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jueves, 3 de diciembre de 2015

MATEMÁTICAS PARA QUESEROS-2

En las normas microbiológicas aplicables al sector alimentario se establecen los requisitos de calidad de los alimentos para su comercialización asegurando la salud de los consumidores. En este sentido, las industrias lácteas, entre ellas, las empresas queseras deben cumplir lo establecido en la legislación vigente. En cada caso se definen los métodos oficiales de toma de muestras, así como las condiciones de transporte y conservación hasta el momento de su análisis microbiológico. 

-Concepto: En cada norma microbiológica aplicable a los quesos se establece la obligatoriedad de ausencia de gérmenes patógenos en los productos analizados, y unos rangos de tolerancia para otros microorganismos indeseables pero que no son peligrosos en cuanto a la salud de los consumidores. Asimismo, se establecen los siguientes cuatro tipo de valores (parámetros) para todos los recuentos microbianos en los protocolos analíticos de los quesos: 'n', 'c', 'm' y 'M'.

n = número de unidades de muestras de un lote que se analizan según el protocolo de muestreo.

c = número de muestras que pueden presentar recuentos dentro del rango de tolerancia (superar los valores de 'm' sin sobrepasar 'M').

m = valor del recuento microbiológico de queso analizado (en unidades formadoras de colonias/ gramo); es el límite inferior. Se admite una variabilidad de este valor según el tipo de muestra (líquida o sólida): inferior o igual a 3m y 10m en medio sólido y líquido, respectivamente.

M = valor del recuento microbiológico de queso analizado (en unidades formadoras de colonias/ gramo); es el límite superior o nivel de aceptabilidad del producto, de modo que los valores superiores a 'M' no son aceptables. Se admite una variabilidad de este valor según el tipo de muestra (líquida o sólida): igual a 10m y 30m en medio sólido y líquido, respectivamente.

-Expresión numérica: Los valores de recuentos microbiológicos establecidos en la normativa vigente aplicable a los quesos se incluyen en tablas o cuadros para cada grupo de microorganismo con sus correspondientes cuatro parámetros: 'n', 'c', 'm' y 'M'. Asimismo, se fijan los recuentos en función de los pesos de las muestras analizadas, que en el caso de organismos patógenos es de 25 gramos por unidad de producto, y de 1 gramo en el resto. A modo de ejemplo, se presentan los niveles de recuentos en dos grupos de microorganismos en los análisis de quesos:

Salmonella o Shigella (25 gramos de queso): n = 10, c = m = 0. La interpretación de estos valores nos indica que en los quesos analizados debe haber ausencia total de estos microorganismos patógenos.

Enterobacterias totales (1 gramo de queso): n = 5, c = 2, m = 1.000, M = 10.000. Estos valores indican que en cinco unidades de muestras analizadas de un lote de quesos (n), se tolera que haya dos unidades (c) que tengan 1.000 o más unidades (m) formadoras de colonias por gramo (ufc/g) sin superar nunca el recuento de 10.000 (M).

-Recomendación: Los análisis microbiológicos de los quesos se realizan normalmente por triplicado y tomando cinco unidades del mismo lote de productos. La temperatura de transporte y conservación de las muestras no superará los 8 ºC hasta la fecha de análisis. Cuando los quesos tengan un peso inferior a 1 kilogramo se tomará como muestra la unidad de producto completa o íntegra en su envase original; en el caso de piezas de pesos netos de 1 kg o superiores, se tomarán como muestras analíticas porciones de unos 300 gramos, aproximadamente. Excepcionalmente, cuando no exista una cantidad suficiente de muestra de un mismo lote, se tomará una unidad completa por cada pieza de queso a analizar. Como recomendación general, la porción de muestra que se tome para el análisis deberá ser representativa del conjunto de su respectiva unidad de muestreo.  


José Luis Ares (docente)

miércoles, 2 de diciembre de 2015

MATEMÁTICAS PARA QUESEROS-1

La medida de la densidad de la leche, realizada mediante lactodensímetro, presenta distintos valores según la especie animal, rebaño, individuo, época del año, alimentación, alteraciones y fraudes de la calidad, etc. Muchos queseros que compran leche a ganaderos realizan esta determinación de forma rutinaria, igual que los centros recolectores y las industrias lácteas.

-Concepto: Es una variable determinada por el cociente (o división) entre la masa (o peso) y el volumen de una determinada sustancia. Los valores de la densidad están expresados en unidades de masa respecto al volumen que ocupa la sustancia. Por ejemplo, la densidad del agua tiene un valor de 1 gramo por centímetro cúbico (o mililitro) cuando se mide a una temperatura de 15 ºC, lo que equivale a decir que 1 kilogramo o 1.000 gramos de agua ocupan un volumen de 1 litro o 1.000 centímetros cúbicos. En la práctica, se toma el valor de la densidad del agua (igual a 1), como referencia de las densidades de otras sustancias. En este sentido, la densidad de la leche es superior a la del agua, mientras que la de la grasa láctea es inferior a dicho valor de referencia.

-Expresión numérica: densidad = masa (dividir) volumen

-Recomendaciones: Dado que la densidad está directamente relacionada con la masa de sólidos lácteos y el volumen de agua contenido en la leche, se recomienda tomar la medida en una muestra fresca, mezclada suavemente evitando la incorporación de aire que pueda alterar el resultado analítico final. En algunas zonas las industrias pagan la leche a los productores por peso y en otras por volumen; conociendo la densidad se puede pasar de una modalidad a otra, realizando un cálculo sencillo:

Masa = densidad (multiplicar) volumen
Volumen =masa (dividir) densidad



José Luis Ares (docente)

lunes, 30 de noviembre de 2015

COMIENZA 'MATEMÁTICAS PARA QUESEROS'

Con la publicación de MATEMÁTICAS PARA QUESEROS da comienzo una nueva sección del blog, donde iré incluyendo algunas fórmulas y cálculos numéricos que pueden ser de utilidad para los profesionales del sector quesero en su rutina diaria de trabajo.  

Aunque a lo largo de mi vida profesional he podido comprobar la escasa predisposición de no pocos queseros a la hora de realizar ciertos cálculos numéricos en las distintas actividades de sus empresas, no obstante, personalmente no dejo de insistir en la importancia que tienen algunas operaciones matemáticas tanto en las áreas de producción como en control de calidad y comercialización. 

Las distintas expresiones matemáticas incluidas en esta nueva sección han sido suficientemente contrastadas y, en su mayoría, aparecen recogidas en fuentes bibliográficas especializadas. Para evitar posibles errores de interpretación en los distintos tipos de cálculos necesarios, se indican en cada fórmula las diferentes operaciones matemáticas entre paréntesis.


José Luis Ares (docente)

viernes, 14 de marzo de 2014

CONVENIO INFORMACIÓN ESTADÍSTICA AGRARIA Y PESQUERA: COLABORACIÓN ESPECÍFICA 2013 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 26 de febrero de 2014, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se dispone la publicación del Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de estadística, Año 2013.

1. Con fecha 14 de noviembre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio de Ambiente y la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía suscribieron el Convenio Especifico de colaboración en Materia Estadística para el año 2013. 

2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación, en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», de los convenios de colaboración suscritos entre las distintas Administraciones. En virtud de lo anterior, y de acuerdo con las disposiciones legales y vigentes de general aplicación, se dispone lo siguiente:

Único. Publicar el Convenio Específico de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de estadística, año 2013, que figura como Anexo a esta Resolución. 

Firmada en Sevilla, a 26 de febrero de 2014, por Elena Víboras Jiménez, Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

ANEXO I: Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de estadística, año 2013. Dado en Madrid, a 14 de noviembre de 2013 (ver texto en BOJA).

ANEXO: Listado general de operaciones estadísticas, características metodológicas y presupuesto de financiación del Ministerio (Convenio Específico de Colaboración Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente-Comunidad Autónoma de Andalucía/ 2013) (ver tabla en BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 43, de 5/03/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 72-76).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)