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jueves, 11 de julio de 2013

3-INTERNACIONALIZACIÓN ECONOMÍA ANDALUZA (ESPAÑA): FORMULACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2014-2020

Continuando con el Acuerdo de 2 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), por el que se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza para el período 2014-2020, se detallan los siguientes apartados (cuarto a noveno):
Cuarto. Contenido del Plan Estratégico.
El contenido mínimo del Plan será el siguiente, para el período 2014-2020:
  • a) Un diagnóstico exhaustivo de la realidad andaluza en su comercio e inversiones exteriores, analizando todos los ámbitos relacionados, entre ellos, los sectores de actividad económica, el tejido empresarial y el empleo. De manera especial se contará con un diagnóstico sobre los mercados exteriores como oportunidad de negocio para las empresas andaluzas.
  • b) Los objetivos a conseguir durante la vigencia del Plan, concretando los objetivos temáticos y objetivos específicos.
  • c) Definición de las estrategias a seguir para alcanzar los objetivos.
  • d) La programación de las actuaciones necesarias para la ejecución y aplicación del Plan, con indicación de los plazos, costes y fuentes de financiación.
  • e) Compromiso financiero vinculado a las estrategias definidas.
  • f) Los mecanismos adecuados para el seguimiento y verificación, tanto de manera intermedia como final, del grado de cumplimiento de sus objetivos, así como para la fiscalización y control de la ejecución de sus previsiones y determinaciones, con la participación de los agentes económicos y sociales.
  • g) Los supuestos y condiciones de revisión y de modificación del Plan.

Quinto. Elaboración y coordinación.
1-Corresponderá a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la coordinación con el resto de consejerías de la Junta de Andalucía, de las actuaciones dirigidas a la elaboración del Plan Estratégico, a partir de la documentación y estudios técnicos necesarios. A este fin, se crea la Comisión de Redacción del Plan, presidida por la Consejería Delegada de Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, y de la cual formará parte una persona representante de cada una de las restantes consejerías de la Junta de Andalucía.
2-Corresponde a Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior la dirección técnica y seguimiento de los trabajos necesarios para el impulso de la aprobación del Plan, así como el análisis de las alegaciones e informes emitidos y la elaboración de las correspondientes propuestas.

3-Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, para el desarrollo de los trabajos necesarios, podrá crear, impulsar y coordinar los grupos de trabajo técnico de carácter temático o monográfico que sean necesarios para facilitar el logro de los objetivos marcados y la participación de los agentes económicos y sociales.

Sexto. Tramitación.
1-El proyecto del Plan Estratégico 2014-2020 deberá estar elaborado antes de finalizar el año 2013.

2-El documento será consensuado con los agentes económicos y sociales, en la Comisión de Seguimiento y Evaluación de las políticas de internacionalización, constituida en el marco del VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía.

3-El borrador del documento será sometido a información pública por el plazo de un mes, en el sitio www.extenda.es donde se implementará, en cumplimiento de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos, un procedimiento telemático de presentación de alegaciones.

4-Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior propondrá al consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo el proyecto de Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2014-2020.

Séptimo. Aprobación.
La aprobación del Plan corresponderá al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, previo examen de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y a propuesta del titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Octavo. Habilitación.
Se faculta al titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Noveno. Eficacia.
El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 129, 4/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)

2-INTERNACIONALIZACIÓN ECONOMÍA ANDALUZA (ESPAÑA): FORMULACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2014-2020

El Acuerdo de 2 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), por el que se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza para el período 2014-2020, establece, entre otros, los siguientes apartados (primero a tercero):
Primero. Objeto y ámbito temporal.
El objeto del presente Acuerdo es la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2014-2020.
Segundo. Finalidad.
El Plan Estratégico tiene la finalidad de integrar en un único instrumento de planificación estratégica todas las políticas, estrategias, programas y acciones de la Junta de Andalucía para impulsar la consolidación y expansión internacional de las empresas y de la economía andaluza.
Tercero. Objetivos principales y criterios de actuación.
1-El Plan tendrá como objetivos principales:
  • Incrementar la aportación del sector exterior al PIB, tanto en términos cuantitativos generales como de manera prioritaria en aquellos sectores con mayor potencial y peso en la economía, bajo criterios de sostenibilidad social y medioambiental.
  • Sostenibilidad y generación de empleo de calidad propiciando el desarrollo de profesionales capacitados para estimular la internacionalización, lo que debe traducirse en un incremento del empleo vinculado a la actividad exterior.
  • Fortalecimiento del tejido empresarial andaluz, mediante el establecimiento de un conjunto de estrategias y programas que faciliten la presencia de productos y servicios andaluces en los mercados internacionales, al objeto de mejorar la competitividad de la empresa andaluza, en particular las pymes y micropymes, fomentando la Responsabilidad Social Corporativa.
  • Diversificación geográfica de las exportaciones y de las empresas internacionalizadas.
  • Promover la innovación empresarial en estrategias de internacionalización.
  • Captación de inversión extranjera en Andalucía
 2-La planificación de la internacionalización de la economía andaluza se realizará de acuerdo con los siguientes criterios de actuación:
  • a) Un único Plan: Todas las políticas y estrategias relacionadas con la internacionalización de las empresas y la economía andaluza estarán integradas en el Plan único de la Junta de Andalucía.
  • b) Horizonte temporal: El Plan contará con un horizonte temporal coincidente con el período de programación de los Fondos Estructurales de la Unión Europea, es decir, el período 2014-2020, y se implementará a través de dos Programas Operativos para los subperíodos 2014-2017 y 2018-2020.
  • c) Eficiencia y Eficacia: El Plan estará adaptado a la actual situación económica, proporcionando respuestas eficientes y eficaces a las necesidades y demandas actuales de las empresas andaluzas para la internacionalización de la economía andaluza. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 129, 4/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)

1-INTERNACIONALIZACIÓN ECONOMÍA ANDALUZA (ESPAÑA): FORMULACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2014-2020

Mediante Acuerdo de 2 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España) se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza para el período 2014-2020. La expansión exterior de la economía andaluza durante el período 2009-2012, que ha motivado que el IV Plan de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, consensuado en el marco del VII Acuerdo de Concertación Social, alcanzara sus objetivos un año antes de su finalización temporal, ha discurrido de manera paralela a las sucesivas recaídas en las crisis financiera y económica, que se ha prolongado hasta la fecha y cuyo final aún no se vislumbra con certeza.
En este contexto, la Administración andaluza, en colaboración con los agentes económicos y sociales, debe establecer los mecanismos necesarios que posibiliten el crecimiento en internacionalización como medio de desarrollo económico, generación de empleo y bienestar social. Para ello se tienen en cuenta los siguientes acuerdos y estrategias:
  • El VII Acuerdo de Concertación Social firmado por la Junta de Andalucía y los agentes económicos y sociales más representativos, con fecha de 24 de noviembre de 2009, que recoge en su eje 2, como medida de actuación específica, la internacionalización y la captación de inversiones, debido a que los resultados esperados tienen grandes sinergias con la competitividad, la productividad y la generación de empleo.
  • El Acuerdo para el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2013, por la Junta de Andalucía junto con la Confederación de Empresarios de Andalucía y las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores de Andalucía y Comisiones Obreras de Andalucía, documento que incluye un apartado especialmente dedicado a la internacionalización, factor decisivo en el nuevo modelo de crecimiento competitivo.
  • La necesidad de avanzar en el desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de manera paralela a:
    • La Estrategia Europa 2020 cuyo fin es estimular un crecimiento inteligente, sostenible, integrador y generador de empleo. El nuevo Plan debe tener como referente los objetivos marcados en este documento y tratar de contribuir a la consecución de los mismos.
    • La Estrategia para la Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RSI3, por sus siglas en inglés) para impulsar la innovación como factor de crecimiento y la especialización de la economía andaluza.
    • La Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020, como marco estratégico general de la planificación económica de la Junta de Andalucía durante dicho período.
 La Junta de Andalucía, en base a lo establecido en el artículo 58 del Estatuto para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, es competente para la formulación y aprobación del Plan Estratégico para la Internacionalización de la Economía Andaluza. En el presente Acuerdo se concretan y desarrollan los objetivos y el contenido del Plan Estratégico, y se define un procedimiento de formulación acorde con los principios de participación, coordinación y planificación de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la participación de todos los agentes económicos y sociales.
El presente Acuerdo se adopta por el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de julio de 2013, a propuesta del titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y según lo establecido en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 129, 4/7/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)