jueves, 16 de abril de 2015

INFOEMPLEO: CONVOCATORIA BECAS UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (ESPAÑA) RESOLUCIÓN 11/12/2014

Mediante la Resolución de 11 de diciembre de 2014, de la Universidad Internacional de Andalucía (España), se convocan becas de colaboración para el desarrollo de distintos programas.

La Universidad Internacional de Andalucía convoca tres (3) becas de colaboración para egresados, de títulos oficiales universitarios, con el objeto de fortalecer la formación práctica en materia de igualdad, relaciones institucionales e innovación, con sujeción a las siguientes bases:

Base 1. Objeto de la convocatoria.
Se convocan tres becas (3) de colaboración práctica para el desarrollo de distintos programas:
1. Políticas de género y desarrollo de planes de igualdad.
2. Desarrollo de relaciones institucionales con empresas y programas de inserción laboral.
3. Difusión, edición y gestión de contenidos online en la UNIA.
Están destinadas a egresados que cumplan las condiciones establecidas en la presente convocatoria.

Base 2. Requisitos generales de los candidatos.
- Haber cursado y finalizado, con obtención de título, titulación universitaria oficial.
- No haber disfrutado con anterioridad de una beca de colaboración en la Universidad Internacional de Andalucía durante los doce meses anteriores a la fecha de esta convocatoria.
- No haber renunciado a una beca de la UNIA sin causa justificada.
- Entregar la solicitud dentro del plazo establecido, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida.
- Cumplir con los requisitos específicos del perfil indicado para cada una de las tipos de becas (Anexo I).

Base 3. Duración de la beca de formación práctica.
Las actividades relacionadas con estas becas tendrán una duración de 9 meses improrrogables, contados a partir del comienzo de cada una de ellas.

Base 4. Dedicación.
La beca de colaboración práctica supondrá una dedicación de 30 horas semanales, durante el periodo contemplado en la base 3, teniendo derecho a la parte correspondiente de vacaciones. El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del tutor/a y previo acuerdo con la persona becada, en mañanas y/o tardes, debiendo tener disponibilidad para movilidad geográfica en el ámbito territorial de la actividad de la universidad.
Firmada en Sevilla, a 11 de diciembre de 2014, por el Rector, Eugenio Domínguez Vilches.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 249, de 22/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 242-250).


José Luis Ares Cea (docente)

INFOEMPLEO: CONCURSO INVESTIGADORES Y TÉCNICOS UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA) BASES REGULADORAS 2015

Mediante la Resolución de 17 de diciembre de 2014, de la Universidad de Granada (España), se establecen para el año 2015 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Proyectos, Grupos y Convenios de Investigación.

Resolución de 17 de diciembre de 2014 de la Universidad de Granada, por la que se establecen para el año 2015 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Proyectos, Grupos y Convenios de Investigación.

La Universidad de Granada convoca a concurso público contratos de personal investigador y técnico adscritos a Proyectos, Grupos y Convenios de Investigación durante el año 2014 con el calendario que figura como Anexo a esta Resolución, y con arreglo a las siguientes bases.
Firmada en Granada, a 17 de diciembre de 2014, por el Rector, Francisco González Lodeiro.



Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 250, de 23/12/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 379-382).


José Luis Ares Cea (docente)

INFOEMPLEO: CONCURSO DE MÉRITOS PROFESORADO UNIVERSIDAD DE JAÉN (ESPAÑA) CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 27 de noviembre de 2014, de la Universidad de Jaén (España), se convoca concurso público para la adjudicación de plazas de Profesor/a Asociado/a Laboral y Profesor/a Ayudante Doctor/a. Curso 2014/2015.

Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y el Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (BOJA de 8 de agosto), reformados mediante Decreto 235/2011 de 12 de julio (BOJA de 28 de julio), y tras la preceptiva autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (mediante Orden de 10 de octubre de 2014) para la contratación temporal de profesorado en las universidades públicas de Andalucía para el curso 2014/2015, se convocan, a concurso de méritos, las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.

Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por Ley 4/2007, el Decreto Legislativo 1/2013 de 8 de enero por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, así como el R.D. 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado y Estatutos de la Universidad de Jaén, en cuanto no se opongan a las leyes citadas anteriormente, y demás normas que fuesen de aplicación y se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Las siguientes bases específicas y generales vinculan a la Administración, a las Comisiones de Selección y a todas las personas aspirantes que participen en el presente concurso.
Firmada en Jaén, a 27 de noviembre de 2014, por el Rector, Manuel Parras Rosa.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 254, de 30/12/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 65-79).


José Luis Ares Cea (docente)

ACREDITACIÓN TITULACIONES SISTEMA UNIVERSITARIO ANDALUZ (ESPAÑA): PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN RESOLUCIÓN 19/12/2014

Mediante la Resolución de 19 de diciembre de 2014, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se acuerda el inicio del plazo y el procedimiento para la elaboración de la propuesta de renovación de la acreditación de las titulaciones oficiales de grado y máster del Sistema Universitario Andaluz.

El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordados por la Comunidad Autónoma. En el artículo 35 se indica que las Universidades deberán poseer la autorización pertinente de la Comunidad Autónoma y la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno para impartir enseñanzas oficiales, y expedir los correspondientes títulos oficiales.

En desarrollo de lo anterior, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, recoge en su artículo 27 bis que la acreditación inicial de los títulos iniciales debe ser renovada periódicamente a partir de la fecha de su verificación o desde la fecha de su última acreditación y, a tal fin, la universidad efectuará la correspondiente solicitud de acuerdo con el procedimiento y plazos que las comunidades autónomas establezcan.

Con el fin de elaborar la propuesta de implantación o supresión para el próximo Decreto de Titulaciones, de las titulaciones universitarias oficiales de grado y máster de las universidades del Sistema Universitario Andaluz, y poder cumplir lo establecido en el artículo 27 bis del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, se hace necesario iniciar el plazo y el procedimiento para renovación de la acreditación, que de acuerdo con el artículo 7.1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, corresponde a la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Para tal fin, y dado que la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, establece en su artículo 27 que a la Agencia Andaluza del Conocimiento le corresponde ejercer las competencias de evaluación y acreditación de las actividades universitarias, y que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, cumple con los criterios y estándares de calidad establecidos por la Comisión Europea, siendo miembro de pleno derecho de la Asociación Europea para el Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (European Association for Quality Assurance in Higher Education, ENQA), y se encuentra inscrita en el Registro Europeo de Agencias de Calidad (EQAR), se considera adecuado que la misma sea la que analice y evalúe la renovación de la acreditación de las titulaciones universitarias oficiales de grado y máster de las universidades del Sistema Universitario Andaluz.

Como consecuencia de todo lo expuesto, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, y previo informe favorable de 2 diciembre de 2014, de la Comisión Académica del Consejo Andaluz de Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 80 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, y de acuerdo con el artículo 7.1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, y el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se resuelve lo siguiente:

Primero. Con el objeto de poder elaborar la propuesta de implantación o supresión de los títulos universitarios de grado y máster, se acuerda el inicio del plazo y el procedimiento para la presentación de solicitudes para la renovación de la acreditación de las titulaciones universitarias oficiales de grado y máster de las universidades del Sistema Universitario Andaluz, que tengan que ser renovadas antes del curso 2015-2016, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2207, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias.

Segundo. El procedimiento se iniciará mediante la presentación de la solicitud de renovación de la acreditación, por parte de las universidades interesadas, de cada uno de sus títulos, debidamente suscrita por el Rector o Rectora, ante la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, conforme al modelo normalizado disponible en la aplicación informática de Seguimiento y Renovación de la Acreditación, accesible desde la dirección web deva.aac.es.
Asimismo, la documentación complementaria a la solicitud se presentará preferentemente de forma telemática a través de la aplicación informática de Seguimiento y Renovación de la Acreditación, accesible desde la dirección web deva.aac.es.
Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los registros siguientes:
Preferentemente en el Registro de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el Registro Administrativo de la Agencia Andaluza del Conocimiento, en los Registros de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo o en los Registros de los demás órganos administrativos, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
http://www.chap.juntaandalucia.es/haciendayadministracionpublica/clara/cprTramites.html

Tercero. La Agencia Andaluza del Conocimiento, una vez comprobado que la solicitud y la titulación cumplen los requisitos para la renovación de la acreditación, procederá a la tramitación del expediente de evaluación, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 27 bis, del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

Cuarto. El plazo para presentar la solicitud de renovación de la acreditación, se iniciará al día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finalizará el 31 de enero de 2015.

Quinto. Establecer que para aquellas titulaciones que hayan seguido el proyecto piloto de renovación con carácter voluntario, si las resoluciones de la renovación de la acreditación fuesen favorables, se incorporarán a la propuesta de implantación de las titulaciones universitarias oficiales de grado y máster de las universidades del Sistema Universitario Andaluz en el próximo Decreto de Titulaciones, considerándose a todos los efectos que han renovado la acreditación.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada, ante el Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Sevilla, a 19 de diciembre de 2014, por el Secretario General, Francisco Andrés Triguero Ruiz.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 252, de 26/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 29 y 30).


José Luis Ares Cea (docente)

INVESTIGACIÓN: ANALÍTICA QUESO BOLA (ESPAÑA)

A continuación, se presentan los resultados analíticos de los principales parámetros cualitativos del queso Bola elaborado con leche de vaca y comercializado en España. Los datos que se muestran corresponden al trabajo de investigación sobre caracterización de productos lácteos españoles reseñado anteriormente en este blog (entrada 23/01/2015).

1-Composición química (valores medios y desviaciones típicas, en peso por 100 gramos de muestra):
-Humedad = 43,6 ± 1,8 (mínimo = 41,9 máximo = 46,6)
-Grasa = 26,3 ± 2,1 (mínimo = 23,5 máximo = 29,5)
-Proteína = 23,6 ± 2,4 (mínimo = 21,4 máximo = 28,3)
-Ácido láctico = 1,1 ± 0,1 (mínimo = 0,9 máximo = 1,3)
-Cenizas = 4,5 ± 0,3 (mínimo = 4,0 máximo = 4,9)
-Humedad del queso magro = 59,3 ± 2,7 (mínimo = 55,3 máximo = 63,4)
-Grasa del extracto seco total = 46,8 ± 3,7 (mínimo = 41,4 máximo = 50,9)

2-Valor energético (valores medios y desviaciones típicas, en peso por 100 gramos de muestra):
-Calorías = 331 ± 13 (mínimo = 312 máximo = 353)

3-Minerales (valores medios y desviaciones típicas, en peso por 100 gramos de muestra):
3.1. Sal (gramos):
-Cloruro sódico (ClNa): 2,22 ± 0,21 (mínimo = 1,94 máximo = 2,51)
3.2. Macrominerales (miligramos):
-Calcio (Ca): 734 ± 43 (mínimo = 661 máximo = 800)
-Fósforo (P): 467 ± 34 (mínimo = 426 máximo = 517)
-Sodio (Na): 649 ± 168 (mínimo = 507 máximo = 1010)
-Potasio (K): 67 ± 11 (mínimo = 51 máximo = 81)
-Magnesio (Mg): 19 ± 2 (mínimo = 16 máximo = 23)
3.3. Microminerales (microgramos):
-Cinc (Zn): 2708 ± 197 (mínimo = 2381 máximo = 2980)
-Hierro (Fe): 736 ± 307 (mínimo = 507 máximo = 1349)
-Cobre (Cu): 76 ± 8 (mínimo = 65 máximo = 88)
-Manganeso (Mn): 68 ± 30 (mínimo = 33 máximo = 129)

4-Ácidos grasos (valores medios y desviaciones típicas, en peso por 100 gramos de muestra):
4.1. Ácidos grasos mayoritarios (en porcentaje de los ácidos grasos totales):
-Ácido butírico (C 4:0-C3H7CO2H): 3,3 ± 0,5 (mínimo = 2,8 máximo = 4,3)
-Ácido caproico (C 6:0-C5H11CO2H): 2,8 ± 0,2 (mínimo = 2,5 máximo = 3,1)
-Ácido caprílico (C 8:0-C7H15CO2H): 1,6 ± 0,2 (mínimo = 1,4 máximo = 2,0)
-Ácido cáprico (C 10:0-C9H19CO2H): 3,4 ± 0,3 (mínimo = 2,7 máximo = 3,8)
-Ácido láurico (C 12:0-C11H23CO2H): 3,6 ± 0,3 (mínimo = 3,1 máximo = 3,9)
-Ácido mirístico (C 14:0-C13H27CO2H): 11,8 ± 0,5 (mínimo = 11,0 máximo = 12,6)
-Ácido miristoleico (C 14:1-C13H25CO2H): 2,3 ± 0,2 (mínimo = 2,1 máximo = 2,6)
-Ácido pentadecílico (C 15:0-C14H29CO2H): 1,8 ± 0,2 (mínimo = 1,6 máximo = 2,0)
-Ácido palmítico (C 16:0-C15H31CO2H): 28,2 ± 2,2 (mínimo = 25,7 máximo = 31,5)
-Ácido palmitoleico (C 16:1-C15H29CO2H): 4,2 ± 0,2 (mínimo = 4,1 máximo = 4,5)
-Ácido margárico (C17:0-C16H33CO2H): 1,5 ± 0,2 (mínimo = 1,2 máximo = 1,8)
-Ácido esteárico (C 18:0-C17H35CO2H): 7,6 ± 0,8 (mínimo = 6,2 máximo = 8,6)
-Ácido oleico (C 18:1-C17H33CO2H): 22,4 ± 1,9 (mínimo = 19,6 máximo = 24,8)
-Ácido linoleico (C 18:2-C17H31CO2H): 2,5 ± 0,4 (mínimo = 1,9 máximo = 3,0)
-Ácido linolénico (C 18:3-C17H29CO2H): 1,4 ± 0,2 (mínimo = 1,2 máximo = 1,9)
4.2. Ácidos grasos libres totales (ml de KOH 0,5 N/ g queso):
-AGLT: 0,99 ± 0,11 (mínimo = 0,83 máximo = 1,20)

5-Distribución del nitrógeno (valores medios y desviaciones típicas, en peso por 100 gramos de muestra):
5.1. Fracciones nitrogenadas (en porcentaje del nitrógeno total):
-Nitrógeno soluble (NS): 24,3 ± 5,2 (mínimo = 13,9 máximo = 29,8)
-Nitrógeno no proteico (NNP): 15,7 ± 5,1 (mínimo = 8,3 máximo = 22,6)
-Nitrógeno amínico (NF): 5,7 ± 0,7 (mínimo = 5,0 máximo = 7,0)
-Nitrógeno amoniacal (N-NH3): 0,8 ± 0,2 (mínimo = 0,6 máximo = 1,3)
5.2. Caseínas (en porcentaje relativo):
-Pre-alfa-caseína: 15,4 ± 2,5 (mínimo = 12,5 máximo = 18,9)
-Alfa-caseína: 21,7 ± 1,9 (mínimo = 18,2 máximo = 24,3)
-Beta-caseína: 27,8 ± 7,9 (mínimo = 19,7 máximo = 43,9)
-Gamma-caseína: 30,9 ± 6,6 (mínimo = 18,2 máximo = 38,3)
-Origen (caseína inmóvil): 5,0 ± 1,5 (mínimo = 3,5 máximo = 7,5)
5.3. Tirosina y triptófano solubles (en miligramos/ 100 gramos de muestra):
-Tirosina (Tyr-NS): 108 ± 39 (mínimo = 50 máximo = 178)
-Triptófano (Trp-NS): 104 ± 22 (mínimo = 70 máximo = 135)

6-Medidas de pH y actividad del agua (valores medios y desviaciones típicas, en peso por 100 gramos de muestra):
6.1. pH (en unidades, escala 0-14):
-pH: 5,17 ± 0,11 (mínimo = 4,97 máximo = 5,35)
6.2. Actividad del agua (Aw en unidades, escala 0,0-1,0):
-Aw experimental: 0,957 ± 0,010 (mínimo = 0,945 máximo = 0,969)
-Diferencia Aw experimental calculada ecuación-1: -0,0137 ± 0,0069 (mín = -0,0254 máx = -0,0070)
-Diferencia Aw experimental calculada ecuación-2: 0,0068 ± 0,0064 (mín = -0,0032 máx = 0,0156)
-Diferencia Aw experimental calculada ecuación-3: 0,0057 ± 0,0063 (mín = -0,0035 máx = 0,0115)



Autoría: A. Marcos y colaboradores (1985)
José Luis Ares Cea (recopilación científica)

miércoles, 15 de abril de 2015

TITULACIÓN EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS DE UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 23/10/2014

Mediante la Resolución de 23 de octubre de 2014, de la Universidad de Málaga (España), mediante la que se publica modificación del plan de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Graduado/a en Administración y Dirección de Empresas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 26.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, una vez establecido el carácter oficial del título de Graduado/a en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Málaga y llevada a cabo su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos por Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de octubre de 2010 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 273, del día 11 de noviembre de 2010), mediante resolución de esta Universidad fechada a 16 de diciembre de 2010 se ordenó la publicación del plan de estudios conducente a la obtención de las referidas enseñanzas en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Habiéndose tramitado, conforme a lo establecido en el artículo 28 del Real Decreto 1393/2007, modificaciones en el citado plan de estudios, y una vez obtenido, el 10 de junio de 2014, el preceptivo y determinante informe favorable de la Agencia Andaluza del Conocimiento, este Rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, resuelve ordenar la publicación de la modificación del plan de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Graduado/a en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Málaga, que quedará estructurado según se hace constar en el anexo de esta Resolución.
Firmada en Málaga, a 23 de octubre de 2014, por la Rectora, Adelaida de la Calle Martín.




Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 238, de 5/12/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 25-29).


José Luis Ares Cea (docente)

TITULACIÓN EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS DE UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 25/11/2014

Mediante la Resolución de 25 de noviembre de 2014, de la Universidad de Córdoba (España), se publica la modificación del Plan de Estudios de Graduado/Graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 28 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se establece el procedimiento para la modificación de Planes de Estudios ya verificados y una vez recibido informe favorable de la Agencia Andaluza del Conocimiento a las modificaciones presentadas del Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad de Córdoba, publicado en BOE de 11 de junio de 2011.

Este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.3 del Real Decreto 1393/2007 anteriormente citado, ha resuelto ordenar la publicación de la modificación del Plan de Estudios del título de Graduado/Graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad de Córdoba, que queda estructurado según consta en el Anexo a esta Resolución.
Firmada en Córdoba, a 25 de noviembre de 2014, por el Rector, José Carlos Gómez Villamandos.



Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 33, de 18/02/2015 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 84-88).


José Luis Ares Cea (docente)