martes, 16 de julio de 2013

6-CREACIÓN EMPLEO Y EMPRENDIMIENTOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DECRETO-LEY 8/2013

Continuando con la Exposición de Motivos (II) del Decreto-ley 8/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueban las Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento, a propuesta de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se hace referencia al amparo del título competencial recogido en el artículo 63 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que establece la competencia ejecutiva de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de empleo, en el marco de la legislación del Estado y, en su ejercicio, se respetan las competencias reservadas al Estado en los artículos 149.1.7ª y 149.1.13ª de la Constitución Española.

Las medidas urgentes de fomento del empleo que establece el presente decreto-ley se concretan en cuatro líneas de ayudas y tres iniciativas de actuación específicas, estructuradas a lo largo de siete títulos. En el Título I se regulan los principios generales, el objeto y los programas de intervención que comprende el presente decreto-ley; mientras que en los títulos siguientes se regulan el régimen específico del Programa Bono de Empleo Joven (Título II), el régimen específico del Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo (Título III), el Programa de Apoyo a la Economía Social (Título IV) y las normas reguladoras del Programa de Becas de Internacionalización para Técnicos Superiores de Formación Profesional (Título V), y otras iniciativas de actuación (Título VI). Por último, en el Título VII, se establece el procedimiento general de concesión de subvenciones previstas en la presente norma en régimen de concurrencia competitiva.

En el Título II se desarrolla la regulación de la línea de ayudas denominada Programa Bono de Empleo Joven, que está llamada a atender de modo urgente e inaplazable a uno de los colectivos más castigados por la crisis económica, tanto por la pérdida de tejido productivo como por la imposibilidad de incorporarse al mercado de trabajo, y sobre el que es necesario que se abran expectativas laborales para el presente y el futuro inmediato instrumentadas como medidas reales y eficaces en el mercado de trabajo. Dicho programa tiene como finalidad fomentar la búsqueda de empleo entre los andaluces y andaluzas de edades comprendidas entre dieciocho y treinta y cinco años inclusive y facilitar la incorporación al mercado laboral de los que estén en posesión de título universitario, de Formación Profesional de grado medio o superior o procedan del Programa Segunda Oportunidad, que formalicen un contrato laboral en el mismo grupo de cotización correspondiente a la titulación obtenida, propiciando la mejora económica de sus contratos, evitando al mismo tiempo la fuga de capital humano de nuestro territorio.

En el Título III se regula el Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo. Los trabajadores autónomos son un colectivo formado por de más de 450.000 personas en Andalucía y representan el 25% del empleo del sector privado de la Comunidad Autónoma. Junto con las pequeñas empresas de menos de diez trabajadores, los autónomos suponen el 96% del tejido empresarial andaluz, lo que permite afirmar que los trabajadores autónomos son una pieza esencial para recuperar el crecimiento y la creación de empleo.

Por tanto, es necesario, promover y desarrollar de manera urgente este tejido productivo innovador, creativo, competitivo y generador de empleo estable, en el marco socio económico del Trabajo Autónomo, a través de un conjunto integral de líneas de actuación dirigidas a crear más empresas y empleo, a consolidar y fortalecer el sector. Para ello, el Título III articula 6 líneas de ayudas:

Línea 1. Creación de empleo en el trabajo autónomo.
Línea 2. Consolidación de empleo en el trabajo autónomo.
Línea 3. Creación de empresas de trabajo autónomo.
Línea 4. Consolidación empresarial del trabajo autónomo.
Línea 5. Fomento de la innovación en el trabajo autónomo.
Línea 6. Promoción del trabajo autónomo.

Dentro del Título IV, Programa de Apoyo a la Economía Social, se desarrolla la tercera línea de ayudas que tiene como finalidad fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad en cooperativas y sociedades laborales, así como apoyar el desarrollo de proyectos que contribuyan a lograr una economía social innovadora, competitiva y emprendedora en el marco del tejido productivo andaluz. La economía social andaluza es una realidad plural y dinámica en constante proceso de cambio y adaptación para tratar de dar respuesta a las nuevas necesidades que plantea la cohesión social, mediante la creación de nuevos modelos e iniciativas empresariales, o mediante la adecuación de las estructuras organizativas y de los procesos ya existentes. A pesar de tratarse de un sector que tradicionalmente ofrece más resistencia en periodos de desaceleración económica, los efectos, en términos de destrucción de empleo y empresas, que está provocando la actual situación de recesión continuada sobre la economía social andaluza, induce a tomar medidas urgentes para revertir esta situación y propiciar la creación de empleo en este ámbito. La acción de fomento del Título IV se concreta en las siguientes líneas:

Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales.
Línea 2. Fomento del Emprendimiento Social.
Línea 3. Intercooperación Empresarial en la Economía Social.

En el Título V se regula la cuarta y última línea de ayudas, el Programa de Becas de Internacionalización para titulados superiores de formación profesional, destinado a mejorar la integración laboral de la juventud en una economía globalizada. La internacionalización, como motor de la economía andaluza, está siendo un factor fundamental para contribuir al crecimiento económico frente a la demanda interna, que ha caído de manera considerable. La excelente expansión exterior de Andalucía entre 2009 y 2012 ha hecho que las exportaciones andaluzas hayan crecido un 73,1% en este periodo y su aportación al Producto Interior Bruto (PIB) ha pasado de ser el 9,9% en 2009 al 17,2% en 2012, siendo el número de empresas exportadoras en 2012 más de 16.100. Esto tiene su efecto sobre el empleo, no sólo en términos cuantitativos de creación de empleo directo e indirecto, sino también sobre un empleo cualificado y estable. Es por ello, que se considera urgente el fomento de instrumentos que coadyuven a facilitar un experiencia laboral de personas jóvenes con conocimiento en la gestión administrativa y logística internacional de las empresas y que faciliten su inserción laboral.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 105, 31/05/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)