lunes, 1 de junio de 2015

INFOEMPLEO: CONVOCATORIA DE BECAS AGENCIA ESTATAL BOE (ESPAÑA) RESOLUCIÓN 7/5/2015

Mediante la Resolución de 7 de mayo de 2015, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, del Ministerio de la Presidencia del Gobierno de España, se convocan becas de formación de postgraduados.

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, dentro de su programa de formación y de conformidad con la Orden PRE/1023/2011, de 13 de abril, publicada en el diario oficial de 25 de abril, que establece las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y de conformidad con el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto, ha resuelto convocar seis becas para la realización de actividades de formación en tratamiento y difusión de la documentación jurídica y los fondos documentales de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado para titulados universitarios con arreglo a las siguientes bases:

I. Objeto y condiciones de las becas.
1. Las becas tienen por objeto el fomento de la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con el estudio, tratamiento y difusión de la documentación jurídica y de los fondos documentales de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
2. El período de disfrute de la beca será de doce meses prorrogables por otros doce, previa solicitud, con tres meses de antelación a que se cumpla el primer período, y su correspondiente autorización por parte del Organismo.
3. No podrán solicitar las becas quienes hayan disfrutado anteriormente de una beca en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado con la misma finalidad, salvo que hubieran disfrutado de las mismas por un periodo inferior a seis meses.
4. Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y dirección de un tutor, quien definirá las tareas a realizar.
5. El disfrute de la beca no supone prestación de servicios o relación laboral o funcional alguna con la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ni con el Ministerio de la Presidencia, ni implica por parte de esta Agencia ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla del mismo.
6. El disfrute de las becas a que se refiere la presente resolución será incompatible con cualquier otra beca, subvención o ayuda concedida por organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, en coincidencia temporal con aquellas.

II. Requisitos de los solicitantes.
1. Pueden solicitar la concesión de la beca las personas físicas que, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan las siguientes condiciones:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se deberá poseer un conocimiento del idioma español a nivel C2 del Marco Común Europeo.
b) Tener residencia legal en España en la fecha de inicio del disfrute de la beca.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener un título de licenciado o de grado, de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales. Los títulos universitarios obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
d) Haber obtenido dicho título en el año académico 2010 o años posteriores.
e) Formación específica en materias jurídicas, o de gestión documental, archivística y biblioteconomía.
f) No estar inhabilitado o incurso en prohibición para recibir becas o subvenciones públicas y estar al corriente de pago de obligaciones tributarias y de seguridad social.
2. Además de los requisitos exigidos en el artículo 2 de la Orden PRE/1023/2011, de 13 de abril («BOE» del 25 de abril), los solicitantes deberán poseer la capacidad funcional para la realización efectiva de la formación teórico-práctica y no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad territorial.

III. Dotación.
La dotación de las becas será de 1.000 euros mensuales, imputándose la subvención al concepto 480 (Becas de postgrado) del presupuesto del Organismo.
Los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.
Firmada en Madrid, a 7 de mayo de 2015, por el Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Manuel Tuero Secades.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 116, de 15/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5421, páginas 42049-42055).


José Luis Ares Cea (docente)

INVESTIGACIÓN: 7-GRASA SALUDABLE LECHE DE PEQUEÑOS RUMIANTES

Analizando la naturaleza físico-química de la ración alimentaria suministrada a las ovejas, y su efecto sobre el contenido en grasa de la leche obtenida, hay que destacar que el modelo de fermentación ruminal depende esencialmente de la cantidad y calidad de la fracción fibrosa de la dieta. En este sentido, el empleo de alimentos concentrados ricos en carbohidratos no estructurales, la caída en la razón forraje/concentrado de la dieta, el menor tamaño de partícula de la fibra, o la presentación de ésta en forma granulada, son aspectos tendentes a hacer menos eficiente el proceso de formación de acetato y butirato, que son los principales precursores de los ácidos grasos sintetizados en la glándula mamaria, produciéndose en consecuencia, una leche de menor contenido en grasa. 

Por otra parte, existen numerosos estudios que indican un efecto negativo en las dietas con un alto nivel de concentrado (superior al 60% de la materia seca), sobre el contenido en grasa de la leche de oveja, lo que se debería esencialmente, a la implantación a nivel del rumen de una rápida degradación de los carbohidratos no estructurales, con una caída sensible del pH, alterándose la cantidad y composición de la proteína microbiana, que limita la degradación de los carbohidratos estructurales. 

Igualmente ocurre con la disminución del porcentaje graso de la leche obtenida al suministrar a las ovejas dietas granuladas diferentes en cuanto a su contenido en energía y proteína.



Autoría: M.R Sanz Sampelayo y J. Boza (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

REFRANERO QUESERO-84

"¡No me lo digas con vino de garrafón, 
dímelo con queso del bodegón!" 


Fuente: La actividad quesera, por su antigüedad y su amplia distribución geográfica en la mayoría de los países del mundo, cuenta con un refranero muy rico, donde las frases, dichos, comentarios, consejos, experiencias, se entremezclan armoniosamente con los nombres de las tareas realizadas diariamente y con las singulares denominaciones que identifican a los útiles y aperos tradicionales empleados en las distintas regiones rurales. Muchas de estas frases son de origen desconocido, por lo que al publicarlas en esta sesión del blog, es mi intención difundirlas entre los que trabajan en este sector y en la sociedad en su conjunto, a modo de modesto pero merecido reconocimiento a sus creadores y, al mismo tiempo, conservar estas auténticas joyas de la sabiduría popular para hacerlas llegar a las generaciones presentes y futuras. Incluso, ocasionalmente, se presentan en este refranero quesero, algunas aportaciones personales, con gran osadía por mi parte (José Luis Ares).

jueves, 28 de mayo de 2015

JORNADA FORMATIVA PARA TOMADORES DE MUESTRAS DE LECHE 2015-4 (ESPAÑA)

La última Jornada formativa de Tomadores de muestras de leche del presente año, organizada por el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IFAPA), se celebrará el día 4 de junio de 2015 en el centro IFAPA de Hinojosa del Duque (España), y está cofinanciada al 80% por el Fondo Social Europeo (FSE), en el marco del Programa Operativo FSE de Andalucía 2007-20013. 

Esta actividad formativa, de carácter presencial, está dirigida a los productores de leche (ganaderos), técnicos y empresarios del sector lácteo (empresas artesanales e industriales), así como nuevos emprendedores del sector. Los contenidos teórico-prácticos del programa se centran en las siguientes temáticas: Normativa y legislación específica aplicada en los controles del sector lácteo, Verificación a nivel de explotación lechera, y Procedimiento para la toma de muestras de leche. La duración de la actividad formativa es de cinco horas lectivas. 




Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 27 de mayo de 2015

EVENTOS: CONGRESO DE PRODUCCIÓN CAPRINA 2015 (ARGENTINA)

El II Congreso de Producción Caprina se ha celebrado durante los días 6 al 8 de mayo de 2015 en la ciudad de La Rioja (Argentina). Este evento esta organizado por el Gobierno de la provincia de La Rioja, contando con el patrocinio de distintas instituciones y entidades. 

Este evento, dirigido a productores, profesionales, y estudiantes, ha coincidido con la celebración del Foro Nacional de Productores Caprinos y el IX Congreso de ALEPRyCS, convirtiéndose así en una referencia importante para este sector productivo en expansión en Argentina. 





Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

MÁSTER EN INGENIERÍA INDUSTRIAL DE UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA): PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 15/4/2015

Mediante la Resolución de 15 de abril de 2015, de la Universidad de Sevilla (España), se publica el plan de estudios de Máster en Ingeniería Industrial.

Obtenida la verificación positiva del plan de estudios por parte del Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Andaluza del Conocimiento, y una vez establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de septiembre de 2014 (BOE de 18 de octubre), este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, ha resuelto ordenar la publicación del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster Universitario en Ingeniería Industrial por la Universidad de Sevilla, que quedará estructurado según figura en los siguientes anexos.
Firmada en Sevilla, a 15 de abril de 2015, por el Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5542, páginas 42830 y 42831).


José Luis Ares Cea (docente)

INVESTIGACIÓN: 6-GRASA SALUDABLE LECHE DE PEQUEÑOS RUMIANTES

Entre los aspectos a considerar respecto a la composición de la dieta consumida por los pequeños rumiantes y su efecto sobre el contenido en grasa de la leche producida, existen numerosos estudios sobre el nivel de ingesta del animal.

En primer lugar, hay que tener en cuenta que tanto la leche de oveja como la de cabra se utilizan mayoritariamente en España para la elaboración de quesos, determinando la industria quesera su precio en función de su composición o extracto quesero, medido en porcentajes o grados de grasa y proteína. Numerosos especialistas han demostrado el efecto directo de ambos componentes de la leche en la determinación del rendimiento quesero. Por otra parte, también ha sido estudiado ampliamente la influencia de ambos en las cualidades organolépticas de los quesos, como por ejemplo la cremosidad depende en gran medida de la grasa de la leche, y de la composición de la misma. Asimismo, se ha asociado el sabor característico de los quesos de cabra  a su contenido en ácidos grasos de cadena corta (C6-C10), así como de los de cadenas ramificadas con menos de 11 átomos de carbono.

No obstante, conviene recordar que la cantidad de leche producida por el pequeño rumiante está relacionada en proporción inversa a la concentración de sus principales componentes, entre ellos, la grasa. Esta relación no se puede olvidar a la hora de optimizar las cantidades de leche producida en los diferentes rebaños, en función de su destino y precio finales. Esta situación determina que el efecto del nivel de ingesta del animal o ingesta energética, resulte negativo en cuanto al contenido en grasa de la leche. Hay estudios realizados en ovejas que muestran que una mayor ingesta energética provoca un incremento notable en la cantidad de leche producida, al parecer por tratarse de un animal cuya capacidad de producción lechera normalmente no ha sido alcanzada. En cambio, en la cabra existen estudios que revelan una mayor dependencia de la capacidad productiva de cada animal. De estos estudios parecen vislumbrarse dos estrategias alimentarias diferentes en ambas especies.





Autoría: M.R Sanz Sampelayo y J. Boza (2005)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)