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jueves, 25 de septiembre de 2014

MEJORA DE REGADÍOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): DENEGACIÓN AYUDAS 2011

Mediante la Resolución de 10 de febrero de 2014, de la Dirección General de Estructuras Agrarias, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se anuncia el sometimiento a trámite de audiencia de la propuesta de resolución provisional y la publicación de la relación de entidades solicitantes de ayudas con resoluciones denegatorias de su solicitud, de la convocatoria del año 2011 de las subvenciones para la mejora de regadíos en Andalucía.

Con fecha de 6 de agosto de 2009, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 152, la Orden de 28 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, posteriormente modificada por la Orden de 21 de julio de 2010, de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Por otra parte, con fecha de 18 de julio de 2011, se publica la Resolución de 5 de julio de 2011, de la Dirección General de Regadíos y Estructuras Agrarias, por la que se convocan para 2011 ayudas para actuaciones sobre infraestructuras de apoyo a la gestión y uso sostenible de los recursos hídricos empleados en los regadíos, previstas en la Orden de 28 de julio de 2009, mencionada en el punto anterior. En el artículo 2 de la citada Resolución, se establece el plazo de 3 meses para la presentación de solicitudes contados a partir del día siguiente a su publicación, en el cual las entidades interesadas presentaron la correspondiente solicitud y documentación.

De acuerdo con lo dispuesto en artículo 15 de la Orden de 28 de julio de 2009, por parte de las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente se han examinado las solicitudes y documentación presentada y, en su caso, se requirió a los solicitantes para que en el plazo de 10 días subsanaran las faltas o acompañaran los documentos preceptivos. En aquellos casos en los que en el plazo anterior no se subsanaron las solicitudes o no se aportó la documentación requerida, a los solicitantes se les ha tenido por desistidos de sus peticiones, previa Resolución de la Dirección General de Estructuras Agrarias.

Realizado el estudio y revisión de los expedientes administrativos, las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente han emitido el Informe-Propuesta para cada uno de los expedientes, en virtud de lo establecido en el artículo 15.3 de la Orden de referencia, remitido a la Dirección General de Estructuras Agrarias. Con fecha 7 de febrero de 2014, la Comisión de Valoración a la que se hace alusión en el artículo 16 de la Orden de 28 de julio de 2009 ha valorado las solicitudes de acuerdo con los criterios de baremación establecidos en el mismo artículo, a partir de la cual el Servicio de Regadíos e Infraestructuras ha elaborado la propuesta de resolución provisional que comprende la relación de los solicitantes cuya proposición ha sido estimada provisionalmente, aquellos que figuran como suplentes, así como la cuantía de dichas ayudas.

De conformidad con las previsiones del artículo 26.1.a) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, procede someter a trámite de audiencia la citada propuesta, para que los interesados puedan efectuar las alegaciones que estimen procedentes, y anunciar la publicación de la misma.

Asimismo, de acuerdo con lo expresado en el artículo 26.1.b) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, procede conceder un plazo de 10 días hábiles a los interesados para reformular su solicitud cuando el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud que presentaron, en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable; en todo caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en las bases reguladoras.

Por lo tanto, en ejercicio de las competencias atribuidas en la citada Orden, y a propuesta del Servicio de Regadíos e Infraestructuras, se resuelve lo siguiente:

1. Anunciar el sometimiento a trámite de audiencia de la propuesta de resolución provisional de la convocatoria del año 2011 y la publicación de la misma en la página web de esta Consejería. La propuesta de resolución provisional de estas ayudas, así como los Anexos que la acompañan (Anexo IA-Entidades beneficiarias provisionales, Anexo IB-Detalles de cálculo de los importes de las subvenciones concedidas provisionalmente y Anexo II -Entidades suplentes), puede consultarse en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. Los interesados disponen de un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar cuantas alegaciones, documentos y justificaciones consideren pertinentes.

2. Conceder un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a los interesados para reformular su solicitud cuando el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud que presentaron, en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable; en todo caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en las bases reguladoras.

3. En cumplimiento del artículo 30 del Decreto 282/2010, publicar en la misma dirección web referida anteriormente la relación de entidades solicitantes que han sido excluidas por resoluciones de desestimación, desistimiento e inadmisión a trámite. Dicha relación aparece en el Anexo III-Entidades excluidas.
Contra las resoluciones referidas, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer directamente el recurso contencioso administrativo ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el citado Boletín Oficial, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Firmada en Sevilla, a 10 de febrero de 2014, por el Director General, P.A. (Decreto 141/2013, de 1.10), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Jerónimo J. Pérez Parra.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 35, de 20/02/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 96 y 97).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 16 de septiembre de 2014

SUBVENCIONES MEJORA DE REGADÍOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): RESOLUCIÓN PROVISIONAL CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 22 de julio de 2014, de la Dirección General de Estructuras Agrarias, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se anuncia el sometimiento a trámite de audiencia de la propuesta provisional de resolución de la convocatoria del año 2014 de las subvenciones para la mejora de regadíos en Andalucía acogidas a la Orden de 13 de mayo de 2014, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.

En fecha de 23 de mayo de 2014, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 98) la Orden de 13 de mayo de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2014, estableciéndose un plazo de presentación de solicitudes de 30 días contados a partir del día siguiente a su publicación, finalizando este plazo con fecha 30 de junio de 2014 para las solicitudes presentadas por conducto ordinario y con fecha de 27 de junio de 2014 para presentación de solicitudes por vía telemática.

Se ha realizado el estudio y revisión de los expedientes administrativos, en virtud de lo establecido en el artículo 15 y apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden de referencia, quedando constancia en el control administrativo de la solicitud de ayuda. Posteriormente, con los expedientes instruidos con carácter favorable, con fecha 18 de julio de 2014, la Comisión de Valoración a la que se hace alusión en el artículo 15 y apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden de referencia, ha elaborado la propuesta provisional de resolución que comprende la relación de los solicitantes beneficiarios provisionales y beneficiarios suplentes, así como la cuantía de las ayudas y el presupuesto subvencionado. Asimismo, se relacionan los solicitantes cuya proposición ha sido objeto de desestimación.

En consecuencia, procede anunciar la publicación de la citada propuesta y someter la misma a trámite de audiencia, para que las personas interesadas puedan efectuar los trámites que se indican en la misma, y por lo tanto, en ejercicio de las competencias atribuidas en la citada Orden, se resuelve lo siguiente:
1. De conformidad con las previsiones del artículo 21 de la Orden de 13 de mayo de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2014, se anuncia la publicación de la propuesta provisional de resolución de la convocatoria del año 2014, así como los Anexos que la acompañan en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en la siguiente dirección:
http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/.
Asimismo, dicha información podrá ser consultada a través de esta Dirección General y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y sus centros y servicios periféricos.
2. Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que puedan realizar las actuaciones que se indican en la misma.

Firmada en Sevilla, a 22 de julio de 2014, por el Director General, José Pliego Cubero.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 146, de 29/07/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 354).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 17 de enero de 2014

12-AYUDA AGRARIA ADVERSIDAD NATURAL: TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DECRETO-LEY 10/2013 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

En el artículo 26 del Título II del Decreto-Ley 10/2013, de 17 de diciembre, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía (España), sobre ayudas financieras para la reconstitución del potencial de producción agraria como consecuencia de adversidades naturales, se incluye el modo de tramitación de estas ayudas.

Artículo 26. Tramitación.

1. La evaluación previa comprenderá el análisis y valoración de las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 20. En este trámite, se podrán realizar cuantas actuaciones se estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se efectuará la evaluación previa.

2. El trámite de evaluación previa dará lugar a que el órgano competente emita la propuesta provisional de resolución.

3. El informe de evaluación incluirá la relación de solicitudes que hayan conseguido un orden preferente tras aplicar a cada una de ellas los criterios objetivos. La suma de los importes propuestos para su concesión en el informe de evaluación no podrá ser superior al crédito presupuestario previsto en la convocatoria.

4. La propuesta provisional de resolución, contendrá:

a) La relación de personas o entidades interesadas que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación y la cuantía de la subvención otorgable.

b) La relación de personas o entidades interesadas que no han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación. Tendrán la consideración de beneficiarias suplentes y se indicará la cuantía de la subvención otorgable para el supuesto de que acabaran resultando beneficiarias definitivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 248, de 20/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 13-43).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)