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jueves, 23 de enero de 2014

ESTRATEGIA INDUSTRIAL EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): APROBACIÓN ACUERDO PERÍODO 2014-2020

Mediante el Acuerdo de 26 de noviembre de 2013, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (España), a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, se aprueba la formulación de la estrategia industrial de Andalucía 2014-2020. En este sentido, la Estrategia Europa 2020 recoge entre sus iniciativas emblemáticas «Una política industrial para la era de la mundialización», cuya finalidad genérica es mejorar el entorno empresarial, especialmente para las PYME, y apoyar el desarrollo de una base industrial fuerte y sostenible que pueda competir mundialmente. Al mismo tiempo aboga por la «Unión por la innovación», que persigue mejorar las condiciones generales y de acceso a la financiación destinada a la investigación e innovación con el fin de reforzar la cadena de innovación e impulsar los niveles de inversión en toda la Unión Europea.

Por su parte, el Dictamen del Comité de las Regiones, «Una industria europea más fuerte para el crecimiento y la recuperación económica» (2013/C139/03), pone de manifiesto que la política industrial tiene que convertirse en uno de los pilares de la construcción europea y ser considerada como una auténtica prioridad política, añadiendo que como pilares de una política industrial reforzada apoya la inversión en innovación y unas mejores condiciones de acceso al mercado, así como al capital y a las capacidades.

En el ámbito autonómico, en el Acuerdo para el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2012 por la Junta de Andalucía y los Agentes Económicos y Sociales más representativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma, las partes firmantes consideran necesario redoblar los esfuerzos y relanzar el sector industrial andaluz, siendo para ello necesario negociar el nuevo plan industrial que potenciará la atracción de inversiones y facilitará el desarrollo de la actividad industrial en Andalucía, reforzando así la lucha contra la deslocalización y la destrucción de empleo.

Actualmente se está tramitando la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020, que servirá de marco estratégico del desarrollo regional de Andalucía, y la Estrategia de Innovación de Andalucía 2014-2020, en el marco de la RIS3 (Research and Innovation Smart Specilisation Strategy) para Andalucía, que se configura como referente para Andalucía dentro del proceso de planificación y programación económica para el período 2014-2020. 

Como elemento planificador que ha orientado las políticas sectoriales de las actividades industriales en el territorio de Andalucía en el período 2008-2013, fue aprobado por Decreto 10/2008, de 22 de enero, el Plan Andaluz de Desarrollo Industrial, que se ha desarrollado en dos documentos de programación, uno para el período 2008-2010 y otro para el período 2011-2013, con el fin de concretar las medidas, los instrumentos y los gestores y adaptarlos a los cambios que pudieran surgir durante su vigencia. Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula las estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, corresponden a dicha Consejería las competencias relativas a las actividades industriales, energéticas y mineras, así como la cooperación económica y el fomento de las iniciativas y acciones en dicho campo, siendo la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía quien ejerce las funciones de planificación, impulso y coordinación de las políticas de industria, energía y minas en la Comunidad Autónoma.

En virtud de lo anteriormente indicado, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de noviembre de 2013, se acuerda lo siguiente.

Primero. Formulación.

Se acuerda la formulación de la Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a lo establecido en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad.

La Estrategia deberá constituir un documento de planificación que orientará estratégicamente la política industrial en el territorio de Andalucía de acuerdo con la planificación económica general y con los intereses sociales y económicos, de forma coordinada y compatible con la planificación económica, ambiental y social existente en la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el marco de la normativa europea, nacional y autonómica.

Tercero. Contenido.

La Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020 deberá incluir, al menos, el siguiente contenido:

a) El diagnóstico de la industria andaluza, mediante el uso de indicadores que permitan conocer la situación actual y detectar los problemas y oportunidades a los que debe hacer frente en los próximos años.
b) Determinación de los objetivos, programas y medidas coherentes con la planificación económica, ambiental y social. La propuesta de objetivos contendrá todos los aspectos necesarios para su correcta interpretación y, en este sentido, incluirá indicadores asociables a cada uno de ellos para su cuantificación y relaciones entre objetivos y medidas.
c) La valoración económica de las medidas previstas, así como la determinación de los recursos económicos que deban ser utilizados para su ejecución, y los instrumentos financieros y de gestión que deban ponerse en marcha por la Administración de la Junta de Andalucía para la correcta ejecución de la Estrategia.
d) La definición de los criterios para el seguimiento y evaluación de la Estrategia.

Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación de la Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020.

1. Se crea la Comisión de Redacción de la Estrategia Industrial de Andalucía, presidida por la persona titular de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo e integrada por dos vicepresidencias, la persona titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, y la persona titular de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía; un representante, con rango de titular de Dirección General, del Servicio Andaluz de Empleo y de las siguientes Direcciones Generales: Autónomos y Planificación Económica; Economía Social; Investigación, Tecnología y Empresa; Telecomunicaciones y Sociedad de la Información; Relaciones Laborales; Seguridad y Salud Laboral; y por un representante, con ese mismo rango, de las Consejerías de Administración Local y Relaciones Institucionales; Hacienda y Administración Pública; Igualdad, Salud y Políticas Sociales; Educación, Cultura y Deporte; Fomento y Vivienda; Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural; Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; y Turismo y Comercio.
Corresponden a la Comisión de Redacción de la Estrategia las siguientes funciones:
a) Informar cuantos documentos se sometan a su consideración durante el procedimiento de redacción de la Estrategia.
b) Informar la propuesta de Estrategia una vez concluida su redacción, antes de iniciar su tramitación.
c) Informar las modificaciones que se introduzcan en la propuesta de Estrategia como consecuencia de los trámites de información pública y de audiencia.

2. Corresponde a la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la coordinación con el resto de Consejerías de la Junta de Andalucía de las actuaciones dirigidas a la elaboración de la Estrategia Industrial de Andalucía 2014-2020.

3. Corresponde a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) la dirección técnica, contratación y seguimiento de los trabajos necesarios para el impulso de la aprobación de la Estrategia, así como el apoyo técnico a la tramitación y la elaboración de las correspondientes propuestas.

4. El borrador de la Estrategia será remitido a la Dirección General de Autónomos y Planificación Económica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para su análisis y evaluación en el marco de la planificación económica regional, de acuerdo con el artículo 1.b) del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

5. Concluida la redacción de la Estrategia, la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la someterá por un plazo de dos meses a información pública y, simultáneamente, dará audiencia a la Administración General del Estado, a las Diputaciones Provinciales de Andalucía, a la asociación de municipios y provincias con mayor implantación en Andalucía, así como a los distintos agentes sociales, a fin de que puedan formular en el plazo de un mes, a contar desde la recepción del documento, las observaciones o sugerencias que consideren convenientes. Transcurridos dichos plazos sin que se hayan formulado observaciones y sugerencias, continuarán las actuaciones. Este trámite incluirá la fase de consultas prevista en el artículo 39.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

6. Finalizado el trámite de información pública y audiencia, y una vez consensuado el documento con los Agentes Económicos y Sociales, se redactará la Memoria Ambiental prevista en el artículo 39.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de forma conjunta por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y se elaborará la propuesta de Estrategia incorporando las consideraciones finales de la Memoria Ambiental.

7. A la vista de los informes emitidos, la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo elevará la Estrategia al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante Decreto.

Quinto. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo.

Sexto. Eficacia.

Este Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 26 de noviembre de 2013, por Susana Díaz Pacheco, Presidenta de la Junta de Andalucía, y por José Sánchez Maldonado, Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 246, de 18/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 30-32).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)