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jueves, 23 de enero de 2014

ESTRATEGIA INDUSTRIAL EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): APROBACIÓN ACUERDO PERÍODO 2014-2020

Mediante el Acuerdo de 26 de noviembre de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, se aprueba la formulación de la estrategia industrial de Andalucía 2014-2020. En este sentido, la Estrategia Europa 2020 recoge entre sus iniciativas emblemáticas «Una política industrial para la era de la mundialización», cuya finalidad genérica es mejorar el entorno empresarial, especialmente para las PYME, y apoyar el desarrollo de una base industrial fuerte y sostenible que pueda competir mundialmente. Al mismo tiempo aboga por la «Unión por la innovación», que persigue mejorar las condiciones generales y de acceso a la financiación destinada a la investigación e innovación con el fin de reforzar la cadena de innovación e impulsar los niveles de inversión en toda la Unión Europea.

Por su parte, el Dictamen del Comité de las Regiones, «Una industria europea más fuerte para el crecimiento y la recuperación económica» (2013/C139/03), pone de manifiesto que la política industrial tiene que convertirse en uno de los pilares de la construcción europea y ser considerada como una auténtica prioridad política, añadiendo que como pilares de una política industrial reforzada apoya la inversión en innovación y unas mejores condiciones de acceso al mercado, así como al capital y a las capacidades.

En el ámbito autonómico, en el Acuerdo para el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2012 por la Junta de Andalucía y los Agentes Económicos y Sociales más representativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma, las partes firmantes consideran necesario redoblar los esfuerzos y relanzar el sector industrial andaluz, siendo para ello necesario negociar el nuevo plan industrial que potenciará la atracción de inversiones y facilitará el desarrollo de la actividad industrial en Andalucía, reforzando así la lucha contra la deslocalización y la destrucción de empleo.

Actualmente se está tramitando la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020, que servirá de marco estratégico del desarrollo regional de Andalucía, y la Estrategia de Innovación de Andalucía 2014-2020, en el marco de la RIS3 (Research and Innovation Smart Specilisation Strategy) para Andalucía, que se configura como referente para Andalucía dentro del proceso de planificación y programación económica para el período 2014-2020. 

Como elemento planificador que ha orientado las políticas sectoriales de las actividades industriales en el territorio de Andalucía en el período 2008-2013, fue aprobado por Decreto 10/2008, de 22 de enero, el Plan Andaluz de Desarrollo Industrial, que se ha desarrollado en dos documentos de programación, uno para el período 2008-2010 y otro para el período 2011-2013, con el fin de concretar las medidas, los instrumentos y los gestores y adaptarlos a los cambios que pudieran surgir durante su vigencia. Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula las estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, corresponden a dicha Consejería las competencias relativas a las actividades industriales, energéticas y mineras, así como la cooperación económica y el fomento de las iniciativas y acciones en dicho campo, siendo la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía quien ejerce las funciones de planificación, impulso y coordinación de las políticas de industria, energía y minas en la Comunidad Autónoma.

En virtud de lo anteriormente indicado, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de noviembre de 2013, se acuerda lo siguiente.

Primero. Formulación.

Se acuerda la formulación de la Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a lo establecido en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad.

La Estrategia deberá constituir un documento de planificación que orientará estratégicamente la política industrial en el territorio de Andalucía de acuerdo con la planificación económica general y con los intereses sociales y económicos, de forma coordinada y compatible con la planificación económica, ambiental y social existente en la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el marco de la normativa europea, nacional y autonómica.

Tercero. Contenido.

La Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020 deberá incluir, al menos, el siguiente contenido:

a) El diagnóstico de la industria andaluza, mediante el uso de indicadores que permitan conocer la situación actual y detectar los problemas y oportunidades a los que debe hacer frente en los próximos años.
b) Determinación de los objetivos, programas y medidas coherentes con la planificación económica, ambiental y social. La propuesta de objetivos contendrá todos los aspectos necesarios para su correcta interpretación y, en este sentido, incluirá indicadores asociables a cada uno de ellos para su cuantificación y relaciones entre objetivos y medidas.
c) La valoración económica de las medidas previstas, así como la determinación de los recursos económicos que deban ser utilizados para su ejecución, y los instrumentos financieros y de gestión que deban ponerse en marcha por la Administración de la Junta de Andalucía para la correcta ejecución de la Estrategia.
d) La definición de los criterios para el seguimiento y evaluación de la Estrategia.

Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación de la Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020.

1. Se crea la Comisión de Redacción de la Estrategia Industrial de Andalucía, presidida por la persona titular de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo e integrada por dos vicepresidencias, la persona titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, y la persona titular de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía; un representante, con rango de titular de Dirección General, del Servicio Andaluz de Empleo y de las siguientes Direcciones Generales: Autónomos y Planificación Económica; Economía Social; Investigación, Tecnología y Empresa; Telecomunicaciones y Sociedad de la Información; Relaciones Laborales; Seguridad y Salud Laboral; y por un representante, con ese mismo rango, de las Consejerías de Administración Local y Relaciones Institucionales; Hacienda y Administración Pública; Igualdad, Salud y Políticas Sociales; Educación, Cultura y Deporte; Fomento y Vivienda; Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural; Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; y Turismo y Comercio.
Corresponden a la Comisión de Redacción de la Estrategia las siguientes funciones:
a) Informar cuantos documentos se sometan a su consideración durante el procedimiento de redacción de la Estrategia.
b) Informar la propuesta de Estrategia una vez concluida su redacción, antes de iniciar su tramitación.
c) Informar las modificaciones que se introduzcan en la propuesta de Estrategia como consecuencia de los trámites de información pública y de audiencia.

2. Corresponde a la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la coordinación con el resto de Consejerías de la Junta de Andalucía de las actuaciones dirigidas a la elaboración de la Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020.

3. Corresponde a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) la dirección técnica, contratación y seguimiento de los trabajos necesarios para el impulso de la aprobación de la Estrategia, así como el apoyo técnico a la tramitación y la elaboración de las correspondientes propuestas.

4. El borrador de la Estrategia será remitido a la Dirección General de Autónomos y Planificación Económica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para su análisis y evaluación en el marco de la planificación económica regional, de acuerdo con el artículo 1.b) del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

5. Concluida la redacción de la Estrategia, la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la someterá por un plazo de dos meses a información pública y, simultáneamente, dará audiencia a la Administración General del Estado, a las Diputaciones Provinciales de Andalucía, a la asociación de municipios y provincias con mayor implantación en Andalucía, así como a los distintos agentes sociales, a fin de que puedan formular en el plazo de un mes, a contar desde la recepción del documento, las observaciones o sugerencias que consideren convenientes. Transcurridos dichos plazos sin que se hayan formulado observaciones y sugerencias, continuarán las actuaciones. Este trámite incluirá la fase de consultas prevista en el artículo 39.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

6. Finalizado el trámite de información pública y audiencia, y una vez consensuado el documento con los Agentes Económicos y Sociales, se redactará la Memoria Ambiental prevista en el artículo 39.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de forma conjunta por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y se elaborará la propuesta de Estrategia incorporando las consideraciones finales de la Memoria Ambiental.

7. A la vista de los informes emitidos, la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo elevará la Estrategia al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante Decreto.

Quinto. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo.

Sexto. Eficacia.

Este Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 26 de noviembre de 2013, por Susana Díaz Pacheco, Presidenta de la Junta de Andalucía, y por José Sánchez Maldonado, Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 246, de 18/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 30-32).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

IMPULSO SECTOR TELECOMUNICACIONES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): ESTRATEGIA TIC 2020

Mediante el Acuerdo de 26 de noviembre de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, se aprueba la formulación de la estrategia de impulso del Sector TIC Andalucía 2020. En este sentido, cabe señalar que la crisis económica y financiera en la que estamos inmersos ha puesto de manifiesto las graves carencias estructurales de nuestro modelo actual de desarrollo económico y social. Ante esta situación, y consciente de los retos a los que se enfrenta, la Unión Europea ha formulado la Estrategia Europa 2020 no solo como instrumento para superar la situación actual de crisis sino para convertir a la Unión Europea en una economía cuyo crecimiento sea inteligente, sostenible e integrador. 

Estas tres prioridades, íntimamente relacionadas y que se refuerzan mutuamente, deben contribuir a que la Unión Europea y sus Estados miembros alcancen altos niveles de empleo, productividad y cohesión social. Apostar por un crecimiento inteligente es hacerlo por un modelo de desarrollo económico en el que el conocimiento y la innovación se sitúan como elementos clave. Para poder materializar dicha apuesta, es necesario explotar al máximo las posibilidades que ofrecen las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) como factor clave y estratégico en el nuevo modelo de crecimiento.

Una de las siete iniciativas emblemáticas de la Estrategia Europa 2020 es «Una Agenda Digital para Europa», cuyo propósito es definir la función transformadora esencial que deben desempeñar las Tecnologías de la Información y la Comunicación para que Europa convierta en realidad sus ambiciones para 2020. Entre los ejes de actuación de la Agenda Digital para Europa se hace referencia a la necesidad de fortalecer la competitividad del sector TIC europeo apostando de forma singular por la investigación, el desarrollo y la innovación, para que de esta forma Europa ocupe una posición de liderazgo en la nueva sociedad digital.

A nivel nacional, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 15 de febrero de 2013, la Agenda Digital para España, que constituye la estrategia del Gobierno de la nación para desarrollar la economía y la sociedad digital en España durante los próximos años. De esta forma, la Agenda establece una hoja de ruta en materia de Tecnologías de la Información y la Comunicación y de Administración Electrónica para lograr el cumplimento de los objetivos de la Agenda Digital para Europa, a la vez que incorpora una serie de objetivos específicos. Así, la Agenda Digital para España se marca como objetivos mejorar la competitividad del tejido productivo español y fomentar su crecimiento, la expansión internacional y la creación de empleo de calidad mediante un mejor aprovechamiento de las TIC y el desarrollo de la economía digital, así como impulsar el sistema de I+D+i en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Para alcanzar dichos objetivos, durante el primer semestre de 2013 se han formulado un total de siete planes específicos, dos de los cuales tienen su foco de actuación en el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Lo anteriormente expuesto cobra especial relevancia en el caso de Andalucía, cuya sociedad se enfrenta a una serie de retos de gran envergadura entre los que se encuentra la renovación de nuestro modelo productivo. El impulso a este proceso de transformación constituye uno de los ejes básicos de actuación del gobierno de la Junta de Andalucía en la actual legislatura, y ha de suponer la evolución definitiva de nuestro actual sistema económico hacia un modelo avanzado de economía sostenible. 

Una economía que, frente a sistemas basados únicamente en recursos naturales, bajos costes laborales o la pura eficiencia de sus mecanismos y procesos básicos, se base en un tejido económico avanzado, cuyos factores clave sean el conocimiento y la innovación, capaz de generar productos y servicios novedosos y diferenciados. Una economía que sea capaz de mantener un equilibrio adecuado entre el progreso económico, la igualdad social y la sostenibilidad medioambiental, y que perdure en el largo plazo. En este proceso de transformación, las Tecnologías de la Información y la Comunicación están llamadas a jugar un papel trascendental por su relevancia en el crecimiento de la economía y el bienestar social, junto a la generación de empleo. Así se pone de manifiesto en la Estrategia Digital en Andalucía, en fase de aprobación por la Junta de Andalucía de forma coherente con las Estrategias definidas a nivel nacional y europeo, y cuya misión es avanzar en la transformación de Andalucía hacia una sociedad inclusiva, cohesionada y sostenible, en la cual las Tecnologías de la Información y la Comunicación se conciben como un catalizador del "crecimiento inteligente" base del desarrollo socio-económico de Andalucía.

Esta Estrategia establece como uno de sus ejes clave de actuación la renovación de nuestro actual modelo productivo, apostando por el desarrollo del Sector andaluz de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como por la incorporación de las TIC en el conjunto de nuestra economía como elemento clave para la mejora de la productividad y de la competitividad en una economía globalizada, con atención a favorecer la generación de empleo. 

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, le corresponde a ésta, entre otras, las competencias del desarrollo de las políticas de innovación en general y, en concreto, aquellas aplicadas a las empresas mediante el fomento de la implantación de las nuevas tecnologías, siendo la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía quien ejerce las funciones de planificación y coordinación de dichas políticas.

En virtud de lo anteriormente indicado, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de noviembre de 2013, acuerda lo siguiente.

Primero. Formulación.

Se acuerda la formulación de la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones establecidas en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad y principios fundamentales.

La Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020 tiene como finalidad establecer un planteamiento estratégico de desarrollo para el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en Andalucía, considerando 2020 como horizonte temporal. La Estrategia se conformará a partir de los siguientes principios fundamentales:
a) Favorecer el desarrollo del capital humano de las empresas que conforman el sector andaluz de las TIC, y que constituyen su principal activo.
b) Favorecer la generación de empleo en los distintos ámbitos profesionales y territoriales de Andalucía relacionados con las TIC.
c) Estimular el emprendimiento basado en la innovación como base para el desarrollo económico y social de Andalucía.
d) Estimular la innovación y la especialización tecnológica de nuestras compañías, tratando de aprovechar las oportunidades que se derivan de los grandes retos a los que se enfrenta la sociedad.
e) Impulsar la internacionalización de nuestras compañías tecnológicas.
f) Orientar a nuestras compañías TIC hacia la excelencia en la gestión como mecanismo que permita desarrollar ventajas competitivas sostenibles en el tiempo.
g) Contribuir a la ordenación y vertebración del sector andaluz de las TIC.
h) Aprovechar las fortalezas de los sectores clave de la economía andaluza para tratar de vincular oferta y demanda tecnológica.
i) Contribuir a maximizar el aprovechamiento que el conjunto de las empresas del sector TIC hacen de los instrumentos públicos de apoyo existentes.

Tercero. Contenido de la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020.

Los elementos centrales de la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020 son los siguientes:

a) Caracterización y análisis del sector andaluz de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
b) Definición de los objetivos a alcanzar durante el periodo de vigencia de la Estrategia.
c) Definición de las líneas estratégicas y del conjunto de actuaciones a acometer en el marco de la Estrategia para alcanzar los objetivos planteados.
d) Establecimiento de un sistema de seguimiento y evaluación de la Estrategia.

Cuarto. Proceso de elaboración de la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020.

1. Se crea la Comisión de Redacción de la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020, presidida por la persona titular de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo e integrada por una vicepresidencia que ostentará la persona titular de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información; y un representante, con rango de titular de Dirección General, del Servicio Andaluz de Empleo, y de las siguientes Consejerías: de Administración Local y Relaciones Institucionales; Hacienda y Administración Pública; Igualdad, Salud y Políticas Sociales; Educación, Cultura y Deporte; Justicia e Interior; Fomento y Vivienda; Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural; Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; y Turismo y Comercio.

2. Corresponden a la Comisión de Redacción de la Estrategia las siguientes funciones:

a) Informar cuantos documentos se sometan a su consideración durante el procedimiento de redacción de la Estrategia.
b) Informar las modificaciones que se introduzcan en la propuesta de Estrategia como consecuencia de los trámites de información pública y de audiencia.
c) Elaborar la propuesta de Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020.

3. Corresponde a la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la coordinación con el resto de Consejerías de la Junta de Andalucía de las actuaciones dirigidas a la elaboración de la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020.

Quinto. Tramitación y aprobación.

La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo formulará la propuesta definitiva de la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020 y, después de un proceso de coordinación institucional y de los sectores relacionados con las TIC, la elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación.

Sexto. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo.

Séptimo. Eficacia.

El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 26 de noviembre de 2013, por Susana Díaz Pacheco, Presidenta de la Junta de Andalucía, y por José Sánchez Maldonado, Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 246, de 18/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 27-29).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

ESTRATEGIA TELECOMUNICACIONES 2020 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): APROBACIÓN ACUERDO 3/12/2013

Mediante el Acuerdo de 3 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), a propuesta de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, se aprueba la estrategia de infraestructuras de telecomunicaciones de Andalucía 2020. Cabe señalar que la sociedad está viviendo un momento de transformación caracterizado por el impacto de la crisis, las debilidades estructurales y la intensificación de los retos mundiales. El resultado de este proceso debe constituir la puerta de entrada a una economía distinta, basada en el conocimiento y la innovación, que haga un uso más eficaz de los recursos y con altos niveles de empleo, cohesión social y territorial.

En este sentido, y consciente de este reto, la Unión Europea (UE) ha definido la Estrategia Europa 2020 para convertir a Europa en una economía cimentada en un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Un "crecimiento inteligente" implica la consolidación del conocimiento y la innovación como motores del crecimiento futuro. Esto requiere explotar al máximo las tecnologías de la información y comunicación (TIC), que deberán desempeñar una función capacitadora esencial en el camino hacia una "Sociedad Digital".

Una de las siete iniciativas emblemáticas de la Estrategia Europa 2020 es «Una Agenda Digital para Europa», cuya finalidad genérica es obtener los beneficios económicos y sociales sostenibles que pueden derivar de un mercado único digital basado en una red de Internet rápida y ultrarrápida y en unas aplicaciones interoperables.

La Agenda Digital para Europa expresa la necesidad de tomar medidas para garantizar el despliegue y la adopción de la banda ancha para todos, a velocidades crecientes, a través de tecnologías tanto fijas como inalámbricas, así como para facilitar la inversión en las nuevas redes ultrarrápidas de Internet abiertas y competitivas que constituirán las arterias de la economía del futuro. Resulta necesario crear los incentivos adecuados para fomentar la inversión privada, complementada por inversiones públicas con objetivos cuidadosamente seleccionados sin que se produzca una nueva monopolización de las redes, así como mejorar la atribución del espectro.

La Estrategia Europa 2020 ha subrayado la importancia del despliegue de la banda ancha para fomentar la inclusión social y la competitividad en la UE . Ha reafirmado el objetivo de poner la banda ancha básica a disposición de todos los europeos a más tardar en 2013 y se propone que, para 2020, todos los europeos tengan acceso a unas velocidades de Internet muy superiores, por encima de los 30Mbps, y que el 50% o más de los hogares europeos estén abonados a conexiones de Internet por encima de los 100Mbps. Para alcanzar estas ambiciosas metas, la Agenda Digital para Europa establece una política global, basada en una combinación de tecnologías que se centra en dos objetivos paralelos: por un lado, garantizar la cobertura universal de la banda ancha (combinando la fija y la inalámbrica) con velocidades de Internet que vayan aumentando gradualmente hasta los 30 Mbps o superior, y, con el tiempo, fomentar el despliegue y la adopción de las redes de acceso de nueva generación (NGA) en una gran parte del territorio de la UE, para hacer posibles conexiones ultrarrápidas de Internet por encima de los 100 Mbps.

A nivel nacional, el Gobierno está desarrollando una Agenda Digital para España como marco de referencia para definir una hoja de ruta en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y de administración electrónica, establecer la estrategia de España para alcanzar los objetivos de la Agenda Digital para Europa, maximizar el impacto de las políticas públicas en TIC para mejorar la productividad y la competitividad y transformar y modernizar la economía y sociedad española mediante un uso eficaz e intensivo de las TIC por la ciudadanía, empresas y Administraciones. Dentro de los objetivos específicos para alcanzar estos fines se encuentra el fomento de redes y servicios para garantizar la conectividad digital, haciendo propios los retos que en materia de banda ancha marca la Agenda Digital para Europa.

Las regiones de Europa no pueden quedarse al margen de estas estrategias. La Junta de Andalucía, en coherencia con la Agenda Digital para España, ha estado elaborando la Estrategia Digital de Andalucía (EDA) con objeto de facilitar la actividad empresarial y la creación de empleo, avanzando en la incorporación de Andalucía a la Sociedad de la Información y elevando su competitividad en la economía global. En el ámbito de la banda ancha, y como parte de la Estrategia Digital de Andalucía, se constituye la Estrategia de Infraestructuras de Telecomunicaciones 2020 como pilar básico para alcanzar los objetivos planteados anteriormente.

Por Acuerdo de 26 de febrero de 2013, del Consejo de Gobierno, se aprueba la formulación de la Estrategia de Infraestructuras de Telecomunicaciones de Andalucía 2020, estableciéndose en el mismo su finalidad y principios fundamentales, contenido y proceso de elaboración y seguimiento de la Estrategia, cuya aprobación corresponde al Consejo de Gobierno, en virtud de lo previsto en el Punto Quinto, apartado 2 del citado Acuerdo. En el procedimiento seguido para la elaboración de la Estrategia de Infraestructuras de Telecomunicaciones de Andalucía 2020 se ha dado cumplimiento a los trámites de audiencia e información pública previstos en el artículo 45 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como a las previsiones establecidas en el citado Acuerdo de 26 de febrero de 2013.

En virtud de lo anteriormente indicado, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, que le asigna las competencias relativas al desarrollo de las infraestructuras de telecomunicaciones en Andalucía, y en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de diciembre de 2013, acuerda lo siguiente.

Primero. Aprobación de la Estrategia.

Se aprueba la Estrategia de Infraestructuras de Telecomunicaciones de Andalucía 2020, que puede ser consultada en la dirección de la página web
www.juntadeandalucia.es/economiainnovacioncienciayempleo.

Segundo. Disponibilidad de créditos.

El desarrollo de la Estrategia y la programación temporal de sus actuaciones estarán limitadas por las disponibilidades presupuestarias existentes en el seno del nuevo marco financiero plurianual de la Unión Europea.

Tercero. Ejecución, desarrollo y modificación.

Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, previa propuesta de la Comisión de Seguimiento de la Estrategia, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para realizar las modificaciones que resulten oportunas en la Estrategia que se aprueba para adaptar su ejecución a las vicisitudes que surjan durante su período de vigencia, una vez consultadas las Administraciones Públicas implicadas.

Cuarto. Efectos.

El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 3 de diciembre de 2013, por Susana Díaz Pacheco, Presidenta de la Junta de Andalucía, y por José Sánchez Maldonado, Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 244, de 16/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 11 y 12).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 14 de enero de 2014

CONVENIO FEAGA-JUNTA DE ANDALUCÍA: FIRMA DELEGADA

Mediante la Orden de 28 de mayo de 2013, se dispone la delegación de firma en la persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación para la firma del Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Junta de Andalucía (España), por el que se establece la encomienda de gestión de determinadas funciones entre la autoridad de certificación y el organismo intermedio de certificación de la Junta de Andalucía. 

La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, a través de la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.4.d) del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula su estructura orgánica, tiene atribuidas, entre otras funciones y competencias, la programación, seguimiento, evaluación, coordinación y verificación de las actuaciones de contenido económico y financiero que, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se derivan de las intervenciones de los Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión, y otros instrumentos financieros no estructurales establecidos por la Unión Europea y Banco Europeo de Inversiones, actuando como órgano técnico en las relaciones que, para el ejercicio de dicha coordinación, se hayan de establecer entre los órganos de la Administración autonómica, la Administración General del Estado y la Unión Europea, exceptuando las relaciones que corresponden a otros órganos de la Administración autonómica en virtud de las competencias que ostentan.

El artículo 46.1.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que los Consejeros, para el ejercicio de sus competencias, dictarán órdenes que irán firmadas por su titular. Con motivo de la firma del próximo Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Junta de Andalucía, por el que se establece la encomienda de gestión de determinadas funciones entre la autoridad de certificación y el organismo intermedio de certificación de la Junta de Andalucía, cuyas competencias han sido atribuidas a esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y haciendo uso de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece la posibilidad de que los titulares de los órganos administrativos puedan, en materia de su propia competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades que de ellos dependan, así como en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 108 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se dispone lo siguiente.

Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación la firma del Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Junta de Andalucía, por el que se establece la encomienda de gestión de determinadas funciones entre la autoridad de certificación y el organismo intermedio de certificación de la Junta de Andalucía.

Segundo. Notifíquese la presente Orden a los interesados conforme a lo previsto en el artículo 113 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 28 de mayo de 2013, por Antonio Ávila Cano, Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 105, de 31/05/2013 (apartado 3 Otras disposiciones, página 247).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)