jueves, 11 de julio de 2013

3-INTERNACIONALIZACIÓN ECONOMÍA ANDALUZA (ESPAÑA): FORMULACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2014-2020

Continuando con el Acuerdo de 2 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), por el que se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza para el período 2014-2020, se detallan los siguientes apartados (cuarto a noveno):
Cuarto. Contenido del Plan Estratégico.
El contenido mínimo del Plan será el siguiente, para el período 2014-2020:
  • a) Un diagnóstico exhaustivo de la realidad andaluza en su comercio e inversiones exteriores, analizando todos los ámbitos relacionados, entre ellos, los sectores de actividad económica, el tejido empresarial y el empleo. De manera especial se contará con un diagnóstico sobre los mercados exteriores como oportunidad de negocio para las empresas andaluzas.
  • b) Los objetivos a conseguir durante la vigencia del Plan, concretando los objetivos temáticos y objetivos específicos.
  • c) Definición de las estrategias a seguir para alcanzar los objetivos.
  • d) La programación de las actuaciones necesarias para la ejecución y aplicación del Plan, con indicación de los plazos, costes y fuentes de financiación.
  • e) Compromiso financiero vinculado a las estrategias definidas.
  • f) Los mecanismos adecuados para el seguimiento y verificación, tanto de manera intermedia como final, del grado de cumplimiento de sus objetivos, así como para la fiscalización y control de la ejecución de sus previsiones y determinaciones, con la participación de los agentes económicos y sociales.
  • g) Los supuestos y condiciones de revisión y de modificación del Plan.

Quinto. Elaboración y coordinación.
1-Corresponderá a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la coordinación con el resto de consejerías de la Junta de Andalucía, de las actuaciones dirigidas a la elaboración del Plan Estratégico, a partir de la documentación y estudios técnicos necesarios. A este fin, se crea la Comisión de Redacción del Plan, presidida por la Consejería Delegada de Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, y de la cual formará parte una persona representante de cada una de las restantes consejerías de la Junta de Andalucía.
2-Corresponde a Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior la dirección técnica y seguimiento de los trabajos necesarios para el impulso de la aprobación del Plan, así como el análisis de las alegaciones e informes emitidos y la elaboración de las correspondientes propuestas.

3-Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, para el desarrollo de los trabajos necesarios, podrá crear, impulsar y coordinar los grupos de trabajo técnico de carácter temático o monográfico que sean necesarios para facilitar el logro de los objetivos marcados y la participación de los agentes económicos y sociales.

Sexto. Tramitación.
1-El proyecto del Plan Estratégico 2014-2020 deberá estar elaborado antes de finalizar el año 2013.

2-El documento será consensuado con los agentes económicos y sociales, en la Comisión de Seguimiento y Evaluación de las políticas de internacionalización, constituida en el marco del VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía.

3-El borrador del documento será sometido a información pública por el plazo de un mes, en el sitio www.extenda.es donde se implementará, en cumplimiento de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos, un procedimiento telemático de presentación de alegaciones.

4-Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior propondrá al consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo el proyecto de Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2014-2020.

Séptimo. Aprobación.
La aprobación del Plan corresponderá al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, previo examen de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y a propuesta del titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Octavo. Habilitación.
Se faculta al titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Noveno. Eficacia.
El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 129, 4/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)

2-INTERNACIONALIZACIÓN ECONOMÍA ANDALUZA (ESPAÑA): FORMULACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2014-2020

El Acuerdo de 2 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), por el que se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza para el período 2014-2020, establece, entre otros, los siguientes apartados (primero a tercero):
Primero. Objeto y ámbito temporal.
El objeto del presente Acuerdo es la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2014-2020.
Segundo. Finalidad.
El Plan Estratégico tiene la finalidad de integrar en un único instrumento de planificación estratégica todas las políticas, estrategias, programas y acciones de la Junta de Andalucía para impulsar la consolidación y expansión internacional de las empresas y de la economía andaluza.
Tercero. Objetivos principales y criterios de actuación.
1-El Plan tendrá como objetivos principales:
  • Incrementar la aportación del sector exterior al PIB, tanto en términos cuantitativos generales como de manera prioritaria en aquellos sectores con mayor potencial y peso en la economía, bajo criterios de sostenibilidad social y medioambiental.
  • Sostenibilidad y generación de empleo de calidad propiciando el desarrollo de profesionales capacitados para estimular la internacionalización, lo que debe traducirse en un incremento del empleo vinculado a la actividad exterior.
  • Fortalecimiento del tejido empresarial andaluz, mediante el establecimiento de un conjunto de estrategias y programas que faciliten la presencia de productos y servicios andaluces en los mercados internacionales, al objeto de mejorar la competitividad de la empresa andaluza, en particular las pymes y micropymes, fomentando la Responsabilidad Social Corporativa.
  • Diversificación geográfica de las exportaciones y de las empresas internacionalizadas.
  • Promover la innovación empresarial en estrategias de internacionalización.
  • Captación de inversión extranjera en Andalucía
 2-La planificación de la internacionalización de la economía andaluza se realizará de acuerdo con los siguientes criterios de actuación:
  • a) Un único Plan: Todas las políticas y estrategias relacionadas con la internacionalización de las empresas y la economía andaluza estarán integradas en el Plan único de la Junta de Andalucía.
  • b) Horizonte temporal: El Plan contará con un horizonte temporal coincidente con el período de programación de los Fondos Estructurales de la Unión Europea, es decir, el período 2014-2020, y se implementará a través de dos Programas Operativos para los subperíodos 2014-2017 y 2018-2020.
  • c) Eficiencia y Eficacia: El Plan estará adaptado a la actual situación económica, proporcionando respuestas eficientes y eficaces a las necesidades y demandas actuales de las empresas andaluzas para la internacionalización de la economía andaluza. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 129, 4/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)

1-INTERNACIONALIZACIÓN ECONOMÍA ANDALUZA (ESPAÑA): FORMULACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2014-2020

Mediante Acuerdo de 2 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España) se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza para el período 2014-2020. La expansión exterior de la economía andaluza durante el período 2009-2012, que ha motivado que el IV Plan de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, consensuado en el marco del VII Acuerdo de Concertación Social, alcanzara sus objetivos un año antes de su finalización temporal, ha discurrido de manera paralela a las sucesivas recaídas en las crisis financiera y económica, que se ha prolongado hasta la fecha y cuyo final aún no se vislumbra con certeza.
En este contexto, la Administración andaluza, en colaboración con los agentes económicos y sociales, debe establecer los mecanismos necesarios que posibiliten el crecimiento en internacionalización como medio de desarrollo económico, generación de empleo y bienestar social. Para ello se tienen en cuenta los siguientes acuerdos y estrategias:
  • El VII Acuerdo de Concertación Social firmado por la Junta de Andalucía y los agentes económicos y sociales más representativos, con fecha de 24 de noviembre de 2009, que recoge en su eje 2, como medida de actuación específica, la internacionalización y la captación de inversiones, debido a que los resultados esperados tienen grandes sinergias con la competitividad, la productividad y la generación de empleo.
  • El Acuerdo para el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2013, por la Junta de Andalucía junto con la Confederación de Empresarios de Andalucía y las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores de Andalucía y Comisiones Obreras de Andalucía, documento que incluye un apartado especialmente dedicado a la internacionalización, factor decisivo en el nuevo modelo de crecimiento competitivo.
  • La necesidad de avanzar en el desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de manera paralela a:
    • La Estrategia Europa 2020 cuyo fin es estimular un crecimiento inteligente, sostenible, integrador y generador de empleo. El nuevo Plan debe tener como referente los objetivos marcados en este documento y tratar de contribuir a la consecución de los mismos.
    • La Estrategia para la Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RSI3, por sus siglas en inglés) para impulsar la innovación como factor de crecimiento y la especialización de la economía andaluza.
    • La Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020, como marco estratégico general de la planificación económica de la Junta de Andalucía durante dicho período.
 La Junta de Andalucía, en base a lo establecido en el artículo 58 del Estatuto para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, es competente para la formulación y aprobación del Plan Estratégico para la Internacionalización de la Economía Andaluza. En el presente Acuerdo se concretan y desarrollan los objetivos y el contenido del Plan Estratégico, y se define un procedimiento de formulación acorde con los principios de participación, coordinación y planificación de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la participación de todos los agentes económicos y sociales.
El presente Acuerdo se adopta por el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de julio de 2013, a propuesta del titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y según lo establecido en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 129, 4/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)

miércoles, 10 de julio de 2013

COMPETITIVIDAD DE ANDALUCÍA 2014-2020 (ESPAÑA)

Mediante Acuerdo de 2 de julio de 2013 del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), se aprueba la formulación de la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020 (ECA). 
Para el período 2007-2013, la Junta de Andalucía estableció la coincidencia entre el proceso de planificación regional y el proceso equivalente de planificación y programación para los fondos estructurales en el marco de la política de cohesión comunitaria. De esta forma se garantizaba un único planteamiento estratégico del desarrollo regional, de manera que el diseño de la política de desarrollo económico propia aparece influenciada por los planteamientos estratégicos europeos, mientras que la estrategia de desarrollo que se presenta en Europa, recoge los requerimientos específicos y sustantivos del desarrollo regional en Andalucía.
El Acuerdo para el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2013, entre la Junta de Andalucía y los agentes económicos y sociales más representativos, incluye entre sus objetivos propiciar un modelo de crecimiento sobre los pilares de la competitividad de la economía, la sostenibilidad medioambiental, la cohesión y la igualdad social. Estos objetivos coinciden con los fines que marca la Agenda para el crecimiento y el empleo, la denominada 'Estrategia Europa 2020', y que se instrumenta a través de la Política de Cohesión de la Unión Europea (UE).
Los objetivos fijados en la Estrategia 2020, específicamente en los ámbitos de empleo, educación, investigación e innovación, integración social y reducción de la pobreza, así como el cambio climático y energía, son compartidos por el Gobierno andaluz. Por lo que parece aconsejable la elaboración conjunta de un plan que refleje los principales objetivos y estrategias del gobierno andaluz en el horizonte del año 2020, y que, al mismo tiempo, constituya la aportación andaluza al Acuerdo de Asociación entre la Comisión Europea y el Estado Español que recogerá la política de cohesión en España para el período 2014-2020.
Por tanto, esta nueva Estrategia tendrá una vigencia de siete años (período 2014-2020), coincidiendo con el período de las nuevas perspectivas financieras de la Unión Europea, y constituirá el marco estratégico del desarrollo regional de Andalucía que servirá de referencia principal por un lado, a los agentes públicos y privados implicados, y por otro, a las instituciones de la UE que requieren la definición de dicho marco con objeto de poder asignar a Andalucía las ayudas de la política regional europea. 
Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, le corresponde a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía la competencia sobre la planificación económica y, en particular, la realización de todos los trabajos relativos a la elaboración, seguimiento y evaluación de los planes económicos de Andalucía. Dichos trabajo se impulsan, de conformidad con el Decreto 281/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno, en el seno de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y de la Comisión de Política Económica, como órgano de apoyo a esta última.
Asimismo, corresponde al ámbito de la Secretaría General de Economía y, en concreto, a la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación, las funciones relativas a la programación, seguimiento, evaluación, coordinación y verificación de las actuaciones de contenido económico y financiero que, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se derivan de las intervenciones de los Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión, otros instrumentos financieros no estructurales establecidos por la Unión Europea, con excepción del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Banco Europeo de Inversiones (BEI), actuando como órgano técnico de las relaciones que, para el ejercicio de dicha coordinación, se hayan de establecer entre los órganos de la Administración autonómica, la Administración General del Estado, y la Unión Europea.
Esta nueva Estrategia se conformará en base a los siguientes principios: participación, transparencia, y evaluabilidad. La ECA 2014-2020 deberá contener, al menos, un diagnóstico basado en indicadores de tipo estadístico, y una parte de propuestas donde se incluirán las diferentes medidas y actuaciones, y que se estructurará en Ejes temáticos. A continuación se enumeran los once ejes temáticos propuestos.

1-Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.
2-Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y la comunicación, así como el acceso a las mismas.
3-Mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (pymes).
4-Favorecer la transición hacia una economía baja en carbono.
5-Promover la adaptación al cambio climático, la prevención y la gestión de los riesgos ambientales.
6-Proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos naturales.
7-Promover el transporte sostenible y eliminar los estrangulamientos en las infraestructuras de red.
8-Promover el empleo y favorecer la movilidad laboral.
9-Promover la inclusión social y la lucha contra la pobreza.
10-Invertir en la educación, el desarrollo de capacidades y el aprendizaje permanente.
11-Mejorar la capacidad institucional y garantizar una administración política eficiente.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 129, 4/7/2013. Sevilla (España). 
José Luis Ares (profesor)

martes, 9 de julio de 2013

ASESORAMIENTO PRODUCCIÓN ECOLÓGICA: AYUDAS EN ANDALUCÍA 2013 (ESPAÑA)

Mediante Resolución de 20 de junio de 2013, de la Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (España), se convocan, para el año 2013, las ayudas previstas en la Orden que se cita, destinadas a la implantación y adaptación del servicio de asesoramiento técnico específico en producción ecológica, dentro del marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y acogidas al régimen de 'minimis' y se modifican los Anexos II y III, y sus documentos complementarios.
La finalización del marco europeo 2007-2013 y de la cuantía del crédito previsto, limita la concesión de la ayuda por contratación de personal en la anterior convocatoria a un máximo de dos años, por lo que mediante la presente Resolución se procede a efectuar la convocatoria de estas subvenciones para el año 2013, así como actualizar los Anexos II y III, y sus documentos complementarios de la Orden de 18 de abril de 2008.
En su virtud, y en ejercicio de las competencias atribuidas por la Orden de 18 de abril de 2008 y el Decreto 151/2012, de 5 de junio, se resuelve lo siguiente:
Primero. Convocatoria. 
Se convocan para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 18 de abril de 2008, modificada por la Orden de 28 de julio de 2009 y por la Orden de 15 de septiembre de 2011.
Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.
Dicho plazo será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 126, 1/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)

lunes, 8 de julio de 2013

AMPLIACIÓN AYUDAS DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL 2014 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante Orden de 27 de junio de 2013 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España) se modifica la Orden de 18 de enero de 2012, que establece las bases reguladoras de un Programa de incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en la región andaluza, y se efectúa su convocatoria para los años 2012 y 2013.
El 19 de junio de 2013, la Comisión Europea ha adoptado las Directrices de Ayudas Regionales 2014-2020, mediante las cuales los Estados miembros pueden conceder ayudas a la inversión a las empresas para apoyar el desarrollo de las regiones más desfavorecidas de Europa en dicho período, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2014, prorrogando la vigencia de las actuales Directrices en las que se basa el régimen de ayudas regionales y cuya finalización estaba prevista para el 31 de diciembre de 2013, que fundamenta el Decreto 394/2008, de 24 de junio, por el que se establece el marco regulador de las ayudas a las pequeñas y medianas empresas (PYME), que se concedan por la Administración de la Junta de Andalucía, régimen aprobado como ayuda de Estado N 598/2006, prorrogado por la ayuda de Estado N 593/ 2008.
Desde esta perspectiva se hace necesario efectuar una nueva convocatoria para 2014 con objeto de seguir apoyando proyectos empresariales comprendidos en las distintas Líneas de la Orden de 18 de enero de 2012 y que sean susceptibles de someterse al régimen de ayudas de finalidad regional y en favor de las pequeñas y medianas empresas, así como de Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación. Asimismo, dentro de esta Orden, en la categoría de Provisión de Espacios Productivos, del conocimiento y de servicios a las empresas, prevista en el apartado 1.7 del Anexo I, se viene articulando el Programa de Actuaciones Conjuntas de Naves en Espacios Productivos conforme a los Acuerdos de 14 y 19 de febrero de 2008, 20 de julio de 2010 y 24 de julio de 2012, adoptados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Con la presente modificación se recoge en el texto las actuaciones autorizadas y se amplía su ámbito de aplicación para poder fomentar la realización de proyectos de localización empresarial en espacios de innovación y otros emplazamientos de interés estratégico.
En virtud de esto, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, se dispone lo siguiente:
Artículo único: Modificación de la Orden de 18 de enero de 2012, en los siguientes apartados:
1-Se modifica la Orden de 18 de enero de 2012, ampliándose el plazo de presentación solicitudes y se efectúa su convocatoria para el año 2014.

2-En consecuencia, se introducen en la Orden de 18 de enero de 2012, correspondiente al Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía, las siguientes modificaciones:

Uno. Se modifica el cuadro del apartado 4 del artículo 1, incluyendo la categoría de "Proyectos altamente generadores de empleo", encuadrándolos en las Líneas de Creación de Empresas, Modernización de Empresas y Cooperación Competitiva. 


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 126, de 1/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor) 

viernes, 5 de julio de 2013

HEMEROTECA 28/09/2006: DIARIO EL MUNDO (ESPAÑA)

Gran éxito de participación en la Sexta edición de los Premios CINCHO, uno de los concursos de quesos más importantes de España, con un incremento del 25% de productos respecto a la anterior, alcanzando la cifra total de 450 variedades procedentes de queserías de todas las regiones españolas. Este evento realizado en la ciudad de Palencia en septiembre de 2006 fue inaugurado por José Manuel  Ferreras, director del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (Itagra), quién destacó la importancia de los sectores ganadero y quesero para esa región.

En esta ocasión se establecieron en el concurso un total de diez categorías de quesos, siendo premiados los tres mejores productos en cada una de ellas: 'Cincho de oro', 'Cincho de plata' y 'Cincho de bronce'. El director técnico del Concurso, José Luis Galván, comentó la innovación tecnológica introducida en esta sexta edición, que permitirá a los miembros del Jurado realizar sus puntuaciones mediante un terminal informático PDA, lo que permite enviar la información en tiempo real a un servidor central donde se almacenan todos los datos y se calculan los resultados finales para cada queso, agilizando enormemente el proceso de valoración del concurso.

Otra importante novedad en esta edición del Concurso es que se puede seguir en tiempo real las imágenes grabadas por varias cámaras que transmiten la señal de vídeo directamente por Internet, a través de una web propia del certamen:  www.premioscincho.com






Fuente: Diario El Mundo (28/09/2006), página 10. Palencia (Castilla y León, España).
José Luis Ares Cea (jurado del concurso)