A continuación, se presenta el Extracto (BDNS-Identificación 301646) de la Orden de 24 de febrero de 2016, por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía (España) para el ejercicio 2016, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, que se cita.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Primero. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2016, las ayudas destinadas a las actividades del control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, previstas en el artículo 19 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina, y que constituyen sus bases reguladoras, en la cuantía total máxima de 199.954,50 euros, con arreglo a los créditos presupuestarios, partida 1900180000 G/71B/78207/00.
Segundo. Personas beneficiarias:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, podrá solicitar la ayuda el centro andaluz de control Lechero oficial, como entidad sin personalidad jurídica propia de las previstas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que agrupa a las asociaciones de criadores de las razas puras de actitud lechera de Andalucía, constituido conforme a lo dispuesto en la Orden de 20 de diciembre de 2006, por la que se regula el control oficial de rendimiento lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina.
Tercero. Objeto.
La finalidad es la evaluación genética de los reproductores a través de los esquemas de selección aprobados para las diferentes razas de las especies bovina, ovina y caprina.
Cuarto. Bases reguladoras.
Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina y la orden por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2016, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, que se cita.
Quinto. Cuantía.
La cuantía total máxima es de 199.954,50 euros, si bien la cuantía de la ayuda y sus límites se ajustarán a lo establecido en el anexo V del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril. así, el importe máximo de la subvención por cada lactación finalizada y validada será el siguiente: Bovino: 10 euros. ovino: 5 euros. caprino: 5 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el BOJA el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en este BOJA junto con la convocatoria.
Firmada en Sevilla, a 24 de febrero de 2016, por la consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 51, de 16/03/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, página 33).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Primero. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2016, las ayudas destinadas a las actividades del control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, previstas en el artículo 19 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina, y que constituyen sus bases reguladoras, en la cuantía total máxima de 199.954,50 euros, con arreglo a los créditos presupuestarios, partida 1900180000 G/71B/78207/00.
Segundo. Personas beneficiarias:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, podrá solicitar la ayuda el centro andaluz de control Lechero oficial, como entidad sin personalidad jurídica propia de las previstas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que agrupa a las asociaciones de criadores de las razas puras de actitud lechera de Andalucía, constituido conforme a lo dispuesto en la Orden de 20 de diciembre de 2006, por la que se regula el control oficial de rendimiento lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina.
Tercero. Objeto.
La finalidad es la evaluación genética de los reproductores a través de los esquemas de selección aprobados para las diferentes razas de las especies bovina, ovina y caprina.
Cuarto. Bases reguladoras.
Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina y la orden por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2016, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, que se cita.
Quinto. Cuantía.
La cuantía total máxima es de 199.954,50 euros, si bien la cuantía de la ayuda y sus límites se ajustarán a lo establecido en el anexo V del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril. así, el importe máximo de la subvención por cada lactación finalizada y validada será el siguiente: Bovino: 10 euros. ovino: 5 euros. caprino: 5 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el BOJA el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en este BOJA junto con la convocatoria.
Firmada en Sevilla, a 24 de febrero de 2016, por la consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 51, de 16/03/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, página 33).