lunes, 11 de agosto de 2014

ASOCIACIONES DE COMERCIANTES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): AYUDAS 2014

Mediante la Orden de 20 de mayo de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se convocan subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva para las ayudas destinadas a las Asociaciones, Agrupaciones de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes de Andalucía para la creación de Oficinas de Integración Comercial y se aprueba el cuadro resumen de las bases reguladoras tipo y los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones.

Por otra parte, en la Orden de 9 de marzo de 2011 se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA nº 58, de 23 de marzo de 2011). En la citada Orden, además de articular las bases reguladoras de las distintas modalidades de subvenciones en materia de Comercio, se recoge el Cuadro Resumen donde se establece la regulación específica de la modalidad de fomento de la cooperación empresarial e impulso del comercio urbano. Por lo cual, nos hallamos ante una ampliación del objeto de las bases reguladoras de la Orden de 9 de marzo de 2011.

Con la presente Orden se pretende fomentar la creación de Oficinas de Integración Comercial para la cooperación entre la producción y el comercio en el territorio, así como el fortalecimiento del asociacionismo a través del diálogo entre el sector de la distribución comercial y las organizaciones de productores (sobre todo del sector agroalimentario) con el fin de implantar un modelo de territorialización, también ambientalmente más sostenible. Las Oficinas de Integración Comercial tienen como fin principal proporcionar el asesoramiento especializado en los procesos relacionados con el asociacionismo, la innovación, calidad y nuevas tecnologías, así como contribuir a promover estrategias de colaboración a nivel local y andaluz en la cadena de distribución.

La disposición adicional única de la Orden de 9 de marzo de 2011 establece que mediante Orden de la Consejería competente en materia de comercio se aprobará la convocatoria de las mismas, y que en ella, además del plazo de presentación de solicitudes, se aprobará el formulario de solicitud (Anexo I de la Orden) y el formulario para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos (Anexo II de la Orden).

Por su parte, de conformidad con el artículo 10.b) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en la convocatoria habrá de especificarse la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención, y ello con independencia de que, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden de 30 de agosto de 2010, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que aprueba las bases reguladoras tipo y los formularios tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, la distribución de los créditos presupuestarios asignados a cada uno de los ámbitos de concurrencia se lleve a cabo en la referida convocatoria o, mediante otra Orden que se apruebe con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes que deberá publicarse en los mismos medios que la concurrencia.

En su virtud, en uso de las competencias conferidas por el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y por el artículo 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dispone lo siguiente.

Primero. Ampliación del objeto de las bases reguladoras de la Orden de 9 de marzo de 2011.
Se amplía el objeto de la Orden de 9 de marzo de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en materia de comercio, manteniéndose el texto articulado contenido en la misma y estableciéndose un cuadro resumen cuyo texto se inserta a continuación.

Segundo. Aprobación de la convocatoria.
Aprobar la convocatoria para 2014 de las subvenciones en materia de comercio por la que se regulan y establecen las ayudas destinadas a las Asociaciones, Agrupaciones de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes de Andalucía para la creación de las Oficinas de Integración Comercial, siendo el plazo para la presentación de solicitudes de 15 días desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se podrán crear hasta cinco Oficinas de Integración Comercial por cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Podrán efectuarse anualmente convocatorias de esta subvención, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias existentes, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Comercio por delegación de la persona titular de la Consejería de Turismo y Comercio.

Tercero. Aprobación de los formularios.
Aprobar los formularios que se indican y que constan como Anexos a la presente Orden, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación, regulados en el artículo 17 de la Orden de 9 de marzo de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio:
a)Formulario de solicitud (Anexo I).
b)Formulario para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos (Anexo II).

Cuarto. Solicitudes.
La solicitud deberá cumplimentarse preferentemente a través del acceso establecido al efecto en la página web de la Consejería, en la dirección www.juntadeandalucia.es/turismoycomercio/, pudiéndose presentar en los lugares y registros referidos en el apartado 10 del Cuadro Resumen de la presente Orden.

Quinto. Financiación de las subvención.
La convocatoria de 2014 de subvenciones para la creación de Oficinas de Integración Comercial, en virtud de la Orden de 9 de marzo de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio y de la presente Orden, se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias y por los importes que a continuación se indican.

-Año/ Aplicación presupuestaria/ Importe (€):
2014/ 0.1.18.00.01.00.485.02.76A.0/ 1.050.000,00
2015/ 3.1.18.00.01.00.485.02.76A.4.2015/ 350.000,00

Sexto. Resolución complementaria.
Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Séptimo. Compromisos de gastos de carácter plurianual.
En la presente convocatoria se podrán adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo, conforme a la distribución por anualidades e importes establecida en la disposición quinta de la presente Orden.

Octavo. Modificación de la resoluciones de concesión.
La persona titular de la Consejería competente en materia de comercio, podrá modificar las resoluciones de concesión, en orden al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Noveno. Régimen jurídico.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en el Orden de 9 de marzo de 2011 y por el Cuadro Resumen que se acompaña a la presente Orden, donde se establecen las bases reguladoras específicas para las subvenciones que se concedan en régimen de concurrencia competitiva en el modalidad de fomento de las Oficinas de Integración Comercial.

Décimo. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 20 de mayo de 2014, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez. 

Los formularios se incluyen en los Anexos de la presente Orden, así como el Cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva (ver en BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 116, de 18/06/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 12-31).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

MODERNIZACIÓN DE PYMES COMERCIALES Y MEJORA DE CALIDAD Y COMPETITIVIDAD EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): AMPLIACIÓN SUBVENCIONES 2013

Mediante la Orden de 12 de noviembre de 2013, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se amplía el plazo para resolver la convocatoria de subvenciones en materia de Modernización de las Pymes Comerciales y la Mejora de la Calidad y la Competitividad en el Pequeño Comercio, correspondiente al ejercicio 2013.

Establecidas en las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de Comercio, en virtud de la Orden de 9 de marzo de 2011 (BOJA nº 58, de 23/3/2011), conforme a lo dispuesto en el artículo 19.3 de la misma, el plazo máximo para resolver y publicar la Resolución del procedimiento será el establecido en el apartado 16 del Cuadro Resumen, y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

Asimismo, la Orden de 18 de abril de 2013, por la que se convocan, para el ejercicio 2013, las subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva en materia de modernización de las Pymes Comerciales y la Mejora de la Calidad y la Competitividad en el Pequeño Comercio, y se aprueba el Cuadro Resumen de las bases reguladoras y los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones, establece en su artículo 16 que el plazo máximo para resolver y publicar la Resolución del procedimiento será de 6 meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Dicho plazo se entiende computado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, que concluyó el 25 de mayo de 2013. Transcurrido el plazo mencionado, si no se hubiera dictado Resolución, las solicitudes podrán entenderse desestimadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo como garantía procedimental para los ciudadanos. Como consecuencia del número de solicitudes formuladas, así como de la aparición de circunstancias sobrevenidas derivadas de la implantación de una nueva herramienta informática de gestión de estas subvenciones en sus fases de concesión y justificación, a la vista de la fase en la que se encuentra el procedimiento de concesión, así como de la proximidad del vencimiento del plazo máximo de resolución y notificación, y pese a haberse habilitado todos los medios materiales y personales disponibles al efecto, se prevé que este plazo no va a poder ser cumplido.

Visto el artículo 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de la competencia que se atribuye a este órgano a mi cargo, por Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, y para general conocimiento, se dispone lo siguiente.

Primero. Ampliar el plazo para resolver y notificar la convocatoria de subvenciones en materia de Modernización de las Pymes Comerciales y la Mejora de la Calidad y la Competitividad en el Pequeño Comercio, correspondiente al presente ejercicio económico, por un plazo máximo de tres meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el artículo 19 de la Orden de 9 de marzo de 2011, siendo el plazo límite el día 25 de febrero de 2014.
Contra el presente acuerdo de ampliación de plazo máximo para resolver no cabe recurso alguno. Firmada en Sevilla, a 12 de noviembre de 2013, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 230, de 22/11/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, página 14).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

REGISTRO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN ALMERÍA (ESPAÑA): NOTIFICACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS DE INSCRIPCIÓN 2014

Mediante el Anuncio de 7 de abril de 2014, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, de la Junta de Andalucía (España), se notifican diversos actos administrativos relativos a procedimientos de inscripción en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.

De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que ha sido intentada la notificación sin que haya surtido efecto, se procede, mediante el presente anuncio, a notificar a las personas que se relacionan los actos que se citan, haciéndose constar que para su conocimiento íntegro y constancia de tal conocimiento podrán comparecer en la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo y Comercio en Almería.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las interesadas en el expediente pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Turismo y Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la presente publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Firmado en Almería, a 7 de abril de 2014, por la Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.

Se relacionan los nombres de los interesados y los actos notificados (ver en BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 72, de 14/04/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 281).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

MEJORA PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD EN COMERCIO 2009/12 DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES 2009

Mediante el Anuncio de 7 de febrero de 2014, de la Dirección General de Comercio, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se da publicidad a las subvenciones correspondientes al año 2009, acogidas al Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad del Comercio 2009-2012, conforme al Programa Operativo para el Desarrollo y la Innovación Empresarial 2007-2013.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 31.3.b) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en cumplimento de las cláusulas sexta, séptima y octava del Convenio suscrito en el año 2009, de colaboración para el desarrollo del Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad del Comercio (2009-2012) celebrado entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entonces Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, se procede a comunicar y dar publicidad de aquellos expedientes de subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 27 de noviembre de 2007, por la que se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se establecían las normas reguladoras de la concesión
de subvenciones en materia de comercio y artesanía y que estaban cofinanciados para el ejercicio 2009 en el marco del Plan de Mejora de la Productividad y la Competitividad del Comercio 2009-2012.

La cofinanciación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a cada proyecto fue hasta el 40% de la aportada por la Junta de Andalucía. Los fondos aportados por el citado Ministerio se acogen al Programa Operativo para el Desarrollo y la Innovación Empresarial 2007-2013, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Firmado en Sevilla, a 7 febrero de 2014, por la Directora General, M.ª Carmen Cantero González.

Las subvenciones concedidas aparecen desglosadas en varios apartados: Totales por Programas de Actuación, Comercio Rural, Comercio Urbano, y Proyectos Singulares (ver en BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 38, de 25/02/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, páginas 385 y 386).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

domingo, 10 de agosto de 2014

REFRANERO QUESERO-54

"Es más seguro buscar en el laberinto que quedarse de brazos cruzados sin queso" 


Fuente: La actividad quesera, por su antigüedad y su amplia distribución geográfica en la mayoría de los países del mundo, cuenta con un refranero muy rico, donde las frases, dichos, comentarios, consejos, experiencias, se entremezclan armoniosamente con los nombres de las tareas realizadas diariamente y con las singulares denominaciones que identifican a los útiles y aperos tradicionales empleados en las distintas regiones rurales. Muchas de estas frases son de origen desconocido, por lo que al publicarlas en esta sesión del blog, es mi intención difundirlas entre los que trabajan en este sector y en la sociedad en su conjunto, a modo de modesto pero merecido reconocimiento a sus creadores y, al mismo tiempo, conservar estas auténticas joyas de la sabiduría popular para hacerlas llegar a las generaciones presentes y futuras. Incluso, ocasionalmente, se presentan en este refranero quesero, algunas aportaciones personales, con gran osadía por mi parte (recopilación de José Luis Ares y Antonio de la Rosa).

viernes, 8 de agosto de 2014

PREMIOS 2014 DE TURISMO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): RELACIÓN DE GALARDONADOS

Mediante la Resolución de 29 de julio de 2014, de la Secretaría General para el Turismo, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se hace público el fallo del Jurado de los Premios Andalucía del Turismo 2014.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de 15 de mayo de 2014, por la que se modifica la Orden de 9 de abril de 2010, por la que se regulan los Premios Andalucía del Turismo; y en la Resolución de 8 de julio de 2014, por la que se hace pública la composición del Jurado Calificador de estos Premios en su edición del año 2014, la Secretaría General para el Turismo ha resuelto hacer público el fallo del Jurado acordado en reunión celebrada el día 28 de julio de 2014, otorgando los galardones, según las modalidades establecidas en el artículo 2 de la Orden reguladora, a las siguientes personas y entidades:

-Institución pública o privada, asociación o colectivo: Gruta de las Maravillas, Ayuntamiento de Aracena.
-Empresa, empresario o empresaria turística: Antonio Carmona Gallardo.
-Trabajador o trabajadora perteneciente a la industria turística andaluza: Manuel Rusillo Rodríguez.
-Comunicación: Juan de Dios Mellado Morales.
-Excelencia en la gestión: Giralda Campamento, S.L.
-Formación e investigación turística: Asociación de Antiguos Alumnos y Alumnas de los Consorcios Escuela de Hostelería y Turismo de la Junta de Andalucía (AACEHTA).
-Embajador o embajadora de Andalucía: Manuel Molina Lozano.
-Buenas prácticas en materia de empleo turístico: Baños Árabes Hamman Al-Andalus.

Firmada en Sevilla, a 29 de julio de 2014, por el Secretario General, Vicente Granados Cabezas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 152, de 6/08/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, página 165).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

INFOEMPLEO: BECA FORMACIÓN EN COMERCIO INTERIOR EN ANDALUCÍA (ESPAÑA) CONVOCATORIA 2011

Mediante la Resolución de 2 de abril de 2014, de la Dirección General de Comercio, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se hace pública la relación de subvenciones concedidas por becas de formación en materia de comercio interior.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, esta Dirección General procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 27 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en materia de comercio interior y se efectúa su convocatoria para el año 2011, modificada por la Orden de 18 de enero de 2013, con cargo al programa y créditos presupuestarios siguientes: 0.1.18.00.16.00.784.00.76A.6.

El 14 de febrero de 2014, por Resolución de la Dirección General de Comercio, se prorrogan, para la formación en materia de comercio interior, 16 becas correspondientes a la convocatoria de 2011, de conformidad con la Orden de 27 de julio de 2011 y demás normativa de aplicación. El 14 de marzo de 2014, por Resolución de la Dirección General de Comercio se concede, para la formación en materia de comercio interior, una beca por suplencia, correspondiente a la convocatoria de 2013, de conformidad con la Orden de 27 de julio de 2011 y demás normativa de aplicación.

Las becas de formación en materia de comercio interior tienen como finalidad la formación en materia de comercio interior, mediante la realización de un curso de formación, un periodo de prácticas y un proyecto de investigación, orientados a una mejor comprensión y estudio de la realidad del sector comercial en Andalucía o de sus tendencias futuras, en el marco de la vigente legislación comercial.

Las becas de formación en materia de comercio interior están cofinanciadas por la Comunidad Europea, incluidas en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013 para Andalucía. El porcentaje de cofinanciación es del 80%. La relación de las personas beneficiarias con expresión de la convocatoria a la que corresponde así como la cantidad concedida se detalla a continuación (ver listado en BOJA). Firmada en Sevilla, 2 de abril de 2014, por la Directora General, M.ª Carmen Cantero González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 75, de 21/04/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, páginas 232 y 233).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)