La nueva Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea establece la declaración obligatoria de la superficie de las parcelas agrarias objeto de las ayudas solicitadas. El mantenimiento de las Superficies de Pastos Permanentes es una de las obligaciones de los agricultores y ganaderos para recibir las ayudas por 'greening' o 'pago verde'. Los pastos permanentes son tierras utilizadas para el cultivo de forrajes herbáceos, naturales o cultivados, que no están incluidos en la rotación de cultivos de una determinada explotación durante, al menos, cinco años.
Con objeto de facilitar la identificación de dichas superficies por parte de los agricultores y ganaderos, se ha creado una nueva 'capa' que se puede consultar a través del visor SIGPAC. Además, en las consultas de intersecciones del recinto SIGPAC con esa nueva capa, se proporcionará información sobre si el recinto está calificado como un 'pasto medianamente sensible' o no. En caso afirmativo, estos pastos permanentes no podrán convertirse a otros usos, ni labrarse, ni efectuar ninguna labor, excepto las imprescindibles para su mantenimiento. En el caso de que un productor hubiese transformado este tipo de pastos en tierra de cultivo o en cultivos permanentes, la Administración competente le comunicará la obligación de revertir dicho uso de tal manera que las hectáreas afectadas vuelvan a convertirse en superficie de pasto permanente.
Asimismo, en caso de que se compruebe una reducción, a nivel nacional, superior al 5% de la proporción de referencia de las superficies de pastos permanentes respecto a la superficie agraria total declarada por los productores, se establecerá un mecanismo para que aquellos que hayan transformado sus superficies de pastos permanentes en tierras arables o cultivos permanentes reviertan el uso de las mismas mediante su reconversión en pastos permanentes.
Más información: www.fega.es
Con objeto de facilitar la identificación de dichas superficies por parte de los agricultores y ganaderos, se ha creado una nueva 'capa' que se puede consultar a través del visor SIGPAC. Además, en las consultas de intersecciones del recinto SIGPAC con esa nueva capa, se proporcionará información sobre si el recinto está calificado como un 'pasto medianamente sensible' o no. En caso afirmativo, estos pastos permanentes no podrán convertirse a otros usos, ni labrarse, ni efectuar ninguna labor, excepto las imprescindibles para su mantenimiento. En el caso de que un productor hubiese transformado este tipo de pastos en tierra de cultivo o en cultivos permanentes, la Administración competente le comunicará la obligación de revertir dicho uso de tal manera que las hectáreas afectadas vuelvan a convertirse en superficie de pasto permanente.
Asimismo, en caso de que se compruebe una reducción, a nivel nacional, superior al 5% de la proporción de referencia de las superficies de pastos permanentes respecto a la superficie agraria total declarada por los productores, se establecerá un mecanismo para que aquellos que hayan transformado sus superficies de pastos permanentes en tierras arables o cultivos permanentes reviertan el uso de las mismas mediante su reconversión en pastos permanentes.
Más información: www.fega.es
Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)