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lunes, 28 de enero de 2013

3-INNOVACIÓN, PRIORIDAD SECTOR LÁCTEO

En relación con las recientes estrategias de lanzamiento de nuevos productos lácteos, se observa en la mayor parte de las empresas españolas una mayor diversificación en materia de leches de consumo líquido de composición modificada (bajo contenido graso, enriquecidas o 'fortificadas' en calcio y ácidos omega-3, vitaminizadas, incorporación de ácido fólico, etc.); actualmente dichas novedades están también presentes en la gama de productos lácteos fermentados, principalmente en el yogur, cuyas formulaciones comerciales incorporan la mayor parte de las innovaciones descritas para la leche líquida, junto con otras de distinta naturaleza como las bacterias probióticas, fibra, oligosacáridos, proteínas, aminoácidos, péptidos, nucleótidos, sustancias nitrogenadas no proteicas, etc.

Una empresa láctea realmente innovadora no debe dejar ningún aspecto del sistema productivo "librado al azar", es decir, para que el lanzamiento de un nuevo producto tenga éxito, además del pertinente estudio de mercado, que en las microempresas se puede sustituir por un simple sondeo o encuesta a sus consumidores habituales, es necesario que trabajen coordinadamente todos los responsables de las distintas secciones y departamentos: abastecimiento de materias primas, elaboración de productos, control de calidad, I+D, envasado, marketing, ventas, etc.

La innovación no solamente amplia el mercado y mejora el posicionamiento de la propia empresa innovadora, sino que además la hace más competitiva frente a las demás, incorporando mayor valor agregado a los nuevos productos. Se puede innovar parcial o totalmente, modificando o sustituyendo los actuales sistemas productivos, a nivel de procesos tecnológicos, ingredientes y materias primas, recetas, presentaciones, envases, vida comercial, distribución y venta, promoción, etc. Todos estos aspectos son de gran importancia y deben tenerse en cuenta en el diseño de un nuevo producto y en la campaña de lanzamiento al mercado. De cómo se aborden dichos aspectos dependerá en gran medida el éxito del nuevo producto lácteo en el mercado. 




José Luis Ares Cea (conferenciante)



martes, 9 de octubre de 2012

2-CALIDAD QUESOS FUNDIDOS: CLASIFICACIÓN (ESPAÑA)

En el punto 2 del Anexo II del Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre, relativo a la norma de calidad para los quesos fundidos elaborados en España, se incluyen las posibles denominaciones del queso, con la excepción de lo indicado en apartado 2.3. del Anexo I de este Real Decreto (denominación según contenido graso sobre el extracto seco total), utilizándose el término "Queso fundido" para el producto que presente un extracto seco total mínimo del 35% (masa/masa), pudiendo completarse esta denominación con las siguientes indicaciones:

En el apartado 2.1. (contenido graso) se establece que según sean los porcentajes de materia grasa sobre el extracto seco total (masa/masa), los quesos fundidos se podrán denominar:

*Extragraso: contenido mínimo del 60%.
*Graso: contenido mínimo del 45% e inferior al 60%.
*Semigraso: contenido mínimo del 25% e inferior al 45%.
*Semidesnatado: contenido mínimo del 10% e inferior al 25%.
*Desnatado: contenido inferior al 10%.



Fuente: Circular informativa (2007). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Manuel Peña Párraga (presidente). Sede AQAA: Baena (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (profesor)