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jueves, 28 de enero de 2016

INFOEMPLEO: CONCURSO PROFESOR AYUDANTE DOCTOR UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CURSO ACADÉMICO 2015/16

Mediante la Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial. 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 12 de abril), por la que se modifica la Ley 6/2001; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (BOJA del 11); los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (BOJA de 28 de octubre), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.

De acuerdo con la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Mediante Orden de 1 de octubre de 2015 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas como Profesores Ayudantes Doctores para el curso académico 2015-2016 debido a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, se autoriza la contratación temporal de profesor universitario solicitado por la Universidad de Cádiz, en los términos establecidos por la legislación vigente. En la disposición segunda de dicha Orden, se establece que las Universidades procederán a la convocatoria pública de las plazas autorizadas, previo informe favorable de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Una vez recibido dicho informe con fecha 10 de diciembre de 2014, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se citan en el Anexo I de la presente Resolución para la contratación de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial de duración determinada, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 23 de diciembre de 2015, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UC A/R16REC /2015, de 20.4), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 5, de 11/01/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 7-22).


José Luis Ares (docente)

martes, 26 de enero de 2016

INFOEMPLEO: OFERTA EMPLEO 2015 ESPECIALISTA INCENDIOS FORESTALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 30 de diciembre de 2015, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía (España), se convoca Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio presupuestario 2015.

La Oferta de Empleo Público es el instrumento legal establecido para hacer posible la provisión de las necesidades de personal en las Administraciones Públicas, regulando la incorporación de personal de nuevo ingreso según establece, con carácter de legislación básica, el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el ámbito de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, los artículos 70.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y el artículo 21.2 de los estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 104/2011, de 19 de abril.

El artículo 12 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, dispone que no será de aplicación la prohibición de incorporación de personal de nuevo ingreso en el sector público, a los sectores determinados en la legislación básica del Estado, para los que la tasa de reposición podrá fijarse hasta el porcentaje máximo que en la misma se establezca. En tal sentido, el artículo 21, uno, 2.H), de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, habilita la contratación a las Administraciones Públicas respecto de la cobertura de las plazas correspondientes al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios. 

Por su parte, el apartado L del mismo precepto establece también como sector prioritario la actividad relacionada con las funciones de seguridad marítima, salvamento marítimo y prevención y lucha contra la contaminación marina. La tasa de reposición de efectivos alcanza al 50% de las bajas definitivas producidas en el ejercicio anterior. Habiéndose producido en el ejercicio 2014, cincuenta y seis bajas definitivas a tiempo completo, relacionadas con la prevención y extinción de incendios forestales, procede computar una tasa de reposición de efectivos al 50%, pudiéndose concentrar en aquellas actividades prioritarias, en la que sea necesaria la cobertura de vacantes. De dichas plazas ya han sido convocadas tres correspondientes a puestos de trabajo fijos discontinuos por el periodo de alto riesgo para coordinadores de medios aéreos, mediante Resolución de 20 de mayo de 2015, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se convocan puestos de trabajo para la coordinación de medios aéreos correspondientes a la Oferta de Empleo Público del ejercicio presupuestario 2015 (BOJA número 98, de 25 de mayo de 2015).

Las plazas a ofertar se concentran en los puestos de trabajo del dispositivo operativo del Plan INFOCA, que se consideran prioritarios para el mantenimiento de la operatividad de dicho plan en las tareas de prevención y extinción de incendios forestales. Dadas las características de los puestos de trabajo, cuyo desempeño se produce en situaciones de emergencia y riesgo para la integridad personal, incompatible con minusvalías psíquicas o físicas, iguales o superiores al 33%, no se reservan plazas para personas discapacitadas. En relación con el principio de transversalidad en la igualdad de género, conforme al artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual los poderes públicos integrarán la perspectiva de género en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas, con el objeto de eliminar los efectos discriminatorios que pudieran causar y fomentar la igualdad entre mujeres y hombres, la Oferta de Empleo Público no discrimina el acceso a los puestos de trabajo que se ofertan, habiéndose dispuesto que las pruebas físicas serán consideradas como umbral de seguridad excluyente para el desempeño del puesto de trabajo, sin que sus resultados entren en el baremo de puntuación.

Por su parte el artículo 12.3 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que, durante el año 2015, la contratación de personal con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía requerirá autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

El Consejo Rector de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, en sesión celebrada el día 30 de Octubre de 2015, aprobó inicialmente la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2015 y su remisión a la Consejería competente en materia de Hacienda y Administración Pública para su autorización, delegándose expresamente en la dirección gerencia la fijación de los términos concretos de la misma, con el límite del 50% de la masa bruta salarial de las vacantes en sectores prioritarios producidas en 2014. 

En su virtud, efectuada negociación previa con las Organizaciones Sindicales más representativas en la Agencia de Medio Ambiente y Agua, y emitida la preceptiva autorización por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se resuelve lo siguiente:

Artículo 1. Publicación de la Oferta de Empleo Público 2015.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 70.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y el artículo 21.2 de los estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 104/2011, de 19 de abril, se aprueba y se ordena la publicación de la Oferta de Empleo Público de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2015, en los términos que se establecen en la presente Resolución.

Artículo 2. Cuantificación y distribución de la Oferta de Empleo Público.
En la Oferta de Empleo Público se incluyen las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso o mediante el acceso a la condición de fijeza del personal indefinido no fijo que ocupa actualmente las plazas sacadas a concurso, de acuerdo con la distribución por categorías profesionales que se incluyen en el anexo. Todo ello con sujeción a la tasa de reposición establecida legalmente.

Artículo 3. Reserva de plazas para personas con discapacidad.
No se reservan plazas para personas con discapacidad por incompatibilidad de los puestos de trabajo ofertados con las situaciones de minusvalía psíquica o física igual o superior al 33%.

Artículo 4. Sistema selectivo y convocatoria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público, el sistema selectivo para el personal laboral será el de concurso de valoración de méritos y, en especial, de la experiencia acumulada en tareas de extinción de incendios forestales, dentro del sector público, propias del puesto al que se opta.
Una vez llevada a cabo la puntuación de los méritos, se procederá a la realización de las pruebas físicas y psicotécnicas que tendrán carácter excluyente. Dichas pruebas se llevarán a cabo por el orden obtenido en la puntuación de méritos hasta alcanzar la totalidad de los puestos ofertados.
La convocatoria para el concurso de valoración de méritos, con indicación de los puestos que se ofertan distribuidos por provincias, plazos de presentación de solicitudes, baremo de puntuación para la valoración de méritos, tribunal de selección y demás aspectos correspondientes al sistema selectivo, se publicará en el boletín oficial de la Junta de Andalucía, dentro del plazo establecido en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público, una vez hayan sido resueltos definitivamente los procedimientos internos de traslado y promoción.
Firmada en Sevilla, a 30 de diciembre de 2015, por el Director Gerente, Antonio Galán Pedregosa.

ANEXO I: ACCESO LIBRE.
-Categoría profesional: Especialista de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
-Naturaleza de la relación laboral: Indefinido a tiempo completo.
-Número de plazas por categoría: 23.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 6, de 12/01/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 64 y 65).


José Luis Ares (docente)

viernes, 11 de diciembre de 2015

INFOEMPLEO: OFERTA EMPLEO PÚBLICO 2015 JUNTA DE ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante el Decreto 502/2015, de 9 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía (España), se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2015.

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece en su artículo 70, que la incorporación de personal de nuevo ingreso en las Administraciones Públicas debe articularse mediante el instrumento de la Oferta de Empleo Público, que se aprobará por sus Órganos de Gobierno. Así se contempla, en el ámbito de la Junta de Andalucía, en el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

La Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, establece en su artículo 12, que durante este año no se procederá a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, con excepción de los sectores determinados en la legislación básica del Estado, y hasta el porcentaje máximo de la tasa de reposición de efectivos que en la misma se fije. En este sentido, el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 define los sectores y administraciones para los que, como excepción, no se aplicará la limitación señalada y en los que la tasa de reposición se fija en un máximo del 50 por ciento.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 239, de 11/12/2015 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 10-14).



José Luis Ares (docente)

martes, 26 de mayo de 2015

AYUDAS PROYECTOS ECONOMÍA Y SOCIEDAD DIGITAL EN ESPAÑA: RESOLUCIÓN 14/5/2015

Mediante la Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de España, se convocan ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información considera que el apoyo y la promoción de las actividades contempladas en esta convocatoria constituyen una estrategia básica dentro de las políticas que comparten la Acción Estratégica en Economía y Sociedad Digital (AEESD) y la Agenda Digital para España.

Los objetivos fundamentales que persigue esta convocatoria 1/2015 para la concesión de ayudas han sido definidos en la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y la Sociedad de la Información, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital («Boletín Oficial del Estado» número 111, de 9 de mayo de 2013).

El escenario presupuestario actual exige la máxima eficiencia en el uso de los recursos públicos. Por ello, esta convocatoria 1/2015 se destina a impulsar tecnologías con bajo nivel de madurez y gran valor tecnológico y a incentivar la puesta en marcha de grandes proyectos con alto potencial de transformación del sector TIC mediante la puesta en marcha de dos subprogramas: Impulso Tecnológico y Grandes Proyectos.

Con el fin de facilitar el acceso a la financiación, el pago de las ayudas, que se encontrará condicionado a la presentación de las correspondientes garantías, se efectuará siempre con carácter anticipado parcial, con independencia del carácter anual o plurianual de la ejecución del proyecto.

Como novedad frente a convocatorias anteriores, se independizan las dos modalidades de ayuda de modo que el importe de ayuda en forma de subvención estará vinculado a la evaluación de la innovación tecnológica del proyecto y el préstamo será opcional y quedará limitado por el importe solicitado.

Las ayudas bajo la modalidad de préstamo se otorgarán a un tipo de interés del 0,180 por ciento, con un plazo de amortización de cinco años, incluidos dos de carencia por lo que, de acuerdo a la disposición adicional novena de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, su concesión no requerirá la autorización del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas cuando el tipo de interés aplicable a los préstamos y anticipos sea igual o superior al tipo de interés euribor a un año publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la aprobación de su convocatoria o, en su caso, al mes anterior a su concesión.

El procedimiento de evaluación se realizará en una fase según establece la Sección 3.ª de la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo y el apartado décimo de esta convocatoria. Procede, por tanto, hacer efectiva esta convocatoria de ayudas 1/2015 para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital. La competencia para convocar las ayudas corresponde al titular de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

Vigésimo octavo. Eficacia.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Firmada en Madrid, a 14 de mayo de 2015, por el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Víctor María Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 120, de 20/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5581, páginas 42994-43030).


José Luis Ares Cea (docente)

martes, 3 de marzo de 2015

CESE ANTICIPADO ACTIVIDAD AGRARIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): ACTUALIZACIÓN AYUDAS AÑO 2015

Mediante la Resolución de 17 de febrero de 2015, de la Dirección General de Fondos Agrarios, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se actualizan las indemnizaciones anuales establecidas para las ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado de la actividad agraria, correspondiente a la anualidad 2015.

En virtud de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 22 de julio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria, en el marco del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.

Conforme a lo establecido en el artículo 12 apartado 1 de la citada Orden, donde se determinan las cuantías de las ayudas y que en su último párrafo establece la obligación de actualización anual de la indemnización reflejada en el apartado referido, y que la misma será determinada por la Dirección General de Fondos Agrarios, así cómo que ésta será como mínimo igual al incremento que se produzca en el Índice de Precios al Consumo (IPC) que oficialmente quede reconocido.

En ese sentido, la tasa de variación interanual del Índice de Precios de Consumo (IPC) correspondiente al período diciembre 2013-diciembre 2014, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, ha quedado cuantificada en el -1,0%. Por otro lado, para los beneficiarios-cedentes de estas ayudas aprobadas al amparo del Real Decreto 5/2001, de 12 de enero (convocatorias del 2001 al 2007, ambas inclusive) y de conformidad con lo dispuesto en su Disposición final primera, una vez conocidas las cuantías de las pensiones mínimas ordinarias del Sistema de la Seguridad Social, recogidas en el apartado cinco del artículo 45 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 y actualizadas por el Real Decreto 1107/2014, de 26 de diciembre, la subida aprobada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para la indemnización anual en el ejercicio 2015 con respecto a la vigente en 2014 ha sido del 0,25%, tanto en el caso de titulares con cónyuge a su cargo, como en el de titulares sin cónyuge a su cargo.

Por todo ello, y en el ejercicio de las facultades conferidas por la legislación vigente, se resuelve lo siguiente: 

Primero: Mantener en 2015, como consecuencia del resultado negativo de la variación interanual del Índice de Precios de Consumo (IPC) experimentada en 2014, los importes de ayudas para la indemnización anual por cese anticipado en la actividad agraria percibidos en 2014 por los beneficiarios-cedentes de las convocatorias de ayudas 2008, 2009, 2010 y 2011, aprobadas al amparo de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 22 de julio de 2008, con las siguientes cuantías aprobadas en 2014, mediante Resolución de 23 de enero de 2014, de esta Dirección General de Fondos Agrarios:
- 10.447,15 euros, siempre que el cónyuge no reciba ayudas por cese anticipado en la actividad agraria.
- 8.434,46 euros, si el cónyuge percibe ayudas por cese anticipado en la actividad agraria.

Segundo: Hacer públicos los importes aprobados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, correspondientes a la indemnización anual a percibir por cese anticipado en la actividad agraria en el año 2015, por los beneficiarios-cedentes de las convocatorias de ayudas del 2001 al 2007, ambas inclusive, aprobadas en Andalucía al amparo del Real Decreto 5/2001, de 12 de enero:
- 10.359,05 euros, en el caso de titular con cónyuge a su cargo.
- 8.443,22 euros, en el caso de titular sin cónyuge a su cargo.
Firmada en Sevilla, a 17 de febrero de 2015, por la Directora General, Concepción Cobo González.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 42, de 3/03/2015 (apartado 3. Otras disposiciones, página 56).



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)