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lunes, 27 de julio de 2015

INFORME AMBIENTAL ESTRATÉGICO PROGRAMA FEDER 2007/13 CATALUÑA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 30 de abril de 2015, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, se formula informe ambiental estratégico del programa Modificación del Programa Operativo FEDER de Cataluña 2007-2013.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 6.2, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El citado artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificación menor los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

El Programa Modificación del Programa Operativo FEDER de Cataluña 2007-2013 (PO FEDER de Cataluña) se encuentra encuadrado en el artículo 6.2. apartado a) de la Ley de Evaluación Ambiental.

El PO FEDER de Cataluña, para el periodo 2007-2013, fue sometido a un procedimiento de evaluación ambiental estratégica sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta evaluación culminó con la aprobación del documento de Memoria Ambiental por Resolución Conjunta, de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Economía y Hacienda.

Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos, esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:
1. Características principales del Programa Operativo FEDER:
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) tiene como principal objetivo el corregir los desequilibrios económicos y sociales que aún persisten en determinadas regiones de la Unión Europea.
El cumplimiento de este objetivo se persigue mediante distintas acciones que incluyen ayudas directas a las empresas para la creación de empleo, la financiación de iniciativas de desarrollo y de cooperación local y regional e inversiones en infraestructuras, fundamentalmente en aquellas relacionadas con la investigación y la innovación, las telecomunicaciones, el medio ambiente, la energía y el transporte.
Estas acciones se estructuran en ejes prioritarios y, en cada Comunidad Autónoma, se presupuestan para periodos plurianuales dando lugar a los denominados Programas Operativos FEDER (PO FEDER).

2. Objeto y descripción de la modificación del programa:
El PO FEDER de Cataluña fue aprobado por decisión de la Comisión C (2007) 6308, de 21 de diciembre de 2007, y modificado por decisión de la Comisión C (2012) 7826 final, de 7 de noviembre de 2012.
La propuesta de reprogramación consiste principalmente en una redistribución de recursos entre ejes, con disminución de 2,63 millones de euros de ayuda comunitaria en el eje 2 Medio ambiente y prevención de riesgos y un aumento, de 2,55 millones de euros de ayuda, en el eje 4 Desarrollo sostenible local y urbano y de 79.000 euros de ayuda, en el eje 3 Recursos energéticos y acceso a servicios de transporte.
La reprogramación propuesta considera también una reasignación de recursos entre temas de un mismo eje prioritario, dentro de los ya mencionados ejes 3 y 4, así como en el eje 1, Economía del conocimiento e innovación y desarrollo empresarial.
Concretamente, en el eje 3, se transfieren algo más de 13 millones de euros de transporte multimodal a transporte urbano y en el eje 4 aumenta, en unos 4 millones de euros, la ayuda del tema protección y conservación del patrimonio cultural disminuyendo, en unos 1,7 millones de euros, la ayuda del tema proyectos integrados para la regeneración urbana y rural.
En el eje 1 aumenta, en unos 6,2 millones de euros, la ayuda destinada a infraestructura de I+DT (instalaciones, instrumentos y redes informáticas de alta velocidad para conexión de centros de investigación) y, en unos 5,4 millones de euros, la destinada a tecnologías de la información y la comunicación. Estas ayudas, dentro del eje 1, se transfieren fundamentalmente desde los temas transferencia de tecnología y mejora de las redes de cooperación entre pequeñas empresas (PYME), así como entre éstas y otras empresas y universidades, centros de enseñanza postsecundaria de todo tipo, autoridades regionales, inversión en empresas directamente relacionadas con la investigación y la innovación (tecnologías innovadoras, creación de nuevas empresas por parte de las universidades, centros y empresas de I+DT existentes, etc.), otras inversiones en empresas y otras medidas destinadas a fomentar la I+D+i y el espíritu emprendedor en las PYME.
Estas variaciones no suponen modificación de la ayuda total prevista para el Programa que se mantiene en algo más de 679 millones de euros.
La propuesta de reprogramación fue presentada y aprobada por el Comité de Seguimiento del Programa en su reunión de 26 de junio de 2014.

3. Consultas realizadas:
La Ley de Evaluación Ambiental establece, en sus artículos 30 y 31 que, previamente a la formulación del Informe Ambiental Estratégico, el órgano ambiental realice consultas orientadas a conocer si el Programa a evaluar puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
En el caso de la modificación del PO FEDER de Cataluña la consulta se ha realizado en los meses de marzo y abril de 2015, a las siguientes administraciones públicas afectadas y personas interesadas:
Relación de consultados/ Respuestas recibidas: Administración General del Estado.
-Subdirección General de Infraestructuras y Tecnologías del Agua de la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
-Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Relación de consultados/ Respuestas recibidas: Generalitat de Cataluña.
-Dirección General de Políticas Ambientales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.
-Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural: X (respuesta recibida).
-Dirección General Salud Pública del Departamento de Salud.
-Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio del Departamento de Cultura: X.

Relación de consultados/ Respuestas recibidas: Otros.
-Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP): X.
-UGT.
-CCOO.
-CEPYME.
-CEOE.ç
-SEO/Birdlife.
-WWF/Adena.
-Ecologistas en Acción.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Generalitat de Cataluña informa que la reprogramación prevista no implica afectaciones en el ámbito del Medio Natural que hagan necesario someter la misma a un proceso de evaluación ambiental.
La Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio de la Generalitat de Cataluña considera que las modificaciones del programa no comportan efectos negativos sobre los bienes de patrimonio cultural y, en consecuencia, lo informa favorablemente.
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), comunica que no tiene observaciones que realizar.

4. Análisis según criterios del anexo V:
La modificación del PO FEDER de Cataluña 2007-2013 es, en esencia, una redistribución de fondos entre temas de un mismo eje prioritario por cuyo contenido y alcance económico no se deduce que puedan producirse, previsiblemente, efectos ambientales significativos.
Por otro lado, la modificación del programa propuesto no introduce cambios que supongan la alteración de la estructura fundamental del programa original, ni supone un nuevo esquema que altere de manera importante y esencial las líneas y criterios básicos del Programa ya evaluado en 2007.
Se deberán cumplir los criterios de priorización de las actividades cofinanciables y las condiciones de exclusión que contempla la Memoria Ambiental, aprobada por Resolución Conjunta, de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación ambiental estratégica simplificada practicada según la Sección 2ª del Capítulo I del Título II de la Ley de Evaluación Ambiental, y el análisis realizado de conformidad con los criterios establecidos en su Anexo V, no es previsible que el programa Modificación del programa operativo FEDER de Cataluña 2007-2013, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente propuesta de Resolución de Informe Ambiental Estratégico, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación de la evaluación ambiental estratégica ordinaria prevista en la Sección 1ª del Capítulo I del Título II de la Ley de Evaluación Ambiental.

Esta Resolución se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.
De conformidad con el artículo 31.5 de la Ley de evaluación ambiental, el informe ambiental estratégico no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado el plan o programa, o bien, sin perjuicio de los que procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso, de aprobación del plan o programa.
Firmada en Madrid, a 30 de abril de 2015, por el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 118, de 18/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5479, páginas 42375-42378).


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 21 de octubre de 2014

APOYO INTERNACIONALIZACIÓN ECONOMÍA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES CONVOCATORIA 2013

Mediante la Resolución de 26 de abril de 2013, de la Secretaría General de Economía, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se convoca la concesión de subvenciones recogidas en la Orden de 27 de julio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas.

La citada Orden de 27 de julio de 2011 (BOJA número 166, de 24 de agosto de 2011), ha sido modificada por la Orden de 17 de octubre de 2012 (BOJA número 217, de 6 de noviembre de 2012). Esta Orden, en su disposición adicional, delega en la persona titular de la Secretaría General de Economía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en dicha Orden, previo informe de la Consejería competente en materia presupuestaria.

En virtud de lo anterior, y previo informe favorable de la Consejería competente en materia presupuestaria, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Convocatoria.
Se convoca para el año 2013 la concesión de subvenciones públicas reguladas en la Orden de 27 de julio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para las siguientes líneas de subvención de la Orden de 27 de julio de 2011:
Línea 1. Programa de promoción internacional de la empresa andaluza.
Línea 2. Programa de implantación en el exterior.
Línea 3. Programa de cooperación empresarial en el exterior.
Línea 4. Programa de apoyo a asociaciones.
Línea 5. Programa de apoyo a la formación empresarial en Internacionalización.
Línea 6. Programa de profesionales internacionales.
2. Para la Línea 7. Programa de apoyo a la consolidación internacional de la empresa andaluza, el plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 31 de diciembre de 2013.

Tercero. Lugares y medios de presentación de la solicitud. 
1. Las solicitudes de subvención y de alegaciones/aceptación/reformulación se presentarán ajustándose a los siguientes formularios que se adjuntan para esta convocatoria:
Para las líneas de subvención 1, 2, 3, 4 y 7 se utilizará el Anexo I: formulario de solicitud y Anexo II formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.
Para las líneas de subvención 5 y 6 se utilizará el Anexo III: formulario de solicitud y Anexo IV: formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.
2. Los formularios, que se podrán obtener en la dirección electrónica http://www.extenda.es, se dirigirán a la Secretaría General de Economía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y se presentarán en la forma prevista en los artículos 10 y 11 de la Orden de 27 de julio de 2011, en cualquiera de los registros siguientes:
- Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.extenda.es.
- En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Financiación.
1. Las subvenciones concedidas para la convocatoria 2013 se financiarán con cargo a las siguientes fuentes de financiación:
a) Línea 1. Programa de promoción internacional de la empresa andaluza: se financiará con las dotaciones previstas de los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo financiados con fondos propios, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.17.00.773.48.61O, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional e incorporada en el Programa Operativo FEDER Andalucía 2007-2013, por una cuantía máxima de 9.400.000 euros.
b) Línea 2. Programa de implantación en el exterior: se financiará con las dotaciones previstas de los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo financiados con fondos propios, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.01.00.773.48.61O, por una cuantía máxima de 1.018.242 euros.
c) Línea 3. Programa de cooperación empresarial en el exterior: se financiará con las dotaciones previstas de los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo financiados con fondos propios, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.01.00.773.48.61O, por una cuantía máxima de 200.000 euros.
d) Línea 4. Programa de apoyo a asociaciones: se financiará con las dotaciones previstas de los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo financiados con fondos propios, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.01.00.783.48.61O, por una cuantía máxima de 300.000 euros.
e) Línea 5. Programa de apoyo a la formación empresarial en internacionalización: se financiará con las dotaciones previstas de los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo financiados con fondos propios, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.16.00.773.48.61O, cofinanciada por el Fondo Social Europeo para el periodo 2007-2013, por una cuantía máxima de 100.000 euros.
f) Línea 6. Programa profesionales internacionales: se financiará con las dotaciones previstas de los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo financiados con fondos propios, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.16.00.773.48.61O, cofinanciada por el Fondo Social Europeo para el periodo 2007-2013, por una cuantía máxima de 800.000 euros.
g) Línea 7. Programa de apoyo a la consolidación internacional de las empresas andaluzas: se financiará con las dotaciones previstas de los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo financiados con fondos propios, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.17.00.773.48.61O, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional e incorporada en el Programa Operativo FEDER Andalucía 2007-2013, por una cuantía máxima de 300.000 euros.
2. La cuantía destinada a la convocatoria 2013 es 12.118.242 euros, dependiendo de la demanda o del desarrollo de la ejecución de la convocatoria podrán destinarse importes de una línea a otra línea de subvención, siempre y cuando las diferentes líneas de subvención se financien con la misma aplicación presupuestaria y no se supere la dotación máxima disponible en esa aplicación.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Orden de 27 de julio de 2011, se prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Quinto. Régimen jurídico.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en el artículo 2 de la Orden de 27 de julio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas.

Sexto. Entrada en vigor.
Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 26 de abril de 2013, por el Secretario General, Gaspar José Llanes Díaz Salazar.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 85, de 3/05/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 9-24).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 31 de julio de 2014

FONDO EUROPEO DE PESCA: SUBVENCIONES CONCEDIDAS 2T/2014 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 7 de julio de 2014, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se anuncia la publicación de las subvenciones concedidas en materia pesquera el marco del Programa que se cita.

De conformidad con lo previsto en el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el ejercicio de las facultades conferidas, se resuelve lo siguiente.

Anunciar la publicación de la relación de las subvenciones concedidas en el marco del Programa Operativo nº CCI 2007 ES 14 FPO 001 «Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España para el período de programación 2007-2013», financiadas con cargo al Fondo Europeo de Pesca (FEP), en el periodo comprendido entre el 1 de abril al 30 de junio de 2014. Dicha relación está disponible en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural: http://www.cap.junta-andalucia.es y podrá ser consultada, además, en las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

Firmada en Sevilla, a 7 de julio de 2014, por la Directora General, Margarita Pérez Martín.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 142, de 23/07/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 178).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

lunes, 25 de noviembre de 2013

PLAN MEJORA DE CALIDAD EN COMERCIOS DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES 2007-2013

Mediante el Anuncio de 3 de junio de 2013, de la Dirección General de Comercio, se da publicidad a las subvenciones acogidas al Plan de Mejora de Calidad en el Comercio 2005-2008, conforme al Programa Operativo para el Desarrollo y la Innovación Empresarial 2007-2013. De acuerdo con lo establecido en los artículos 31.3.b) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en cumplimento de las cláusulas sexta, séptima y octava del Convenio de 26 de noviembre de 2007, de Colaboración para el desarrollo del Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio celebrado entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entonces Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, se procede a comunicar y dar publicidad de aquellos expedientes de subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se establecían las normas reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía y que estaban cofinanciados para el ejercicio 2007 en el marco del Plan de Mejora de Calidad del Comercio 2005-2008.

La cofinanciación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a cada proyecto fue hasta el 40% de la aportada por la Junta de Andalucía. Los fondos aportados por el citado Ministerio se acogen al Programa Operativo para el Desarrollo y la Innovación Empresarial 2007-2013, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Firmado en Sevilla, a 3 junio de 2013, por la Directora General, María del Carmen Cantero González. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 128, de 3/07/2013 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 100). 



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)