miércoles, 1 de abril de 2015

SE ACABARON LAS CUOTAS LÁCTEAS EN EUROPA

Con fecha de 1 de abril de 2015 ha finalizado la aplicación de la tasa láctea, más conocida como 'cuotas lácteas', en todos los países de la Unión Europea. Esta tasa, impuesta hace ahora unos treinta años con objeto de reducir los excedentes lácteos de la Comunidad europea en el ámbito de las producciones lecheras, únicamente se aplicaba a los ganaderos de bovino, quedando exentos los productores de las restantes especies (cabra, oveja, búfala).

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) explica el mecanismo de la cuota láctea como la percepción de una tasa en función de las cantidades de leche de vaca realmente recogidas o vendidas de un modo directo, cuando éstas sobrepasen un umbral de garantía dado. Este umbral consiste, para cada Estado miembro de la Unión Europea, en una cantidad global garantizada con un contenido de materia grasa de referencia y que no puede ser superado por la suma de las cantidades individuales atribuidas. 

Esta tasa estaba fijada en un nivel que pretendía ser disuasorio para que los productores de leche de vaca no superasen la cantidad total asignada a cada país (cantidad de referencia nacional), debiendo ser los Estados miembros los encargados de pagarla en caso de superar dicha cantidad. Posteriormente, cada Estado miembro debía repartirla entre los productores que hubieran contribuido al rebasamiento de su cuota individual. En este sentido, estos productores eran deudores respecto al Estado miembro del pago de su contribución a la tasa al haber rebasado la cantidad asignada. La tasa se liquidaba por períodos de 12 meses consecutivos contados desde el 1 de abril y el 31 de marzo.

En el procedimiento de aplicación de la tasa se consideraba a los productores como los sujetos pasivos contribuyentes, mientras que los compradores son los sujetos pasivos sustitutos, quedando obligados a su pago. El Sistema Informático de la Tasa Láctea (SITALAC) es una aplicación diseñada al efecto del control de las cuotas lácteas. En cualquier caso se aplicaba la tasa láctea en los siguientes supuestos:
-Cuando el productor de leche de vaca comercializaba por encima de su cuota individual y España sobrepasaba la cantidad global garantizada.
-Comercializar leche sin acreditar origen o destino.
-La leche no declarada cuando se esté obligado.
-Comercializar leche por compradores no autorizados.

Con la finalización del sistema de cuotas o tasas hasta ahora vigente, se abre un período de cierta incertidumbre en el mercado lácteo español que, sin duda, merecerá de estudios y reflexiones sobre sus posibles efectos y repercusiones positivas o negativas para los productores de leche de vaca.    



José Luis Ares (docente)