miércoles, 8 de junio de 2016

INFOEMPLEO: SELECCIÓN PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 2016 UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 30 de mayo de 2016, de la Universidad de Córdoba (España), se publica la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2016.

La ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que, a lo largo del ejercicio 2016, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y administraciones que se contemplan en el artículo 20 de la citada norma, entre las que se encuentran las universidades, respecto de las cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 100%.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.uno.4 de la citada Ley 48/2015, de 29 de octubre, el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, en función del número de Personal de Administración y Servicios fijos que durante el año 2015 han dejado de prestar servicios en esta universidad, asciende a catorce plazas, no computando dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna. 

Por ello, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016; en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, así como en los estatutos de la Universidad de Córdoba, este Rectorado resuelve:

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba para el año 2016, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2016, y que se acompaña como Anexo.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito de Administración y Servicios con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas. 

Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Firmada en Córdoba, 30 de mayo de 2016, por el Rector, José Carlos Gómez Villamandos.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 107, de 7/06/2016 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 239 y 240).


José Luis Ares (docente)

INFORMACIÓN NUTRICIONAL-47: QUESO FRESCO DE CABRA Y VACA

Como resultado de una prospección realizada en establecimientos comerciales españoles se ha recopilado la siguiente información nutricional, correspondiente a queso fresco de mezcla de leches de cabra y de vaca, suministrada por una industria del sector lácteo (datos impresos en el envase):

-Valor energético: 294 kcal (por 100 g de producto)
-Grasa: 19,4 g ( (por 100 g de producto)
-Hidratos de carbono: 1,9 g (por 100 g de producto)
-Proteínas: 16,7 g (por 100 g de producto)

Nota: Los parámetros nutricionales se expresan en las unidades de medida (valores medios) que se detallan a continuación: kcal = kilocalorías; g = gramos.


José Luis Ares Cea (divulgador)

MATEMÁTICAS PARA QUESEROS-13

Resulta habitual que los queseros tengan que efectuar algunas operaciones matemáticas sencillas para determinar los valores medios o promedios de diversos datos cuantitativos, como ocurre con el cálculo de la cantidad media diaria de quesos elaborados mensualmente, los rendimientos industriales de transformación por unidad de producto elaborado, las mermas medias de un lote de quesos almacenados en la cámara de maduración, las cifras de composición que aparecen en la etiqueta, etc.

Concepto: En el cálculo matemático y en el manejo estadístico de los promedios de cifras y datos numéricos hay que diferenciar entre la media aritmética y la media geométrica.

-Expresión numérica:
a) La media aritmética de un conjunto de números se obtiene a partir de la suma de todos sus valores dividida entre el número de sumandos.
Por ejemplo, el procedimiento de cálculo de la media aritmética de los dos valores siguientes: 2, y 8 se muestra a continuación:
Ma = 2 (sumar) 8 (dividir) 2 = 5.

b) La media geométrica de una cantidad arbitraria de números es la raíz correspondiente de la cifra obtenida por la multiplicación de todos los números.
Por ejemplo, el procedimiento de cálculo de la media geométrica de los dos valores anteriores (2 y 8) se muestra a continuación:
Mg = (Raíz cuadrada) 2 (multiplicar) 8 = 4.

-Recomendaciones: Cuando el conjunto de valores es una muestra aleatoria se denomina 'media muestral', que es un estadístico muy utilizado. En el caso de la media geométrica se usa mayoritariamente para calcular los promedios de razones, interés compuesto y diversos números índices. En los requisitos microbianos establecidos para la leche cruda se fijan los valores máximos de sus medias geométricas tanto en los recuentos de gérmenes mesófilos totales como en las células somáticas expresados ambos por mililitro de muestra, con la diferencia de que en el primer caso los valores deben responder a controles realizados durante dos meses consecutivos con al menos dos muestras al mes, siendo en el otro caso el resultado de la media geométrica observada durante tres meses con al menos una muestra mensual. 



José Luis Ares (docente)

SUBVENCIONES: CONVOCATORIA AYUDAS GESTIÓN DE CRISIS EXCEPCIONALES 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 19 de mayo de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se efectúa convocatoria para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas previstas en el Reglamento Delegado (UE) 1031/2014 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2014, que establece con carácter temporal nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas, para las operaciones de gestión de crisis excepcionales ejecutadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2016, ambos inclusive.

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto de la presente Resolución es establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas para las operaciones de retirada, renuncia a efectuar cosecha y cosecha en verde previstas en el Reglamento Delegado (UE) 1031/2014 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2014, que establece con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas, para el periodo comprendido entre el 8 de agosto de 2015 y el 30 de junio de 2016, ambos incluidos. no obstante y para la presente convocatoria solo serán subvencionables las operaciones ejecutadas entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2016.

Segundo. Régimen Jurídico.
Las ayudas a que se refiere la presente Resolución, además de lo previsto por la misma, se regirán por las normas comunitarias aplicables.

Tercero. Conceptos subvencionables.
1. Serán subvencionables, las operaciones de retiradas del mercado con destino a distribución gratuita a las organizaciones caritativas y centros benéficos autorizados, alimentación animal, biodegradación en parcela mediante esparcimiento, así como compostaje en centro o planta de gestión de residuos autorizado, de los productos del sector de las frutas y hortalizas para consumo en fresco: tomates, zanahorias, pimientos, pepinos, pepinillos, manzanas, peras, naranjas dulces, clementinas, mandarinas (incluidas las tangerinas y las satsumas), limones, wilking y otros híbridos similares de cítricos, melocotones y nectarinas, coles, coliflores y brécoles, hongos del género Agaricus (en adelante champiñones) y bayas (frambuesa y moras, grosellas y arándanos), que hayan sido objeto de una notificación previa, validada por la administración, una vez realizados los controles de primer nivel a los que se refiere el artículo 8 del Reglamento Delegado (UE) 1031/2014, cuenten con la asignación de cupo al que se refiere su artículo 3, y hayan sido efectuadas durante el periodo al que se refiere el apartado cuarto de esta Resolución.
Los gastos de transporte y los de selección y envasado cuando este se efectúe en envases de menos de 25 kilogramos serán también subvencionables tanto para los productores de una organización de productores (OP), como para los productores individuales en las operaciones de retirada con destino distribución gratuita.
Firmada en Sevilla, a 19 de mayo de 2016, por la Directora General, Ángeles Arquero Coloma.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 108, de 8/06/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 147-177).


José Luis Ares (docente)

martes, 7 de junio de 2016

INFORMACIÓN NUTRICIONAL-46: QUESADA

Como resultado de una prospección realizada en establecimientos comerciales españoles se ha recopilado la siguiente información nutricional, correspondiente a quesada a base de requesón, suministrada por una industria del sector lácteo (datos impresos en el envase):

-Valor energético: 271 kcal (por 100 g de producto)
-Proteínas: 6,5 g (por 100 g de producto)

Nota: Los parámetros nutricionales se expresan en las unidades de medida (valores medios) que se detallan a continuación: kcal = kilocalorías; g = gramos.


José Luis Ares Cea (divulgador)

MATEMÁTICAS PARA QUESEROS-12

Los recuentos microbiológicos influyen en la calidad final de los quesos, siendo además dichos valores establecidos en las normas sanitarias correspondientes, donde se fija el procedimiento para la toma de las muestras que se analizarán en cada lote o partida de producto destinado al mercado, variable según el tipo de microorganismo. A continuación, se incluyen a modo de ejemplo las condiciones microbiológicas exigidas en la aplicación del autocontrol de calidad en quesos frescos y quesos blancos pasterizados.

Concepto: En la aplicación de la normativa microbiológica se tienen en cuenta los siguientes valores o parámetros de control de calidad:
n: número de unidades que componen la muestra a analizar.
c: número de unidades de la muestra que pueden dar valores entre m y M.
m: valor umbral del número de bacterias, siendo el resultado satisfactorio si todas las unidades de que se compone la muestra tienen un número de bacterias igual o menor que m.
M: valor límite del número de bacterias o límite de aceptabilidad, siendo el resultado no satisfactorio si una o varias unidades de las que componen la muestra tienen un número de bacterias igual o mayor que M.

Por otra parte, se deberá cumplir lo siguiente:
-Toma de muestras: se realizará por triplicado.
-Identificación: en el acta de toma de muestras deberán reflejarse las condiciones de conservación de la muestra, la fecha de caducidad o de consumo preferente, y el tipo de envase (íntegro o abierto).
-Transporte: la muestra será transportada a una temperatura no superior a 8 ºC hasta el lugar del análisis.
-Realización del análisis: los tres ejemplares de la muestra se analizarán antes de la fecha de caducidad del producto o de consumo preferente. La porción de muestra que se tome para el análisis deberá ser representativa del conjunto de su respectiva unidad.
-Tolerancias microbiológicas: se tienen en cuenta los valores establecidos en el Reglamento CE 2073/05 (publicado en DOUE L338/1, de fecha 22/12/2005).
-Procedimiento: se admiten dos tipos:
a) General: se toman cinco unidades del mismo lote para cada uno de los tres ejemplares de la muestra de queso a analizar. Cada unidad estará constituida por un envase original e íntegro cuando su contenido neto sea inferior a 1 kg, y por porciones de 300 g, aproximadamente, para piezas con contenido igual o superior a 1 kg, debiendo recogerse éstas con utensilios y recipientes estériles.
b) Excepcional: cuando no fuese posible tomar el número de muestras indicado en el apartado a), debido a la falta de cantidad suficiente de un mismo lote, se tomará una unidad para cada ejemplar de muestra.

-Expresión numérica: No se requiere el uso de fórmulas matemáticas. Los resultados de los recuentos microbiológicos de los quesos analizados deben cumplir los siguientes criterios, definidos en la norma de calidad aplicable a quesos frescos y blancos pasterizados (valores expresados en unidades formadoras de colonias bacterianas por gramo de muestra):
-Recuento de Enterobacterias totales (ufc/g): n =5, c =2, m = 1000, M = 10.000.
-Recuento de Escherichia coli (ufc/g):  n =5, c =2, m = 100, M = 1000.
-Recuento de Estafilococos aureus enterotoxigenico (ufc/g):  n =5, c =1, m = 100, M = 1000.
-Recuento de Salmonella Shigella (ausencia en 25 gramos): n =5, c =0, m = 0, M = 0.

siendo: ufc, unidad formadora de colonia.

-Recomendaciones: Para los microorganismos patógenos para la salud humana se exige ausencia (ufc = 0) en los valores de recuentos de todos los ejemplares de las muestras analizadas. Para el resto de agentes microbianos se admiten los siguientes rangos de variabilidad:
-Menor o igual a 3m en medio sólido, y de menor o igual a 10m en medio líquido.
-M = 10m para medio sólido, y de M = 30m para medio líquido.



José Luis Ares (docente)

lunes, 6 de junio de 2016

INFORMACIÓN NUTRICIONAL-45: TARTA DE QUESO FRESCO

Como resultado de una prospección realizada en establecimientos comerciales españoles se ha recopilado la siguiente información nutricional, correspondiente a tarta de queso fresco, suministrada por una industria del sector lácteo (datos impresos en el envase):

-Valor energético: 197 kcal (por 100 g de producto)
-Grasa: 9,0 g ( (por 100 g de producto)
-Hidratos de carbono: 21,0 g (por 100 g de producto)
-Proteínas: 9,0 g (por 100 g de producto)

Nota: Los parámetros nutricionales se expresan en las unidades de medida (valores medios) que se detallan a continuación: kcal = kilocalorías; g = gramos.


José Luis Ares Cea (divulgador)