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martes, 10 de mayo de 2016

LEGISLACIÓN: INFORMACIÓN ANTEPROYECTO LEY DE FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 3 de mayo de 2016, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía (España), se acuerda la apertura del trámite de información pública del Anteproyecto de Ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento.

El Consejo de Gobierno, tras conocer el Anteproyecto de Ley Andaluza de Fomento del emprendimiento, a propuesta del consejero de Economía y Conocimiento, acordó con fecha 29 de marzo de 2016, continuar con la tramitación preceptiva del mismo hasta su definitivo análisis como proyecto de ley.

El artículo 43.5 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando un anteproyecto de ley afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, la consejería proponente podrá acordar la realización de un trámite de audiencia en los términos previstos en el artículo 45.1.c) de la misma ley. este último apartado indica también que, cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, sea sometida a información pública durante un plazo razonable no inferior a quince días.

Debido a que el contenido del anteproyecto de referencia interesa a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, resulta conveniente que tenga la mayor difusión posible con la finalidad de que puedan formularse las alegaciones que se consideren oportunas. En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 43.5 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se resuelve lo siguiente:

Primero. Someter el Anteproyecto de ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento a información pública, durante el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Poner a disposición de los interesados el texto del anteproyecto en formato papel en la sede de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Conocimiento, y en formato digital, en la siguiente dirección web http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participación/informacion-publica/detalle/93250.html)

Tercero. las alegaciones que se deseen formular al anteproyecto de ley se realizarán preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico inf.publica.leyfomentoemprendimiento.cec@juntadeandalucia.es, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo en formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Sevilla, a 3 de mayo de 2016, por la Secretaria General Técnica, María Luz Osorio Teva.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 86, de 9/05/2016 (apartado 3. Otras disposiciones, página 91).


José Luis Ares (docente)

jueves, 5 de mayo de 2016

SUBVENCIONES: AMPLIACIÓN PLAZO DERECHOS PAGOS BÁSICOS AGRARIOS 2015-2019 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante Anuncio de 14 de abril de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se acuerda la ampliación del plazo concedido a los agricultores, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en relación con la comunicación del valor y el número definitivos de derechos de pago básico de la Política Agrícola Común para cada año entre 2015 y 2019.

El Anuncio de 15 de marzo de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por el que se comunica a los agricultores, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el valor y el número definitivos de derechos de pago básico de la Política Agrícola Común para cada año entre 2015 y 2019 (BOJA número 60, de 31 de marzo de 2016), concede a los interesados, de conformidad con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

De acuerdo con el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.considerando la excepcionalidad de la campaña, la trascendencia y la complejidad que supone la asignación de los nuevos derechos del régimen de pago básico, se estima conveniente ampliar el plazo establecido en el citado Anuncio. Por tanto, con objeto de garantizar el derecho de los agricultores al referido trámite de audiencia, se acuerda lo siguiente:

Primero. Ampliar el plazo para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes establecido en el Anuncio de 15 de marzo de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por el que se comunica a los agricultores, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el valor y el número definitivos de derechos de pago básico de la Política Agrícola Común para cada año entre 2015 y 2019, en ocho días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo establecido en el citado anuncio.

Segundo. Disponer la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmado en Sevilla, a 14 de abril de 2016, por la Directora General, Ángeles Arquero Coloma.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 74, de 20/04/2016 (apartado 5.2. Otros anuncios oficiales, página 186).


José Luis Ares (docente)

martes, 16 de septiembre de 2014

SUBVENCIONES MEJORA DE REGADÍOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): RESOLUCIÓN PROVISIONAL CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 22 de julio de 2014, de la Dirección General de Estructuras Agrarias, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se anuncia el sometimiento a trámite de audiencia de la propuesta provisional de resolución de la convocatoria del año 2014 de las subvenciones para la mejora de regadíos en Andalucía acogidas a la Orden de 13 de mayo de 2014, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.

En fecha de 23 de mayo de 2014, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 98) la Orden de 13 de mayo de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2014, estableciéndose un plazo de presentación de solicitudes de 30 días contados a partir del día siguiente a su publicación, finalizando este plazo con fecha 30 de junio de 2014 para las solicitudes presentadas por conducto ordinario y con fecha de 27 de junio de 2014 para presentación de solicitudes por vía telemática.

Se ha realizado el estudio y revisión de los expedientes administrativos, en virtud de lo establecido en el artículo 15 y apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden de referencia, quedando constancia en el control administrativo de la solicitud de ayuda. Posteriormente, con los expedientes instruidos con carácter favorable, con fecha 18 de julio de 2014, la Comisión de Valoración a la que se hace alusión en el artículo 15 y apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden de referencia, ha elaborado la propuesta provisional de resolución que comprende la relación de los solicitantes beneficiarios provisionales y beneficiarios suplentes, así como la cuantía de las ayudas y el presupuesto subvencionado. Asimismo, se relacionan los solicitantes cuya proposición ha sido objeto de desestimación.

En consecuencia, procede anunciar la publicación de la citada propuesta y someter la misma a trámite de audiencia, para que las personas interesadas puedan efectuar los trámites que se indican en la misma, y por lo tanto, en ejercicio de las competencias atribuidas en la citada Orden, se resuelve lo siguiente:
1. De conformidad con las previsiones del artículo 21 de la Orden de 13 de mayo de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2014, se anuncia la publicación de la propuesta provisional de resolución de la convocatoria del año 2014, así como los Anexos que la acompañan en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en la siguiente dirección:
http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/.
Asimismo, dicha información podrá ser consultada a través de esta Dirección General y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y sus centros y servicios periféricos.
2. Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que puedan realizar las actuaciones que se indican en la misma.

Firmada en Sevilla, a 22 de julio de 2014, por el Director General, José Pliego Cubero.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 146, de 29/07/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, página 354).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)