miércoles, 5 de junio de 2013

6-CONDICIONES QUESO ARTESANO Y GRANJA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): ALCANCE (ANEXO I ORDEN 29/05/2013)

En el punto 4 del Anexo I de la Orden de 29 de mayo de 2013 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía se define su "Alcance".

La presente Norma Técnica se aplicará al requesón y los quesos frescos y madurados elaborados por una persona artesana a partir de leche de cabra, vaca u oveja procedentes de explotaciones calificadas como indemnes u oficialmente indemnes a las enfermedades reflejadas en el Anexo III, según la especie de la que procedan, que siguiendo lo establecido en el Decreto 352/2011, de 29 de noviembre, por el que se regula la artesanía alimentaria en Andalucía, se comercialicen bajo la denominación de «Queso Artesano» o «Queso Artesano de Granja».





Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)