autores concluyen que la grasa protegida utilizada resultaba severamente afectada por el ambiente ruminal, pareciendo que el mantenimiento del funcionamiento de la gotera esofágica, podría ser un modo más efectivo de bypass el rumen en ovejas adultas en lactación. Estos resultados parecen lógicos, ya que la dieta administrada vía biberón elude totalmente el paso a través del rumen. Cuando se escogen como referencia C18:1 y trans C18:1 en la producción en leche, los valores obtenidos resultaron iguales a 16.8 y 1.10, 13.8 y 1.55 y, 6.5 y 0.83 g/día, para el consumo de la dieta suplementada y administrada por biberón, la suplementada con sales cálcicas de los ácidos grasos, y la control, respectivamente; de lo que se deduce que el empleo de las sales cálcicas lograba unos resultados no tan diferentes de los conseguidos bajo consumo de la administrada por biberón. Junto a esto habría igualmente, que tener en cuenta, los aspectos derivados de la complicación que conllevaría el administrar el suplemento lipídico de la forma aconsejada.



Autoría: M.R Sanz Sampelayo y J. Boza (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

lunes, 15 de junio de 2015

LEGISLACIÓN ALIMENTARIA: MODIFICACIONES ETIQUETADO PRODUCTOS ALIMENTICIOS EN ESPAÑA

A continuación, se incluyen las normas estatales relativas al etiquetado de determinados productos alimenticios, aplicables en España.

-Real Decreto 1045/1990(*), de 27 de julio (BOE de 10 de agosto), por el que se regulan las tolerancias admitidas para la indicación del grado alcohólico volumétrico en el etiquetado de las bebidas alcohólicas destinadas al consumidor final.

-Real Decreto 906/2003(**), de 11 de julio (BOE del 12), relativo al etiquetado de los productos que contienen quinina o cafeína.

-Orden PRE/3360/2004, de 14 de octubre (BOE del 19), por la que se regula la información complementaria del etiquetado de los productos alimenticios congelados que se presenten sin envasar y se establece el método de análisis para la determinación de la masa de glaseado.

(*) Transpone la Directiva 87/250/CEE, derogada por Reglamento (UE) 1169/2011.
(**) Transpone la Directiva 2002/67/CE, derogada por Reglamento (UE) 1169/2011.


Más información: Normas estatales de etiquetado. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Dirección General de la Industria Alimentaria, Subdirección General de Control y de Laboratorios Alimentarios.


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

LEGISLACIÓN ALIMENTARIA: ETIQUETADO NUTRICIONAL PRODUCTOS ALIMENTICIOS EN ESPAÑA

A continuación, se incluyen las normas estatales relativas al etiquetado nutricional de los productos alimenticios, aplicables en España.

Real Decreto 930/1992 (*), de 17 de julio (BOE de 5 de agosto), por el que se aprueba la norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios.
Modificado el artículo 6, por: Real Decreto 2180/2004, de 12 de noviembre (BOE del 13).
Modificado – apartado 10 del artículo 3, se añaden los párrafos h) e i) en el artículo 6 y se sustituye el anexo - por: Real Decreto 1669/2009, de 6 de noviembre (BOE del 7).

TEXTO CONSOLIDADO REAL DECRETO 930/1992 a 7 de noviembre de 2009.
(*) Transpone la Directiva 90/496/CEE, derogada por Reglamento (UE) 1169/2011.


Más información: Normas estatales de etiquetado. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Dirección General de la Industria Alimentaria, Subdirección General de Control y de Laboratorios Alimentarios.


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)