lunes, 23 de diciembre de 2013

2-FINANCIACIÓN PYMES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): JUSTIFICACIÓN DECRETO-LEY 10/2013

Las consecuencias de la crisis financiera y las políticas económicas de ajuste y restricción del crédito sobre el tejido empresarial andaluz se visualizan en el Directorio Central de Empresas del Instituto Nacional de Estadística, que a 1 de enero de 2013, mostraba la existencia de 471.521 empresas de los sectores no agrarios en Andalucía, un 9,8% menos que al inicio de la crisis, descenso que también se observa en el conjunto nacional, con un 8,1% menos.
La crisis ha tenido una mayor incidencia en el tejido empresarial industrial, que se ha reducido en un 19,6%. Considerando el tamaño de las empresas, las más afectadas han sido las pequeñas y medianas empresas industriales (de entre 1 y 49 asalariados), que han experimentado una reducción en los últimos cinco años del 24,3%, más del doble de las de más de 50 asalariados (-10,4%). Este ajuste ha llevado a que, a 1 de enero de 2013, haya en Andalucía 17.309 pymes industriales de entre 1 y 49 asalariados, casi 5.000 menos que al inicio de la crisis.
Precisamente, el papel estratégico que las actividades industriales tienen en el conjunto de la economía, fundamenta la puesta en marcha de medidas extraordinarias de políticas de fomento industrial. Una presencia industrial amplia y diversificada es imprescindible para lograr reducir la tasa de paro estructural de la economía andaluza. 
La industria es el mayor suministrador y consumidor de inputs intermedios, determinante de la generación de cadenas de valor añadido en el resto del tejido productivo y, en consecuencia, determinante clave del grado de articulación productiva. La diversidad de las producciones industriales es también decisiva en cuanto a la posición exterior de una economía, dada la naturaleza crecientemente intraindustrial del comercio internacional, pues de hecho casi las tres cuartas partes de las exportaciones de bienes de Andalucía son industriales.
La industria es también soporte del crecimiento de la productividad y la eficiencia de la economía, puesto que es el principal generador de innovación tecnológica. El sector industrial andaluz tiene una productividad que supera en un 42% la media de los sectores productivos andaluces. La industria puede crecer de dos formas: con una estrategia de desarrollo endógeno que impulse el tejido empresarial interno o exógeno que facilite la inversión exterior en la economía. Ambas estrategias son necesarias.
En cualquier caso, para aprovechar los impulsos que provienen de las inversiones de las grandes empresas industriales y propiciar la propagación de los efectos beneficiosos en el resto de los sectores productivos es necesario disponer de un tejido industrial de pymes amplio y bien dimensionado en tamaño. Andalucía dispone de un número de pymes industriales suficientemente amplio para poder impulsar un proceso de crecimiento endógeno, pero presentan retos derivados de la reducida dimensión y capitalización empresarial, así como de su alta dependencia de la financiación externa. Dichos retos suponen un límite a la capacidad de crecimiento y generación de empleo industrial.
Todas estas circunstancias ponen de manifiesto la necesidad de fomentar las pymes industriales, dado que son las más afectadas por la crisis económica, las que se encuentran en peor posición financiera como consecuencia de la restricción del crédito en España y, al mismo tiempo, sobre las que puede pivotar la salida de la crisis. 
Con esta finalidad, con el Programa de ayudas financieras a las Pequeñas y Medianas Empresas Industriales de Andalucía para su recapitalización se pretende paliar dicha restricción del crédito, a la vez que se promueve una mayor capitalización propia de las empresas industriales, lo que mejorará su capacidad de financiación para invertir, ganar tamaño y crear empleo. A tal efecto, se ha optado por la figura de los préstamos blandos, teniendo en cuenta la fuente de financiación (JEREMIE), que sólo contempla instrumentos de ingeniería financiera como el que nos ocupa, dado su carácter retornable que permite, una vez reembolsado, su posterior utilización para la financiación de otros proyectos. El instrumento utilizado, préstamos blandos, constituye una figura de derecho privado sujeto en su extensión a dicho régimen.
Todo ello, en relación al artículo 58.2.1º y 3º del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11º y 13º de la Constitución. Este programa supone también un cambio de la cultura de la subvención a la del incentivo en las propias políticas de apoyo empresarial, de forma que las ayudas que se promueven son reembolsables en un plazo entre 5 y 7 años, y se seleccionan las pymes, con un proceso que pivota sobre la base de tres criterios: la solvencia económica de la empresa, la calidad del proyecto empresarial y la responsabilidad social. Con ello, se pretende apostar por la cultura del riesgo y por los empresarios que quieren invertir, ganar tamaño y crear empleo.
Más información: Boletín Oficial de La Junta de Andalucía (BOJA), nº 248, de 20/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 13-43).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

1-FINANCIACIÓN PYMES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): JUSTIFICACIÓN DECRETO-LEY 10/2013

La aprobación del Decreto-Ley 10/2013, de 17 de diciembre, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía (España), sobre ayudas financieras a las pequeñas y medianas empresas industriales de Andalucía y de ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrario como consecuencia de adversidades naturales, se fundamente en los motivos expuestos a continuación.
Desde 2008 la economía española y también la andaluza están atravesando una profunda crisis económica. Para propiciar la recuperación de la economía, la convergencia económica con España y la Unión Europea, y disminuir la tasa de paro, es necesario impulsar un tejido empresarial más amplio y bien dimensionado y, sobre todo, con un mayor peso del sector industrial.
La actual crisis financiera ha agravado la situación del tejido empresarial de Andalucía. Según el Banco de España, la reducción del crédito a las actividades productivas registra las mayores caídas de la serie estadística disponible. En junio de 2013, se estaba reduciendo el crédito a las actividades productivas a un ritmo anual del 20%. Asimismo, sólo el 40% de las pymes consiguen los créditos que solicita, según ha constatado recientemente el Banco Central Europeo para el conjunto de la economía española.
En el marco de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, la mejor manera de contribuir a la superación de estos problemas es apostar por una política de desarrollo endógeno que aproveche las ventajas comparativas y competitivas de nuestras empresas, sobre todo de las pymes industriales, propiciando su crecimiento mediante procesos de recapitalización, así como, en general, favoreciendo la inversión empresarial y el empleo mediante la disminución de las trabas burocráticas y la mejora de la regulación económica.
Por ello, es urgente y necesario que desde los poderes públicos se adopten todas las medidas necesarias para reactivar la economía andaluza ante la alta tasa de paro y la adversa coyuntura económica existente. Las medidas que se implementan en este Decreto-ley han sido consensuadas en el marco del Acuerdo para el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2013, así como en el marco del Acuerdo por la Economía Social Andaluza firmado el 17 de junio de 2013.
Más información: Boletín Oficial de La Junta de Andalucía (BOJA), nº 248, de 20/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 13-43).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 20 de diciembre de 2013

9-INVESTIGACIÓN CABRA MALAGUEÑA: CONCLUSIÓN (VIII)

A continuación, se presenta la Conclusión 8, y última, del trabajo de investigación titulado Efecto del genotipo de las caseínas sobre las características de la leche de cabra mediante la aplicación de la tecnología NIRS, publicado en 2004 por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía (Sevilla, España), y cuyos autores son José Luis Ares Cea, Conrado Angulo Heras, Ana Garrido Varó, y Juan Manuel Serradilla Manrique. En este trabajo se ha estudiado el efecto del polimorfismo de los genes que codifican las fracciones de las caseínas alpha-s1 y kappa sobre la producción láctea diaria en cabras de raza Malagueña, y sobre los contenidos de proteína total, grasa, y extracto seco de la leche producida, así como su comportamiento tecnológico durante la coagulación en el proceso de elaboración de quesos y la cuantificación de los rendimientos obtenidos en su transformación quesera.
8-En aquellos rebaños de cabras de raza Malagueña que no tengan producciones de leche con unas condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, no es de esperar que la selección de los genotipos de la caseína alpha-s1 tenga una incidencia efectiva sobre el rendimiento quesero, por lo que en esos casos, y teniendo en cuenta las elevadas frecuencias de los alelos asociados a las tasas alta y media de síntesis de proteína, parece innecesario plantearse, de momento, la introducción de dicho criterio adicional a los ya existentes en el esquema de selección actual (cantidad de leche y tasa de proteína). En todo caso, en aquellas cabras productoras de leche de buena calidad higiénico-sanitaria habrá que estudiar dicho efecto en función de las prioridades en la fijación de precios por parte de las grandes industrias queseras, quienes controlan actualmente el mercado.



Fuente: Circular informativa (2004). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España)

AYUDA SEGURO AGRARIO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 25 de noviembre de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se convocan, para el año 2014, las ayudas destinadas al fomento del sistema de seguro agrario previstas en la Orden de 15 de diciembre de 2009, que se cita, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.
Por otra parte, la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 15 de diciembre de 2009, modificada por la Orden de 2 de agosto de 2012 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento del conocimiento del Sistema de Seguros Agrarios, como gestión de los riesgos naturales de la actividad agraria, en el marco del programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.
La citada Orden de 15 de diciembre dispone en su artículo 10 que, anualmente, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, se realizará la convocatoria pública para acceder a las citadas subvenciones. Estas ayudas cumplen las condiciones señaladas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Por ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones para 2014, y en ejercicio de las competencias atribuidas, se resuelve lo siguiente:
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 15 de diciembre de 2009 de la Consejería de Agricultura y Pesca, modificada por la Orden de 2 de agosto de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento del conocimiento del Sistema de Seguros Agrarios, como gestión de los riesgos naturales de la actividad agraria, en el marco del programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.
Segundo. Solicitudes y utilización de medios telemáticos.
1. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, se presentarán conforme al modelo previsto en el Anexo I de la Orden de 2 de agosto de 2012, que se publica conjuntamente con la presente Resolución.
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos conforme se establece en el artículo 10 de la Orden de 15 de diciembre de 2009.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Plazo para la realización de las actuaciones.
1. El plazo para la realización de las actuaciones subvencionables finalizará el 31 de octubre de 2014.
2. Sólo se concederán las ayudas previstas en esta convocatoria para las actividades realizadas con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y una vez que la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera comunique al solicitante que, a falta de un análisis pormenorizado de la solicitud, ésta cumple los requisitos de elegibilidad de las inversiones subvencionadas y que se cuenta con dotación presupuestaria suficiente para atenderla, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.3 de la referida Orden de 15 de diciembre de 2009.
Quinto. Solicitud de pago parcial.
La solicitud de pago parcial, en su caso, se presentará como máximo hasta el 1 de junio de 2014 incluido. El modelo de solicitud de pago parcial que se utilizará es el que figura como Anexo II de la presente Resolución. La justificación se atendrá a lo dispuesto en el artículo 20 de la Orden de 15 de diciembre de 2009.
Sexto. Solicitud de pago final.
La solicitud de pago final se presentará como máximo hasta el 15 de noviembre de 2014 incluido. El modelo de solicitud de pago que se utilizará es el que figura como Anexo III de la presente Resolución. La justificación se atendrá a lo dispuesto en el artículo 20 de la Orden de 15 de diciembre de 2009.
Séptimo. Plazo máximo para resolver.
De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 de la referida Orden de 15 de diciembre de 2009, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, pudiendo entenderse desestimada si transcurrido este plazo no hubiera recaído resolución expresa de acuerdo con lo establecido en el último párrafo del artículo 120.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Octavo. Financiación.
1. La presente ayuda se cofinanciará con cargo al Fondo Europeo Agrícola y de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75% y el 25% restante con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La aplicación presupuestaria a la cual se imputarán las ayudas correspondientes al año 2014 será: 3.1.15.00.11.00.78203.71C.4.2014.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 15 de diciembre de 2009, la concesión de estas ayudas quedará sujeta, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes en la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, no pudiendo superar la cuantía total máxima de 600.000,00 euros.
Noveno. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 25 de noviembre de 2013, por el Director General, Rafael Olvera Porcel.
Más información: Boletín Oficial de La Junta de Andalucía (BOJA), nº 248, de 20/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 44-51).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)









jueves, 19 de diciembre de 2013

8-PLAN DE PROMOCIÓN QUESO DE CABRA 1987 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): INSTALACIÓN DE REFRIGERACIÓN INSTANTÁNEA

Existen dos tipos de sistemas principales de conservación de la leche mediante el proceso de enfriamiento, uno de ellos conocido como de producción de 'frío instantáneo', cuyo esquema se adjunta a continuación, mostrando sus principales elementos componentes; el otro tipo de instalación es el denominado 'tanque de frío'. Ambos sistemas se han estudiado, para evaluar su utilización en las nuevas asociaciones caprinas en las tres provincias orientales de Andalucía (España), objeto del Plan de Promoción del sector Cabra-Queso, que se puso en marcha por primera vez en 1987, organizado por la Dirección de Planificación y Desarrollo de SODIAN, bajo la presidencia de Gerardo de las Casas Gómez, director general de Agricultura, Ganadería y Montes de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. 
Este Plan cuenta con la participación de diversas instituciones, entre ellas, las Diputaciones de las tres provincias implicadas inicialmente en esta prospección, la Universidad de Córdoba, y varias entidades financieras (Cajalmeria, Caja Rural, y las Cajas de Ahorros de Antequera, Granada, Málaga y Ronda).
En el croquis adjunto aparecen los siguientes elementos integrantes del sistema de frío instantáneo: la cuba o depósito de recepción de leche (35-37 ºC), la bomba de impulsión, el filtro intermedio de depuración, el intercambiador de placas (platos), el depósito o 'balsa' de almacenamiento de agua helada, el tanque isotermo de conservación final (4-6 ºC). Este sistema se suele utilizar en procesos de abastecimiento de leche en forma continua, a medida que los ganaderos van entregando sus volúmenes de producción en los centros receptores. Predomina en instalaciones de más de 10.000 litros diarios de recepción de leche.
Según los datos recogidos, este tipo de instalación es algo más barata que la opción de los tanques de frío individuales, el tiempo de enfriamiento es menor, pero sin embargo, requiere unos mayores costes de mantenimiento; su empleo está más extendido en aquellas rutas de recogida muy largas, donde la leche sufre frecuentes incrementos de temperatura durante el transporte hasta su entrega en los centros de recepción.
El asesor científico de la AQAA, José Luis Ares, ha colaborado con el equipo de trabajo de este Plan.

Fuente: Circular informativa (1998). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España).
José Luis Ares Cea (coordinador de la Planta Piloto de Lácteos, Consejería de Agricultura y Pesca)

9-TRANSFERENCIA LÁCTEA: CONCLUSIÓN (IX) ENCUENTRO EMPRESARIAL SECTOR LÁCTEO 2012 (LOJA, ESPAÑA)

A continuación, se incluye la Conclusión 9 de la jornada técnica sobre "El Sector Lácteo Andaluz ante la nueva normativa de Calidad", que ha organizado el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IFAPA), con la colaboración del Grupo de Desarrollo Rural del Poniente Granadino y la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA), y que se celebró el día 12 de septiembre de 2012 en la localidad de Loja (Granada, España).
En este encuentro profesional en el que se dieron cita representantes de todos los eslabones del sector lácteo: productores de leche, empresas artesanales de transformación, queserías de campo o granja, industrias lácteas, asociaciones de ganaderos, criadores de razas autóctonas, así como técnicos y profesionales de entidades e instituciones públicas y privadas que trabajan o colaboran en esta actividad productiva, se elaboraron un total de trece conclusiones en base a las aportaciones de los numerosos participantes en el evento.
9-Los ganaderos productores de leche y queseros artesanos solicitan a la Consejería de Agricultura , Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía información sobre los programas de mejora de calidad de leche en las explotaciones ganaderas andaluzas, así como las actuaciones previstas en los controles oficiales a lo largo de la cadena, desde su almacenamiento en origen, en los circuitos y rutas de transporte, en los centros de recepción, y en los establecimientos de transformación e industrias lácteas. Existe en la actualidad, un gran desconocimiento sobre la normativa aplicable en la materia y en la recogida de información exigida al sector para su incorporación en la base de datos 'Letra Q'. Se han diseñado un programa de cursos específicos, bajo la coordinación del Ifapa, pero su divulgación no está llegando, en tiempo y forma, al conjunto del sector lácteo andaluz.




Fuente: Circular informativa (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (coordinador del evento)

8-INVESTIGACIÓN CABRA MALAGUEÑA: CONCLUSIÓN (VII)

A continuación, se presenta la Conclusión 7 del trabajo de investigación titulado Efecto del genotipo de las caseínas sobre las características de la leche de cabra mediante la aplicación de la tecnología NIRS, publicado en 2004 por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía (Sevilla, España), y cuyos autores son José Luis Ares Cea, Conrado Angulo Heras, Ana Garrido Varó, y Juan Manuel Serradilla Manrique. En este trabajo se ha estudiado el efecto del polimorfismo de los genes que codifican las fracciones de las caseínas alpha-s1 y kappa sobre la producción láctea diaria en cabras de raza Malagueña, y sobre los contenidos de proteína total, grasa, y extracto seco de la leche producida, así como su comportamiento tecnológico durante la coagulación en el proceso de elaboración de quesos y la cuantificación de los rendimientos obtenidos en su transformación quesera.

7-El nivel higiénico-sanitario de la leche tiene una enorme influencia sobre el proceso de elaboración de los quesos experimentales, aspecto éste que ha sido demostrado en este estudio cuando se presentaban valores anormales de pH y de recuentos de células somáticas en los análisis de laboratorio, completados con un mal comportamiento durante la coagulación mediante la determinación de los parámetros tromboelastográficos, y en los propios resultados del rendimiento quesero medidos en las condiciones de trabajo en miniquesería, lo cual impide observar la influencia real de la caseína alpha-s1 cuando la calidad de la leche es deficiente para su transformación en queso. 




Fuente: Circular informativa (2004). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España)